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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DIRECCION GENERAL DE SERVICIO CIVIL AJ-483-2003 29 de julio del 2003 Señor Miguel Mata Obando Recursos Humanos CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD Estimado señor: Con la aprobación de la señora Directora de esta Asesoría Jurídica, damos respuesta a su oficio 39-2003, del 7 de julio del 2003, mediante el cual nos consulta si el salario escolar debe ser tomado en cuenta para el cálculo del promedio salarial para efectos de prestaciones. Al respecto le manifestamos que es política de esta Asesoría Jurídica no referirse a casos concretos como el que usted plantea, toda vez que corresponde a la administración activa dictar la resolución respectiva. Sin embargo, daremos respuesta a su solicitud en términos genéricos, considerando para ello las normas jurídicas existentes. Esta Asesoría Jurídica comparte en un todo lo expresado en los AJ-483-2003 Página No. 1 de 2 dictámenes C-002-2001 y C-297-2001, de la Procuraduría General de la República, que usted cita en su oficio, en el sentido de que el salario escolar forma parte del salario del servidor, y no se trata de un pago extraordinario realizado por el Estado, sino del pago diferido de un monto que el funcionario público ya ha incorporado a su patrimonio, y que está sujeto, además, al pago de todas las deducciones que correspondan, por lo cual, no encontramos razón alguna por la que dicho rubro no deba ser incluido en el cálculo del promedio salarial para efectos de pago de prestaciones. Ahora bien, la forma de cálculo del monto correspondiente al salario escolar que debe incluirse en el promedio salarial, es un aspecto técnico que no corresponde determinar a esta Asesoría Jurídica, por lo cual le estamos trasladando la respectiva consulta a la Licda. Lucrecia Siles Salazar, Coordinadora de la Unidad de Recursos Humanos de esta Dirección General para que conteste lo relativo a este punto, mediante oficio AJ-484-2003, del cual le adjuntamos copia. Atentamente. Original Firmado {Lic. Javier Rojas Víquez Lic. Javier Rojas Víquez ASESORÍA JURÍDICA c.: Licda. Lucrecia Siles Salazar, Coordinadora, Unidad de Recursos Humanos, Dirección General de Servicio Civil AJ-483-2003 Página No. 2 de 2 AJ-483-2003 Página No. 3 de 2