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La Comunidad del Conocimiento
Procedimiento del IMSS para verificar el cumplimiento de obligaciones en materia de
construcción.
Autor Administrator
viernes, 12 de septiembre de 2008
Modificado el jueves, 25 de septiembre de 2008
Por M.D.F. Rosendo rosas [email protected]
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El pasado 26 de Agosto de 2008, entró en vigor el nuevo reglamento para trabajadores de la costrucción por obra y tiempo
determinado.
Este reglamento tiene situaciones novedosas
que resultan interesantes para su análisis.
 El artículo 12-A del
reglamento de construcción establece el procedimiento que deberá usar el
Instituto para verificar y en su caso resolver sobre el cumplimiento de las
obligaciones respecto de la obra que se trate.
De una manera enunciativa las expongo y posteriormente
acompaño un diagrama.  procedimiento del imss para verificar construcción.pdf
PROCEDIMIENTO.
PLAZO.- El IMSS contará con un plazo no mayor a 90 días
hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de presentación
del aviso de terminación de obra.
ACCIÓN CONTRA EL INCUMPLIMIENTO.- Si se presume
incumplimiento el IMSS podrá requerir información en las ocasiones que estime
convenientes.
PLAZO PARA PRESENTAR LO REQUERIDO POR EL IMSS.- En un plazo
no mayor a 10 días hábiles contados a partir de que surta efectos la
notificación del oficio.
INTERRUPCIÓN DEL PLAZO.- El plazo de 90 días se interrumpe
el tiempo que transcurra entre la notificación y la entrega de la
documentación.
PLAZO PARA EMITIR RESOLUCIÓN.- 90 días hábiles una vez que
el instituto haya recibido la información.
NOTIFICACIÓN DE LAS DIFERENCIAS.- Si existieran diferencias
el Instituto las notificará al patrón y le dará 15 días contados a partir de
que surta efectos la notificación para que pague o aclare.
OFICIO DE CONCLUSIÓN.- Una vez aclaradas o pagadas las
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diferencias el instituto emitirá oficio de conclusión del trámite.
PRESUNCIÓN A FAVOR DEL CONSTRUCTOR.- Si transcurrido los 90
días el Instituto no ejerce facultad de comprobación se presumirá que el patrón
cumplió con la ley y sus reglamentos respecto a la obra que se trate, salvo que
exista denuncia de algún trabajador o si alguna persona proporcionó un dato
falso.
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