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REUNION EXTRAORDINARIA DE DIRECTORIO N° 263 DEL 28 DE AGOSTO DE 2012
1
CONSORCIO PORTUARIO REGIONAL DE MAR DEL PLATA
REUNION EXTRAORDINARIA DE DIRECTORIO Nº 263. En la sede del Consorcio Portuario
Regional de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, ubicada en la calle B/p Marlín 404, Puerto de
Mar del Plata, a los veintiocho (28) días del mes de agosto de 2012, siendo las 10:00hs., se reúnen los
Señores Directores del Ente. Esta reunión fue convocada por el Gerente General de este Consorcio
Portuario, Sr. Walter Hugo Sivina, en ejercicio de las facultades delegadas mediante acta de directorio
262-14 de fecha 26 de julio de 2012 y en cumplimiento de la carga dispuesta por el art. 21 Anexo I
Dcto. 3572/99, que impone la necesidad de celebrar al menos una reunión de directorio al mes, siendo
que la última que se llevó a cabo lo fue el dia 26 de julio de 2012. Con relación a la misma el Gerente
General expresa que se dirigió al Sr. Subsecretario de Actividades Portuarias poniendolo al tanto de la
convocatoria y de sus causas por nota, a la cual se da lectura y transcribe:
Mar del Plata, 24 de agosto de 2012
NOTA 156 CPRMDP 2012
Sr. Subsecretario de Actividades Portuarias
Dr. Jorge Otharan
P R E S E N T E
De mi mayor consideración:
Por la presente pongo en su conocimiento que para el próximo 28 de agosto de 2012 a las 10:00 hs en
la sede del Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, ubicada en la calle B/p
Marlín 404, Puerto de Mar del Plata, en mi carácter de Gerente General y en ejercicio de las facultades que me
delegara el H. Directorio mediante acta 262-14 de fecha 26 de julio de 2012 y en cumplimiento de la carga
dispuesta por el art. 21 Anexo I Dcto. 3572/99, que impone la necesidad de celebrar al menos una reunión de
directorio al mes, siendo que la última que se llevó a cabo lo fue el dia 26 de julio de 2012, he convocado al H.
Directorio a reunirse Al respecto cabe aclarar que más alla del fallecimiento de quien fuera su presidente, Dn.
Eduardo Tomás Pezzati, acaecido el 04 de agosto de 2012 este Consorcio Portuario, ha continuado
desarrollando las actividades de explotacion y administracion que le han sido delegadas por la Prov. de Bs As.,
manteniendo activa la gestión en defensa del interés fiscal de la Pcia. de Buenos Aires, hasta tanto el Poder
Ejecutivo Provincial disponga la designacion de un nuevo Presidente.
Evitar la paralizacion del Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata y el consecuente perjuicio que
ello implicaria, fue posible merced a las atribuciones transferidas por el H. Directorio y su desaparecido
presidente a la Gerencia General, todo lo cual entiendo que lejos de convertirse en un valladar para el accionar
de quienes aparecen hoy como integrantes de su H. Directorio en representación del sector privado y sindical,
exacerba la responsabilidad asumida por ellos en cuanto a la tutela del interés involucrado en la dinámica de
funcionamiento del ente, teniendo la presente reunión y las que se convocaran a futuro, en caso de mantenerse el
actual interregno, ese objeto.
Como se ha dicho esta convocatoria a Reunión Extraordinaria del H. Directorio se lleva a cabo en orden
a cumplimentar con los requerimientos estatutarios, que imponen concretar al menos una reunión al mes del H.
Directorio (art. 21 Anexo I Dcto. 3572/99), a la par que para garantizar con ello la continuidad en la tutela del
interés fiscal que le ha sido confiado al presente ente de gestión portuaria y que hace imperioso el seguir
desenvolviendo las funciones que le son propias al margen de la coyuntura imperante.
Asimismo le hago saber que, no obstante haber sido siempre la vía de comunicación de las convocatoria
a reuniones de Directorio, las direcciones de correo electrónico, las cuales garantizaron no sólo un medio de
notificación fehaciente sino además un canal de comunicación fluido entre los órganos gerenciales del CPRMDP
y su directorio, la publicación en medios gráficos de la presente convocatoria encuentra su quicio en la necesidad
de complementar la antedicha debido al estado de situación al que nos ha expuesto la desaparición física del
Presidente, Eduardo T. Pezzati.
Vale aclarar que esta Gerencia General y en tanto dure la situacion factica que nos ocupa , seguira
actuando conforme la delegacion que oportunamente estableciera el Honorable Directorio disponiendo los actos
de gestion necesaria, naturalmente sin que ello implique asumir el rol de Presidente y a los efectos que los Sres.
Directores tomen conocimiento de las decisiones reglamentariamente dispuestas.
Asimismo y a los efectos que esa Subsecretaria de Actividades Portuarias este debidamente anoticiada
de cuanto se informa “supra”, se elevaran copias de las reuniones de Directorio realizadas.Sin otro particular hago propicia la ocasión para saludarlo muy atte.
Se encuentran presentes además del Gerente General del Consorcio Portuario Regional de Mar del
Plata, Sr. Walter Hugo Sivina, los directores cuyos nombres y firmas constan en el Libro tres (03) del
Registro de Asistencia a fs 69, a saber: Carlos Alberto Theiller, representante de la
Municipalidad de Gral. Pueyrredón designado por Decreto del Ejecutivo Municipal Nº
1722/09 (art. 16ª inc. b) del Decreto 3572/99); Patricio Hogan representante de las
Municipalidades de la Región (art. 16° inc. h del Decreto 3572/99), designado por Decreto del
Poder Ejecutivo Provincial N° 1414 del 19 de agosto de 2010; y los Directores que a
continuación se mencionan, todos ellos designados por Resolución Nº 301 del 05 de octubre
de 2009, de la Subsecretaría de Actividades Portuarias de la Pcia. de Bs. As.: Emilio Ricardo
Bustamante por la Cámara de Empresas de Servicios de Estibaje de Puerto Mar del Plata,
(art. 16º inc. f) del Decreto 3572/99) y Alberto Rosa, representante de la Federación de
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Cooperativas Pesqueras, Portuarias, Navales y Afines Ltda.. – FECOOAPORT, (art. 16º inc.g)
del Decreto 3572/99.
Se encuentran ausentes los directores Rodolfo Chávez, designado por la Subsecretaría de
Actividades Portuarias por Res. 525 del 02/JUL/2010 como representante del Sindicato
Marítimo de Pescadores – SI.MA.PE. (art. 16º inc “c” del Decreto 3572/99; Mariano Emilio
Pérez, representante de la Cámara de la Industria Pesquera Argentina- C.I.P.A. (art. 16º inc.d)
del Decreto 3572/99); Juan Darío Sócrate, representante de la Cámara Argentina de
Armadores de Buques Pesqueros de Altura, (art. 16º inc.d) del Decreto 3572/99) y Juan
Carlos Ferreyra, representante del Sindicato Unido Portuarios Argentinos-SUPA (art. 16º
inc.c) del Decreto 3572/99 el cual conforme nota del SUPA de fecha 22 de agosto ppsdo. ha
renunciado como Secretario General de ese gremio, no habiendo manifestación alguna en la
misma respecto a su permanencia como director; y Ricardo Ernesto Polverino, representante
de la Bolsa de Comercio de Mar del Plata, (art. 16º inc.i) del Decreto 3572/99, el único de los
directores ausentes que informó que en esta fecha se encontraría fuera de la ciudad razón por
la cual no asistiría.
Se recuerda que el director Guillermo Enrique Soldini, representante de la Asociación de
Embarcaciones de Pesca Costera, (art. 16º inc. e) del Decreto 3572/99), por razones de índole personal
presentó su renuncia al cargo, la que ha sido elevada a la Subsecretaría de Actividades Portuarias.
Paralelamente la Asociación de Embarcaciones de Pesca Costera manifestó su voluntad de
reemplazarlo por el Sr. Mariano Retrivi Gerente de esa entidad, habiendo el postulante presentado la
documentación de rigor ante la Subsecretaría de Actividades Portuarias a ese efecto, no teniendo este
Consorcio hasta ahora por parte de ese organismo respuesta a dicha solicitud.
Han sido invitados a esta reunión los gerentes de las distintas áreas de este Consorcio Portuario a
efectos de brindar información a los directores presentes sobre los distintos temas en trato y/o
cualquiere otro que soliciten, cuyos nombres y cargo figuran en el Libro tres (03) del Registro de
Asistencia a fs 69.
ORDEN DEL DIA
1) S/Informe pormenorizado estado y funcionamiento del CPRMDP periodo 2008/2012 solicitado por la
Subsecretaria de Actividades Portuarias
2) Desmovilización hacia puerto Bs. As. de la Grua PNA GS 451 y Ponton SB-9 Canal Costanero.
3) S/ Obra desague pluvial Cuenca Arroyo del Barco 1° Etapa Sector “A” su impacto sobre zona portuaria
4) Adjudicación Servicio de limpieza del espejo de agua puerto Mar del Plata
5) S/Presentación YPF ( Gcia. Terminales y Puertos) por imposibilidad de ingreso buque petrolero de 140
m de eslora.
6) Inicio Obra Reparación Red Cloacal Zona Industrial puerto Mar del Plata 1ra. Etapa – Pago adelanto
financiero
7) Linea de amarre hundida entre Espigon 7 y 10 escollera Sur. Solicitud a la SSPyVN para brindarle
tratamiento de buque hundido a efectos de su remoción y puesta a seco
8) B/P RUTSAWA – En situación de abandono – Acuerdo con 3ro. para su puesta a seco y desguace
inmediato.
9) Remoción y puesta a seco MAPUCHE; TEHUELCHE Y KRONOMETHER
10) Presentación Balance CPRMDP- Segundo trimestre 2012
11) Grafico ingresos economicos y financieros CPRMDP– Analisis de sensibilidad
12) Designación de dos directores para suscribir el Acta
Previo al inicio de la reunión el Gerente General deja en claro que el ejercicio de las
competencias que el H. Directorio a pedido de Eduardo Pezzati delegara en su cabeza, lejos
estuvieron en su intención de que sean efectivizadas - lo que así le ha hecho saber al Sr.
Subsecretario de Actividades Portuarias - pero a su vez es una carga que debe asumir porque
lo contrario significaría la paralización operativa del puerto.
Hasta tanto la falta de presidente sea solucionada, la carga impuesta le impone hacer sesionar
al Directorio del Consorcio por lo menos una vez al mes, conforme lo determina el Decreto
3572/99. En esta ocasión el número de directores no ha sido el suficiente para lograr quorum
lo que impide emitir resoluciones respecto a los temas que se presentaran, por lo cual esta
sesión tendrá un carácter informativo y solo se solicitara a los directores presentes para que
expliciten respecto a los temas en trato si existen objeciones a lo realizado o a lo ejecutar por
el Gerente General en este caso en el marco del art. 26 inc. h del Decreto 3572/99, lo cual
quedará plasmado en el presente Acta.
01) S/INFORME PORMENORIZADO ESTADO Y FUNCIONAMIENTO DEL CPRMDP
PERIODO 2009/2012 SOLICITADO POR LA SUBSECRETARIA DE ACTIVIDADES
PORTUARIAS
Ante el fallecimiento del Presidente Sr. Eduardo Tomás Pezzati el Director Provincial de Gestión
Portuaria, Dr. Diego Pinkler, se hizo presente en el Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata y en
cumplimiento de las instrucciones impartidas por el Ministro de la Producción y del Subsecretario de
Actividades Portuarias requirió por nota la documentación que a continuación y por área se detallará,
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solicitando que la misma le fuera presentada el 23 de agosto en este Consorcio Portuario. A pesar de
ser la información solicitada profusa y retrospectiva al año 2009, los tiempos otorgados para su
presentación fueron suficientes y en la fecha indicada se hizo entrega de la misma. Para adunar todo lo
actuado con relación a este tema se ha abierto el Expte. CPRMDP 2767/12 "Pedido de Informes de la
S.A.P. por fallecimiento presidente Eduardo Tomas Pezzati".
INFORMACION POR AEREA REQUERIDA POR LA S.A.P.
SECRETARIA EJECUTIVA
•
Copia de las Actas de Directorio correspondientes a los periodos 2008; 2009; 2010; 2011 y a la fecha del
2012
ASESORIA LEGAL
•
Copia del poder otorgado por el Consorcio Portuario para ser representado.
•
Listado de Juicios en los que el Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata sea parte como
querellante o demandado.
•
Estado Judicial de los mismos.
•
Informe resumido sobre acciones extra judiciales realizadas por la Asesoría Legal.
•
Listado de Juicios fallados a favor o en contra del Consorcio Portuarios, en los período 2009, 2010, 2011
Y 2012
GERENCIA ADMINISTRATIVA Y DE PERSONAL
•
Partidas para gastos de Personal (Informar su ejecución con relación al 40 % autorizado por el Estatuto)
ejercicios 2009, 2010, 2011 Y previsiones 2012
•
Detalle de Planta Permanente de personal informando en cada caso importe de Salario, aportes y
contribuciones.
•
Detalle de Planta Contratada (forma de vinculación contractual - Locación de Servicios - Plazo fijo - etc.)
informando en cada caso importe del contrato y en el caso de corresponder, aportes y contribuciones.
•
Listado de personal ingresado y/o contratado en los períodos 2009,2010,2011 y 2012 (detallando
nombre y apellido, categoría de ingreso y de revista actual, salario y funciones)
•
Estructura Organizativa de personal del año 2009 y actualizada.
•
Informe sobre la situación de la relación laboral con el personal y sus gremios representativos (Adjuntar
CCT. En vigencia y estado actual de negociación si existiera paritaria abierta)
•
Listado de proveedores informando en cada caso si se encuentran inscriptos como proveedores del
Estado en la P.B.A.
•
Deudas con proveedores, informando razón social, monto adeudado y plazo de pago.
•
Listado de Deudores (informando, Razón Social, .período y monto adeudado al 1-8-2012)
•
Listado de Compras Realizadas en los periodos 2010, 2011 Y 2012 (informando proveedor, productos o
servicios, monto final de la compra, y si fue Licitación, Concurso de Precios, Contratación Directa y toda
información de interés)
•
Compras en proceso (informando proveedores invitados, producto o servicio, monto final de la compra, y
si es por Licitación, Concurso de Precios, Contratación Directa y toda información de interés).
GERENCIA FINANCIERA/CONTABLE
•
Estado Actual de Cuentas Bancarias.
•
Disponibilidad de fondos.
•
Documentos a Cobrar
•
Inventario de Bienes.
•
Valores al cobro.
•
Balances de los ejercicios 2009 - 2010 Y 2011
•
Presupuesto 2012
•
Partidas comprometidas para el resto del año 2012
•
Detalle de Fondos recibidos desde otras jurisdicciones (Provincia o Nación) informando destino de los
fondos, grado de ejecución de esas partidas -adjuntar las Actas, convenios, etc. que dieron lugar a las
asignaciones y giro de esas partidas.
GERENCIA DE EXPLOTACION Y MARKETING
•
Número de Expediente Interno
•
N° Acta de Directorio que aprueba el Permiso de Uso.
•
Fecha de inicio de cada permiso
•
Tiempo de Vigencia del Permiso
•
Fecha de finalización del permiso
•
Actividad desarrollada - Ubicación (parcela o direc. Catastral)
•
m2 ocupados
•
Canon abonado (tarifado o especial)
•
Agregar copia del Acta de Directorio de los permisos de Uso otorgados y/o renovados durante los años
2009, 2010, 2011 Y 2012
•
En los casos en que corresponda, informar grado de cumplimiento de compromisos y/o Obras
comprometidas.
•
Agregar copia de norma aplicada para los Permisos de Uso.
•
Listado de Permisionarios en conflicto de desalojo.
•
Listado de Empresas de Servicios Habilitadas. Detallando:
 Razón Social
 Titular/es de la firma
 Actividad desarrollada
 Canon abonado (Tarifado o especial)
 Fecha de Habilitación
 Períodos de reinscripción (mensual - anual - etc.)
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

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Agregar copia de la norma aplicada para la habilitación de Empresas de
Servicios
GERENCIA DE OBRAS
•
Listado de obras y reparaciones en Ejecución
•
Listado de obras y reparaciones Licitadas
•
Listado de obras y reparaciones ejecutadas en los últimos 3 años (2009-2010-2011)
•
Listado de Obras y reparaciones presupuestadas en el ejercicio 2012
•
Detallando en cada caso, Contratista, plazo de obra y monto de la misma (monto presupuestado y
monto final abonado), tipo de contratación (licitación •
Concurso - contratación directa
•
Obras realizadas por administración.•
Listado de obras previstas y/o proyectadas para los próximos 3 años.•
Estado actual de las obras de Dragado.
•
Montos ejecutados en obras de Dragado de los años 2009, 2010, 2011 Y 2012.
•
Origen de las Partidas (Nación-Provincia-propios)
•
Batimetrias realizadas (Una copia por año 2009, 2010, 2011 Y 2012)
•
Copia de la última Batimetría .•
Obras de Dragado Previstas para 2012 y proyectadas para 2013
GERENCIA OPERACIONES
•
Listado de Empresas Armadoras Locales (Informando Razón Social, Dirección, Titular de la firma y
buques de su propiedad)
•
Listado de buques con Puerto de Asiento Local (Informando Titular, eslora y tipo de embarcación).
•
Listado de Buques en condición de Inactivos (informando titular de la embarcación y Período de
inactividad)
•
Detalle del Movimiento de Buques de Ultramar - de cualquier tipo de los períodos 2009, 2010, 2011 Y
2012. (detallando tipo de buque - Eslora - mercadería y toneladas manipuladas - Servicios portuarios
requeridos - agencia marítima o despachante de aduanas intervinientes)
•
Reglamentación aplicable.•
Servicios Portuarios a los buques disponibles propios o prestados por terceros (Remolcadores - Grúas Estiba - etc.) Agregar copia de la normativa aplicable.
GERENCIA DE SEGURIDAD
•
Plan de Contingencias (dispositivo certificado y vigencia de la última inspección de P.N.A.)
•
Certificación PBIP. Vigencia de la certíñcación - últimos requerimientos
•
.Medidas y/o obras previstas sobre requerimientos.•
Informe sobre Tratamientos de Residuos Especiales provenientes de buques e instalaciones radicadas
en jurisdicción portuaria.
•
Medidas tomadas o a tomarse para certificar la Escoll:era Norte como Terminal de Cruceros.
•
Obras solIcitadas y realizadas en los Períodos 2010, 2011 y 2012 con destirio a cumplimentar
requerimientos del PBI
Consultados los directores presentes respecto a lo actuado y dispuesto por el Gerente General en
ejercicio de las facultades delegadas mediante acta de directorio 262-14 de fecha 26 de julio de
2012, ejercidas debido al fallecimiento del presidente del CPRMDP Sr. Eduardo Tomás Pezzati,
con relación al punto S/INFORME PORMENORIZADO ESTADO Y FUNCIONAMIENTO DEL
CPRMDP PERIODO 2009/2012 SOLICITADO POR LA SUBSECRETARIA DE ACTIVIDADES
PORTUARIAS, no existieron objeciones de ninguna especie.
02) DESMOVILIZACION HACIA PUERTO BS. AS. DE LA GRUA PNA GS 451 Y PONTON
SB-9 CANAL COSTANERO
a) Expte. 351-CPRMDP-05 – Alcance 92 – TRANSPORTE TERRESTRE DE LA EMBARCACION SB-9 “CANAL
COSTANERO” AL PUERTO DE BUENOS AIRES
En el marco de lo resuelto por el H. Directorio en su reunión de 26 de julio de 2012 y de acuerdo a la
comunicación recibida de parte del Capitán de la Grua de Salvamento PNA GS-451 Prefecto Pablo
Ariel Stanganelli, informando que las tareas de remoción y puesta a seco de los restos del B/P Latar II
concluían y que una vez puestos a seco los restos finales del buque, en un plazo de aproximadamente
20 días, la Grúa se encontraría preparada para tomar remolque y ser trasladada al Puerto de Buenos
Aires, se comenzó a instar la secuencia administrativa a fin de contratar los medios con que tal
operativo sería llevado acabo.
Previamente a alistar la Grúa para su traslado se debe utilizar la misma para el izado del Pontón SB-9
que utiliza de apoyo para realizar sus tareas. Por lo tanto, inmediatamente de recibida la comunicación
se procedió al llamado a licitación privada Nº 04/2012 para el “Transporte Terrestre de la embarcación
SB-9 Canal Costanero al Puerto de Buenos Aires” con un presupuesto oficial de $ 305.000 con IVA
incluido, cursándose en su ámbito invitación a las firmas Trakker S.R.L., Servigruas HV S.R.L., Grúas
Transporte Vernazza S.R.L., Atlas Shipping S.A., Transportes Especiales CAF S.A. y Román Servicios
S.A.
Como resultado del mentado procedimiento de selección se presentó 1 (una) oferta, identificada como
SERVIGRUAS HV S.R.L. Acerca de la misma, la Comisión Asesora consideró que el proponente
cumple todos los requisitos dispuestos en la documentación contractual, a consecuencia de lo cual debe
ser declarada ADMISIBLE. Con respecto a la conveniencia de la oferta presentada aquella aportada
por SERVIGRUAS HV S.R.L. ascendió a la suma de $ 296.450 con IVA incluido, el cual era inferior
en un 2,80% a la estimación de costos llevada a cabo por este Ente de Gestión Portuaria en orden a
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asignar la correspondiente partida presupuestaria por lo cual la Comisión Asesora la consideró
CONVENIENTE.
Compartiendo el criterio de dicha Comisión, el Gerente General del CPRMDP, conforme las facultades
delegadas por el H. Directorio Res. 262-14/2012 del 26 de julio de 2012, dispuso adjudicar la licitación
privada para el transporte terrestre de la embarcación SB-9 “CANAL COSTANERO” al Puerto de
Buenos Aires a la firma SERVIGRUAS HV S.R.L. por un precio final de pesos DOSCIENTOS
NOVENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 296.450) con IVA incluido por
resultar esta la oferta más conveniente.
b) Expte. 351-CPRMDP-05 – Alcance 92 – REMOLQUE TRANSPORTE DE LA GRUA DE SALVAMENTO PNA GS451 DEL PUERTO DE MAR DEL PLATA AL PUERTO DE BUENOS AIRES
El Capitán de la Grua de Salvamento PNA GS-451 Prefecto Pablo Ariel Stanganelli informa
que se ha adelantado la fecha de en la que deberá encontrarse la Grua en los muelles de
alistamiento del Astillero Naval TANDANOR S.A.C.I. y N. debiendo estar allí, indefectible e
improrrogablemente el día 3 de Septiembre de 2012, para lo cual se tendrá que tomar
remolque a más tardar el viernes 31 de agosto.
Ante esta circunstancia se procedió a realizar una licitación privada para la contratación del
remolque de dicha Grúa de Salvamento. A la misma fueron invitadas las firmas Emepa S.A.
Raúl A. Negro y Cía. S.A. UTE, Trans Ona S.A.M.C.I.F., Rua S.A., Maruba S.A., Cía.
Marítima Austral S.A. y se cursó la invitación a la Cámara de Armadores de Remolcadores de
la República Argentina para que le hiciera llegar la misma a todos sus asociados, habiéndose
recibido en su ámbito las siguientes ofertas y que fueron consideradas ADMISIBLES por la
Comisión Asesora:
Cía. Marítima Austral S.A cotizó la suma de u$s 155.000 más IVA, lo que equivale a la
suma de $ 870.232. Su oferta no incluye el remolque adicional de ingreso al Puerto de Buenos
Aires, establece que los costos de despacho y amarre en Mar del Plata son a cargo del
Consorcio y adicionalmente cotiza la suma de u$s 2.500 la hora por tiempo de exceso por
cualquier razón no imputable al remolcador, entre ellas factores hidrometeorológicos adversos
para la seguridad de la navegación. Respecto de la forma de pago solicita que el 50% del
importe cotizado le sea abonado previo a la zarpada del remolcador de su lugar de amarre
habitual y el 50% restante dentro de los 10 días de concluido el remolque.
Emepa S.A. Raúl A. Negro y Cía. S.A. UTE cotiza la suma de $ 831.270 con IVA incluido
sin adicionales por ninguna circunstancia. Respecto de la forma de pago establece que se hará
a los 15 días de la fecha de factura, la cual será confeccionada una vez finalizado el remolque.
Adicionalmente a estas cotizaciones, la empresa Maruba S.A. nos informa que su remolcador
“Observador” se encontrará realizando reparaciones en dique seco de Servicios Portuarios
Integrados en el Puerto de Mar del Plata hasta mediados de Septiembre. En caso de poder
esperar el traslado de la Grua podrían ofrecernos un valor competitivo para realizarlo visto que
no existiría el costo muerto del posicionamiento del remolcador en Mar del Plata, sino que
contaría solamente la cotización activa desde nuestra ciudad hasta el Astillero Naval
TANDANOR S.A.C.I. y N. en la ciudad de Buenos Aires. Atento a la premura comunicada
por la Prefectura Naval Argentina para el traslado de la Grúa, se nos hace imposible atender a
esta solicitud.
Ante estas ofertas la Comisión Asesora consideró que la aportada por la firma Emepa S.A.
Raúl A. Negro y Cía. S.A. UTE era la mas CONVENIENTE. Compartiendo el criterio de
dicha Comisión, basado en la Resolución de Directorio 262-12/12 del 26 de julio de 2012 y
por razones de urgencia objetivas, las cuales vienen dadas por la comunicación cursada por el
Capitán de la de la Grua de Salvamento PNA GS-451 referida a las fechas improrrogables de
zarpada del 31 de agosto del 2012 y alistamiento en el muelle del Astillero Naval
TANDANOR S.A.C.I. y N. el lunes 3 de Septiembre del corriente, el Gerente General del
CPRMDP - conforme las facultades delegadas por el H. Directorio a través de la Res. 262-14/2012
del 26 de julio de 2012 - dispuso adjudicar la licitación privada para el REMOLQUE
TRANSPORTE DE LA GRUA DE SALVAMENTO PNA GS-451 DEL PUERTO DE MAR
DEL PLATA AL PUERTO DE BUENOS AIRES a la firma Emepa S.A. Raúl A. Negro y Cía.
S.A. UTE en la suma de pesos OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS
SETENTA ($ 831.270.-) por resultar su oferta la más conveniente. Cabe consignar a este
respecto que de acuerdo a lo expuesto en la Resolución de Directorio 262-02/12 del 26 de julio
de 2012 los costos a valor dólar del regreso al Puerto de Buenos Aires del Pontón SB-9 y de la
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Grúa de Salvamento PNA GS-451 rondarían aproximadamente la suma de $ 1.100.000,
encontrándose la sumatoria de ambas contrataciones dentro de esta pauta presupuestaria.
Consultados los directores presentes respecto a lo actuado y dispuesto por el Gerente General en
ejercicio de las facultades delegadas mediante acta de directorio 262-14 de fecha 26 de julio de
2012, ejercidas debido al fallecimiento del presidente del CPRMDP Sr. Eduardo Tomás Pezzati,
con relación al punto DESMOVILIZACION HACIA PUERTO BS. AS. DE LA GRUA PNA GS 451 Y
PONTON SB-9 CANAL COSTANERO no existieron objeciones de ninguna especie.
03) S/ OBRA DESAGUE PLUVIAL CUENCA ARROYO DEL BARCO 1° ETAPA SECTOR
“A” SU IMPACTO SOBRE ZONA PORTUARIA
Respecto al tema en cuestión la Gerencia General del CPRMDP en virtud de las facultades delegadas
por Res. 246-14/2012 en Acta del 26 de julio de 2012, le hizo llegar a la Subsecretaria de Actividades
Portuarias la nota que a continuación se transcribe:
Sr.
Subsecretario de Actividades Portuarias
Dr. Jorge Otharan
S.--------------------------/--------------------------D.
De mi mayor consideración:
Trata la presente sobre la nota rubricada por el Ingº Flavio F. Franco, gerente de obras de OSSE, de fecha
26/07/2012, Registro Nº 1389/12, (cuyo facsimimil se adjunta) sugiriendo retrasar nuestra obra relacionada con
la modificación de la traza de la Av de los Pescadores para el ingreso a Terminales 2 y 3 y previstos en el
Presupuesto 2012 del Consorcio Portuario, hasta tanto ese Organismo culmine con los trabajos de “Desagüe
Pluvial – Cuenca Arroyo del Barco Primera Etapa – Sector A”, instancia que actualmente se encuentra en
proceso de licitación.
En principio quiero expresarle que más allá de lo solicitado, quienes integramos los órganos consultivos de este
Consorcio Portuario, tomamos con honda preocupación el tema, dado que vista la memoria y plano enviados
por OSSE, se trata de un emprendimiento de gran escala cuyo conducto principal tiene unas dimensiones que
alcanzan los 7,40 m x 3,70 m, para recibir los desagües pluviales provenientes de mil (1000) manzanas del sur
del ejido urbano de esta ciudad, haciendo su ingreso a esta jurisdicción por la Av. De los Pescadores, Terminales
2 y 3, para culminar su recorrido y vuelco en el espejo de agua del Espigón Nº 3, sectores ellos asignados para
Zona Primaria Aduanera en nuestro puerto.
Nos anoticiamos de esta obra a través de los recortes periodísticos publicados durante el mes de Marzo del
corriente año, y tuvimos la oportunidad de manifestarlo a integrantes del staff de esa Subsecretaría en la visita
que realizaramos durante ese mismo mes, para tratar el tema transferencia al Consorcio Portuario de los
Elevadores de Granos del puerto de Mar del Plata. Recién en julio/2012, el Presidente de OSSE, Ing. Mario Dell
Olio hizo llegar por nota a esta autoridad portuaria, memoria y plano de la obra, cuya copia se adjunta, Como
Ud. podrá observar en dicha nota en el proyecto han tomado intervención varios organismos del Estado
Provincial , entre ellos la O.P.D.S. no habiendose solicitado en ningún momento a este Consorcio Portuario,
opinión alguna, desconociendose si lo propio ha sucedido con esa Subsecretaría.
Dado el actual estado jurídico de este Consorcio Portuario, producto del reciente deceso de su presidente he
considerado prudente y necesario ponerlo al tanto de esta situación.
Sin otro particular saludo a Ud. muy atentamente.
En respuesta se recibió con fecha 10 de agosto de 2012 la misiva que a continuación se transcribe,
suscripta por el Subsecretario de Actividades Portuarias Dr. Jorge Sebastian Otharan:
Sr. Gerente General
Consorcio Portuario Regional
De Mar del Plata
Sr. Walter H. Sivina
Tomado conocimiento de la Nota N° 151 CPRMDP 2012 y visto el carácter de la consulta, se informa que en esta
Subsecretaria no obran antecedentes de la obra en cuestión.
Al mismo tiempo se hace notar la complejidad del tema pudiéndose ver afectados los intereses del CPRMDP,
así como la jurisdicción portuaria desde el punto de vista técnico, económico, medioambiental, operativo y
comercial.
Es por ello que, siendo una obra de carácter notoriamente público y de interés general, resulta necesario se
informe sobre las acciones cursadas por ese Consorcio ante los organismos intervinientes, en particular
respecto a la Subsecretaria de Recursos Hídricos de la Nación, ENOSUR, la Municipalidad de General
Pueyrredón, OSSE y la PNA.
Las redes pluviales afectan de modo importante los cuerpos de agua cerrados tal como es el caso de las
dársenas de Puerto Mar del Plata, por lo que resulta conveniente se agregue toda documentación y
antecedente con referencia a este punto, más aún cuando el presente proyecto consiste en una descarga
directa y en principio no se observa en el plano traído a consideración ningún tipo de trampa de residuos
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sobrenadantes ni subnadantes, los cuales son comunes en este tipo de efluentes. Dicho detalle deviene de
interés a los efectos de mejor atender la temática.
Sin otro particular, saludo a Ud atte.
Sobre el particular la Gerencia General entiende que si bien esta obra significa un importante paso para
la ciudad de Mar del Plata, dado que tiene entendido beneficiará a 26 mil vecinos al resolver los
problemas de inundaciones en barrios cercanos al puerto, no es menos cierto que su trazado afecta
intereses portuarios siendo que no se le ha dado intervención al Consorcio Portuario ni tampoco a
quien el mismo se vincula tutelarmente (la Subsecretaría de Actividades Portuarias), quien ha
manifestado – tal la misiva transcripta supra - que no obran en su poder antecedentes de esta obra. Los
detalles que han trascendido señalan que estamos frente a la construcción de un conducto principal que
nacerá en la zona de la avenida de Los Trabajadores y Ayolas y concluirá dentro del espejo de agua del
Espigón N°3 del puerto local, sector sobre el cual existen proyectos de ampliacion de la infraestructura
portuaria. A la misma se le sumará el tendido de algunas redes complementarias, lo que permitirá que
en el futuro el desagüe pueda ser ampliado en etapas sucesivas. Para tener un dimensión aproximada de
esta construcción el conducto que por Av. de los Pescadores girará hacia la zona de los silos,
desembocará en el mar con una celda rectangular de 7,40 X 3,70 metros en H°A°.
A esta altura los directores presentes inquieren respecto a si este trazado puede ser modificado,
pudiendo ser esa tal vez una de los ejes sobre los cuales se desarrollen futuros acuerdos. Lo cierto es
que estan en juego intereses portuarios ante los cuales no puede este Consorcio - en quien la Prov. de
Bs. As. ha delegado la facultad de la explotación y administración de puerto Mar del Plata -permanecer
indiferente, lo cual implica en primer término la responsabilidad de requerir de los organismos
intervinientes en la realización de la mencionada obra la paralización de toda actuación hasta tanto el
CPRMDP no obtenga la intervención técnica asi como la opinión de organismos de estado competentes
en el tema y fundamentalmente se escuche la voz de las distintas cámaras, agrupaciones y sindicatos
que integran la comunidad portuaria. Con la opinion favorable de los directores presentes en cuanto a
la forma de actuar el Gerente General procede a dar lectura a la CD que se hará llegar a la
Subsecretaria de Recursos Hídricos de la Nación, al ENOSUR, a la Municipalidad de General
Pueyrredón, y a OSSE, la cual a continuación se transcribe:
“Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en mi carácter de Gerente General del CPRMDP y en ejercicio de las
facultades que delegara en mi cabeza el H. Directorio del citado ente mediante Acta 262-14 del 26/07/12, en el
marco de la obra que estaría próxima a llevarse a cabo denominada “Desagüe Pluvial- Cuenca Arroyo del Barco
– Primera Etapa – Sector A” por parte de OSSE S. E., la cual – según misiva de este último ente del 02/07/12 e
ingresada el 03/07/12 – involucraría jurisdicción del Puerto MDP, el cual se encuentra bajo la tutela y
administración del CONSORCIO PORTUARIO REGIONAL homónimo.
En dicho sentido y dado que el presente ente no ha tomado intervención formal en el proyecto de referencia,
siendo que la obra a desenvolver es una que impactará inevitablemente en la estructura portuaria y su
funcionalidad, es que por medio de la presente se lo INTIMA a que cese toda gestión que estuviesen llevando a
cabo en pos de la contratación de la prestación antes identificada, la cual a todo evento deberá
inexorablemente ser consensuada con el CPRMDP en su carácter de autoridad pública con competencia en el
gerenciamiento del Puerto MDP, bien este último a su vez del dominio público del Estado Provincial.
Se deja asimismo aclarado que la presente es enviada a instancias de la Subsecretaría de Actividades Portuarias
Provincial, quien en el marco de la relación tutelar que la une al presente ente de gestión portuaria y puesta al
tanto de la obra que pretendía desenvolverse en esta jurisdicción, se manifestó mediante NOTA Nº 39/2012 y
emanada del Sr. Subsecretario de Actividades Portuarias, Dr. Jorge Otharán, en el sentido que siendo la
antedicha “una obra de carácter notoriamente público y de interés general, resulta necesario se informe sobre
las acciones cursadas por ese Consorcio ante los organismos intervinientes, en particular respecto a la
Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Nación, ENOSUR, la Municipalidad de General Pueyrredón, OSSE y la
PNA”.
Y en la misma misiva exteriorizó el citado organismo portuario provincial su preocupación en el sentido que “Las
redes pluviales afectan de modo importante los cuerpos de aguas cerrados tal como es el caso de las dársenas
de Puerto Mar del Plata, por lo que resulta conveniente se agregue toda documentación y antecedente con
referencia a este punto, más aún cuando el presente proyecto consiste en una descarga directa y en principio
no se observa en el plano traído a consideración ningún tipo de trampa de residuos sobrenadantes ni
subnadantes, los cuales son comunes en este tipo de efluentes”.
Es por lo antedicho que y sin perjuicio de la paralización de toda actuación en pos de concretar la contratación
de referencia, se deja requerido informe de manera fehaciente a esta autoridad portuaria el detalle técnico de
la pretensa obra a llevar a cabo en su jurisdicción, en orden a evaluar el otorgamiento de las autorizaciones que
fuese menester emitir por parte del CPRMDP en pos de que dicha prestación pueda concretarse en el ejido del
puerto sometido a su custodia. Máxime que se tienen proyectos de ampliación y/ o refacción de la
infraestructura portuaria para el sector donde pretende ser desarrollada la obra de la Cuenca Arroyo del Barco.
Sin otro particular, y sirviendo la presente de atenta nota a la par que de intimación fehaciente en pos de evitar
el avance de una obra sin la autorización de la autoridad pública con competencia en la administración del bien
dominial en el que la antedicha pretende llevarse a cabo, aprovecha la presente para saludarlo atentamente”.
A la PNA se le hará llegar CD anoticiandola de lo requerido a la Subsecretaria de Recursos Hídricos
de la Nación, al ENOSUR, a la Municipalidad de General Pueyrredón, y a OSSE y solicitándole tenga
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a bien informarnos si la Prefectura Naval Argentina tiene al respecto y en lo que atañe a la
contaminación ambiental que una obra de estas características acarrearía competencia alguna.
Consultados los directores presentes respecto a lo actuado y dispuesto por el Gerente General en
ejercicio de las facultades delegadas mediante acta de directorio 262-14 de fecha 26 de julio de
2012, ejercidas debido al fallecimiento del presidente del CPRMDP Sr. Eduardo Tomás Pezzati,
con relación al punto S/ OBRA DESAGUE PLUVIAL CUENCA ARROYO DEL BARCO 1° ETAPA
SECTOR “A” SU IMPACTO SOBRE ZONA PORTUARIA no existieron objeciones de ninguna
especie.
04) ADJUDICACIÓN SERVICIO DE LIMPIEZA DEL ESPEJO DE AGUA PUERTO MAR
DEL PLATA.
Expte 2624-CPRMDP-11 – LIMPIEZA ESPEJO DE AGUA. Por Resolución 261-06/12 del 5
de junio de 2012 el H. Directorio del CPRMDP adjudicó la limpieza del espejo de agua del
Puerto de Mar del Plata a la firma Marina Port Service. A fin de iniciar la prestación de los
servicios la empresa adjudicataria debía cumplir con requisitos de índole administrativa como
son la presentación de documentación que debe hacer todo adjudicatario y la Póliza de
Responsabilidad Civil que requería el Pliego licitatorio. Asimismo, debido a la situación de
conflictos laborales que se vivieron los últimos meses en esta estación marítima, se acordó con
la empresa demorar el inicio de las tareas hasta que la situación permitiera hacerlo sin ningún
inconveniente.
Cumplidas las obligaciones por parte de la Empresa Adjudicataria y cesados los conflictos
expuestos, se dará inicio a las tareas de Limpieza del espejo de Agua del Puerto de Mar del
Plata a partir del 1 de septiembre de 2012 y por un lapso de 12 meses, a un valor de $30.000
más IVA por mes, tal cual lo establecido en las condiciones de la adjudicación de la licitación.
Consultados los directores presentes respecto a lo actuado y dispuesto por el Gerente General en
ejercicio de las facultades delegadas mediante acta de directorio 262-14 de fecha 26 de julio de
2012, ejercidas debido al fallecimiento del presidente del CPRMDP Sr. Eduardo Tomás Pezzati,
con relación al punto ADJUDICACIÓN SERVICIO DE LIMPIEZA DEL ESPEJO DE AGUA
PUERTO MAR DEL PLATA no existieron objeciones de ninguna especie.
05) S/PRESENTACIÓN YPF (GCIA. TERMINALES Y PUERTOS) POR IMPOSIBILIDAD
DE INGRESO BUQUE PETROLERO DE 140 M DE ESLORA.
El pasado 15 de agosto el Gerente General de este Consorcio Portuario se reunió con el Gerente de
Terminales y Puertos de YPF Sr. Eduardo Rapini, el jefe del Área Marítima de esa empresa Guillermo
Piantoni y el Sr. Hernán Dáscoli Jefe de Instalaciones La Plata, quienes le expresaron su sorpresa y
malestar dado que ante la solicitud de ingreso de un buque tanque de la compañía de 140 metros de
eslora, el Agente Marítimo Adrian Señorans les hizo saber que los prácticos de Mar del Plata no
consideraban que estuvieran dadas las condiciones de seguridad necesarias para que ello ocurriera,
marcando como tope de eslora para el ingreso a puerto Mar del Plata en la actualidad 110 metros como
máximo. Los funcionarios expresaron entonces que no entiendían porque la Prefectura Mar del Plata
no “blanqueaba” esta situación y ante la consulta del Agente Marítimo respondía:
“Me dirijo a Ud, en respuesta a su Nota GOP Nº 111/12 de fecha 07-AGO- 12, a fin de informarle que
se encuentra vigente la Disposición MPLA , RIA N 03/10, la cual estipula una eslora máxima de ciento
sesenta y cinco metros ( 165 m .), con una tolerancia del tres por ciento (3%), para el ingreso al
Puerto de Mar del Plata. En virtud de las actuales condiciones del canal de acceso al Puerto local y
los hechos suscitados en los meses de mayo y junio del corriente año, esta Prefectura, juntamente con
la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación se encuentran analizando la reducción en la
eslora máxima de los buques para el ingreso a este puerto. Saludo a Ud. atentamente”.
Se quejaron de que este limbo en el que ha ingresado el puerto de Mar del Plata al no definir
claramente cuales son las condiciones actuales de ingreso, los pone en una situación delicada que
incluso puede llegar a complicar el abastecimiento de combustible vía marítima a Mar del Plata y a la
Región, mas allá de otros perjuicios que tal actitud puede acarrearles tanto a ellos como al puerto
mismo. Manifestaron además que realizaron una importante inversión al dragar la Posta de Inflamables
precisamente para permitir el amarre en ella de buques de gran porte, lo cual hicieron basados en la
información del inminente dragado del puerto de Mar del Plata que se anunció en julio de 2011.
En un clima amable se les hizo saber que si bien la autoridad portuaria es una que tiene a su cargo el
dragado de la estación marítima sometida a su administración (art. 20 Ley Nacional 24.093 y Dcto.
Rgtrio. 769/93), bajo ningún aspecto apareja que pueda exigirse una determinada profundidad por así
demandarlo una actividad económica particular, consideración que para más no resulta una subjetiva
de esta parte sino que tiene correlato jurisprudencial de la mayor relevancia, al haberlo así interpretado
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la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (autos “ELEVADORES MAR DEL
PLATA S. A. C/ PROV. DE BS. AS. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS”, C 89.725 del 08/03/07).
En otro orden de cosas se les hizo saber que la seguridad en la navegación es y será siempre nuestra
principal preocupación por sobre cualquier otro interés, lo que bajo ningún aspecto obsta a que dicho
tópico sea por imposición legal uno de la incumbencia de la PNA (arts. 1, 2, 5 y concordantes Ley
Nacional 18.398) y no de la presente autoridad portuaria, así como que son los capitanes con el auxilio
de los prácticos de puerto en quienes se encuentra depositada la competencia y consecuente decisión
final para resolver el ingreso a Puerto. Con relación al estado del canal de ingreso se les informó que
conforme el último Aviso a los Navegantes que emite el Servicio de Hidrografía Naval, el puerto
cuenta con una vía de agua de 70 metros de ancho con una determinante de -8,50 al cero del SHN. Y
respecto al dragado, que el Estado Nacional – por el salvoconducto del nuevo Subsecretario de Puertos
y Vías Navegables de la Nación, Ing. Horacio Tettamanti – y el Estado Provincial - en la figura del
Subsecretario de Actividades Portuarias Dr. Jorge Otharan - se encuentran gestionando los fondos para
llevar adelante la prestación, lo que nos permitirá arbitrar de inmediato el procedimiento de selección
en pos de perfeccionar la correspondiente contratación que permita su efectivización. Previo a retirarse
el Ing. Rapini hizo saber que en nombre de YPF, llevaría su inquietud ante distintas areas de los
gobiernos provincial y nacional.
Consultados los directores presentes respecto a lo actuado y dispuesto por el Gerente General en
ejercicio de las facultades delegadas mediante acta de directorio 262-14 de fecha 26 de julio de
2012, ejercidas debido al fallecimiento del presidente del CPRMDP Sr. Eduardo Tomás Pezzati,
con relación al punto S/PRESENTACIÓN YPF (GCIA. TERMINALES Y PUERTOS) POR
IMPOSIBILIDAD DE INGRESO BUQUE PETROLERO DE 140 M DE ESLORA no existieron
objeciones de ninguna especie.
06) INICIO OBRA REPARACIÓN RED CLOACAL ZONA INDUSTRIAL PUERTO MAR
DEL PLATA 1RA. ETAPA – PAGO ADELANTO FINANCIERO.
Expte 2703-CPRMDP-12 – Por medio de la Resolución de Presidencia Nº 16/2012 del 4 de mayo
de 2012, el Presidente del Consorcio resolvió:
a) Declarar ADMISIBLE la oferta presentada por la firma COARCO S.A. (N° 1) e
INADMISIBLES las aportadas por las firmas SORSA S.A. (Nº 2) e ISTRIA (Nº3).
b) Adjudicar la licitación pública 04/2012, convocada para la “RECONSTRUCCIÓN DE
CLOACA ZONA INDUSTRIAL – PUERTO DE MAR DEL PLATA – 1ra. ETAPA”, a la
firma COARCO S.A. (Nº 1) en la suma de pesos DOS MILLONES DOSCIENTOS
CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO CON OCHENTA Y
SEIS centavos ($2.255.731,86) CON IVA INCLUIDO, por resultar su oferta ADMISIBLE y
más CONVENIENTE, otorgándole un Anticipo financiero del 30% sobre el monto total del
contrato. Todo ello, conforme las prescripciones que resultan de la documentación contractual
y demás normativa aplicable en subsidio.
La Resolución de Presidencia 16/2012 fue elevada a Directorio, quien en su reunión nro. 262
del 26 de julio de 2012 resolvió aprobar y convalidar todo lo actuado. Habiendose dado inicio
a los trabajos correspondientes a la obra RECONSTRUCCION CLOACAS ZONA
INDUSTRIAL PUERTO MAR DEL PLATA – 1RA ETAPA, cuya adjudicación fuera
ratificada por Resolución de Directorio 262-24/12 del 26 de julio de 2012, se procederá al
pago del Anticipo Financiero con que fue adjudicada el cual asciende a la suma de $
676.719,56 con IVA incluido.
Consultados los directores presentes respecto a lo actuado y dispuesto por el Gerente General en
ejercicio de las facultades delegadas mediante acta de directorio 262-14 de fecha 26 de julio de
2012, ejercidas debido al fallecimiento del presidente del CPRMDP Sr. Eduardo Tomás Pezzati,
con relación al punto INICIO OBRA REPARACIÓN RED CLOACAL ZONA INDUSTRIAL PUERTO
MAR DEL PLATA 1RA. ETAPA – PAGO ADELANTO FINANCIERO no existieron objeciones de
ninguna especie.
07) LINEA DE AMARRE HUNDIDA ENTRE ESPIGON 7 Y 10 ESCOLLERA SUR.
SOLICITUD A LA SSPYVN PARA BRINDARLE TRATAMIENTO DE BUQUE HUNDIDO A
EFECTOS DE SU REMOCIÓN Y PUESTA A SECO.
Con fecha 06 de febrero de 2012, la empresa EMEPA S.A.- Raúl A. Negro y Cia. S.A.- UTE
que resultara adjudicataria de la Licitación Pública N° 02/10; Expte. N° 2008-CPRMDP- 09
realizada por este Consorcio Portuario para efectuar la extracción y puesta a seco de los
buques Mapuche, Tehuelche y Kronomethr, hundidos en puerto Mar del Plata, hizo conocer la
conveniencia de liberar el área de trabajo del sector donde se encuentra hundido el B/P
Tehuelche, del antiguo campo de anclas, constituido por una línea principal paralela a la
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escollera sur, varios muertos y ramalillos perpendiculares que en su momento sirvieran como
viejo sistema de amarre de buques inactivos. Este Consorcio Portuario, con fecha 14 de
febrero de 2012, le solicitó a la empresa EMEPA S.A.- Raúl A. Negro y Cia. S.A.- UTE que
le informara respecto a la metodología a emplear para realizar esta tarea así como el tiempo de
labor y la consecuente propuesta económica, a fin de proceder a su evaluación. En respuesta
la UTE hizo llegar una Memoria Técnica en la que constan Antecedentes, Memoria
descriptiva, Asignación de medios, tiempos de ejecución y una propuesta económica que bajo
la condición Lump Sum alcanzaba la suma de DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL
DOLARES mas IVA (U$S 243.000.- mas IVA). Aclarando que finalizada la operación se
solicitara al la PNA la emisión de un certificado de Libre Fondo de los componentes de este
sistema en el lugar de trabajo”.
Analizado en su momento el tema por los órganos de consulta internos de este Consorcio
Portuario y por el representante técnico que actúa en esta contratación en representación del
Ente, Ing. Marcelo Fuster, se concluyó que: a) lo expuesto por la contratista se ajustaba a la
realidad, dado que la mencionada línea de amarre existe y constituye en esta etapa un
obstáculo para la operativa cuyo objeto es remover y extraer al B/P Tehuelche; b) que el
mencionado buque se halla en una posición de hundimiento – recostado lateralmente y
apoyado en el fondo marino sobre su banda de estribor – que harán necesarias maniobras
extremas para lograr su adrizamiento en condiciones de máxima seguridad; c) que el precio
cotizado atento la magnitud de la prestación a llevar a cabo es razonable; d) que la condición
Lump Sum de la oferta (ajuste alzado absoluto) pone al Consorcio Portuario a cubierto de
cualquier eventualidad en cuanto a erogar mayores costos por su ejecución, ya que
precisamente dicha modalidad excluye la vigencia de esta última técnica de recomposición,
sumado a que la labor a desarrollar de por sí la descarta al tratarse de un servicio y no de una
obra; e) que el Convenio suscripto con la Subsecretaría prevé un aporte de hasta PESOS
VEINTISEIS MILLONES ($26.000.000.-) de los cuales se utilizaran hasta el momento solo
PESOS VEINTIDOS MILLONES OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS
CUARENTA Y CINCO con 11/100 ($ 22.084.845,11) lo cual deja un excedente más que
suficiente para hacer frente a dicha prestación; y f) que no existirían inconvenientes para
adicionar veinte (20) días operativos al plazo del Contrato Remoción de cascos Hundidos
Buques Mapuche, Tehuelche y Kronomether- Puerto de Mar del Plata, que es el tiempo que se
calcula en que este obstaculo sería removido y puesto a seco. En base a estas razones el H.
Directorio en su Reunión N° 257 del 28 de febrero de 2012 resolvió por Res. 257-13/2012
dirigirse a la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables a fin que en el marco del Convenio
de Cooperación para la remoción de cascos hundidos en puerto Mar del Plata, se analizace si
dicha contratación se encuentra dentro del objeto del Convenio de Cooperación para la
remoción de cascos hundidos en puerto Mar del Plata.
Atento que hasta la fecha no se ha recibido respuesta por parte de la Subsecretaria de Puertos y Vías
Navegables, la Gerencia General propone se insista ante ella destacando que:
a) En el año 94 se termino en puerto de Mar del Plata la construcción de una línea de amarre para
buques inoperativos en la Escollera Sur entre los Espigones 7 y 10, consistente en una línea de
fondeo y 14 muertos de amarre individuales.
b) Que esta linea de amarre se encuentra hundida en el fondo marino y será un escollo a
superar en el momento en que deba dragarse y/o construir allí las obras de
infraestructura cuyos proyectos ejecutivos se encuentran en ejecución (Espigones 8 y
9), para lo cual será necesario obtener fondo limpio de la PNA.
c) Que hoy se tiene la oportunidad de removerla aprovechando que se encuentra en
puerto la Grua Poseidon y un ponton de 37 m de eslora con una grua de 50 tn sobre
cubierta ambos pertenecientes a la UTE EMEPA/NEGRO abocados a la obra de
reflotamiento y puesta a seco de los buques MAPUCHE, TEHUELCHE y
KRONOMETHER.
d) que el pedido del Consorcio Portuario consiste en considerar este escollo exactamente
igual que un casco hundido y permitirle, convalidado que fuera el presupuesto oficial
por parte de la SSPyVN, hacer uso de los recursos destinados a la puesta a seco de los
buques antes mencionados, recordando que sobre los $26.000.000.- aprobados se han
utilizado hasta el momento solo $22.084.845,15.
DEJANDO EN CLARO QUE:
1. la tarea puede no realizarse y salvo opinion tecnica en contrario eso no deberia impedir la
remocion del TEHUELCHE
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2. puede optarse por efectuar un Llamado Público utilizando los recursos del Convenio
3. quedar la tarea diferida en el tiempo
Consultados los directores presentes respecto a lo actuado y dispuesto por el Gerente General en
ejercicio de las facultades delegadas mediante acta de directorio 262-14 de fecha 26 de julio de
2012, ejercidas debido al fallecimiento del presidente del CPRMDP Sr. Eduardo Tomás Pezzati,
con relación al punto LINEA DE AMARRE HUNDIDA ENTRE ESPIGON 7 Y 10 ESCOLLERA SUR.
SOLICITUD A LA SSPYVN PARA BRINDARLE TRATAMIENTO DE BUQUE HUNDIDO A
EFECTOS DE SU REMOCIÓN Y PUESTA A SECO no existieron objeciones de ninguna especie.
08) B/P RUTSAWA – EN SITUACIÓN DE ABANDONO – ACUERDO CON 3RO. PARA SU
PUESTA A SECO Y DESGUACE INMEDIATO.Expte 1542-CPRMDP-07 – B/P RUTSAVA
BANDERA RUSA S/INACTIVIDAD.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de Directorio 255-17/11 del 23 de
diciembre de 2011, se procedió a facturar la estadía del buque RUTSAVA asimilándola a un
buque de bandera nacional inactivo, intimando a cada uno de los titulares al pago de la deuda
por el interregno por los cuales el barco les hubiere pertenecido. Ante la falta de pago se
iniciaron las acciones judiciales pertinentes, demandando al Sr. Gustavo Enrique Apud por la
suma de $ 61.485,94 de capital y al Sr. Vicente Aníbal Griffith por la suma de $ 282.894,98 de
capital, manteniéndole la prohibición de mover el barco de su sitio hasta tanto satisfaga su
deuda.
Una vez trabada la litis, el actual titular del buque Sr. Vicente Aníbal Griffith junto a su
letrado se apersonaron en este Consorcio a fin de negociar una forma de pago que les permita
saldar la deuda que mantenían con nuestro Ente y poder así disponer del buque. En sus
propuestas plantearon retirar el barco y pagar la deuda en cuotas, comenzar a desguazarlo en el
sitio que se encuentra e ir saldando la deuda con el producido de la venta, permitir trasladar el
barco a la Base Naval para desguazarlo allí y pagar la deuda con lo que resulte de la venta de
la chatarra, etc.
Ninguna de las alternativas de pago esgrimidas por el Sr. Griffith satisfacían los requisitos
mínimos necesarios para el Consorcio, ya que el desguace en el lugar generaba el riesgo que el
mismo se realice sobre los metales de mayor valor y se abandone en el sitio la batea y otras
partes, manteniendo el obstáculo actual y agravando el peligro de hundimiento que existe de la
nave y el consiguiente riesgo de contaminación. Tampoco se le acepto el traslado de la nave
sin la cancelación previa de la deuda.
Por ello, luego de intensas negociaciones y teniendo en cuenta los considerandos del acuerdo
que a continuación se expone, se los insto a que efectuaran una oferta de contado para cancelar
la deuda que el Sr. Griffith mantenía con este Consorcio. La oferta presentada ascendió a la
suma de $ 200.000.- Analizada la misma y atento que su aceptación significaba otorgar un
descuento del 29,4%, con la condición que el pago debía hacerse efectivo en su totalidad
previo a otorgar el giro del B/P Rutsava a la Base Naval, la misma se aceptó por tener en
cuenta además el grave riesgo que implicaba la estada de este buque en un sector donde van a
comenzarse los trabajos para la extracción y puesta a seco del B/p Kronomether. Dicho
importe fue cancelado el día 23 agosto de 2012 y se otorgó giro al buque para su traslado,
encontrándose a la fecha en la base naval.
Con respecto a la deuda que mantiene el Sr. Apud con este Consorcio la misma se mantiene en
juicio hasta lograr su cobro.
A continuación se transcribe el acuerdo suscripto para cancelación de la deuda:
ACUERDO
Entre el Sr. Walter Sivina, en su carácter de Gerente General con facultades suficientes y en
representación del Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata, por una parte, en adelante
"el acreedor", con domicilio en la calle Santa Fe Nro. 2160 1 Piso Of. "EFG" de Mar del Plata
y por la otra el Sr. Vicente Aníbal Griffith, D.N.I. N 93.060.418 con domicilio en calle
Bermejo Nro. 496 de Mar del Plata, en adelante "la deudora", se deja constancia de lo
siguiente:
1. Que el B/P RUTSAVA se encuentra inactivo en el puerto MDP desde el 21/01/03.
2. Qué y dadas las deudas acumuladas por dicha embarcación por múltiples conceptos, la
misma se culminó subastando en los autos “INDA Y GARCÌA S.R.L. C/ ARMADOR
Y/ O PROPIETARIO DEL BUQUE RUTSAVA S/ COBRO DE PESOSORDINARIO”, Expte. Nº 59233/4, de trámite ante el Juzgado en lo Federal nro. 2,
Secretaría Civil y Comercial nro. 1 de MDP, mediante boleto judicial del 19/11/10.
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3. Que el adquirente en subasta resultó ser el Sr. Enrique José DENEGRI en
representación de REEDIFICACIONES BRUZ S. A., siendo que los derechos y
acciones resultantes fueron objeto de cesión, en primer lugar al Sr. Gustavo Enrique
APUD por instrumento del 01/02/11, y luego en favor del Sr. Vicente Aníbal Griffith
mediante acuerdo del 17/05/11.
4. Que al momento de cursarse notificación al CPRMDP respecto del nuevo titular
dominial del buque, se le hizo saber a este último de la existencia de una deuda con el
CPRMDP por la embarcación de referencia y que fue oportunamente negada por el
último cesionario y consecuente titular dominial de la embarcación, Sr. Vicente Aníbal
Griffith, razón por la cual el Directorio del CPRMDP ordenó iniciar las
correspondientes acciones judiciales de cobro mediante acta 253-13 del 14/10/11.
5. Que asimismo y tal lo informado por la PNA mediante NOTA Nº 81/11, la
embarcación de referencia se encuentra en la actualidad con riesgo de hundimiento, lo
que impone su retiro inmediato.
6. Que por medio de la presente el Sr. Vicente Aníbal Griffith viene a reconocer su
condición de sujeto pasivo de la prestación debida para con la presente autoridad
portuaria por la suma de pesos DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL
OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO, de los cuales el Sr. Griffith abonará la suma
de pesos DOSCIENTOS MIL contra el compromiso de retiro inmediato de la
embarcación a la base naval e inicio de tareas de desguace fuera de la jurisdicción del
Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata.
7. Que, a efectos de remover los cascos hundidos en el Puerto de Mar del Plata se han
invertido hasta la fecha $ 44.000.000 a través de las distintas administraciones
nacional, provincial y el Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata, por lo que con
el presente acuerdo, frente a las acreencias debidas por la deudora, se prioriza evitar el
hundimiento del buque RUTSAVA debido a los costos de salvamento y el peligro de
contaminación ambiental.
Por todo lo antes expuesto, las partes citadas en el encabezado de la presente ACUERDAN:
PRIMERA: "La deudora" abonará al "acreedor" por todo concepto la suma de pesos
DOSCIENTOSMIL ($200.000)
SEGUNDA: Teniendo en cuenta lo expresado en la cláusula primera, y el importe allí
indicado, la deudora abona en este acto mediante depósito bancario en la cuenta corriente del
Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata, sirviendo el presente de eficaz recibo
cancelatorio y carta de pago, no teniendo el CPRMDP nada más que reclamar por dichos
conceptos y otorgando en este mismo acto giro para el traslado del buque pesquero
RUTSAVA a los fines de su desguace desguace fuera de la jurisdicción del Consorcio
Portuario Regional de Mar del Plata.
TERCERA: Las partes acuerdan que con el pago efectuado se da por CANCELADO
íntegramente los importes raclamados en los autos caratulados: "CONSORCIO
PORTUARIO REGIONAL DE MAR DEL PLATA C/ GRIFFITH VICENTE ANIBAL
S/ COBRO EJECUTIVO", Expte. Nro. 109295 de trámite por ante el Juzgado Civil y
Comercial Nro. 6 de este Departamento Judicial.
CUARTA: La deudora asume el compromiso de retiro inmediato del B/P RUTSAVA a la
base naval del Puerto MDP e inicio de tareas de desguace, atento a este compromiso las partes
acuerdan suspender la facturación que el acreedor realiza por el Uso de Puerto del buque
RUTSAVA, siendo que el incumplimiento a lo aquí dispuesto hará caducar el presente
acuerdo y consecuentemente dejará liberado al acreedor a proseguir con las acciones judiciales
y retomar la facturación que correspondan en orden a efectivizar el total de la deuda
originalmente debida con más los intereses y costas que correspondan.
QUINTA: Las partes fijan domicilios especiales en los ya indicados en el proemio de este
acuerdo, donde serán válidas todas las notificaciones que sea menester realizar, aún las
extrajudiciales.
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en
la ciudad de Mar del Plata, a los 24 días del mes de Agosto de 2012.Consultados los directores presentes respecto a lo actuado y dispuesto por el Gerente General en
ejercicio de las facultades delegadas mediante acta de directorio 262-14 de fecha 26 de julio de
2012, ejercidas debido al fallecimiento del presidente del CPRMDP Sr. Eduardo Tomás Pezzati,
con relación al punto B/P RUTSAWA – EN SITUACIÓN DE ABANDONO – ACUERDO CON 3RO.
PARA SU PUESTA A SECO Y DESGUACE INMEDIATO.Expte 1542-CPRMDP-07 – B/P RUTSAVA
BANDERA RUSA S/INACTIVIDAD no existieron objeciones de ninguna especie.
09) REMOCION Y PUESTA A SECO MAPUCHE, TEHUELCHE Y KRONOMETHER.
REUNION EXTRAORDINARIA DE DIRECTORIO N° 263 DEL 28 DE AGOSTO DE 2012
13
Atento que la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables de Nación notificó por nota SSPyVN N° 55
del 21 de enero de 2011: a) que la Prefectura Naval Argentina por Disposición SERS,SB 5 N° 01/2011
aprobó desde el punto de vista técnico el Plan de Salvamento para el reflotamiento, extracción y
posterior puesta a seco del B/p MAPUCHE, B/p TEHUELCHE y B/p KRONOMETHER, hundidos en
el puerto de Mar del Plata, presentado por el Sr. Alberto E. Rodrigo, director de la Empresa de
Salvamento y Buceo Raúl A. Negro y Cia., acompañando copia de la mencionada Disposición de la
PNA y de la notificación de la misma realizada a la mencionada empresa por la PNA, documentos
junto con la nota de la SSPyVN se adunaron al Expte.N° 2008- CPRMDP -09 y b) que aprobaba lo
resuelto por el Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata en cuanto a la admisibilidad
administrativa de la oferta presentada por EMEPA S. A. / RAUL A. NEGRO Y CIA S.A. (PREACUERDO UTE), es que habiendo acaecido ambas condiciones a que resultaba sujeta la suerte del iter
de selección en crisis, el Directorio del Consorcio Portuario resolvió por Res. CPRMDP N° 242-02/11
del 24 de enero de 2011 ADJUDICAR a EMEPA S. A. / RAUL A. NEGRO Y CIA S. A. (PREACUERDO UTE) la licitación pública 02/10- REMOCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE LOS
CASCOS HUNDIDOS EN PUERTO MAR DEL PLATA BUQUES KHRONOMETR,
TEHUELCHE Y MAPUCHE, en la suma de pesos VEINTIDOS MILLONES OCHENTA Y
CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO con 15/100 CON IVA INCLUIDO ( $
22.084.845,15 con IVA incluido); y OTORGARLE un anticipo financiero de PESOS CUATRO
MILLONES CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE con
03/100 CON IVA INCLUIDO ($ 4.416.969,03 con IVA incluido) correspondiente al 20% de la oferta
presentada.
La oferta de la UTE se descompone de la siguiente forma:
MAPUCHE
KRONOMETHER
TEHUELCHE
$ 10.101.901,41 *
$ 5.963.883,64
$ 6.019.060,10
* El adelanto financiero $ 4.416.969,03 se efectuó el día 06 de septiembre de 2011. Completandose el
pago al presentar la empresa el certificado de fondo limpio del sector donde se encontraban los restos
del MAPUCHE el día 02 de agosto de 2012 con la entrega de $ 5.684.932,38A la fecha, de los veintiseis millones comprometidos ($26.000.000.-) el Consorcio Portuario ha
recibido $ 15.000.000.-, de los cuales $ 10.101.901,41 han sido consumidos por el pago efectuado a la
UTE –EMEPA/NEGRO correspondientes a la puesta a seco del B/p MAPUCHE y $152.934,27 por el
impuesto a la transferencia (0,6%) y gastos bancarios, siendo el saldo actual disponible de $
4.745.164,32.
Consultados los directores presentes respecto a lo actuado y dispuesto por el Gerente General en
ejercicio de las facultades delegadas mediante acta de directorio 262-14 de fecha 26 de julio de
2012, ejercidas debido al fallecimiento del presidente del CPRMDP Sr. Eduardo Tomás Pezzati,
con relación al punto REMOCION Y PUESTA A SECO MAPUCHE, TEHUELCHE Y
KRONOMETHER no existieron objeciones de ninguna especie.
10) PRESENTACIÓN BALANCE CPRMDP- SEGUNDO TRIMESTRE 2012.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Estatuto del Consorcio Portuario en su artículo 29º en cuanto a
la elaboración de Informes contables trimestrales por parte de la Auditoría Externa, se presenta al
Directorio el Estado de Situación correspondiente al 30 de JUNIO de 2012 y la respectiva ejecución
presupuestaria, copias de las cuales han recibido los Sres. Directores presentes en esta reunión,
remitiendose copias del mismo a los directores ausentes. Se presenta el informe en análisis, el cual
arroja un Activo Total de $ 78.003.615,73 un Pasivo Total de $ 8.112.957,30 y un Patrimonio Neto de
$ 69.890.658,43; Ingresos totales por $26.421.476,73, Egresos Totales por $ 15.295.800,22 y un
Superávit al 30/06/12 de $11.125.676,51
Analizado el resultado al 30 de JUNIO, desde el punto de vista del origen de los recursos, resulta un
Superávit producto de la administración y explotación del Puerto de Mar del Plata con recursos propios
de $ 5.530.289,86 y un Resultado por administración de fondos específicos de $5.595.386,65.
RESULTADOS RECURSOS PROPIOS
RECURSOS Operativos
GASTOS Funcionamiento CPRMDP y mant bs
dominiales
15.869.510,93
-11.344.369,01
REUNION EXTRAORDINARIA DE DIRECTORIO N° 263 DEL 28 DE AGOSTO DE 2012
RESULTADO OPERATIVO
4.525.141,92
Resultados Financieros Netos
1.005.147,94
RESULTADO ORDINARIO RECURSOS PROPIOS
5.530.289,86
RESULTADO EXTRAORDINARIOS
SUPERAVIT RECURSOS PROPIOS
14
0,00
5.530.289,86
RESULTADOS CON FINES ESPECIFICOS
RDOS REMOCION Y DISP FINAL 28 BUQUES
HUNDIDOS
-5.991,34
DRAGADO INTEGRAL PUERTO DE MAR DEL PLATA
3.601.377,99
REMOCION 3 CASCOS HUNDIDOS
2.000.000,00
SUPERAVIT RECURSOS PROPIOS
SUPERAVIT DEL PERIODO
5.595.386,65
11.125.676,51
Por su parte, el Informe Contable consta de:
a) Estado de situación patrimonial al 30 de junio de 2012 y su comparación con el mismo
período ejercicio anterior;
b) Estado de Recursos y Gastos por el período comprendido entre el 1º de enero de 2012 al 30 de
junio de 2012 y su comparación con el mismo período ejercicio anterior;
c) Estado de Evolución del Patrimonio Neto al 30 de junio de 2012 y su evolución desde el inicio
del ejercicio;
d) Estado de Flujo de Efectivo por el período comprendido entre el 1º de enero de al 30 de junio
de 2012;
e) Información complementaria en ANEXOS:
 Anexo I- Bienes de Uso,
 Anexo II- Recursos del Período y Anexo III- Gastos del período; éstos en
comparación con el mismo período ejercicio anterior y la correspondiente ejecución
presupuestaria.
 Anexo IV: Detalle de afectación de Reservas.
f) Asimismo y en orden a satisfacer el requerimiento expreso del Tribunal de Cuentas de la
Provincia de Buenos Aires, la auditoría incluye en el acápite “Aclaraciones previas al
dictamen”, además de las fórmulas de práctica en la presentación de balances, la
consideración que “Se ha dado cumplimiento al artículo10 del Estatuto del Consorcio
Portuario Regional de Mar del Plata, Decreto Creacional Nº 3572/99 ya que los gastos en
personal no superan el cuarenta por ciento (40%) de su presupuesto anual.”
g) Informe y Dictamen de la Auditoría Externa, señalando este último: “En mi opinión, los
Estados Contables analizados presentan razonablemente la situación patrimonial y financiera
del CONSORCIO PORTUARIO REGIONAL DE MAR DEL PLATA al 30 de junio de 2012, y
los resultados de sus operaciones, de acuerdo con principios y normas técnico contables
vigentes”
A esta altura el Gerente General informa a los directores presentes que conforme las facultades que se
le han sido delegadas por Res. CPRMDP N° 262-14/2012, las cuales ejerce debido al fallecimiento del
Presidente Sr. Eduardo Tomás Pezzati y a fin de cumplir con lo que establece el art. 29 del Decreto
3572/99, el cual señala que la Auditoría Externa realizará informes trimestrales elevandose una copia
del mismo a la Administración Portuaria Bonaerense, ha dispuesto la aprobación del Informe Contable
correspondiente al 30 de junio de 2012 y la Ejecución Presupuestaria por el mismo período sin
observaciones, delegando en la Gerencia Contable y Financiera la prosecución de los trámites
administrativos y de ley a realizar con relación al informe en cuestión.
Consultados los directores presentes respecto a lo actuado y dispuesto por el Gerente General en
ejercicio de las facultades delegadas mediante acta de directorio 262-14 de fecha 26 de julio de
2012, ejercidas debido al fallecimiento del presidente del CPRMDP Sr. Eduardo Tomás Pezzati,
con relación al punto PRESENTACIÓN BALANCE CPRMDP- SEGUNDO TRIMESTRE 2012 no
existieron objeciones de ninguna especie.
11) GRAFICO INGRESOS ECONOMICOS Y FINANCIEROS CPRMDP– ANALISIS DE
SENSIBILIDAD
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REUNION EXTRAORDINARIA DE DIRECTORIO N° 263 DEL 28 DE AGOSTO DE 2012
GRAFICO DE INGRESOS ECONOMICOS Y FINANCIEROS
Análisis de sensibilidad
Facturacionpptada
Facturacionpptada aj
Facturacion real
Cobranza pptada
Cobranza real
Diffacturacion
Fc real/Fcpptada
Dif cobranza
Cobr real / cobrpptada
Julio s/incre
ult registro
Agosto
Totales
s/incr
3.482.984 24.378.179
3.000.417 23.413.406
2.854.044 23.202.800
2.745.381 18.677.885
2.451.532 16.290.699
Enero
Febrero
Marzo
Abril
Mayo
Junio
3.081.533
3.081.533
3.003.902
2.819.603
3.351.361
2.824.626
2.824.626
2.628.141
2.584.533
2.184.128
2.916.498
2.916.498
2.817.902
2.668.596
1.989.271
196.485
93%
98.596
97%
2.862.694
2.862.694
2.978.149
2.619.365
2.166.379
115.455
104%
2.862.841
2.862.841
2.943.789
2.619.500
2.171.757
80.948
103%
3.487.024
3.004.819
2.875.119
2.749.409
1.968.084
77.631
97%
531.758
119%
2.859.979
2.859.979
3.101.753
2.616.881
2.459.719
241.774
108%
129.700
96%
146.372
95%
210.607
99%
400.405
85%
157.162
94%
679.325
75%
452.986
83%
447.742
83%
781.325
72%
293.849
89%
2.681.036
87%
4.000.000
3.500.000
3.000.000
2.500.000
Facturacion pptada
aj
Facturacion real
Cobranza pptada
2.000.000
Cobranza real
1.500.000
1.000.000
500.000
Enero
Febrero
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio s/incre Agosto s/incr
Se expone a los Sres. Directores y Gerentes un cuadro comparativo de facturación y cobranza presupuestada y real - correspondiente al periodo enero a agosto 2012.
Como primera consideración se informa que se ha ajustado la facturación presupuestada de los meses
de julio y agosto, considerando la resolución del H. Directorio en su reunión Nº 262, en cuanto
postponer hasta el 1º de octubre de 2012, para los permisionarios de puerto de Mar del Plata y para los
buques con puerto de operaciones o activos, la aplicación del cuadro de cánones portuarios publicado
en B.O. el 22 de junio de 2012; lo que produjo una reducción en la facturación estimada de $964.772
($ 482.205 para el mes de julio y $482.567 para el mes de agosto) para el periodo considerado
Considerada esa modificación, se observa que la facturación real fue, en el periodo bajo análisis, en 99
% de la presupuestada ajustada.
Por su parte, en cuanto al análisis de cobranza, la premisa presupuestaria para el 2012, fue una mora
del 8,5% sobre la facturación mensual, lo que se traduce una cobranza promedio del orden del 91,5%.
En este análisis caben las siguientes consideraciones:
Durante los 120 días de inactividad del puerto, el Consorcio respondió negativamente a los pedidos de
suspensión de facturación como aquellas referidas a prolongados diferimiento de pago. No obstante y
en ese contexto imperante el Directorio consideró conveniente para la mejora del índice de
cobrabilidad conferir a los deudores la posibilidad de saldar sus deudas, estableciendo en dicho sentido
como medida de incentivo que en el interregno comprendido entre el 1º de abril al 31 de julio de 2012,
no se devenguen intereses de ningún tipo cuando la deuda que registren los usuarios de este Consorcio
sea cancelada antes del 1º de septiembre de 2012. Esta medida si bien fue, como se expuso, para
mejorar el índice de cobrabilidad, no es menos cierto que afecta el porcentaje de cobranza real sobre la
presupuestada. Esta situación ha hecho que deban suspenderse temporariamente obras proyectadas para
el presente ejercicio, hasta tanto la situación se normalice.
Por su parte, cabe destacar que fuera de la problemática de este último tiempo, existen una serie de
cánones facturados de deudores judicializados que rondan en la actualidad aproximadamente $ 400.000
REUNION EXTRAORDINARIA DE DIRECTORIO N° 263 DEL 28 DE AGOSTO DE 2012
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por mes, lo que afecta nuevamente el porcentaje de cobranza real sobre la presupuestada. En este
último mes, se han obtenido acuerdos que hacen que se detraigan de este último importe $ 60.000 por
mes, a causa del cobro y retiro del B/P Rutsava y la normalización de los pagos del canon de Astilleros
Mar del Plata S.A. Con las consideraciones expuestas se muestra una disminución en la cobranza en
los meses abril a julio, con un repunte en el mes de agosto.
12) DESIGNACIÓN DE DOS DIRECTORES PARA SUSCRIBIR EL ACTA
Son designados para suscribir el presente Acta junto con el Gerente General Walter Hugo Sivina, los
directores Patricio Hogan y Carlos Theiller .
No habiendo otros temas que considerar, dejando constancia que no existieron objeciones de
ninguna especie por parte de los directores presentes respecto a lo actuado y dispuesto por el
Gerente General en los temas tratados, lo que este efectuó en ejercicio de las facultades que se le
delegaran mediante acta de directorio 262-14 de fecha 26 de julio de 2012, y ejerce debido al
fallecimiento del presidente del CPRMDP, Sr. Eduardo Tomás Pezzati, y agradeciendo la
participación activa de los gerentes del CPRMDP en cada uno de los puntos abordados conforme
su competencia, se procede a dar por finalizada la reunión siendo las 12:45 hs. previa lectura y
ratificación pasa a firmarse.
Carlos Alberto Theiller
Director
Patricio Hogan
Director
Rep. Municipalidad Gral. Pueyrreón
Rep. Municipalidades de la Región
Walter H. Sivina – Gte. Gral CPRMDP
Por delegación facultades Presidencia
CONFORME Art. 26 inc. g Anexo I Dec. 3572/99
Res. CPRMDP N° 262-14/2012