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CONTROL DE LA FABRICACIÓN DE
MEDICAMENTOS BIOTECNOLÓGICOS
06 de Septiembre de 2016
NOM-257-SSA1-2014, En materia de medicamentos biotecnológicos.
6. Control de la fabricación de medicamentos biotecnológicos.
6.1 El particular deberá someter tanto para un medicamento
biotecnológico innovador como para un medicamento biotecnológico
biocomparable, el programa de aseguramiento de calidad del producto,
que establezca lo siguiente:
6.1.1 Programa de validaciones y/o revalidaciones de los procesos;
6.1.2 Información de los parámetros críticos de validación obtenidos;
6.1.3 Programa de auditorías internas del producto y del proceso;
6.1.4 Para las validaciones y programas de auditorías internas
deberán reportar las acciones preventivas y correctivas relacionadas
con los parámetros críticos del producto y del proceso;
6.1.5 La información anterior deberá ser reportada anualmente a
partir de la fecha de emisión del registro correspondiente y
sucesivamente durante la vigencia del mismo, y
6.1.6 La presentación de estos reportes será evaluada al momento
del análisis de las solicitudes de prórroga para efectos de la emisión
del registro.
Dada la variabilidad intrínseca de los procesos que se
involucran en la producción de un medicamento
biotecnológico, se origina la necesidad de disponer de
un control de éstos a través del monitoreo y análisis de
puntos críticos del proceso, además de mantener el
estado validado de éstos y que se cumpla con los
atributos de calidad del producto.
Por lo anterior el solicitante deberá reportar la estrategia
para el control del proceso de fabricación del
medicamento biotecnológico; tal documentación debe
incluir una evaluación apropiada de cada uno de los
pasos que conforman el proceso junto con la
presentación de pruebas que sean capaces de demostrar
que el proceso consistentemente produce una sustancia
farmacológica de calidad. Un diagrama de proceso de
fabricación deberá ser enviado como parte de la
evidencia documentada, en donde se identifiquen los
parámetros críticos del proceso.
Estrategia para el control del proceso de
fabricación
Evaluación apropiada de cada uno de los
pasos que conforman el proceso
Un diagrama de proceso de fabricación deberá
ser enviado como parte de la evidencia
documentada, en donde se identifiquen los
parámetros críticos del proceso
La estrategia para el control del proceso de fabricación se
evaluará a través del monitoreo y análisis de:
Parámetros críticos del proceso
Atributos críticos de la calidad
INFORMACIÓN DE LOS ATRIBUTOS CRÍTICOS DE LA
CALIDAD (CQA)
Se debe presentar una descripción de la estrategia de
verificación de los atributos críticos de la calidad que
serán monitoreados, así como los métodos de análisis
que se emplearán. El solicitante debe definir los atributos
críticos que serán considerados y la base científica con la
que se tomó esta decisión.
INFORMACIÓN DE LOS PARÁMETROS CRÍTICOS DEL
PROCESO (CPP)
Al igual que para los CQA, se debe presentar una
descripción de la estrategia de verificación de los
parámetros críticos del proceso que serán monitoreados,
así como los métodos de análisis que se emplearán. El
solicitante debe definir los parámetros críticos que serán
considerados y la base científica con la que se tomó esta
decisión.
A continuación se enlista una serie de herramientas estadísticas
que permiten evaluar el control estadístico de un proceso y
producto. Dichas pruebas deberán ser incluidas en el reporte anual
del medicamento biotecnológico, pero no se limitan a las que se
presentan.
Cartas control de Shewhart
El solicitante deberá ingresar un análisis a través de las
cartas de control de Shewhart de cada uno de los
parámetros críticos del proceso así como de los atributos
críticos de la calidad. Los límites inferior y superior de
control que se emplearán serán límites 3σ, pero serán
aquellos límites que se obtuvieron cuando fue ingresada la
solicitud de registro del medicamento biotecnológico y por
tanto cuando el proceso se encontraba validado y en
control. Los valores de tales límites deberán emplearse en
análisis subsecuentes aun cuando la variabilidad del
atributo o parámetro sea diferente.
Análisis de Cpk
Un análisis de la capacidad del proceso se utiliza para demostrar de
manera numérica que todo el producto quede dentro de los límites
de especificación.
Índice
CPU
CPL
CPK
Ecuación
(LSE-µ)/3σ
Descripción
Capacidad del proceso relativa a la
parte superior del límite de
especificación.
(µ-LIE)/3σ
Capacidad del proceso relativo a la
parte inferior del límite de
especificación.
Min (CPU,CPL) Capacidad del proceso relativo a los
dos límites de especificación.
El solicitante deberá ingresar un análisis de capacidad del
proceso (Cpk) de cada uno de los atributos y parámetros
críticos considerando como límites de especificación los
límites 3σ obtenidos cuando fue ingresada la solicitud de
registro del medicamento biotecnológico y por tanto
cuando el proceso se encontraba validado y en control.
Los valores de tales límites deberán emplearse en análisis
subsecuentes aun cuando la variabilidad del atributo o
parámetro sea diferente.
Adicionalmente a estas dos herramientas de control estadístico
del proceso, se pueden acompañar con metodologías adicionales
tales como análisis de Cpk para distribuciones no normales,
métodos basados en análisis de varianza, diagramas de
dispersión o correlación, histogramas, diagramas de causa efecto
o diagramas de Ishikawa, análisis con técnicas multivariadas, etc.
Lo anterior puede presentarse debido a la condición de algunos
de los atributos o parámetros críticos o a no contar con un tamaño
de muestra suficiente para presentar un análisis más robusto.
La evaluación de dichos reportes será considerada al momento de
las solicitudes de prórroga para efectos de la emisión del registro
toda vez que, si se ha logrado demostrar que los parámetros y
atributos críticos se encuentran en control a través del tiempo, se
infiere por tanto que la calidad, seguridad y eficacia del producto
son similares a las condiciones iniciales y por tanto la solicitud de
prórroga se respondería de manera inmediata.
La evaluación de dichos reportes será considerada al momento de
las solicitudes de prórroga para efectos de la emisión del registro
toda vez que, si se ha logrado demostrar que los parámetros y
atributos críticos se encuentran en control a través del tiempo, se
infiere por tanto que la calidad, seguridad y eficacia del producto
son similares a las condiciones iniciales y por tanto la solicitud de
prórroga se respondería de manera inmediata.
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