Download las normas del mar - Historia del Derecho

Document related concepts

Libro del Consulado del Mar wikipedia , lookup

Consulado del Mar wikipedia , lookup

Derecho marítimo wikipedia , lookup

Consulado de Comercio de Buenos Aires wikipedia , lookup

Libertad de navegación wikipedia , lookup

Transcript
LAS NORMAS DEL MAR
Se puede definir el Derecho marítimo como el conjunto de normas que regulan
las relaciones comerciales, en sentido amplio, desarrolladas en el ámbito marítimo. Por
eso lo denominamos “normas del mar”.
Este es un concepto más extenso que el de Derecho mercantil y que presenta las
siguientes características generales: Abarca diferentes áreas jurídicas (se genera en
relación con las costumbres de cada pueblo, pero su aplicación trasciende a otros
lugares), aunque tiende a la uniformidad (usos internacionales) y presenta orígenes
consuetudinarios (tradicional), que contribuyen precisamente a su fácil implantación en
pueblos diferentes.
Las principales áreas marítimas relacionadas con el solar hispano son la
mediterránea y la cantábrica, desgajándose a partir del siglo XVI de la última de ellas el
área jurídico-marítima atlántica. Cada área marítima posee un iter histórico-jurídico
propio, pero ello no obsta a que existan vinculaciones entre ellas, precisamente por el
contacto de navegantes de unos y otras áreas.
Comenzando por el área mediterránea, las primeras normas primitivas
probablemente fueron las de los pueblos colonizadores asentados en el Levante
(fenicios y cartagineses). En cuanto a la normativa romana (en gran parte deudora de la
griega, a través de la influencia de Rodas) existen numerosas muestras de normas
marítimas que se aplicaron en todo el Mediterráneo (tanto en los Códigos como en el
Digesto). Algunas de estas normas también pasaron al Breviario de Alarico (que recoge
literalmente la “legem rhodiam de jactu”) y al Liber Iudiciorum.
A partir del siglo XI, coincidiendo con el auge de las ciudades mediterráneas, las
corporaciones de comerciantes o desarrollan todo un derecho de base jurisdiccional a
través de los consulados, que aplican usos y costumbres en los pleitos marítimos.
Ilustración del Consulado en la edición impresa del Llibre de Barcelona (1518)
Los consulados son las corporaciones profesionales de comerciantes, creadas
para la defensa de sus intereses gremiales y dotadas de facultades jurisdiccionales
(tribunal especial según la nación a la que pertenecen sus miembros, así como especial
también por razón de la materia). Los consulados del mar, por tanto, no son otra cosa
que tribunales que se ocupan de asuntos relativos a los comerciantes marítimos,
aplicando las normas del mar.
Los primeros usos redactados datan de la segunda mitad del siglo XII (Pisa,
1161). En la Península Ibérica incluso se redactan ordenanzas marítimas con
anterioridad a la creación de los propios consulados (Ordinationes Ripariae de
Barcelona, 1258). Este régimen se consolidará a partir de la institución de los
consulados de Valencia (1283) y Mallorca (1343), entre otros del Levante,
generalizándose la recopilación de costumbres jurídicas que, si bien guardan relación
con el área jurídica catalana, incorporan normas comunes al área mediterránea. Estas
redacciones no tienen oficialidad, pero sí gran difusión y son tenidas en cuenta por los
consulados. Entre ellas destacan como las más importantes las “Costums de la mar”
(redactadas lengua catalana y por autor anónimo en la Barcelona del siglo XIII) y el
“Llibre del Consolat de mar” (también en lengua catalana, comenzando su redacción en
el mismo siglo XIII y siendo promulgadas en el 1370).
Las normas recogidas en una y otra fuente proceden del curso histórico de la
regulación consuetudinaria del comercio marítimo mediterráneo. Así, entre las fuentes
de las Costums tenemos las “costums” propiamente dichas, los “Establiments de fets de
mar” y los “Usatges de la mar” (otras colecciones). De esta colección existen diferentes
versiones conforme se iban con el tiempo glosando, aditando e interpretando. Las
Costums son usadas como fuente en los Fueros de Valencia (1270) y Tortosa (1279).
Portada impresa del Llibre apelat Consolat de Mar (Barcelona, 1518)
Por otro lado, el “Llibre del Consolat” recopila costumbres y normas de las
“Costums de la mar”, del Reglamento del Consulado de Valencia (el primero
establecido en la Península), de las Ordenanzas Reales y de algunos capítulos o
disposiciones de Pedro IV. Esta fuente jurídica es la principal de Derecho marítimo
medieval, denominándose así a partir de 1370 y aplicándose por primera vez al
Consulado de Barcelona en 1347. Existen diez manuscritos conservados con algunos
añadidos (generalmente juramentos de abogados), imprimiéndose por primera vez en
1484 y siendo traducido (lo que da una idea de su difusión) a idiomas como el
castellano, el italiano, el holandés, el francés, el alemán y el inglés. Su influencia en la
navegación y el comercio peninsular, e incluso americano, perdurará hasta el siglo XIX.
En el área cantábrica contamos con las siguientes fuentes histórico-jurídicas
principales: El Fuero de San Sebastián de 1180 (y su familia de fueros costeros), la
normativa regia castellana (privilegios a barqueros, marinos y hermandades de
navegantes de Guipúzcoa, de Sevilla o de Flandes, entre otros, así como algunas
disposiciones del Fuero Real y de las Partidas) y los usos comerciales tradicionales
anteriores a la legislación regia, destacando de entre estos últimos los Rooles o
Jugements d’Olerón (50 sentencias en pergamino enrollado, redactadas progresivamente
en lengua gascona y finalizadas en el año 1263), influyendo esta última fuente, por
ejemplo, en las Ordenanzas del Almirantazgo sevillano (1310), que sigue una
traducción en castellano que lleva por nombre Fuero de Layrón o “Fuero de las leyes
por do se juzgan los pleytos que son del fecho de la mar”.
En la Edad Moderna, iniciándose con Isabel la Católica el establecimiento de
consulados, también deben considerarse las Ordenanzas de los Consulados de Burgos,
Bilbao y Sevilla, cuyas normas fueron recogidas (algunas y además de otras cédulas
reales) en las Ordenanzas Reales de Castilla, la Nueva Recopilación y la Novísima
Recopilación.
La Casa de la Contratación en Sevilla
El Consulado de Sevilla y la Cruz del Juramento
Por último, en cuanto a la navegación y el comercio modernos en el área jurídica
atlántica (que en lo demás se inserta en la tradición cantábrica) destaca la tensión entre
los principios de restricción y libertad respecto a las Indias occidentales (“mare
clausum” de SELDEN, “mare liberum” de GROCIO y VAZQUEZ DE MENCHACA).
Castilla mantiene vetados la navegación y el comercio con las Indias desde el siglo
XVI, a través del intervencionismo monopolista de la Casa de Contratación desde 1503,
junto al Consulado sevillano de 1552 y el anterior privilegio de Cádiz como puerto
único (1493) y más tarde Sevilla (1573). La tendencia al aperturismo será coincidente
con la pérdida de hegemonía en el control estratégico del Océano Atlántico. Desde el
ámbito internacional, en el siglo XVII se aperturará la ruta de navegación de las Indias
para Francia e Inglaterra (Paz de Westfalia de 1648), mientras que el Tratado de Utrech
de 1713 autorizará a los ingleses el comercio con Indias a través del privilegio del navío
de permiso y Carlos III podrá fin por Real Cédula al monopolio portuario gaditano, en
virtud del Reglamento de libertad de comercio y navegación de 1778. Finalmente en el
siglo XIX será decretada la libertad comercial por las colonias que se van emancipando
de Castilla.
Portada del Reglamento de Carlos III (1778)
Por lo demás, no sólo las normas y actos emanados de las instituciones
relacionadas con el comercio indiano arriba citadas integran el derecho atlántico, sino
que también se irán redactando ordenanzas en los consulados creados a partir de que
Sevilla se convierta en sólo escala obligatoria, permitiéndose desde 1529 cierta libertad
a otros puertos. Junto a ello la Recopilación de Leyes de Indias de 1680 (así como los
proyectos recopiladores del Derecho Indiano) recogerán parte de esta normativa
marítima tan interrelacionada con lo indiano.
BIBLIOGRAFIA
BASAS FERNANDEZ, M. El Consulado de Burgos en el siglo XVI.
1963
Madrid.
BEJARANO, S.
1947
HIstoria del Consulado y de la Junta de Comercio de Málaga.
Málalga.
CARANDE, R.
1973
Sevilla, fortaleza y mercado.
Sevilla.
CASARIEGO, J. E.
1967
Historia del Derecho y de las Instituciones Marítimas del mundo hispánico.
Madrid.
CESPEDES DEL CASTILLO, G. La avería en el comercio de Indias.
1945
Sevilla.
CORONAS GONZALEZ, S. M. Derecho mercantil castellano. Dos estudios históricos.
1979
León.
FERNANDEZ-GUERRA, R.
"El Fletamento en las ordenanzas del Consulado de Bilbao de 1737".
1992
AHDE, LXII, 117-157.
GACTO FERNANDEZ, E. Historia de la jurisdicción mercantil en España.
1971
Sevilla.
GALGANO, F.
1971
Historia del Derecho mercantil.
Barcelona.
GARCIA QUEVEDO, E.
1905
Ordenanzas del Consulado de Burgos de 1538, que ahora de nuevo se
publican anotadas y precedidas de un bosquejo histórico del Consulado.
Burgos.
GARCIA SANZ, A.
1969
"Estudios sobre los orígenes del derecho marítimo hispano-mediterráneo".
AHDE, XXXIX, 213-316.
GARCIA DE VALDEAVELLANO, L.
El mercado. Apuntes para su estudio en León y Castilla
durante la Edad Media.
1975
Sevilla.
GARRIDO, J.
1971
La letra de cambio en el medioevo valenciano.
Valencia.
GIBERT, R.
1965
El Derecho mercantil en la Edad Media.
Granada.
GUAL CAMARENA, M.
1968
Vocabulario del Comercio medieval.
Tarragona.
GUIARD LARRAURI, T. Historia del Consulado y Casa de Contratación de Bilbao y del comercio de
la villa.
1972
Bilbao.
HERNANDEZ BORONDO, E.
Sobre la aplicación en España de los Roles de Olerón.
1928
San Lorenzo de El Escorial.
IGLESIAS FERREIROS, A.
"Libro do Consulado da Mar".
1986
AHDE, LVI, 219-439.
1987
Llibre del Consolat de Mar. Volum. IV. Estudi filologic i indexs a cura de
Germá Colón i Arcadi García amb la collaboració de Beatrice Schmid.
Barcelona.
MADURELL, J. M.
1969
"Ordenanzas marítimas de 1331 y 1333".
AHDE, XXXI, 611-628.
MARTINEZ GIJON, J.
1979
La Compañía mercantil en Castilla hasta las Ordenanzas del
Consulado de Bilbao de 1737.
Sevilla.
1974
"La jurisdicción marítima en Castilla durante la Baja Edad Media".
Recueils de la Société Jean Bodin, 32, 347-363.
1983
"La práctica del fletamento de mercancías con las Indias (siglo XVI)".
Historia. Instituciones. Documentos, 10, 119-155.
MELIS, F.
1976
Mercaderes italianos en España (siglos XIV-XVI).
Sevilla.
MOLINE Y BRASEIS, E. Les Costums Maritimes de Barcelona universalment conegudas por Llibre
del Consolat de Mar.
1914
Barcelona.
NOGUERA DE GUZMAN, R.
La compañía mercantil en Barcelona durante los siglos XV y XVI y
las comandas del siglo XIV.
1967
Valencia.
PELAEZ, M. J.
Tres estudios de historia del derecho marítimo catalán en su proyección
italiana, con tres apéndices iushistóricos.
1980
Barcelona.
1984
Cambios y seguros marítimos en Derecho catalán y balear.
Bologna.
PETIT, C.
1979
La compañía mercantil bajo el régimen de las Ordenanzas del Consulado de
Bilbao 1737-1829.
Sevilla.
1984
"Arreglo de Consulados y revolución burguesa: En los orígenes del moderno
Derecho mercantil español".
Historia. Instituciones. Documentos, 11, 225-312.
RODRIGUEZ CASADO, V.
"Comentarios al Decreto y Real Instrucción de 1765, regulando las
relaciones comerciales de España e Indias".
1936-41
AHDE, XIII, 100-135.
1942-43
"Datos para la Historia de la Economía indiana (Proyecto del Banco del
Monte de Piedad de Nueva Orleáns, 1768)".
AHDE, XIV, 629-635.
SALCEDO IZU, J.
1980
"Fuentes del Derecho marítimo indiano".
Anuario Histórico Jurídico Ecuatoriano, V, 515-548.
SIDNEY SMITH, R.
1978
Historia de los Consulados de Mar (1250-1700).
Barcelona.
SUAREZ FERNANDEZ, L.
Navegación y comercio en el Golfo de Vizcaya. Un estudio sobre la
política marinera de la Casa de Trastámara.
1959
Madrid.
TORNE NELLO, J. F.
1975
"La institución del Seguro Marítimo en el Llibre del Consolat de Mar".
Revista General de Legislación y Jurisprudencia, 70, 483-511.
VALBUENA GARCIA, M. A.
"El libre comercio hispano-americano en el archipiélago canario,
1778-1785".
1982
Anuario de Estudios Atlánticos, 28.
1983
"La aplicación del Reglamento de Libre Comercio en Galicia, 1778".
Revista de Indias, 171, 203-228.
VICENS VIVES, J.
1972
Manual de Historia económica de España.
Barcelona.
VILAR, P.
1972
Oro y moneda en la Historia.
Barcelona.