Download Mirada crítica del AVP

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
Análisis Crítico del Proyecto de
Acuerdo de Vida en Pareja
Carmen Domínguez Hidalgo
AVP: Estatuto
AVP: Estatuto

Definición Legal
AVP
MATRIMONIO
“El Acuerdo de Vida en Pareja es
un contrato celebrado entre dos
personas con el propósito de
regular los efectos jurídicos
derivados de su vida afectiva en
común” (Art. 1 AVP).
“Un contrato solemne por el cual
un hombre y una mujer se unen
actual e indisolublemente, y por
toda la vida, con el fin de vivir
juntos, de procrear y de
auxiliarse mutuamente” (Art. 102
CC).
AVP: Estatuto

Requisitos
AVP
MATRIMONIO
EXISTENCIA
a) Dos Personas.
b) Consentimiento.
c) Presencia oficial de registro civil o
notario (inscripción registro civil, 10 días).
EXISTENCIA
a) Diversidad de Sexo.
b) Consentimiento.
c) Presencia del oficial de registro civil.
d) Matrimonio religioso (inscripción
registro civil, 8 días).
VALIDEZ (Generales a todo contrato)
a) Consentimiento sin vicios.
b) Capacidad.
c) Objeto lícito.
d) Causa lícita.
e) Cumplimiento de formalidades legales.
VALIDEZ
a) Consentimiento libre y espontáneo.
b) Capacidad de los contrayentes y
ausencia de impedimentos dirimentes.
c) Cumplimiento de formalidades legales.
AVP: Estatuto

Causales de término
AVP
MATRIMONIO
- Muerte Natural o Presunta.
- Matrimonio de los contratantes entre ellos o
con terceros.
- Mutuo disenso (Sin plazo de cese de
convivencia).
- Voluntad unilateral (Sin plazo de cese de
convivencia).
- Nulidad del acuerdo.
- Muerte Natural o Presunta.
- Divorcio Unilateral (3 años de cese de la
convivencia.
- Divorcio Mutuo Acuerdo (1 año de cese de
la convivencia).
- Divorcio por culpa (Causales graves que
alteran la sana convivencia).
- Nulidad Matrimonial.
- No inscripción (En caso del Matrimonio en
sede religiosa)
AVP: Estatuto

Características
AVP
MATRIMONIO
- Contrato.
- Solemne.
- Dos personas.
- Disoluble.
- Actual.
- Genera estado civil: “Convivientes legales”
- Genera Derechos y Obligaciones: Ayuda
Mutua y una especie de Deber de Socorro,
que derivan de la afectividad.
- Institución/Contrato.
- Solemne.
- Entre un hombre y una mujer.
- Indisoluble y para toda la vida.
- Actual.
- Genera estado civil: “Cónyuges”
- Genera Derechos y Obligaciones: Vivir
juntos, Procrear, Auxilio mutuo, etc.
“Hombre y una mujer” como características esenciales, las cuales se unen con un propósito concreto
y permanente. “Dos personas” se unen sin ningún propósito, sin obligación se estar juntos en forma
permanente y estable, sólo se exige “mantener una vida afectiva en común”.
Igualación de efectos:
AVP versus Matrimonio
Igualación de efectos:
AVP versus Matrimonio

1.- EFECTOS PERSONALES
AVP
MATRIMONIO
Ayuda Mutua.
Especie de deber de Socorro.
Fidelidad.
Socorro.
Ayuda mutua o asistencia.
Respeto.
Protección.
Cohabitación.
Auxilio y expensas para la Litis.
Derecho-deber de vivir en el
hogar común.
* Se generan sólo derechos, no
deberes.
Igualación de efectos:
AVP versus Matrimonio

2.- EFECTOS PATRIMONIALES
AVP
MATRIMONIO
Los contratantes pueden escoger
entre dos regímenes para regular
sus relaciones:
1.- Separación de Bienes
(Régimen supletorio).
2.- Régimen de comunidad.
Los esposos pueden escoger entre
tres regímenes patrimoniales por
el cual regular sus relaciones:
1.- Sociedad Conyugal (Régimen
Supletorio).
2.- Régimen de Participación en
los gananciales.
3.- Separación de Bienes.
* La opción hasta el momento era exclusiva del matrimonio.
Igualación de efectos:
AVP versus Matrimonio

3.- EFECTOS SUCESORIOS:
-
Principal beneficio del matrimonio.
-
El AVP otorga al conviviente idénticos derechos que los que tienen los casados.
-
La historia de la Ley 19.585 nos da cuenta que esta modificación se realizó con
el objeto de fortalecer el matrimonio, y con ello la familia.
Igualación de efectos:
AVP versus Matrimonio

4.- COMPENSACIÓN ECONÓMICA.
Requisitos
AVP
MATRIMONIO
Terminación
Unilateral (con o sin el
conocimiento del otro
contratante) o de mutuo
acuerdo.
Divorcio o nulidad
Existencia Menoscabo
Económico por haberse
dedicado al cuidado de
los hijos o del hogar en
común
El AVP estaría compensando
una situación que no exige
dentro de sus requisitos de
existencia.
Ni siquiera se pide que los
contratantes vivan juntos.
El matrimonio produce
derechos y deberes que
implican el cuidado del hogar
común y de sus hijos.
El matrimonio exige que los
esposos vivan juntos.
Término por culpa
No contemplado.
Si es causante de divorcio por
culpa se puede rechazar o
disminuir la compensación.
Igualación de efectos:
AVP versus Matrimonio

5.- GENERA ESTADO CIVIL.
AVP: “Convivientes Legales”.
Matrimonio: “Esposos”.
-
El estado civil es la calidad o posición permanente que un individuo ocupa en
la sociedad, en orden a sus relaciones de familia, en cuanto le confiere o
impone determinados derechos, deberes y obligaciones civiles.
-
AVP: Falta de permanencia y estabilidad.
Igualación de efectos:
AVP versus Matrimonio

FALTA DE PERMANENCIA Y ESTABILIDAD DEL AVP
El AVP, por la falta de permanencia, es una unión esencialmente disoluble.
Los convivientes pueden disolver el “vínculo” por mutuo disenso o en forma
unilateral, sin cumplir con ningún otro requisito que hacerlo frente a un
ministro de fe.
El AVP además puede terminar por la celebración del matrimonio entre los
convivientes o de uno de ellos con un tercero.
En el caso de convivientes heterosexuales, si llegase a existir una disolución
unilateral por parte de uno de los contratantes que contrae matrimonio con otra
persona, no habría certeza inmediata de cuál sería el estado civil actual de una
persona, pues no hay restricción temporal entre una y otra.
Igualación de efectos:
AVP versus Matrimonio
¿Qué países NO le otorgan estado civil a este tipo de estatutos?
MEXICO:
1.- Ley de sociedades civiles de convivencia. (Estado de Cambeche).
Las uniones se registran en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
2.- Ley de libre convivencia (Estado de Jalisco).
Las uniones se celebran ante notario y son enviadas al registro público de
escrituras.
3.- Ley de Sociedades de Convivencia (Distritito Federal)
Las uniones civiles se inscriben en la Dirección General Jurídica y de Gobierno del
Órgano Político Administrativo del domicilio donde se establezca el hogar común.
Igualación de efectos:
AVP versus Matrimonio
¿Qué países NO le otorgan estado civil a este tipo de estatutos?
ESPAÑA:
1.- LEY DE UNIONES DE HECHO DE LA COMUNIDAD DE MADRID
A pesar de tener que probar una convivencia ininterruppida de un año, su registro
no constituye estado civil.
2.- LEY UNIONES DE HECHO FORMALIZADAS DE LA COMUNITAT VALENCIANA.
Las uniones deben registrarse en el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de
la Comunitat Valenciana, y no constituyen estado civil.
FRANCIA:
LOI N° 99-944 DU 15 NOVEMBRE 1999 RELATIVE AU PACTE CIVIL DE SOLIDARITÉ
No constituye Estado Civil, sólo se hace una anotación al margen del acta de
nacimiento.
Igualación de efectos:
AVP versus Matrimonio

¿Qué países SI le otorgan estado civil a este tipo de estatutos?
URUGUAY:
Ley Nº 18.246 “UNIÓN CONCUBINARIA”
La Ley concede estado civil, pero pide para contraer este estatuto una
convivencia de 5 años ininterrumpidos.
SUIZA
LOI FÉDÉRALE SUR PARTENARIAT
La Ley otorga estado civil, pero para disolver el vínculo deben estar
separados a lo menos un año.
Igualación de efectos:
AVP versus Matrimonio

CONCLUSIONES GENERALES
-
El proyecto de AVP, al otorgarle similar estatuto y efectos que los del
matrimonio a los convivientes, priva de contenido propio y exclusivo al
matrimonio.
-
Se deja de reconocer que hay un bien comprometido en que las personas se casen.
Por el contrario, lo que ahora se establece es que es irrelevante contraer
matrimonio. Se pone lápida entonces a lo ordenado en el Art. 1 de la Constitución
en relación al Art.1 de la Ley de Matrimonio Civil que era el deber de fortalecer al
matrimonio por parte del Estado como “base principal de la familia”.
Igualación de efectos:
AVP versus Matrimonio

CONCLUSIONES RESPECTO A AVP HETEROSEXUAL
-
No existe necesidad de regular las convivencias entre personas de distinto sexo.
-
No existe discriminación alguna al establecer que el AVP sólo se refiera a personas
del mismo sexo, sino que incluso se discrimina y se atenta a la Igualdad de la Ley
al igualar y equiparar injustificadamente a los contratantes del AVP respecto de las
personas casadas*.
* Múltiples sentencias pronunciadas por la Corte Suprema y el Tribunal.
MATRIMONIO
AVP
CARACTERÍSTICA ESENCIAL
Estable e Indisoluble (El divorcio No se solicita estabilidad y es
es excepcional).
esencialmente disoluble.
DERECHOS Y DEBERES
Deberes
patrimoniales
y Deberes patrimoniales ligados con
extrapatrimoniales ligados con la los gastos producidos por la vida
vida en común y los hijos.
en común.
VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE
REQUISITOS
Por medio de testigos.
PREPARACIÓN PARA CONTRAER
MATRIMONIO O CONTRATAR UN AVP
Cursos matrimoniales dictados por Ninguna.
el Registro civil.
DISOLUCIÓN
Declaración jurada.
Por culpa del otro cónyuge, de Por mutuo acuerdo o la sola
mutuo acuerdo o por cese de la voluntad unilateral (sin otro
convivencia.
requisito).
Igualación de efectos:
AVP versus Matrimonio

CONCLUSIONES RESPECTO A AVP HETEROSEXUAL
-
Se desincentiva el matrimonio, pues estos deben cumplir mayores requisitos que
los contratantes de AVP. Se infringe nuevamente lo establecido en el Art. 1 de la
Constitución en relación al Art.1 de la Ley de Matrimonio Civil. Si la nupcialidad
está alza ¿Por qué desincentivarlo?
-
La vigencia del matrimonio como vínculo anhelado por la mayoría de los chilenos.
Las cifras existentes sólo indica el número de convivientes, no del razones por las
cuales conviven o si quieren contratar un Acuerdo de Vida en Pareja. Por lo tanto,
no existen estudios que indiquen la necesidad de legislar un AVP para personas de
distinto sexo.
Año
Tasa de Nupcialidad
1996
5,7
1997
5,3
1998
4,9
1999
4,6
6
2000
4,3
5
2001
4,1
2002
3,9
2003
3,6
2004
3,3
2005
3,3
2006
3,5
2007
3,5
2008
3,3
2009
3,3
2010
3,5
2011
3,8
2012
3,8
Tasa de Nupcialidad
4
3
2
1
0
1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012
Tasa de Nupcialidad
EL MATRIMONIO ES UN COMPROMISO PARA TODA LA VIDA
PERCEPCIÓN SOBRE LA IMPORTANCIA DEL MATRIMONIO
AÑO
DATO
AÑO
2006
FUENTE
Pregunta
Acuerdo
2007
2010
LYD ¿El matrimonio está
pasado de moda?
UDP, ENCUESTA
NACIONAL ¿El
matrimonio está pasado
de moda?
Desacuerdo
26%
Acuerdo
21,90%
DATO
Pregunta
Muy de Acuerdo y Acuerdo
No acuerdo ni desacuerdo
Muy en desacuerdo y en
desacuerdo
Muy de Acuerdo y Acuerdo
2007
LYD
71%
3%
2008
ENCUESTA NACIONAL
BICENTENARIO
No acuerdo ni desacuerdo
Muy en desacuerdo y en
desacuerdo
Muy de Acuerdo y Acuerdo
No acuerdo ni desacuerdo
Muy en desacuerdo y en
desacuerdo
Muy de Acuerdo y Acuerdo
Desacuerdo
Acuerdo
2012
ENCUESTA NACIONAL
BICENTENARIO
%
No sabe
No sabe
UDP, ENCUESTA
NACIONAL ¿El
matrimonio está pasado
de moda?
FUENTE
Desacuerdo
77%
2010
1,10%
30,20%
2011
ENCUESTA NACIONAL
BICENTENARIO
67,70%
2,10%
No acuerdo ni desacuerdo
Muy en desacuerdo y en
desacuerdo
2013
No sabe
ENCUESTA NACIONAL
BICENTENARIO
ENCUESTA NACIONAL
BICENTENARIO
Muy de Acuerdo y Acuerdo
No acuerdo ni desacuerdo
Muy en desacuerdo y en
desacuerdo
Muy de Acuerdo y Acuerdo
No acuerdo ni desacuerdo
Muy en desacuerdo y en
desacuerdo
%
77,4%
10,2%
12,5%
70%
15,5
14,5
70%
s/datos
s/datos
69%
s/datos
s/datos
66%
s/datos
s/datos
56%
20%
25%
Igualación de efectos:
AVP versus Matrimonio

CONCLUSIONES RESPECTO A AVP HETEROSEXUAL
Eventual afectación a las parejas de distinto sexo que no contraigan un AVP
La regulación de las uniones de hecho heterosexuales puede implicar un grave
perjuicio para aquellos que simplemente no quieran o no puedan regular sus
relaciones afectivas.
La solución dada por los tribunales de justicia hasta la fecha, se basa en la
imposibilidad de que personas que conviven puedan regular sus relaciones
patrimoniales. Después de promulgada la ley que regula la convivencia,
imposibilitaría a los jueces a dar soluciones estas personas por el hecho de
existir una solución legal a su situación.
La Ley no da solución para aquellos que no contraen el vínculo.