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CTACCOL-LEGI TERRITORIAL D’ARQUITECTES DECASTELLÓ & ¡¡ INFORMACIÓN: NORMAS MÍNIMAS DE PRESENTACIÓN !! Proyecto de Edificación Los marcadores precedidos de un asterisco (*) son los Mar. 08 que, al menos, debe contener el Proyecto básico. Documentación para Visado telemático Memoria de proyecto adaptada al CTE Hoja núm. 1 MEMORIA DEL PROYECTO BASICO Conforme al CTE (Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación) PROYECTO: MEMORIA REHABILITACION DEL MONASTERIO DE LAS R.R. M.M. DOMINICAS DE VILA-REAL PARA CONVERTIRLO EN ESPACIO MUSEISTICO PROMOTOR: IL-LUSTRISSIM AJUNTAMENT DE VILA-REAL ARQUITECTOS: FERNANDO PLA ESCRICHE PEDRO A. GIL RIBES FECHA: ABRIL DE 2010 Memoria de proyecto adaptada al CTE Hoja núm. 2 Hoja resumen de los datos generales: Fase de proyecto: Básico Título del Proyecto: Memoria rehabilitación del monasterio de las r.r. m.m. dominicas de Vila-real para convertirlo en espacio museístico Emplazamiento: C/ Hospital nº3, Vila-Real. Castellón de la plana. Usos del edificio Uso principal del edificio: residencial comercial oficinas turístico industrial religioso transporte espectáculo agrícola sanitario deportivo educación Usos subsidiarios del edificio: residencial Nº Plantas Garajes Sobre rasante Locales Otros: 2 Bajo rasante: --- Superficies superficie total construida s/ rasante 1.188,01 m2 superficie total superficie total construida b/ rasante 1.188,01 m2 --- presupuesto ejecución material 1.004.342,25 € Estadística nueva planta legalización rehabilitación reforma-ampliación vivienda libre VP pública VP privada núm. viviendas núm. locales núm. plazas garaje ------- Memoria de proyecto adaptada al CTE Hoja núm. 3 Control de contenido del proyecto: I. MEMORIA 1. Memoria descriptiva ME 1.1Agentes ME 1.2Información previa ME 1.3Descripción del proyecto ME 1.4Prestaciones del edificio ME 1.5Declaracion de obra completa ME 1.6Plazo de Ejecucion ME 1.7Periodo de garantía ME 1.8Revision de precios ME 1.9Clasificacion del contratista 2. Memoria constructiva MC 2.1Sustentación del edificio 3. Cumplimiento del CTE DB-SI 3.2 Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio SI 1Propagación interior SI 2 Propagación exterior SI 3 Evacuación SI 4 Instalaciones de protección contra incendios SI 5 Intervención de bomberos SI 6 Resistencia al fuego de la estructura II. ESTUDIO FOTOGRAFICO III- RESUMEN DE PRESUPUESTO IV. PLANOS Estado actual: 01.- Situación. 02.- Emplazamiento. 03.- Levantamiento topográfico. 04.- Distribución planta baja. 05.- Distribución planta primera y segunda. 06.- Cotas y superficies planta baja. 07.- Cotas y superficies planta primera. 08.- Cotas y superficies planta segunda. 09.- Propuesta de cesiones. Distribución y superficies planta baja. 10.- Propuesta de cesiones. Distribución y superficies planta 1ª y 2ª. 11.- Esquema fotográfico general. 12.- Esquema fotográfico planta baja. 13.- Esquema fotográfico planta primera. Propuesta: 14.- Esquemas de derribo. 15.-Distribución planta baja. 16.-Distribución planta primera y segunda. 17.-Cotas y superficies planta baja. 18.- Cotas y superficies planta primera y segunda. 19.- Planta de cubiertas. 20.- Alzados y detalles. 21.-Secciones. 22.- Distribución por usos. 23.- CTE-DB-SI. Memoria de proyecto adaptada al CTE Hoja núm. 4 I. MEMORIA 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 1 1. Memoria descriptiva 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 2 REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.( BOE núm. 74,Martes 28 marzo 2006) 1. Memoria descriptiva: Descriptiva y justificativa, que contenga la información siguiente: 1.2 Información previa*. Antecedentes y condicionantes de partida, datos del emplazamiento, entorno físico, normativa urbanística, otras normativas, en su caso. Datos del edificio en caso de rehabilitación, reforma o ampliación. Informes realizados. 1.3 Descripción del proyecto*. Descripción general del edificio, programa de necesidades, uso característico del edificio y otros usos previstos, relación con el entorno. Cumplimiento del CTE y otras normativas específicas, normas de disciplina urbanística, ordenanzas municipales, edificabilidad, funcionalidad, etc. Descripción de la geometría del edificio, volumen, superficies útiles y construidas, accesos y evacuación. Descripción general de los parámetros que determinan las previsiones técnicas a considerar en el proyecto respecto al sistema estructural (cimentación, estructura portante y estructura horizontal), el sistema de compartimentación, el sistema envolvente, el sistema de acabados, el sistema de acondicionamiento ambiental y el de servicios. 1.4 Prestaciones del edificio* Por requisitos básicos y en relación con las exigencias básicas del CTE. Se indicarán en particular las acordadas entre promotor y proyectista que superen los umbrales establecidos en el CTE. Se establecerán las limitaciones de uso del edificio en su conjunto y de cada una de sus dependencias e instalaciones. 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 3 Habitabilidad (Artículo 3. Requisitos básicos de la edificación. Ley 38/1999 de 5 de noviembre. Ordenación de la Edificación. BOE núm. 266 de 6 de noviembre de 1999 1. Higiene, salud y protección del medioambiente, de tal forma que se alcancen condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos. 2. Protección contra el ruido, de tal forma que el ruido percibido no ponga en peligro la salud de las personas y les permita realizar satisfactoriamente sus actividades. 3. Ahorro de energía y aislamiento térmico, de tal forma que se consiga un uso racional de la energía necesaria para la adecuada utilización del edificio. 4. Otros aspectos funcionales de los elementos constructivos o de las instalaciones que permitan un uso satisfactorio del edificio. Seguridad (Artículo 3. Requisitos básicos de la edificación. Ley 38/1999 de 5 de noviembre. Ordenación de la Edificación. BOE núm. 266 de 6 de noviembre de 1999 1. Seguridad estructural, de tal forma que no se produzcan en el edificio, o partes del mismo, daños que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio. 2. Seguridad en caso de incendio, de tal forma que los ocupantes puedan desalojar el edificio en condiciones seguras, se pueda limitar la extensión del incendio dentro del propio edificio y de los colindantes y se permita la actuación de los equipos de extinción y rescate. 3. Seguridad de utilización, de tal forma que el uso normal del edificio no suponga riesgo de accidente para las personas. Funcionalidad (Artículo 3. Requisitos básicos de la edificación. Ley 38/1999 de 5 de noviembre. Ordenación de la Edificación. BOE núm. 266 de 6 de noviembre de 1999 1. Utilización, de tal forma que la disposición y las dimensiones de los espacios y la dotación de las instalaciones faciliten la adecuada realización de las funciones previstas en el edificio. 2. Accesibilidad, de tal forma que se permita a las personas con movilidad y comunicación reducidas el acceso y la circulación por el edificio en los términos previstos en su normativa específica. 3. Acceso a los servicios de telecomunicación, audiovisuales y de información de acuerdo con lo establecido en su normativa específica. 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 4 1.1 Agentes: Promotor: Il.lustrissim Ajuntament de Vila-Real, C.I.F. P-1213500-J, Plaza Mayor nº1. Vila-Real. Arquitectos: Fernando José Pla Escriche. 52.944.387-C Col. 11.052 COACV Pedro Antonio Gil Ribes. 52.945.308-K Col. 10.655 COACV Directores de obra: Fernando José Pla Escriche Col. 11.052 COACV Pedro Antonio Gil Ribes Col. 10.655 COACV Director de la ejecución de la obra: Manuel Bort Pérez, nº COAAT. Seguridad y Salud Autor del estudio: Manuel Bort Pérez, nº COAAT. Coordinador durante la elaboración del proyecto: Manuel Bort Pérez, nº COAAT. Coordinador durante la ejecución de la obra: Manuel Bort Pérez, nº COAAT. 1.2 Información previa: Antecedentes y condicionantes de partida: Se recibe por parte del promotor el encargo de la reforma-restauración del actual convento de las RR.MM. Dominicas para la conversión de este en un espacio museístico, a su vez dividido en dos espacios museísticos diferenciados, pudiendo funcionar ambos espacios de manera independiente. Este edificio era de propiedad municipal y destinado antiguamente a Hospital, siendo permutado por el edificio que poseían las R.R. M.M. Dominicas en el centro de Vila-real, y en cuyo solar se construyó parte del actual Ayuntamiento y plaza mayor de dicha localidad. Esta permuta data del año 1956, en este año y para adecuar el antiguo Hospital a su nuevo destino, se procedió a una reforma y habilitación para su nuevo uso (Convento de clausura), conservando sus características principales, según el proyecto de Adaptación , redactado por el Arquitecto D. Vicente Traver . Desde entonces, se han realizado obras varias de conservación y modernización en el interior, así como la reforma total del revestimiento de fachada, que data del año 1989 aproximadamente, siendo respetada en su totalidad la configuración anterior. El edificio a reformar además de los condicionantes inherentes a este tipo de actuación, principalmente físicos, como puede ser elementos estructurales de difícil modificación, instalaciones que requieren grandes modificaciones, y principalmente el edificio está considerado como bien catalogado. 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 5 Emplazamiento: Situación El edificio que a reformar, junto a su parte ajardinada, ocupan la totalidad de un manzana en la zona sureste del Municipio de Vila-Real, concretamente en la calle Hospital nº3. Cuya referencia catastral es 7546201YK4274N0001OW. Forma El edificio en sí, recae a la calle Hospital tiene forma rectangular, dejando la zona libre ajardinada la parte recayente a la Avenida Pius XII, la forma del solar completo es rectangular con dos esquinas a 90 grados las recayentes a la intersección de la calle Hospital con la calle Cardenal Tarancón, y la otra es en la intersección de la av. Pius XII con la calle Cardenal Tarancón, mientas que las esquinas recayentes a la intersección de la Av Pius XII, con Na Violant D'Hongria y la esquina intersección de la calle Na Violant D'Hongria con calle Hospital son achaflanadas. Las dimensiones aproximadas del suelo que ocupa el edificio a reformar es aproximadamente de 32x34 metros, y el solar en si las dimensiones son aproximadamente de 92x55m. Orientación La parcela cuenta con las cuatro orientaciones, disponiendo de un eje de avenida Pius XII a calle Hospital que sería un eje noroeste-sureste y el otro eje entre la calle Cardenal Tarancón y calle Reina Na Violant de Hongria sería el eje suroeste-noreste. La edificación a reformar en concreto su fachada da a cara noroeste. Topografía La parcela presenta una ligera pendiente en la dirección oeste-este y en la dirección sur-norte. Siendo la parte oeste y sur más elevada que la parte este y norte respectivamente. Lindes La superficie de la parcela es de 2.911 m 2 NORTE: Calle Cardenal Tarancón, datos proporcionados por Planos catastrales del ilustrísimo ayuntamiento de Vila-Real SUR: Calle Reina Na Violant D'Hongria, datos proporcionados por Planos catastrales del ilustrísimo ayuntamiento de Vila-Real ESTE: Av Pius XII, datos proporcionados por Planos catastrales del ilustrísimo ayuntamiento de Vila-Real OESTE: Calle Hospital, datos proporcionados por Planos catastrales del ilustrísimo ayuntamiento de Vila-Real 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 6 Entorno físico: La parcela de referencia, de forma rectangular, está situada entre medianeras, con su única fachada orientada al Este. Normativa urbanística: Es de aplicación el PGMOU de Vila-Real, aprobado con fecha 23 de febrero de 1993, con última modificación publicado en el B.O.P. de 26 de febrero de 2009, Normativa de obligado cumplimiento: NORMATIVA TÉCNICA APLICABLE ÍNDICE DE MATERIAS 1. Abastecimiento de Agua Vertido y Depuración 2. Acciones en la Edificación 3. Actividades Recreativas 4. Aislamiento 5. Aparatos Elevadores 6. Aparatos a Presión 7. Audiovisuales, Antenas y Telecomunicaciones 8. Barreras Arquitectónicas 9. Blindajes 10. Calefacción, Climatización y Agua Caliente Sanitaria 11. Cales 12. Carpintería 13. Casilleros Postales 2. Acciones en la Edificación 15. Cimentaciones 16. Combustibles 17. Consumidores 18. Control de Calidad 19. Cubiertas e Impermeabilizaciones 20. Electricidad e Iluminación 21. Estadística 22. Estructuras de Acero 23. Estructuras de Fábrica 24. Estructuras Forjados 25. Estructuras de Hormigón 2. Acciones en la Edificación 27. Fontanería 28. Habitabilidad 29. Instalaciones Especiales 30. Medio Ambiente e Impacto Ambiental 31. Protección contra Incendios 32. Proyectos 33. Residuos 1. ABASTECIMIENTO DE AGUA, VERTIDO Y DEPURACIÓN CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HS 4 SALUBRIDAD, SUMINISTRO DE AGUA - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 - B.O.E: 28 de marzo de 2006 CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HS 5 SALUBRIDAD, EVACUACIÓN DE AGUAS 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 7 - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 B.O.E: 28 de marzo de 2006 CONTADORES DE AGUA FRÍA. - ORDEN de 28-DIC-88, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo - B.O.E.: 6-MAR-89 CONTADORES DE AGUA CALIENTE. - ORDEN de 30-DIC-88, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo - B.O.E.: 30-ENE-89 NORMAS PROVISIONALES SOBRE INSTALACIONES DEPURADORAS Y VERTIDO DE AGUAS RESIDUALES AL MAR. - RESOLUCIÓN de 23-ABR-69 de la Dirección General de Puertos y Señales Marítimas - B.O.E.: 20-JUN-69 - Corrección errores: 4-AGO-69 TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE AGUAS. - REAL DECRETO de 20-JUL-01, del Ministerio de Medio Ambiente - B.O.E.: 24-JUL-01 2. ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB SE AE SEGURIDAD ESTRUCTURAL, ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 B.O.E: 28 de marzo de 2006 NORMA DE CONSTRUCCIÓN SISMORRESISTENTE: PARTE GENERAL Y EDIFICACIÓN (NCSR-02). - REAL DECRETO 997/2002, de 27-SEP, del Ministerio de Fomento. - B.O.E.: 11-OCT-02 3. ACTIVIDADES RECREATIVAS REGLAMENTO GENERAL DE POLICIA DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS. - REAL DECRETO 2816/82 del Ministerio del Interior de 27-AGO-82. - B.O. E. 6-NOV-82 - Corrección de errores: - 29-NOV-82 y 1-OCT-83 CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN Deroga los artículos 2 al 9, ambos inclusive, y 20 a 23, ambos inclusive, excepto el apartado 2 del artículo 20 y el apartado 3 del artículo 22 del reglamento anterior. - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 - B.O.E: 28 de marzo de 2006 4. AISLAMIENTO CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HE 1 AHORRO DE ENERGÍA, LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 - B.O.E: 28 de marzo de 2006 NORMA BÁSICA NBE-CA-88 SOBRE CONDICIONES ACÚSTICAS DE LOS EDIFICIOS ACLARACIONES Y CORRECCIÓNES DE LOS ANEXOS DE LA NBE-CA-82. - ORDEN de 29-SEP-88, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo. - B.O.E.: 8-OCT-88. Modifica la NORMA BÁSICA NBE-CA-82 SOBRE CONDICIONES ACÚSTICAS DE LOS EDIFICIOS - REAL DECRETO 2115/1982, de 12-AGO, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo - B.O.E.: 3-SEP-82 - Corrección errores: 7-OCT-82 Modifica la NORMA BÁSICA NBE-CA-81 SOBRE CONDICIONES ACÚSTICAS DE LOS EDIFICIOS - REAL DECRETO 1909/1981, de 24-JUL, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo - B.O.E.: 7-SEP-81 LEY DEL RUIDO. LEY 37/2003 de Jefatura del Estado, de 17 de Noviembre, del Ruido. - B.O.E.: 18.11.2003 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 8 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE POLIESTIRENO EXPANDIDO PARA AISLAMIENTO TÉRMICO Y SU HOMOLOGACIÓN. - REAL DECRETO 2709/1985, de 27-DIC, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 15-MAR-86 - Corrección de errores: 5-JUN-86 POLIESTIRENOS EXPANDIDOS. - ORDEN de 23-MAR-99. del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 5-ABR-99 - Modifica especificaciones técnicas de R.D. 2709/85 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE PRODUCTOS DE FIBRA DE VIDRIO PARA AISLAMIENTO TÉRMICO Y SU HOMOLOGACIÓN. - REAL DECRETO 1637/1986, de 13-JUN, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 5-AGO-86 - Corrección errores: 27-OCT-86 5.APARATOS ELEVADORES DISPOSICIONES DE APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO 95/16/CE SOBRE ASCENSORES. - REAL DECRETO 1314/1997 de 01-AGO-97, del Parlamento Europeo y del Consejo 95/19/CE - B.O.E.: 30-SEP-97 - Corrección de errores: B.O.E.- 28-JUL-98 INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIE-AEM1, REFERENTE A ASCENSORES ELECTRO-MECÁNICOS. - ORDEN de 23-SEP-87, del Ministerio de Industria y Energía (art. 10 a 15, 19 y 23) - B.O.E.: 6-OCT-87 - Corrección errores: 12-MAY-88 PRESCRIPCIONES TÉCNICAS NO PREVISTAS EN LA ITC -MIE-AEMI, DEL REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACIÓN Y SU MANUTENCIÓN. - RESOLUCIÓN de 27-ABR-92, de la Dirección General de Política Tecnológica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo - B.O.E.: 15-MAY-92 MODIFICACIÓN DE LA ITC-MIE-AEM1, REFERENTE A ASCENSORES ELECTROMECÁNICOS. - ORDEN de 12-SEP-91, del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. ART. 10 a 15, 19 y 23. - B.O.E.: 17-SEP-91 - Corrección errores: 12-OCT-91 ASCENSORES SIN CUARTOS DE MÁQUINAS. - RESOLUCIÓN de 3-ABRL-97. de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial - B.O.E.: 23-ABR-97 - Corrección de errores: 23-MAY-97 APARATOS ELEVADORES HIDRAULICOS. - ORDEN de 30-JUL-74. del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 9-AGO-74 ASCENSORES CON MÁQUINA EN FOSO - RESOLUCIÓN de 10-SEP-98, de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial - B.O.E.: 25-SEP-98 GRUAS. - REAL DECRETO 836/2003 de 27 de Junio - Corrección de errores: B.O.E.: 23.01.2004. 6. APARATOS A PRESIÓN REGLAMENTO DE APARATOS A PRESIÓN. - REAL DECRETO 1244/1979, de 4-ABR, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 29-MAY-79 - Corrección errores: 28-JUN-79 - Corrección errores: 24-ENE-91 MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 6, 9,19, 20 y 22 DEL REGLAMENTO DE APARATOS A PRESIÓN. - REAL DECRETO 1504/1990, de 23-NOV, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 28-NOV-90 - Corrección de errores: 24-ENE-91 INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIE-AP1. CALDERAS, ECONOMIZADORES Y OTROS APARATOS. 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 9 - ORDEN de 17-MAR-81, del Ministerio de Industria v Energía B.O.E.: 8-ABR-81 Corrección errores: 22-DIC-81 MODIFICACIÓN DE LA ITC-MIE-AP1 ANTERIOR. - ORDEN de 28-MAR-85, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 13-ABR-85 ITC-MIE-AP2. TUBERÍAS PARA FLUÍDOS RELATIVOS A CALDERAS. - ORDEN de 6-OCT-80, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 4-NOV-80 DISPOSICIONES DE APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA 76/767/CEE SOBRE APARATOS A PRESION. - Real Decreto 473/88 de 30-MAR-88 - B.O.E.: 20-MAY-88 DISPOSICIONES DE APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA 87/404/CEE, SOBRE RECIPIENTES A PRESION SIMPLES. - Real Decreto 1495/1991 del Mº de Industria y Energía de 11-OCT-91 - B.O.E.: 15-OCT-91 - Corrección de errores: 25-NOV-91 MODIFICACION DEL REAL DECRETO 1495/1991 . - Real Decreto 2486/94 del Mº de Industria y Energía de 23-DIC-94 - B.O.E.: 24-ENE-95 7. AUDIOVISUALES Y ANTENAS INFRAESTRUCTURAS COMUNES EN EDIFICIOS PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES. - LEY 1/1998, de 27-FEB, de la Jefatura del Estado - B.O.E. 28-FEB-98 TELECOMUNICACIONES. REGLAMENTO. INFRAESTRUCTURAS COMUNES. - REAL DECRETO 401/2003, de 04-ABR, del Ministerio de Ciencia y Tecnología. - B.O.E.: 14-MAY-03 TELECOMUNICACIONES. DESARROLLO DEL REGLAMENTO. INFRAESTRUCTURAS COMUNES. - ORDEN CTE 1296/2003, de 14-MAY, del Ministerio de Ciencia y Tecnología. - B.O.E.: 27-MAY-03 GENERAL DE TELECOMUNICACIONES. - LEY 11/98 de la Jefatura del Estado de 24-ABR-98 - B.O.E.: 25-ABR-98 TELECOMUNICACIONES POR SATELITE. - REAL DECRETO 136/97 del Mº de Fomento de 31-ENE-97 - B.O.E.: 1-FEB-97 - Corrección de errores: 14-FEB-97 LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES. - LEY 32/2003, de 3 de Noviembre, de Jefatura del Estado, General de Telecomunicaciones. - B.O.E.: 04.11.2003. 8. BARRERAS ARQUITECTÓNICAS CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB SU SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 - B.O.E: 28 de marzo de 2006 MEDIDAS MÍNIMAS SOBRE ACCESIBILIDAD EN LOS EDIFICIOS. - REAL DECRETO 556/1989, de 19-MAY. del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo - B.O.E.: 23-MAY-89 RESERVA Y SITUACIÓN DE LAS V.P.O. DESTINADAS A MINUSVÁLIDOS. 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 10 - REAL DECRETO 355/1980, de 25-ENE. del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo B.O.E.: 28-FEB-80 ACCESOS, APARATOS ELEVADORES Y CONDICIONES DE LAS VIVIENDAS PARA MINUSVÁLIDOS EN VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL. - ORDEN de 3-MAR-80, del Ministerio de Obras; Públicas y Urbanismo - B.O.E.: 10-MAR-80 INTEGRACIÓN SOCIAL DE MINUSVALIDOS (Titulo IX, Artículos 54 a 61). - LEY 13/1982, de 7-ABR · - B.O.E.: 30-ABR-82 9. BLINDAJES ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS TIPOS DE "BLINDAJES TRANSPARENTES O TRANSLÚCIDOS” PARA SU HOMOLOGACIÓN POR EL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÌA. - Orden de 13-MAR-86, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E. de 08-ABR-86. 10. CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN, AGUA CALIENTE SANITARIA Y GAS CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HE 4 AHORRO DE ENERGÍA, CONTRIBUCIÓN SOLAR MÍNIMA DE AGUA CALIENTE SANITARIA - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 - B.O.E: 28 de marzo de 2006 REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS (RITE) (CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN Y AGUA CALIENTE SANITARIA) E I.T.C. - REAL DECRETO 1751/1998, de 31-JUL, del Ministerio de Presidencia. - B.O.E.: 5-AGO-98 NORMAS TÉCNICAS DE RADIADORES CONVECTORES DE CALEFACCIÓN POR FLUIDOS Y SU HOMOLOGACIÓN. - REAL DECRETO 3089/1982, de 15-OCT, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 22-NOV-82 NORMAS TÉCNICAS SOBRE ENSAYOS PARA HOMOLOGACIÓN DE RADIADORES Y CONVECTORES POR MEDIO DE FLUÏDOS. - ORDEN de 10-FEB-83, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 15-FEB-83 COMPLEMENTO DE LAS NORMAS TÉCNICAS ANTERIORES (HOMOLOGACIÓN DE RADIADORES). - REAL DECRETO 363/1984, DE 22-FEB, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 25-FEB-84 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE CHIMENEAS MODULARES METÁLICAS Y SU HOMOLOGACIÓN. - REAL DECRETO 2532/1985, de 18-DIC, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 3-ENE-86 - Corrección errores: 27-FEB-86 CRITERIOS SANITARIOS PARA A PREVENCIÓN DA CONTAMINACIÓN POR LEGIONELLA NAS INSTALACIONS TERMICAS - DECRETO 9/2001 de 11-ENE - D.O.G 15-ENE-2001 CRITERIOS HIGIÉNICO-SANITARIOS PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA LEGIONELOSIS. - REAL DECRETO 909/2001, de 27-JUL-01 del Ministerio de Sanidad y Consumo. - B.O.E.: 28-JUL-01 11. CALES INSTRUCCIÓN PARA LA RECEPCIÓN DE CALES EN OBRAS DE ESTABILIZACIÓN DE SUELO RCA-92. - Orden de 18-DIC-92 del Mº de Obras Publicas y T. - B.O.E. 26-DIC-92. 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 11 12. CARPINTERÍA ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE PERFILES EXTRUÍDOS DE ALUMINIO Y SUS ALEACIONES Y SU HOMOLOGACIÓN. - REAL DECRETO 2699/1985, de 27-DIC, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 22-FEB-86 13. CASILLEROS POSTALES REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE CORREOS. - DECRETO 1653/1964, de 4-MAY, del Ministerio de la Gobernación - B.O.E.: 9-JUN-64 - Corrección de errores: 9-JUL-64 - MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE CORREOS. - ORDEN de 14-AGO-71 del Ministerio de Gobernación - B.O.E.:3-SEP-71 14. CEMENTOS CEMENTOS.R-C 03 - REAL DECRETO 1797/2003 del Ministerio de la Presidencia, de 26 de Diciembre. - B.O.E.;16.01.2004 OBLIGATORIEDAD DE HOMOLOGACIÓN DE LOS CEMENTOS PARA LA FABRICACIÓN DE HORMIGONES Y MORTEROS. - REAL DECRETO 1313/1988, de 28-OCT, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 4-NOV-88 MODIFICACIÓN DE LAS NORMAS UNE DEL ANEXO AL R.D.1313/1988, de 28 de OCTUBRE, SOBRE OBLIGATORIEDAD DE HOMOLOGACIÓN DE CEMENTOS . ORDEN de 28-JUN-89, del Ministerio de Relaciones con las Cortes v con la Secretaría del Gobierno - B.O.E.: 30-JUN-89 MODIFICACIÓN DE LA ORDEN ANTERIOR (28-JUN-89). - ORDEN de 28-DIC-89, del Ministerio de Relaciones con las Cortes y con la Secretaría del Gobierno - B.O.E.: 29-DIC-89 MODIFICACIÓN DEL ANEXO DEL R. D. 1313/1988 ANTERIOR. - ORDEN de 4-FEB-92, del Ministerio de Relaciones con las Cortes y con la Secretaría del Gobierno - B.O.E.: 11-FEB-92 15. CIMENTACIONES CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB SE-C SEGURIDAD ESTRUCTURAL, CIMIENTOS - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 - B.O.E: 28 de marzo de 2006 16. COMBUSTIBLES REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE GAS EN LOCALES DESTINADOS A USOS DOMÉSTICOS, COLECTIVOS O COMERCIALES. - REAL DECRETO 1853/1993, de 27-OCT. del Ministerio de la Presidencia - B.O.E.: 24-NOV-93 - Corrección errores: 8-MAR-94 INSTRUCCIÓN SOBRE DOCUMENTACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE LAS INSTALACIONES RECEPTORAS DE GASES COMBUSTIBLES. - ORDEN de 17-DIC-85, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 9-ENE-86 - Corrección errores: 26-ABR-86 - D.O.G. 8-FEB-06 REGLAMENTO SOBRE INSTALACIONES DE ALMACENAMIENTO DE GASES LICUADOS DEL PETRÓLEO (GLP) EN DEPÓSITOS FIJOS. - ORDEN de 29-ENE-86, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 22-FEB-86 - Corrección errores: 10-JUN-86 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 12 REGLAMENTO DE REDES Y ACOMETIDAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS E INSTRUCCIONES. "MIG" - ORDEN de 18-NOV-74, del Ministerio de Industria - B.O.E.: 6-DIC-74 MODIFICACIÓN DE LOS PUNTOS 5.1 y 6.1 DEL REGLAMENTO ANTES CITADO. - ORDEN de 26-OCT-83, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 8-NOV-83 - Corrección errores: 23-JUL-84 MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIG-5.1, 5.2, 5.5 y 6.2. - ORDEN de 6-JUL-84, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 23-JUL-84 MODIFICACION DEL APARTADO 3.2.1. - B.O.E.: 21-MAR-94 MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIG-R.7.1, ITC-MIG-R.7.2. - ORDEN de 29-MAY-98, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 11-JUN-98. REGLAMENTO DE APARATOS QUE UTILIZAN COMBUSTIBLES GASEOSOS. - REAL DECRETO 494/1988, de 20-MAY, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 25-MAY-88 - Corrección errores: 21-JUL-88 INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIE-AG 1 a 9 y 11 a 14. - ORDEN de 7-JUN-88, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 20-JUN-88 MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIE-AG 1 Y 2. - ORDEN de 17-NOV-88, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 29-NOV-88 MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIE-AG 7. - ORDEN de 20-JUL-90. del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 8-AGO-90 MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIE-:AG 6 y 11. - ORDEN de 15-FEB-91, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 26-FEB-91 INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MlE-AG 10, 15, 16, 18 y 20. - ORDEN de 15-DIC-88, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 27-DIC-88 INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS MI-IP 03 “INSTALACIONES PETROLIFERAS PARA USO PROPIO” - REAL DECRETO 1427/1997, de 15-SEP, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 23-OCT-97 - Corrección de errores: 24-ENE-98 - RESOLUCIÓN de 24-FEB-99 de la Consellería de Industria y Comercio. - D.O.G.: 15-MAR-99 - NUEVO PLAZO HASTA 23-ABR-00 DEPÓSITOS DE ALMACENAMIENTO DE LÍQUIDOS PETROLIFEROS. - REAL DECRETO 1562/1998, de 17-JUL, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 8-AGO-97 - MODIFICA LA INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MI-IPO2 “PARQUES DE ALMACENAMIENTO DE LÍQUIDOS PETROLÍFEROS”. - Corrección de Errores. B.O.E.: 20-NOV-98. MODIFICACIÓN DEL R.D.1428/1992 DE APLICACIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS 92/42/CEE, SOBRE APARATOS DE GAS. - REAL DECRETO 276/1995, de 24-FEB-95 del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 27-MAR-95 APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA DEL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS 90\396\CEE, SOBRE RENDIMIENTO PARA LAS CALDERAS NUEVAS DE AGUA CALIENTE ALIMENTADAS POR COMBUSTIBLES LÍQUIDOS O GASEOSOS. 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 13 - REAL DECRETO 275/1995, de 24-FEB, del Ministerio de Industria y Energía B.O.E.: 27-MAR-95 Corrección erratas: 26-MAY-95 APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA DEL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS 90/42/CEE, SOBRE APARATOS DE GAS. - REAL DECRETO 1428/1992, de 27-NOV, del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo - B.O.E.: 5-DIC-92 - Corrección de errores: 27-ENE-93 17. CONSUMIDORES DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS. - Ley 26/84 de 19-JUL-84 de Jefatura del Estado. - B.O.E. 21-JUL-84. 18. CONTROL DE CALIDAD ORGANISMOS DE CONTROL AUTORIZADOS. INFORMACIÓN QUE DEBEN CONTENER LOS DOCUMENTOS EMITIDOS. - ORDEN 24-JUN-03 401/2003, de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio. - D.O.G.: 04-JUN-03 19. CUBIERTAS E IMPERMEABILIZACIONES CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HS 1 SALUBRIDAD, PROTECCIÓN FRENTE A LA HUMEDAD - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 - B.O.E: 28 de marzo de 2006 HOMOLOGACIÓN DE LOS "PRODUCTOS BITUMINOSOS PARA IMPERMEABILIZACIÓN DE CUBIERTAS EN LA EDIFICACIÓN". - Orden 12-MAR-86 del Ministerio de Industria. - B.O.E. de 22-MAR-86. 20. ELECTRICIDAD E ILUMINACIÓN REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN. "REBT" - DECRETO 842/2002, de 2-AGO, del Ministerio de Ciencia y Tecnología - B.O.E.: 18-SEP-02 - Entra en vigor: 18-SEP-03 CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HE 5 AHORRO DE ENERGÍA, CONTRIBUCIÓN FOTOVOLTAICA MÍNIMA DE ENERGÍA ELÉCTRICA - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 - B.O.E: 28 de marzo de 2006 CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HE 3 EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 - B.O.E: 28 de marzo de 2006 DISTANCIAS A LÍNEAS ELÉCTRICAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA. - REAL DECRETO 195/2000 de 1-DIC-00. - B.O.E. 27-DIC-00 AUTORIZACIÓN PARA EL EMPLEO DE SISTEMAS DE INSTALACIONES CON CONDUCTORES AISLADOS BAJO CANALES PROTECTORES DE MATERIAL PLÁSTICO. - RESOLUCIÓN de 18-ENE-88, de la Dirección General de Innovación Industrial - B.O.E.: 19-FEB-88 REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES TÉCNICAS Y GARANTÍAS DE SEGURIDAD EN CENTRALES ELÉCTRICAS Y CENTROS DE TRANSFORMIACIÓN. - REAL DECRETO 3275/1982, de 12-NOV, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 1-DIC-82 - Corrección errores: 18-ENE-83 INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMIENTARIAS "MIE-RAT" DEL REGLAMENTO ANTES CITADO. - ORDEN de 6-JUL-84, del Ministerio de Industria y Energía 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 14 - B.O.E.: 1-AGO-84 MODIFICACIÓN DE LAS "ITC-MIE-RAT" 1, 2, 7, 9,15,16,17 y 18. - B.O.E.: 5-JUL-88 - ORDEN de 23-JUN-88, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.:5-JUL-88 - Corrección errores: 3-OCT-88 COMPLEMENTO DE LA ITC "MIE-RAT" 20. - ORDEN de 18-OCT-84, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.:25-OCT-84 DESARROLLO Y CUMPLEMIENTO DEL REAL DECRETO 7/1988 DE 8-ENE, SOBRE EXIGENCIAS DE SEGURIDAD DE MATERIAL ELÉCTRICO. - ORDEN de 6-JUN-89, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 21-JUN-89 - Corrección errores: 3-MAR-88 REGLAMENTO DE CONTADORES DE USO CORRIENTE CLASE 2. - REAL DECRETO 875/1984, de 28-MAR, de la Presidencia del Gobierno - B.O.E.: 12-MAY-84 - Corrección errores: 22-OCT-84 CONDICIONES TÉCNICAS ESPECÍFICAS DE DISEÑO Y MANTENIMIENTO A LAS QUE SE DEBERÁN SOMETER LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE DISTRIBUCIÓN. - DECRETO 275/2001 de 4-OCT-01 de la Consellería de Industria y Comercio. - D.O.G..: 25-OCT-01 21. ESTADÍSTICA ELABORACIÓN DE ESTADISTICA DE LA EDÍFICACION Y LA VIVIENDA. - DECRETO 69/89 de 31-MAR-89 - D.O.G. 16-MAY-89. - Modificación LEY 7/1993 de Ministerio de Cultura D.O.G. 14-JUN-1993. 22. ESTRUCTURAS DE ACERO CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB SE A SEGURIDAD ESTRUCTURAL, ACERO - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 - B.O.E: 28 de marzo de 2006 23. ESTRUCTURAS DE FÁBRICA CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB SE-F SEGURIDAD ESTRUCTURAL, FÁBRICA - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 - B.O.E: 28 de marzo de 2006 PLIEGO GENERAL DE CONDICIONES PARA LA RECEPCIÓN DE LADRILLOS CERÁMICOS EN LAS OBRAS "RL-88". - ORDEN de 27-JUL-88, del Ministerio de Relaciones con las Cortes y con la Secretaría del Gobierno - B.O.E.: 3-AGO-88 PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES PARA LA RECEPCIÓN DE BLOQUES EN OBRAS (RB-90). - ORDEN de 04-JUL-90. - B.O.E.: 11-JUL-90 24. ESTRUCTURAS FORJADOS FABRICACIÓN Y EMPLEO DE ELEMENTOS RESISTENTES PARA PISOS Y CUBIERTAS. - REAL DECRETO 1630/1980, de 18-JUL, de la Presidencia del Gobierno - B.O.E.: 8-AGO-80 MODIFICACIÓN DE FICHAS TÉCNICAS A QUE SE REFIERE EL REAL DECRETO ANTERIOR SOBRE AUTORIZACIÓN DE USO PARA LA FABRICACIÓN Y EMPLEO DE ELEMENTOS RESISTENTES DE PISOS Y CUBIERTAS. - ORDEN de 29-NOV-89. del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo - B.O.E.: 16-DIC-89 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 15 ALAMBRES TREFILADOS LISOS Y CORRUGADOS PARA MALLAS ELECTROSOLDADAS Y VIGUETAS SEMIRRESISTENTES DE HORMIGÓN ARMADO PARA LA CONSTRUCCIÓN. - REAL DECRETO 2702/1985, de 18-DIC, del Ministerio de Industria y Energía. - B.O.E.: 28-FEB-86 ACTUALIZACIÓN DE LAS FICHAS DE AUTORIZACIÓN DE USO DE SISTEMAS DE FORJADOS. - RESOLUCION DE 30-ENE-97 del Mº de Fomento. - B.O.E.: 6-MAR-97 INSTRUCCIONES PARA EL PROYECTO Y LA EJECUCIÓN DE FORJADOS UNIDIRECCIONALES DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL REALIZADOS CON ELEMENTOS PREFABRICADOS (EFHE). - REAL DECRETO 642/2002, de 5-JUL, del Ministerio de Fomento. - B.O.E.: 06-AGO-02 - Entra en vigor: 06-FEB-03 (Deroga “EF-96”) 25. ESTRUCTURAS DE HORMIGÓN INSTRUCCIÓN DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL (EHE). - REAL DECRETO 2661/1998, de 11-DIC, del Ministerio de Fomento. - B.O.E.:13-ENE-99. ARMADURAS ACTIVAS DE ACERO PARA HORMIGÓN PRETENSADO. - REAL DECRETO 2365/1985. de 20-NOV, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.:21-DIC-85 26. ESTRUCTURAS DE MADERA CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB SE-M SEGURIDAD ESTRUCTURAL, MADERA - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 - B.O.E: 28 de marzo de 2006 27. FONTANERÍA CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HS 4 SALUBRIDAD, SUMINISTRO DE AGUA - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 - B.O.E: 28 de marzo de 2006 NORMAS TÉCNICAS SOBRE GRIFERÍA SANITARIA PARA LOCALES DE HIGIENE CORPORAL, COCINAS Y LAVADEROS Y SU HOMOLOGACIÓN. - REAL DECRETO 358/1985, de 23-ENE, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 22-MAR-85 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS APARATOS SANITARIOS CERÁMICOS PARA LOS LOCALES ANTES CITADOS. - ORDEN de 14-MAY-86, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.:·4-JUL-86 MODIFICADO POR: ESPECIFICACIO-NES TÉCNICAS DE LOS APARATOS SANITARIOS CERÁMICOS PARA COCINAS Y LAVADEROS. - ORDEN de 23-DIC-86, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 21-ENE-87 NORMAS TÉCNICAS SOBRE CONDICIONES PARA HOMOLOGACIÓN DE GRIFERÍAS. - ORDEN de 15-ABR-85, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 20-ABR-85 - Corrección de errores: 27-ABR-85 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE SOLDADURAS BLANDAS ESTAÑO-PLATA Y SU HOMOLOGACIÓN. - REAL DECRETO 2708/1985, del 27-DIC, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 15-MAR-86 - Corrección de errores: 10-MAY-86 28. HABITABILIDAD CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB SU SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 16 DB HS-3 SALUBRIDAD, CALIDAD DEL AIRE INTERIOR - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 - B.O.E: 28 de marzo de 2006 HD-91. Normas de habitabilidad y diseño de la Comunidad Valenciana Decreto 85/1989, de 12 de Junio. Consell de la Generalitat Valenciana. D.O.G.V. 22 de mayo 91. 29. INSTALACIONES ESPECIALES. CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB SU-8 SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN, SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR LA ACCIÓN DEL RAYO - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 - B.O.E: 28 de marzo de 2006 PROHIBICIÓN DE PARARRAYOS RADIACTIVOS. - REAL DECRETO 1428/1986, de 13-JUN, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 11-JUL-86 MODIFICACIÓN DEL R.D.1428/1986, de 13-JUN. CONCESIÓN PLAZO DE 2 AÑOS PARA RETIRADA CABEZALES DE LOS PARARRAYOS RADIACTIVOS. - REAL DECRETO 903/ 1987. de 13-JUL, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 11-JUL-87 RECTIFICACIÓN DE LA TABLA I DE LA MI-IF004 DE LA ORDEN DE 24-ABR-96,MODIFICACIÓN DE LAS I.T.C. MI-IF002, MI-IF004, MIIF008, MI-IF009 Y MI-IF010 DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA PLANTAS E INSTALACIONES FRIGORÍFICAS. - ORDEN de 26-FEB-97, del Ministerio de Industria. - B.O.E.: 11-MAR-97 PLANTAS E INSTALACIONES FRIGORÍFICAS. Modificación de las I.T.C. MI-IF002, MI-IF004 y MI-IF009 del Reglamento de Seguridad para plantas e instalaciones Frigoríficas. - ORDEN de 23-DIC-98, del Ministerio de Industria. - B.O.E.: 12-ENE-99 MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS MI-IF002, MI-IF004 y MI-IF009 del Reglamento de Seguridad para plantas e instalaciones Frigoríficas. - ORDEN de 29-NOV-01, del Ministerio de Ciencia y Tecnología. - B.O.E.: 07-DIC-01 INSTALACIONES DE TRANSPORTE DE PERSONAS POR CABLE. - REAL DECRETO 596/2002 de 28-JUN, del Ministerio de Presidencia. - B.O.E.: 09-JUN-02 30. MEDIO AMBIENTE E IMPACTO AMBIENTAL REGLAMENTO DE ACTIVIDADES MOLESTAS, INSALUBRES, NOCIVAS Y PELIGROSAS. - DECRETO 2414/1961, de 30-NOV - B.O.E.: 7-DIC-6I - Corrección errores: 7-MAR-62 INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA APLICACIÓN DEL REGLAMENTO ANTES CITADO. - ORDEN de 15-MAR-63, del Ministerio de la Gobernación - B.O.E.: 2-ABR-63 PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE ATMOSFÉRICO. - LEY 38/1972, de 22-DIC, de la Jefatura del Estado - B.O.E.: 26-DIC-72 DESARROLLO DE LA LEY ANTERIOR. DECRETO 833/1975, de 6-FEB, del Ministerio de Planificación del Desarrollo - B.O.E.: 22-ABR-75 - Corrección errores: 9-JUN-75 MODIFICACIÓN DEL DECRETO ANTERIOR. - REAL DECRETO 547/1979, de 20-FEB, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 23-MAR-79 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 17 EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL. - REAL. DECRETO LEGISLATIVO 1302/1986, de 26-JUN-86 - B.O.E.: 30-JUN-86 REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DEL REAL DECRETO ANTERIOR. - REAL DECRETO 1131/1988, de 30-SEP - B.O.E.: 5-OCT-88 MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 1302/1986 DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL - REAL DECRETO LEY 9/2000, de 6-OCT-2000 - B.O.E. 7-OCT-2000 MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 1302/1986 DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL - LEY 6/2001, de 8-MAY-2000 B.O.E. 9-MAY-2001 EMISIONES SONORAS EN EL ENTORNO DEBIDAS A DETERMINADAS MÁQUINAS DE USO AL AIRE LIBRE - REAL DECRETO 212/2002, de 22-FEB - B.O.E.: 01-MAR-02 MODIFICA EL REAL DECRETO 212/2002 POR EL QUE SE REGULAN LAS EMISIONES SONORAS EN EL ENTORNO DEBIDAS A DETERMINADAS MÁQUINAS DE USO AL AIRE LIBRE - REAL DECRETO 524/2006, de 28-ABR B.O.E.: 04-MAY-06 CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA. - LEY 9/2001, de 21-AGO-01. Consellería de la Presidencia. - D.O.G.: 04-SEP-01 REGLAMENTO QUE ESTABLECE CONDICIONES DE PROTECCIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO RADIOELÉCTRICO, RESTRICCIONES A LAS EMISIONES RADIOELÉCTRICAS Y MEDIDAS DE PROTECCIÓN SANITARIA FRENTE A EMISIONES RADIOELÉCTRICAS. - REAL DECRETO 1066/2001, de 28-SEP-01. Ministerio de la Presidencia. - B.O.E.: 29-SEP-01 LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADOS DE LA CONTAMINACIÓN. - LEY 16/2002, de 01-JUL-02 - B.O.E.: 02-JUL-02 LEY DE PROTECCIÓN DEL AMBIENTE ATMOSFÉRICO DE GALICIA. - LEY 8/2002, de 18-DIC-02 - B.O.E.: 21-ENE-03 MEDIO AMBIENTE. OZONO EN EL AMBIENTE. - REAL DECRETO 1796/2003, de 26 de Diciembre del Ministerio de la Presidencia. - B.O.E.:13.01.2004 31. PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB SI SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 - B.O.E: 28 de marzo de 2006 REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES - REAL DECRETO 2267/2004, de 3 de diciembre del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio - BOE: 17-DIC-2004 REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. - REAL DECRETO 1942/1993, de 5-NOV, del Ministerio de Industria y Energía - B.O.E.: 14-DIC-93 - Corrección de errores: 7-MAY-94 PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. EXTINTORES. REGLAMENTO DE INSTALACIONES - ORDEN 16-ABR-1998, del Ministerio de Industria y Energía 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 18 - B.O.E.: 28-ABR-98 32. PROYECTOS CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 - B.O.E: 28 de marzo de 2006 LEY DE ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN. - Ley 38/98 de 5-NOV-98 - B.O.E. 06-JUN-99 NORMAS SOBRE REDACCIÓN DE PROYECTOS Y DIRECCIÓN DE OBRAS DE EDIFICACIÓN. - DECRETO 462/71 de 11-MAR-71, del Ministerio de Vivienda. - B.O.E. 24-MAR-71 MODIFICACION DEL DECRETO 462/71 - B.O.E. 7-FEB-85 PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA. - ORDEN de 04-JUN-73, 13 a 16, 18, 23, 25 y 26 de Junio 1973, del Ministerio de Vivienda. LEY DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. - REAL DECRETO LEY 2/2000 de 16-JUN-00 - B.O.E. 21-JUN-00 - Corrección errores: 21-SEP-00 REGLAMENTO DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. - DECRETO 1098/2001 de 12-OCT-01 - B.O.E. 26-OCT-01 CIRCULAR INFORMATIVA. LEY 9/2002 - CIRCULAR 4/2003 de 10 de Noviembre - D.O.G.: 16.12.2003 LEY DEL SUELO. CIRCULAR INFORMATIVA. - Circular informativa 4/2003 de 10 de Diciembre de la C.P.T.O.P.V. de la Xunta de Galicia. - D.O.G.: 16.12.2003. REGLAMENTO DE DISCIPLINA URBANISTICA. - DECRETO 28/1999 de 21-ENE-99 - D.O.G. 17-FEB-99 33. RESIDUOS CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HS-2 SALUBRIDAD, RECOGIDA Y EVACUACIÓN DE RESIDUOS - REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006 B.O.E: 28 de marzo de 2006 - DB-SE: Su justificación se adjunta en CUMPLIMIENTO DEL CTE en el apartado Exigencias básicas de Seguridad Estructural del Proyecto de Ejecución. DB-SE: Es de aplicación en el presente proyecto. DB-SE-AE: Es de aplicación en el presente proyecto. DB-SE-C: Es de aplicación en el presente proyecto. DB-SE-A: No es de aplicación en el presente proyecto, ya que no se diseña en acero. DB-SE-F: No es de aplicación en el presente proyecto, ya que no se diseña en fábrica. DB-SE-M: No es de aplicación en el presente proyecto, ya que no se diseña en madera. 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 19 - DB-SI: Es de aplicación en el presente proyecto. Su justificación se adjunta en CUMPLIMIENTO DEL CTE en el apartado Exigencias básicas de Seguridad en caso de incendio del Proyecto Básico. - DB-SU: Es de aplicación en el presente proyecto. Su justificación se adjunta en CUMPLIMIENTO DEL CTE en el apartado Exigencias básicas de Seguridad de utilización del Proyecto de Ejecución. - DB-HS: Su justificación se adjunta en CUMPLIMIENTO DEL CTE en el apartado Exigencias básicas de Salubridad del Proyecto de Ejecución. DB-HS1: Es de aplicación en el presente proyecto. DB-HS2: Es de aplicación en el presente proyecto, ya que se trata de un edificio de viviendas de nueva construcción. DB-HS3: Es de aplicación en el presente proyecto, ya que se trata de un edificio de viviendas de nueva construcción. DB-HS4: Es de aplicación en el presente proyecto, ya que se trata de un edificio de nueva construcción con instalación de suministro de agua. DB-HS5: Es de aplicación en el presente proyecto, ya que se trata de un edificio de nueva construcción con instalación de evacuación de aguas residuales y pluviales. - DB-HE: Su justificación se adjunta en CUMPLIMIENTO DEL CTE en el apartado Exigencias básicas de Ahorro de energía del Proyecto de Ejecución. DB-HE1: Es de aplicación en el presente proyecto, ya que se trata de un edificio de nueva construcción. DB-HE2: Es de aplicación en el presente proyecto, ya que se trata de un edificio de nueva construcción. DB-HE3: Es de aplicación en el presente proyecto, ya que se trata de un edificio de nueva construcción. El interior de las viviendas queda exento. DB-HE4: Es de aplicación en el presente proyecto, ya que se trata de un edificio de nueva construcción con demanda de ACS. DB-HE5: No es de aplicación en el presente proyecto, ya que se trata de un edificio de nueva construcción de uso residencial. - RD. 47/2007 DE CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS. Es de aplicación en el presente proyecto. Su justificación se adjunta en CUMPLIMIENTO DEL CTE en el apartado Exigencias básicas de Ahorro de energía del Proyecto de Ejecución. - DB-HR: Es de aplicación en el presente proyecto. Su justificación se adjunta en CUMPLIMIENTO DEL CTE en el apartado Exigencias básicas de Protección frente al ruido del Proyecto de Ejecución. Planeamiento de aplicación: Ordenación de los Recursos Naturales y del Territorio Instrumentos de ordenación general de recursos naturales y del territorio Instrumentos de ordenación de los Espacios Naturales Protegidos No es de aplicación No es de aplicación 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 20 Instrumentos de Ordenación Territorial No es de aplicación Plan General Municipal de Ordenación vigente Ordenación urbanística Categorización, Clasificación y Régimen del Suelo Clasificación del Suelo Categoría Normativa Básica y Sectorial de aplicación Adecuación a la Normativa Urbanística: ordenanza zonal Planeamiento Referencia a Proyecto Parámetro / Valor PGMOU de Vila-Real Ámbito de aplicación Uso Dotacional Aspectos urbanísticos singulares del proyecto: Modificcación puntual del plan, de cambio de uso. Urbano Suelo Urbano Consolidado No es de aplicación Obras de construcción o edificación 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 21 1.3 Descripción del proyecto Descripción general del edificio: La documentación del presente Proyecto Básico y de Ejecución, tanto gráfica como escrita, se redacta para establecer todos los datos descriptivos, urbanísticos y técnicos, para conseguir llevar a buen término, la reforma y construcción de un espacio museístico en la ciudad de Vila-Real, según las reglas de la buena construcción y la reglamentación aplicable. El presente documento de Proyecto Básico y de Ejecución, trata de describir la acciones que se han de llevar a cabo para la correcta reconversión y posterior ejecución de la obras de reforma a acometer sobre el edificio existente para poder adaptarlo a un nuevo uso, totalmente diferenciado del uso anterior. La actuación se lleva a cabo, no en la totalidad de la edificación existente, sino solo en parte de ella (ver planos adjuntos).Un parte sigue siendo perteneciendo a los mismos propietarios, para realizar las actividades llevadas a cabo anteriormente, concretamente ejercicio religioso, esta parte recae a la calle Hospital y a la calle Cardenal Tarancón. Y la otra parte de la edificación sobre la cual se actuará es la parte que recae a la calle Hospital y a la calle Reina Na Violant De Hongria. El resto del solar no está edificado, es actualmente un jardín, y sobre esta parte no se actuará. La actuación propiamente dicha consistirá en la reforma interior del edificio, ya que la parte exterior está protegida y lo máximo que se llevará a cabo serán actuaciones de restauración, y consolidación si fuese necesario, no pudiéndose modificar elementos compositivos de la fachada, como pueden ser molduras, ornamentos, huecos de ventanas, lucernarios, etc... En cuanto a la parte interior se procederá a una primera fase de modificación de distribuciones, mediante derribo de particiones interiores existentes para dar paso a nuevos espacios, normalmente de mayores dimensiones dadas las nuevas necesidades espaciales del edificio. La reforma dará lugar a un edificio con dos espacios museísticos bien diferenciados, con circulaciones independientes, una parte estará dedicada a objetos pertenecientes al archivo de las RR.MM. Dominicas y la otra parte será dedicada a un museo de Semana Santa, en el cual se albergará parte de la imaginería popular de la ciudad. A partir del acceso el edificio se distribuye en dos partes claramente diferenciadas, a la izquierda (en el sentido de entrada) se ubicará la parte dedicada al Museo de la RR. MM. Dominicas, es decir un prisma de base cuadrada que recae a la intersección de la calle Na Violant D'Hongria y calle Hospital, que consta de planta baja, primera y un bajocubierta, en la cual además de albergar dichos objetos, en la última planta (la bajo-cubierta) recaerán espacios dedicados a la restauración, de objetos, y a albergar oficinas, y espacios departamentales vinculados al ilustrísimo ayuntamiento de Vila-Real. En la otra parte de la edificación (la derecha tal como se entra) albergaría el museo de Semana Santa, este es un prisma de base rectangular, esta parte recae a la calle Reina Na Violant D'Hongria, que consta con planta baja y planta primera, este espacio, tras la modificación pasará a ser un espacio quasi-diafano, con un circulación bien definida, para el correcto desarrollo de la actividad. En el presente proyecto se velará además de por el cumplimiento estricto de la normativa, también se velará por aspectos importantes en este tipo de instalaciones, sobretodo se velará por el control higrométrico, por el control de temperatura y el control lumínico. Así como se dispondrán de elementos necesarios para la exposición de las obras y su protección. 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 22 Programa de necesidades: Principalmente, el programa consiste, en los dos espacios museísticos, y sus espacios aledaños, sirvientes a estos primeros. Uno de los espacios principales es el espacio expositivo RR.MM. Dominicas, con dos plantas (planta baja y planta primera), al cual se vinculan los espacios sirvientes: deposito de obras semana santa, sala de exposiciones temporales, archivo-biblioteca, así como espacios de circulación propios. Uno de los espacios principales es el espacio expositivo de Semana Santa, con dos plantas (planta baja y planta primera), al cual se vinculan los espacios sirvientes: depósito de obras semana santa, sala de restauración, así como espacios de circulación propios. Y los espacios comunes de los dos espacios museísticos, como son el hall, recepción, baños, sala de reuniones, y circulaciones verticales e horizontales. 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 23 Cuadro de Superficies: ESTANCIA HALL RECEPCION PASO 01 TAQUILLA/SEGURIDAD BAÑOS SEÑORAS BAÑOS CABALLEROS BAÑOS MINUSVALIDOS PASO 02 ESCALERA 01 PASO 03 ASCENSOR SALA DE REUNIONES ESPACIO EXPOSITIVO SEMANA SANTA RAMPA PORCHE SALA DE RESTAURACION ESCALERA 02 TOTAL PLANTA BAJA SUP.UTIL 47,29 12,23 17,85 5,92 10,70 9,33 4,52 8,90 19,69 13,28 3,24 42,72 238,69 10,42 84,66 24,33 12,45 566,22 SUP. CONST. 651,30 PLANTA PRIMERA ESTANCIA ESCALERA 01 TERRAZA 01 PASO ASCENSOR DEPOSITO DE OBRAS SEMANA SANTA SALA DE EXPOSICIONES TEMPORALES ARCHIVO‐BIBLIOTECA ESCALERA 02 TERRAZA 02 TOTAL SUP.UTIL 19,69 8,27 13,28 3,24 103,44 189,58 34,5 12,45 84,66 469,11 SUP. CONST. 536,71 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 24 PLANTA PLANTA BAJA PLANTA PRIMERA TOTAL SUP.UTIL SUP. CONST. 566,22 469,11 1035,33 651,30 536,71 1188,01 Uso característico del edificio: El uso principal del edificio es de Espacio Museístico. Otros usos previstos: Espacios para restauración, biblioteca, oficinas propias de la actividad museística. Relación con el entorno: El edificio está ubicado en la trama urbana de Vila-Real, no ocupando la totalidad de la parcela, llegando parte del edificio a alineación de calle (C/Hospital), mientras que otra parte del edificio se retranquea respecto de la alineación de calle (calle Na Violant D’Hongria), en la parte posterior el edificio cuenta con espacio ajardinado posterior. Cumplimiento del CTE: Descripción de las prestaciones del edificio por requisitos básicos y en relación con las exigencias básicas del CTE: Son requisitos básicos, conforme a la Ley de Ordenación de la Edificación en su art. 3, los relativos a la funcionalidad, seguridad y habitabilidad. Se establecen estos requisitos con el fin de garantizar la seguridad de las personas, el bienestar de la sociedad y la protección del medio ambiente, debiendo los edificios proyectarse, construirse, mantenerse y conservarse de tal forma que se satisfagan estos requisitos básicos. Requisitos básicos relativos a la funcionalidad: 1 . Utilización, de tal forma que la disposición y las dimensiones de los espacios y la dotación de las instalaciones faciliten la adecuada realización de las funciones previstas en el edificio. En el proyecto se ha tenido en cuenta lo establecido en el DB-SU y en el correspondiente artículo de Habitabilidad y diseño de las viviendas en la Comunidad Valenciana, de tal forma que la disposición y las dimensiones de los espacios y la dotación de las instalaciones faciliten la adecuada realización de las funciones previstas en el edificio. Su justificación se realiza en el apartado 4. Cumplimiento de otros reglamentos, 4.1. En el correspondiente artículo de la normativa de habitabilidad y diseño de la Comunidad Valenciana. Cumplimiento de la Seguridad de utilización de la memoria del Proyecto de Ejecución. 2 . Accesibilidad, de tal forma que se permita a las personas con movilidad y comunicación reducidas el acceso y la circulación por el edificio en los términos previstos en su normativa específica. El proyecto se ajusta a lo establecido en el DB-SU, en el D.556/89 de Accesibilidad a los edificios, en la Ley 8/97 y en el correspondiente decreto de accesibilidad y 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 25 supresión de barreras arquitectónicas en la Comunidad Valenciana, de tal forma que se permita a las personas con movilidad y comunicación reducidas el acceso y la circulación por el edificio. Su justificación se realiza en el apartado 4. Cumplimiento de otros reglamentos, 4.4. D.556/89 de Accesibilidad a los edificios, en la Ley 8/97 y D.35/2000 de Accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas en Galicia de la memoria del Proyecto Básico. 3 . Acceso a los servicios de telecomunicación, audiovisuales y de información de acuerdo con lo establecido en su normativa específica. El edificio se ha proyectado de tal manera que se garanticen el acceso a los servicios de telecomunicaciones, ajustándose el proyecto a lo establecido en el RD. Ley 1/98 de Telecomunicaciones en instalaciones comunes. Además se ha facilitado el acceso de los servicios postales, dotando al edificio, de un casillero postal para cada vivienda individualmente, así como una para la comunidad y otro para los servicios postales. 4 . Facilitación para el acceso de los servicios postales, mediante la dotación de las instalaciones apropiadas para la entrega de los envíos postales, según lo dispuesto en su normativa específica. Requisitos básicos relativos a la seguridad: Seguridad estructural, de tal forma que no se produzcan en el edificio, o partes del mismo, daños que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio. En el proyecto se ha tenido en cuenta lo establecido en los documentos básicos DB-SE de Bases de Cálculo, DB-SE-AE de Acciones en la Edificación, DB-SE-C de Cimientos, DB-SE-A de Acero, DB-SE-F de Fábrica y DB-SE-M de Madera, así como en las normas EHE de Hormigón Estructural, EFHE de forjados unidireccionales de hormigón estructural realizados con elementos prefabricados y NCSE de construcción sismo resistente; para asegurar que el edificio tiene un comportamiento estructural adecuado frente a las acciones e influencias previsibles a las que pueda estar sometido durante su construcción y uso previsto, de modo que no se produzcan en el mismo o en alguna de sus partes, daños que tengan su origen o afecten a la cimentación, vigas, pilares, forjados, muros u otros elementos estructurales que comprometan directamente la resistencia mecánica, la estabilidad del edificio o que se produzcan deformaciones inadmisibles. Seguridad en caso de incendio, de tal forma que los ocupantes puedan desalojar el edificio en condiciones seguras, se pueda limitar la extensión del incendio dentro del propio edificio y de los colindantes y se permita la actuación de los equipos de extinción y rescate. El proyecto se ajusta a lo establecido en DB-SI para reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios del edificio sufran daños derivados de un incendio de origen accidental, asegurando que los ocupantes puedan desalojar el edificio en condiciones seguras, se pueda limitar la extensión del incendio dentro del propio edificio y de los colindantes y se permita la actuación de los equipos de extinción y rescate. Su justificación se realiza en el apartado 3.2. Cumplimiento de la Seguridad en caso de incendio en el Proyecto Básico. 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 26 Seguridad de utilización, de tal forma que el uso normal del edificio no suponga riesgo de accidente para las personas. El proyecto se ajusta a lo establecido en DB-SU en lo referente a la configuración de los espacios, los elementos fijos y móviles que se instalen en el edificio, de tal manera que pueda ser usado para los fines previstos reduciendo a límites aceptables el riesgo de accidentes para los usuarios. Su justificación se realiza en el Cumplimiento de la Seguridad de utilización en el Proyecto de Ejecución. Requisitos básicos relativos a la habitabilidad: Higiene, salud y protección del medio ambiente, de tal forma que se alcancen condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos. En el proyecto se ha tenido en cuenta lo establecido en la normativa de Habitabilidad y Diseño de la Comunidad Valenciana DC-9 así como en el DB-HS con respecto a higiene, salud y protección del medioambiente, de tal forma que se alcancen condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos. El conjunto de la edificación proyectada dispone de medios que impiden la presencia de agua o humedad inadecuada procedente de precipitaciones atmosféricas, del terreno o de condensaciones, de medios para impedir su penetración o, en su caso, permiten su evacuación sin producción de daños, de espacios y medios para extraer los residuos ordinarios generados en ellos de forma acorde con el sistema público de recogida, de medios para que sus recintos se puedan ventilar adecuadamente, eliminando los contaminantes que se produzcan de forma habitual durante su uso normal, de forma que se aporte un caudal suficiente de aire exterior y se garantice la extracción y expulsión del aire viciado por los contaminantes, de medios adecuados para suministrar al equipamiento higiénico previsto de agua apta para el consumo de forma sostenible, aportando caudales suficientes para su funcionamiento, sin alteración de las propiedades de aptitud para el consumo e impidiendo los posibles retornos que puedan contaminar la red, incorporando medios que permitan el ahorro y el control del agua y de medios adecuados para extraer las aguas residuales generadas de forma independiente con las precipitaciones atmosféricas. Su justificación se realiza en la memoria del Proyecto de Ejecución. Protección contra el ruido, de tal forma que el ruido percibido no ponga en peligro la salud de las personas y les permita realizar satisfactoriamente sus actividades. En el proyecto se ha tenido en cuenta lo establecido en DB-HR y en la Ley 7/97, D.150/99 y el Reglamento D.266/2004 de contaminación acústica, de tal forma que el ruido percibido o emitido no ponga en peligro la salud de las personas y les permita realizar satisfactoriamente sus actividades. Todos los elementos constructivos, cuentan con el aislamiento acústico requerido para los usos previstos en las dependencias que delimitan. Su justificación se realiza en el apartado 4. Cumplimiento de otros reglamentos, 4.2. Cumplimiento de NBE-CA.88 y 4.3. Cumplimiento de la Ley 7/97, D.150/99 y el Reglamento D.266/2004 de contaminación acústica. Ahorro de energía y aislamiento térmico, de tal forma que se consiga un uso racional de la energía necesaria para la adecuada utilización del edificio. En el proyecto se ha tenido en cuenta lo establecido en DB-HE, de tal forma que 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 27 se consiga un uso racional de la energía necesaria para la adecuada utilización del edificio. Cumple con la UNE EN ISO 13 370: 1999 “Prestaciones térmicas de edificios. Transmisión de calor por el terreno. Métodos de cálculo”. El edificio proyectado dispone de una envolvente adecuada a la limitación de la demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del clima, del uso previsto y del régimen de verano y de invierno. Las características de aislamiento e inercia, permeabilidad al aire y exposición a la radiación solar, permiten la reducción del riesgo de aparición de humedades de condensación, superficiales e intersticiales que puedan perjudicar las características de la envolvente. Se ha tenido en cuenta especialmente el tratamiento de los puentes térmicos para limitar las pérdidas o ganancias de calor y evitar problemas higrotérmicos en los mismos. La edificación proyectada dispone de instalaciones de iluminación adecuadas a las necesidades de sus usuarios y a la vez eficaces energéticamente disponiendo de un sistema de control que permita ajustar el encendido a la ocupación real de la zona, así como de un sistema de regulación que optimice el aprovechamiento de la luz natural, en las zonas que reúnan unas determinadas condiciones. La demanda de agua caliente sanitaria se cubrirá en parte mediante la incorporación de un sistema de captación, almacenamiento y utilización de energía solar de baja temperatura, adecuada a la radiación solar global de su emplazamiento y a la demanda de agua caliente del edificio. Su justificación se realiza en la memoria del Proyecto de Ejecución. Otros aspectos funcionales de los elementos constructivos o de las instalaciones que permitan un uso satisfactorio del edificio. LIMITACIONES DE USO El edificio solo podrá destinarse a los usos previstos en el proyecto. La dedicación de algunas de sus dependencias a uso distinto del proyectado requerirá de un proyecto de reforma y cambio de uso que será objeto de licencia nueva. Este cambio de uso será posible siempre y cuando el nuevo destino no altere las condiciones del resto del edificio ni sobrecargue las prestaciones iniciales del mismo en cuanto a estructura, instalaciones, etc. OTRAS NORMATIVAS ESPECÍFICAS - NCSR-02. NORMA SISMORRESISTENTE. Es de aplicación en el presente proyecto. Su justificación se realiza en ANEJOS A LA MEMORIA en el apartado Cálculo de la estructura del Proyecto de Ejecución. - EHE-08. INSTRUCCIÓN DEL HORMIGÓN ESTRUCTURAL. Son de aplicación en el presente proyecto. Su justificación se realiza en ANEJOS A LA MEMORIA en el apartado Cálculo de la estructura del Proyecto de Ejecución. (No es de aplicación en el presente proyecto ya que la orden de redacción o de estudio, en el ámbito de las administraciones públicas, o el encargo del proyecto es anterior al 1 de diciembre de 2008. Se justifica la EHE-98 y EFHE-02 en el apartado Cálculo de la estructura del Proyecto de Ejecución). 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 28 - RD. 1027/2007. RITE. REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS. Es de aplicación en el presente proyecto. Su justificación se realiza en ANEJOS A LA MEMORIA en el apartado Instalaciones del edificio del Proyecto de Ejecución. - REBT. REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO DE BAJA TENSIÓN. Es de aplicación en el presente proyecto Su justificación se realiza en ANEJOS A LA MEMORIA en el apartado Instalaciones del edificio del Proyecto de Ejecución. - RD. LEY 1/98 DE TELECOMUNICACIONES EN INSTALACIONES COMUNES. Es de aplicación en el presente proyecto. Su justificación se realiza en ANEJOS A LA MEMORIA en el apartado Instalaciones del edificio del Proyecto de Ejecución. - RD. 1627/97 DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN. Es de aplicación en el presente proyecto. Según lo dispuesto en el Artículo 4, apartado 2 el presente proyecto se encuentra en los supuestos previstos en el apartado 1 del mismo artículo, por lo que se hace necesaria la redacción de un Estudio de Seguridad y Salud. Su justificación se realiza en ANEJOS A LA MEMORIA en el apartado Estudio de Seguridad y Salud del Proyecto de Ejecución. - REAL DECRETO 105/2008 POR EL QUE SE REGULA LA PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN. Es de aplicación en el presente proyecto. Su justificación se realizará en CUMPLIMIENTO DEL OTROS REGLAMENTOS en el Apartado Cumplimiento Justificación del Real Decreto 105/2008 de residuos del Proyecto de Ejecución. Descripción general de los parámetros que determinen las previsiones técnicas a considerar en el proyecto respecto al: A. Sistema estructural: A.1 Cimentación: Descripción del sistema: En el caso que nos ocupa las cimentaciones existentes de desconoce su tipología, se supone zapatas corridas de mampostería bajo muro de fábrica de mampostería. La única cimentación que se proyecta serán zapatas aisladas unidas mediante vigas de atado .a estas se les colocarán placas de reparto para la posterior soldadura de los pilares metálicos. Los parámetros determinantes han sido, en relación a la capacidad portante, el equilibrio de la cimentación y la resistencia local y global del terreno, y en relación a las condiciones de servicio, el control de las deformaciones, las vibraciones y el deterioro de otras unidades constructivas; determinados por los documentos básicos DB-SE de Bases de Cálculo y DB-SE-C de Cimientos, y la norma EHE-08 de Hormigón Estructural. Parámetros: Se ha estimado una tensión admisible del terreno necesaria para el cálculo de la cimentación, a la espera de la realización del correspondiente estudio geotécnico para determinar si la solución prevista para la cimentación, así como sus dimensiones y armados son adecuadas al terreno existente. Esta tensión admisible es determinante para la elección del sistema de cimentación. Tensión admisible del 2 terreno 1,5 kg/cm (pendiente de estudio geotécnico) 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 29 A.2 Estructura portante: La estructura del convento está constituida por muros de carga, de fábrica de mampostería de 50 cm de espesor aproximadamente, vigas macizas de madera y forjados a base de revoltón de ladrillo cerámico macizo y viguetas de madera. Por otro lado, la estructura de la iglesia se compone de muros de carga de fábrica de mampostería, de 70 cm de espesor aproximadamente, y una serie de arcos fajones, de medio punto, que apoyan en los pilares laterales que sostienen las bóvedas. La única parte del museo que verá afectada su estructura, será la parte del museo de Semana Santa, en la cual se eliminarán los machones centrales existentes y se sustituirán por pilares metálicos, cuadrados y rectangulares para facilitar su integración en la distribución interior. Los parámetros que determinaron sus previsiones técnicas han sido, en relación a su capacidad portante, la resistencia estructural de todos los elementos, secciones, puntos y uniones, y la estabilidad global del edificio y de todas sus partes; y en relación a las condiciones de servicio, el control de las deformaciones, las vibraciones y los daños o el deterioro que pueden afectar desfavorablemente a la apariencia, a la durabilidad o a la funcionalidad de la obra; determinados por los documentos básicos DB-SE de Bases de Cálculo, DB-SI-6 Resistencia al fuego de la estructura y la norma EHE-08 de Hormigón Estructural. Parámetros: Los aspectos básicos que se han tenido en cuenta a la hora de adoptar el sistema estructural para la edificación que nos ocupa son principalmente la resistencia mecánica y estabilidad, la seguridad, la durabilidad, la economía, la facilidad constructiva, la modulación y las posibilidades de mercado El edificio proyectado cuenta con una configuración simétrica. La edificación no dispone de plantas bajo rasante. El uso previsto del edificio queda definido en el apartado dedicado al programa de necesidades de la presente memoria descriptiva. Las bases de cálculo adoptadas y el cumplimiento de las exigencias básicas de seguridad se ajustan a los documentos básicos del CTE. A.3 Estructura horizontal: Descripción del sistema: La estructura horizontal y de cubierta del edificio existente se resuelve mediante bovedillas de ladrillo cerámico artesanal y viguetas de madera apoyadas sobre los muros de carga. En la parte modificada si tras los cálculos el forjado es útil solo se reforzaría la crujía central mediante un perfil metálico. Los parámetros básicos que se han tenido en cuenta son, en relación a su capacidad portante, la resistencia estructural de todos los elementos, secciones, puntos y uniones, y la estabilidad global del edificio y de todas sus partes; y en relación a las condiciones de servicio, el control de las deformaciones, las vibraciones y los daños o el deterioro que pueden afectar desfavorablemente a la apariencia, a la durabilidad o a la funcionalidad de la obra; determinados por los documentos básicos DB-SE de Bases de Cálculo, DB-SI-6 Resistencia al fuego de la estructura, la norma EHE-08 de Hormigón Estructural. Parámetros: Cubiertas inclinadas, con subestructura de madera, cubiertas por teja cerámica- 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 30 B. Sistema envolvente: Conforme al “Apéndice A: Terminología”, del DB-HE se establecen las siguientes definiciones: Envolvente edificatoria: Se compone de todos los cerramientos del edificio. Envolvente térmica: Se compone de los cerramientos del edificio que separan los recintos habitables del ambiente exterior y las particiones interiores que separan los recintos habitables de los no habitables que a su vez estén en contacto con el ambiente exterior. Esquema de la envolvente térmica de un edificio (CTE, DB-HE) 1. fachadas Exterior (EXT) 2. cubiertas 3. terrazas y balcones Sobre rasante SR Paredes en contacto con 4. espacios habitables 5. viviendas 6. otros usos 7. espacios no habitables Suelos en contacto con 8. espacios habitables 9. viviendas 10. otros usos 11. espacios no habitables Interior (INT) Exterior (EXT) Bajo rasante BR 12. Muros 13. Suelos Paredes en contacto con 14. Espacios habitables 15. Espacios no habitables Suelos en contacto 16. Espacios habitables 17. Espacios no habitables Interior (INT) 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 31 Medianeras M 18. Espacios exteriores a la edificación EXE 19. B.1 Fachadas Descripción del sistema: El cerramiento tipo del edificio, es muro de carga de gran espesor (unos 50 cm) de mampostería. En ciertas partes de la actuación (sobre todo en el espacio expositivo del Museo de semana santa) será necesario trasdosar dicho muro se realizara dejando una cámara de aire de 5 cm, aislamiento térmico a base de poliestireno extrusionado de 4 cm, y hoja interior de panel constituido por yeso laminado. Para la estimación del peso propio de los distintos elementos que constituyen las fachadas se ha seguido lo establecido en DB-SE-AE. En la fachada posterior recayente al jardín, cuenta con tres alturas, una logia abierta en su planta baja, con un espacio acristalado en planta primera y en la segunda y ultima, la mitad esta descubierta y la otra mitad está formando una logia similar a la de planta baja. A esta fachada se le alojará una especie de telón metálico, que recubrirá la planta baja y las dos superiores, creando una especie de piel que recubra esta fachada, pero sin adherirse a él dejando pasar cierta cantidad de luz y aire. Los parámetros básicos que se han tenido en cuenta a la hora de la elección del sistema de composición de la fachada han sido el cerramiento existente así como zona climática, el grado de impermeabilidad, la transmitancia térmica, las condiciones de propagación exterior y de resistencia al fuego, las condiciones de seguridad de utilización en lo referente a los huecos, elementos de protección y elementos salientes y las condiciones de aislamiento acústico determinados por los documentos básicos DB-HS-1 de Protección frente a la humedad, DBHS-5 de Evacuación de aguas, DB-HE-1 de Limitación de la demanda energética, DB-SI-2 de Propagación exterior, DBSU-1 Seguridad frente al riesgo de caídas y DB-SU-2 Seguridad frente al riesgo de impacto y atrapamiento y DBHR de protección frente al ruido. Seguridad estructural peso propio, sobrecarga de uso, viento, sismo El peso propio de los distintos elementos que constituyen las fachadas se consideran al margen de las sobrecargas de uso, acciones climáticas, etc. Salubridad: Protección contra la humedad Para la adopción de la parte del sistema envolvente correspondiente a la fachada, se ha tenido en cuenta especialmente la zona pluviométrica en la que se ubicará (Castellón, zona IV) y el grado de exposición al viento (Castellón, zona A). Para resolver las soluciones constructivas se tendrá en cuenta las características del revestimiento exterior previsto y del grado de impermeabilidad exigido en el CTE. 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 32 Parámetros Salubridad: Evacuación de aguas No es de aplicación a este proyecto Seguridad en caso de incendio Propagación exterior; resistencia al fuego EI para uso pública concurrencia. Distancia entre huecos de distintas edificaciones o sectores de incendios: se tendrá en cuenta la presencia de edificaciones colindantes y sectores de incendios en el edificio proyectado. Los parámetros adoptados suponen la adopción de las soluciones concretas que se reflejan en los planos de plantas, fachadas y secciones que componen el proyecto. Accesibilidad por fachada; se ha tenido en cuenta los parámetros dimensionales (ancho mínimo, altura mínima libra o gálibo y la capacidad portante del vial de aproximación. La altura de evacuación descendente no es superior a 9 m. Seguridad de utilización La fachada no cuenta con elementos fijos que sobresalgan de la misma que estén situados sobre zonas de circulación. El edificio tiene una altura inferior a 60 m. La altura de barandillas es de 1,10 m. Aislamiento acústico Parámetros que determinan las previsiones técnicas Limitación de demanda energética No es aplicable por ser un edificio en el cual la intervención no permite aplicación de DB-HE Diseño y otros B.2 Cubiertas Descripción del sistema: La cubierta del edificio se resuelve con teja cerámica tradicional sobre rastreles y tablero de madera. Se restaurará la cubierta en los lugares donde sea necesario, bien por entrada de agua, por carencias de asilamiento térmico o acústico, o por el motivo que fuere. Las terrazas transitables existentes en planta primera se resuelven con cubierta plana invertida transitable, compuesta por una capa de pavimento de gres porcelánico, sobre el forjado existente, con lámina impermeabilizante (bituminosa), , también se restaurará en los lugares que fuera necesario. Para la estimación del peso propio de los distintos elementos que constituyen las cubiertas se ha seguido lo establecido en DB-SE-AE. Los parámetros básicos que se han tenido en cuenta a la hora de la elección del sistema de cubierta han sido la zona climática, el grado de impermeabilidad y recogida de aguas pluviales, las condiciones de propagación exterior y de resistencia al fuego y las condiciones de aislamiento acústico determinados por los documentos básicos DB-HS1 de Protección frente a la humedad, DB-HS-5 de Evacuación de aguas, DB-HE-1 de Limitación de la 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 33 demanda energética, DB-SI-2 de Propagación exterior y DB-HR de protección frente al ruido. Seguridad estructural peso propio sobrecarga de uso, viento, sismo Parámetros que determinan las previsiones técnicas Salubridad: Protección contra la humedad Parámetros que determinan las previsiones técnicas Salubridad: Evacuación de aguas Parámetros que determinan las previsiones técnicas Seguridad en caso de incendio Parámetros que determinan las previsiones técnicas Seguridad de utilización Parámetros que determinan las previsiones técnicas Aislamiento acústico Parámetros que determinan las previsiones técnicas Limitación de demanda energética Parámetros que determinan las previsiones técnicas Diseño y otros Parámetros que determinan las previsiones técnicas Parámetros B.3 Terrazas y balcones Descripción del sistema: Planas, con lámina bituminosa, recubiertas con baldosa tipo rústica. Seguridad estructural peso propio sobrecarga de uso, viento, sismo Parámetros que determinan las previsiones técnicas Parámetros Salubridad: Protección contra la humedad Parámetros que determinan las previsiones técnicas Salubridad: Evacuación de aguas Parámetros que determinan las previsiones técnicas Seguridad en caso de incendio Parámetros que determinan las previsiones técnicas Seguridad de utilización Parámetros que determinan las previsiones técnicas Aislamiento acústico Parámetros que determinan las previsiones técnicas Limitación de demanda energética Parámetros que determinan las previsiones técnicas Diseño y otros Parámetros que determinan las previsiones técnicas 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 34 B.5 Paredes interiores sobre rasante en contacto con otros usos Descripción del sistema: Parámetros El muro que separa cocina de garaje estará formado por una doble fábrica de ladrillo hueco de 7 cm de espesor, con absorbente acústico entre ambas fábricas. Seguridad estructural peso propio,sobrecarga de uso, viento, sismo Parámetros que determinan las previsiones técnicas Salubridad: Protección contra la humedad Parámetros que determinan las previsiones técnicas Salubridad: Evacuación de aguas Parámetros que determinan las previsiones técnicas Seguridad en caso de incendio Parámetros que determinan las previsiones técnicas Seguridad de utilización Parámetros que determinan las previsiones técnicas Aislamiento acústico Parámetros que determinan las previsiones técnicas Limitación de demanda energética Parámetros que determinan las previsiones técnicas Diseño y otros Parámetros que determinan las previsiones técnicas B.4 Paredes interiores sobre rasante en contacto con espacios habitables Descripción del sistema: Tabiquería formada por yeso laminado de 9 cm de espesor. Parámetros Seguridad estructural peso propio, sobrecarga de uso, viento, sismo Parámetros que determinan las previsiones técnicas Salubridad: Protección contra la humedad Parámetros que determinan las previsiones técnicas Salubridad: Evacuación de aguas Parámetros que determinan las previsiones técnicas Seguridad en caso de incendio Parámetros que determinan las previsiones técnicas Seguridad de utilización Parámetros que determinan las previsiones técnicas Aislamiento acústico Parámetros que determinan las previsiones técnicas Limitación de demanda energética Parámetros que determinan las previsiones técnicas Diseño y otros Parámetros que determinan las previsiones técnicas 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 35 C. Sistema de compartimentación: Se definen en este apartado los elementos de cerramiento y particiones interiores. Los elementos seleccionados cumplen con las prescripciones del Código Técnico de la Edificación, cuya justificación se desarrolla en la memoria de proyecto de ejecución en los apartados específicos de cada Documento Básico. Se entiende por partición interior, conforme al “Apéndice A: Terminología” del Documento Básico HE1, el elemento constructivo del edificio que divide su interior en recintos independientes. Pueden ser verticales u horizontales. Se describirán también en este apartado aquellos elementos de la carpintería que forman parte de las particiones interiores (carpintería interior). Descripción del sistema: Partición 1 Partición 2 Partición 3 Partición 4 Partición 5 Partición 6 Partición 7 Partición 8 Tabiquería de yeso laminado. Muro de mampostería. Fabrica de ladrillo perforado Parámetros Descripción de los parámetros determinantes para la elección de los sistemas de particiones: Ruido, Seguridad de incendio, etc Partición 1 Partición 2 Partición 3 Partición 4 Partición 5 Partición 6 Partición 7 Partición 8 D. Sistema de acabados: Relación y descripción de los acabados empleados en el edificio, así como los parámetros que determinan las previsiones técnicas y que influyen en la elección de los mismos. Revestimientos exteriores Revestimiento 1 Revestimiento 2 Revestimiento 3 Descripción del sistema: Revoco existente Zócalo de piedra natural 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 36 Parámetros que determinan las previsiones técnicas Revestimiento 1 Revestimiento 2 Revestimiento 3 Revestimientos interiores Revestimiento 1 Revestimiento 2 Revestimiento 3 Descripción del sistema: Alicatado cerámico tradicional Guarnecidos de yeso Pinturas Parámetros que determinan las previsiones técnicas Revestimiento 1 Revestimiento 2 Revestimiento 3 Solados Solado 1 Solado 2 Solado 3 Descripción del sistema: Pavimento hidráulico existente Pavimento de gres porcelánico Parámetros que determinan las previsiones técnicas Solado 1 Solado 2 Solado 3 Cubierta Cubierta 1 Cubierta 2 Cubierta 3 Descripción del sistema: Cerámica con subestructura de madera Parámetros que determinan las previsiones técnicas Cubierta 1 Cubierta 2 Cubierta 3 Otros acabados Otros acabados 1 Otros acabados 2 Otros acabados 3 Descripción del sistema: Parámetros que determinan las previsiones técnicas Otros acabados 1 Otros acabados 2 Otros acabados 3 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 37 E. Sistema de acondicionamiento ambiental: Entendido como tal, la elección de materiales y sistemas que garanticen las condiciones de higiene, salud y protección del medioambiente, de tal forma que se alcancen condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos. Las condiciones aquí descritas deberán ajustarse a los parámetros establecidos en el Documento Básico HS (Salubridad), y en particular a los siguientes: HS 1 Protección frente a la humedad HS 2 Recogida y evacuación de residuos HS 3 Calidad del aire interior F. Sistema de servicios: Se entiende por sistema de servicios el conjunto de servicios externos al edificio necesarios para el correcto funcionamiento de éste. Abastecimiento de agua Dispone Evacuación de agua Dispone Suministro eléctrico Dispone Telefonía Dispone Telecomunicaciones Dispone Recogida de basura Dispone Otros 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 38 1.4 Prestaciones del edificio Por requisitos básicos y en relación con las exigencias básicas del CTE. Se indicarán en particular las acordadas entre promotor y proyectista que superen los umbrales establecidos en CTE. Requisitos básicos: Seguridad Según CTE DB-SE Seguridad estructural DB-SE DB-SI Seguridad en caso de incendio DB-SI Seguridad de DB-SU utilización y accesibilida d Habitabilidad Funcionalidad En proyecto DB-SU-A DB-HS Salubridad DB-HS DBHR Protección frente al ruido DB-HR DB-HE Ahorro de energía y aislamiento térmico DB-HE Utilización Accesibilida d Acceso a los servicios ME / MC Prestaciones según el CTE en proyecto De tal forma que no se produzcan en el edificio, o partes del mismo, daños que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio. De tal forma que los ocupantes puedan desalojar el edificio en condiciones seguras, se pueda limitar la extensión del incendio dentro del propio edificio y de los colindantes y se permita la actuación de los equipos de extinción y rescate. De tal forma que el uso normal del edificio no suponga riesgo de accidente para las personas. Y haya una correcta accesibilidad al edificio. Higiene, salud y protección del medioambiente, de tal forma que se alcancen condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos. De tal forma que el ruido percibido no ponga en peligro la salud de las personas y les permita realizar satisfactoriamente sus actividades. De tal forma que se consiga un uso racional de la energía necesaria para la adecuada utilización del edificio. Cumple con la UNE EN ISO 13 370 : 1999 “Prestaciones térmicas de edificios. Transmisión de calor por el terreno. Métodos de cálculo”. Otros aspectos funcionales de los elementos constructivos o de las instalaciones que permitan un uso satisfactorio del edificio De tal forma que la disposición y las dimensiones de los espacios y la dotación de las instalaciones faciliten la adecuada realización de las funciones previstas en el edificio. De tal forma que se permita a las personas con movilidad y comunicación reducidas el acceso y la circulación por el edificio en los términos previstos en su normativa específica. De telecomunicación audiovisuales y de información de acuerdo con lo establecido en su normativa específica. 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 39 Requisitos básicos: Seguridad Habitabilida d Según CTE En proyecto Prestaciones que superan el CTE en proyecto DB-SE Seguridad estructural Seguridad en caso de DB-SI incendio Seguridad de DB-SU utilización DB-SE No procede DB-SI No procede DB-SU No procede DB-HS DB-HS Salubridad DBProtección frente al HR ruido DB-HE Ahorro de energía Funcionalid ad DB-HR DB-HE Utilización ME Accesibilidad Acceso a los servicios Apart 4.2 Apart 4.3, 4.4 y otros No procede No procede No procede No procede Limitaciones El edificio solo podrá destinarse a los usos previstos en el proyecto. La dedicación de algunas de sus dependencias a uso distinto del proyectado requerirá de un proyecto Limitaciones de uso de reforma y cambio de uso que será objeto de licencia nueva. Este cambio de uso del edificio: será posible siempre y cuando el nuevo destino no altere las condiciones del resto del edificio ni sobrecargue las prestaciones iniciales del mismo en cuanto a estructura, instalaciones, etc. Limitaciones de uso de las dependencias: Limitación de uso de las instalaciones: 1. Memoria descriptiva Hoja núm. 40 1.5- Declaracion de obra completa. Una vez terminadas las obras que comprende la presente memoria valorada, la obra serán susceptible de ser entregadas al uso público. 1.6.- Plazo de ejecución. Se estima una duración de los trabajos de ocho (8) meses desde su inicio. 1.7.- Periodo de garantía. El periodo de garantía de las obras será de un año a partir de la firma del acta de recepción de las obras. 1.8.- Revision de precios No procede revisión de precios, de acuerdo con lo establecido en el articulo 77 de la LCSP. 1.9.- Clasificacion del Contratista. Grupo C; Subgrupo 4. Categoria del contrato: e) En Vila-real, a 8 de Abril de 2010 Pedro Gil Ribes Arquitecto Fernando Pla Escriche Arquitecto 2. Memoria constructiva Hoja núm. 1 2. Memoria constructiva Descripción de las soluciones adoptadas 2. Memoria constructiva Hoja núm. 2 REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.( BOE núm. 74,Martes 28 marzo 2006) 2. Memoria constructiva: Descripción de las soluciones adoptadas: 2.1 Sustentación del edificio*. Justificación de las características del suelo y parámetros a considerar para el cálculo de la parte del sistema estructural correspondiente a la cimentación. 2. Memoria constructiva Hoja núm. 3 2.1. Sustentación del edificio 1 Justificación de las características del suelo y parámetros a considerar para el cálculo de la parte del sistema estructural correspondiente a la cimentación. Bases de cálculo Método de cálculo: Verificaciones: Acciones: El dimensionado de secciones se realiza según la Teoría de los Estados Limites Ultimos (apartado 3.2.1 DB-SE) y los Estados Límites de Servicio (apartado 3.2.2 DB-SE). El comportamiento de la cimentación debe comprobarse frente a la capacidad portante (resistencia y estabilidad) y la aptitud de servicio. Las verificaciones de los Estados Límites están basadas en el uso de un modelo adecuado para al sistema de cimentación elegido y el terreno de apoyo de la misma. Se ha considerado las acciones que actúan sobre el edificio soportado según el documento DB-SE-AE y las acciones geotécnicas que transmiten o generan a través del terreno en que se apoya según el documento DB-SE en los apartados (4.3 - 4.4 – 4.5). Estudio geotécnico pendiente de realización Generalidades: El análisis y dimensionamiento de la cimentación exige el conocimiento previo de las características del terreno de apoyo, la tipología del edificio previsto y el entorno donde se ubica la construcción. Datos estimados Terreno a base de gravas sueltas, nivel freático, edificaciones en construcción y realizadas colindantes. Tipo de Se ha realizado un reconocimiento inicial del terreno donde se pretende ubicar esta edificación, reconocimiento: basándonos en la experiencia de la obra colindante con la misma, de reciente construcción, encontrándose un terreno gravoso a la profundidad de la cota de cimentación teórica. Parámetros Cota de cimentación - 1,20 m geotécnicos estimados: Estrato previsto para cimentar Gravas Nivel freático. -5,25 m Tensión admisible considerada Peso especifico del terreno Angulo de rozamiento interno del terreno Coeficiente de empuje en reposo Valor de empuje al reposo Coeficiente de Balasto 0,15 N/mm² 3 = 22 kN/m = 30 - Estudio geotécnico a realizar Generalidades: Empresa: Nombre del autor/es firmantes: Titulación/es: Número de Sondeos: Descripción de los terrenos: Resumen parámetros geotécnicos: El análisis y dimensionamiento de la cimentación exige el conocimiento previo de las carácterísticas del terreno de apoyo, la tipología del edificio previsto y el entorno donde se ubica la construcción. Por determinar ----3 sondeos (S.P.T) En todos los sondeos se han encontrado tres estratos de potencia variable: Rellenos de 0 m a 1 m. Arenas de 1 m a 8 m El fondo de todas las perforaciones lo constituye un estrato de arenas limosas. Cota de cimentación -1.00 (respecto a la rasante) Estrato previsto para cimentar Arenas Nivel freático Tensión admisible considerada Peso especifico del terreno Angulo de rozamiento interno del terreno Coeficiente de empuje en reposo Valor de empuje al reposo Coeficiente de Balasto 1 si se detecta, a 2.00 m bajo rasante. K´= 1-sen 0.15 N/mm² 3 =22 kN/m =30º (estudio geotecnico) 3 15.000 kN/m Este apartado, si bien está incluido en la memoria de estructuras, debe cumplimentarse en este momento al formar parte del proyecto básico, tal y como se establece en el Anejo I del CTE. 2. Memoria constructiva Hoja núm. 4 1.2 Sistema estructural Se establecerán los datos y las hipótesis de partida, el programa de necesidades, las bases de cálculo y procedimientos o métodos empleados para todo el sistema estructural, así como las características de los materiales que intervienen. Cimentación: Datos y las hipótesis de partida Zapatas aisladas, con vigas riostras y vigas centradoras. Programa de necesidades Bases de cálculo procedimientos o métodos empleados para todo el sistema estructura Características de los materiales que intervienen En Vila-real, a 8 de Abril de 2010 Pedro Gil Ribes Arquitecto Fernando Pla Escriche Arquitecto 3. Cumplimiento del CTE Hoja núm. 1 3. Cumplimiento del CTE Justificación de las prestaciones del edificio por requisitos básicos y en relación con las exigencias básicas del CTE. La justificación se realizará para las soluciones adoptadas conforme a lo indicado en el CTE. También se justificarán las prestaciones del edificio que mejoren los niveles exigidos en el CTE. 3. Cumplimiento del CTE Hoja núm. 2 Introducción. Tal y como se describe en el DB-SI (artículo 11) “El objetivo del requisito básico “Seguridad en caso de incendio” consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daños derivados de un incendio de origen accidental, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de forma que, en caso de incendio, se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes. El Documento Básico DB-SI especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad en caso de incendio, excepto en el caso de los edificios, establecimientos y zonas de uso industrial a los que les sea de aplicación el “Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales”, en los cuales las exigencias básicas se cumplen mediante dicha aplicación.” Para garantizar los objetivos del Documento Básico (DB-SI) se deben cumplir determinadas secciones. “La correcta aplicación de cada Sección supone el cumplimiento de la exigencia básica correspondiente. La correcta aplicación del conjunto del DB supone que se satisface el requisito básico "Seguridad en caso de incendio". 3. Cumplimiento del CTE DB-SI 3.2 SI 1 SI 2 SI 3 SI 4 SI 5 SI 6 Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio Propagación interior Propagación exterior Evacuación Instalaciones de protección contra incendios Intervención de bomberos Resistencia al fuego de la estructura 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 1 3.2. Seguridad en caso de incendio 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 2 REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.( BOE núm. 74, martes 28 marzo 2006) Artículo 11. Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio (SI). 1. El objetivo del requisito básico «Seguridad en caso de incendio» consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daños derivados de un incendio de origen accidental, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento. 2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de forma que, en caso de incendio, se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes. 3. El Documento Básico DB-SI especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad en caso de incendio, excepto en el caso de los edificios, establecimientos y zonas de uso industrial a los que les sea de aplicación el «Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales», en los cuales las exigencias básicas se cumplen mediante dicha aplicación. 11.1 Exigencia básica SI 1: Propagación interior: se limitará el riesgo de propagación del incendio por el interior del edificio. 11.2 Exigencia básica SI 2: Propagación exterior: se limitará el riesgo de propagación del incendio por el exterior, tanto en el edificio considerado como a otros edificios. 11.3 Exigencia básica SI 3: Evacuación de ocupantes: el edificio dispondrá de los medios de evacuación adecuados para que los ocupantes puedan abandonarlo o alcanzar un lugar seguro dentro del mismo en condiciones de seguridad. 11.4 Exigencia básica SI 4: Instalaciones de protección contra incendios: el edificio dispondrá de los equipos e instalaciones adecuados para hacer posible la detección, el control y la extinción del incendio, así como la transmisión de la alarma a los ocupantes. 11.5 Exigencia básica SI 5: Intervención de bomberos: se facilitará la intervención de los equipos de rescate y de extinción de incendios. 11.6 Exigencia básica SI 6: Resistencia al fuego de la estructura: la estructura portante mantendrá su resistencia al fuego durante el tiempo necesario para que puedan cumplirse las anteriores exigencias básicas 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 3 Cumplimiento del CTE Introducción. Tal y como se describe en el DB-SI (artículo 11) “El objetivo del requisito básico “Seguridad en caso de incendio” consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daños derivados de un incendio de origen accidental, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de forma que, en caso de incendio, se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes. El Documento Básico DB-SI especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad en caso de incendio, excepto en el caso de los edificios, establecimientos y zonas de uso industrial a los que les sea de aplicación el “Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales”, en los cuales las exigencias básicas se cumplen mediante dicha aplicación.” Para garantizar los objetivos del Documento Básico (DB-SI) se deben cumplir determinadas secciones. “La correcta aplicación de cada Sección supone el cumplimiento de la exigencia básica correspondiente. La correcta aplicación del conjunto del DB supone que se satisface el requisito básico "Seguridad en caso de incendio".” Las exigencias básicas son las siguientes Exigencia básica SI 1 Propagación interior. Exigencia básica SI 2 Propagación exterior. Exigencia básica SI 3 Evacuación de ocupantes. Exigencia básica SI 4 Instalaciones de protección contra incendios. Exigencia básica SI 5 Intervención de los bomberos. Exigencia básica SI 6 Resistencia al fuego de la estructura. SI 1: Propagación interior 1 Compartimentación en sectores de incendio. La obra se dividirá en los siguientes sectores de incendio: Nombre del sector: Sector Único Uso previsto: Pública concurrencia Superficie: 1874,53 m². Situaciones: - Planta sobre rasante con altura de evacuación h <= 15 m y la resistencia al fuego de las paredes y techos que delimitan el sector de incendio es de EI90 Condiciones según DB SI: - La superficie construida de cada sector de incendio no debe exceder de 2.500 m², excepto en los casos contemplados en los guiones siguientes. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 4 - Los espacios destinados a público sentado en asientos fijos en cines, teatros, auditorios, salas para congresos, etc., así como los museos, los espacios para culto religioso y los recintos polideportivos, feriales y similares pueden constituir un sector de incendio de superficie construida mayor de 2.500 m² siempre que: a) Estén compartimentados respecto de otras zonas mediante elementos EI 120; b) tengan resuelta la evacuación mediante salidas de planta que comuniquen, bien con un sector de riesgo mínimo a través de vestíbulos de independencia, o bien con un espacio exterior seguro;) los materiales de revestimiento sean B-s1,d0 en paredes y techos y BFL-s1 en suelos;) la densidad de la carga de fuego debida a los materiales de revestimiento y al mobiliario fijo no exceda de 200 MJ/m² y) no exista sobre dichos espacios ninguna zona habitable. - Las cajas escénicas deben constituir un sector de incendio diferenciado. No hay puertas entre sectores de incendios. 2 Locales y zonas de riesgo especial. 1. Los locales y zonas de riesgo especial integrados en los edificios se clasifican conforme los grados de riesgo alto, medio y bajo según los criterios que se establecen en la tabla 2.1 de la sección SI 1 del DB-SI. Los locales así clasificados deben cumplir las condiciones que se establecen en la tabla 2.2 de la sección SI 1 del DB-SI. 2. Los locales destinados a albergar instalaciones y equipos regulados por reglamentos específicos, tales como transformadores, maquinaria de aparatos elevadores, calderas, depósitos de combustible, contadores de gas o electricidad, etc. se rigen, además, por las condiciones que se establecen en dichos reglamentos. Las condiciones de ventilación de los locales y de los equipos exigidas por dicha reglamentación deberán solucionarse de forma compatible con las de la compartimentación, establecidas en este DB. A los efectos de este DB se excluyen los equipos situados en las cubiertas de los edificios, aunque estén protegidos mediante elementos de cobertura. Los locales y zonas de riesgo especial son los siguientes: Nombre del local: Archivo Biblioteca (Planta baja) Uso: Talleres de mantenimiento, almacenes de elementos combustibles (p. e.: mobiliario, lencería, limpieza, etc.), archivos de documentos, depósitos de libros, etc. Volumen local 100 < V = 200 m� Clasificación Riesgo Bajo Se cumplen las condiciones de las zonas de riesgo especial Si Nombre del local: Archivo interno, Biblioteca, Sala Investigadores (Planta Segunda) Uso: Pública concurrencia (Taller o almacén de decorados, de 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 5 vestuario, etc) Volumen local 100 < V = 200 m� Clasificación Riesgo Medio Se cumplen las condiciones de las zonas de riesgo especial Si Nombre del local: Depósito de obras de arte de semana santa Uso: Talleres de mantenimiento, almacenes de elementos combustibles (p. e.: mobiliario, lencería, limpieza, etc.), archivos de documentos, depósitos de libros, etc. Volumen local 100 < V = 200 m� Clasificación Riesgo Bajo Se cumplen las condiciones de las zonas de riesgo especial Si Nombre del local: Depósito de obras de arte de RR MM Dominicas Uso: Talleres de mantenimiento, almacenes de elementos combustibles (p. e.: mobiliario, lencería, limpieza, etc.), archivos de documentos, depósitos de libros, etc. Volumen local 100 < V = 200 m� Clasificación Riesgo Bajo Se cumplen las condiciones de las zonas de riesgo especial Si Se cumplen las condiciones de las zonas de riesgo especial integradas en los edificios, según se indica en la tabla 2.2: Tabla 2.2 Condiciones de las zonas de riesgo especial integradas en edificios (1) Característica Resistencia al fuego de la estructura portante (2) Resistencia al fuego de las paredes y techos (3) que separan la zona del resto del edificio (2)(4) Vestíbulo de independencia en cada comunicación de la zona con el resto del edificio Puertas de comunicación con el resto del edificio (5) Máximo recorrido de evacuación hasta alguna salida del local (6) Riesgo bajo Riesgo medio Riesgo alto R 90 R 120 R 180 EI 90 EI 120 EI 180 - Si Si EI2 45-C5 2 x EI2 30 -C5 2 x EI2 45-C5 ≤ 25 m (7) ≤ 25 m (7) ≤ 25 m (7) (1) Las condiciones de reacción al fuego de los elementos constructivos se regulan en la tabla 4.1 del capítulo 4 de esta Sección. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 6 (2) El tiempo de resistencia al fuego no debe ser menor que el establecido para la estructura portante del conjunto del edificio, de acuerdo con el apartado SI 6, excepto cuando la zona se encuentre bajo una cubierta no prevista para evacuación y cuyo fallo no suponga riesgo para la estabilidad de otras plantas ni para la compartimentación contra incendios, en cuyo caso puede ser R 30. Excepto en los locales destinados a albergar instalaciones y equipos, puede adoptarse como alternativa el tiempo equivalente de exposición al fuego determinado conforme a lo establecido en el apartado 2 del Anejo SI B. (3) Cuando el techo separe de una planta superior debe tener al menos la misma resistencia al fuego que se exige a las paredes, pero con la característica REI en lugar de EI, al tratarse de un elemento portante y compartimentador de incendios. En cambio, cuando sea una cubierta no destinada a actividad alguna, ni prevista para ser utilizada en la evacuación, no precisa tener una función de compartimentación de incendios, por lo que sólo debe aportar la resistencia al fuego R que le corresponda como elemento estructural, excepto en las franjas a las que hace referencia el capítulo 2 de la Sección SI 2, en las que dicha resistencia debe ser REI. (4) Considerando la acción del fuego en el interior del recinto. La resistencia al fuego del suelo es función del uso al que esté destinada la zona existente en la planta inferior. Véase apartado 3 de la Sección SI 6 de este DB. (5) Las puertas de los locales de riesgo especial deben abrir hacia el exterior de los mismos. (6) El recorrido de evacuación por el interior de la zona de riesgo especial debe ser tenido en cuenta en el cómputo de la longitud los recorridos de evacuación hasta las salidas de planta. (7) Podrá aumentarse un 25% cuando la zona esté protegida con una Instalación automática de extinción. 3. Espacios ocultos. Paso de instalaciones a través de elementos de compartimentación de incendios. La compartimentación contra incendios de los espacios ocupables tiene continuidad en los espacios ocultos, tales como patinillos, cámaras, falsos techos, suelos elevados, etc., salvo cuando éstos estén compartimentados respecto de los primeros al menos con la misma resistencia al fuego, pudiendo reducirse ésta a la mitad en los registros para mantenimiento. Ya que se limita a un máximo de tres plantas y a 10 m el desarrollo vertical de las cámaras no estancas (ventiladas) y en las que no existan elementos cuya clase de reacción al fuego sea B-s3,d2, BL-s3,d2 ó mejor, se cumple el apartado 3.2 de la sección SI 1 del DB-SI. La resistencia al fuego requerida a los elementos de compartimentación de incendios se mantiene en los puntos en los que dichos elementos son atravesados por elementos de las instalaciones, tales como cables, tuberías, conducciones, conductos de ventilación, etc, excluidas las penetraciones cuya sección de paso no exceda de 50 cm². Mediante la disposición de un elemento que, en caso de incendio, obture automáticamente la sección de paso y garantice en dicho punto una resistencia al fuego al menos igual a la del elemento atravesado, por ejemplo, una compuerta cortafuegos automática EI t (i?o) siendo t el tiempo de resistencia al fuego requerida al elemento de compartimentación atravesado, o un dispositivo intumescente de obturación. 4. Reacción al fuego de los elementos constructivos, decorativos y de mobiliario. Se cumplen las condiciones de las clases de reacción al fuego de los elementos constructivos, según se indica en la tabla 4.1: 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 7 Tabla 4.1 Clases de reacción al fuego de los elementos constructivos De techos y paredes (2) (3) Situación del elemento Revestimientos (1) Zonas ocupables (4) C-s2,d0 Pasillos y escaleras protegidos B-s1,d0 Aparcamientos y recintos de riesgo especial (5) B-s1,d0 Espacios ocultos no estancos: patinillos, falsos techos (excepto los existentes dentro de B-s3,d0 viviendas), suelos elevados, etc. De suelos (2) EFL CFL-s1 BFL-s1 BFL-s2 (6) (1) Siempre que superen el 5% de las superficies totales del conjunto de las paredes, del conjunto de los techos o del conjunto de los suelos del recinto considerado. (2) Incluye las tuberías y conductos que transcurren por las zonas que se indican sin recubrimiento resistente al fuego. Cuando se trate de tuberías con aislamiento térmico lineal, la clase de reacción al fuego serála que se indica, pero incorporando el subíndice L. (3) Incluye a aquellos materiales que constituyan una capa contenida en el interior del techo o pared y que no estéprotegida por una capa que sea EI 30 como mínimo. (4) Incluye, tanto las de permanencia de personas, como las de circulación que no sean protegidas. Excluye el interior de viviendas. En uso Hospitalario se aplicarán las mismas condiciones que en pasillos y escaleras protegidos. (5) Véase el capítulo 2 de esta Sección. (6) Se refiere a la parte inferior de la cavidad. Por ejemplo, en la cámara de los falsos techos se refiere al material situado en la cara superior de la membrana. En espacios con clara configuración vertical (por ejemplo, patinillos) así como cuando el falso techo esté constituido por una celosía, retícula o entramado abierto, con una función acústica, decorativa, etc, esta condición no es aplicable. No existe elemento textil de cubierta integrado en el edificio. No es necesario cumplir el apartado 4.3 de la sección 1 del DB - SI. SI 2: Propagación exterior 1. Medianerías y fachadas 2. Riesgo de propagación horizontal: No se contemplan las distancias míinimas de separación que limitan el riesgo de propagación exterior horizontal del incendio (apartado 1.2 de la sección 2 del DB-SI) ya que no existen elementos a través de las fachadas entre dos sectores de incendio, entre una zona de riesgo especial alto y otras zonas o hacia una escalera protegida o pasillo protegido desde otras zonas. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 8 No se contemplan las distancias míinimas de separación que limitan el riesgo de propagación exterior horizontal del incendio (apartado 1.2 de la sección 2 del DB-SI) ya que no existen elementos entre edificios diferentes y colindantes. 3. Riesgo de propagación vertical: No se exige el cumplimiento de las condiciones para limitar el riesgo de propagación (apartado 1.3 de la sección 2 del DB-SI) por no existir dos sectores de incendio ni una zona de riesgo especial alto separada de otras zonas más altas del edificio. 4. Clase de reacción al fuego de los materiales: La clase de reacción al fuego de los materiales que ocupan más del 10% de la superficie del acabado exterior de las fachadas o de las superficies interiores de las cámaras ventiladas que dichas fachadas puedan tener, será como mínimo B-s3 d2, hasta una altura de 3,5 m como mínimo, en aquellas fachadas cuyo arranque inferior sea accesible al público desde la rasante exterior o desde una cubierta, y en toda la altura de la fachada cuando esta exceda de 18 m, con independencia de donde se encuentre su arranque. (apartado 1.4 de la sección 2 del DB-SI). 5. Cubiertas No es necesario justificar el cumplimiento de riesgo de propagación exterior del incendio por la cubierta (apartado 2.1 de la sección 2 del DB-SI), pues no existen ni edificios colindantes ni riesgo en el edificio. No es necesario justificar el apartado 2.2 de la sección 2 del DB-SI (riesgo de propagación exterior del incendio por la cubierta) pues no existe encuentro entre una cubierta y una fachada que pertenezcan a sectores de incendio o a edificios diferentes. Los materiales que ocupan más del 10% del revestimiento o acabado exterior de las cubiertas, incluida la cara superior de los voladizos cuyo saliente exceda de 1 m, así como los lucernarios, claraboyas y cualquier otro elemento de iluminación, ventilación o extracción de humo, pertenecer a la clase de reacción al fuego BROOF (t1). SI 3: Evacuación de ocupantes 2 Cálculo de la ocupación. Tal y como establece la sección SI 3 del DB-SI. Para calcular la ocupación deben tomarse los valores de densidad de ocupación que se indican en la tabla 2.1 de la en función de la superficie útil de cada zona, salvo cuando sea previsible una ocupación mayor o bien cuando sea exigible una ocupación menor en aplicación de alguna disposición legal de obligado cumplimiento, como puede ser en el caso de establecimientos hoteleros, docentes, hospitales, etc. En aquellos recintos o zonas no incluidos en la tabla se deben aplicar los valores correspondientes a los que sean más asimilables. A efectos de determinar la ocupación, se debe tener en cuenta el carácter simultáneo o alternativo de las diferentes zonas de un edificio, considerando el régimen de actividad y de uso previsto para el mismo. En función de esta tabla la ocupación prevista será la siguiente: 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 9 Recinto o planta Zona Administrativa Planta Segunda Espacio Expositivo Planta Segunda Sala de Exposiciones Temporales Semana Santa archivoBiblioteca Planta Primera Espacio Expositivo RR.MM. Dominicas Planta Primera Sala Exposiciones Temporales S.SantaPlanta Baja Espacio Expositivo RR.MM. Dominicas Planta Baja Espacio Almacen RR.MM. Dominicas Planta baja Hall y Circulaciones Baños Tipo de uso Zona, tipo de actividad Superficie Administrativo E.1 120,75 Pública concurrencia H.14 104,13 Pública concurrencia H.14 297,7 Pública concurrencia H.14 34,29 Pública concurrencia H.14 178,98 Pública concurrencia H.14 292,98 Pública concurrencia H.2 59,55 Archivos y almacenes I.1 53,89 H.15 61,12 H.15 33,0 Pública concurrencia Pública concurrencia Ocupación Número de personas 10,0 13 (m² / persona) 2,0 (m² / persona) 2,0 (m² / persona) 2,0 (m² / persona) 2,0 (m² / persona) 2,0 (m² / persona) 0,5 (m² / persona) 40,0 (m² / persona) 2,0 (m² / persona) 2,0 (m² / persona) 53 149 18 90 147 120 2 31 17 Zonas, tipo de actividad: E.1 - Plantas o zonas de oficinas (Administrativo) H.2 - Zonas destinadas a espectadores sentados: sin asientos definidos en el proyecto (Pública concurrencia) H.14 - Salas de espera, salas de lectura en bibliotecas, zonas de uso público en museos, galerías de arte, ferias y exposiciones, etc. (Pública concurrencia) H.15 - Vestíbulos generales, zonas de uso público en plantas de sótano, baja y entreplanta (Pública concurrencia) I.1 - Archivos, almacenes 3 Número de salidas y longitud de los recorridos de evacuación. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 10 Nombre recinto: Zona Administrativa Planta Segunda Número de salidas:1 En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido ascendente La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico, en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio Nombre de la salida Salida de Planta 2b Tipo de salida Asignación de ocupantes Salida de planta 13 Nombre recinto: Espacio Expositivo Planta Segunda Número de salidas:1 En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido ascendente La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico, en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio Nombre de la salida Salida de Planta 2a Tipo de salida Asignación de ocupantes Salida de planta 53 Nombre recinto: Sala de Exposiciones Temporales Semana Santa Número de salidas:2 En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido ascendente La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico, en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio Nombre de la salida Salida de Planta 1a Salida de Planta 1c Tipo de salida Asignación de ocupantes Salida de planta Salida de recinto 149 149 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 11 Nombre recinto: archivo-Biblioteca Planta Primera Número de salidas:1 En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido ascendente La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico, en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio Nombre de la salida Salida de Planta 1a Tipo de salida Asignación de ocupantes Salida de planta 18 Nombre recinto: Espacio Expositivo RR.MM. Dominicas Planta Primera Número de salidas:1 En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido ascendente La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico, en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio Nombre de la salida Salida de Planta 2b Tipo de salida Asignación de ocupantes Salida de recinto 90 Nombre recinto: Sala Exposiciones Temporales S.SantaPlanta Baja Número de salidas:2 En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido ascendente La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico, en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio Nombre de la salida Salida de Planta PBa Salida de Planta PBd Tipo de salida Asignación de ocupantes Salida de planta Salida de recinto 147 147 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 12 Nombre recinto: Espacio Expositivo RR.MM. Dominicas Planta Baja Número de salidas:2 En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido ascendente La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico, en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio Nombre de la salida Salida de Edificio 1 Salida de Edificio 1 Tipo de salida Asignación de ocupantes Salida de edificio Salida de edificio 120 120 Nombre recinto: Espacio Almacen RR.MM. Dominicas Planta baja Número de salidas:1 En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido ascendente La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico, en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio Nombre de la salida Salida Edificio 2 Tipo de salida Asignación de ocupantes Salida de edificio 2 Nombre recinto: Hall y Circulaciones Número de salidas:1 En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido ascendente La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico, en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio Nombre de la salida Salida Edificio 1 Tipo de salida Asignación de ocupantes Salida de edificio 31 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 13 Nombre recinto: Baños Número de salidas:1 En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido ascendente La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico, en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio Nombre de la salida Salida de Edificio 1 Tipo de salida Asignación de ocupantes Salida de edificio 17 Se cumple la sección SI 3, apartado 3 y del DB-SU que desarrolla el número de salidas y la longitud de los recorridos de evacuación. La justificación de cumplimiento de longitudes de evacuación es la siguiente: Nombre de la planta o recinto Uso del recinto Longitud máxima según DB-SI hasta salida de planta Longitud máxima hasta salida de planta en el proyecto Longitud máxima según DB-SI a un punto en que existan al menos dos recorridos alternativos (Solo en caso de más de una salida) Zona Administrativa Planta Segunda Espacio Expositivo Planta Segunda Sala de Exposiciones Temporales Semana Santa archivoBiblioteca Planta Primera Espacio Expositivo RR.MM. Dominicas Planta Primera Sala Exposiciones Temporales S.SantaPlanta Baja Espacio Expositivo RR.MM. Administrativo 25,0 19,0 Pública concurrencia 25,0 21,32 Pública concurrencia 50,0 22,14 Pública concurrencia 25,0 15,8 Pública concurrencia 25,0 24,69 Pública concurrencia 50,0 Pública concurrencia 50,0 Longitud máxima a un punto en que existan al menos dos recorridos alternativos (Solo en caso de más de una salida) 25,0 15,32 19,98 25,0 12,86 15,31 25,0 8,25 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 14 Dominicas Planta Baja Espacio Almacen RR.MM. Dominicas Planta baja Hall y Circulaciones Baños Archivos y almacenes Pública concurrencia Pública concurrencia 25,0 0,0 25,0 14,85 25,0 20,6 4 Dimensionado de los medios de evacuación Los criterios para la asignación de los ocupantes (apartado 4.1 de la sección SI 3.4 de DB-SI) han sido los siguientes: 1. Cuando en un recinto, en una planta o en el edificio deba existir más de una salida, la distribución de los ocupantes entre ellas a efectos de cálculo debe hacerse suponiendo inutilizada una de ellas, bajo la hipótesis más desfavorable. 2. A efectos del cálculo de la capacidad de evacuación de las escaleras y de la distribución de los ocupantes entre ellas, cuando existan varias, no es preciso suponer inutilizada en su totalidad alguna de las escaleras protegidas existentes. En cambio, cuando existan varias escaleras no protegidas, debe considerarse inutilizada en su totalidad alguna de ellas, bajo la hipótesis más desfavorable. 3. En la planta de desembarco de una escalera, el flujo de personas que la utiliza deberá añadirse a la salida de planta que les corresponda, a efectos de determinar la anchura de esta. Dicho flujo deberá estimarse, o bien en 160 A personas, siendo A la anchura, en metros, del desembarco de la escalera, o bien en el número de personas que utiliza la escalera en el conjunto de las plantas, cuando este número de personas sea menor que 160A. Cálculo del dimensionado de los medios de evacuación.( Apartado 4.2 de la sección SI 3.4 de DB-SI) Nombre del elemento de evacuación Escalera Principal Escalera Secundaria Salida de Planta PBd Salida de Edificio 1 Salida de Edificio 1 Tipo Escaleras no protegidas para evacuacion descendente Escaleras no protegidas para evacuacion descendente Puerta Puerta Puerta Fórmula para el dimensionado Anchura mínima Anchura de según proyecto fórmula de (m) dimensionad o (m) A >= P / 160 1,0 1,78 A >= P / 160 1,35 1,35 A >= P / 200 A >= P / 200 A >= P / 200 0,8 0,8 0,8 0,8 1,62 1,62 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 15 Salida Edificio 2 Salida Edificio 1 Salida de Edificio 1 Puerta Puerta Puerta A >= P / 200 A >= P / 200 A >= P / 200 0,8 0,8 0,8 0,95 1,62 1,62 Definiciones para el cálculo de dimensionado E= Suma de los ocupantes asignados a la escalera en la planta considerada más los de las plantas situadas por encima o por debajo de ella hasta la planta de salida del edificio, según se trate de una escalera para evacuación descendente o ascendente, respectivamente. Para dicha asignación solo será necesario aplicar la hipótesis de bloqueo de salidas de planta indicada en el punto 4.1 en una de las plantas, bajo la hipótesis más desfavorable. AS = Anchura de la escalera protegida en su desembarco en la planta de salida del edificio, [m] S= Superficie útil del recinto, o bien de la escalera protegida en el conjunto de las plantas de las que provienen las P personas. Incluye, incluyendo la superficie de los tramos, de los rellanos y de las mesetas intermedias o bien del pasillo protegido. P= Número total de personas cuyo paso está previsto por el punto cuya anchura se dimensiona. Otros criterios de dimensionado La anchura mínima es: 0,80 m en escaleras previstas para 10 personas, como máximo, y estas sean usuarios habituales de la misma. - 1,20 m en uso Docente, en zonas de escolarización infantil y en centros de enseñanza primaria, así como en zonas de público de uso Pública Concurrencia y Comercial. - 1,40 m en uso Hospitalario en zonas destinadas a pacientes internos o externos con recorridos que obligan a giros iguales o mayores que 90º y 1,20 m en otras zonas. - 1,00 en el resto de los casos. La anchura de cálculo de una puerta de salida del recinto de una escalera protegida a planta de salida del edificio debe ser: - al menos igual al 80% de la anchura de cálculo de la escalera. - >= 0,80 m en todo caso. - La anchura de toda hoja de puerta no debe ser menor que 0,60 m, ni exceder de 1,20 m 5 Protección de las escaleras Se cumplen las condiciones de protección de escaleras desarrolladas en la tabla 3.1 del DB-SI. La protección de las escaleras figura en la siguiente tabla: Nombre de la escalera Uso previsto Tipo de evacuación Altura de evacuación Protección mínima según DB-SI Protección según proyecto Escalera Comercial, Evacuación h <= 10 m No protegida No protegida 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 16 Principal Escalera Secundaria Pública concurrencia Comercial, Pública concurrencia descendente Evacuación descendente h <= 10 m No protegida No protegida 6. Puertas situadas en recorridos de evacuación. No es necesario justificar el cumplimento de la sección SI 6 y del DB-SI (puertas situadas en recorridos de evacuación) pues no existen este tipo de puertas. 7 Señalización de los medios de evacuación. 1. Se utilizarán las señales de evacuación definidas en la norma UNE 23034:1988, conforme a los siguientes criterios: a) Las salidas de recinto, planta o edificio tendrán una señal con el rótulo "SALIDA", excepto en edificios de uso Residencial Vivienda y, en otros usos, cuando se trate de salidas de recintos cuya superficie no exceda de 50 m�, sean fácilmente visibles desde todo punto de dichos recintos y los ocupantes estén familiarizados con el edificio. b) La señal con el rótulo "Salida de emergencia" se utilizará en toda salida prevista para uso exclusivo en caso de emergencia. c) Se dispondrán señales indicativas de dirección de los recorridos, visibles desde todo origen de evacuación desde el que no se perciban directamente las salidas o sus señales indicativas y, en particular, frente a toda salida de un recinto con ocupación mayor que 100 personas que acceda lateralmente a un pasillo. d) En los puntos de los recorridos de evacuación en los que existan alternativas que puedan inducir a error, también se dispondrán las señales indicativas de dirección de los recorridos, de forma que quede claramente indicada la alternativa correcta. Tal es el caso de determinados cruces o bifurcaciones de pasillos, así como de aquellas escaleras que, en la planta de salida del edificio, continúen su trazado hacia plantas más bajas, etc. e) En los recorridos de evacuación, junto a las puertas que no sean salida y que puedan inducir a error en la evacuación se dispondrá la señal con el rótulo "Sin salida" en lugar fácilmente visible pero en ningún caso sobre las hojas de las puertas. f) Las señales se dispondrán de forma coherente con la asignación de ocupantes que se pretenda hacer a cada salida, conforme a lo establecido en el capítulo 4 de la sección 3 del DB-SI. 2. Las señales son visibles incluso en caso de fallo en el suministro al alumbrado normal. Cuando sean fotoluminiscentes, sus características de emisión luminosa cumplen lo establecido en la norma UNE 23035-4:2003. 8. Control del humo de incendio. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 17 Se cumplen las condiciones de evacuación de humos pues no existe ningún caso en el que sea necesario. SI 4: Instalaciones de protección contra incendios 1 Dotación de instalaciones de protección contra incendios El diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de dichas instalaciones, así como sus materiales, componentes y equipos, deben cumplir lo establecido en el “Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios”, en sus disposiciones complementarias y en cualquier otra reglamentación específica que le sea de aplicación. La puesta en funcionamiento de las instalaciones requiere la presentación, ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma, del certificado de la empresa instaladora al que se refiere el artículo 18 del citado reglamento. Aquellas zonas cuyo uso previsto sea diferente y subsidiario del principal del edificio o del establecimiento en el que estén integradas y que, conforme a la tabla 1.1 del Capítulo 1 de la Sección 1 de este DB, deban constituir un sector de incendio diferente, deben disponer de la dotación de instalaciones que se indica para el uso previsto de la zona. La obra dispondrá de los equipos e instalaciones de protección contra incendios que se indican en las tablas siguientes: Dotaciones en General Uso previsto: General Altura de evacuación ascendente: 0,0 m. Altura de evacuación descendente: 0,0 m. Superficie: 0,0 Condiciones: Dotacion Extintor portátil Notas: Uno de eficacia 21A -113B: A 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación. En las zonas de riesgo especial conforme al capítulo 2 de la Sección 1 de este DB. Uno de eficacia 21A -113B: A 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación. En las zonas de riesgo especial conforme al capítulo 2 de la Sección 1 de este DB. Un extintor en el exterior del local o de la zona y próximo a la puerta de acceso, el cual podrá servir simultáneamente a varios locales o zonas. En el interior del local o de la zona se instalarán además los extintores necesarios para que el recorrido real hasta alguno de ellos, incluido el situado en el exterior, no sea mayor que 15 m en locales de riesgo especial medio o bajo, o que 10 m en locales o zonas de riesgo especial alto. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 18 Dotaciones en Zona Administrativa Planta Segunda Uso previsto: Administrativo Altura de evacuación ascendente: 0,0 m. Altura de evacuación descendente: 0,0 m. Superficie: 120,75 Dotacion Boca de incendio Dotacion Sistema de alarma Condiciones: Notas: Condiciones: Notas: Dotacion Sistema de detección de Condiciones: incendio Notas: Si la superficie construida excede de 2.000 m². Los equipos serán de tipo 25 mm. Si la superficie construida excede de 1.000 m². Si la superficie construida excede de 2.000 m². El sistema dispondrá al menos de detectores de incendio. Dotaciones en Espacio Expositivo Planta Segunda Uso previsto: Publica concurrencia Altura de evacuación ascendente: 0,0 m. Altura de evacuación descendente: 0,0 m. Superficie: 104,13 Dotacion Boca de incendio Dotacion Sistema de alarma Condiciones: Notas: Condiciones: Si la superficie construida excede de 500 m². Los equipos serán de tipo 25 mm. Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser apto para emitir mensajes por megafonía. Notas: Dotacion Sistema de detección de Condiciones: Notas: incendio Si la superficie construida excede de 1.000 m². El sistema dispondrá al menos de detectores de incendio. Dotaciones en Sala de Exposiciones Temporales Semana Santa Uso previsto: Publica concurrencia Altura de evacuación ascendente: 0,0 m. Altura de evacuación descendente: 0,0 m. Superficie: 297,7 Dotacion Boca de incendio Dotacion Sistema de alarma Condiciones: Notas: Condiciones: Si la superficie construida excede de 500 m². Los equipos serán de tipo 25 mm. Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser apto para emitir mensajes por megafonía. Notas: Dotacion Sistema de detección de Condiciones: Notas: incendio Si la superficie construida excede de 1.000 m². El sistema dispondrá al menos de detectores de incendio. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 19 Dotaciones en archivo-Biblioteca Planta Primera Uso previsto: Publica concurrencia Altura de evacuación ascendente: 0,0 m. Altura de evacuación descendente: 0,0 m. Superficie: 34,29 Dotacion Sistema de alarma Condiciones: Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser apto para emitir mensajes por megafonía. Notas: Dotacion Sistema de detección de Condiciones: Notas: incendio Si la superficie construida excede de 1.000 m². El sistema dispondrá al menos de detectores de incendio. Dotaciones en Espacio Expositivo RR.MM. Dominicas Planta Primera Uso previsto: Publica concurrencia Altura de evacuación ascendente: 0,0 m. Altura de evacuación descendente: 0,0 m. Superficie: 178,98 Dotacion Sistema de alarma Condiciones: Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser apto para emitir mensajes por megafonía. Notas: Dotacion Sistema de detección de Condiciones: Notas: incendio Si la superficie construida excede de 1.000 m². El sistema dispondrá al menos de detectores de incendio. Dotaciones en Sala Exposiciones Temporales S.SantaPlanta Baja Uso previsto: Publica concurrencia Altura de evacuación ascendente: 0,0 m. Altura de evacuación descendente: 0,0 m. Superficie: 292,98 Dotacion Sistema de alarma Condiciones: Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser apto para emitir mensajes por megafonía. Notas: Dotacion Sistema de detección de Condiciones: Notas: incendio Si la superficie construida excede de 1.000 m². El sistema dispondrá al menos de detectores de incendio. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 20 Dotaciones en Espacio Expositivo RR.MM. Dominicas Planta Baja Uso previsto: Publica concurrencia Altura de evacuación ascendente: 0,0 m. Altura de evacuación descendente: 0,0 m. Superficie: 59,55 Dotacion Sistema de alarma Condiciones: Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser apto para emitir mensajes por megafonía. Notas: Dotacion Sistema de detección de Condiciones: Notas: incendio Si la superficie construida excede de 1.000 m². El sistema dispondrá al menos de detectores de incendio. Dotaciones en Espacio Almacen RR.MM. Dominicas Planta baja Uso previsto: General Altura de evacuación ascendente: 0,0 m. Altura de evacuación descendente: 0,0 m. Superficie: 53,89 Condiciones: Dotacion Extintor portátil Notas: Uno de eficacia 21A -113B: A 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación. En las zonas de riesgo especial conforme al capítulo 2 de la Sección 1 de este DB. Uno de eficacia 21A -113B: A 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación. En las zonas de riesgo especial conforme al capítulo 2 de la Sección 1 de este DB. Un extintor en el exterior del local o de la zona y próximo a la puerta de acceso, el cual podrá servir simultáneamente a varios locales o zonas. En el interior del local o de la zona se instalarán además los extintores necesarios para que el recorrido real hasta alguno de ellos, incluido el situado en el exterior, no sea mayor que 15 m en locales de riesgo especial medio o bajo, o que 10 m en locales o zonas de riesgo especial alto. Dotaciones en Hall y Circulaciones Uso previsto: Publica concurrencia Altura de evacuación ascendente: 0,0 m. Altura de evacuación descendente: 0,0 m. Superficie: 61,12 Dotacion Sistema de alarma Condiciones: Notas: Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser apto para emitir mensajes por megafonía. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 21 Dotacion Sistema de detección de Condiciones: Notas: incendio Si la superficie construida excede de 1.000 m². El sistema dispondrá al menos de detectores de incendio. Dotaciones en Baños Uso previsto: Publica concurrencia Altura de evacuación ascendente: 0,0 m. Altura de evacuación descendente: 0,0 m. Superficie: 33,0 Dotacion Sistema de alarma Condiciones: Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser apto para emitir mensajes por megafonía. Notas: Dotacion Sistema de detección de Condiciones: Notas: incendio Si la superficie construida excede de 1.000 m². El sistema dispondrá al menos de detectores de incendio. Dotaciones en Archivo Biblioteca (Planta baja) Uso previsto: Locales de riesgo especial bajo o medio Altura de evacuación ascendente: 0,0 m. Altura de evacuación descendente: 0,0 m. Superficie: 0,0 Dotacion Extintor portátil Condiciones: Notas: Dotaciones en Archivo interno, Biblioteca, Sala Investigadores (Planta Segunda) Uso previsto: Locales de riesgo especial bajo o medio Altura de evacuación ascendente: 0,0 m. Altura de evacuación descendente: 0,0 m. Superficie: 0,0 Dotacion Extintor portátil Condiciones: Notas: 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 22 Dotaciones en Depósito de obras de arte de semana santa Uso previsto: Locales de riesgo especial bajo o medio Altura de evacuación ascendente: 0,0 m. Altura de evacuación descendente: 0,0 m. Superficie: 0,0 Dotacion Extintor portátil Condiciones: Notas: 2. Señalización de las instalaciones manuales de protección contra incendios. Los medios de protección existentes contra incendios de utilización manual (extintores, bocas de incendio, hidrantes exteriores, pulsadores manuales de alarma y dispositivos de disparo de sistemas de extinción) se señalizan mediante señales definidas en la norma UNE 23033-1 con este tamaño: a) 210 x 210 mm. cuando la distancia de observación de la señal no exceda de 10 m. b) 420 x 420 mm. cuando la distancia de observación esté comprendida entre 10 y 20 m. c) 594 x 594 mm. cuando la distancia de observación esté comprendida entre 20 y 30 m. Las señales existentes son visibles incluso en caso de fallo en el suministro al alumbrado normal y cuando son fotoluminiscentes, sus características de emisión luminosa cumplen lo establecido en la norma UNE 23035 - 4:2003. SI 5: Intervención de bomberos 1. Condiciones de aproximación y entorno. No es necesario cumplir condiciones de aproximación y entorno pues La altura de evacuación descendente es menor de 9 m. No es necesario disponer de espacio de maniobra con las condiciones establecidas en el DB-SI (Sección SI 5) pues la altura de evacuación descendente es menor de 9m. No es necesario disponer de un espacio suficiente para la maniobra de los vehículos del servicio de extinción de incendios en los términos descritos en el DB-SI sección 5, pues no existen vías de acceso sin salida de más de 20 m. de largo. Hay una franja de 25 m. de anchura separando la zona edificada de la forestal, libre de arbustos o vegetación que pueda propagar un incendio del área forestal así como un camino perimetral de 5 m, que podrá estar incluido en la citada franja. La zona edificada o urbanizada dispone preferentemente de dos vías de acceso alternativas, cada una de las cuales cumplen estas condiciones: 1) anchura mínima libre 3,5 m. 2) altura mínima libre o gálibo 4,5 m. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 23 3) capacidad portante del vial 20 kN/m�. O bien, cuando no se pueda disponer de las dos vías alternativas indicadas en el párrafo anterior, el acceso único finaliza en un fondo de saco de forma circular de 12,50 m de radio, en el que se cumplen estas condiciones: 1) anchura mínima libre 3,5 m. 2) altura mínima libre o gálibo 4,5 m. 3) capacidad portante del vial 20 kN/m�. 2. Accesibilidad por fachada. SI 6: Resistencia al fuego de la estructura 1. Generalidades. Tal y como se expone en el punto 1 de la sección SI 6 del DB SI: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. La elevación de la temperatura que se produce como consecuencia de un incendio en un edificio afecta a su estructura de dos formas diferentes. Por un lado, los materiales ven afectadas sus propiedades, modificándose de forma importante su capacidad mecánica. Por otro, aparecen acciones indirectas como consecuencia de las deformaciones de los elementos, que generalmente dan lugar a tensiones que se suman a las debidas a otras acciones. En este Documento Básico se indican únicamente métodos simplificados de cálculo suficientemente aproximados para la mayoría de las situaciones habituales (véase anexos B a F). Estos métodos sólo recogen el estudio de la resistencia al fuego de los elementos estructurales individuales ante la curva normalizada tiempo temperatura. Pueden adoptarse otros modelos de incendio para representar la evolución de la temperatura durante el incendio, tales como las denominadas curvas paramétricas o, para efectos locales los modelos de incendio de una o dos zonas o de fuegos localizados o métodos basados en dinámica de fluidos (CFD, según siglas inglesas) tales como los que se contemplan en la norma UNE-EN 1991-1-2:2004. En dicha norma se recogen, asimismo, también otras curvas nominales para fuego exterior o para incendios producidos por combustibles de gran poder calorífico, como hidrocarburos, y métodos para el estudio de los elementos externos situados fuera de la envolvente del sector de incendio y a los que el fuego afecta a través de las aberturas en fachada. En las normas UNE-EN 1992-1-2:1996, UNE-EN 1993-1-2:1996, UNE-EN 1994-1-2:1996, UNE-EN 1995-1-2:1996, se incluyen modelos de resistencia para los materiales. Los modelos de incendio citados en el párrafo 3 son adecuados para el estudio de edificios singulares o para el tratamiento global de la estructura o parte de ella, así como cuando se requiera un estudio más ajustado a la situación de incendio real. En cualquier caso, también es válido evaluar el comportamiento de una estructura, de parte de ella o de un elemento estructural mediante la realización de los ensayos que establece el Real Decreto 312/2005 de 18 de marzo. Si se utilizan los métodos simplificados indicados en este Documento Básico no es necesario tener en cuenta las acciones indirectas derivadas del incendio. 2. Resistencia al fuego de la estructura. De igual manera y como se expone en el punto 2 de la sección SI 6 del DB SI: 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 24 1. 2. 3. Se admite que un elemento tiene suficiente resistencia al fuego si, durante la duración del incendio, el valor de cálculo del efecto de las acciones, en todo instante t, no supera el valor de la resistencia de dicho elemento. En general, basta con hacer la comprobación en el instante de mayor temperatura que, con el modelo de curva normalizada tiempo-temperatura, se produce al final del mismo. En el caso de sectores de riesgo mínimo y en aquellos sectores de incendio en los que, por su tamaño y por la distribución de la carga de fuego, no sea previsible la existencia de fuegos totalmente desarrollados, la comprobación de la resistencia al fuego puede hacerse elemento a elemento mediante el estudio por medio de fuegos localizados, según se indica en el Eurocódigo 1 (UNE-EN 1991-1-2: 2004) situando sucesivamente la carga de fuego en la posición previsible más desfavorable. En este Documento Básico no se considera la capacidad portante de la estructura tras el incendio. 3. Elementos estructurales principales. 1. Se considera que la resistencia al fuego de un elemento estructural principal del edificio (incluidos forjados, vigas y soportes), es suficiente si: a) Alcanza la clase indicada en la tabla 3.1 o 3.2 que representa el tiempo en minutos de resistencia ante la acción representada por la curva normalizada tiempo temperatura, o b) soporta dicha acción durante el tiempo equivalente de exposición al fuego indicado en el anexo B. La resistencia al fuego de los sectores considerados es la siguiente: Nombre del sector: Sector Unico Uso previsto: Pública concurrencia Situación: - Planta sobre rasante con altura de evacuación h <= 15 m y su resistencia al fuego es de R90 La resistencia al fuego de las zonas de riesgo especial es la siguiente: Nombre de la zona de riesgo especial: Archivo Biblioteca (Planta baja) Riesgo de la zona de riesgo especial: Riesgo Bajo Tiempo equivalente de exposición al fuego: R90 Nombre de la zona de riesgo especial: Archivo interno, Biblioteca, Sala Investigadores (Planta Segunda) Riesgo de la zona de riesgo especial: Riesgo Medio Tiempo equivalente de exposición al fuego: R120 Nombre de la zona de riesgo especial: Depósito de obras de arte de semana santa Riesgo de la zona de riesgo especial: Riesgo Bajo Tiempo equivalente de exposición al fuego: R90 Nombre de la zona de riesgo especial: Depósito de obras de arte de RR MM Dominicas Riesgo de la zona de riesgo especial: Riesgo Bajo Tiempo equivalente de exposición al fuego: R90 3. Cumpllimiento del CTE C 3.2 Seguridad S en caso de incen ndio Hoja núm m. 25 Los elemeentos estructurrales de una esscalera proteggida o de un paasillo protegiddo que estén contenidos c en el recintto de éstos, serrán como mínnimo R-30. Cuuando se trate de escaleras especialmente e e protegidas no o se exige resisteencia al fuegoo a los elementtos estructuralles. 4 Ellementoss estructuurales seccundarios. Cumplienddo los requisittos exigidos a los elementoss estructuraless secundarios (punto 4 de laa sección SI6 del BD-SI) Los elemenntos estructuraales secundarios, tales comoo los cargaderros o los de lass entreplantas de un local, n la misma ressistencia al fueego que a los elementos principales si su colapso puedde ocasionar daños d personaales tienen o com mpromete la esstabilidad globbal, la evacuacción o la comppartimentacióón en sectores de incendio del d edificio. En n otros casos no precisan cumplir ninguna n exigeencia de resisteencia al fuegoo. e edificios, taales Al mismo tiempo las esttructuras susteentantes de elementos textilles de cubiertaa integrados en como carpas serán R 30, excepto o cuando, adem más de ser claase M2 conforrme a UNE 233727:1990 , seegún se estableece en el Capítulo C 4 de la Sección 1 de d este DB, ell certificado dde ensayo acreedite la perforaación del elem mento, en cuyoo caso no n precisan cuumplir ninguna exigencia dee resistencia al a fuego. 5 Determina D ación de los efecttos de lass accionees durantee el incen ndio. 1. Deben ser conssideradas las mismas D m accion nes permanenntes y variables que en el cáálculo en situacción persistennte, sii es probable que q actúen enn caso de incenndio. 2. L efectos de las acciones durante Los d la expposición al inccendio deben obtenerse o del Documento Básico B DB - SE E. 3. Los valores de las distintas acciones L a y coeeficientes deben ser obteniddos según se inndica en el Do ocumento Bássico D - SE, aparttado 4.2.2. DB 4. Si se emplean los métodos inndicados en este Documentto Básico paraa el cálculo dee la resistenciaa al fuego S estructural pueede tomarse coomo efecto dee la acción de iincendio únicamente el derrivado del efeccto de la teemperatura enn la resistenciaa del elementoo estructural. 5. Como simplificación para ell cálculo se puuede estimar el C e efecto de lass acciones de cálculo en situ uación de inncendio a parttir del efecto de d las acciones de cálculo a temperatura normal, n comoo: Efi,d = çfi Ed siendo: Ed: effecto de las accciones de cálcculo en situacción persistentte (temperaturra normal). p obtener como: çfi: facctor de reduccción, donde ell factor çfi se puede n variable dom minante considderada en la siituación persisstente. dondee el subíndice 1 es la acción 3. Cumpllimiento del CTE C 3.2 Seguridad S en caso de incen ndio Hoja núm m. 26 6 Determina D ación de la resisteencia al ffuego. 1. L resistencia aal fuego de un La n elemento pu uede establecerrse de alguna de las formass siguientes: a) Comp probando las dimensiones d d su sección ttransversal con de n lo indicado en las distintaas tablas, segú ún el materrial, dadas en los l anexos C a F, para las ddistintas resisteencias al fueggo. b) Obten niendo su resisstencia por loss métodos sim mplificados daados en los missmos anexos. c) Mediaante la realizaación de los en nsayos que esttablece el Reaal Decreto 3122/2005 de 18 de d marzo. 2. En el análisis ddel elemento puede E p consideerarse que las ccoacciones en n los apoyos y extremos dell elemento d durante el tiem mpo de exposicción al fuego no n varían conn respecto a lass que se produucen a temperatura normal. 3. Cualquier mod C do de fallo no tenido en cuenta explícitam mente en el análisis de esfueerzos o en la respuesta r estructural debberá evitarse mediante m detallles constructivvos apropiado os. 4. Si el anexo corrrespondiente al material esspecífico (C a F) no indica lo S l contrario, loos valores de los l coeficientees p parciales de ressistencia en siituación de inccendio deben tomarse igualles a la unidad d: ãM,fi = 1 5. En la utilizació E ón de algunas tablas de espeecificaciones de d hormigón y acero se connsidera el coeeficiente de so obredimensionado ìfi, defin nido como: siendo o: Rfi,d,0 resistencia deel elemento esttructural en siituación de inccendio en el in nstante iniciall t=0, a temperratura normal. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 27 Anexo SI A Terminología. A efectos de aplicación del DB-SI, los términos que figuran en letra cursiva deben utilizarse conforme al significado y a las condiciones que se establecen para cada uno de ellos en este anexo, cuando se trate de términos relacionados únicamente con el requisito básico "Seguridad en caso de incendio", o bien en el Anexo III de la Parte I de este CTE, cuando sean términos de uso común en el conjunto del Código. Cuando el significado asignado a un término en este Anexo sea igual al establecido en una norma EN o en otro documento, al final de dicho significado y entre paréntesis se indica la referencia de dicho documento. Altura de evacuación: Máxima diferencia de cotas entre un origen de evacuación y la salida de edificio que le corresponda. A efectos de determinar la altura de evacuación de un edificio no se consideran las plantas en las que únicamente existan zonas de ocupación nula. Aparcamiento abierto Es aquel que cumple las siguientes condiciones: a) Sus fachadas presentan en cada planta un área total permanentemente abierta al exterior no inferior a 1/20 de su superficie construida, de la cual al menos 1/40 está distribuida de manera uniforme entre las dos paredes opuestas que se encuentren a menor distancia. b) La distancia desde el borde superior de las aberturas hasta el techo no excede de 0,5 metros. Atrio Espacio diáfano con altura equivalente a la de varias plantas del edificio comunicadas con dicho espacio mediante huecos, ventanas, balcones, pasillos abiertos, etc. Parte del perímetro del atrio puede también estar formado por muros ciegos o por fachadas del edificio. Caja escénica Volumen construido que abarca desde su nivel inferior hasta la cubierta de un edificio conformando un escenario de teatro, sala de ópera, etc. equipado con decorados, tramoyas, mecanismos y foso, de forma que constituye un sector de incendio que cumpla las siguientes condiciones especiales: - Debe estar compartimentado respecto de la sala de espectadores mediante elementos EI 120 excepto en la boca de la escena, la cual se puede cerrar mediante un telón EI 60 de material incombustible cuyo tiempo de cierre no excede de 30 s y puede soportar una presión de 0,4 kN/m² en ambos sentidos sin que su funcionamiento se vea afectado. - El cierre del telón debe ser automático, pero también debe poder activarse manualmente desde dos puntos, uno situado en el escenario y otro en lugar de acceso seguro, fuera del espacio del escenario. Cuando se ponga en funcionamiento, se debe activar una señal óptica de advertencia en el escenario. Debe disponer de 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 28 una cortina de agua de activación automática y manual desde el escenario y desde otro punto situado en lugar de acceso seguro. - Debe disponer de vestíbulos de independencia en toda comunicación con la sala de espectadores. - Encima de la escena sólo deben existir locales técnicos que sirvan para uso directo de la escena. - El recorrido de evacuación desde cualquier punto del escenario hasta alguna salida del sector no debe exceder de 25 m y las puertas de salida deben abrir en el sentido de la evacuación. - Las pasarelas, galerías o similares existentes para uso de actores o empleados deben disponer de salidas de evacuación. - Las pasarelas y escaleras del escenario deben tener una anchura de 0,80 m, como mínimo. - La parte superior de la caja escénica debe disponer de un sistema adecuado para la eliminación del humo en caso de incendio. Carga de fuego Suma de las energías caloríficas que se liberan en la combustión de todos los materiales combustibles existentes en un espacio (contenidos del edificio y elementos constructivos) (UNE-EN 1991-1- 2:2004). Curva normalizada tiempo-temperatura Curva nominal que representa un modelo de fuego totalmente desarrollado en un sector de incendio (UNEEN 1991-1-2:2004). Curvas tiempo-temperatura Temperatura del aire en la proximidad de las superficies de un elemento, en función del tiempo. Pueden ser: a) Nominales: curvas convencionales adoptadas para clasificar o verificar la resistencia al fuego, por ejemplo, la curva normalizada tiempo-temperatura, la curva de fuego exterior o la curva de fuego de hidrocarburos. b) Paramétricas: determinadas a partir de modelos de fuego y de los parámetros físicos específicos que definen las condiciones del sector de incendio (UNE-EN 1991-1-2:2004). Densidad de carga de fuego Carga de fuego por unidad de superficie construida qf, o por unidad de superficie de toda la envolvente, incluidas sus aberturas, qt. (UNE-EN 1991-1-2:2004) Densidad de carga de fuego de cálculo Densidad de carga de fuego considerada para determinar las acciones térmicas en el cálculo en situación de incendio. Su valor tiene en cuenta las incertidumbres. (UNE-EN 1991-1-2:2004) 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 29 Escalera abierta al exterior Escalera que dispone de huecos permanentemente abiertos al exterior que, en cada planta, acumulan una superficie de 5A m², como mínimo, siendo A la anchura del tramo de la escalera, en m. Cuando dichos huecos comuniquen con un patio, las dimensiones de la proyección horizontal de éste deben admitir el trazado de un círculo inscrito de h/3 m de diámetro, siendo h la altura del patio. Puede considerarse como escalera especialmente protegida sin que para ello precise disponer de vestíbulos de independencia en sus accesos. Escalera especialmente protegida Escalera que reúne las condiciones de escalera protegida y que además dispone de un vestíbulo de independencia diferente en cada uno de sus accesos desde cada planta. La existencia de dicho vestíbulo de independencia no es necesaria, cuando se trate de una escalera abierta al exterior, ni en la planta de salida del edificio, cuando se trate de una escalera para evacuación ascendente, pudiendo la escalera en dicha planta carecer de compartimentación. Escalera protegida Escalera de trazado continuo desde su inicio hasta su desembarco en planta de salida del edificio que, en caso de incendio, constituye un recinto suficientemente seguro para permitir que los ocupantes puedan permanecer en el mismo durante un determinado tiempo. Para ello debe reunir, además de las condiciones de seguridad de utilización exigibles a toda escalera (véase DB-SU 1-4) las siguientes: 1. Es un recinto destinado exclusivamente a circulación y compartimentado del resto del edificio mediante elementos separadores EI 120. Si dispone de fachadas, éstas deben cumplir las condiciones establecidas en el capítulo 1 de la Sección SI 2 para limitar el riesgo de transmisión exterior del incendio desde otras zonas del edificio o desde otros edificios. En la planta de salida del edificio las escaleras protegidas o especialmente protegidas para evacuación ascendente pueden carecer de compartimentación. Las previstas para evacuación descendente pueden carecer de compartimentación cuando sea un sector de riesgo mínimo. 2. El recinto tiene como máximo dos accesos en cada planta, los cuales se realizan a través de puertas EI2 60C5 y desde espacios de circulación comunes y sin ocupación propia. Además de dichos accesos, pueden abrir al recinto de la escalera protegida locales destinados a aseo y limpieza, así como los ascensores, siempre que las puertas de estos últimos abran, en todas sus plantas, al recinto de la escalera protegida considerada o a un vestíbulo de independencia. En el recinto también pueden existir tapas de registro de patinillos o de conductos para instalaciones, siempre que estas sean EI 60. 3. En la planta de salida del edificio, la longitud del recorrido desde la puerta de salida del recinto de la escalera, o en su defecto desde el desembarco de la misma, hasta una salida de edificio no debe exceder de 15 m, excepto cuando dicho recorrido se realice por un sector de riesgo mínimo, en cuyo caso dicho límite es el que con carácter general se establece para cualquier origen de evacuación de dicho sector. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 30 4. El recinto cuenta con protección frente al humo, mediante una de las siguientes opciones: a) Ventilación natural mediante ventanas practicables o huecos abiertos al exterior con una superficie de ventilación de al menos 1 m² en cada planta. b) Ventilación mediante dos conductos independientes de entrada y de salida de aire, dispuestos exclusivamente para esta función y que cumplen las condiciones siguientes: c) - la superficie de la sección útil total es de 50 cm² por cada m³ de recinto, tanto para la entrada como para la salida de aire; cuando se utilicen conductos rectangulares, la relación entre los lados mayor y menor no es mayor que 4. - las rejillas tienen una sección útil de igual superficie y relación máxima entre sus lados que el conducto al que están conectadas; - en cada planta, las rejillas de entrada de aire están situadas a una altura sobre el suelo menor que 1 m y las de salida de aire están enfrentadas a las anteriores y a una altura mayor que 1,80 m. Sistema de presión diferencial conforme a EN 12101-6:2005. Espacio exterior seguro Es aquel en el que se puede dar por finalizada la evacuación de los ocupantes del edificio, debido a que cumple las siguientes condiciones: 1. Permite la dispersión de los ocupantes que abandonan el edificio, en condiciones de seguridad. 2. Se puede considerar que dicha condición se cumple cuando el espacio exterior tiene, delante de cada salida de edificio que comunique con él, una superficie de al menos 0,5P m² dentro de la zona delimitada con un radio 0,1P m de distancia desde la salida de edificio, siendo P el número de ocupantes cuya evacuación esté prevista por dicha salida. Cuando P no exceda de 50 personas no es necesario comprobar dicha condición. 3. Si el espacio considerado no está comunicado con la red viaria o con otros espacios abiertos no puede considerarse ninguna zona situada a menos de 15 m de cualquier parte del edificio, excepto cuando esté dividido en sectores de incendio estructuralmente independientes entre sí y con salidas también independientes al espacio exterior, en cuyo caso dicha distancia se podrá aplicar únicamente respecto del sector afectado por un posible incendio. 4. Permite una amplia disipación del calor, del humo y de los gases producidos por el incendio. 5. Permite el acceso de los efectivos de bomberos y de los medios de ayuda a los ocupantes que, en cada caso, se consideren necesarios. 6. La cubierta de un edificio se puede considerar como espacio exterior seguro siempre que, además de cumplir las condiciones anteriores, su estructura sea totalmente independiente de la del edificio con salida a dicho espacio y un incendio no pueda afectar simultáneamente a ambos. Establecimiento Zona de un edificio destinada a ser utilizada bajo una titularidad diferenciada, bajo un régimen no subsidiario respecto del resto del edificio y cuyo proyecto de obras de construcción o reforma, así como el inicio de la actividad prevista, sean objeto de control administrativo. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 31 Fuego de cálculo Desarrollo de fuego específico adoptado a efectos de cálculo (UNE-EN 1991-1-2:2004) Fuego totalmente desarrollado Estado en el que todas las superficies combustibles existentes en un determinado espacio participan en el fuego (UNE-EN 1991-1-2:2004) Fuego localizado Fuego que sólo afecta a una zona limitada de la carga de fuego del sector de incendio (UNE-EN 1991-12:2004) Modelo informático de dinámica de fluidos Modelo de fuego que permite resolver numéricamente las ecuaciones diferenciales parciales que relacionan a las variables termodinámicas y aerodinámicas de cada punto del sector de incendio considerado. (UNE-EN 1991-12:2004). Origen de evacuación Es todo punto ocupable de un edificio, exceptuando los del interior de las viviendas y los de todo recinto, o conjunto de ellos comunicados entre sí, en los que la densidad de ocupación no exceda de 1 persona/10 m² y cuya superficie total no exceda de 50 m², como pueden ser las habitaciones de hotel, residencia u hospital, los despachos de oficinas, etc. Los puntos ocupables de todos los locales de riesgo especial y los de las zonas de ocupación nula cuya superficie exceda de 50 m², se consideran origen de evacuación y deben cumplir los límites que se establecen para la longitud de los recorridos de evacuación hasta las salidas de dichos espacios, cuando se trate de zonas de riesgo especial, y, en todo caso, hasta las salidas de planta, pero no es preciso tomarlos en consideración a efectos de determinar la altura de evacuación de un edificio o el número de ocupantes. Pasillo protegido Pasillo que, en caso de incendio, constituye un recinto suficientemente seguro para permitir que los ocupantes puedan permanecer en el mismo durante un determinado tiempo. Para ello dicho recinto debe reunir, además de las condiciones de seguridad de utilización exigibles a todo pasillo (véase DB-SU 1 y 2), unas condiciones de seguridad equivalentes a las de una escalera protegida. Si su ventilación es mediante ventanas o huecos, su superficie de ventilación debe ser como mínimo 0,2L m², siendo L la longitud del pasillo en m. Si la ventilación se lleva a cabo mediante conductos de entrada y de salida de aire, éstos cumplirán las mismas condiciones indicadas para los conductos de las escaleras protegidas. Las rejillas de entrada de aire deben estar situadas en un paramento del pasillo, a una altura menor que 1 m y las de salida en el otro paramento, a una altura mayor que 1,80 m y separadas de las anteriores 10 m como máximo. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 32 El pasillo debe tener un trazado continuo que permita circular por él hasta una escalera protegida o especialmente protegida, hasta un sector de riesgo mínimo o bien hasta una salida de edificio. Reacción al fuego Respuesta de un material al fuego medida en términos de su contribución al desarrollo del mismo con su propia combustión, bajo condiciones específicas de ensayo (DPC - DI2). Recorrido de evacuación Recorrido que conduce desde un origen de evacuación hasta una salida de planta, situada en la misma planta considerada o en otra, o hasta una salida de edificio. Conforme a ello, una vez alcanzada una salida de planta, la longitud del recorrido posterior no computa a efectos del cumplimiento de los límites a los recorridos de evacuación. La longitud de los recorridos por pasillos, escaleras y rampas, se medirá sobre el eje de los mismos. No se consideran válidos los recorridos por escaleras mecánicas, ni aquellos en los que existan tornos u otros elementos que puedan dificultar el paso. Las recorridos por rampas y pasillos móviles se consideran válidos cuando no sea posible su utilización por personas que trasladen carros para el transporte de objetos y estén provistos de un dispositivo de parada que pueda activarse bien manualmente, o bien automáticamente por un sistema de detección y alarma. Los recorridos que tengan su origen en zonas habitables o de uso Aparcamiento no pueden atravesar las zonas de riesgo especial definidas en SI 1.2. Los recorridos desde zonas habitables sí pueden atravesar las de uso Aparcamiento cuando sean recorridos alternativos a otros no afectados por dicha circunstancia. En uso Aparcamiento los recorridos de evacuación deben discurrir por las calles de circulación de vehículos, o bien por itinerarios peatonales protegidos frente a la invasión de vehículos, conforme se establece en el Apartado 3 del DB-SU 7. En establecimientos de uso Comercial cuya superficie construida destinada al público exceda de 400 m², los recorridos de evacuación deben transcurrir, excepto en sus diez primeros metros, por pasillos definidos en proyecto, delimitados por elementos fijos o bien señalizados en el suelo de forma clara y permanente y cuyos tramos comprendidos entre otros pasillos transversales no excedan de 20 m. En establecimientos comerciales en los que esté previsto el uso de carros para transporte de productos, los puntos de paso a través de cajas de cobro no pueden considerarse como elementos de la evacuación. En dichos casos se dispondrán salidas intercaladas en la batería de cajas, dimensionadas según se establece en el apartado 4.2 de la Sección SI 3 y separadas de tal forma que no existan más de diez cajas entre dos salidas consecutivas. Cuando la batería cuente con menos de diez cajas, se dispondrán dos salidas, como mínimo, situadas en los extremos de la misma. Cuando cuente con menos de cinco cajas, se dispondrá una salida situada en un extremo de la batería. En los establecimientos en los que no esté previsto el uso de carros, los puntos de paso a través de las cajas podrán considerarse como elementos de evacuación, siempre que su anchura libre sea 0,70m, como mínimo, y que en uno de los extremos de la batería de cajas se disponga un paso de 1,20m de anchura, como mínimo. Excepto en el caso de los aparcamientos, de las zonas de ocupación nula y de las zonas ocupadas únicamente por personal de mantenimiento o de control de servicios, no se consideran válidos los recorridos de evacuación que precisen salvar, en sentido ascendente, una altura mayor que la indicada en la tabla que se incluye a continuación. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 33 Uso previsto y zona En general, exceptuando los casos que se indican a continuación Hospitalario, en zonas de hospitalización o tratamiento intensivo Docente escuela infantil Docente enseñanza primaria Máxima altura salvada hasta una salida de planta 4m 1 m (1) 1m 1m (1) No se limita en zonas de tratamiento intensivo con radioterapia. Uso previsto y zona En general, exceptuando los casos que se indican a continuación Hospitalario, en zonas de hospitalización o tratamiento intensivo Docente escuela infantil Docente enseñanza primaria Máxima altura salvada hasta el espacio exterior seguro 6m 2 m (1) 2m 2m (1) No se limita en zonas de tratamiento intensivo con radioterapia. Recorridos de evacuación alternativos Se considera que dos recorridos de evacuación que conducen desde un origen de evacuación hasta dos salidas de planta o de edificio diferentes son alternativos cuando en dicho origen forman entre sí un ángulo mayor que 45º o bien están separados por elementos constructivos que sean EI 30 e impidan que ambos recorridos puedan quedar simultáneamente bloqueados por el humo Resistencia al fuego Capacidad de un elemento de construcción para mantener durante un período de tiempo determinado la función portante que le sea exigible, así como la integridad y/o el aislamiento térmico en los términos especificados en el ensayo normalizado correspondiente (DPC - DI2) Salida de planta Es alguno de los siguientes elementos, pudiendo estar situada, bien en la planta considerada o bien en otra planta diferente: 1. El arranque de una escalera no protegida que conduce a una planta de salida del edificio, siempre que no tenga un ojo o hueco central con un área en planta mayor que 1,30 m². Sin embargo, cuando en el sector que contiene a la escalera la planta esté comunicada con otras por huecos diferentes de los de las escaleras, el arranque de escalera antes citado no puede considerase salida de planta. 2. Una puerta de acceso a una escalera compartimentada como los sectores de incendio, a una escalera protegida, a un pasillo protegido o a un vestíbulo de independencia de una escalera especialmente protegida, con capacidad suficiente y que conduce a una salida de edificio. Cuando se trate de una salida de planta desde una zona de hospitalización o de tratamiento intensivo, dichos elementos deben tener una superficie de al menos de 0,70 m² o 1,50 m², respectivamente, por cada ocupante. En el caso de escaleras, dicha superficie se refiere a la del rellano de la planta considerada, admitiéndose su utilización para actividades de escaso riesgo, como salas de espera, etc. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 34 3. 4. Una puerta de paso, a través de un vestíbulo de independencia, a un sector de incendio diferente que exista en la misma planta, siempre que: - el sector inicial tenga otra salida de planta que no conduzca al mismo sector alternativo. - el sector alternativo tenga una superficie en zonas de circulación suficiente para albergar a los ocupantes del sector inicial, a razón de 0,5 m²/pers, considerando únicamente los puntos situados a menos de 30 m de recorrido desde el acceso al sector. En uso Hospitalario dicha superficie se determina conforme a los criterios indicados en el punto 2 anterior. - la evacuación del sector alternativo no confluya con la del sector inicial en ningún otro sector del edificio, excepto cuando lo haga en un sector de riesgo mínimo. Una salida de edificio. Salida de edificio Puerta o hueco de salida a un espacio exterior seguro. En el caso de establecimientos situados en áreas consolidadas y cuya ocupación no exceda de 500 personas puede admitirse como salida de edificio aquella que comunique con un espacio exterior que disponga de dos recorridos alternativos que no excedan de 50 m hasta dos espacios exteriores seguros. Salida de emergencia Salida de planta de edificio o de recinto prevista para ser utilizada exclusivamente en caso de emergencia y que está señalizada de acuerdo con ello. Sector bajo rasante Sector de incendio en el que los recorridos de evacuación de alguna de sus zonas deben salvar necesariamente una altura de evacuación ascendente igual o mayor que 1,5 m. Sector de incendio Espacio de un edificio separado de otras zonas del mismo por elementos constructivos delimitadores resistentes al fuego durante un período de tiempo determinado, en el interior del cual se puede confinar (o excluir) el incendio para que no se pueda propagar a (o desde) otra parte del edificio. (DPC - DI2). Los locales de riesgo especial no se consideran sectores de incendio. Sector de riesgo mínimo Sector de incendio que cumple las siguientes condiciones: - Está destinado exclusivamente a circulación y no constituye un sector bajo rasante. - La densidad de carga de fuego no excede de 40 MJ/m² en el conjunto del sector, ni de 50 MJ/m² en cualquiera de los recintos contenidos en el sector, considerando la carga de fuego aportada, tanto por los elementos constructivos, como por el contenido propio de la actividad. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 35 - Está separado de cualquier otra zona del edificio que no tenga la consideración de sector de riesgo mínimo mediante elementos cuya resistencia al fuego sea EI 120 y la comunicación con dichas zonas se realiza a través de vestíbulos de independencia. - Tiene resuelta la evacuación, desde todos sus puntos, mediante salidas de edificio directas a espacio exterior seguro. Sistema de alarma de incendios Sistema que permite emitir señales acústicas y/o visuales a los ocupantes de un edificio (UNE 230071:1996, EN 54-1:1996). (Nota: Su función se corresponde con la del denominado "Sistema de comunicación de alarma" según el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios y puede estar integrada junto con la del sistema de detección de incendios en un mismo sistema.) Sistema de detección de incendios Sistema que permite detectar un incendio en el tiempo más corto posible y emitir las señales de alarma y de localización adecuadas para que puedan adoptarse las medidas apropiadas (UNE 23007-1:1996, EN 54-1:1996). (Nota: Su función se corresponde con las de los denominados "Sistema automático de detección de incendios" y "Sistema manual de alarma de incendios" según el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios y puede estar integrada junto con la del sistema de alarma de incendios, en un mismo sistema.) Sistema de presión diferencial Sistema de ventiladores, conductos, aberturas y otros elementos característicos previstos con el propósito de generar una presión más baja en la zona del incendio que en el espacio protegido (UNE 23585: 2004 - CR 121015:2000 y EN 12101-6:2006). Superficie útil Superficie en planta de un recinto, sector o edificio ocupable por las personas. En uso Comercial, cuando no se defina en proyecto la disposición de mostradores, estanterías, cajas registradoras y, en general, de aquellos elementos que configuran la implantación comercial de un establecimiento, se tomará como superficie útil de las zonas destinadas al público, al menos el 75% de la superficie construida de dichas zonas. Tiempo equivalente de exposición al fuego Es el tiempo de exposición a la curva normalizada tiempo-temperatura que se supone que tiene un efecto térmico igual al de un incendio real en el sector de incendio considerado (UNE-EN 1991-1- 2:2004). Uso Administrativo Edificio, establecimiento o zona en el que se desarrollan actividades de gestión o de servicios en cualquiera de sus modalidades, como por ejemplo, centros de la administración pública, bancos, despachos profesionales, oficinas, etc. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 36 También se consideran de este uso los establecimientos destinados a otras actividades, cuando sus características constructivas y funcionales, el riesgo derivado de la actividad y las características de los ocupantes se puedan asimilar a este uso mejor que a cualquier otro. Como ejemplo de dicha asimilación pueden citarse los consultorios, los centros de análisis clínicos, los ambulatorios, los centros docentes en régimen de seminario, etc. Las zonas de un establecimiento de uso Administrativo destinadas a otras actividades subsidiarias de la principal, tales como cafeterías, comedores, salones de actos, etc., deben cumplir las condiciones relativas a su uso previsto. Uso Aparcamiento Edificio, establecimiento o zona independiente o accesoria de otro uso principal, destinado a estacionamiento de vehículos y cuya superficie construida exceda de 100 m², incluyendo las dedicadas a revisiones tales como lavado, puesta a punto, montaje de accesorios, comprobación de neumáticos y faros, etc., que no requieran la manipulación de productos o de útiles de trabajo que puedan presentar riesgo adicional y que se produce habitualmente en la reparación propiamente dicha. Se excluyen de este uso los aparcamientos en espacios exteriores del entorno de los edificios, aunque sus plazas estén cubiertas. Dentro de este uso, se denominan aparcamientos robotizados aquellos en los que el movimiento de los vehículos, desde el acceso hasta las plazas de aparcamiento, únicamente se realiza mediante sistemas mecánicos y sin presencia ni intervención directa de personas, exceptuando la actuación ocasional de personal de mantenimiento. En dichos aparcamientos no es preciso cumplir las condiciones de evacuación que se establecen en este DB SI, aunque deben disponer de los medios de escape en caso de emergencia para dicho personal que en cada caso considere adecuados la autoridad de control competente. Uso Comercial Edificio o establecimiento cuya actividad principal es la venta de productos directamente al público o la prestación de servicios relacionados con los mismos, incluyendo, tanto las tiendas y a los grandes almacenes, los cuales suelen constituir un único establecimiento con un único titular, como los centros comerciales, los mercados, las galerías comerciales, etc.. También se consideran de uso Comercial aquellos establecimientos en los que se prestan directamente al público determinados servicios no necesariamente relacionados con la venta de productos, pero cuyas características constructivas y funcionales, las del riesgo derivado de la actividad y las de los ocupantes se puedan asimilar más a las propias de este uso que a las de cualquier otro. Como ejemplos de dicha asimilación pueden citarse las lavanderías, los salones de peluquería, etc. Uso Docente Edificio, establecimiento o zona destinada a docencia, en cualquiera de sus niveles: escuelas infantiles, centros de enseñanza primaria, secundaria, universitaria o formación profesional. No obstante, los establecimientos docentes que no tengan la característica propia de este uso (básicamente, el predominio de actividades en aulas de elevada densidad de ocupación) deben asimilarse a otros usos. Las zonas de un establecimiento de uso Docente destinadas a actividades subsidiarias de la principal, como cafeterías, comedores, salones de actos, administración, residencia, etc., deben cumplir las condiciones relativas a su uso. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 37 Uso Hospitalario Edificio o establecimiento destinado a asistencia sanitaria con hospitalización de 24 horas y que está ocupados por personas que, en su mayoría, son incapaces de cuidarse por sí mismas, tales como hospitales, clínicas, sanatorios, residencias geriátricas, etc. Las zonas de dichos edificios o establecimientos destinadas a asistencia sanitaria de carácter ambulatorio (despachos médicos, consultas, áreas destinadas al diagnóstico y tratamiento, etc.) así como a los centros con dicho carácter en exclusiva, deben cumplir las condiciones correspondientes al uso Administrativo. Las zonas destinadas a usos subsidiarios de la actividad sanitaria, tales como oficinas, salones de actos, cafeterías, comedores, capillas, áreas de residencia del personal o habitaciones para médicos de guardia, aulas, etc., deben cumplir las condiciones relativas a su uso. Uso Pública Concurrencia Edificio o establecimiento destinado a alguno de los siguientes usos: cultural (destinados a restauración, espectáculos, reunión, deporte, esparcimiento, auditorios, juego y similares), religioso y de transporte de personas. Las zonas de un establecimiento de pública concurrencia destinadas a usos subsidiarios, tales como oficinas, aparcamiento, alojamiento, etc., deben cumplir las condiciones relativas a su uso. Uso Residencial Público Edificio o establecimiento destinado a proporcionar alojamiento temporal, regentado por un titular de la actividad diferente del conjunto de los ocupantes y que puede disponer de servicios comunes, tales como limpieza, comedor, lavandería, locales para reuniones y espectáculos, deportes, etc. Incluye a los hoteles, hostales, residencias, pensiones, apartamentos turísticos, etc. Las zonas de los establecimientos de uso Residencial Público destinadas a otras actividades subsidiarias de la principal, como cafetería, restaurante, salones de actos, locales para juegos o espectáculos, etc., deben cumplir las condiciones relativas a su uso. Uso Residencial Vivienda Edificio o zona destinada a alojamiento permanente, cualquiera que sea el tipo de edificio: vivienda unifamiliar, edificio de pisos o de apartamentos, etc. Ventilación forzada Extracción de humos mediante el uso de ventiladores mecánicos. Ventilación natural Extracción de humos basada en la fuerza ascensional de éstos debida a la diferencia de densidades entre masas de aire a diferentes temperaturas. 3. Cumplimiento del CTE 3.2 Seguridad en caso de incendio Hoja núm. 38 Vestíbulo de independencia Recinto de uso exclusivo para circulación situado entre dos o más recintos o zonas con el fin de aportar una mayor garantía de compartimentación contra incendios y que únicamente puede comunicar con los recintos o zonas a independizar con aseos de planta y con ascensores. Cumplirán las siguientes condiciones: - Sus paredes serán EI 120. Sus puertas de paso entre los recintos o zonas a independizar tendrán la cuarta parte de la resistencia al fuego exigible al elemento compartimentador que separa dichos recintos y al menos EI2 30-C5. - Los vestíbulos de independencia de las escaleras especialmente estarán ventilados conforme a alguna de las alternativas establecidas para dichas escaleras. - Los que sirvan a uno o a varios locales de riesgo especial, según lo establecido en el apartado 2 de la Sección SI 2, no pueden utilizarse en los recorridos de evacuación de zonas habituales. - La distancia mínima entre los contornos de las superficies barridas por las puertas del vestíbulo debe ser al menos 0,50 m. En uso Hospitalario, cuando esté prevista la evacuación de zonas de hospitalización o de tratamiento intensivo a través de un vestíbulo de independencia, la distancia entre dos puertas que deben atravesarse consecutivamente en la evacuación será de 3,5 m como mínimo - Las puertas de acceso a vestíbulos de independencia desde zonas de uso Aparcamiento o de riesgo especial, deben abrir hacia el interior del vestíbulo. Zona de ocupación nula Zona en la que la presencia de personas sea ocasional o bien a efectos de mantenimiento, tales como salas de máquinas y cuartos de instalaciones, locales para material de limpieza, determinados almacenes y archivos, trasteros de viviendas, etc. Los puntos de dichas zonas deben cumplir los límites que se establecen para los recorridos de evacuación hasta las salidas de las mismas (cuando además se trate de zonas de riesgo especial) o de la planta, pero no es preciso tomarlos en consideración a efectos de determinar la altura de evacuación de un edificio o el número de ocupantes. En Vila-real, a 8 de Abril de 2010 Pedro Gil Ribes Arquitecto Fernando Pla Escriche Arquitecto Memoria de proyecto adaptada al CTE III PRESUPUESTO Memoria de proyecto adaptada al CTE RESUMEN DE PRESUPUESTO CAP. 0. DEMOLICIONES.................................................................................................. 84.870,77CAP. 1. MOVIMIENTO DE TIERRAS .................................................................................. 8.699,86CAP. 2. RED DE SANEAMIENTO ..................................................................................... 16.337,41CAP. 3. CIMENTACION Y ESTRUCTURA ........................................................................ 26.644,23CAP. 4. ALBAÑILERIA ...................................................................................................... 64.481,02CAP. 5. CUBIERTAS........................................................................................................... 12.925,42CAP. 6. CANTERIA, SOLADOS Y ALICATADOS .............................................................. 8.072,43CAP. 7. REVESTIMIENTOS CONTINUOS ......................................................................... 26.644,23CAP. 8. FALSO TECHOS ................................................................................................... 12.327,99CAP. 9. CARPINTERIA ...................................................................................................... 25.302,35CAP. 10. CERRAJERIA ......................................................................................................... 8.998,92CAP. 11. INSTALACIONES ............................................................................................... 175.605,78CAP. 13. VIDRIERIA .............................................................................................................. 4.176,27CAP. 14. VARIOS ................................................................................................................ 13.657,05CAP. 15. SEGURIDAD Y SALUD ........................................................................................ 16.254,48CAP. 16. ENSAYOS DE MATERIALES ................................................................................ 14.998,92CAP. 17. IMPREVISTOS...................................................................................................90.714,26CAP. 18. GESTION DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION..................10.214,00- PRESUPUESTO EJECUCION MATERIAL (PEM)...............................................620.921,39€ 16% DE GASTOS GENERALES .......................................................................................99.347,42€ 6% DE BENEFICIO INDUSTRIAL ..................................................................................... 37.255,28€ PRESUPUESTO EJECUCION POR CONTRATA...............................................757.524,10€ HONORARIOS TOTALES DE LOS TECNICOS.................................................108.288,18€ IVA (16%)......................................................................................................138.529,97€ TOTAL…………………………………………………………...…………………1.004.342,25 € Vila-Real, Abril 2010 Memoria de proyecto adaptada al CTE DETALLE DE HONORARIOS DE TECNICOS Según baremo de referencia de Honorarios de los Arquitectos en trabajos de Edificación por encargo de la Administración Local, Autonómica y Estatal del COACV del año 2007 se establecen unos Honorarios acorde a los metros y al PEM de este trabajo de 84.420,47€. Se acuerda con la Administración Local que estos Honorarios sean finalmente de 72.312,64€. Así pues, se establece el siguiente desglose: A.1.- Honorarios Técnico Superior…………………………………………………………..72.312,64€ -Redacción de proyecto (70%)…………50.618,85€ -Dirección de Obra (30%)……………….21.693,79€ A.2.-Honorarios Técnico Grado Medio………………………………………………...……21.693,79€ A.3.-Seguridad y Salud (Arq. Técnico)………………………………………………………..6.508,14€ -Redacción de proyecto (30%)…………1.952,44€ -Dirección de Obra (70%)……………….4.555,70€ A.4.-Honorarios proyectos específicos de Ingeniería………………………………………7.773,61€ -Redacción de proyecto y certificado de Actividad…………………………1.727,47€ -Redacción de proyecto y certificado de la instalación de B.T.……………2.879,12€ -Redacción de proyecto y certificado de la instalación de climatización.…1.727,47€ -Redacción de proyecto y certificado de la instalación de ventilación….…1.439,56€ A.5.-HONORARIOS TOTALES……………………………………………………………….108.288,18€ Memoria de proyecto adaptada al CTE IV. PLANOS Memoria de proyecto adaptada al CTE II. ESTUDIO FOTOGRAFICO Foto 001 Foto 003 Foto 002 Foto 004 Foto 005 Foto 006 Foto 007 Foto 008 Foto 009 Foto 010 Foto 011 Foto 012 Foto 013 Foto 014 Foto 016 Foto 015 Foto 017 Foto 018 Foto 019 Foto 020 Foto 021 Foto 023 Foto 022 Foto 024 Foto 025 Foto 026 Foto 027 Foto 028 Foto 029 Foto 030 Foto 031 Foto 032 Foto 033 Foto 034 Foto 035 Foto 037 Foto 036 Foto 038 Foto 039 Foto 040 Foto 042 Foto 041 Foto 043 Foto 044 Foto 045 Foto 046 Foto 047 Foto 048 Foto 049 Foto 050 Foto 051 Foto 053 Foto 052 Foto 054 Foto 055 Foto 056 Foto 057 Foto 059 Foto 058 Foto 060 Foto 061 Foto 062 Foto 063 Foto 064 Foto 065 Foto 066 Foto 067 Foto 068 Foto 069 Foto 070 Foto 071 Foto 072 Foto 073 Foto 074 Foto 076 Foto 075 Foto 077 Foto 078 Foto 079 Foto 080 Foto 081 Foto 082 Foto 083 Foto 084 Foto 085 Foto 086 Foto 087 Foto 088 Foto 089 Foto 090 Foto 091 Foto 092 Foto 093 Foto 094 Foto 095 Foto 097 Foto 096 Foto 098 Foto 099 Foto 100 Foto 101 Foto 102 Foto 103 Foto 104 Foto 105 Foto 106 Foto 107 Foto 108 Foto 109 Foto 110 Foto 112 Foto 111 Foto 113 Foto 114 Foto 115 Foto 116 Foto 117 Foto 118 Foto 119 Foto 120 Foto 121 Foto 122 Foto 123 Foto 124 Foto 125 Foto 126 Foto 127 Foto 128 Foto 130 Foto 129 Foto 131 Foto 132 Foto 133 Foto 134 Foto 135 Foto 136 Foto 137 Foto 138 Foto 139 Foto 140 Foto 141 Foto 142 Foto 143 Foto 144 Foto 145 Foto 146 Foto 147 Foto 148 Foto 149 Foto 150 Foto 151 Foto 152 Foto 153 Foto 154 Foto 156 Foto 155 Foto 157 Foto 158 Foto 159 Foto 160 Foto 161 Foto 162 Foto 163 Foto 164 Foto 166 Foto 165 Foto 167 Foto 168 Foto 169 Foto 171 Foto 170 Foto 172 Foto 173 Foto 174 Foto 175 Foto 176 Foto 177 Foto 178 Foto 179 Foto 180 Foto 181 Foto 182 Foto 183 Foto 185 Foto 184 Foto 186 Foto 187 Foto 188 Foto 189 Foto 190 Foto 191 Foto 192 Foto 193 Foto 194 Foto 195 Foto 196 Foto 197 Foto 198 Foto 199 Foto 200 Foto 201 Foto 202 Foto 203 Foto 204 Foto 206 Foto 208 Foto 205 Foto 207 Foto 209 Foto 210 Foto 212 Foto 211 Foto 213 Foto 214 Foto 215 Foto 216 Foto 217 Foto 218 Foto 219 Foto 220 Foto 221 Foto 223 Foto 222 Foto 224 Foto 225 Foto 227 Foto 226 Foto 228 Foto 229 Foto 230 Foto 231 Foto 232 Foto 233 Foto 234 Foto 235 Foto 236 Foto 237 Foto 238 Foto 240 Foto 239 Foto 241 Foto 242 Foto 243 Foto 244 Foto 245 Foto 246 Foto 248 Foto 247 Foto 249 Foto 250 Foto 251 Foto 252 Foto 253 Foto 254 Foto 255 Foto 256 Foto 257 Foto 258 Foto 259 Foto 260 Foto 261 Foto 262 Foto 263 Foto 264 Foto 265 Foto 266 Foto 267 Foto 268 Foto 269 Foto 270 Foto 271 Foto 272 Foto 273 Foto 275 Foto 274 Foto 276 Foto 277 Foto 278 Foto 279 Foto 280 Foto 281 Foto 282 Foto 283 Foto 284 Foto 285 Foto 286 Foto 287 Foto 288 Foto 289 Foto 290 Foto 291 Foto 292 Foto 293 Foto 294 Foto 295 Foto 296 Foto 297 Foto 298 Foto 299 Foto 261 Foto 300 Foto 301 Foto 261 Foto 302 Foto 303 Foto 304 Foto 305 Foto 306 Foto 307 Foto 261 Foto 308 Foto 309 Foto 310 Foto 311 Foto 312 Foto 313 Foto 314 Foto 315 Foto 316 Foto 317 Foto 318 Foto 319 Foto 320 Foto 321 Foto 322 Foto 323 Foto 261 Foto 324 Foto 325 Foto 326 Foto 327 Foto 328 Foto 329 Foto 331 Foto 330 Foto 332 Foto 261 Cubierta de Ia Iglesia Encuentro de las distintas cubiertas del convento Vista 1 de cubierta de 2ª planta Vista 2 de cubierta de 2ª planta Memoria de proyecto adaptada al CTE III PRESUPUESTO Memoria de proyecto adaptada al CTE RESUMEN DE PRESUPUESTO CAP. 0. DEMOLICIONES.................................................................................................. 84.870,77CAP. 1. MOVIMIENTO DE TIERRAS .................................................................................. 8.699,86CAP. 2. RED DE SANEAMIENTO ..................................................................................... 16.337,41CAP. 3. CIMENTACION Y ESTRUCTURA ........................................................................ 26.644,23CAP. 4. ALBAÑILERIA ...................................................................................................... 64.481,02CAP. 5. CUBIERTAS........................................................................................................... 12.925,42CAP. 6. CANTERIA, SOLADOS Y ALICATADOS .............................................................. 8.072,43CAP. 7. REVESTIMIENTOS CONTINUOS ......................................................................... 26.644,23CAP. 8. FALSO TECHOS ................................................................................................... 12.327,99CAP. 9. CARPINTERIA ...................................................................................................... 25.302,35CAP. 10. CERRAJERIA ......................................................................................................... 8.998,92CAP. 11. INSTALACIONES ............................................................................................... 175.605,78CAP. 13. VIDRIERIA .............................................................................................................. 4.176,27CAP. 14. VARIOS ................................................................................................................ 13.657,05CAP. 15. SEGURIDAD Y SALUD ........................................................................................ 16.254,48CAP. 16. ENSAYOS DE MATERIALES ................................................................................ 14.998,92CAP. 17. IMPREVISTOS...................................................................................................90.714,26CAP. 18. GESTION DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION..................10.214,00- PRESUPUESTO EJECUCION MATERIAL (PEM)...............................................620.921,39€ 16% DE GASTOS GENERALES .......................................................................................99.347,42€ 6% DE BENEFICIO INDUSTRIAL ..................................................................................... 37.255,28€ PRESUPUESTO EJECUCION POR CONTRATA...............................................757.524,10€ HONORARIOS TOTALES DE LOS TECNICOS.................................................108.288,18€ IVA (16%)......................................................................................................138.529,97€ TOTAL…………………………………………………………...…………………1.004.342,25 € Vila-Real, Marzo 2009 Memoria de proyecto adaptada al CTE DETALLE DE HONORARIOS DE TECNICOS Según baremo de referencia de Honorarios de los Arquitectos en trabajos de Edificación por encargo de la Administración Local, Autonómica y Estatal del COACV del año 2007 se establecen unos Honorarios acorde a los metros y al PEM de este trabajo de 84.420,47€. Se acuerda con la Administración Local que estos Honorarios sean finalmente de 72.312,64€. Así pues, se establece el siguiente desglose: A.1.- Honorarios Técnico Superior…………………………………………………………..72.312,64€ -Redacción de proyecto (70%)…………50.618,85€ -Dirección de Obra (30%)……………….21.693,79€ A.2.-Honorarios Técnico Grado Medio………………………………………………...……21.693,79€ A.3.-Seguridad y Salud (Arq. Técnico)………………………………………………………..6.508,14€ -Redacción de proyecto (30%)…………1.952,44€ -Dirección de Obra (70%)……………….4.555,70€ A.4.-Honorarios proyectos específicos de Ingeniería………………………………………7.773,61€ -Redacción de proyecto y certificado de Actividad…………………………1.727,47€ -Redacción de proyecto y certificado de la instalación de B.T.……………2.879,12€ -Redacción de proyecto y certificado de la instalación de climatización.…1.727,47€ -Redacción de proyecto y certificado de la instalación de ventilación….…1.439,56€ A.5.-HONORARIOS TOTALES……………………………………………………………….108.288,18€ Memoria de proyecto adaptada al CTE IV. PLANOS