Download Memoria Proyecto Básico Exp 000070/2010-CNT

Document related concepts

Gary Halvorson wikipedia , lookup

Escuela Oficial de Idiomas wikipedia , lookup

Casa de los Coroneles wikipedia , lookup

Absentismo laboral wikipedia , lookup

Transcript
CTACCOL-LEGI
TERRITORIAL
D’ARQUITECTES
DECASTELLÓ
&
¡¡ INFORMACIÓN: NORMAS MÍNIMAS DE PRESENTACIÓN !!
Proyecto de Edificación
Los marcadores precedidos de un asterisco (*) son los
Mar. 08
que, al menos, debe contener el Proyecto básico.
Documentación para Visado telemático
Memoria de proyecto adaptada al CTE
Hoja núm. 1
MEMORIA DEL PROYECTO BASICO
Conforme al CTE (Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el
Código Técnico de la Edificación)
PROYECTO:
MEMORIA
REHABILITACION DEL MONASTERIO DE LAS R.R. M.M. DOMINICAS
DE VILA-REAL PARA CONVERTIRLO EN ESPACIO MUSEISTICO
PROMOTOR:
IL-LUSTRISSIM AJUNTAMENT DE VILA-REAL
ARQUITECTOS:
FERNANDO PLA ESCRICHE
PEDRO A. GIL RIBES
FECHA:
ABRIL DE 2010
Memoria de proyecto adaptada al CTE
Hoja núm. 2
Hoja resumen de los datos generales:
Fase de proyecto: Básico
Título del Proyecto:
Memoria rehabilitación del monasterio de las r.r. m.m. dominicas de Vila-real para convertirlo en
espacio museístico
Emplazamiento: C/ Hospital nº3, Vila-Real. Castellón de la plana.
Usos del edificio
Uso principal del edificio:
residencial
comercial
oficinas
turístico
industrial
religioso
transporte
espectáculo
agrícola
sanitario
deportivo
educación
Usos subsidiarios del edificio:
residencial
Nº Plantas
Garajes
Sobre rasante
Locales
Otros:
2 Bajo rasante:
---
Superficies
superficie total construida s/ rasante
1.188,01 m2 superficie total
superficie total construida b/ rasante
1.188,01 m2
--- presupuesto ejecución material
1.004.342,25 €
Estadística
nueva planta
legalización
rehabilitación
reforma-ampliación
vivienda libre
VP pública
VP privada
núm. viviendas
núm. locales
núm. plazas garaje
-------
Memoria de proyecto adaptada al CTE
Hoja núm. 3
Control de contenido del proyecto:
I. MEMORIA
1. Memoria descriptiva
ME 1.1Agentes
ME 1.2Información previa
ME 1.3Descripción del proyecto
ME 1.4Prestaciones del edificio
ME 1.5Declaracion de obra completa
ME 1.6Plazo de Ejecucion
ME 1.7Periodo de garantía
ME 1.8Revision de precios
ME 1.9Clasificacion del contratista
2. Memoria constructiva
MC 2.1Sustentación del edificio
3. Cumplimiento del CTE
DB-SI 3.2 Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio
SI 1Propagación interior
SI 2 Propagación exterior
SI 3 Evacuación
SI 4 Instalaciones de protección contra incendios
SI 5 Intervención de bomberos
SI 6 Resistencia al fuego de la estructura
II. ESTUDIO FOTOGRAFICO
III- RESUMEN DE PRESUPUESTO
IV. PLANOS
Estado actual:
01.- Situación.
02.- Emplazamiento.
03.- Levantamiento topográfico.
04.- Distribución planta baja.
05.- Distribución planta primera y segunda.
06.- Cotas y superficies planta baja.
07.- Cotas y superficies planta primera.
08.- Cotas y superficies planta segunda.
09.- Propuesta de cesiones. Distribución y superficies planta baja.
10.- Propuesta de cesiones. Distribución y superficies planta 1ª y 2ª.
11.- Esquema fotográfico general.
12.- Esquema fotográfico planta baja.
13.- Esquema fotográfico planta primera.
Propuesta:
14.- Esquemas de derribo.
15.-Distribución planta baja.
16.-Distribución planta primera y segunda.
17.-Cotas y superficies planta baja.
18.- Cotas y superficies planta primera y segunda.
19.- Planta de cubiertas.
20.- Alzados y detalles.
21.-Secciones.
22.- Distribución por usos.
23.- CTE-DB-SI.
Memoria de proyecto adaptada al CTE
Hoja núm. 4
I.
MEMORIA
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 1
1. Memoria descriptiva
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 2
REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la
Edificación.( BOE núm. 74,Martes 28 marzo 2006)
1. Memoria descriptiva: Descriptiva y justificativa, que contenga la información siguiente:
1.2 Información previa*. Antecedentes y condicionantes de partida, datos del emplazamiento,
entorno físico, normativa urbanística, otras normativas, en su caso. Datos del edificio en caso de
rehabilitación, reforma o ampliación. Informes realizados.
1.3 Descripción del proyecto*. Descripción general del edificio, programa de necesidades, uso
característico del edificio y otros usos previstos, relación con el entorno.
Cumplimiento del CTE y otras normativas específicas, normas de disciplina urbanística, ordenanzas
municipales, edificabilidad, funcionalidad, etc. Descripción de la geometría del edificio, volumen,
superficies útiles y construidas, accesos y evacuación.
Descripción general de los parámetros que determinan las previsiones técnicas a considerar en el
proyecto respecto al sistema estructural (cimentación, estructura portante y estructura horizontal), el
sistema de compartimentación, el sistema envolvente, el sistema de acabados, el sistema de
acondicionamiento ambiental y el de servicios.
1.4 Prestaciones del edificio* Por requisitos básicos y en relación con las exigencias básicas del
CTE. Se indicarán en particular las acordadas entre promotor y proyectista que superen los umbrales
establecidos en el CTE.
Se establecerán las limitaciones de uso del edificio en su conjunto y de cada una de sus
dependencias e instalaciones.
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 3
Habitabilidad (Artículo 3. Requisitos básicos de la edificación. Ley 38/1999 de 5 de noviembre.
Ordenación de la Edificación. BOE núm. 266 de 6 de noviembre de 1999
1. Higiene, salud y protección del medioambiente, de tal forma que se alcancen condiciones
aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que éste no deteriore
el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de
residuos.
2. Protección contra el ruido, de tal forma que el ruido percibido no ponga en peligro la salud de las
personas y les permita realizar satisfactoriamente sus actividades.
3. Ahorro de energía y aislamiento térmico, de tal forma que se consiga un uso racional de la energía
necesaria para la adecuada utilización del edificio.
4. Otros aspectos funcionales de los elementos constructivos o de las instalaciones que permitan un
uso satisfactorio del edificio.
Seguridad (Artículo 3. Requisitos básicos de la edificación. Ley 38/1999 de 5 de noviembre.
Ordenación de la Edificación. BOE núm. 266 de 6 de noviembre de 1999
1. Seguridad estructural, de tal forma que no se produzcan en el edificio, o partes del mismo, daños
que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de
carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y
la estabilidad del edificio.
2. Seguridad en caso de incendio, de tal forma que los ocupantes puedan desalojar el edificio en
condiciones seguras, se pueda limitar la extensión del incendio dentro del propio edificio y de los
colindantes y se permita la actuación de los equipos de extinción y rescate.
3. Seguridad de utilización, de tal forma que el uso normal del edificio no suponga riesgo de
accidente para las personas.
Funcionalidad (Artículo 3. Requisitos básicos de la edificación. Ley 38/1999 de 5 de noviembre.
Ordenación de la Edificación. BOE núm. 266 de 6 de noviembre de 1999
1. Utilización, de tal forma que la disposición y las dimensiones de los espacios y la dotación de las
instalaciones faciliten la adecuada realización de las funciones previstas en el edificio.
2. Accesibilidad, de tal forma que se permita a las personas con movilidad y comunicación reducidas
el acceso y la circulación por el edificio en los términos previstos en su normativa específica.
3. Acceso a los servicios de telecomunicación, audiovisuales y de información de acuerdo con lo
establecido en su normativa específica.
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 4
1.1 Agentes:
Promotor:
Il.lustrissim Ajuntament de Vila-Real, C.I.F. P-1213500-J, Plaza Mayor nº1. Vila-Real.
Arquitectos:
Fernando José Pla Escriche. 52.944.387-C Col. 11.052 COACV
Pedro Antonio Gil Ribes. 52.945.308-K
Col. 10.655 COACV
Directores de obra:
Fernando José Pla Escriche Col. 11.052 COACV
Pedro Antonio Gil Ribes Col. 10.655 COACV
Director de la ejecución de la obra:
Manuel Bort Pérez, nº COAAT.
Seguridad y Salud
Autor del estudio: Manuel Bort Pérez, nº COAAT.
Coordinador durante la elaboración del proyecto: Manuel Bort Pérez, nº COAAT.
Coordinador durante la ejecución de la obra: Manuel Bort Pérez, nº COAAT.
1.2 Información previa:
Antecedentes y condicionantes de partida:
Se recibe por parte del promotor el encargo de la reforma-restauración del actual convento de las RR.MM. Dominicas
para la conversión de este en un espacio museístico, a su vez dividido en dos espacios museísticos diferenciados,
pudiendo funcionar ambos espacios de manera independiente.
Este edificio era de propiedad municipal y destinado antiguamente a Hospital, siendo permutado por el edificio que
poseían las R.R. M.M. Dominicas en el centro de Vila-real, y en cuyo solar se construyó parte del actual Ayuntamiento y
plaza mayor de dicha localidad.
Esta permuta data del año 1956, en este año y para adecuar el antiguo Hospital a su nuevo destino, se procedió a una
reforma y habilitación para su nuevo uso (Convento de clausura), conservando sus características principales, según el
proyecto de Adaptación , redactado por el Arquitecto D. Vicente Traver .
Desde entonces, se han realizado obras varias de conservación y modernización en el interior, así como la reforma total
del revestimiento de fachada, que data del año 1989 aproximadamente, siendo respetada en su totalidad la
configuración anterior.
El edificio a reformar además de los condicionantes inherentes a este tipo de actuación, principalmente físicos, como
puede ser elementos estructurales de difícil modificación, instalaciones que requieren grandes modificaciones, y
principalmente el edificio está considerado como bien catalogado.
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 5
Emplazamiento:
Situación
El edificio que a reformar, junto a su parte ajardinada, ocupan la totalidad de un manzana en la zona
sureste del Municipio de Vila-Real, concretamente en la calle Hospital nº3. Cuya referencia catastral
es 7546201YK4274N0001OW.
Forma
El edificio en sí, recae a la calle Hospital tiene forma rectangular, dejando la zona libre ajardinada la
parte recayente a la Avenida Pius XII, la forma del solar completo es rectangular con dos esquinas a
90 grados las recayentes a la intersección de la calle Hospital con la calle Cardenal Tarancón, y la
otra es en la intersección de la av. Pius XII con la calle Cardenal Tarancón, mientas que las esquinas
recayentes a la intersección de la Av Pius XII, con Na Violant D'Hongria y la esquina intersección de
la calle Na Violant D'Hongria con calle Hospital son achaflanadas. Las dimensiones aproximadas del
suelo que ocupa el edificio a reformar es aproximadamente de 32x34 metros, y el solar en si las
dimensiones son aproximadamente de 92x55m.
Orientación
La parcela cuenta con las cuatro orientaciones, disponiendo de un eje de avenida Pius XII a calle
Hospital que sería un eje noroeste-sureste y el otro eje entre la calle Cardenal Tarancón y calle Reina
Na Violant de Hongria sería el eje suroeste-noreste. La edificación a reformar en concreto su fachada
da a cara noroeste.
Topografía
La parcela presenta una ligera pendiente en la dirección oeste-este y en la dirección sur-norte.
Siendo la parte oeste y sur más elevada que la parte este y norte respectivamente.
Lindes
La superficie de la parcela es de 2.911 m
2
NORTE: Calle Cardenal Tarancón, datos proporcionados por Planos catastrales del
ilustrísimo ayuntamiento de Vila-Real
SUR: Calle Reina Na Violant D'Hongria, datos proporcionados por Planos catastrales del
ilustrísimo ayuntamiento de Vila-Real
ESTE: Av Pius XII, datos proporcionados por Planos catastrales del ilustrísimo
ayuntamiento de Vila-Real
OESTE: Calle Hospital, datos proporcionados por Planos catastrales del ilustrísimo
ayuntamiento de Vila-Real
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 6
Entorno físico: La parcela de referencia, de forma rectangular, está situada entre medianeras, con su única fachada
orientada al Este.
Normativa urbanística: Es de aplicación el PGMOU de Vila-Real, aprobado con fecha 23 de febrero de 1993, con
última modificación publicado en el B.O.P. de 26 de febrero de 2009,
Normativa de obligado cumplimiento:
NORMATIVA TÉCNICA APLICABLE
ÍNDICE DE MATERIAS
1. Abastecimiento de Agua Vertido y Depuración
2. Acciones en la Edificación
3. Actividades Recreativas
4. Aislamiento
5. Aparatos Elevadores
6. Aparatos a Presión
7. Audiovisuales, Antenas y Telecomunicaciones
8. Barreras Arquitectónicas
9. Blindajes
10. Calefacción, Climatización y Agua Caliente Sanitaria
11. Cales
12. Carpintería
13. Casilleros Postales
2. Acciones en la Edificación
15. Cimentaciones
16. Combustibles
17. Consumidores
18. Control de Calidad
19. Cubiertas e Impermeabilizaciones
20. Electricidad e Iluminación
21. Estadística
22. Estructuras de Acero
23. Estructuras de Fábrica
24. Estructuras Forjados
25. Estructuras de Hormigón
2. Acciones en la Edificación
27. Fontanería
28. Habitabilidad
29. Instalaciones Especiales
30. Medio Ambiente e Impacto Ambiental
31. Protección contra Incendios
32. Proyectos
33. Residuos
1. ABASTECIMIENTO DE AGUA, VERTIDO Y DEPURACIÓN
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HS 4 SALUBRIDAD, SUMINISTRO DE AGUA
- REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
- B.O.E: 28 de marzo de 2006
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HS 5 SALUBRIDAD, EVACUACIÓN DE AGUAS
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 7
-
REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
B.O.E: 28 de marzo de 2006
CONTADORES DE AGUA FRÍA.
- ORDEN de 28-DIC-88, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
- B.O.E.: 6-MAR-89
CONTADORES DE AGUA CALIENTE.
- ORDEN de 30-DIC-88, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
- B.O.E.: 30-ENE-89
NORMAS PROVISIONALES SOBRE INSTALACIONES DEPURADORAS Y VERTIDO DE AGUAS RESIDUALES AL MAR.
- RESOLUCIÓN de 23-ABR-69 de la Dirección General de Puertos y Señales Marítimas
- B.O.E.: 20-JUN-69
- Corrección errores: 4-AGO-69
TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE AGUAS.
- REAL DECRETO de 20-JUL-01, del Ministerio de Medio Ambiente
- B.O.E.: 24-JUL-01
2. ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB SE AE SEGURIDAD ESTRUCTURAL, ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN
- REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
B.O.E: 28 de marzo de 2006
NORMA DE CONSTRUCCIÓN SISMORRESISTENTE: PARTE GENERAL Y EDIFICACIÓN (NCSR-02).
- REAL DECRETO 997/2002, de 27-SEP, del Ministerio de Fomento.
- B.O.E.: 11-OCT-02
3. ACTIVIDADES RECREATIVAS
REGLAMENTO GENERAL DE POLICIA DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS.
- REAL DECRETO 2816/82 del Ministerio del Interior de 27-AGO-82.
- B.O. E. 6-NOV-82
- Corrección de errores:
- 29-NOV-82 y 1-OCT-83
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN Deroga los artículos 2 al 9, ambos inclusive, y 20 a 23, ambos inclusive, excepto el apartado 2 del artículo
20 y el apartado 3 del artículo 22 del reglamento anterior.
- REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
- B.O.E: 28 de marzo de 2006
4. AISLAMIENTO
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
DB HE 1 AHORRO DE ENERGÍA, LIMITACIÓN DE DEMANDA ENERGÉTICA
- REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
- B.O.E: 28 de marzo de 2006
NORMA BÁSICA NBE-CA-88 SOBRE CONDICIONES ACÚSTICAS DE LOS EDIFICIOS ACLARACIONES Y CORRECCIÓNES DE LOS
ANEXOS DE LA NBE-CA-82.
- ORDEN de 29-SEP-88, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.
- B.O.E.: 8-OCT-88.
Modifica la NORMA BÁSICA NBE-CA-82 SOBRE CONDICIONES ACÚSTICAS DE LOS EDIFICIOS
- REAL DECRETO 2115/1982, de 12-AGO, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
- B.O.E.: 3-SEP-82
- Corrección errores: 7-OCT-82
Modifica la NORMA BÁSICA NBE-CA-81 SOBRE CONDICIONES ACÚSTICAS DE LOS EDIFICIOS
- REAL DECRETO 1909/1981, de 24-JUL, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
- B.O.E.: 7-SEP-81
LEY DEL RUIDO.
LEY 37/2003 de Jefatura del Estado, de 17 de Noviembre, del Ruido.
- B.O.E.: 18.11.2003
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 8
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE POLIESTIRENO EXPANDIDO PARA AISLAMIENTO TÉRMICO Y SU HOMOLOGACIÓN.
- REAL DECRETO 2709/1985, de 27-DIC, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 15-MAR-86
- Corrección de errores: 5-JUN-86
POLIESTIRENOS EXPANDIDOS.
- ORDEN de 23-MAR-99. del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 5-ABR-99
- Modifica especificaciones técnicas de R.D. 2709/85
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE PRODUCTOS DE FIBRA DE VIDRIO PARA AISLAMIENTO TÉRMICO Y SU HOMOLOGACIÓN.
- REAL DECRETO 1637/1986, de 13-JUN, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 5-AGO-86
- Corrección errores: 27-OCT-86
5.APARATOS ELEVADORES
DISPOSICIONES DE APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO 95/16/CE SOBRE ASCENSORES.
- REAL DECRETO 1314/1997 de 01-AGO-97, del Parlamento Europeo y del Consejo 95/19/CE
- B.O.E.: 30-SEP-97
- Corrección de errores: B.O.E.- 28-JUL-98
INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIE-AEM1, REFERENTE A ASCENSORES ELECTRO-MECÁNICOS.
- ORDEN de 23-SEP-87, del Ministerio de Industria y Energía (art. 10 a 15, 19 y 23)
- B.O.E.: 6-OCT-87
- Corrección errores: 12-MAY-88
PRESCRIPCIONES TÉCNICAS NO PREVISTAS EN LA ITC -MIE-AEMI, DEL REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACIÓN Y SU
MANUTENCIÓN.
- RESOLUCIÓN de 27-ABR-92, de la Dirección General de Política Tecnológica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
- B.O.E.: 15-MAY-92
MODIFICACIÓN DE LA ITC-MIE-AEM1, REFERENTE A ASCENSORES ELECTROMECÁNICOS.
- ORDEN de 12-SEP-91, del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. ART. 10 a 15, 19 y 23.
- B.O.E.: 17-SEP-91
- Corrección errores: 12-OCT-91
ASCENSORES SIN CUARTOS DE MÁQUINAS.
- RESOLUCIÓN de 3-ABRL-97. de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial
- B.O.E.: 23-ABR-97
- Corrección de errores: 23-MAY-97
APARATOS ELEVADORES HIDRAULICOS.
- ORDEN de 30-JUL-74. del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 9-AGO-74
ASCENSORES CON MÁQUINA EN FOSO
- RESOLUCIÓN de 10-SEP-98, de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial
- B.O.E.: 25-SEP-98
GRUAS.
- REAL DECRETO 836/2003 de 27 de Junio
- Corrección de errores: B.O.E.: 23.01.2004.
6. APARATOS A PRESIÓN
REGLAMENTO DE APARATOS A PRESIÓN.
- REAL DECRETO 1244/1979, de 4-ABR, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 29-MAY-79
- Corrección errores: 28-JUN-79
- Corrección errores: 24-ENE-91
MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 6, 9,19, 20 y 22 DEL REGLAMENTO DE APARATOS A PRESIÓN.
- REAL DECRETO 1504/1990, de 23-NOV, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 28-NOV-90
- Corrección de errores: 24-ENE-91
INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIE-AP1. CALDERAS, ECONOMIZADORES Y OTROS APARATOS.
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 9
-
ORDEN de 17-MAR-81, del Ministerio de Industria v Energía
B.O.E.: 8-ABR-81
Corrección errores: 22-DIC-81
MODIFICACIÓN DE LA ITC-MIE-AP1 ANTERIOR.
- ORDEN de 28-MAR-85, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 13-ABR-85
ITC-MIE-AP2. TUBERÍAS PARA FLUÍDOS RELATIVOS A CALDERAS.
- ORDEN de 6-OCT-80, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 4-NOV-80
DISPOSICIONES DE APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA 76/767/CEE SOBRE APARATOS A PRESION.
- Real Decreto 473/88 de 30-MAR-88
- B.O.E.: 20-MAY-88
DISPOSICIONES DE APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA 87/404/CEE, SOBRE RECIPIENTES A PRESION SIMPLES.
- Real Decreto 1495/1991 del Mº de Industria y Energía de 11-OCT-91
- B.O.E.: 15-OCT-91
- Corrección de errores: 25-NOV-91
MODIFICACION DEL REAL DECRETO 1495/1991 .
- Real Decreto 2486/94 del Mº de Industria y Energía de 23-DIC-94
- B.O.E.: 24-ENE-95
7. AUDIOVISUALES Y ANTENAS
INFRAESTRUCTURAS COMUNES EN EDIFICIOS PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.
- LEY 1/1998, de 27-FEB, de la Jefatura del Estado
- B.O.E. 28-FEB-98
TELECOMUNICACIONES. REGLAMENTO. INFRAESTRUCTURAS COMUNES.
- REAL DECRETO 401/2003, de 04-ABR, del Ministerio de Ciencia y Tecnología.
- B.O.E.: 14-MAY-03
TELECOMUNICACIONES. DESARROLLO DEL REGLAMENTO. INFRAESTRUCTURAS COMUNES.
- ORDEN CTE 1296/2003, de 14-MAY, del Ministerio de Ciencia y Tecnología.
- B.O.E.: 27-MAY-03
GENERAL DE TELECOMUNICACIONES.
- LEY 11/98 de la Jefatura del Estado de 24-ABR-98
- B.O.E.: 25-ABR-98
TELECOMUNICACIONES POR SATELITE.
- REAL DECRETO 136/97 del Mº de Fomento de 31-ENE-97
- B.O.E.: 1-FEB-97
- Corrección de errores: 14-FEB-97
LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES.
- LEY 32/2003, de 3 de Noviembre, de Jefatura del Estado, General de Telecomunicaciones.
- B.O.E.: 04.11.2003.
8. BARRERAS ARQUITECTÓNICAS
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB SU SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN
- REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
- B.O.E: 28 de marzo de 2006
MEDIDAS MÍNIMAS SOBRE ACCESIBILIDAD EN LOS EDIFICIOS.
- REAL DECRETO 556/1989, de 19-MAY. del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
- B.O.E.: 23-MAY-89
RESERVA Y SITUACIÓN DE LAS V.P.O. DESTINADAS A MINUSVÁLIDOS.
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 10
-
REAL DECRETO 355/1980, de 25-ENE. del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
B.O.E.: 28-FEB-80
ACCESOS, APARATOS ELEVADORES Y CONDICIONES DE LAS VIVIENDAS PARA MINUSVÁLIDOS EN VIVIENDAS DE PROTECCIÓN
OFICIAL.
- ORDEN de 3-MAR-80, del Ministerio de Obras; Públicas y Urbanismo
- B.O.E.: 10-MAR-80
INTEGRACIÓN SOCIAL DE MINUSVALIDOS (Titulo IX, Artículos 54 a 61).
- LEY 13/1982, de 7-ABR ·
- B.O.E.: 30-ABR-82
9. BLINDAJES
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS TIPOS DE "BLINDAJES TRANSPARENTES O TRANSLÚCIDOS” PARA SU HOMOLOGACIÓN
POR EL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÌA.
- Orden de 13-MAR-86, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E. de 08-ABR-86.
10. CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN, AGUA CALIENTE SANITARIA Y GAS
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
DB HE 4 AHORRO DE ENERGÍA, CONTRIBUCIÓN SOLAR MÍNIMA DE AGUA CALIENTE SANITARIA
- REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
- B.O.E: 28 de marzo de 2006
REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS (RITE) (CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN Y AGUA CALIENTE
SANITARIA) E I.T.C.
- REAL DECRETO 1751/1998, de 31-JUL, del Ministerio de Presidencia.
- B.O.E.: 5-AGO-98
NORMAS TÉCNICAS DE RADIADORES CONVECTORES DE CALEFACCIÓN POR FLUIDOS Y SU HOMOLOGACIÓN.
- REAL DECRETO 3089/1982, de 15-OCT, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 22-NOV-82
NORMAS TÉCNICAS SOBRE ENSAYOS PARA HOMOLOGACIÓN DE RADIADORES Y CONVECTORES POR MEDIO DE FLUÏDOS.
- ORDEN de 10-FEB-83, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 15-FEB-83
COMPLEMENTO DE LAS NORMAS TÉCNICAS ANTERIORES (HOMOLOGACIÓN DE RADIADORES).
- REAL DECRETO 363/1984, DE 22-FEB, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 25-FEB-84
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE CHIMENEAS MODULARES METÁLICAS Y SU HOMOLOGACIÓN.
- REAL DECRETO 2532/1985, de 18-DIC, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 3-ENE-86
- Corrección errores: 27-FEB-86
CRITERIOS SANITARIOS PARA A PREVENCIÓN DA CONTAMINACIÓN POR LEGIONELLA NAS INSTALACIONS TERMICAS
- DECRETO 9/2001 de 11-ENE
- D.O.G 15-ENE-2001
CRITERIOS HIGIÉNICO-SANITARIOS PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA LEGIONELOSIS.
- REAL DECRETO 909/2001, de 27-JUL-01 del Ministerio de Sanidad y Consumo.
- B.O.E.: 28-JUL-01
11. CALES
INSTRUCCIÓN PARA LA RECEPCIÓN DE CALES EN OBRAS DE ESTABILIZACIÓN DE SUELO RCA-92.
- Orden de 18-DIC-92 del Mº de Obras Publicas y T.
- B.O.E. 26-DIC-92.
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 11
12. CARPINTERÍA
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE PERFILES EXTRUÍDOS DE ALUMINIO Y SUS ALEACIONES Y SU HOMOLOGACIÓN.
- REAL DECRETO 2699/1985, de 27-DIC, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 22-FEB-86
13. CASILLEROS POSTALES
REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE CORREOS.
- DECRETO 1653/1964, de 4-MAY, del Ministerio de la Gobernación
- B.O.E.: 9-JUN-64
- Corrección de errores: 9-JUL-64
- MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE CORREOS.
- ORDEN de 14-AGO-71 del Ministerio de Gobernación
- B.O.E.:3-SEP-71
14. CEMENTOS
CEMENTOS.R-C 03
- REAL DECRETO 1797/2003 del Ministerio de la Presidencia, de 26 de Diciembre.
- B.O.E.;16.01.2004
OBLIGATORIEDAD DE HOMOLOGACIÓN DE LOS CEMENTOS PARA LA FABRICACIÓN DE HORMIGONES Y MORTEROS.
- REAL DECRETO 1313/1988, de 28-OCT, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 4-NOV-88
MODIFICACIÓN DE LAS NORMAS UNE DEL ANEXO AL R.D.1313/1988, de 28 de OCTUBRE, SOBRE OBLIGATORIEDAD DE
HOMOLOGACIÓN DE CEMENTOS .
ORDEN de 28-JUN-89, del Ministerio de Relaciones con las Cortes v con la Secretaría del Gobierno
- B.O.E.: 30-JUN-89
MODIFICACIÓN DE LA ORDEN ANTERIOR (28-JUN-89).
- ORDEN de 28-DIC-89, del Ministerio de Relaciones con las Cortes y con la Secretaría del Gobierno
- B.O.E.: 29-DIC-89
MODIFICACIÓN DEL ANEXO DEL R. D. 1313/1988 ANTERIOR.
- ORDEN de 4-FEB-92, del Ministerio de Relaciones con las Cortes y con la Secretaría del Gobierno
- B.O.E.: 11-FEB-92
15. CIMENTACIONES
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB SE-C SEGURIDAD ESTRUCTURAL, CIMIENTOS
- REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
- B.O.E: 28 de marzo de 2006
16. COMBUSTIBLES
REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE GAS EN LOCALES DESTINADOS A USOS DOMÉSTICOS, COLECTIVOS O COMERCIALES.
- REAL DECRETO 1853/1993, de 27-OCT. del Ministerio de la Presidencia
- B.O.E.: 24-NOV-93
- Corrección errores: 8-MAR-94
INSTRUCCIÓN SOBRE DOCUMENTACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE LAS INSTALACIONES RECEPTORAS DE GASES
COMBUSTIBLES.
- ORDEN de 17-DIC-85, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 9-ENE-86
- Corrección errores: 26-ABR-86
- D.O.G. 8-FEB-06
REGLAMENTO SOBRE INSTALACIONES DE ALMACENAMIENTO DE GASES LICUADOS DEL PETRÓLEO (GLP) EN DEPÓSITOS FIJOS.
- ORDEN de 29-ENE-86, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 22-FEB-86
- Corrección errores: 10-JUN-86
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 12
REGLAMENTO DE REDES Y ACOMETIDAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS E INSTRUCCIONES.
"MIG"
- ORDEN de 18-NOV-74, del Ministerio de Industria
- B.O.E.: 6-DIC-74
MODIFICACIÓN DE LOS PUNTOS 5.1 y 6.1 DEL REGLAMENTO ANTES CITADO.
- ORDEN de 26-OCT-83, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 8-NOV-83
- Corrección errores: 23-JUL-84
MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIG-5.1, 5.2, 5.5 y 6.2.
- ORDEN de 6-JUL-84, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 23-JUL-84
MODIFICACION DEL APARTADO 3.2.1.
- B.O.E.: 21-MAR-94
MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIG-R.7.1, ITC-MIG-R.7.2.
- ORDEN de 29-MAY-98, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 11-JUN-98.
REGLAMENTO DE APARATOS QUE UTILIZAN COMBUSTIBLES GASEOSOS.
- REAL DECRETO 494/1988, de 20-MAY, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 25-MAY-88
- Corrección errores: 21-JUL-88
INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIE-AG 1 a 9 y 11 a 14.
- ORDEN de 7-JUN-88, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 20-JUN-88
MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIE-AG 1 Y 2.
- ORDEN de 17-NOV-88, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 29-NOV-88
MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIE-AG 7.
- ORDEN de 20-JUL-90. del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 8-AGO-90
MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MIE-:AG 6 y 11.
- ORDEN de 15-FEB-91, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 26-FEB-91
INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-MlE-AG 10, 15, 16, 18 y 20.
- ORDEN de 15-DIC-88, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 27-DIC-88
INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS MI-IP 03 “INSTALACIONES PETROLIFERAS PARA USO PROPIO”
- REAL DECRETO 1427/1997, de 15-SEP, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 23-OCT-97
- Corrección de errores: 24-ENE-98
- RESOLUCIÓN de 24-FEB-99 de la Consellería de Industria y Comercio.
- D.O.G.: 15-MAR-99
- NUEVO PLAZO HASTA 23-ABR-00
DEPÓSITOS DE ALMACENAMIENTO DE LÍQUIDOS PETROLIFEROS.
- REAL DECRETO 1562/1998, de 17-JUL, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 8-AGO-97
- MODIFICA LA INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MI-IPO2 “PARQUES DE ALMACENAMIENTO DE LÍQUIDOS
PETROLÍFEROS”.
- Corrección de Errores. B.O.E.: 20-NOV-98.
MODIFICACIÓN DEL R.D.1428/1992 DE APLICACIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS 92/42/CEE, SOBRE APARATOS DE GAS.
- REAL DECRETO 276/1995, de 24-FEB-95 del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 27-MAR-95
APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA DEL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS 90\396\CEE, SOBRE RENDIMIENTO PARA LAS
CALDERAS NUEVAS DE AGUA CALIENTE ALIMENTADAS POR COMBUSTIBLES LÍQUIDOS O GASEOSOS.
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 13
-
REAL DECRETO 275/1995, de 24-FEB, del Ministerio de Industria y Energía
B.O.E.: 27-MAR-95
Corrección erratas: 26-MAY-95
APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA DEL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS 90/42/CEE, SOBRE APARATOS DE GAS.
- REAL DECRETO 1428/1992, de 27-NOV, del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
- B.O.E.: 5-DIC-92
- Corrección de errores: 27-ENE-93
17. CONSUMIDORES
DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS.
- Ley 26/84 de 19-JUL-84 de Jefatura del Estado.
- B.O.E. 21-JUL-84.
18. CONTROL DE CALIDAD
ORGANISMOS DE CONTROL AUTORIZADOS. INFORMACIÓN QUE DEBEN CONTENER LOS DOCUMENTOS EMITIDOS.
- ORDEN 24-JUN-03 401/2003, de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio.
- D.O.G.: 04-JUN-03
19. CUBIERTAS E IMPERMEABILIZACIONES
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HS 1 SALUBRIDAD, PROTECCIÓN FRENTE A LA HUMEDAD
- REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
- B.O.E: 28 de marzo de 2006
HOMOLOGACIÓN DE LOS "PRODUCTOS BITUMINOSOS PARA IMPERMEABILIZACIÓN DE CUBIERTAS EN LA EDIFICACIÓN".
- Orden 12-MAR-86 del Ministerio de Industria.
- B.O.E. de 22-MAR-86.
20. ELECTRICIDAD E ILUMINACIÓN
REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN. "REBT"
- DECRETO 842/2002, de 2-AGO, del Ministerio de Ciencia y Tecnología
- B.O.E.: 18-SEP-02
- Entra en vigor: 18-SEP-03
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
DB HE 5 AHORRO DE ENERGÍA, CONTRIBUCIÓN FOTOVOLTAICA MÍNIMA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
- REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
- B.O.E: 28 de marzo de 2006
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
DB HE 3 EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN
- REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
- B.O.E: 28 de marzo de 2006
DISTANCIAS A LÍNEAS ELÉCTRICAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA.
- REAL DECRETO 195/2000 de 1-DIC-00.
- B.O.E. 27-DIC-00
AUTORIZACIÓN PARA EL EMPLEO DE SISTEMAS DE INSTALACIONES CON CONDUCTORES AISLADOS BAJO CANALES
PROTECTORES DE MATERIAL PLÁSTICO.
- RESOLUCIÓN de 18-ENE-88, de la Dirección General de Innovación Industrial
- B.O.E.: 19-FEB-88
REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES TÉCNICAS Y GARANTÍAS DE SEGURIDAD EN CENTRALES ELÉCTRICAS Y CENTROS DE
TRANSFORMIACIÓN.
- REAL DECRETO 3275/1982, de 12-NOV, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 1-DIC-82
- Corrección errores: 18-ENE-83
INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMIENTARIAS "MIE-RAT" DEL REGLAMENTO ANTES CITADO.
- ORDEN de 6-JUL-84, del Ministerio de Industria y Energía
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 14
-
B.O.E.: 1-AGO-84
MODIFICACIÓN DE LAS "ITC-MIE-RAT" 1, 2, 7, 9,15,16,17 y 18.
- B.O.E.: 5-JUL-88
- ORDEN de 23-JUN-88, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.:5-JUL-88
- Corrección errores: 3-OCT-88
COMPLEMENTO DE LA ITC "MIE-RAT" 20.
- ORDEN de 18-OCT-84, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.:25-OCT-84
DESARROLLO Y CUMPLEMIENTO DEL REAL DECRETO 7/1988 DE 8-ENE, SOBRE EXIGENCIAS DE SEGURIDAD DE MATERIAL
ELÉCTRICO.
- ORDEN de 6-JUN-89, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 21-JUN-89
- Corrección errores: 3-MAR-88
REGLAMENTO DE CONTADORES DE USO CORRIENTE CLASE 2.
- REAL DECRETO 875/1984, de 28-MAR, de la Presidencia del Gobierno
- B.O.E.: 12-MAY-84
- Corrección errores: 22-OCT-84
CONDICIONES TÉCNICAS ESPECÍFICAS DE DISEÑO Y MANTENIMIENTO A LAS QUE SE DEBERÁN SOMETER LAS INSTALACIONES
ELÉCTRICAS DE DISTRIBUCIÓN.
- DECRETO 275/2001 de 4-OCT-01 de la Consellería de Industria y Comercio.
- D.O.G..: 25-OCT-01
21. ESTADÍSTICA
ELABORACIÓN DE ESTADISTICA DE LA EDÍFICACION Y LA VIVIENDA.
- DECRETO 69/89 de 31-MAR-89
- D.O.G. 16-MAY-89.
- Modificación LEY 7/1993 de Ministerio de Cultura D.O.G. 14-JUN-1993.
22. ESTRUCTURAS DE ACERO
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB SE A SEGURIDAD ESTRUCTURAL, ACERO
- REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
- B.O.E: 28 de marzo de 2006
23. ESTRUCTURAS DE FÁBRICA
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB SE-F SEGURIDAD ESTRUCTURAL, FÁBRICA
- REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
- B.O.E: 28 de marzo de 2006
PLIEGO GENERAL DE CONDICIONES PARA LA RECEPCIÓN DE LADRILLOS CERÁMICOS EN LAS OBRAS "RL-88".
- ORDEN de 27-JUL-88, del Ministerio de Relaciones con las Cortes y con la Secretaría del Gobierno
- B.O.E.: 3-AGO-88
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES PARA LA RECEPCIÓN DE BLOQUES EN OBRAS (RB-90).
- ORDEN de 04-JUL-90.
- B.O.E.: 11-JUL-90
24. ESTRUCTURAS FORJADOS
FABRICACIÓN Y EMPLEO DE ELEMENTOS RESISTENTES PARA PISOS Y CUBIERTAS.
- REAL DECRETO 1630/1980, de 18-JUL, de la Presidencia del Gobierno
- B.O.E.: 8-AGO-80
MODIFICACIÓN DE FICHAS TÉCNICAS A QUE SE REFIERE EL REAL DECRETO ANTERIOR SOBRE AUTORIZACIÓN DE USO PARA LA
FABRICACIÓN Y EMPLEO DE ELEMENTOS RESISTENTES DE PISOS Y CUBIERTAS.
- ORDEN de 29-NOV-89. del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
- B.O.E.: 16-DIC-89
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 15
ALAMBRES TREFILADOS LISOS Y CORRUGADOS PARA MALLAS ELECTROSOLDADAS Y VIGUETAS SEMIRRESISTENTES DE
HORMIGÓN ARMADO PARA LA CONSTRUCCIÓN.
- REAL DECRETO 2702/1985, de 18-DIC, del Ministerio de Industria y Energía.
- B.O.E.: 28-FEB-86
ACTUALIZACIÓN DE LAS FICHAS DE AUTORIZACIÓN DE USO DE SISTEMAS DE FORJADOS.
- RESOLUCION DE 30-ENE-97 del Mº de Fomento.
- B.O.E.: 6-MAR-97
INSTRUCCIONES PARA EL PROYECTO Y LA EJECUCIÓN DE FORJADOS UNIDIRECCIONALES DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL
REALIZADOS CON ELEMENTOS PREFABRICADOS (EFHE).
- REAL DECRETO 642/2002, de 5-JUL, del Ministerio de Fomento.
- B.O.E.: 06-AGO-02
- Entra en vigor: 06-FEB-03 (Deroga “EF-96”)
25. ESTRUCTURAS DE HORMIGÓN
INSTRUCCIÓN DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL (EHE).
- REAL DECRETO 2661/1998, de 11-DIC, del Ministerio de Fomento.
- B.O.E.:13-ENE-99.
ARMADURAS ACTIVAS DE ACERO PARA HORMIGÓN PRETENSADO.
- REAL DECRETO 2365/1985. de 20-NOV, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.:21-DIC-85
26. ESTRUCTURAS DE MADERA
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB SE-M SEGURIDAD ESTRUCTURAL, MADERA
- REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
- B.O.E: 28 de marzo de 2006
27. FONTANERÍA
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HS 4 SALUBRIDAD, SUMINISTRO DE AGUA
- REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
- B.O.E: 28 de marzo de 2006
NORMAS TÉCNICAS SOBRE GRIFERÍA SANITARIA PARA LOCALES DE HIGIENE CORPORAL, COCINAS Y LAVADEROS Y SU
HOMOLOGACIÓN.
- REAL DECRETO 358/1985, de 23-ENE, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 22-MAR-85
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS APARATOS SANITARIOS CERÁMICOS PARA LOS LOCALES ANTES CITADOS.
- ORDEN de 14-MAY-86, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.:·4-JUL-86
MODIFICADO POR: ESPECIFICACIO-NES TÉCNICAS DE LOS APARATOS SANITARIOS CERÁMICOS PARA COCINAS Y LAVADEROS.
- ORDEN de 23-DIC-86, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 21-ENE-87
NORMAS TÉCNICAS SOBRE CONDICIONES PARA HOMOLOGACIÓN DE GRIFERÍAS.
- ORDEN de 15-ABR-85, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 20-ABR-85
- Corrección de errores: 27-ABR-85
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE SOLDADURAS BLANDAS ESTAÑO-PLATA Y SU HOMOLOGACIÓN.
- REAL DECRETO 2708/1985, del 27-DIC, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 15-MAR-86
- Corrección de errores: 10-MAY-86
28. HABITABILIDAD
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
DB SU SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 16
DB HS-3 SALUBRIDAD, CALIDAD DEL AIRE INTERIOR
- REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
- B.O.E: 28 de marzo de 2006
HD-91. Normas de habitabilidad y diseño de la Comunidad Valenciana
Decreto 85/1989, de 12 de Junio. Consell de la Generalitat Valenciana.
D.O.G.V. 22 de mayo 91.
29. INSTALACIONES ESPECIALES.
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB SU-8 SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN, SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR LA
ACCIÓN DEL RAYO
- REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
- B.O.E: 28 de marzo de 2006
PROHIBICIÓN DE PARARRAYOS RADIACTIVOS.
- REAL DECRETO 1428/1986, de 13-JUN, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 11-JUL-86
MODIFICACIÓN DEL R.D.1428/1986, de 13-JUN. CONCESIÓN PLAZO DE 2 AÑOS PARA RETIRADA CABEZALES DE LOS PARARRAYOS
RADIACTIVOS.
- REAL DECRETO 903/ 1987. de 13-JUL, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 11-JUL-87
RECTIFICACIÓN DE LA TABLA I DE LA MI-IF004 DE LA ORDEN DE 24-ABR-96,MODIFICACIÓN DE LAS I.T.C. MI-IF002, MI-IF004, MIIF008, MI-IF009 Y MI-IF010 DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA PLANTAS E INSTALACIONES FRIGORÍFICAS.
- ORDEN de 26-FEB-97, del Ministerio de Industria.
- B.O.E.: 11-MAR-97
PLANTAS E INSTALACIONES FRIGORÍFICAS. Modificación de las I.T.C. MI-IF002, MI-IF004 y MI-IF009 del Reglamento de Seguridad para
plantas e instalaciones Frigoríficas.
- ORDEN de 23-DIC-98, del Ministerio de Industria.
- B.O.E.: 12-ENE-99
MODIFICACIÓN DE LAS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS MI-IF002, MI-IF004 y MI-IF009 del Reglamento de Seguridad
para plantas e instalaciones Frigoríficas.
- ORDEN de 29-NOV-01, del Ministerio de Ciencia y Tecnología.
- B.O.E.: 07-DIC-01
INSTALACIONES DE TRANSPORTE DE PERSONAS POR CABLE.
- REAL DECRETO 596/2002 de 28-JUN, del Ministerio de Presidencia.
- B.O.E.: 09-JUN-02
30. MEDIO AMBIENTE E IMPACTO AMBIENTAL
REGLAMENTO DE ACTIVIDADES MOLESTAS, INSALUBRES, NOCIVAS Y PELIGROSAS.
- DECRETO 2414/1961, de 30-NOV
- B.O.E.: 7-DIC-6I
- Corrección errores: 7-MAR-62
INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA APLICACIÓN DEL REGLAMENTO ANTES CITADO.
- ORDEN de 15-MAR-63, del Ministerio de la Gobernación
- B.O.E.: 2-ABR-63
PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE ATMOSFÉRICO.
- LEY 38/1972, de 22-DIC, de la Jefatura del Estado
- B.O.E.: 26-DIC-72
DESARROLLO DE LA LEY ANTERIOR.
DECRETO 833/1975, de 6-FEB, del Ministerio de Planificación del Desarrollo
- B.O.E.: 22-ABR-75
- Corrección errores: 9-JUN-75
MODIFICACIÓN DEL DECRETO ANTERIOR.
- REAL DECRETO 547/1979, de 20-FEB, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 23-MAR-79
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 17
EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL.
- REAL. DECRETO LEGISLATIVO 1302/1986, de 26-JUN-86
- B.O.E.: 30-JUN-86
REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DEL REAL DECRETO ANTERIOR.
- REAL DECRETO 1131/1988, de 30-SEP
- B.O.E.: 5-OCT-88
MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 1302/1986 DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
- REAL DECRETO LEY 9/2000, de 6-OCT-2000
- B.O.E. 7-OCT-2000
MODIFICACIÓN DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 1302/1986 DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
-
LEY 6/2001, de 8-MAY-2000
B.O.E. 9-MAY-2001
EMISIONES SONORAS EN EL ENTORNO DEBIDAS A DETERMINADAS MÁQUINAS DE USO AL AIRE LIBRE
- REAL DECRETO 212/2002, de 22-FEB
- B.O.E.: 01-MAR-02
MODIFICA EL REAL DECRETO 212/2002 POR EL QUE SE REGULAN LAS EMISIONES SONORAS EN EL ENTORNO DEBIDAS A
DETERMINADAS MÁQUINAS DE USO AL AIRE LIBRE
-
REAL DECRETO 524/2006, de 28-ABR
B.O.E.: 04-MAY-06
CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA.
- LEY 9/2001, de 21-AGO-01. Consellería de la Presidencia.
- D.O.G.: 04-SEP-01
REGLAMENTO QUE ESTABLECE CONDICIONES DE PROTECCIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO RADIOELÉCTRICO, RESTRICCIONES A
LAS EMISIONES RADIOELÉCTRICAS Y MEDIDAS DE PROTECCIÓN SANITARIA FRENTE A EMISIONES RADIOELÉCTRICAS.
- REAL DECRETO 1066/2001, de 28-SEP-01. Ministerio de la Presidencia.
- B.O.E.: 29-SEP-01
LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL INTEGRADOS DE LA CONTAMINACIÓN.
- LEY 16/2002, de 01-JUL-02
- B.O.E.: 02-JUL-02
LEY DE PROTECCIÓN DEL AMBIENTE ATMOSFÉRICO DE GALICIA.
- LEY 8/2002, de 18-DIC-02
- B.O.E.: 21-ENE-03
MEDIO AMBIENTE. OZONO EN EL AMBIENTE.
- REAL DECRETO 1796/2003, de 26 de Diciembre del Ministerio de la Presidencia.
- B.O.E.:13.01.2004
31. PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
DB SI SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO
- REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
- B.O.E: 28 de marzo de 2006
REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES
- REAL DECRETO 2267/2004, de 3 de diciembre del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
- BOE: 17-DIC-2004
REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS.
- REAL DECRETO 1942/1993, de 5-NOV, del Ministerio de Industria y Energía
- B.O.E.: 14-DIC-93
- Corrección de errores: 7-MAY-94
PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. EXTINTORES. REGLAMENTO DE INSTALACIONES
- ORDEN 16-ABR-1998, del Ministerio de Industria y Energía
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 18
-
B.O.E.: 28-ABR-98
32. PROYECTOS
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
- REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
- B.O.E: 28 de marzo de 2006
LEY DE ORDENACIÓN DE LA EDIFICACIÓN.
- Ley 38/98 de 5-NOV-98
- B.O.E. 06-JUN-99
NORMAS SOBRE REDACCIÓN DE PROYECTOS Y DIRECCIÓN DE OBRAS DE EDIFICACIÓN.
- DECRETO 462/71 de 11-MAR-71, del Ministerio de Vivienda.
- B.O.E. 24-MAR-71
MODIFICACION DEL DECRETO 462/71
- B.O.E. 7-FEB-85
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA.
- ORDEN de 04-JUN-73, 13 a 16, 18, 23, 25 y 26 de Junio 1973, del Ministerio de Vivienda.
LEY DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.
- REAL DECRETO LEY 2/2000 de 16-JUN-00
- B.O.E. 21-JUN-00
- Corrección errores: 21-SEP-00
REGLAMENTO DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.
- DECRETO 1098/2001 de 12-OCT-01
- B.O.E. 26-OCT-01
CIRCULAR INFORMATIVA.
LEY 9/2002
- CIRCULAR 4/2003 de 10 de Noviembre
- D.O.G.: 16.12.2003
LEY DEL SUELO. CIRCULAR INFORMATIVA.
- Circular informativa 4/2003 de 10 de Diciembre de la C.P.T.O.P.V. de la Xunta de Galicia.
- D.O.G.: 16.12.2003.
REGLAMENTO DE DISCIPLINA URBANISTICA.
- DECRETO 28/1999 de 21-ENE-99
- D.O.G. 17-FEB-99
33. RESIDUOS
CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN DB HS-2 SALUBRIDAD, RECOGIDA Y EVACUACIÓN DE RESIDUOS
- REAL DECRETO 314/2006, del Ministerio de la Vivienda del 17 de marzo de 2006
B.O.E: 28 de marzo de 2006
- DB-SE:
Su justificación se adjunta en CUMPLIMIENTO DEL CTE en el apartado Exigencias básicas de Seguridad Estructural del
Proyecto de Ejecución.
DB-SE: Es de aplicación en el presente proyecto.
DB-SE-AE: Es de aplicación en el presente proyecto.
DB-SE-C: Es de aplicación en el presente proyecto.
DB-SE-A: No es de aplicación en el presente proyecto, ya que no se diseña en acero.
DB-SE-F: No es de aplicación en el presente proyecto, ya que no se diseña en fábrica.
DB-SE-M: No es de aplicación en el presente proyecto, ya que no se diseña en madera.
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 19
- DB-SI:
Es de aplicación en el presente proyecto. Su justificación se adjunta en CUMPLIMIENTO DEL CTE en el apartado
Exigencias básicas de Seguridad en caso de incendio del Proyecto Básico.
- DB-SU:
Es de aplicación en el presente proyecto. Su justificación se adjunta en CUMPLIMIENTO DEL CTE en el apartado
Exigencias básicas de Seguridad de utilización del Proyecto de Ejecución.
- DB-HS:
Su justificación se adjunta en CUMPLIMIENTO DEL CTE en el apartado Exigencias básicas de Salubridad del Proyecto de
Ejecución.
DB-HS1: Es de aplicación en el presente proyecto.
DB-HS2: Es de aplicación en el presente proyecto, ya que se trata de un edificio de viviendas de nueva construcción.
DB-HS3: Es de aplicación en el presente proyecto, ya que se trata de un edificio de viviendas de nueva construcción.
DB-HS4: Es de aplicación en el presente proyecto, ya que se trata de un edificio de nueva construcción con instalación de
suministro de agua.
DB-HS5: Es de aplicación en el presente proyecto, ya que se trata de un edificio de nueva construcción con instalación de
evacuación de aguas residuales y pluviales.
- DB-HE:
Su justificación se adjunta en CUMPLIMIENTO DEL CTE en el apartado Exigencias básicas de Ahorro de energía del
Proyecto de Ejecución.
DB-HE1: Es de aplicación en el presente proyecto, ya que se trata de un edificio de nueva construcción.
DB-HE2: Es de aplicación en el presente proyecto, ya que se trata de un edificio de nueva construcción.
DB-HE3: Es de aplicación en el presente proyecto, ya que se trata de un edificio de nueva construcción. El interior de las
viviendas queda exento.
DB-HE4: Es de aplicación en el presente proyecto, ya que se trata de un edificio de nueva construcción con demanda de ACS.
DB-HE5: No es de aplicación en el presente proyecto, ya que se trata de un edificio de nueva construcción de uso residencial.
- RD. 47/2007 DE CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS.
Es de aplicación en el presente proyecto. Su justificación se adjunta en CUMPLIMIENTO DEL CTE en el apartado
Exigencias básicas de Ahorro de energía del Proyecto de Ejecución.
- DB-HR:
Es de aplicación en el presente proyecto. Su justificación se adjunta en CUMPLIMIENTO DEL CTE en el apartado
Exigencias básicas de Protección frente al ruido del Proyecto de Ejecución.
Planeamiento de aplicación:
Ordenación de los Recursos Naturales y del Territorio
Instrumentos de ordenación general de recursos naturales y del
territorio
Instrumentos de ordenación de los Espacios Naturales
Protegidos
No es de aplicación
No es de aplicación
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 20
Instrumentos de Ordenación Territorial
No es de aplicación
Plan General Municipal
de Ordenación
vigente
Ordenación urbanística
Categorización, Clasificación y Régimen del Suelo
Clasificación del Suelo
Categoría
Normativa Básica y Sectorial de aplicación
Adecuación a la Normativa Urbanística:
ordenanza
zonal
Planeamiento
Referencia a
Proyecto
Parámetro / Valor
PGMOU de Vila-Real
Ámbito de
aplicación
Uso
Dotacional
Aspectos urbanísticos singulares del proyecto:
Modificcación puntual del plan, de cambio de uso.
Urbano
Suelo Urbano
Consolidado
No es de aplicación
Obras de construcción o
edificación
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 21
1.3 Descripción del proyecto
Descripción general del edificio:
La documentación del presente Proyecto Básico y de Ejecución, tanto gráfica como escrita, se redacta para
establecer todos los datos descriptivos, urbanísticos y técnicos, para conseguir llevar a buen término, la reforma y
construcción de un espacio museístico en la ciudad de Vila-Real, según las reglas de la buena construcción y la
reglamentación aplicable.
El presente documento de Proyecto Básico y de Ejecución, trata de describir la acciones que se han de llevar a cabo
para la correcta reconversión y posterior ejecución de la obras de reforma a acometer sobre el edificio existente para
poder adaptarlo a un nuevo uso, totalmente diferenciado del uso anterior.
La actuación se lleva a cabo, no en la totalidad de la edificación existente, sino solo en parte de ella (ver planos
adjuntos).Un parte sigue siendo perteneciendo a los mismos propietarios, para realizar las actividades llevadas a
cabo anteriormente, concretamente ejercicio religioso, esta parte recae a la calle Hospital y a la calle Cardenal
Tarancón. Y la otra parte de la edificación sobre la cual se actuará es la parte que recae a la calle Hospital y a la calle
Reina Na Violant De Hongria.
El resto del solar no está edificado, es actualmente un jardín, y sobre esta parte no se actuará.
La actuación propiamente dicha consistirá en la reforma interior del edificio, ya que la parte exterior está protegida y
lo máximo que se llevará a cabo serán actuaciones de restauración, y consolidación si fuese necesario, no
pudiéndose modificar elementos compositivos de la fachada, como pueden ser molduras, ornamentos, huecos de
ventanas, lucernarios, etc...
En cuanto a la parte interior se procederá a una primera fase de modificación de distribuciones, mediante derribo de
particiones interiores existentes para dar paso a nuevos espacios, normalmente de mayores dimensiones dadas las
nuevas necesidades espaciales del edificio.
La reforma dará lugar a un edificio con dos espacios museísticos bien diferenciados, con circulaciones
independientes, una parte estará dedicada a objetos pertenecientes al archivo de las RR.MM. Dominicas y la otra
parte será dedicada a un museo de Semana Santa, en el cual se albergará parte de la imaginería popular de la
ciudad.
A partir del acceso el edificio se distribuye en dos partes claramente diferenciadas, a la izquierda (en el sentido de
entrada) se ubicará la parte dedicada al Museo de la RR. MM. Dominicas, es decir un prisma de base cuadrada que
recae a la intersección de la calle Na Violant D'Hongria y calle Hospital, que consta de planta baja, primera y un bajocubierta, en la cual además de albergar dichos objetos, en la última planta (la bajo-cubierta) recaerán espacios
dedicados a la restauración, de objetos, y a albergar oficinas, y espacios departamentales vinculados al ilustrísimo
ayuntamiento de Vila-Real. En la otra parte de la edificación (la derecha tal como se entra) albergaría el museo de
Semana Santa, este es un prisma de base rectangular, esta parte recae a la calle Reina Na Violant D'Hongria, que
consta con planta baja y planta primera, este espacio, tras la modificación pasará a ser un espacio quasi-diafano, con
un circulación bien definida, para el correcto desarrollo de la actividad.
En el presente proyecto se velará además de por el cumplimiento estricto de la normativa, también se velará por
aspectos importantes en este tipo de instalaciones, sobretodo se velará por el control higrométrico, por el control de
temperatura y el control lumínico. Así como se dispondrán de elementos necesarios para la exposición de las obras y
su protección.
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 22
Programa de necesidades:
Principalmente, el programa consiste, en los dos espacios museísticos, y sus espacios aledaños, sirvientes a estos
primeros.
Uno de los espacios principales es el espacio expositivo RR.MM. Dominicas, con dos plantas (planta baja y planta
primera), al cual se vinculan los espacios sirvientes: deposito de obras semana santa, sala de exposiciones
temporales, archivo-biblioteca, así como espacios de circulación propios.
Uno de los espacios principales es el espacio expositivo de Semana Santa, con dos plantas (planta baja y planta
primera), al cual se vinculan los espacios sirvientes: depósito de obras semana santa, sala de restauración, así como
espacios de circulación propios.
Y los espacios comunes de los dos espacios museísticos, como son el hall, recepción, baños, sala de reuniones, y
circulaciones verticales e horizontales.
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 23
Cuadro de Superficies:
ESTANCIA HALL RECEPCION PASO 01 TAQUILLA/SEGURIDAD BAÑOS SEÑORAS BAÑOS CABALLEROS BAÑOS MINUSVALIDOS PASO 02 ESCALERA 01 PASO 03 ASCENSOR SALA DE REUNIONES ESPACIO EXPOSITIVO SEMANA SANTA RAMPA PORCHE SALA DE RESTAURACION ESCALERA 02 TOTAL PLANTA BAJA SUP.UTIL 47,29
12,23
17,85
5,92
10,70
9,33
4,52
8,90
19,69
13,28
3,24
42,72
238,69
10,42
84,66
24,33
12,45
566,22
SUP. CONST. 651,30 PLANTA PRIMERA ESTANCIA ESCALERA 01 TERRAZA 01 PASO ASCENSOR DEPOSITO DE OBRAS SEMANA SANTA SALA DE EXPOSICIONES TEMPORALES ARCHIVO‐BIBLIOTECA ESCALERA 02 TERRAZA 02 TOTAL SUP.UTIL 19,69
8,27
13,28
3,24
103,44
189,58
34,5
12,45
84,66
469,11
SUP. CONST. 536,71 1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 24
PLANTA PLANTA BAJA PLANTA PRIMERA TOTAL SUP.UTIL SUP. CONST. 566,22
469,11
1035,33
651,30 536,71 1188,01 Uso característico del edificio:
El uso principal del edificio es de Espacio Museístico.
Otros usos previstos:
Espacios para restauración, biblioteca, oficinas propias de la actividad museística.
Relación con el entorno:
El edificio está ubicado en la trama urbana de Vila-Real, no ocupando la totalidad de la parcela, llegando parte del
edificio a alineación de calle (C/Hospital), mientras que otra parte del edificio se retranquea respecto de la alineación
de calle (calle Na Violant D’Hongria), en la parte posterior el edificio cuenta con espacio ajardinado posterior.
Cumplimiento del CTE:
Descripción de las prestaciones del edificio por requisitos básicos y en relación con las
exigencias básicas del CTE:
Son requisitos básicos, conforme a la Ley de Ordenación de la Edificación en su
art. 3, los relativos a la funcionalidad, seguridad y habitabilidad.
Se establecen estos requisitos con el fin de garantizar la seguridad de las
personas, el bienestar de la sociedad y la protección del medio ambiente, debiendo
los edificios proyectarse, construirse, mantenerse y conservarse de tal forma que
se satisfagan estos requisitos básicos.
Requisitos básicos relativos a la funcionalidad:
1
.
Utilización, de tal forma que la disposición y las dimensiones de los espacios y la
dotación de las instalaciones faciliten la adecuada realización de las funciones
previstas en el edificio.
En el proyecto se ha tenido en cuenta lo establecido en el DB-SU y en el
correspondiente artículo de Habitabilidad y diseño de las viviendas en la
Comunidad Valenciana, de tal forma que la disposición y las dimensiones de los
espacios y la dotación de las instalaciones faciliten la adecuada realización de las
funciones previstas en el edificio. Su justificación se realiza en el apartado 4.
Cumplimiento de otros reglamentos, 4.1. En el correspondiente artículo de la
normativa de habitabilidad y diseño de la Comunidad Valenciana. Cumplimiento de
la Seguridad de utilización de la memoria del Proyecto de Ejecución.
2
.
Accesibilidad, de tal forma que se permita a las personas con movilidad y
comunicación reducidas el acceso y la circulación por el edificio en los términos
previstos en su normativa específica.
El proyecto se ajusta a lo establecido en el DB-SU, en el D.556/89 de Accesibilidad
a los edificios, en la Ley 8/97 y en el correspondiente decreto de accesibilidad y
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 25
supresión de barreras arquitectónicas en la Comunidad Valenciana, de tal forma
que se permita a las personas con movilidad y comunicación reducidas el acceso y
la circulación por el edificio. Su justificación se realiza en el apartado 4.
Cumplimiento de otros reglamentos, 4.4. D.556/89 de Accesibilidad a los edificios,
en la Ley 8/97 y D.35/2000 de Accesibilidad y supresión de barreras
arquitectónicas en Galicia de la memoria del Proyecto Básico.
3
.
Acceso a los servicios de telecomunicación, audiovisuales y de información de
acuerdo con lo establecido en su normativa específica.
El edificio se ha proyectado de tal manera que se garanticen el acceso a los
servicios de telecomunicaciones, ajustándose el proyecto a lo establecido en el
RD. Ley 1/98 de Telecomunicaciones en instalaciones comunes. Además se ha
facilitado el acceso de los servicios postales, dotando al edificio, de un casillero
postal para cada vivienda individualmente, así como una para la comunidad y otro
para los servicios postales.
4
.
Facilitación para el acceso de los servicios postales, mediante la dotación de las
instalaciones apropiadas para la entrega de los envíos postales, según lo
dispuesto en su normativa específica.
Requisitos básicos relativos a la seguridad:
Seguridad estructural, de tal forma que no se produzcan en el edificio, o partes del
mismo, daños que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las
vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que
comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.
En el proyecto se ha tenido en cuenta lo establecido en los documentos básicos
DB-SE de Bases de Cálculo, DB-SE-AE de Acciones en la Edificación, DB-SE-C
de Cimientos, DB-SE-A de Acero, DB-SE-F de Fábrica y DB-SE-M de Madera, así
como en las normas EHE de Hormigón Estructural, EFHE de forjados
unidireccionales de hormigón estructural realizados con elementos prefabricados y
NCSE de construcción sismo resistente; para asegurar que el edificio tiene un
comportamiento estructural adecuado frente a las acciones e influencias
previsibles a las que pueda estar sometido durante su construcción y uso previsto,
de modo que no se produzcan en el mismo o en alguna de sus partes, daños que
tengan su origen o afecten a la cimentación, vigas, pilares, forjados, muros u otros
elementos estructurales que comprometan directamente la resistencia mecánica, la
estabilidad del edificio o que se produzcan deformaciones inadmisibles.
Seguridad en caso de incendio, de tal forma que los ocupantes puedan desalojar el
edificio en condiciones seguras, se pueda limitar la extensión del incendio dentro
del propio edificio y de los colindantes y se permita la actuación de los equipos de
extinción y rescate.
El proyecto se ajusta a lo establecido en DB-SI para reducir a límites aceptables el
riesgo de que los usuarios del edificio sufran daños derivados de un incendio de
origen accidental, asegurando que los ocupantes puedan desalojar el edificio en
condiciones seguras, se pueda limitar la extensión del incendio dentro del propio
edificio y de los colindantes y se permita la actuación de los equipos de extinción y
rescate. Su justificación se realiza en el apartado 3.2. Cumplimiento de la
Seguridad en caso de incendio en el Proyecto Básico.
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 26
Seguridad de utilización, de tal forma que el uso normal del edificio no suponga
riesgo de accidente para las personas.
El proyecto se ajusta a lo establecido en DB-SU en lo referente a la configuración
de los espacios, los elementos fijos y móviles que se instalen en el edificio, de tal
manera que pueda ser usado para los fines previstos reduciendo a límites
aceptables el riesgo de accidentes para los usuarios. Su justificación se realiza en
el Cumplimiento de la Seguridad de utilización en el Proyecto de Ejecución.
Requisitos básicos relativos a la habitabilidad:
Higiene, salud y protección del medio ambiente, de tal forma que se alcancen
condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del
edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato,
garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos.
En el proyecto se ha tenido en cuenta lo establecido en la normativa de
Habitabilidad y Diseño de la Comunidad Valenciana DC-9 así como en el DB-HS
con respecto a higiene, salud y protección del medioambiente, de tal forma que se
alcancen condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente
interior del edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno
inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos. El
conjunto de la edificación proyectada dispone de medios que impiden la presencia
de agua o humedad inadecuada procedente de precipitaciones atmosféricas, del
terreno o de condensaciones, de medios para impedir su penetración o, en su
caso, permiten su evacuación sin producción de daños, de espacios y medios para
extraer los residuos ordinarios generados en ellos de forma acorde con el sistema
público de recogida, de medios para que sus recintos se puedan ventilar
adecuadamente, eliminando los contaminantes que se produzcan de forma
habitual durante su uso normal, de forma que se aporte un caudal suficiente de
aire exterior y se garantice la extracción y expulsión del aire viciado por los
contaminantes, de medios adecuados para suministrar al equipamiento higiénico
previsto de agua apta para el consumo de forma sostenible, aportando caudales
suficientes para su funcionamiento, sin alteración de las propiedades de aptitud
para el consumo e impidiendo los posibles retornos que puedan contaminar la red,
incorporando medios que permitan el ahorro y el control del agua y de medios
adecuados para extraer las aguas residuales generadas de forma independiente
con las precipitaciones atmosféricas. Su justificación se realiza en la memoria del
Proyecto de Ejecución.
Protección contra el ruido, de tal forma que el ruido percibido no ponga en peligro
la salud de las personas y les permita realizar satisfactoriamente sus actividades.
En el proyecto se ha tenido en cuenta lo establecido en DB-HR y en la Ley 7/97,
D.150/99 y el Reglamento D.266/2004 de contaminación acústica, de tal forma que
el ruido percibido o emitido no ponga en peligro la salud de las personas y les
permita realizar satisfactoriamente sus actividades. Todos los elementos
constructivos, cuentan con el aislamiento acústico requerido para los usos
previstos en las dependencias que delimitan. Su justificación se realiza en el
apartado 4. Cumplimiento de otros reglamentos, 4.2. Cumplimiento de NBE-CA.88
y 4.3. Cumplimiento de la Ley 7/97, D.150/99 y el Reglamento D.266/2004 de
contaminación acústica.
Ahorro de energía y aislamiento térmico, de tal forma que se consiga un uso
racional de la energía necesaria para la adecuada utilización del edificio.
En el proyecto se ha tenido en cuenta lo establecido en DB-HE, de tal forma que
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 27
se consiga un uso racional de la energía necesaria para la adecuada utilización del
edificio.
Cumple con la UNE EN ISO 13 370: 1999 “Prestaciones térmicas de edificios.
Transmisión de calor por el terreno. Métodos de cálculo”.
El edificio proyectado dispone de una envolvente adecuada a la limitación de la
demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del
clima, del uso previsto y del régimen de verano y de invierno. Las características
de aislamiento e inercia, permeabilidad al aire y exposición a la radiación solar,
permiten la reducción del riesgo de aparición de humedades de condensación,
superficiales e intersticiales que puedan perjudicar las características de la
envolvente.
Se ha tenido en cuenta especialmente el tratamiento de los puentes térmicos para
limitar las pérdidas o ganancias de calor y evitar problemas higrotérmicos en los
mismos.
La edificación proyectada dispone de instalaciones de iluminación adecuadas a las
necesidades de sus usuarios y a la vez eficaces energéticamente disponiendo de
un sistema de control que permita ajustar el encendido a la ocupación real de la
zona, así como de un sistema de regulación que optimice el aprovechamiento de la
luz natural, en las zonas que reúnan unas determinadas condiciones.
La demanda de agua caliente sanitaria se cubrirá en parte mediante la
incorporación de un sistema de captación, almacenamiento y utilización de energía
solar de baja temperatura, adecuada a la radiación solar global de su
emplazamiento y a la demanda de agua caliente del edificio.
Su justificación se realiza en la memoria del Proyecto de Ejecución.
Otros aspectos funcionales de los elementos constructivos o de las instalaciones
que permitan un uso satisfactorio del edificio.
LIMITACIONES DE USO
El edificio solo podrá destinarse a los usos previstos en el proyecto. La dedicación
de algunas de sus dependencias a uso distinto del proyectado requerirá de un
proyecto de reforma y cambio de uso que será objeto de licencia nueva. Este
cambio de uso será posible siempre y cuando el nuevo destino no altere las
condiciones del resto del edificio ni sobrecargue las prestaciones iniciales del
mismo en cuanto a estructura, instalaciones, etc.
OTRAS NORMATIVAS ESPECÍFICAS
- NCSR-02. NORMA SISMORRESISTENTE.
Es de aplicación en el presente proyecto. Su justificación se realiza en ANEJOS A LA MEMORIA en el apartado
Cálculo de la estructura del Proyecto de Ejecución.
- EHE-08. INSTRUCCIÓN DEL HORMIGÓN ESTRUCTURAL.
Son de aplicación en el presente proyecto. Su justificación se realiza en ANEJOS A LA MEMORIA en el apartado
Cálculo de la estructura del Proyecto de Ejecución.
(No es de aplicación en el presente proyecto ya que la orden de redacción o de estudio, en el ámbito de las
administraciones públicas, o el encargo del proyecto es anterior al 1 de diciembre de 2008. Se justifica la EHE-98
y EFHE-02 en el apartado Cálculo de la estructura del Proyecto de Ejecución).
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 28
- RD. 1027/2007. RITE. REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS.
Es de aplicación en el presente proyecto. Su justificación se realiza en ANEJOS A LA MEMORIA en el apartado
Instalaciones del edificio del Proyecto de Ejecución.
- REBT. REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO DE BAJA TENSIÓN.
Es de aplicación en el presente proyecto Su justificación se realiza en ANEJOS A LA MEMORIA en el apartado
Instalaciones del edificio del Proyecto de Ejecución.
- RD. LEY 1/98 DE TELECOMUNICACIONES EN INSTALACIONES COMUNES.
Es de aplicación en el presente proyecto. Su justificación se realiza en ANEJOS A LA MEMORIA en el apartado
Instalaciones del edificio del Proyecto de Ejecución.
- RD. 1627/97 DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN.
Es de aplicación en el presente proyecto. Según lo dispuesto en el Artículo 4, apartado 2 el presente proyecto se
encuentra en los supuestos previstos en el apartado 1 del mismo artículo, por lo que se hace necesaria la
redacción de un Estudio de Seguridad y Salud. Su justificación se realiza en ANEJOS A LA MEMORIA en el
apartado Estudio de Seguridad y Salud del Proyecto de Ejecución.
- REAL DECRETO 105/2008 POR EL QUE SE REGULA LA PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE RESIDUOS DE
CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN.
Es de aplicación en el presente proyecto. Su justificación se realizará en CUMPLIMIENTO DEL OTROS
REGLAMENTOS en el Apartado Cumplimiento Justificación del Real Decreto 105/2008 de residuos del Proyecto
de Ejecución.
Descripción
general de los parámetros que determinen las previsiones técnicas a considerar en el proyecto respecto al:
A.
Sistema estructural:
A.1 Cimentación:
Descripción del sistema:
En el caso que nos ocupa las cimentaciones existentes de desconoce su tipología, se supone zapatas corridas de
mampostería bajo muro de fábrica de mampostería.
La única cimentación que se proyecta serán zapatas aisladas unidas mediante vigas de atado .a estas se les
colocarán placas de reparto para la posterior soldadura de los pilares metálicos.
Los parámetros determinantes han sido, en relación a la capacidad portante, el equilibrio de la cimentación y la
resistencia local y global del terreno, y en relación a las condiciones de servicio, el control de las deformaciones, las
vibraciones y el deterioro de otras unidades constructivas; determinados por los documentos básicos DB-SE de
Bases de Cálculo y DB-SE-C de Cimientos, y la norma EHE-08 de Hormigón Estructural.
Parámetros:
Se ha estimado una tensión admisible del terreno necesaria para el cálculo de la cimentación, a la espera de la
realización del correspondiente estudio geotécnico para determinar si la solución prevista para la cimentación, así
como sus dimensiones y armados son adecuadas al terreno existente.
Esta tensión admisible es determinante para la elección del sistema de cimentación. Tensión admisible del
2
terreno 1,5 kg/cm (pendiente de estudio geotécnico)
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 29
A.2 Estructura portante:
La estructura del convento está constituida por muros de carga, de fábrica de mampostería de 50 cm de espesor
aproximadamente, vigas macizas de madera y forjados a base de revoltón de ladrillo cerámico macizo y viguetas
de madera.
Por otro lado, la estructura de la iglesia se compone de muros de carga de fábrica de mampostería, de 70 cm de
espesor aproximadamente, y una serie de arcos fajones, de medio punto, que apoyan en los pilares laterales que
sostienen las bóvedas.
La única parte del museo que verá afectada su estructura, será la parte del museo de Semana Santa, en la cual se
eliminarán los machones centrales existentes y se sustituirán por pilares metálicos, cuadrados y rectangulares para
facilitar su integración en la distribución interior.
Los parámetros que determinaron sus previsiones técnicas han sido, en relación a su capacidad portante, la
resistencia estructural de todos los elementos, secciones, puntos y uniones, y la estabilidad global del edificio y de
todas sus partes; y en relación a las condiciones de servicio, el control de las deformaciones, las vibraciones y los
daños o el deterioro que pueden afectar desfavorablemente a la apariencia, a la durabilidad o a la funcionalidad de
la obra; determinados por los documentos básicos DB-SE de Bases de Cálculo, DB-SI-6 Resistencia al fuego de la
estructura y la norma EHE-08 de Hormigón Estructural.
Parámetros:
Los aspectos básicos que se han tenido en cuenta a la hora de adoptar el sistema estructural para la edificación
que nos ocupa son principalmente la resistencia mecánica y estabilidad, la seguridad, la durabilidad, la economía,
la facilidad constructiva, la modulación y las posibilidades de mercado
El edificio proyectado cuenta con una configuración simétrica.
La edificación no dispone de plantas bajo rasante.
El uso previsto del edificio queda definido en el apartado dedicado al programa de necesidades de la presente
memoria descriptiva.
Las bases de cálculo adoptadas y el cumplimiento de las exigencias básicas de seguridad se ajustan a los
documentos básicos del CTE.
A.3 Estructura horizontal:
Descripción del sistema:
La estructura horizontal y de cubierta del edificio existente se resuelve mediante bovedillas de ladrillo cerámico
artesanal y viguetas de madera apoyadas sobre los muros de carga. En la parte modificada si tras los cálculos el
forjado es útil solo se reforzaría la crujía central mediante un perfil metálico.
Los parámetros básicos que se han tenido en cuenta son, en relación a su capacidad portante, la resistencia
estructural de todos los elementos, secciones, puntos y uniones, y la estabilidad global del edificio y de todas sus
partes; y en relación a las condiciones de servicio, el control de las deformaciones, las vibraciones y los daños o el
deterioro que pueden afectar desfavorablemente a la apariencia, a la durabilidad o a la funcionalidad de la obra;
determinados por los documentos básicos DB-SE de Bases de Cálculo, DB-SI-6 Resistencia al fuego de la
estructura, la norma EHE-08 de Hormigón Estructural.
Parámetros:
Cubiertas inclinadas, con subestructura de madera, cubiertas por teja cerámica-
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 30
B. Sistema envolvente:
Conforme al “Apéndice A: Terminología”, del DB-HE se establecen las siguientes
definiciones:
Envolvente edificatoria: Se compone de todos los cerramientos del edificio.
Envolvente térmica: Se compone de los cerramientos del edificio que separan los
recintos habitables del ambiente exterior y las particiones interiores que separan los
recintos habitables de los no habitables que a su vez estén en contacto con el
ambiente exterior.
Esquema de la envolvente térmica de un edificio (CTE, DB-HE)
1. fachadas
Exterior (EXT) 2. cubiertas
3. terrazas y balcones
Sobre rasante SR
Paredes en contacto con
4. espacios habitables
5. viviendas
6. otros usos
7. espacios no habitables
Suelos en contacto con
8. espacios habitables
9. viviendas
10. otros usos
11. espacios no habitables
Interior (INT)
Exterior (EXT)
Bajo rasante BR
12. Muros
13. Suelos
Paredes en contacto con
14. Espacios habitables
15. Espacios no habitables
Suelos en contacto
16. Espacios habitables
17. Espacios no habitables
Interior (INT)
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 31
Medianeras M
18.
Espacios exteriores a
la edificación EXE
19.
B.1 Fachadas
Descripción del sistema: El cerramiento tipo del edificio, es muro de carga de gran
espesor (unos 50 cm) de mampostería. En ciertas partes de
la actuación (sobre todo en el espacio expositivo del Museo
de semana santa) será necesario trasdosar dicho muro se
realizara dejando una cámara de aire de 5 cm, aislamiento
térmico a base de poliestireno extrusionado de 4 cm, y hoja
interior de panel constituido por yeso laminado. Para la
estimación del peso propio de los distintos elementos que
constituyen las fachadas se ha seguido lo establecido en
DB-SE-AE.
En la fachada posterior recayente al jardín, cuenta con tres
alturas, una logia abierta en su planta baja, con un espacio
acristalado en planta primera y en la segunda y ultima, la
mitad esta descubierta y la otra mitad está formando una
logia similar a la de planta baja. A esta fachada se le alojará
una especie de telón metálico, que recubrirá la planta baja y
las dos superiores, creando una especie de piel que
recubra esta fachada, pero sin adherirse a él dejando pasar
cierta cantidad de luz y aire.
Los parámetros básicos que se han tenido en cuenta a la
hora de la elección del sistema de composición de la
fachada han sido el cerramiento existente así como zona
climática, el grado de impermeabilidad, la transmitancia
térmica, las condiciones de propagación exterior y de
resistencia al fuego, las condiciones de seguridad de
utilización en lo referente a los huecos, elementos de
protección y elementos salientes y las condiciones de
aislamiento acústico determinados por los documentos
básicos DB-HS-1 de Protección frente a la humedad, DBHS-5 de Evacuación de aguas, DB-HE-1 de Limitación de la
demanda energética, DB-SI-2 de Propagación exterior, DBSU-1 Seguridad frente al riesgo de caídas y DB-SU-2
Seguridad frente al riesgo de impacto y atrapamiento y DBHR de protección frente al ruido.
Seguridad estructural peso propio, sobrecarga de uso,
viento, sismo
El peso propio de los distintos elementos que constituyen
las fachadas se consideran al margen de las sobrecargas
de uso, acciones climáticas, etc.
Salubridad: Protección contra la humedad
Para la adopción de la parte del sistema envolvente
correspondiente a la fachada, se ha tenido en cuenta
especialmente la zona pluviométrica en la que se ubicará
(Castellón, zona IV) y el grado de exposición al viento
(Castellón, zona A). Para resolver las soluciones
constructivas se tendrá en cuenta las características del
revestimiento exterior previsto y del grado de
impermeabilidad exigido en el CTE.
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 32
Parámetros
Salubridad: Evacuación de aguas
No es de aplicación a este proyecto
Seguridad en caso de incendio
Propagación exterior; resistencia al fuego EI para uso
pública concurrencia.
Distancia entre huecos de distintas edificaciones o sectores
de incendios: se tendrá en cuenta la presencia de
edificaciones colindantes y sectores de incendios en el
edificio proyectado. Los parámetros adoptados suponen la
adopción de las soluciones concretas que se reflejan en los
planos de plantas, fachadas y secciones que componen el
proyecto. Accesibilidad por fachada; se ha tenido en cuenta
los parámetros dimensionales (ancho mínimo, altura
mínima libra o gálibo y la capacidad portante del vial de
aproximación. La altura de evacuación descendente no es
superior a 9 m.
Seguridad de utilización
La fachada no cuenta con elementos fijos que sobresalgan
de la misma que estén situados sobre zonas de circulación.
El edificio tiene una altura inferior a 60 m. La altura de
barandillas es de 1,10 m.
Aislamiento acústico
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Limitación de demanda energética
No es aplicable por ser un edificio en el cual la intervención
no permite aplicación de DB-HE
Diseño y otros
B.2 Cubiertas
Descripción del sistema: La cubierta del edificio se resuelve con teja cerámica
tradicional sobre rastreles y tablero de madera. Se
restaurará la cubierta en los lugares donde sea necesario,
bien por entrada de agua, por carencias de asilamiento
térmico o acústico, o por el motivo que fuere.
Las terrazas transitables existentes en planta primera se
resuelven con cubierta plana invertida transitable,
compuesta por una capa de pavimento de gres porcelánico,
sobre el forjado existente, con lámina impermeabilizante
(bituminosa), , también se restaurará en los lugares que
fuera necesario.
Para la estimación del peso propio de los distintos
elementos que constituyen las cubiertas se ha seguido lo
establecido en DB-SE-AE.
Los parámetros básicos que se han tenido en cuenta a la
hora de la elección del sistema de cubierta han sido la zona
climática, el grado de impermeabilidad y recogida de aguas
pluviales, las condiciones de propagación exterior y de
resistencia al fuego y las condiciones de aislamiento
acústico determinados por los documentos básicos DB-HS1 de Protección frente a la humedad, DB-HS-5 de
Evacuación de aguas, DB-HE-1 de Limitación de la
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 33
demanda energética, DB-SI-2 de Propagación exterior y
DB-HR de protección frente al ruido.
Seguridad estructural peso propio sobrecarga de uso,
viento, sismo
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Salubridad: Protección contra la humedad
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Salubridad: Evacuación de aguas
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Seguridad en caso de incendio
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Seguridad de utilización
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Aislamiento acústico
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Limitación de demanda energética
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Diseño y otros
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Parámetros
B.3 Terrazas y
balcones
Descripción del sistema: Planas, con lámina bituminosa, recubiertas con baldosa tipo
rústica.
Seguridad estructural peso propio sobrecarga de uso,
viento, sismo
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Parámetros
Salubridad: Protección contra la humedad
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Salubridad: Evacuación de aguas
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Seguridad en caso de incendio
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Seguridad de utilización
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Aislamiento acústico
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Limitación de demanda energética
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Diseño y otros
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 34
B.5 Paredes interiores sobre rasante en contacto con otros usos
Descripción del sistema:
Parámetros
El muro que separa cocina de garaje estará formado por una doble
fábrica de ladrillo hueco de 7 cm de espesor, con absorbente
acústico entre ambas fábricas.
Seguridad estructural peso propio,sobrecarga de uso,
viento, sismo
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Salubridad: Protección contra la humedad
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Salubridad: Evacuación de aguas
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Seguridad en caso de incendio
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Seguridad de utilización
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Aislamiento acústico
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Limitación de demanda energética
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Diseño y otros
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
B.4 Paredes interiores sobre rasante en contacto con espacios habitables
Descripción del sistema: Tabiquería formada por yeso laminado de 9 cm de espesor.
Parámetros
Seguridad estructural peso propio, sobrecarga de uso,
viento, sismo
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Salubridad: Protección contra la humedad
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Salubridad: Evacuación de aguas
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Seguridad en caso de incendio
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Seguridad de utilización
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Aislamiento acústico
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Limitación de demanda energética
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Diseño y otros
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 35
C. Sistema de compartimentación:
Se definen en este apartado los elementos de cerramiento y particiones interiores. Los
elementos seleccionados cumplen con las prescripciones del Código Técnico de la
Edificación, cuya justificación se desarrolla en la memoria de proyecto de ejecución en los
apartados específicos de cada Documento Básico.
Se entiende por partición interior, conforme al “Apéndice A: Terminología” del Documento
Básico HE1, el elemento constructivo del edificio que divide su interior en recintos
independientes.
Pueden ser verticales u horizontales.
Se describirán también en este apartado aquellos elementos de la carpintería que forman
parte de las particiones interiores (carpintería interior).
Descripción del sistema:
Partición 1
Partición 2
Partición 3
Partición 4
Partición 5
Partición 6
Partición 7
Partición 8
Tabiquería de yeso laminado.
Muro de mampostería.
Fabrica de ladrillo perforado
Parámetros
Descripción de los parámetros determinantes para la
elección de los sistemas de particiones: Ruido, Seguridad
de incendio, etc
Partición 1
Partición 2
Partición 3
Partición 4
Partición 5
Partición 6
Partición 7
Partición 8
D. Sistema de acabados:
Relación y descripción de los acabados empleados en el edificio, así como los parámetros
que determinan las previsiones técnicas y que influyen en la elección de los mismos.
Revestimientos
exteriores
Revestimiento 1
Revestimiento 2
Revestimiento 3
Descripción del sistema:
Revoco existente
Zócalo de piedra natural
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 36
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Revestimiento 1
Revestimiento 2
Revestimiento 3
Revestimientos
interiores
Revestimiento 1
Revestimiento 2
Revestimiento 3
Descripción del sistema:
Alicatado cerámico tradicional
Guarnecidos de yeso
Pinturas
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Revestimiento 1
Revestimiento 2
Revestimiento 3
Solados
Solado 1
Solado 2
Solado 3
Descripción del sistema:
Pavimento hidráulico existente
Pavimento de gres porcelánico
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Solado 1
Solado 2
Solado 3
Cubierta
Cubierta 1
Cubierta 2
Cubierta 3
Descripción del sistema:
Cerámica con subestructura de madera
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Cubierta 1
Cubierta 2
Cubierta 3
Otros acabados
Otros acabados 1
Otros acabados 2
Otros acabados 3
Descripción del sistema:
Parámetros que determinan las previsiones técnicas
Otros acabados 1
Otros acabados 2
Otros acabados 3
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 37
E. Sistema de acondicionamiento ambiental:
Entendido como tal, la elección de materiales y sistemas que garanticen las condiciones de
higiene, salud y protección del medioambiente, de tal forma que se alcancen condiciones
aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que éste no
deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de
toda clase de residuos.
Las condiciones aquí descritas deberán ajustarse a los parámetros establecidos en el
Documento Básico HS (Salubridad), y en particular a los siguientes:
HS 1
Protección frente a la
humedad
HS 2
Recogida y evacuación
de residuos
HS 3
Calidad del aire interior
F. Sistema de servicios:
Se entiende por sistema de servicios el conjunto de servicios externos al edificio necesarios
para el correcto funcionamiento de éste.
Abastecimiento de agua
Dispone
Evacuación de agua
Dispone
Suministro eléctrico
Dispone
Telefonía
Dispone
Telecomunicaciones
Dispone
Recogida de basura
Dispone
Otros
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 38
1.4 Prestaciones del edificio
Por requisitos básicos y en relación con las exigencias básicas del CTE. Se indicarán en particular las
acordadas entre promotor y proyectista que superen los umbrales establecidos en CTE.
Requisitos
básicos:
Seguridad
Según CTE
DB-SE
Seguridad
estructural
DB-SE
DB-SI
Seguridad
en caso de
incendio
DB-SI
Seguridad
de
DB-SU utilización y
accesibilida
d
Habitabilidad
Funcionalidad
En
proyecto
DB-SU-A
DB-HS
Salubridad
DB-HS
DBHR
Protección
frente al
ruido
DB-HR
DB-HE
Ahorro de
energía y
aislamiento
térmico
DB-HE
Utilización
Accesibilida
d
Acceso a
los servicios
ME / MC
Prestaciones según el CTE
en proyecto
De tal forma que no se produzcan en el edificio, o partes
del mismo, daños que tengan su origen o afecten a la
cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los
muros de carga u otros elementos estructurales, y que
comprometan directamente la resistencia mecánica y la
estabilidad del edificio.
De tal forma que los ocupantes puedan desalojar el
edificio en condiciones seguras, se pueda limitar la
extensión del incendio dentro del propio edificio y de los
colindantes y se permita la actuación de los equipos de
extinción y rescate.
De tal forma que el uso normal del edificio no suponga
riesgo de accidente para las personas. Y haya una
correcta accesibilidad al edificio.
Higiene, salud y protección del medioambiente, de tal
forma que se alcancen condiciones aceptables de
salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del
edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su
entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de
toda clase de residuos.
De tal forma que el ruido percibido no ponga en peligro la
salud de las personas y les permita realizar
satisfactoriamente sus actividades.
De tal forma que se consiga un uso racional de la energía
necesaria para la adecuada utilización del edificio.
Cumple con la UNE EN ISO 13 370 : 1999 “Prestaciones
térmicas de edificios. Transmisión de calor por el terreno.
Métodos de cálculo”.
Otros
aspectos
funcionales de
los
elementos
constructivos o de las instalaciones que permitan un uso
satisfactorio del edificio
De tal forma que la disposición y las dimensiones de los
espacios y la dotación de las instalaciones faciliten la
adecuada realización de las funciones previstas en el
edificio.
De tal forma que se permita a las personas con movilidad
y comunicación reducidas el acceso y la circulación por el
edificio en los términos previstos en su normativa
específica.
De telecomunicación audiovisuales y de información de
acuerdo con lo establecido en su normativa específica.
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 39
Requisitos
básicos:
Seguridad
Habitabilida
d
Según CTE
En proyecto
Prestaciones que superan el
CTE
en proyecto
DB-SE Seguridad estructural
Seguridad en caso de
DB-SI
incendio
Seguridad de
DB-SU
utilización
DB-SE
No procede
DB-SI
No procede
DB-SU
No procede
DB-HS
DB-HS Salubridad
DBProtección frente al
HR
ruido
DB-HE Ahorro de energía
Funcionalid
ad
DB-HR
DB-HE
Utilización
ME
Accesibilidad
Acceso a los servicios
Apart 4.2
Apart 4.3, 4.4 y otros
No procede
No procede
No procede
No procede
Limitaciones
El edificio solo podrá destinarse a los usos previstos en el proyecto. La dedicación de
algunas de sus dependencias a uso distinto del proyectado requerirá de un proyecto
Limitaciones de uso de reforma y cambio de uso que será objeto de licencia nueva. Este cambio de uso
del edificio:
será posible siempre y cuando el nuevo destino no altere las condiciones del resto del
edificio ni sobrecargue las prestaciones iniciales del mismo en cuanto a estructura,
instalaciones, etc.
Limitaciones de uso
de las dependencias:
Limitación de uso de
las instalaciones:
1. Memoria descriptiva
Hoja núm. 40
1.5- Declaracion de obra completa.
Una vez terminadas las obras que comprende la presente memoria valorada, la obra serán susceptible de ser entregadas al uso público. 1.6.- Plazo de ejecución.
Se estima una duración de los trabajos de ocho (8) meses desde su inicio. 1.7.- Periodo de garantía.
El periodo de garantía de las obras será de un año a partir de la firma del acta de recepción de las obras. 1.8.- Revision de precios
No procede revisión de precios, de acuerdo con lo establecido en el articulo 77 de la LCSP. 1.9.- Clasificacion del Contratista.
Grupo C; Subgrupo 4. Categoria del contrato: e) En Vila-real, a 8 de Abril de 2010
Pedro Gil Ribes
Arquitecto
Fernando Pla Escriche
Arquitecto
2. Memoria constructiva
Hoja núm. 1
2. Memoria constructiva
Descripción de las soluciones adoptadas
2. Memoria constructiva
Hoja núm. 2
REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la
Edificación.( BOE núm. 74,Martes 28 marzo 2006)
2. Memoria constructiva: Descripción de las soluciones adoptadas:
2.1 Sustentación del edificio*.
Justificación de las características del suelo y parámetros a considerar para el cálculo de
la parte del sistema estructural correspondiente a la cimentación.
2. Memoria constructiva
Hoja núm. 3
2.1. Sustentación del edificio
1
Justificación de las características del suelo y parámetros a considerar para el cálculo de la parte del sistema estructural
correspondiente a la cimentación.
Bases de cálculo
Método de cálculo:
Verificaciones:
Acciones:
El dimensionado de secciones se realiza según la Teoría de los Estados Limites Ultimos
(apartado 3.2.1 DB-SE) y los Estados Límites de Servicio (apartado 3.2.2 DB-SE). El
comportamiento de la cimentación debe comprobarse frente a la capacidad portante
(resistencia y estabilidad) y la aptitud de servicio.
Las verificaciones de los Estados Límites están basadas en el uso de un modelo adecuado
para al sistema de cimentación elegido y el terreno de apoyo de la misma.
Se ha considerado las acciones que actúan sobre el edificio soportado según el documento
DB-SE-AE y las acciones geotécnicas que transmiten o generan a través del terreno en que se
apoya según el documento DB-SE en los apartados (4.3 - 4.4 – 4.5).
Estudio geotécnico pendiente de realización
Generalidades:
El análisis y dimensionamiento de la cimentación exige el conocimiento previo de las
características del terreno de apoyo, la tipología del edificio previsto y el entorno donde se
ubica la construcción.
Datos estimados
Terreno a base de gravas sueltas, nivel freático, edificaciones en construcción y realizadas
colindantes.
Tipo de
Se ha realizado un reconocimiento inicial del terreno donde se pretende ubicar esta edificación,
reconocimiento:
basándonos en la experiencia de la obra colindante con la misma, de reciente construcción,
encontrándose un terreno gravoso a la profundidad de la cota de cimentación teórica.
Parámetros
Cota de cimentación
- 1,20 m
geotécnicos estimados: Estrato previsto para cimentar
Gravas
Nivel freático.
-5,25 m
Tensión admisible considerada
Peso especifico del terreno
Angulo de rozamiento interno del terreno
Coeficiente de empuje en reposo
Valor de empuje al reposo
Coeficiente de Balasto
0,15 N/mm²
3
= 22 kN/m
= 30
-
Estudio geotécnico a realizar
Generalidades:
Empresa:
Nombre del autor/es
firmantes:
Titulación/es:
Número de Sondeos:
Descripción de los
terrenos:
Resumen parámetros
geotécnicos:
El análisis y dimensionamiento de la cimentación exige el conocimiento previo de las
carácterísticas del terreno de apoyo, la tipología del edificio previsto y el entorno donde se
ubica la construcción.
Por determinar
----3 sondeos (S.P.T)
En todos los sondeos se han encontrado tres estratos de potencia variable:
Rellenos de 0 m a 1 m.
Arenas de 1 m a 8 m
El fondo de todas las perforaciones lo constituye un estrato de arenas limosas.
Cota de cimentación
-1.00 (respecto a la rasante)
Estrato previsto para cimentar
Arenas
Nivel freático
Tensión admisible considerada
Peso especifico del terreno
Angulo de rozamiento interno del terreno
Coeficiente de empuje en reposo
Valor de empuje al reposo
Coeficiente de Balasto
1
si se detecta, a 2.00 m bajo rasante.
K´= 1-sen
0.15 N/mm²
3
=22 kN/m
=30º
(estudio geotecnico)
3
15.000 kN/m
Este apartado, si bien está incluido en la memoria de estructuras, debe cumplimentarse en este momento al formar parte del
proyecto básico, tal y como se establece en el Anejo I del CTE.
2. Memoria constructiva
Hoja núm. 4
1.2 Sistema estructural
Se establecerán los datos y las hipótesis de partida, el programa de necesidades, las bases de cálculo y procedimientos o
métodos empleados para todo el sistema estructural, así como las características de los materiales que intervienen.
Cimentación:
Datos y las hipótesis de partida
Zapatas aisladas, con vigas riostras y vigas centradoras.
Programa de necesidades
Bases de cálculo
procedimientos o métodos
empleados para todo el sistema
estructura
Características de los materiales
que intervienen
En Vila-real, a 8 de Abril de 2010
Pedro Gil Ribes
Arquitecto
Fernando Pla Escriche
Arquitecto
3. Cumplimiento del CTE
Hoja núm. 1
3. Cumplimiento del CTE
Justificación de las prestaciones del edificio por requisitos
básicos y en relación con las exigencias básicas del CTE.
La justificación se realizará para las soluciones adoptadas
conforme a lo indicado en el CTE.
También se justificarán las prestaciones del edificio que
mejoren los niveles exigidos en el CTE.
3. Cumplimiento del CTE
Hoja núm. 2
Introducción.
Tal y como se describe en el DB-SI (artículo 11) “El objetivo del requisito básico “Seguridad en caso de
incendio” consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daños
derivados de un incendio de origen accidental, como consecuencia de las características de su proyecto,
construcción, uso y mantenimiento. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán,
mantendrán y utilizarán de forma que, en caso de incendio, se cumplan las exigencias básicas que se establecen
en los apartados siguientes. El Documento Básico DB-SI especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo
cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad
propios del requisito básico de seguridad en caso de incendio, excepto en el caso de los edificios, establecimientos
y zonas de uso industrial a los que les sea de aplicación el “Reglamento de seguridad contra incendios en los
establecimientos industriales”, en los cuales las exigencias básicas se cumplen mediante dicha aplicación.”
Para garantizar los objetivos del Documento Básico (DB-SI) se deben cumplir determinadas secciones.
“La correcta aplicación de cada Sección supone el cumplimiento de la exigencia básica correspondiente. La
correcta aplicación del conjunto del DB supone que se satisface el requisito básico "Seguridad en caso de
incendio".
3. Cumplimiento del CTE
DB-SI 3.2
SI 1
SI 2
SI 3
SI 4
SI 5
SI 6
Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio
Propagación interior
Propagación exterior
Evacuación
Instalaciones de protección contra incendios
Intervención de bomberos
Resistencia al fuego de la estructura
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 1
3.2. Seguridad en caso de incendio
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 2
REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la
Edificación.( BOE núm. 74, martes 28 marzo 2006)
Artículo 11. Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio (SI).
1. El objetivo del requisito básico «Seguridad en caso de incendio» consiste en reducir a
límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daños derivados de
un incendio de origen accidental, como consecuencia de las características de su
proyecto, construcción, uso y mantenimiento.
2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y
utilizarán de forma que, en caso de incendio, se cumplan las exigencias básicas que se
establecen en los apartados siguientes.
3. El Documento Básico DB-SI especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo
cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los
niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad en caso de
incendio, excepto en el caso de los edificios, establecimientos y zonas de uso industrial
a los que les sea de aplicación el «Reglamento de seguridad contra incendios en los
establecimientos industriales», en los cuales las exigencias básicas se cumplen
mediante dicha aplicación.
11.1 Exigencia básica SI 1: Propagación interior: se limitará el riesgo de propagación del
incendio por el interior del edificio.
11.2 Exigencia básica SI 2: Propagación exterior: se limitará el riesgo de propagación del
incendio por el exterior, tanto en el edificio considerado como a otros edificios.
11.3 Exigencia básica SI 3: Evacuación de ocupantes: el edificio dispondrá de los medios
de evacuación adecuados para que los ocupantes puedan abandonarlo o alcanzar un lugar
seguro dentro del mismo en condiciones de seguridad.
11.4 Exigencia básica SI 4: Instalaciones de protección contra incendios: el edificio
dispondrá de los equipos e instalaciones adecuados para hacer posible la detección, el
control y la extinción del incendio, así como la transmisión de la alarma a los ocupantes.
11.5 Exigencia básica SI 5: Intervención de bomberos: se facilitará la intervención de los
equipos de rescate y de extinción de incendios.
11.6 Exigencia básica SI 6: Resistencia al fuego de la estructura: la estructura portante
mantendrá su resistencia al fuego durante el tiempo necesario para que puedan cumplirse las
anteriores exigencias básicas
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 3
Cumplimiento del CTE
Introducción.
Tal y como se describe en el DB-SI (artículo 11) “El objetivo del requisito básico “Seguridad en caso de incendio”
consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daños derivados de un
incendio de origen accidental, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y
mantenimiento. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de
forma que, en caso de incendio, se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes. El
Documento Básico DB-SI especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la
satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico
de seguridad en caso de incendio, excepto en el caso de los edificios, establecimientos y zonas de uso industrial a los
que les sea de aplicación el “Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales”, en los
cuales las exigencias básicas se cumplen mediante dicha aplicación.”
Para garantizar los objetivos del Documento Básico (DB-SI) se deben cumplir determinadas secciones. “La correcta
aplicación de cada Sección supone el cumplimiento de la exigencia básica correspondiente. La correcta aplicación
del conjunto del DB supone que se satisface el requisito básico "Seguridad en caso de incendio".”
Las exigencias básicas son las siguientes
Exigencia básica SI 1 Propagación interior.
Exigencia básica SI 2 Propagación exterior.
Exigencia básica SI 3 Evacuación de ocupantes.
Exigencia básica SI 4 Instalaciones de protección contra incendios.
Exigencia básica SI 5 Intervención de los bomberos.
Exigencia básica SI 6 Resistencia al fuego de la estructura.
SI 1: Propagación interior
1 Compartimentación en sectores de incendio.
La obra se dividirá en los siguientes sectores de incendio:
Nombre del sector: Sector Único
Uso previsto: Pública concurrencia
Superficie: 1874,53 m².
Situaciones:
- Planta sobre rasante con altura de evacuación h <= 15 m y la resistencia al fuego de las paredes
y techos que delimitan el sector de incendio es de EI90
Condiciones según DB SI:
- La superficie construida de cada sector de incendio no debe exceder de 2.500 m², excepto en
los casos contemplados en los guiones siguientes.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 4
- Los espacios destinados a público sentado en asientos fijos en cines, teatros, auditorios, salas
para congresos, etc., así como los museos, los espacios para culto religioso y los recintos polideportivos,
feriales y similares pueden constituir un sector de incendio de superficie construida mayor de 2.500 m²
siempre que:
a) Estén compartimentados respecto de otras zonas mediante elementos EI 120;
b) tengan resuelta la evacuación mediante salidas de planta que comuniquen, bien con un sector de
riesgo mínimo a través de vestíbulos de independencia, o bien con un espacio exterior seguro;)
los materiales de revestimiento sean B-s1,d0 en paredes y techos y BFL-s1 en suelos;) la
densidad de la carga de fuego debida a los materiales de revestimiento y al mobiliario fijo no
exceda de 200 MJ/m² y) no exista sobre dichos espacios ninguna zona habitable.
- Las cajas escénicas deben constituir un sector de incendio diferenciado.
No hay puertas entre sectores de incendios.
2 Locales y zonas de riesgo especial.
1.
Los locales y zonas de riesgo especial integrados en los edificios se clasifican conforme los grados de riesgo
alto, medio y bajo según los criterios que se establecen en la tabla 2.1 de la sección SI 1 del DB-SI. Los locales
así clasificados deben cumplir las condiciones que se establecen en la tabla 2.2 de la sección SI 1 del DB-SI.
2.
Los locales destinados a albergar instalaciones y equipos regulados por reglamentos específicos, tales como
transformadores, maquinaria de aparatos elevadores, calderas, depósitos de combustible, contadores de gas o
electricidad, etc. se rigen, además, por las condiciones que se establecen en dichos reglamentos. Las condiciones
de ventilación de los locales y de los equipos exigidas por dicha reglamentación deberán solucionarse de forma
compatible con las de la compartimentación, establecidas en este DB.
A los efectos de este DB se excluyen los equipos situados en las cubiertas de los edificios, aunque estén
protegidos mediante elementos de cobertura.
Los locales y zonas de riesgo especial son los siguientes:
Nombre del local: Archivo Biblioteca (Planta baja)
Uso:
Talleres de mantenimiento, almacenes de elementos
combustibles (p. e.: mobiliario, lencería, limpieza, etc.),
archivos de documentos, depósitos de libros, etc.
Volumen local
100 < V = 200 m�
Clasificación
Riesgo Bajo
Se cumplen las condiciones de las zonas de riesgo
especial
Si
Nombre del local: Archivo interno, Biblioteca, Sala Investigadores (Planta Segunda)
Uso:
Pública concurrencia (Taller o almacén de decorados, de
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 5
vestuario, etc)
Volumen local
100 < V = 200 m�
Clasificación
Riesgo Medio
Se cumplen las condiciones de las zonas de riesgo
especial
Si
Nombre del local: Depósito de obras de arte de semana santa
Uso:
Talleres de mantenimiento, almacenes de elementos
combustibles (p. e.: mobiliario, lencería, limpieza, etc.),
archivos de documentos, depósitos de libros, etc.
Volumen local
100 < V = 200 m�
Clasificación
Riesgo Bajo
Se cumplen las condiciones de las zonas de riesgo
especial
Si
Nombre del local: Depósito de obras de arte de RR MM Dominicas
Uso:
Talleres de mantenimiento, almacenes de elementos
combustibles (p. e.: mobiliario, lencería, limpieza, etc.),
archivos de documentos, depósitos de libros, etc.
Volumen local
100 < V = 200 m�
Clasificación
Riesgo Bajo
Se cumplen las condiciones de las zonas de riesgo
especial
Si
Se cumplen las condiciones de las zonas de riesgo especial integradas en los edificios, según se indica en la tabla 2.2:
Tabla 2.2 Condiciones de las zonas de riesgo especial integradas en edificios (1)
Característica
Resistencia al fuego de la estructura
portante (2)
Resistencia al fuego de las paredes y
techos (3) que separan la zona del resto
del edificio (2)(4)
Vestíbulo de independencia en cada
comunicación de la zona con el resto del
edificio
Puertas de comunicación con el resto del
edificio (5)
Máximo recorrido de evacuación hasta
alguna salida del local (6)
Riesgo bajo
Riesgo medio
Riesgo alto
R 90
R 120
R 180
EI 90
EI 120
EI 180
-
Si
Si
EI2 45-C5
2 x EI2 30 -C5
2 x EI2 45-C5
≤ 25 m (7)
≤ 25 m (7)
≤ 25 m (7)
(1) Las condiciones de reacción al fuego de los elementos constructivos se regulan en la tabla 4.1 del capítulo 4 de esta Sección.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 6
(2) El tiempo de resistencia al fuego no debe ser menor que el establecido para la estructura portante del conjunto del edificio, de
acuerdo con el apartado SI 6, excepto cuando la zona se encuentre bajo una cubierta no prevista para evacuación y cuyo fallo no
suponga riesgo para la estabilidad de otras plantas ni para la compartimentación contra incendios, en cuyo caso puede ser R 30.
Excepto en los locales destinados a albergar instalaciones y equipos, puede adoptarse como alternativa el tiempo equivalente de
exposición al fuego determinado conforme a lo establecido en el apartado 2 del Anejo SI B.
(3) Cuando el techo separe de una planta superior debe tener al menos la misma resistencia al fuego que se exige a las paredes,
pero con la característica REI en lugar de EI, al tratarse de un elemento portante y compartimentador de incendios. En cambio,
cuando sea una cubierta no destinada a actividad alguna, ni prevista para ser utilizada en la evacuación, no precisa tener una
función de compartimentación de incendios, por lo que sólo debe aportar la resistencia al fuego R que le corresponda como
elemento estructural, excepto en las franjas a las que hace referencia el capítulo 2 de la Sección SI 2, en las que dicha resistencia
debe ser REI.
(4) Considerando la acción del fuego en el interior del recinto. La resistencia al fuego del suelo es función del uso al que esté
destinada la zona existente en la planta inferior. Véase apartado 3 de la Sección SI 6 de este DB.
(5) Las puertas de los locales de riesgo especial deben abrir hacia el exterior de los mismos.
(6) El recorrido de evacuación por el interior de la zona de riesgo especial debe ser tenido en cuenta en el cómputo de la longitud
los recorridos de evacuación hasta las salidas de planta.
(7) Podrá aumentarse un 25% cuando la zona esté protegida con una Instalación automática de extinción.
3. Espacios ocultos. Paso de instalaciones a través de elementos de
compartimentación de incendios.
La compartimentación contra incendios de los espacios ocupables tiene continuidad en los espacios ocultos,
tales como patinillos, cámaras, falsos techos, suelos elevados, etc., salvo cuando éstos estén compartimentados
respecto de los primeros al menos con la misma resistencia al fuego, pudiendo reducirse ésta a la mitad en los
registros para mantenimiento.
Ya que se limita a un máximo de tres plantas y a 10 m el desarrollo vertical de las cámaras no estancas
(ventiladas) y en las que no existan elementos cuya clase de reacción al fuego sea B-s3,d2, BL-s3,d2 ó mejor, se
cumple el apartado 3.2 de la sección SI 1 del DB-SI.
La resistencia al fuego requerida a los elementos de compartimentación de incendios se mantiene en los
puntos en los que dichos elementos son atravesados por elementos de las instalaciones, tales como cables, tuberías,
conducciones, conductos de ventilación, etc, excluidas las penetraciones cuya sección de paso no exceda de 50 cm².
Mediante la disposición de un elemento que, en caso de incendio, obture automáticamente la sección de paso y
garantice en dicho punto una resistencia al fuego al menos igual a la del elemento atravesado, por ejemplo, una
compuerta cortafuegos automática EI t (i?o) siendo t el tiempo de resistencia al fuego requerida al elemento de
compartimentación atravesado, o un dispositivo intumescente de obturación.
4. Reacción al fuego de los elementos constructivos, decorativos y de
mobiliario.
Se cumplen las condiciones de las clases de reacción al fuego de los elementos
constructivos, según se indica en la tabla 4.1:
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 7
Tabla 4.1 Clases de reacción al fuego de los elementos constructivos
De techos y paredes (2) (3)
Situación del elemento Revestimientos (1)
Zonas ocupables (4)
C-s2,d0
Pasillos y escaleras protegidos
B-s1,d0
Aparcamientos y recintos de riesgo especial (5)
B-s1,d0
Espacios ocultos no estancos: patinillos, falsos
techos (excepto los existentes dentro de
B-s3,d0
viviendas), suelos elevados, etc.
De suelos (2)
EFL
CFL-s1
BFL-s1
BFL-s2 (6)
(1) Siempre que superen el 5% de las superficies totales del conjunto de las paredes, del conjunto de los techos o del conjunto de
los suelos del recinto considerado.
(2) Incluye las tuberías y conductos que transcurren por las zonas que se indican sin recubrimiento resistente al fuego. Cuando se
trate de tuberías con aislamiento térmico lineal, la clase de reacción al fuego serála que se indica, pero incorporando el subíndice
L.
(3) Incluye a aquellos materiales que constituyan una capa contenida en el interior del techo o pared y que no estéprotegida por
una capa que sea EI 30 como mínimo.
(4) Incluye, tanto las de permanencia de personas, como las de circulación que no sean protegidas. Excluye el interior de
viviendas. En uso Hospitalario se aplicarán las mismas condiciones que en pasillos y escaleras protegidos.
(5) Véase el capítulo 2 de esta Sección.
(6) Se refiere a la parte inferior de la cavidad. Por ejemplo, en la cámara de los falsos techos se refiere al material situado en la
cara superior de la membrana. En espacios con clara configuración vertical (por ejemplo, patinillos) así como cuando el falso
techo esté constituido por una celosía, retícula o entramado abierto, con una función acústica, decorativa, etc, esta condición no es
aplicable.
No existe elemento textil de cubierta integrado en el edificio. No es necesario cumplir el apartado 4.3 de la
sección 1 del DB - SI.
SI 2: Propagación exterior
1. Medianerías y fachadas
2. Riesgo de propagación horizontal:
No se contemplan las distancias míinimas de separación que limitan el riesgo de propagación exterior
horizontal del incendio (apartado 1.2 de la sección 2 del DB-SI) ya que no existen elementos a través de las fachadas
entre dos sectores de incendio, entre una zona de riesgo especial alto y otras zonas o hacia una escalera protegida o
pasillo protegido desde otras zonas.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 8
No se contemplan las distancias míinimas de separación que limitan el riesgo de propagación exterior
horizontal del incendio (apartado 1.2 de la sección 2 del DB-SI) ya que no existen elementos entre edificios
diferentes y colindantes.
3. Riesgo de propagación vertical:
No se exige el cumplimiento de las condiciones para limitar el riesgo de propagación (apartado 1.3 de la
sección 2 del DB-SI) por no existir dos sectores de incendio ni una zona de riesgo especial alto separada de otras
zonas más altas del edificio.
4. Clase de reacción al fuego de los materiales:
La clase de reacción al fuego de los materiales que ocupan más del 10% de la superficie del acabado
exterior de las fachadas o de las superficies interiores de las cámaras ventiladas que dichas fachadas puedan tener,
será como mínimo B-s3 d2, hasta una altura de 3,5 m como mínimo, en aquellas fachadas cuyo arranque inferior sea
accesible al público desde la rasante exterior o desde una cubierta, y en toda la altura de la fachada cuando esta
exceda de 18 m, con independencia de donde se encuentre su arranque. (apartado 1.4 de la sección 2 del DB-SI).
5. Cubiertas
No es necesario justificar el cumplimiento de riesgo de propagación exterior del incendio por la cubierta
(apartado 2.1 de la sección 2 del DB-SI), pues no existen ni edificios colindantes ni riesgo en el edificio.
No es necesario justificar el apartado 2.2 de la sección 2 del DB-SI (riesgo de propagación exterior del
incendio por la cubierta) pues no existe encuentro entre una cubierta y una fachada que pertenezcan a sectores de
incendio o a edificios diferentes.
Los materiales que ocupan más del 10% del revestimiento o acabado exterior de las cubiertas, incluida la
cara superior de los voladizos cuyo saliente exceda de 1 m, así como los lucernarios, claraboyas y cualquier otro
elemento de iluminación, ventilación o extracción de humo, pertenecer a la clase de reacción al fuego BROOF (t1).
SI 3: Evacuación de ocupantes
2 Cálculo de la ocupación.
Tal y como establece la sección SI 3 del DB-SI.
Para calcular la ocupación deben tomarse los valores de densidad de ocupación que se indican en la tabla 2.1 de la en
función de la superficie útil de cada zona, salvo cuando sea previsible una ocupación mayor o bien cuando sea
exigible una ocupación menor en aplicación de alguna disposición legal de obligado cumplimiento, como puede ser
en el caso de establecimientos hoteleros, docentes, hospitales, etc. En aquellos recintos o zonas no incluidos en la
tabla se deben aplicar los valores correspondientes a los que sean más asimilables.
A efectos de determinar la ocupación, se debe tener en cuenta el carácter simultáneo o alternativo de las diferentes
zonas de un edificio, considerando el régimen de actividad y de uso previsto para el mismo.
En función de esta tabla la ocupación prevista será la siguiente:
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 9
Recinto o
planta
Zona
Administrativa
Planta Segunda
Espacio
Expositivo Planta
Segunda
Sala de
Exposiciones
Temporales
Semana Santa
archivoBiblioteca Planta
Primera
Espacio
Expositivo
RR.MM.
Dominicas Planta
Primera
Sala
Exposiciones
Temporales
S.SantaPlanta
Baja
Espacio
Expositivo
RR.MM.
Dominicas Planta
Baja
Espacio Almacen
RR.MM.
Dominicas Planta
baja
Hall y
Circulaciones
Baños
Tipo de uso
Zona, tipo de
actividad
Superficie
Administrativo
E.1
120,75
Pública
concurrencia
H.14
104,13
Pública
concurrencia
H.14
297,7
Pública
concurrencia
H.14
34,29
Pública
concurrencia
H.14
178,98
Pública
concurrencia
H.14
292,98
Pública
concurrencia
H.2
59,55
Archivos y
almacenes
I.1
53,89
H.15
61,12
H.15
33,0
Pública
concurrencia
Pública
concurrencia
Ocupación
Número de
personas
10,0
13
(m² / persona)
2,0
(m² / persona)
2,0
(m² / persona)
2,0
(m² / persona)
2,0
(m² / persona)
2,0
(m² / persona)
0,5
(m² / persona)
40,0
(m² / persona)
2,0
(m² / persona)
2,0
(m² / persona)
53
149
18
90
147
120
2
31
17
Zonas, tipo de actividad:
E.1 - Plantas o zonas de oficinas (Administrativo)
H.2 - Zonas destinadas a espectadores sentados: sin asientos definidos en el proyecto (Pública concurrencia)
H.14 - Salas de espera, salas de lectura en bibliotecas, zonas de uso público en museos, galerías de arte, ferias y
exposiciones, etc. (Pública concurrencia)
H.15 - Vestíbulos generales, zonas de uso público en plantas de sótano, baja y entreplanta (Pública concurrencia)
I.1 - Archivos, almacenes
3 Número de salidas y longitud de los recorridos de evacuación.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 10
Nombre recinto: Zona Administrativa Planta Segunda
Número de salidas:1
En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido
ascendente
La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico,
en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio
Nombre de la salida
Salida de Planta 2b
Tipo de salida
Asignación de ocupantes
Salida de planta
13
Nombre recinto: Espacio Expositivo Planta Segunda
Número de salidas:1
En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido
ascendente
La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico,
en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio
Nombre de la salida
Salida de Planta 2a
Tipo de salida
Asignación de ocupantes
Salida de planta
53
Nombre recinto: Sala de Exposiciones Temporales Semana Santa
Número de salidas:2
En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido
ascendente
La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico,
en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio
Nombre de la salida
Salida de Planta 1a
Salida de Planta 1c
Tipo de salida
Asignación de ocupantes
Salida de planta
Salida de recinto
149
149
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 11
Nombre recinto: archivo-Biblioteca Planta Primera
Número de salidas:1
En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido
ascendente
La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico,
en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio
Nombre de la salida
Salida de Planta 1a
Tipo de salida
Asignación de ocupantes
Salida de planta
18
Nombre recinto: Espacio Expositivo RR.MM. Dominicas Planta Primera
Número de salidas:1
En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido
ascendente
La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico,
en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio
Nombre de la salida
Salida de Planta 2b
Tipo de salida
Asignación de ocupantes
Salida de recinto
90
Nombre recinto: Sala Exposiciones Temporales S.SantaPlanta Baja
Número de salidas:2
En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido
ascendente
La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico,
en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio
Nombre de la salida
Salida de Planta PBa
Salida de Planta PBd
Tipo de salida
Asignación de ocupantes
Salida de planta
Salida de recinto
147
147
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 12
Nombre recinto: Espacio Expositivo RR.MM. Dominicas Planta Baja
Número de salidas:2
En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido
ascendente
La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico,
en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio
Nombre de la salida
Salida de Edificio 1
Salida de Edificio 1
Tipo de salida
Asignación de ocupantes
Salida de edificio
Salida de edificio
120
120
Nombre recinto: Espacio Almacen RR.MM. Dominicas Planta baja
Número de salidas:1
En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido
ascendente
La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico,
en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio
Nombre de la salida
Salida Edificio 2
Tipo de salida
Asignación de ocupantes
Salida de edificio
2
Nombre recinto: Hall y Circulaciones
Número de salidas:1
En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido
ascendente
La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico,
en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio
Nombre de la salida
Salida Edificio 1
Tipo de salida
Asignación de ocupantes
Salida de edificio
31
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 13
Nombre recinto: Baños
Número de salidas:1
En el recinto la evacuación hasta una salida de planta no debe salvar una altura mayor que 2 m en sentido
ascendente
La altura de evacuación de la planta considerada no excede de 28 m, excepto en uso residencial publico,
en cuyo caso es, como máximo, la segunda planta por encima de la de salida de edificio
Nombre de la salida
Salida de Edificio 1
Tipo de salida
Asignación de ocupantes
Salida de edificio
17
Se cumple la sección SI 3, apartado 3 y del DB-SU que desarrolla el número de salidas y la longitud de los
recorridos de evacuación.
La justificación de cumplimiento de longitudes de evacuación es la siguiente:
Nombre de la
planta o recinto
Uso del recinto
Longitud
máxima según
DB-SI hasta
salida de planta
Longitud
máxima hasta
salida de planta
en el proyecto
Longitud
máxima según
DB-SI a un
punto en que
existan al menos
dos recorridos
alternativos
(Solo en caso de
más de una salida)
Zona
Administrativa
Planta Segunda
Espacio
Expositivo Planta
Segunda
Sala de
Exposiciones
Temporales
Semana Santa
archivoBiblioteca Planta
Primera
Espacio
Expositivo
RR.MM.
Dominicas Planta
Primera
Sala
Exposiciones
Temporales
S.SantaPlanta
Baja
Espacio
Expositivo
RR.MM.
Administrativo
25,0
19,0
Pública
concurrencia
25,0
21,32
Pública
concurrencia
50,0
22,14
Pública
concurrencia
25,0
15,8
Pública
concurrencia
25,0
24,69
Pública
concurrencia
50,0
Pública
concurrencia
50,0
Longitud
máxima a un
punto en que
existan al menos
dos recorridos
alternativos
(Solo en caso de
más de una salida)
25,0
15,32
19,98
25,0
12,86
15,31
25,0
8,25
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 14
Dominicas Planta
Baja
Espacio Almacen
RR.MM.
Dominicas Planta
baja
Hall y
Circulaciones
Baños
Archivos y
almacenes
Pública
concurrencia
Pública
concurrencia
25,0
0,0
25,0
14,85
25,0
20,6
4 Dimensionado de los medios de evacuación
Los criterios para la asignación de los ocupantes (apartado 4.1 de la sección SI 3.4 de DB-SI) han sido los siguientes:
1.
Cuando en un recinto, en una planta o en el edificio deba existir más de una salida, la distribución de los
ocupantes entre ellas a efectos de cálculo debe hacerse suponiendo inutilizada una de ellas, bajo la hipótesis más
desfavorable.
2.
A efectos del cálculo de la capacidad de evacuación de las escaleras y de la distribución de los ocupantes entre
ellas, cuando existan varias, no es preciso suponer inutilizada en su totalidad alguna de las escaleras protegidas
existentes. En cambio, cuando existan varias escaleras no protegidas, debe considerarse inutilizada en su
totalidad alguna de ellas, bajo la hipótesis más desfavorable.
3.
En la planta de desembarco de una escalera, el flujo de personas que la utiliza deberá añadirse a la salida de
planta que les corresponda, a efectos de determinar la anchura de esta. Dicho flujo deberá estimarse, o bien en
160 A personas, siendo A la anchura, en metros, del desembarco de la escalera, o bien en el número de personas
que utiliza la escalera en el conjunto de las plantas, cuando este número de personas sea menor que 160A.
Cálculo del dimensionado de los medios de evacuación.( Apartado 4.2 de la sección SI 3.4 de DB-SI)
Nombre del elemento de
evacuación
Escalera Principal
Escalera Secundaria
Salida de Planta PBd
Salida de Edificio 1
Salida de Edificio 1
Tipo
Escaleras no
protegidas para
evacuacion
descendente
Escaleras no
protegidas para
evacuacion
descendente
Puerta
Puerta
Puerta
Fórmula para el
dimensionado
Anchura
mínima
Anchura de
según
proyecto
fórmula de
(m)
dimensionad
o (m)
A >= P / 160
1,0
1,78
A >= P / 160
1,35
1,35
A >= P / 200
A >= P / 200
A >= P / 200
0,8
0,8
0,8
0,8
1,62
1,62
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 15
Salida Edificio 2
Salida Edificio 1
Salida de Edificio 1
Puerta
Puerta
Puerta
A >= P / 200
A >= P / 200
A >= P / 200
0,8
0,8
0,8
0,95
1,62
1,62
Definiciones para el cálculo de dimensionado
E=
Suma de los ocupantes asignados a la escalera en la planta considerada más los de las plantas situadas por
encima o por debajo de ella hasta la planta de salida del edificio, según se trate de una escalera para
evacuación descendente o ascendente, respectivamente. Para dicha asignación solo será necesario aplicar la
hipótesis de bloqueo de salidas de planta indicada en el punto 4.1 en una de las plantas, bajo la hipótesis
más desfavorable.
AS =
Anchura de la escalera protegida en su desembarco en la planta de salida del edificio, [m]
S=
Superficie útil del recinto, o bien de la escalera protegida en el conjunto de las plantas de las que provienen
las P personas. Incluye, incluyendo la superficie de los tramos, de los rellanos y de las mesetas intermedias
o bien del pasillo protegido.
P=
Número total de personas cuyo paso está previsto por el punto cuya anchura se dimensiona.
Otros criterios de dimensionado
La anchura mínima es:
0,80 m en escaleras previstas para 10 personas, como máximo, y estas sean usuarios habituales de la misma.
- 1,20 m en uso Docente, en zonas de escolarización infantil y en centros de enseñanza primaria, así como en
zonas de público de uso Pública Concurrencia y Comercial.
- 1,40 m en uso Hospitalario en zonas destinadas a pacientes internos o externos con recorridos que obligan a
giros iguales o mayores que 90º y 1,20 m en otras zonas.
- 1,00 en el resto de los casos.
La anchura de cálculo de una puerta de salida del recinto de una escalera protegida a planta de salida del edificio
debe ser:
- al menos igual al 80% de la anchura de cálculo de la escalera.
- >= 0,80 m en todo caso.
- La anchura de toda hoja de puerta no debe ser menor que 0,60 m, ni exceder de 1,20 m
5 Protección de las escaleras
Se cumplen las condiciones de protección de escaleras desarrolladas en la tabla 3.1 del DB-SI.
La protección de las escaleras figura en la siguiente tabla:
Nombre de la
escalera
Uso previsto
Tipo de
evacuación
Altura de
evacuación
Protección
mínima según
DB-SI
Protección
según proyecto
Escalera
Comercial,
Evacuación
h <= 10 m
No protegida
No protegida
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 16
Principal
Escalera
Secundaria
Pública
concurrencia
Comercial,
Pública
concurrencia
descendente
Evacuación
descendente
h <= 10 m
No protegida
No protegida
6. Puertas situadas en recorridos de evacuación.
No es necesario justificar el cumplimento de la sección SI 6 y del DB-SI (puertas situadas en recorridos de
evacuación) pues no existen este tipo de puertas.
7 Señalización de los medios de evacuación.
1. Se utilizarán las señales de evacuación definidas en la norma UNE 23034:1988, conforme a los siguientes
criterios:
a) Las salidas de recinto, planta o edificio tendrán una señal con el rótulo "SALIDA", excepto en edificios
de uso Residencial Vivienda y, en otros usos, cuando se trate de salidas de recintos cuya superficie no
exceda de 50 m�, sean fácilmente visibles desde todo punto de dichos recintos y los ocupantes estén
familiarizados con el edificio.
b) La señal con el rótulo "Salida de emergencia" se utilizará en toda salida prevista para uso exclusivo en
caso de emergencia.
c) Se dispondrán señales indicativas de dirección de los recorridos, visibles desde todo origen de evacuación
desde el que no se perciban directamente las salidas o sus señales indicativas y, en particular, frente a toda
salida de un recinto con ocupación mayor que 100 personas que acceda lateralmente a un pasillo.
d) En los puntos de los recorridos de evacuación en los que existan alternativas que puedan inducir a error,
también se dispondrán las señales indicativas de dirección de los recorridos, de forma que quede claramente
indicada la alternativa correcta.
Tal es el caso de determinados cruces o bifurcaciones de pasillos, así como de aquellas escaleras
que, en la planta de salida del edificio, continúen su trazado hacia plantas más bajas, etc.
e) En los recorridos de evacuación, junto a las puertas que no sean salida y que puedan inducir a error en la
evacuación se dispondrá la señal con el rótulo "Sin salida" en lugar fácilmente visible pero en ningún caso
sobre las hojas de las puertas.
f) Las señales se dispondrán de forma coherente con la asignación de ocupantes que se pretenda hacer a
cada salida, conforme a lo establecido en el capítulo 4 de la sección 3 del DB-SI.
2. Las señales son visibles incluso en caso de fallo en el suministro al alumbrado normal. Cuando sean
fotoluminiscentes, sus características de emisión luminosa cumplen lo establecido en la norma UNE 23035-4:2003.
8. Control del humo de incendio.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 17
Se cumplen las condiciones de evacuación de humos pues no existe ningún caso en el que sea necesario.
SI 4: Instalaciones de protección contra incendios
1 Dotación de instalaciones de protección contra incendios
El diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de dichas instalaciones, así como
sus materiales, componentes y equipos, deben cumplir lo establecido en el “Reglamento de Instalaciones de
Protección contra Incendios”, en sus disposiciones complementarias y en cualquier otra reglamentación específica
que le sea de aplicación.
La puesta en funcionamiento de las instalaciones requiere la presentación, ante el órgano competente de la
Comunidad Autónoma, del certificado de la empresa instaladora al que se refiere el artículo 18 del citado
reglamento.
Aquellas zonas cuyo uso previsto sea diferente y subsidiario del principal del edificio o del establecimiento
en el que estén integradas y que, conforme a la tabla 1.1 del Capítulo 1 de la Sección 1 de este DB, deban constituir
un sector de incendio diferente, deben disponer de la dotación de instalaciones que se indica para el uso previsto de
la zona.
La obra dispondrá de los equipos e instalaciones de protección contra incendios que se indican en las tablas
siguientes:
Dotaciones en General
Uso previsto: General
Altura de evacuación ascendente: 0,0 m.
Altura de evacuación descendente: 0,0 m.
Superficie: 0,0
Condiciones:
Dotacion Extintor portátil
Notas:
Uno de eficacia 21A -113B:
A 15 m de recorrido en cada planta, como
máximo, desde todo origen de evacuación.
En las zonas de riesgo especial conforme al
capítulo 2 de la Sección 1 de este DB. Uno de
eficacia 21A -113B:
A 15 m de recorrido en cada planta, como
máximo, desde todo origen de evacuación.
En las zonas de riesgo especial conforme al
capítulo 2 de la Sección 1 de este DB.
Un extintor en el exterior del local o de la zona y próximo a
la puerta de acceso, el cual podrá servir simultáneamente a
varios locales o zonas. En el interior del local o de la zona se
instalarán además los extintores necesarios para que el
recorrido real hasta alguno de ellos, incluido el situado en el
exterior, no sea mayor que 15 m en locales de riesgo especial
medio o bajo, o que 10 m en locales o zonas de riesgo
especial alto.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 18
Dotaciones en Zona Administrativa Planta Segunda
Uso previsto: Administrativo
Altura de evacuación ascendente: 0,0 m.
Altura de evacuación descendente: 0,0 m.
Superficie: 120,75
Dotacion Boca de incendio
Dotacion Sistema de alarma
Condiciones:
Notas:
Condiciones:
Notas:
Dotacion Sistema de detección de Condiciones:
incendio
Notas:
Si la superficie construida excede de 2.000 m².
Los equipos serán de tipo 25 mm.
Si la superficie construida excede de 1.000 m².
Si la superficie construida excede de 2.000 m². El sistema
dispondrá al menos de detectores de incendio.
Dotaciones en Espacio Expositivo Planta Segunda
Uso previsto: Publica concurrencia
Altura de evacuación ascendente: 0,0 m.
Altura de evacuación descendente: 0,0 m.
Superficie: 104,13
Dotacion Boca de incendio
Dotacion Sistema de alarma
Condiciones:
Notas:
Condiciones:
Si la superficie construida excede de 500 m².
Los equipos serán de tipo 25 mm.
Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser
apto para emitir mensajes por megafonía.
Notas:
Dotacion Sistema de detección de Condiciones:
Notas:
incendio
Si la superficie construida excede de 1.000 m².
El sistema dispondrá al menos de detectores de incendio.
Dotaciones en Sala de Exposiciones Temporales Semana Santa
Uso previsto: Publica concurrencia
Altura de evacuación ascendente: 0,0 m.
Altura de evacuación descendente: 0,0 m.
Superficie: 297,7
Dotacion Boca de incendio
Dotacion Sistema de alarma
Condiciones:
Notas:
Condiciones:
Si la superficie construida excede de 500 m².
Los equipos serán de tipo 25 mm.
Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser
apto para emitir mensajes por megafonía.
Notas:
Dotacion Sistema de detección de Condiciones:
Notas:
incendio
Si la superficie construida excede de 1.000 m².
El sistema dispondrá al menos de detectores de incendio.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 19
Dotaciones en archivo-Biblioteca Planta Primera
Uso previsto: Publica concurrencia
Altura de evacuación ascendente: 0,0 m.
Altura de evacuación descendente: 0,0 m.
Superficie: 34,29
Dotacion Sistema de alarma
Condiciones:
Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser
apto para emitir mensajes por megafonía.
Notas:
Dotacion Sistema de detección de Condiciones:
Notas:
incendio
Si la superficie construida excede de 1.000 m².
El sistema dispondrá al menos de detectores de incendio.
Dotaciones en Espacio Expositivo RR.MM. Dominicas Planta Primera
Uso previsto: Publica concurrencia
Altura de evacuación ascendente: 0,0 m.
Altura de evacuación descendente: 0,0 m.
Superficie: 178,98
Dotacion Sistema de alarma
Condiciones:
Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser
apto para emitir mensajes por megafonía.
Notas:
Dotacion Sistema de detección de Condiciones:
Notas:
incendio
Si la superficie construida excede de 1.000 m².
El sistema dispondrá al menos de detectores de incendio.
Dotaciones en Sala Exposiciones Temporales S.SantaPlanta Baja
Uso previsto: Publica concurrencia
Altura de evacuación ascendente: 0,0 m.
Altura de evacuación descendente: 0,0 m.
Superficie: 292,98
Dotacion Sistema de alarma
Condiciones:
Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser
apto para emitir mensajes por megafonía.
Notas:
Dotacion Sistema de detección de Condiciones:
Notas:
incendio
Si la superficie construida excede de 1.000 m².
El sistema dispondrá al menos de detectores de incendio.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 20
Dotaciones en Espacio Expositivo RR.MM. Dominicas Planta Baja
Uso previsto: Publica concurrencia
Altura de evacuación ascendente: 0,0 m.
Altura de evacuación descendente: 0,0 m.
Superficie: 59,55
Dotacion Sistema de alarma
Condiciones:
Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser
apto para emitir mensajes por megafonía.
Notas:
Dotacion Sistema de detección de Condiciones:
Notas:
incendio
Si la superficie construida excede de 1.000 m².
El sistema dispondrá al menos de detectores de incendio.
Dotaciones en Espacio Almacen RR.MM. Dominicas Planta baja
Uso previsto: General
Altura de evacuación ascendente: 0,0 m.
Altura de evacuación descendente: 0,0 m.
Superficie: 53,89
Condiciones:
Dotacion Extintor portátil
Notas:
Uno de eficacia 21A -113B:
A 15 m de recorrido en cada planta, como
máximo, desde todo origen de evacuación.
En las zonas de riesgo especial conforme al
capítulo 2 de la Sección 1 de este DB. Uno de
eficacia 21A -113B:
A 15 m de recorrido en cada planta, como
máximo, desde todo origen de evacuación.
En las zonas de riesgo especial conforme al
capítulo 2 de la Sección 1 de este DB.
Un extintor en el exterior del local o de la zona y próximo a
la puerta de acceso, el cual podrá servir simultáneamente a
varios locales o zonas. En el interior del local o de la zona se
instalarán además los extintores necesarios para que el
recorrido real hasta alguno de ellos, incluido el situado en el
exterior, no sea mayor que 15 m en locales de riesgo especial
medio o bajo, o que 10 m en locales o zonas de riesgo
especial alto.
Dotaciones en Hall y Circulaciones
Uso previsto: Publica concurrencia
Altura de evacuación ascendente: 0,0 m.
Altura de evacuación descendente: 0,0 m.
Superficie: 61,12
Dotacion Sistema de alarma
Condiciones:
Notas:
Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser
apto para emitir mensajes por megafonía.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 21
Dotacion Sistema de detección de Condiciones:
Notas:
incendio
Si la superficie construida excede de 1.000 m².
El sistema dispondrá al menos de detectores de incendio.
Dotaciones en Baños
Uso previsto: Publica concurrencia
Altura de evacuación ascendente: 0,0 m.
Altura de evacuación descendente: 0,0 m.
Superficie: 33,0
Dotacion Sistema de alarma
Condiciones:
Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser
apto para emitir mensajes por megafonía.
Notas:
Dotacion Sistema de detección de Condiciones:
Notas:
incendio
Si la superficie construida excede de 1.000 m².
El sistema dispondrá al menos de detectores de incendio.
Dotaciones en Archivo Biblioteca (Planta baja)
Uso previsto: Locales de riesgo especial bajo o medio
Altura de evacuación ascendente: 0,0 m.
Altura de evacuación descendente: 0,0 m.
Superficie: 0,0
Dotacion Extintor portátil
Condiciones:
Notas:
Dotaciones en Archivo interno, Biblioteca, Sala Investigadores (Planta Segunda)
Uso previsto: Locales de riesgo especial bajo o medio
Altura de evacuación ascendente: 0,0 m.
Altura de evacuación descendente: 0,0 m.
Superficie: 0,0
Dotacion Extintor portátil
Condiciones:
Notas:
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 22
Dotaciones en Depósito de obras de arte de semana santa
Uso previsto: Locales de riesgo especial bajo o medio
Altura de evacuación ascendente: 0,0 m.
Altura de evacuación descendente: 0,0 m.
Superficie: 0,0
Dotacion Extintor portátil
Condiciones:
Notas:
2. Señalización de las instalaciones manuales de protección contra
incendios.
Los medios de protección existentes contra incendios de utilización manual (extintores, bocas de incendio,
hidrantes exteriores, pulsadores manuales de alarma y dispositivos de disparo de sistemas de extinción) se señalizan
mediante señales definidas en la norma UNE 23033-1 con este tamaño:
a) 210 x 210 mm. cuando la distancia de observación de la señal no exceda de 10 m.
b) 420 x 420 mm. cuando la distancia de observación esté comprendida entre 10 y 20 m.
c) 594 x 594 mm. cuando la distancia de observación esté comprendida entre 20 y 30 m.
Las señales existentes son visibles incluso en caso de fallo en el suministro al alumbrado normal y cuando son
fotoluminiscentes, sus características de emisión luminosa cumplen lo establecido en la norma UNE 23035 - 4:2003.
SI 5: Intervención de bomberos
1. Condiciones de aproximación y entorno.
No es necesario cumplir condiciones de aproximación y entorno pues La altura de evacuación descendente
es menor de 9 m.
No es necesario disponer de espacio de maniobra con las condiciones establecidas en el DB-SI (Sección SI
5) pues la altura de evacuación descendente es menor de 9m.
No es necesario disponer de un espacio suficiente para la maniobra de los vehículos del servicio de
extinción de incendios en los términos descritos en el DB-SI sección 5, pues no existen vías de acceso sin salida de
más de 20 m. de largo.
Hay una franja de 25 m. de anchura separando la zona edificada de la forestal, libre de arbustos o vegetación
que pueda propagar un incendio del área forestal así como un camino perimetral de 5 m, que podrá estar incluido en
la citada franja.
La zona edificada o urbanizada dispone preferentemente de dos vías de acceso alternativas, cada una de las
cuales cumplen estas condiciones:
1) anchura mínima libre 3,5 m.
2) altura mínima libre o gálibo 4,5 m.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 23
3) capacidad portante del vial 20 kN/m�.
O bien, cuando no se pueda disponer de las dos vías alternativas indicadas en el párrafo anterior, el acceso
único finaliza en un fondo de saco de forma circular de 12,50 m de radio, en el que se cumplen estas condiciones:
1) anchura mínima libre 3,5 m.
2) altura mínima libre o gálibo 4,5 m.
3) capacidad portante del vial 20 kN/m�.
2. Accesibilidad por fachada.
SI 6: Resistencia al fuego de la estructura
1. Generalidades.
Tal y como se expone en el punto 1 de la sección SI 6 del DB SI:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
La elevación de la temperatura que se produce como consecuencia de un incendio en un edificio afecta a su
estructura de dos formas diferentes. Por un lado, los materiales ven afectadas sus propiedades,
modificándose de forma importante su capacidad mecánica. Por otro, aparecen acciones indirectas como
consecuencia de las deformaciones de los elementos, que generalmente dan lugar a tensiones que se suman
a las debidas a otras acciones.
En este Documento Básico se indican únicamente métodos simplificados de cálculo suficientemente
aproximados para la mayoría de las situaciones habituales (véase anexos B a F). Estos métodos sólo recogen
el estudio de la resistencia al fuego de los elementos estructurales individuales ante la curva normalizada
tiempo temperatura.
Pueden adoptarse otros modelos de incendio para representar la evolución de la temperatura durante el
incendio, tales como las denominadas curvas paramétricas o, para efectos locales los modelos de incendio
de una o dos zonas o de fuegos localizados o métodos basados en dinámica de fluidos (CFD, según siglas
inglesas) tales como los que se contemplan en la norma UNE-EN 1991-1-2:2004.
En dicha norma se recogen, asimismo, también otras curvas nominales para fuego exterior o para
incendios producidos por combustibles de gran poder calorífico, como hidrocarburos, y métodos para el
estudio de los elementos externos situados fuera de la envolvente del sector de incendio y a los que el fuego
afecta a través de las aberturas en fachada.
En las normas UNE-EN 1992-1-2:1996, UNE-EN 1993-1-2:1996, UNE-EN 1994-1-2:1996, UNE-EN
1995-1-2:1996, se incluyen modelos de resistencia para los materiales.
Los modelos de incendio citados en el párrafo 3 son adecuados para el estudio de edificios singulares o para
el tratamiento global de la estructura o parte de ella, así como cuando se requiera un estudio más ajustado a
la situación de incendio real.
En cualquier caso, también es válido evaluar el comportamiento de una estructura, de parte de ella o de un
elemento estructural mediante la realización de los ensayos que establece el Real Decreto 312/2005 de 18
de marzo.
Si se utilizan los métodos simplificados indicados en este Documento Básico no es necesario tener en
cuenta las acciones indirectas derivadas del incendio.
2. Resistencia al fuego de la estructura.
De igual manera y como se expone en el punto 2 de la sección SI 6 del DB SI:
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 24
1.
2.
3.
Se admite que un elemento tiene suficiente resistencia al fuego si, durante la duración del incendio, el valor
de cálculo del efecto de las acciones, en todo instante t, no supera el valor de la resistencia de dicho
elemento. En general, basta con hacer la comprobación en el instante de mayor temperatura que, con el
modelo de curva normalizada tiempo-temperatura, se produce al final del mismo.
En el caso de sectores de riesgo mínimo y en aquellos sectores de incendio en los que, por su tamaño y por
la distribución de la carga de fuego, no sea previsible la existencia de fuegos totalmente desarrollados, la
comprobación de la resistencia al fuego puede hacerse elemento a elemento mediante el estudio por medio
de fuegos localizados, según se indica en el Eurocódigo 1 (UNE-EN 1991-1-2: 2004) situando
sucesivamente la carga de fuego en la posición previsible más desfavorable.
En este Documento Básico no se considera la capacidad portante de la estructura tras el incendio.
3. Elementos estructurales principales.
1.
Se considera que la resistencia al fuego de un elemento estructural principal del edificio (incluidos forjados,
vigas y soportes), es suficiente si:
a)
Alcanza la clase indicada en la tabla 3.1 o 3.2 que representa el tiempo en minutos de resistencia
ante la acción representada por la curva normalizada tiempo temperatura, o
b) soporta dicha acción durante el tiempo equivalente de exposición al fuego indicado en el anexo B.
La resistencia al fuego de los sectores considerados es la siguiente:
Nombre del sector: Sector Unico
Uso previsto: Pública concurrencia
Situación:
- Planta sobre rasante con altura de evacuación h <= 15 m y su resistencia al fuego es de R90
La resistencia al fuego de las zonas de riesgo especial es la siguiente:
Nombre de la zona de riesgo especial: Archivo Biblioteca (Planta baja)
Riesgo de la zona de riesgo especial: Riesgo Bajo
Tiempo equivalente de exposición al fuego: R90
Nombre de la zona de riesgo especial: Archivo interno, Biblioteca, Sala Investigadores (Planta Segunda)
Riesgo de la zona de riesgo especial: Riesgo Medio
Tiempo equivalente de exposición al fuego: R120
Nombre de la zona de riesgo especial: Depósito de obras de arte de semana santa
Riesgo de la zona de riesgo especial: Riesgo Bajo
Tiempo equivalente de exposición al fuego: R90
Nombre de la zona de riesgo especial: Depósito de obras de arte de RR MM Dominicas
Riesgo de la zona de riesgo especial: Riesgo Bajo
Tiempo equivalente de exposición al fuego: R90
3. Cumpllimiento del CTE
C
3.2 Seguridad
S
en caso de incen
ndio
Hoja núm
m. 25
Los elemeentos estructurrales de una esscalera proteggida o de un paasillo protegiddo que estén contenidos
c
en el
recintto de éstos, serrán como mínnimo R-30. Cuuando se trate de escaleras especialmente
e
e protegidas no
o se exige
resisteencia al fuegoo a los elementtos estructuralles.
4 Ellementoss estructuurales seccundarios.
Cumplienddo los requisittos exigidos a los elementoss estructuraless secundarios (punto 4 de laa sección SI6 del
BD-SI) Los elemenntos estructuraales secundarios, tales comoo los cargaderros o los de lass entreplantas de un local,
n la misma ressistencia al fueego que a los elementos principales si su colapso puedde ocasionar daños
d
personaales
tienen
o com
mpromete la esstabilidad globbal, la evacuacción o la comppartimentacióón en sectores de incendio del
d edificio. En
n
otros casos no precisan cumplir ninguna
n
exigeencia de resisteencia al fuegoo.
e edificios, taales
Al mismo tiempo las esttructuras susteentantes de elementos textilles de cubiertaa integrados en
como carpas serán R 30, excepto
o cuando, adem
más de ser claase M2 conforrme a UNE 233727:1990 , seegún se estableece
en el Capítulo
C
4 de la Sección 1 de
d este DB, ell certificado dde ensayo acreedite la perforaación del elem
mento, en cuyoo
caso no
n precisan cuumplir ninguna exigencia dee resistencia al
a fuego.
5 Determina
D
ación de los efecttos de lass accionees durantee el incen
ndio.
1.
Deben ser conssideradas las mismas
D
m
accion
nes permanenntes y variables que en el cáálculo en situacción persistennte,
sii es probable que
q actúen enn caso de incenndio.
2.
L efectos de las acciones durante
Los
d
la expposición al inccendio deben obtenerse
o
del Documento Básico
B
DB - SE
E.
3.
Los valores de las distintas acciones
L
a
y coeeficientes deben ser obteniddos según se inndica en el Do
ocumento Bássico
D - SE, aparttado 4.2.2.
DB
4.
Si se emplean los métodos inndicados en este Documentto Básico paraa el cálculo dee la resistenciaa al fuego
S
estructural pueede tomarse coomo efecto dee la acción de iincendio únicamente el derrivado del efeccto de la
teemperatura enn la resistenciaa del elementoo estructural.
5.
Como simplificación para ell cálculo se puuede estimar el
C
e efecto de lass acciones de cálculo en situ
uación de
inncendio a parttir del efecto de
d las acciones de cálculo a temperatura normal,
n
comoo: Efi,d = çfi Ed siendo:
Ed: effecto de las accciones de cálcculo en situacción persistentte (temperaturra normal).
p
obtener como:
çfi: facctor de reduccción, donde ell factor çfi se puede
n variable dom
minante considderada en la siituación persisstente.
dondee el subíndice 1 es la acción
3. Cumpllimiento del CTE
C
3.2 Seguridad
S
en caso de incen
ndio
Hoja núm
m. 26
6 Determina
D
ación de la resisteencia al ffuego.
1.
L resistencia aal fuego de un
La
n elemento pu
uede establecerrse de alguna de las formass siguientes:
a)
Comp
probando las dimensiones
d
d su sección ttransversal con
de
n lo indicado en las distintaas tablas, segú
ún el
materrial, dadas en los
l anexos C a F, para las ddistintas resisteencias al fueggo.
b) Obten
niendo su resisstencia por loss métodos sim
mplificados daados en los missmos anexos.
c)
Mediaante la realizaación de los en
nsayos que esttablece el Reaal Decreto 3122/2005 de 18 de
d marzo.
2.
En el análisis ddel elemento puede
E
p
consideerarse que las ccoacciones en
n los apoyos y extremos dell elemento
d
durante
el tiem
mpo de exposicción al fuego no
n varían conn respecto a lass que se produucen a temperatura normal.
3.
Cualquier mod
C
do de fallo no tenido en cuenta explícitam
mente en el análisis de esfueerzos o en la respuesta
r
estructural debberá evitarse mediante
m
detallles constructivvos apropiado
os.
4.
Si el anexo corrrespondiente al material esspecífico (C a F) no indica lo
S
l contrario, loos valores de los
l coeficientees
p
parciales
de ressistencia en siituación de inccendio deben tomarse igualles a la unidad
d: ãM,fi = 1
5.
En la utilizació
E
ón de algunas tablas de espeecificaciones de
d hormigón y acero se connsidera el coeeficiente de
so
obredimensionado ìfi, defin
nido como:
siendo
o:
Rfi,d,0 resistencia deel elemento esttructural en siituación de inccendio en el in
nstante iniciall t=0, a temperratura normal.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 27
Anexo SI A
Terminología.
A efectos de aplicación del DB-SI, los términos que figuran en letra cursiva deben utilizarse conforme al
significado y a las condiciones que se establecen para cada uno de ellos en este anexo, cuando se trate de términos
relacionados únicamente con el requisito básico "Seguridad en caso de incendio", o bien en el Anexo III de la Parte I
de este CTE, cuando sean términos de uso común en el conjunto del Código.
Cuando el significado asignado a un término en este Anexo sea igual al establecido en una norma EN o en
otro documento, al final de dicho significado y entre paréntesis se indica la referencia de dicho documento.
Altura de evacuación:
Máxima diferencia de cotas entre un origen de evacuación y la salida de edificio que le corresponda.
A efectos de determinar la altura de evacuación de un edificio no se consideran las plantas en las que
únicamente existan zonas de ocupación nula.
Aparcamiento abierto
Es aquel que cumple las siguientes condiciones:
a)
Sus fachadas presentan en cada planta un área total permanentemente abierta al exterior no inferior a 1/20
de su superficie construida, de la cual al menos 1/40 está distribuida de manera uniforme entre las dos
paredes opuestas que se encuentren a menor distancia.
b) La distancia desde el borde superior de las aberturas hasta el techo no excede de 0,5 metros.
Atrio
Espacio diáfano con altura equivalente a la de varias plantas del edificio comunicadas con dicho espacio
mediante huecos, ventanas, balcones, pasillos abiertos, etc. Parte del perímetro del atrio puede también estar formado
por muros ciegos o por fachadas del edificio.
Caja escénica
Volumen construido que abarca desde su nivel inferior hasta la cubierta de un edificio conformando un
escenario de teatro, sala de ópera, etc. equipado con decorados, tramoyas, mecanismos y foso, de forma que
constituye un sector de incendio que cumpla las siguientes condiciones especiales:
-
Debe estar compartimentado respecto de la sala de espectadores mediante elementos EI 120 excepto en la
boca de la escena, la cual se puede cerrar mediante un telón EI 60 de material incombustible cuyo tiempo de
cierre no excede de 30 s y puede soportar una presión de 0,4 kN/m² en ambos sentidos sin que su
funcionamiento se vea afectado.
-
El cierre del telón debe ser automático, pero también debe poder activarse manualmente desde dos puntos,
uno situado en el escenario y otro en lugar de acceso seguro, fuera del espacio del escenario. Cuando se
ponga en funcionamiento, se debe activar una señal óptica de advertencia en el escenario. Debe disponer de
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 28
una cortina de agua de activación automática y manual desde el escenario y desde otro punto situado en
lugar de acceso seguro.
-
Debe disponer de vestíbulos de independencia en toda comunicación con la sala de espectadores.
-
Encima de la escena sólo deben existir locales técnicos que sirvan para uso directo de la escena.
-
El recorrido de evacuación desde cualquier punto del escenario hasta alguna salida del sector no debe
exceder de 25 m y las puertas de salida deben abrir en el sentido de la evacuación.
-
Las pasarelas, galerías o similares existentes para uso de actores o empleados deben disponer de salidas de
evacuación.
-
Las pasarelas y escaleras del escenario deben tener una anchura de 0,80 m, como mínimo.
-
La parte superior de la caja escénica debe disponer de un sistema adecuado para la eliminación del humo en
caso de incendio.
Carga de fuego
Suma de las energías caloríficas que se liberan en la combustión de todos los materiales combustibles
existentes en un espacio (contenidos del edificio y elementos constructivos) (UNE-EN 1991-1- 2:2004).
Curva normalizada tiempo-temperatura
Curva nominal que representa un modelo de fuego totalmente desarrollado en un sector de incendio (UNEEN 1991-1-2:2004).
Curvas tiempo-temperatura
Temperatura del aire en la proximidad de las superficies de un elemento, en función del tiempo.
Pueden ser:
a)
Nominales: curvas convencionales adoptadas para clasificar o verificar la resistencia al fuego, por ejemplo,
la curva normalizada tiempo-temperatura, la curva de fuego exterior o la curva de fuego de hidrocarburos.
b) Paramétricas: determinadas a partir de modelos de fuego y de los parámetros físicos específicos que definen
las condiciones del sector de incendio (UNE-EN 1991-1-2:2004).
Densidad de carga de fuego
Carga de fuego por unidad de superficie construida qf, o por unidad de superficie de toda la envolvente,
incluidas sus aberturas, qt. (UNE-EN 1991-1-2:2004)
Densidad de carga de fuego de cálculo
Densidad de carga de fuego considerada para determinar las acciones térmicas en el cálculo en situación de
incendio. Su valor tiene en cuenta las incertidumbres. (UNE-EN 1991-1-2:2004)
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 29
Escalera abierta al exterior
Escalera que dispone de huecos permanentemente abiertos al exterior que, en cada planta, acumulan una
superficie de 5A m², como mínimo, siendo A la anchura del tramo de la escalera, en m. Cuando dichos huecos
comuniquen con un patio, las dimensiones de la proyección horizontal de éste deben admitir el trazado de un círculo
inscrito de h/3 m de diámetro, siendo h la altura del patio.
Puede considerarse como escalera especialmente protegida sin que para ello precise disponer de vestíbulos
de independencia en sus accesos.
Escalera especialmente protegida
Escalera que reúne las condiciones de escalera protegida y que además dispone de un vestíbulo de
independencia diferente en cada uno de sus accesos desde cada planta. La existencia de dicho vestíbulo de
independencia no es necesaria, cuando se trate de una escalera abierta al exterior, ni en la planta de salida del
edificio, cuando se trate de una escalera para evacuación ascendente, pudiendo la escalera en dicha planta carecer de
compartimentación.
Escalera protegida
Escalera de trazado continuo desde su inicio hasta su desembarco en planta de salida del edificio que, en
caso de incendio, constituye un recinto suficientemente seguro para permitir que los ocupantes puedan permanecer
en el mismo durante un determinado tiempo. Para ello debe reunir, además de las condiciones de seguridad de
utilización exigibles a toda escalera (véase DB-SU 1-4) las siguientes:
1.
Es un recinto destinado exclusivamente a circulación y compartimentado del resto del edificio mediante
elementos separadores EI 120. Si dispone de fachadas, éstas deben cumplir las condiciones establecidas en
el capítulo 1 de la Sección SI 2 para limitar el riesgo de transmisión exterior del incendio desde otras zonas
del edificio o desde otros edificios.
En la planta de salida del edificio las escaleras protegidas o especialmente protegidas para
evacuación ascendente pueden carecer de compartimentación. Las previstas para evacuación descendente
pueden carecer de compartimentación cuando sea un sector de riesgo mínimo.
2.
El recinto tiene como máximo dos accesos en cada planta, los cuales se realizan a través de puertas EI2 60C5 y desde espacios de circulación comunes y sin ocupación propia.
Además de dichos accesos, pueden abrir al recinto de la escalera protegida locales destinados a
aseo y limpieza, así como los ascensores, siempre que las puertas de estos últimos abran, en todas sus
plantas, al recinto de la escalera protegida considerada o a un vestíbulo de independencia.
En el recinto también pueden existir tapas de registro de patinillos o de conductos para
instalaciones, siempre que estas sean EI 60.
3.
En la planta de salida del edificio, la longitud del recorrido desde la puerta de salida del recinto de la
escalera, o en su defecto desde el desembarco de la misma, hasta una salida de edificio no debe exceder de
15 m, excepto cuando dicho recorrido se realice por un sector de riesgo mínimo, en cuyo caso dicho límite
es el que con carácter general se establece para cualquier origen de evacuación de dicho sector.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 30
4.
El recinto cuenta con protección frente al humo, mediante una de las siguientes opciones:
a)
Ventilación natural mediante ventanas practicables o huecos abiertos al exterior con una superficie de
ventilación de al menos 1 m² en cada planta.
b) Ventilación mediante dos conductos independientes de entrada y de salida de aire, dispuestos
exclusivamente para esta función y que cumplen las condiciones siguientes:
c)
-
la superficie de la sección útil total es de 50 cm² por cada m³ de recinto, tanto para la entrada como
para la salida de aire; cuando se utilicen conductos rectangulares, la relación entre los lados mayor
y menor no es mayor que 4.
-
las rejillas tienen una sección útil de igual superficie y relación máxima entre sus lados que el
conducto al que están conectadas;
-
en cada planta, las rejillas de entrada de aire están situadas a una altura sobre el suelo menor que 1
m y las de salida de aire están enfrentadas a las anteriores y a una altura mayor que 1,80 m.
Sistema de presión diferencial conforme a EN 12101-6:2005.
Espacio exterior seguro
Es aquel en el que se puede dar por finalizada la evacuación de los ocupantes del edificio, debido a que
cumple las siguientes condiciones:
1.
Permite la dispersión de los ocupantes que abandonan el edificio, en condiciones de seguridad.
2.
Se puede considerar que dicha condición se cumple cuando el espacio exterior tiene, delante de cada salida
de edificio que comunique con él, una superficie de al menos 0,5P m² dentro de la zona delimitada con un
radio 0,1P m de distancia desde la salida de edificio, siendo P el número de ocupantes cuya evacuación esté
prevista por dicha salida. Cuando P no exceda de 50 personas no es necesario comprobar dicha condición.
3.
Si el espacio considerado no está comunicado con la red viaria o con otros espacios abiertos no puede
considerarse ninguna zona situada a menos de 15 m de cualquier parte del edificio, excepto cuando esté
dividido en sectores de incendio estructuralmente independientes entre sí y con salidas también
independientes al espacio exterior, en cuyo caso dicha distancia se podrá aplicar únicamente respecto del
sector afectado por un posible incendio.
4.
Permite una amplia disipación del calor, del humo y de los gases producidos por el incendio.
5.
Permite el acceso de los efectivos de bomberos y de los medios de ayuda a los ocupantes que, en cada caso,
se consideren necesarios.
6.
La cubierta de un edificio se puede considerar como espacio exterior seguro siempre que, además de
cumplir las condiciones anteriores, su estructura sea totalmente independiente de la del edificio con salida a
dicho espacio y un incendio no pueda afectar simultáneamente a ambos.
Establecimiento
Zona de un edificio destinada a ser utilizada bajo una titularidad diferenciada, bajo un régimen no
subsidiario respecto del resto del edificio y cuyo proyecto de obras de construcción o reforma, así como el inicio de
la actividad prevista, sean objeto de control administrativo.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 31
Fuego de cálculo
Desarrollo de fuego específico adoptado a efectos de cálculo (UNE-EN 1991-1-2:2004)
Fuego totalmente desarrollado
Estado en el que todas las superficies combustibles existentes en un determinado espacio participan en el
fuego (UNE-EN 1991-1-2:2004)
Fuego localizado
Fuego que sólo afecta a una zona limitada de la carga de fuego del sector de incendio (UNE-EN 1991-12:2004)
Modelo informático de dinámica de fluidos
Modelo de fuego que permite resolver numéricamente las ecuaciones diferenciales parciales que relacionan a las
variables termodinámicas y aerodinámicas de cada punto del sector de incendio considerado. (UNE-EN 1991-12:2004).
Origen de evacuación
Es todo punto ocupable de un edificio, exceptuando los del interior de las viviendas y los de todo recinto, o
conjunto de ellos comunicados entre sí, en los que la densidad de ocupación no exceda de 1 persona/10 m² y cuya
superficie total no exceda de 50 m², como pueden ser las habitaciones de hotel, residencia u hospital, los despachos
de oficinas, etc.
Los puntos ocupables de todos los locales de riesgo especial y los de las zonas de ocupación nula cuya
superficie exceda de 50 m², se consideran origen de evacuación y deben cumplir los límites que se establecen para la
longitud de los recorridos de evacuación hasta las salidas de dichos espacios, cuando se trate de zonas de riesgo
especial, y, en todo caso, hasta las salidas de planta, pero no es preciso tomarlos en consideración a efectos de
determinar la altura de evacuación de un edificio o el número de ocupantes.
Pasillo protegido
Pasillo que, en caso de incendio, constituye un recinto suficientemente seguro para permitir que los
ocupantes puedan permanecer en el mismo durante un determinado tiempo. Para ello dicho recinto debe reunir,
además de las condiciones de seguridad de utilización exigibles a todo pasillo (véase DB-SU 1 y 2), unas
condiciones de seguridad equivalentes a las de una escalera protegida.
Si su ventilación es mediante ventanas o huecos, su superficie de ventilación debe ser como mínimo 0,2L
m², siendo L la longitud del pasillo en m.
Si la ventilación se lleva a cabo mediante conductos de entrada y de salida de aire, éstos cumplirán las
mismas condiciones indicadas para los conductos de las escaleras protegidas. Las rejillas de entrada de aire deben
estar situadas en un paramento del pasillo, a una altura menor que 1 m y las de salida en el otro paramento, a una
altura mayor que 1,80 m y separadas de las anteriores 10 m como máximo.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 32
El pasillo debe tener un trazado continuo que permita circular por él hasta una escalera protegida o
especialmente protegida, hasta un sector de riesgo mínimo o bien hasta una salida de edificio.
Reacción al fuego
Respuesta de un material al fuego medida en términos de su contribución al desarrollo del mismo con su
propia combustión, bajo condiciones específicas de ensayo (DPC - DI2).
Recorrido de evacuación
Recorrido que conduce desde un origen de evacuación hasta una salida de planta, situada en la misma planta
considerada o en otra, o hasta una salida de edificio. Conforme a ello, una vez alcanzada una salida de planta, la
longitud del recorrido posterior no computa a efectos del cumplimiento de los límites a los recorridos de evacuación.
La longitud de los recorridos por pasillos, escaleras y rampas, se medirá sobre el eje de los mismos.
No se consideran válidos los recorridos por escaleras mecánicas, ni aquellos en los que existan tornos u
otros elementos que puedan dificultar el paso. Las recorridos por rampas y pasillos móviles se consideran válidos
cuando no sea posible su utilización por personas que trasladen carros para el transporte de objetos y estén provistos
de un dispositivo de parada que pueda activarse bien manualmente, o bien automáticamente por un sistema de
detección y alarma.
Los recorridos que tengan su origen en zonas habitables o de uso Aparcamiento no pueden atravesar las zonas de
riesgo especial definidas en SI 1.2. Los recorridos desde zonas habitables sí pueden atravesar las de uso
Aparcamiento cuando sean recorridos alternativos a otros no afectados por dicha circunstancia.
En uso Aparcamiento los recorridos de evacuación deben discurrir por las calles de circulación de vehículos,
o bien por itinerarios peatonales protegidos frente a la invasión de vehículos, conforme se establece en el Apartado 3
del DB-SU 7.
En establecimientos de uso Comercial cuya superficie construida destinada al público exceda de 400 m², los
recorridos de evacuación deben transcurrir, excepto en sus diez primeros metros, por pasillos definidos en proyecto,
delimitados por elementos fijos o bien señalizados en el suelo de forma clara y permanente y cuyos tramos
comprendidos entre otros pasillos transversales no excedan de 20 m.
En establecimientos comerciales en los que esté previsto el uso de carros para transporte de productos, los
puntos de paso a través de cajas de cobro no pueden considerarse como elementos de la evacuación. En dichos casos
se dispondrán salidas intercaladas en la batería de cajas, dimensionadas según se establece en el apartado 4.2 de la
Sección SI 3 y separadas de tal forma que no existan más de diez cajas entre dos salidas consecutivas. Cuando la
batería cuente con menos de diez cajas, se dispondrán dos salidas, como mínimo, situadas en los extremos de la
misma. Cuando cuente con menos de cinco cajas, se dispondrá una salida situada en un extremo de la batería.
En los establecimientos en los que no esté previsto el uso de carros, los puntos de paso a través de las cajas
podrán considerarse como elementos de evacuación, siempre que su anchura libre sea 0,70m, como mínimo, y que en
uno de los extremos de la batería de cajas se disponga un paso de 1,20m de anchura, como mínimo.
Excepto en el caso de los aparcamientos, de las zonas de ocupación nula y de las zonas ocupadas
únicamente por personal de mantenimiento o de control de servicios, no se consideran válidos los recorridos de
evacuación que precisen salvar, en sentido ascendente, una altura mayor que la indicada en la tabla que se incluye a
continuación.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 33
Uso previsto y zona
En general, exceptuando los casos que se indican a continuación
Hospitalario, en zonas de hospitalización o tratamiento intensivo
Docente escuela infantil
Docente enseñanza primaria
Máxima altura salvada hasta una
salida de planta
4m
1 m (1)
1m
1m
(1) No se limita en zonas de tratamiento intensivo con radioterapia.
Uso previsto y zona
En general, exceptuando los casos que se indican a continuación
Hospitalario, en zonas de hospitalización o tratamiento intensivo
Docente escuela infantil
Docente enseñanza primaria
Máxima altura salvada hasta el
espacio exterior seguro
6m
2 m (1)
2m
2m
(1) No se limita en zonas de tratamiento intensivo con radioterapia.
Recorridos de evacuación alternativos
Se considera que dos recorridos de evacuación que conducen desde un origen de evacuación hasta dos
salidas de planta o de edificio diferentes son alternativos cuando en dicho origen forman entre sí un ángulo mayor
que 45º o bien están separados por elementos constructivos que sean EI 30 e impidan que ambos recorridos puedan
quedar simultáneamente bloqueados por el humo
Resistencia al fuego
Capacidad de un elemento de construcción para mantener durante un período de tiempo determinado la
función portante que le sea exigible, así como la integridad y/o el aislamiento térmico en los términos especificados
en el ensayo normalizado correspondiente (DPC - DI2)
Salida de planta
Es alguno de los siguientes elementos, pudiendo estar situada, bien en la planta considerada o bien en otra
planta diferente:
1.
El arranque de una escalera no protegida que conduce a una planta de salida del edificio, siempre que no
tenga un ojo o hueco central con un área en planta mayor que 1,30 m². Sin embargo, cuando en el sector que
contiene a la escalera la planta esté comunicada con otras por huecos diferentes de los de las escaleras, el
arranque de escalera antes citado no puede considerase salida de planta.
2.
Una puerta de acceso a una escalera compartimentada como los sectores de incendio, a una escalera
protegida, a un pasillo protegido o a un vestíbulo de independencia de una escalera especialmente protegida,
con capacidad suficiente y que conduce a una salida de edificio.
Cuando se trate de una salida de planta desde una zona de hospitalización o de tratamiento
intensivo, dichos elementos deben tener una superficie de al menos de 0,70 m² o 1,50 m², respectivamente,
por cada ocupante. En el caso de escaleras, dicha superficie se refiere a la del rellano de la planta
considerada, admitiéndose su utilización para actividades de escaso riesgo, como salas de espera, etc.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 34
3.
4.
Una puerta de paso, a través de un vestíbulo de independencia, a un sector de incendio diferente que exista
en la misma planta, siempre que:
-
el sector inicial tenga otra salida de planta que no conduzca al mismo sector alternativo.
-
el sector alternativo tenga una superficie en zonas de circulación suficiente para albergar a los
ocupantes del sector inicial, a razón de 0,5 m²/pers, considerando únicamente los puntos situados a
menos de 30 m de recorrido desde el acceso al sector. En uso Hospitalario dicha superficie se determina
conforme a los criterios indicados en el punto 2 anterior.
-
la evacuación del sector alternativo no confluya con la del sector inicial en ningún otro sector del
edificio, excepto cuando lo haga en un sector de riesgo mínimo.
Una salida de edificio.
Salida de edificio
Puerta o hueco de salida a un espacio exterior seguro. En el caso de establecimientos situados en áreas
consolidadas y cuya ocupación no exceda de 500 personas puede admitirse como salida de edificio aquella que
comunique con un espacio exterior que disponga de dos recorridos alternativos que no excedan de 50 m hasta dos
espacios exteriores seguros.
Salida de emergencia
Salida de planta de edificio o de recinto prevista para ser utilizada exclusivamente en caso de emergencia y
que está señalizada de acuerdo con ello.
Sector bajo rasante
Sector de incendio en el que los recorridos de evacuación de alguna de sus zonas deben salvar
necesariamente una altura de evacuación ascendente igual o mayor que 1,5 m.
Sector de incendio
Espacio de un edificio separado de otras zonas del mismo por elementos constructivos delimitadores resistentes al
fuego durante un período de tiempo determinado, en el interior del cual se puede confinar (o excluir) el incendio para
que no se pueda propagar a (o desde) otra parte del edificio. (DPC - DI2). Los locales de riesgo especial no se
consideran sectores de incendio.
Sector de riesgo mínimo
Sector de incendio que cumple las siguientes condiciones:
-
Está destinado exclusivamente a circulación y no constituye un sector bajo rasante.
-
La densidad de carga de fuego no excede de 40 MJ/m² en el conjunto del sector, ni de 50 MJ/m² en
cualquiera de los recintos contenidos en el sector, considerando la carga de fuego aportada, tanto por los
elementos constructivos, como por el contenido propio de la actividad.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 35
-
Está separado de cualquier otra zona del edificio que no tenga la consideración de sector de riesgo mínimo
mediante elementos cuya resistencia al fuego sea EI 120 y la comunicación con dichas zonas se realiza a
través de vestíbulos de independencia.
-
Tiene resuelta la evacuación, desde todos sus puntos, mediante salidas de edificio directas a espacio exterior
seguro.
Sistema de alarma de incendios
Sistema que permite emitir señales acústicas y/o visuales a los ocupantes de un edificio (UNE 230071:1996, EN 54-1:1996).
(Nota: Su función se corresponde con la del denominado "Sistema de comunicación de alarma" según el
Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios y puede estar integrada junto con la del sistema de
detección de incendios en un mismo sistema.)
Sistema de detección de incendios
Sistema que permite detectar un incendio en el tiempo más corto posible y emitir las señales de alarma y de
localización adecuadas para que puedan adoptarse las medidas apropiadas (UNE 23007-1:1996, EN 54-1:1996).
(Nota: Su función se corresponde con las de los denominados "Sistema automático de detección de
incendios" y "Sistema manual de alarma de incendios" según el Reglamento de Instalaciones de Protección contra
Incendios y puede estar integrada junto con la del sistema de alarma de incendios, en un mismo sistema.)
Sistema de presión diferencial
Sistema de ventiladores, conductos, aberturas y otros elementos característicos previstos con el propósito de
generar una presión más baja en la zona del incendio que en el espacio protegido (UNE 23585: 2004 - CR 121015:2000 y EN 12101-6:2006).
Superficie útil
Superficie en planta de un recinto, sector o edificio ocupable por las personas. En uso Comercial, cuando no
se defina en proyecto la disposición de mostradores, estanterías, cajas registradoras y, en general, de aquellos
elementos que configuran la implantación comercial de un establecimiento, se tomará como superficie útil de las
zonas destinadas al público, al menos el 75% de la superficie construida de dichas zonas.
Tiempo equivalente de exposición al fuego
Es el tiempo de exposición a la curva normalizada tiempo-temperatura que se supone que tiene un efecto
térmico igual al de un incendio real en el sector de incendio considerado (UNE-EN 1991-1- 2:2004).
Uso Administrativo
Edificio, establecimiento o zona en el que se desarrollan actividades de gestión o de servicios en cualquiera
de sus modalidades, como por ejemplo, centros de la administración pública, bancos, despachos profesionales,
oficinas, etc.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 36
También se consideran de este uso los establecimientos destinados a otras actividades, cuando sus
características constructivas y funcionales, el riesgo derivado de la actividad y las características de los ocupantes se
puedan asimilar a este uso mejor que a cualquier otro. Como ejemplo de dicha asimilación pueden citarse los
consultorios, los centros de análisis clínicos, los ambulatorios, los centros docentes en régimen de seminario, etc.
Las zonas de un establecimiento de uso Administrativo destinadas a otras actividades subsidiarias de la
principal, tales como cafeterías, comedores, salones de actos, etc., deben cumplir las condiciones relativas a su uso
previsto.
Uso Aparcamiento
Edificio, establecimiento o zona independiente o accesoria de otro uso principal, destinado a
estacionamiento de vehículos y cuya superficie construida exceda de 100 m², incluyendo las dedicadas a revisiones
tales como lavado, puesta a punto, montaje de accesorios, comprobación de neumáticos y faros, etc., que no
requieran la manipulación de productos o de útiles de trabajo que puedan presentar riesgo adicional y que se produce
habitualmente en la reparación propiamente dicha. Se excluyen de este uso los aparcamientos en espacios exteriores
del entorno de los edificios, aunque sus plazas estén cubiertas.
Dentro de este uso, se denominan aparcamientos robotizados aquellos en los que el movimiento de los
vehículos, desde el acceso hasta las plazas de aparcamiento, únicamente se realiza mediante sistemas mecánicos y
sin presencia ni intervención directa de personas, exceptuando la actuación ocasional de personal de mantenimiento.
En dichos aparcamientos no es preciso cumplir las condiciones de evacuación que se establecen en este DB SI,
aunque deben disponer de los medios de escape en caso de emergencia para dicho personal que en cada caso
considere adecuados la autoridad de control competente.
Uso Comercial
Edificio o establecimiento cuya actividad principal es la venta de productos directamente al público o la
prestación de servicios relacionados con los mismos, incluyendo, tanto las tiendas y a los grandes almacenes, los
cuales suelen constituir un único establecimiento con un único titular, como los centros comerciales, los mercados,
las galerías comerciales, etc..
También se consideran de uso Comercial aquellos establecimientos en los que se prestan directamente al
público determinados servicios no necesariamente relacionados con la venta de productos, pero cuyas características
constructivas y funcionales, las del riesgo derivado de la actividad y las de los ocupantes se puedan asimilar más a
las propias de este uso que a las de cualquier otro. Como ejemplos de dicha asimilación pueden citarse las
lavanderías, los salones de peluquería, etc.
Uso Docente
Edificio, establecimiento o zona destinada a docencia, en cualquiera de sus niveles: escuelas infantiles,
centros de enseñanza primaria, secundaria, universitaria o formación profesional. No obstante, los establecimientos
docentes que no tengan la característica propia de este uso (básicamente, el predominio de actividades en aulas de
elevada densidad de ocupación) deben asimilarse a otros usos.
Las zonas de un establecimiento de uso Docente destinadas a actividades subsidiarias de la principal, como
cafeterías, comedores, salones de actos, administración, residencia, etc., deben cumplir las condiciones relativas a su
uso.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 37
Uso Hospitalario
Edificio o establecimiento destinado a asistencia sanitaria con hospitalización de 24 horas y que está
ocupados por personas que, en su mayoría, son incapaces de cuidarse por sí mismas, tales como hospitales, clínicas,
sanatorios, residencias geriátricas, etc.
Las zonas de dichos edificios o establecimientos destinadas a asistencia sanitaria de carácter ambulatorio
(despachos médicos, consultas, áreas destinadas al diagnóstico y tratamiento, etc.) así como a los centros con dicho
carácter en exclusiva, deben cumplir las condiciones correspondientes al uso Administrativo.
Las zonas destinadas a usos subsidiarios de la actividad sanitaria, tales como oficinas, salones de actos,
cafeterías, comedores, capillas, áreas de residencia del personal o habitaciones para médicos de guardia, aulas, etc.,
deben cumplir las condiciones relativas a su uso.
Uso Pública Concurrencia
Edificio o establecimiento destinado a alguno de los siguientes usos: cultural (destinados a restauración,
espectáculos, reunión, deporte, esparcimiento, auditorios, juego y similares), religioso y de transporte de personas.
Las zonas de un establecimiento de pública concurrencia destinadas a usos subsidiarios, tales como oficinas,
aparcamiento, alojamiento, etc., deben cumplir las condiciones relativas a su uso.
Uso Residencial Público
Edificio o establecimiento destinado a proporcionar alojamiento temporal, regentado por un titular de la
actividad diferente del conjunto de los ocupantes y que puede disponer de servicios comunes, tales como limpieza,
comedor, lavandería, locales para reuniones y espectáculos, deportes, etc.
Incluye a los hoteles, hostales, residencias, pensiones, apartamentos turísticos, etc.
Las zonas de los establecimientos de uso Residencial Público destinadas a otras actividades subsidiarias de
la principal, como cafetería, restaurante, salones de actos, locales para juegos o espectáculos, etc., deben cumplir las
condiciones relativas a su uso.
Uso Residencial Vivienda
Edificio o zona destinada a alojamiento permanente, cualquiera que sea el tipo de edificio: vivienda
unifamiliar, edificio de pisos o de apartamentos, etc.
Ventilación forzada
Extracción de humos mediante el uso de ventiladores mecánicos.
Ventilación natural
Extracción de humos basada en la fuerza ascensional de éstos debida a la diferencia de densidades entre
masas de aire a diferentes temperaturas.
3. Cumplimiento del CTE
3.2 Seguridad en caso de incendio
Hoja núm. 38
Vestíbulo de independencia
Recinto de uso exclusivo para circulación situado entre dos o más recintos o zonas con el fin de aportar una
mayor garantía de compartimentación contra incendios y que únicamente puede comunicar con los recintos o zonas a
independizar con aseos de planta y con ascensores. Cumplirán las siguientes condiciones:
-
Sus paredes serán EI 120. Sus puertas de paso entre los recintos o zonas a independizar tendrán la cuarta
parte de la resistencia al fuego exigible al elemento compartimentador que separa dichos recintos y al
menos EI2 30-C5.
-
Los vestíbulos de independencia de las escaleras especialmente estarán ventilados conforme a alguna de las
alternativas establecidas para dichas escaleras.
-
Los que sirvan a uno o a varios locales de riesgo especial, según lo establecido en el apartado 2 de la
Sección SI 2, no pueden utilizarse en los recorridos de evacuación de zonas habituales.
-
La distancia mínima entre los contornos de las superficies barridas por las puertas del vestíbulo debe ser al
menos 0,50 m. En uso Hospitalario, cuando esté prevista la evacuación de zonas de hospitalización o de
tratamiento intensivo a través de un vestíbulo de independencia, la distancia entre dos puertas que deben
atravesarse consecutivamente en la evacuación será de 3,5 m como mínimo
-
Las puertas de acceso a vestíbulos de independencia desde zonas de uso Aparcamiento o de riesgo especial,
deben abrir hacia el interior del vestíbulo.
Zona de ocupación nula
Zona en la que la presencia de personas sea ocasional o bien a efectos de mantenimiento, tales como salas
de máquinas y cuartos de instalaciones, locales para material de limpieza, determinados almacenes y archivos,
trasteros de viviendas, etc.
Los puntos de dichas zonas deben cumplir los límites que se establecen para los recorridos de evacuación
hasta las salidas de las mismas (cuando además se trate de zonas de riesgo especial) o de la planta, pero no es preciso
tomarlos en consideración a efectos de determinar la altura de evacuación de un edificio o el número de ocupantes.
En Vila-real, a 8 de Abril de 2010
Pedro Gil Ribes
Arquitecto
Fernando Pla Escriche
Arquitecto
Memoria de proyecto adaptada al CTE
III PRESUPUESTO
Memoria de proyecto adaptada al CTE
RESUMEN DE PRESUPUESTO
CAP. 0. DEMOLICIONES.................................................................................................. 84.870,77CAP. 1. MOVIMIENTO DE TIERRAS .................................................................................. 8.699,86CAP. 2. RED DE SANEAMIENTO ..................................................................................... 16.337,41CAP. 3. CIMENTACION Y ESTRUCTURA ........................................................................ 26.644,23CAP. 4. ALBAÑILERIA ...................................................................................................... 64.481,02CAP. 5. CUBIERTAS........................................................................................................... 12.925,42CAP. 6. CANTERIA, SOLADOS Y ALICATADOS .............................................................. 8.072,43CAP. 7. REVESTIMIENTOS CONTINUOS ......................................................................... 26.644,23CAP. 8. FALSO TECHOS ................................................................................................... 12.327,99CAP. 9. CARPINTERIA ...................................................................................................... 25.302,35CAP. 10. CERRAJERIA ......................................................................................................... 8.998,92CAP. 11. INSTALACIONES ............................................................................................... 175.605,78CAP. 13. VIDRIERIA .............................................................................................................. 4.176,27CAP. 14. VARIOS ................................................................................................................ 13.657,05CAP. 15. SEGURIDAD Y SALUD ........................................................................................ 16.254,48CAP. 16. ENSAYOS DE MATERIALES ................................................................................ 14.998,92CAP. 17. IMPREVISTOS...................................................................................................90.714,26CAP. 18. GESTION DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION..................10.214,00-
PRESUPUESTO EJECUCION MATERIAL (PEM)...............................................620.921,39€
16% DE GASTOS GENERALES .......................................................................................99.347,42€
6% DE BENEFICIO INDUSTRIAL ..................................................................................... 37.255,28€
PRESUPUESTO EJECUCION POR CONTRATA...............................................757.524,10€
HONORARIOS TOTALES DE LOS TECNICOS.................................................108.288,18€
IVA (16%)......................................................................................................138.529,97€
TOTAL…………………………………………………………...…………………1.004.342,25 €
Vila-Real, Abril 2010
Memoria de proyecto adaptada al CTE
DETALLE DE HONORARIOS DE TECNICOS
Según baremo de referencia de Honorarios de los Arquitectos en trabajos de Edificación por encargo
de la Administración Local, Autonómica y Estatal del COACV del año 2007 se establecen unos
Honorarios acorde a los metros y al PEM de este trabajo de 84.420,47€.
Se acuerda con la Administración Local que estos Honorarios sean finalmente de 72.312,64€.
Así pues, se establece el siguiente desglose:
A.1.- Honorarios Técnico Superior…………………………………………………………..72.312,64€
-Redacción de proyecto (70%)…………50.618,85€
-Dirección de Obra (30%)……………….21.693,79€
A.2.-Honorarios Técnico Grado Medio………………………………………………...……21.693,79€
A.3.-Seguridad y Salud (Arq. Técnico)………………………………………………………..6.508,14€
-Redacción de proyecto (30%)…………1.952,44€
-Dirección de Obra (70%)……………….4.555,70€
A.4.-Honorarios proyectos específicos de Ingeniería………………………………………7.773,61€
-Redacción de proyecto y certificado de Actividad…………………………1.727,47€
-Redacción de proyecto y certificado de la instalación de B.T.……………2.879,12€
-Redacción de proyecto y certificado de la instalación de climatización.…1.727,47€
-Redacción de proyecto y certificado de la instalación de ventilación….…1.439,56€
A.5.-HONORARIOS TOTALES……………………………………………………………….108.288,18€
Memoria de proyecto adaptada al CTE
IV.
PLANOS
Memoria de proyecto adaptada al CTE
II.
ESTUDIO FOTOGRAFICO
Foto 001
Foto 003
Foto 002
Foto 004
Foto 005
Foto 006
Foto 007
Foto 008
Foto 009
Foto 010
Foto 011
Foto 012
Foto 013
Foto 014
Foto 016
Foto 015
Foto 017
Foto 018
Foto 019
Foto 020
Foto 021
Foto 023
Foto 022
Foto 024
Foto 025
Foto 026
Foto 027
Foto 028
Foto 029
Foto 030
Foto 031
Foto 032
Foto 033
Foto 034
Foto 035
Foto 037
Foto 036
Foto 038
Foto 039
Foto 040
Foto 042
Foto 041
Foto 043
Foto 044
Foto 045
Foto 046
Foto 047
Foto 048
Foto 049
Foto 050
Foto 051
Foto 053
Foto 052
Foto 054
Foto 055
Foto 056
Foto 057
Foto 059
Foto 058
Foto 060
Foto 061
Foto 062
Foto 063
Foto 064
Foto 065
Foto 066
Foto 067
Foto 068
Foto 069
Foto 070
Foto 071
Foto 072
Foto 073
Foto 074
Foto 076
Foto 075
Foto 077
Foto 078
Foto 079
Foto 080
Foto 081
Foto 082
Foto 083
Foto 084
Foto 085
Foto 086
Foto 087
Foto 088
Foto 089
Foto 090
Foto 091
Foto 092
Foto 093
Foto 094
Foto 095
Foto 097
Foto 096
Foto 098
Foto 099
Foto 100
Foto 101
Foto 102
Foto 103
Foto 104
Foto 105
Foto 106
Foto 107
Foto 108
Foto 109
Foto 110
Foto 112
Foto 111
Foto 113
Foto 114
Foto 115
Foto 116
Foto 117
Foto 118
Foto 119
Foto 120
Foto 121
Foto 122
Foto 123
Foto 124
Foto 125
Foto 126
Foto 127
Foto 128
Foto 130
Foto 129
Foto 131
Foto 132
Foto 133
Foto 134
Foto 135
Foto 136
Foto 137
Foto 138
Foto 139
Foto 140
Foto 141
Foto 142
Foto 143
Foto 144
Foto 145
Foto 146
Foto 147
Foto 148
Foto 149
Foto 150
Foto 151
Foto 152
Foto 153
Foto 154
Foto 156
Foto 155
Foto 157
Foto 158
Foto 159
Foto 160
Foto 161
Foto 162
Foto 163
Foto 164
Foto 166
Foto 165
Foto 167
Foto 168
Foto 169
Foto 171
Foto 170
Foto 172
Foto 173
Foto 174
Foto 175
Foto 176
Foto 177
Foto 178
Foto 179
Foto 180
Foto 181
Foto 182
Foto 183
Foto 185
Foto 184
Foto 186
Foto 187
Foto 188
Foto 189
Foto 190
Foto 191
Foto 192
Foto 193
Foto 194
Foto 195
Foto 196
Foto 197
Foto 198
Foto 199
Foto 200
Foto 201
Foto 202
Foto 203
Foto 204
Foto 206
Foto 208
Foto 205
Foto 207
Foto 209
Foto 210
Foto 212
Foto 211
Foto 213
Foto 214
Foto 215
Foto 216
Foto 217
Foto 218
Foto 219
Foto 220
Foto 221
Foto 223
Foto 222
Foto 224
Foto 225
Foto 227
Foto 226
Foto 228
Foto 229
Foto 230
Foto 231
Foto 232
Foto 233
Foto 234
Foto 235
Foto 236
Foto 237
Foto 238
Foto 240
Foto 239
Foto 241
Foto 242
Foto 243
Foto 244
Foto 245
Foto 246
Foto 248
Foto 247
Foto 249
Foto 250
Foto 251
Foto 252
Foto 253
Foto 254
Foto 255
Foto 256
Foto 257
Foto 258
Foto 259
Foto 260
Foto 261
Foto 262
Foto 263
Foto 264
Foto 265
Foto 266
Foto 267
Foto 268
Foto 269
Foto 270
Foto 271
Foto 272
Foto 273
Foto 275
Foto 274
Foto 276
Foto 277
Foto 278
Foto 279
Foto 280
Foto 281
Foto 282
Foto 283
Foto 284
Foto 285
Foto 286
Foto 287
Foto 288
Foto 289
Foto 290
Foto 291
Foto 292
Foto 293
Foto 294
Foto 295
Foto 296
Foto 297
Foto 298
Foto 299
Foto 261
Foto 300
Foto 301
Foto 261
Foto 302
Foto 303
Foto 304
Foto 305
Foto 306
Foto 307
Foto 261
Foto 308
Foto 309
Foto 310
Foto 311
Foto 312
Foto 313
Foto 314
Foto 315
Foto 316
Foto 317
Foto 318
Foto 319
Foto 320
Foto 321
Foto 322
Foto 323
Foto 261
Foto 324
Foto 325
Foto 326
Foto 327
Foto 328
Foto 329
Foto 331
Foto 330
Foto 332
Foto 261
Cubierta de Ia Iglesia
Encuentro de las distintas cubiertas del convento
Vista 1 de cubierta de 2ª planta
Vista 2 de cubierta de 2ª planta
Memoria de proyecto adaptada al CTE
III PRESUPUESTO
Memoria de proyecto adaptada al CTE
RESUMEN DE PRESUPUESTO
CAP. 0. DEMOLICIONES.................................................................................................. 84.870,77CAP. 1. MOVIMIENTO DE TIERRAS .................................................................................. 8.699,86CAP. 2. RED DE SANEAMIENTO ..................................................................................... 16.337,41CAP. 3. CIMENTACION Y ESTRUCTURA ........................................................................ 26.644,23CAP. 4. ALBAÑILERIA ...................................................................................................... 64.481,02CAP. 5. CUBIERTAS........................................................................................................... 12.925,42CAP. 6. CANTERIA, SOLADOS Y ALICATADOS .............................................................. 8.072,43CAP. 7. REVESTIMIENTOS CONTINUOS ......................................................................... 26.644,23CAP. 8. FALSO TECHOS ................................................................................................... 12.327,99CAP. 9. CARPINTERIA ...................................................................................................... 25.302,35CAP. 10. CERRAJERIA ......................................................................................................... 8.998,92CAP. 11. INSTALACIONES ............................................................................................... 175.605,78CAP. 13. VIDRIERIA .............................................................................................................. 4.176,27CAP. 14. VARIOS ................................................................................................................ 13.657,05CAP. 15. SEGURIDAD Y SALUD ........................................................................................ 16.254,48CAP. 16. ENSAYOS DE MATERIALES ................................................................................ 14.998,92CAP. 17. IMPREVISTOS...................................................................................................90.714,26CAP. 18. GESTION DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION..................10.214,00-
PRESUPUESTO EJECUCION MATERIAL (PEM)...............................................620.921,39€
16% DE GASTOS GENERALES .......................................................................................99.347,42€
6% DE BENEFICIO INDUSTRIAL ..................................................................................... 37.255,28€
PRESUPUESTO EJECUCION POR CONTRATA...............................................757.524,10€
HONORARIOS TOTALES DE LOS TECNICOS.................................................108.288,18€
IVA (16%)......................................................................................................138.529,97€
TOTAL…………………………………………………………...…………………1.004.342,25 €
Vila-Real, Marzo 2009
Memoria de proyecto adaptada al CTE
DETALLE DE HONORARIOS DE TECNICOS
Según baremo de referencia de Honorarios de los Arquitectos en trabajos de Edificación por encargo
de la Administración Local, Autonómica y Estatal del COACV del año 2007 se establecen unos
Honorarios acorde a los metros y al PEM de este trabajo de 84.420,47€.
Se acuerda con la Administración Local que estos Honorarios sean finalmente de 72.312,64€.
Así pues, se establece el siguiente desglose:
A.1.- Honorarios Técnico Superior…………………………………………………………..72.312,64€
-Redacción de proyecto (70%)…………50.618,85€
-Dirección de Obra (30%)……………….21.693,79€
A.2.-Honorarios Técnico Grado Medio………………………………………………...……21.693,79€
A.3.-Seguridad y Salud (Arq. Técnico)………………………………………………………..6.508,14€
-Redacción de proyecto (30%)…………1.952,44€
-Dirección de Obra (70%)……………….4.555,70€
A.4.-Honorarios proyectos específicos de Ingeniería………………………………………7.773,61€
-Redacción de proyecto y certificado de Actividad…………………………1.727,47€
-Redacción de proyecto y certificado de la instalación de B.T.……………2.879,12€
-Redacción de proyecto y certificado de la instalación de climatización.…1.727,47€
-Redacción de proyecto y certificado de la instalación de ventilación….…1.439,56€
A.5.-HONORARIOS TOTALES……………………………………………………………….108.288,18€
Memoria de proyecto adaptada al CTE
IV.
PLANOS