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INGLATERRA MENORES AGRESORES PRIMER INFORME Introducción El objetivo de este informe es proporcionar una visión general de la legislación penal aplicada a los menores que agraden a sus padres en el Reino Unido. Después de haber hecho una revisión de la información disponible y como se percibe este fenómeno en nuestro país, hemos podido demostrar que la violencia de los menores hacia sus padres no representa una categoría específica del comportamiento agresivo y que los procesos penales no se utilizan sistemáticamente cuando se trata de la familia. Un niño puede ser acusado de infracción a partir de los 10 años: igual que para la violencia por parte de los adultos, este comportamiento puede ser considerado como una infracción, en vista de las leyes penales existentes, como por ejemplo los daños corporales, los daños corporales graves y el comportamiento antisocial. Analizaremos el sistema legal juvenil en el Reino Unido y las medidas que existen para abordar y prevenir el crimen por parte de los jóvenes. Sin embargo, algunas sanciones que se pueden imponer a los menores que cometen agresiones excluyen específicamente las que se han cometido hacia las personas que viven en la misma casa de modo que estas sanciones son reducidas cuando se aplican en estos casos. Es más probable que las familias en las que los jóvenes son agresivos reciban la ayuda de los trabajadores sociales de los menores y de la familia para asegurar su bienestar y satisfacer sus necesidades, en vista de la Ley de los Menores de 1989. Es la razón por la cual este informe proporcionará una visión general de toda la legislación que se puede aplicar y vincularla con estos métodos de intervención que se relacionan con los diferentes enfoques. Visión general del contexto legislativo en el Reino Unido Existen tres sistemas legales diferentes en el Reino Unido: el de Inglaterra, el del País de Gales y el de Escocia e Irlanda del Norte. En este informe, vamos a fijarnos en los sistemas de Inglaterra y del País de Gales. Cada una de estas regiones también tiene su propia estructura organizacional para las autoridades locales: en esto también vamos a concentrarnos en las de Inglaterra y del País de Gales, donde los servicios sociales están divididos en los servicios para los adultos y los servicios para los menores y sus familias (o en algunas partes el servicio para los menores, sus familias y la educación). Los trabajadores sociales de las autoridades locales tienen responsabilidades reglamentarias, en vista de la Ley de las Autoridades Locales de 1970 (ley de los servicios sociales), como por ejemplo proporcionar apoyo a los menores con necesidades o en peligro de sufrir daños, y proporcionar servicios de cuidado a todos los que lo necesitan en toda la comunidad. Se considera qua las autoridades locales tienen un deber de cuidado que tienen que llevar a cabo en vista de sus responsabilidades reglamentarias. Hacemos una distinción en Inglaterra y en el País de Gales entre el derecho público y privado: los casos relevantes del derecho público son los procesos judiciales iniciados por las autoridades locales mientras los casos relevantes del derecho civil son los iniciados por un ciudadano. La legislación que vamos a analizar aquí es sobre todo de derecho público, pero la Ley de Menores de 1989, en su conjunto, contiene tanto derecho público como privado. Los tribunales son jerárquicos y se dividen en los tribunales civiles y los tribunales penales. Los tribunales penales son los magistrates’ courts (el equivalente de los tribunales penales en España) y los Crown Courts (tribunales superiores). En los tribunales penales no hay juristas de verdad sino voluntarios entre los ciudadanos que han recibido una formación especial. Generalmente son tres. Los tribunales de familia, en los que se resuelven casos del derecho público y privado que implican a menores y a sus familias son tribunales penales, igual que los tribunales de menores. Todos los casos penales se inician en un tribunal penal y el 95% de los casos son juzgados por un juez voluntario. Sin embargo, solo tiene derecho a imponer una pena de prisión de seis meses, así que si estima que sus poderes no son suficientemente altos para el crimen que se ha cometido, puede enviar el caso a un tribunal penal superior (Crown Court). Allí, se juzgan casos más graves y el juez puede imponer sentencias de derecho escrito o de jurisprudencia. Según la ley, en el Reino Unido, un niño que no ha cumplido los 10 años no puede cometer un crimen y por eso no puede ser sometido al derecho penal (Ley de los Niños y Jóvenes de 1933, art. 50). Cualquier comportamiento criminal por parte de un niño de menos de 10 años es resuelto por la policía con la ayuda de los servicios sociales, o podría ser llevado al Child Safety Order (un tipo de tribunal para los niños de menos de 10 años), en vista del de la Ley de los Menores de 1989. Cuando un niño ha cumplido los 10 años, puede ser acusado, juzgado y condenado por una infracción criminal. La mayoría de los casos se resuelven en los tribunales de menores. Sin embargo, existen algunas excepciones: • Si el crimen fue cometido con un adulto y bajo unas circunstancias especiales, el crimen puede ser juzgado por el tribunal penal superior (Ley de los Niños y Jóvenes de 1933, art. 16, Ley de los Niños y Jóvenes de 1969, art. 18 y Ley de los Jueces de 1980, art. 24). • Si el crimen cometido es muy serio, por ejemplo una infracción que si hubiera sido cometida por un adulto recibiría una pena de 14 años o una agresión de carácter sexual, o bien si un menor de 14 años o más comete una infracción como matar a alguien por haber conducido de manera irresponsable, conducir de manera irresponsable después de haber consumido alcohol o drogas o cometer una infracción con armas de fuego (Ley de los Poderes de los Tribunales Penales de 2000, art. 91). • Si se trata de un asesinato. En estas circunstancias, un caso que implica a un menor de más de 10 años sería resuelto en el tribunal penal superior. La violencia doméstica La definición de base de la violencia doméstica en el Reino Unido es: “Cualquier incidente de comportamiento amenazante, violencia o abuso (psicológico, físico, sexual, financiero o emocional) entre dos personas adultas que son o fueron una pareja íntima o miembros de la misma familia, sin tomar en cuenta el género o la sexualidad.” (Home office) Esto hace claramente referencia a la violencia entre adultos y excluye la violencia por parte de los menores de menos de 18 años. Una iniciativa intergubernamental, Raising the Standards (Aumentar la media), establecida en 2000, daba una definición más completa de la violencia doméstica en la guía que la acompañaba Domestic Violence: A Guide to Civil Remedies and Criminal Sanctions (2003) (La violencia doméstica: guía de soluciones civiles y sanciones penales): “La violencia doméstica existe más allá de la violencia física. Puede ser un abuso emocional, la destrucción de las pertenencias del esposo/a o del compañero/a, el aislamiento forzado en cuanto a los amigos, a la familia o otra fuente de apoyo potencial, amenazas hacia otras personas incluso los niños, el control sobre el acceso al dinero, a los objetos personales, a la comida, a los medios de transporte o al teléfono y el acoso.” Este documento también decía claramente que: “También puede incluir la violencia perpetrada por un hijo/a o cualquier otra persona que tiene una relación cercana o de sangre con la víctima.” Sin embargo, afirmaba que “el objetivo de la estrategia del gobierno está dirigido hacia la violencia doméstica perpetrada por los hombres contra las mujeres y hacia la violencia contra los niños”, y las soluciones que se encuentran en la guía son las que se utilizan para los adultos que generan violencia doméstica: no se hace referencia a las sanciones del sistema judicial juvenil. También es importante subrayar que incluso si se considera la violencia doméstica en los límites de la definición reconocida, su percepción como un acto criminal es muy restringida. La violencia doméstica no constituye una categoría de crimen en sí misma en el derecho de Inglaterra y del País de Gales. Y el gobierno declara, en Safe and Justice (Seguridad y justicia), que no piensa que poner la violencia doméstica en una categoría especial podría ayudar a la víctimas, ya que existen muchas opciones de acusación disponibles. La legislación principal en cuanto a las agresiones físicas es la Ley de Agresiones contra la Persona de 1861, completada por la Ley de Justicia Penal de 1988. Existen cuatro tipos de agresiones: • Asalto y agresión común (Ley de Justicia Penal de 1988, art. 39) • Agresión ocasionando daños corporales (Ley de Justicia Penal de 1988, art. 47) • Heridas malintencionadas ocasionando daños corporales graves (Ley de Justicia Penal de 1988, art. 20) • Heridas malintencionadas ocasionando daños corporales graves intencionalmente (Ley de Justicia Penal de 1988, art. 18). Todas estas agresiones pueden dar lugar a la detención. Las agresiones sexuales son regidas por la Ley de las Agresiones Sexuales de 2003. Estas leyes (1988 y 2003) podrían aplicarse a jóvenes que agraden a sus padres. Unos cambios recientes en la legislación se centraban en una serie de medidas para ayudar a la acusación de los perpetradores de la violencia doméstica. La Ley de Protección de Acoso de 1997 reconoce dos infracciones penales: el acoso (según el art. 1 “una persona no puede comportarse de manera que acose a otra”) y el miedo y la violencia (según el art. 4 “una persona que se comporta de manera que da miedo a otra, en dos ocasiones al menos, de que se utilice la violencia contra ella”). Después de la acusación, el tribunal puede imponer una orden de entredicho al acusado que no haga más acosos y ordenar la protección de la víctima. Este poder fue extendido por la Ley de la Violencia Doméstica, del Crimen y de sus Víctimas de 2004: una orden de entredicho se puede adoptar para cualquier infracción, incluso si el sospechoso ha sido absuelto. Una protección adicional se proporciona a los que sufren violencia doméstica, en vista de la Ley de Familia de 1996. El art. 42 establece un orden de no acoso: “prohíbe a una persona (“el demandado”) molestar a otra que tiene relaciones con ésta”. Las personas con relaciones con otras incluyen a los esposos, los cohabitantes y los relativos. El acoso no está definido en la ley pero la Comisión Judicial, cuando revisó la legislación sobre la violencia doméstica en 2003 declaró: “el acoso es un término que incluye una larga serie de comportamientos”. El acoso incluye la violencia pero es más amplia que la violencia. Hace referencia a todas las formas de acoso o molestia.” Una orden de no acoso tiene condiciones particulares como deber quedarse fuera de la casa y no aproximarse a la víctima, y, en vista de la Ley de la Violencia Doméstica, del Crimen y de sus Víctimas de 2004, el incumplimiento de la orden de no acoso representa una infracción criminal que puede dar lugar a una condena máxima de 5 años de encarcelamiento. También es importante subrayar que si un tribunal está a cargo de un caso familiar y que se da cuenta de la presencia de violencia familiar en el seno de la familia, puede imponer una orden de no acoso sin que lo pida la víctima. Si se aplica el art. 60 de la Ley de Familia de 1996, un tercio, como por ejemplo la policía o un trabajador social, puede ser llamado al tribunal, a petición de la víctima. La legislación penal relativa a los menores Una revisión de la información que tenemos sobre los menores que tienen un comportamiento violento demuestra que cuando los menores son acusados de infracciones penales porque han agredido físicamente a otras personas, muchas veces las víctimas no son miembros de la familia cercana sino los pares u otros adultos de la comunidad. Para que el caso sea entendido como un caso de violencia intrafamiliar, el comportamiento agresivo tendría que ser llevado primero a la policía para que luego un miembro de la familia o la policía misma pueda llevar el caso al tribunal. La legislación relacionada con los menores acusados de una infracción criminal se encuentra en la Ley del Crimen y del Disturbio de 1997. Introducción a las reformas de la justicia juvenil contenidas en la Ley del Crimen y del Disturbio de 2004 La introducción y la implementación de esta ley en 1998 fue la consecuencia de una revisión de la manera con la cual se trataba a los menores agresores en el sistema jurídico del Reino Unido. La sección 37 de la ley afirmaba que el objetivo principal de la justicia juvenil debía ser la prevención. También decía que todos los que trabajan en el sistema jurídico juvenil debían tener este objetivo claro cuando llevaran a cabo su trabajo. Como consecuencia, se creó el Youth Justice Board (YJB – órgano público destinado a prevenir la agresión por parte de los menores). Sus objetivos en Inglaterra y en el País de Gales son: • Analizar las acciones de la justicia juvenil en su conjunto • Ofrecer consejos con el objetivo de prevenir la agresión • Recopilar información y difundirla • Identificar y difundir las buenas prácticas • Dar subvenciones para desarrollar las buenas prácticas • Definir normas para el reparto de servicios (Ley del Crimen y del Disturbio de 1997, art. 41) Para ser capaz de ofrecer el servicio previsto, el gobierno ha establecido seis objetivos clave para el nuevo sistema judicial juvenil: 1. respetar los plazos – reducir a la mitad el tiempo entre la detención y el juicio, acelerar los procesos jurídicos para los menores agresores 2. confrontar a los menores agresores con las consecuencias de sus actos y ayudarles a desarrollar el sentido de responsabilidad 3. intervenir para mejorar los factores que causan la agresión – factores personales, familiares, sociales, educativos, de salud, etc. 4. dar una pena proporcionada con la gravedad y la persistencia de la infracción, con una nueva serie de castigos disponibles para los tribunales 5. fomentar la reparación de la infracción a las víctimas por parte de los menores agresores 6. reforzar las responsabilidades de los padres. A continuación, se presentan los temas clave para alcanzar los objetivos establecidos: 1. El trabajo asociativo y las multiagencias El trabajo asociativo y las estrategias para reducir el crimen y el disturbio proporcionan la estructura básica para la identificación y la respuesta de los problemas que provienen de los crímenes de menores (art. 6 y 7). Uno de los aspectos centrales de desarrollo de estas estrategias era la creación de la multiagencia Youth Offending Teams (YOTs – Equipos de ayuda a menores agresores) cuyo objetivo es proporcionar una asistencia local para afrontar el problema de los menores agresores (art. 39). Los YOTs proveen una serie de profesionales y de recursos por parte de los servicios sociales, de la educación, de la policía y de los servicios de salud, con el fin de que el sector voluntario y las agencias independientes participen en el proyecto. El foco del trabajo de prevención fue identificado gracias a unos informes, por parte del YJB por ejemplo (2001b), e incluye a los menores que: • faltan de cuidado por parte de los padres, son miembros de familias de criminales, sufrieron abusos o violencia doméstica • sufren la presión de los pares • atienden poco en clase (absentismo escolar y exclusión) • consumen drogas o padecen de enfermedades mentales • sufren de privaciones, como la falta de hogar El trabajo de la multiagencia se ve reforzado por: • la coordinación • el plan anual de la justicia juvenil para el suministro y la financiación de los servicios de justicia juvenil, preparado por las autoridades locales en cooperación con la policía y los servicios de salud • los vínculos con el plan de servicios para niños, el plan de apoyo de comportamiento, el plan de vigilancia y el plan de acción contra la droga • la combinación de recursos • la maximización del uso de los recursos • el intento de evitar duplicar los esfuerzos • las mejoras tomadas de decisiones y una focalización más precisa • la repartición de la información – el art. 115 establece que la autoridad legal básica puede estar a cargo de los protocolos locales. 2. La intervención preventiva y el abordaje del comportamiento agresivo Las intervenciones que se encuentran el la Ley del Crimen y del Disturbio son intervenciones suplementarias a las que están en otras partes de la legislación relacionada con los niños y jóvenes y con todos los servicios de ayuda a los menores y sus familias, es decir mayoritariamente las intervenciones de la Ley de los Menores de 1989. Algunas órdenes que se pueden aplicar a los menores agresores que fueron introducidos tienen el objetivo de evaluar el comportamiento individual del menor para encontrar cuáles son las causas que le hicieron cometer el crimen para luego poder prevenir nuevas agresiones. Estas órdenes son: 1. La orden de seguridad juvenil (art. 11) que pone al menor bajo la supervisión de un responsable (trabajador social o un agente de libertad vigilada) con unos requisitos planeados por el tribunal. Éstos se aplican sólo para los niños de menos de 10 años que han cometido una infracción o “se comportaron de una manera que hubiera podido causar acoso, alarma o angustia”. Sin embargo, está precisado que debía ser dirigido a “una o varias personas que no viven con él”. 2. Los esquemas locales de toque de queda para los menores (art. 14) destinados a que los menores de menos de 16 años se queden en casa después de una cierta hora y no estén en las calles con el fin de prevenir un comportamiento agresivo. 3. Advertencias y reprimendas finales (art. 65). Se puede realmente insertar al menor en el buen camino sin tener que llevarle al tribunal si la respuesta que se le da es clara, firme y contractiva. Después de una primera infracción, el menor recibe una reprimenda (excepto si la infracción es grave), y una advertencia para la segunda infracción. Sin embargo, la policía no puede dar una nueva advertencia si no han pasado dos años desde que se hizo la primera. En este caso, el menor es llevado al tribunal. 4. La orden de plan de acción (art. 69) tiene como objetivo afrontar el comportamiento agresivo y sus causas. La orden dura tres meses y define un plan de acción para el menor, por ejemplo se le ofrece educación, se intenta llevarle a zonas particulares, etc. Y para los que ya han cumplido los 14 años, se les somete a un examen de control de drogas y a un tratamiento si es necesario. 3. Reparación Últimamente, se intenta cada vez más hacer que los menores agresores sean más responsables, y una de las tareas de los que trabajan con ellos es intentar hacerles entender las consecuencias que tiene esta infracción para que se hagan responsables de sus propios actos. Las oportunidades de reparación son muchas, y se puede pedir al menor agresor que enmiende su acto: • A la víctima o a la comunidad • En vista de la orden de reparación (art. 67), que haga algo para el bien de la comunidad • Como última advertencia o parte de la orden del plan de acción. 4. Los padres En respuesta a las preocupaciones sobre los vínculos entre el tipo de educación y el comportamiento agresivo, una acción legal puede hacerse en contra de los padres en vista de la orden a los padres (art. 8) con el fin de reforzar la responsabilidad parental y ayudar a los padres a apoyar a sus hijos y mantenerles fuera de la violencia, o evitar que la usen de nuevo. Una orden a los padres se puede hacer cuando se ha hecho una orden de seguridad juvenil, una orden de comportamiento antisocial o una orden de infracción sexual, o bien si el menor ha cometido una infracción, o bien si ha fallado en atender en clase. Según la orden a los padres, los padres deben atender a la sesiones de asesoramiento y de ayuda durante tres meses y deben respetar unos requisitos establecidos por el tribunal, como asegurarse de que su hijo va a la escuela o a las sesiones de asesoramiento. Estos requisitos deben ser respetados durante doce meses. Además de esto, algunos servicios y recursos han sido introducidos en la comunidad para informar a la gente y para que se conciencie de la importancia del papel de los padres. Esto incluye: • Una línea nacional de ayuda para los padres que les ofrece consejos y les dice dónde pueden encontrar a las personas adecuadas que les pueden ayudar • El Instituto Nacional de la Familia y de la Educación para proporcionar una línea de conducta y desarrollar aún más el apoyo a los padres • El aumento de la importancia de los health visitors (personas que visitan a las familias o a las personas que lo necesitan para que tengan buena salud y para prevenir las enfermedades), de los padres y de sus hijos, física y psicológicamente • El Sure Start, que es una iniciativa del gobierno de 540 millones de libras, para ayudar a los niños durante los primeros años de su crecimiento a desarrollar las aptitudes necesarias para no tener problemas en clase después • La ayuda a las familias para reducir los problemas más graves, como las adolescentes embarazadas, la violencia doméstica y los menores agresores 5. El comportamiento antisocial Algunos actos de violencia podrían ser definidos como “comportamientos antisociales”. Las órdenes de comportamiento antisocial (art. 1) no requieren una aplicación personal, pero pueden ser solicitadas por la policía, las autoridades locales, los ayuntamientos o los centros de acogida. Las órdenes incluyen una gran serie de comportamientos y todos los menores que han cumplido los 10 años pueden estar sujetos a una orden de comportamiento antisocial. Un comportamiento puede ser: • Hacer ruido o ser grosero en un lugar público de manera que la gente se queje o que el individuo tenga problemas con la policía • Comportarse de manera que moleste a los vecinos • Hacer graffitis en un lugar público • Amenazar a alguien o ser grosero con él a causa de su color de piel o de su religión. Según la ley, las personas que reciben una orden de comportamiento antisocial son las que “se comportaron de una manera que hubiera podido causar acoso, alarma o angustia a una o varias personas que no viven con él”. El objetivo de la orden es que no se repita un comportamiento tal. Igual que la orden de seguridad de los menores, la ley excluye los actos agresivos dirigidos a las personas que viven en la misma casa. 6. Penas de prisión más eficaces Cuando la agresión es persistente y resistente a todas las formas de intervención, o cuando es muy grave, los tribunales tienen derecho a imponer penas de prisión, pero esta decisión es “el último recurso, y sólo para una minoría de casos” (Hazle 2000, p. 30). Existen dos opciones de penas: el ingreso en una institución para menores agresores por haber cometido un asesinato o un crimen grave, o bien un periodo de detención en unas instalaciones de seguridad, según la orden de Detención y Formación (DTO art. 73). La duración máxima de un DTO es de dos años. La mitad de esta duración se dedicará a una formación obligatoria. Al salir, el menor será supervisado por un YOT y tendrá que cumplir con unas exigencias establecidas por el tribunal, como por ejemplo atender a las horas de formación. El DTO tiene objetivos particulares: • Una utilización constructiva del tiempo libre • El enfrentamiento con el comportamiento agresivo • Satisfacer las necesidades educativas, etc. • Supervisión del menor y su reintegración en la sociedad En el caso de que el menor haya sido violento con sus padres, que no sea la primera vez que pasa y que estas acciones den lugar a varias acusaciones por parte de la policía, o bien si hubo un solo incidente pero que fue muy grave, por ejemplo que ocasionó daños corporales graves, el menor puede recibir un DTO. 7. Contexto nacional El papel del gobierno y de los inspectores en cuanto a los menores agresores es: • Proporcionar un esquema de política, legislación y recursos • Decidir de los objetivos • Analizar las acciones y sus resultados. Dentro de este contexto, la política del gobierno es intentar construir una comunidad más segura y reducir la exclusión social y así poder evitar que los menores se encuentren implicados en el sistema judicial de los menores agresores. Esta iniciativa está compuesta de un programa de introducción de reducción del crimen para impedir que los menores cometan crímenes y que se hagan conocer a la policía u otras autoridades. Las acciones decididas refuerzan el papel de los servicios para la juventud en la propuesta de actividades positivas así como el trabajo de los grupos de acción de jóvenes y del Millenium Volunteers (Voluntarios Millenium) en la promoción de actividades de ciudadanía e implicación en la vida comunitaria. La educación es considerada como un factor significativo en la promoción de un comportamiento apropiado. Algunas estrategias contra el absentismo escolar y la exclusión escolar han sido introducidas: • Acciones nacionales y locales para reducir el absentismo y la exclusión de un tercio hasta 2002 • Una subvención de 500 millones de libras para apoyar iniciativas locales • Apoyo a las autoridades para desarrollar operaciones contra el absentismo. El gobierno también ha introducido algunas iniciativas contra el consumo de drogas por los jóvenes, ya que la droga se considera como un factor que contribuye al desarrollo de un comportamiento agresivo. Los objetivos son los siguientes: • Una estrategia de 10 años para reducir/eliminar el consumo de drogas • Ayudar a los jóvenes a resistir a la tentación de tomar drogas • Planes de acción de Drug Action Team (Equipo de Acción Antidrogas) Los aspectos comunitarios que pueden conducir a un comportamiento agresivo también se toman en cuenta dentro del contexto legal, por eso se han establecido acciones de barrio y se han creado Action Teams (equipos de acción) para solucionar los problemas en los barrios más desaventajados, y también se han desarrollado acciones para intentar proporcionar más oportunidades de trabajo gracias al Welfare to Work Plan (Plan de bienestar para trabajar) cuyo objetivo es: • Proporcionar puestos de trabajo, educación a tiempo completo o experiencia de trabajo útil para 250 000 jóvenes de menos de 25 años en el paro • Programas de entrada en la vida activa para menores agresores en custodia o en prueba con el servicio de supervisión. Alternativas a la legislación penal Como ya lo hemos dicho antes, la violencia por parte de menores hacia sus padres es raramente definida como un acto criminal, y por eso la legislación penal sólo se aplicará en casos excepcionales, cuando la violencia es persistente o cuando es tan grave que da lugar a heridas significativas o a la muerte de un padre. En la mayoría de los casos, el proceso penal se aplica cuando los padres están de acuerdo en acusar a su propio hijo y proporcionar pruebas contra él en el tribunal. Muchas veces, los casos de violencia/agresión por parte de menores se consideran como asuntos familiares. Legislación de protección y de promoción del bienestar de los niños y jóvenes En Inglaterra y en el País de Gales, los trabajadores sociales tienen el deber de intervenir el la protección y en la promoción del bienestar de los niños y jóvenes. La legislación principal es la Ley de los Menores de 1989, enmendada y completada por la Ley de los Menores de 2004. Antes de esto, la legislación de los menores se desarrollaba poco a poco y era caótica y confusa para los juristas. La preocupación de la gente frente a este tema ha ido creciendo a causa de escándalos sobre abusos de menores en los 80. Entre ellos, hubo la muerte trágica de varios niños por parte de sus padres como la de Jasmine Beckford, Tyra Henry o Kimberley Carlile, que eran conocidos de los servicios sociales. Los informes realizados después de la muerte de cada niño ponían adelante la incompetencia de los trabajadores sociales así como la falta de claridad en cuanto a su papel en la protección de los menores. En 1987, una media de cien menores fueron desplazados de sus casas en Cleveland por alegaciones de acoso sexual. Los pusieron en sitios no adecuados, se les impedía tener contactos con sus familiares y eran sometidos a muchas entrevistas e interrogatorios por falta de coordinación entre los profesionales. Cuando había pruebas de abuso, se pensaba que los trabajadores sociales habían intervenido demasiado pronto, o que habían fracasado en colaborar con otros profesionales y no habían tomado en cuenta los derechos de los padres y de los menores. Elizabeth Butler-Sloss, que dirigió la encuesta pública, afirmó que “los niños son personas y no objetos de preocupación”. Era urgente para los trabajadores sociales que sean más responsables y que tomen en cuenta los derechos de los menores y de la familia cuando tenían que intervenir en la vida familiar. En este contexto, le Ley de los Menores de 1989 representó un avance significativo. Es muy completa, bien estructurada y fusiona toda la legislación previa pública y privada sobre los menores y la familia. Algunos principios clave forman la base de esta ley: • La supremacía: también conocida como el principio de bienestar. El artículo 1 estipula que “el bienestar del niño tiene que ser de suma importancia para el tribunal”. Esto hace referencia a las situaciones en las que un tribunal trata directamente con el niño, y que el caso es compatible con el artículo 8 de la Convención de los Derechos Humanos. • La responsabilidad parental: el concepto de responsabilidad parental sustituye a los conceptos legales previos de los derechos y deberes de los padres. Según el artículo 3, la responsabilidad parental se define como todos los derechos, deberes, poderes, responsabilidades y autoridad que un padre tiene hacia su hijo y las pertenencias de éste. • La vida en común: uno de los principios básicos de esta ley es que el mejor lugar de vida para el menor es su propia familia. Entonces, es importante que las autoridades locales proporcionen un apoyo en colaboración entre los menores, sus familias y los otros profesionales implicados. Varias veces en la ley, se dice que los trabajadores sociales deben consultar o escuchar a los padres, a los menores así como a cualquier otra parte implicada, como los abuelos o los otros profesionales. • El suministro de apoyo: la ley, sobre todo la tercera parte, se centra en el suministro de servicios de apoyo a las familias y a los menores. • Prevención: es considerada como la promoción del bienestar de los niños. La mayoría de los servicios que se proporcionan gracias a la Ley de los Menores tienen como objetivo la prevención del daño y la intervención anticipada en las familias. • La protección: la cuarta y quinta parte de la Ley se centran en le trabajo de los servicios sociales para proteger al menor que corre el riesgo de sufrir daños significativos. • La consulta: la Ley de los Menores enfatiza la importancia de la consulta de los menores y de los padres y afirma, en el artículo 1, que el tribunal tiene que tomar en cuenta los deseos y los sentimientos del niño (según su edad y su entendimiento de la situación). La ley de 2004 extiende el deber de la autoridad local: tiene que averiguar cuáles son los deseos y sentimientos del menor antes de actuar. • El contacto: hay una suposición de contacto entre el menor del que se ocupan las autoridades locales y sus padres, y los trabajadores sociales tienen que asegurarse que tengan contactos. • Consentimiento: cuando el menor se hace mayor, la ley le permite rechazar someterse a un examen médico por ejemplo (art. 44-7). Pero este tema no es muy claro porque la ley dice que el menor puede rechazar el examen si “es capaz de entender y de tomar una decisión sensata”. • El principio de no-orden: un tribunal no debe hacer una orden, “aunque estime que es mejor para el menor hacer una que no hacer nada” (art. 1-5). Los trabajadores sociales tienen que presentar pruebas claras para justificar la demanda de una orden así como proporcionar un plan que demuestra lo que puede aportar al menor la tomada de tal decisión. • El principio de no-aplazo: la ley estipula que el tribunal debe tomar en cuenta que “cualquier retraso en el proceso puede perjudicar al bienestar del menor” (art. 1-2). En la práctica, esto se ha revelado casi imposible y los casos a menudo sufren retrasos a causa de la no disponibilidad de los tribunales, de la complejidad de las pruebas necesarias o de la necesidad de expertos. En 2003, el Protocol for Judicial Case Management in Public Law Children Act (Protócolo para la gestión de casos judiciales en la Ley Pública de los Menores) fue publicado por un comité consultor jurídico que estableció un límite de 40 semanas para llevar a cabo el proceso. Una de las preocupaciones que surgió de la Ley de los Menores de 1989 es que los servicios sociales tendían a dar prioridad a los casos de protección infantil, y se centraban en los menores que se encontraban en situación de riesgo. Este tema fue subrayado en una investigación en 2003 después de la muerte trágica de Victoria Climbie en 2000. Victoria había sido traída a Inglaterra por su tía, Marie-Therese Kouao. La señora Kouao había acudido a los servicios sociales para pedir ayuda de vivienda. Aunque los trabajadores sociales tenían algunas preocupaciones en cuanto a Victoria, no se ocuparon del caso porque no investigaron a fondo ya que no había pruebas claras de que estaba en riesgo. Luego, en muchas ocasiones, la información no se transmitió bien entre los diferentes profesionales, y los trabajadores sociales nunca hablaron con Victoria porque creían lo que su tía les decía. Victoria murió de hipotermia después de meses de negligencia y de abuso. Se encontraron 128 lesiones diferentes en su cuerpo. Las recomendaciones de una investigación extensa para analizar cuáles fueron los fallos que condujeron a la muerte de Victoria tuvieron consecuencias en el Every Child Matters (2003) y en la Ley de los Menores de 2004, que completó la de 1989. El objetivo fundamental de los cambios legislativos era administrativo, pero también se añadieron responsabilidades a las agencias de protección y de promoción del bienestar de los menores. Se enfatizaron la intervención anticipada y el apoyo multidisciplinario, particularmente en que los servicios de protección no deberían ser separados sino que deberían “formar parte de un espectro de servicios de ayuda y apoyo a los menores y a sus familias” (Every Child Matters, p. 64). Menores en situaciones de necesidad Según la Ley de los Menores de 1989, los menores que agraden a sus padres reciben diferentes tipos de apoyo y de intervenciones. Según el artículo 17, son considerados como menores en situación de necesidad, y se impone a las autoridades locales este deber: “proteger y promover el bienestar de los menores de la localidad que se encuentran en situación de necesidad; y, consecuentemente, deben asegurarse de que sus familias les proporcionen una buena educación así como ofrecerles una serie de servicios apropiados a las necesidades que tienen”. La definición de “menores en situación de necesidad” es muy amplia: Se considera que un niño está en situación de necesidad si: - es muy probable que no pueda mantener o conseguir, o que no tenga la oportunidad de mantener o conseguir, una buena salud y un buen desarrollo si no recibe la ayuda de los servicios de las autoridades locales, - existe el riesgo de que su salud y su desarrollo sean considerablemente perjudicados si no recibe tal ayuda, - es discapacitado. El desarrollo se entiende como desarrollo físico, intelectual, emocional o comportamental, mientras la salud es la salud mental y física (art. 17-11). Por lo tanto, esta definición incluye a los niños y a los jóvenes cuyo comportamiento crea problemas, por ejemplo los que son violentos o agresivos. Cada persona de menos de 18 años que está ingresada en centros de formación y seguridad o instituciones para menores agresores es considerada como “menor en situación de necesidad” que tiene derecho a recibir la ayuda de los servicios sociales. Las autoridades locales tienen que calcular las necesidades de cada menor que se le refiere. Actualmente, las autoridades locales utilizan el Framework for the Assessment of Children in Need and their Families (2000) (Referencias para la evaluación de los menores en situación de necesidad y sus familias) para calcular las necesidades de los menores. Esta herramienta tiene tres niveles: las necesidades básicas, la habilidad de los padres para educar a su hijo y los factores ambientales y familiares. Sin embargo, el Every Child Matters subraya algunas contradicciones entre las evaluaciones utilizadas por algunas agencias y las evaluaciones llevadas a cabo sobre las familias. Un Common Assessment Framework (CAF) (Referencias de evaluación comunes), que se basa sobre los enfoques integrales de las multiagencias en el contexto actual, se está completando para mejorar la información efectiva que se recoge y comparte entre las agencias. La evaluación determina si el menor responde a los criterios de un “menor en situación de necesidad” y puede así recibir la ayuda de los servicios sociales. Los servicios serán proporcionados como parte de un plan de ayuda establecido con la cooperación de la familia y de otros profesionales. Este plan puede incluir una ayuda a la educación para los padres, una ayuda financiera, consejos, una ayuda de alojamiento o simplemente permitir al joven o su familia que tenga un respiro. La ayuda de alojamiento consiste en que las autoridades locales se encarguen del cuidado del menor, con el acuerdo de los padres. El artículo 20 establece una lista de los deberes de las autoridades locales: “proporcionar alojamiento a cada menor en situación de necesidad dentro de su área que viene a requerir un alojamiento porque: - nadie tiene responsabilidad parental sobre él - se ha perdido o ha sido abandonado - la persona responsable de él no es capaz (de manera permanente o no y por cualquier razón) de proveerle alojamiento o cuidados apropiados.” Según la Ley de los Menores se estipula que el alojamiento debe ser visto positivamente como un servicio que apoya a las familias cuando no son capaces de cuidar de su hijo: “no se debería considerar como una prueba que los padres hayan fracasado en su papel de padres. Sino como una prueba de una actitud responsable frente al incumplimiento de sus responsabilidades” (Allen 2005, p. 105). En la práctica, esta medida se toma cuando ya no existe otra solución. Por ejemplo, para los jóvenes que están fuera de control y con los que los padres ya no saben qué hacer. Generalmente, se ponen a los menores en acogida, con cuidadores que son empleados directamente por las autoridades locales o que son empleados por agencias de acogida independientes. La acogida residencial está poco extendida en el Reino Unido. Se hace cuando el menor necesita cuidados médicos o tiene necesidades comportamentales especiales que no se pueden proporcionar con una acogida normal o cuando ésta no ha sido eficaz. Cuando un menor se encuentra en acogida, sus padres mantienen sus responsabilidades parentales y pueden decidir hacerle salir cuando quieran. Según la ley, el consentimiento del menor no es necesario antes de ingresarlo en acogida, aunque tiene el deber de evaluar sus deseos y sentimientos y de tomarlos en cuenta. Otra vez, en la práctica, si los menores ya grandes no quieren ir en acogida, no se puede hacer mucho más. No se los puede detener sin orden judicial, lo que sólo se obtendría si se considerara que el menor está en riesgo de sufrir daños. Menores en riesgo de sufrir daños Según el artículo 31, las autoridades locales pueden acudir al tribunal para pedir una orden de cuidado para poner al menor en acogida y para que se les otorgue la responsabilidad parental compartida con los padres, o bien para pedir una orden de acogimiento de un menor bajo la tutela de una autoridad o institución y así nombrar a un trabajador social como cuidador. Para esto, tienen que darse las condiciones siguientes: “que el menor esté sufriendo, o es probable que sufra, daños significativos y que el origen de estos daños sea: - que el cuidado que recibe, o que recibiría si no se decidiera la orden, no fuera apropiado por parte de los padres, o - que el menor está bajo el control sus padres.” Las órdenes sólo se pueden decidir para los menores de menos de 17 años. Un menor que arremete a sus padres se colocaría, según la ley, en la sección de menores bajo el control de sus padres. La orden de cuidado permite a las autoridades locales ingresar al menor en cualquier sitio que le parezca el mejor apropiado. Tienen el deber de promover el contacto entre el menor su familia y tienen que explicar en el tribunal qué medidas van a tomar para que se mantenga la relación y para su vuelta a casa. Una orden de cuidado tiene vigor hasta que el menor cumpla los 18 años, excepto si el tribunal decide lo contrario, si el menor está sujeto a una orden de residencia o a una orden de custodia especial o bien si es adoptado. Cada menor que esté bajo la tutela de las autoridades locales tendrá revisiones regulares con las multiagencias para ver su progreso que será evaluado por un revisor independiente. Alojamiento seguro Cuando un menor fuere tan violento o fuera de control que se ponga a él mismo y a los otros en peligro, las autoridades locales lo pueden poner en un alojamiento seguro, en vista del artículo 25. Un menor que ya está bajo la supervisión de las autoridades locales puede verse privado de libertad durante 72 horas cada 21 días. Para que esta última medida se aplique a otros menores o para que sea más larga, se debe introducir una demanda en el tribunal. Las condiciones para un alojamiento seguro son: “el menor ya ha intentado esfumarse varias veces y podría volver a hacerlo, y si se esfuma podría sufrir unos daños; o bien si se le pone en cualquier otro tipo de alojamiento existe el riesgo de que se haga daño a él mismo o a otras personas”. Inicialmente, el menor puede ser ingresado en un alojamiento seguro por tres meses como máximo, luego por un periodo de seis meses. En vista de la ley, aunque el bienestar del menor tiene que primar, en algunos casos se considera que la protección de los ciudadanos es más importante, y se toman las decisiones en función de ésta. Intervenciones médicas/terapéuticas Dentro de Every Child Matters se encuentra la necesidad de proteger la salud de los menores y su bienestar. En el Reino Unido, el comportamiento violento y agresivo es considerado generalmente como un caso de salud y los padres piden ayuda al médico de familia o a la enfermera de la escuela. Luego recibirán una invitación a una cita con un psicólogo o un psiquiatra, que a menudo se expide por la multiagencia de Child and Adolsecents Mental Health Services (CAMHS) (Servicios de salud mental para menores). Frecuentemente, los padres definen el comportamiento de su hijo en términos de “condición”. Las atribuciones de los padres comparadas con los diagnósticos hechos por las agencias de cuidado social y médico que trabajan con menores sugieran que los padres utilicen términos como “hiperactividad” y “problemas emocionales y comportamentales” en el lenguaje cotidiano para expresar la diferencia entre la manera con la que les gustaría que actuara su hijo y la manera con la que se comporta realmente. Desde este punto de vista, los menores con un comportamiento agresivo y violento padecen a menudo de un trastorno específico, como el trastorno de déficit de atención e hiperactividad, o un trastorno de conducta. El Royal College of Psychologists (el colegio real de psicólogos) define el trastorno de conducta como: “Un esquema de comportamiento repetitivo en el que los derechos de los otros y las normas sociales son violados y que los derechos básicos de los otros o las normas sociales de jerarquía son violados”. El comportamiento visto como una evidencia de trastorno de conducta puede ser: una agresión contra personas o animales, intimidación, amenazas, provocar o meterse en peleas, utilizar armas que pueden hacer mucho daño, prender fuego con una intención de destrucción o destruir de manera deliberada las propiedades y pertenencias de otros. Las características de este problema son, por ejemplo: • problemas de aprendizaje • humor depresivo • hiperactividad • adicción Otros diagnósticos utilizados para referirse a este tipo de comportamiento: • el trastorno oposicional desafiante • el trastorno de déficit de atención e hiperactividad • los episodios maníacos • el trastorno de ajuste • el comportamiento antisocial de menores • el trastorno dramático/errático/antisocial de personalidad Los menores que tienen un comportamiento violento y agresivo en casa sufren entonces de una condición clínica con una intervención apropiada de tratamiento, que suelen ser el asesoramiento psicológico y la psicoterapia. La legislación de la salud mental Cuando un menor es violento a causa de un trastorno mental, las autoridades locales deben tomar sus responsabilidades, en vista de la Ley de Salud Mental de 1983. Esta ley se basa sobre la ley anterior de 1933 que últimamente se ha considerado obsoleta y que no responde a las necesidades de los que padecen de problemas de salud mental como de los problemas de la sociedad en su conjunto. En 2006, se propusieron algunas reformas pero se enfrentaron a una fuerte oposición y todavía se están revisando. La Ley de Salud Mental en el artículo 1 define cuatro categorías de trastorno mental: • Discapacidad mental severa: desarrollo mental incompleto o parado que da lugar a una discapacidad severa de las funciones intelectuales y sociales y que está asociada con un comportamiento anormalmente agresivo o muy irresponsable por parte de la persona concernida. • Discapacidad mental: desarrollo mental incompleto o parado (pero no tanto como la discapacidad mental severa) que da lugar a una discapacidad significativa de las funciones intelectuales y sociales y que está asociada con un comportamiento anormalmente agresivo o muy irresponsable por parte de la persona concernida. • Trastorno psicopático: un trastorno o una discapacidad mental persistente (con o sin discapacidad significativa de la función intelectual) que da lugar a un comportamiento anormalmente agresivo o muy irresponsable por parte de la persona concernida. • Enfermedad mental: no está definida, pero la ley pone en esta categoría, por ejemplo, la anorexia y la demencia. La Ley de Salud Mental no pone límites de edad mínima y tampoco hace referencias específicas a los menores. En teoría, los menores pueden ser tratados o detenidos según la ley, pero en la práctica, los menores muy jóvenes no son detenidos porque se ven como pacientes “informales”. La ley establece las condiciones para el ingreso de un paciente informal en el hospital: un padre puede dar su consentimiento para el tratamiento de un joven de menos de 18 años. Si son las autoridades locales las responsables del menor, éste puede ser ingresado contra su voluntad. La segunda parte de la ley establece las condiciones para el ingreso obligatorio para una evaluación o un tratamiento. “si la persona sufre de un trastorno mental de naturaleza o de un grado que hace necesario el ingreso del paciente en el hospital… y que este ingreso es para su propio interés y para la protección de los demás”. Conclusión En este informe, hemos intentado dar una visión general de la legislación inglesa que se aplica cuando los menores atacan a sus padres. Aunque las medidas penales se hayan vuelto más punitivas y que se centra más en la prevención, existe una serie de medidas de seguridad que pueden ayudar mucho a las familias que viven este tipo de problemas. Luego, la decisión que se toma depende mucho del profesional al que se pide consejo, lo que sugiere una cierta arbitrariedad a la hora de solucionar el problema. Como dice Coppock sobre el comportamiento “molestado y molesto” de los menores: “Si el problema se expone al médico familiar es diagnosticado dentro de la estructura médica, lo que dará lugar a un tratamiento psicológico. Si es en la escuela, el problema toma una dimensión educativa y se hace referencia a psicólogos educativos. Con los servicios sociales, se definirá como un problema social/legal que depende de si se ha cometido una infracción o no” (in Hendrick, 2005) Esta falta de consistencia podría explicar por qué el problema todavía no ha sido claramente definido e identificado y por qué hay tan pocos datos disponibles. Cheryl Yardley y Pauline Franklin Universidad Christ Church de Canterbury Referencias Todos los actos del parlamento están disponibles en el Office of Public Sector Information en la página web www.opsi.gov.uk Allen, N. (2005) 4th Ed Making Sense of the Children Act 1989 Chichester: John Wiley and Sons Butler-Sloss, E (1988) Report of the Inquiry into Child Abuse in Cleveland 1988 London: HMSO Chief Secretary to the Treasury (2003) Every Child Matters London: HMSO Department for Constitutional Affairs (2001) Domestic Violence: A Guide to Civil Remedies and Criminal Sanctions London: HMSO Available at http://www.dca.gov.uk/family/dvguide04.pdf Hazel, A. 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