Download 1 Presentaciones y declaraciones testimoniales de Feliciana

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
La clandestinidad y la ausencia de información
Integrantes del Estado Mayor del Comando VI BIM recibieron a algunos de los familiares de las víctimas, mientras éstas permanecían cautivas en “La Escuelita”. Excepto en los casos donde la detención había sido realizada por el Grupo de Tareas, oportunidades en que las autoridades militares negaban o admitían tardíamente que tenían a la víctima a su disposición, en esas entrevistas los oficiales reconocían que las personas en cuestión estaban en poder del Ejército Argentino por “averiguación de antecedentes”1, pero nunca informaban el lugar donde estaban detenidas. Luis Alberto Farías Barrera atendió a Feliciana Alcapán de Pichulman, Isabel Trinidad Álvarez, María Morales, Silvia Barco, Estela Onésima De Cea, Gladis Ester Venancio, Isabel Angélica Rodríguez, Marta Rosa Bravo, María Cristina Vega y Carolina Miggistsch. Oscar Lorenzo Reinhold hizo lo propio con Olga Haffner, Gladis Ester Venancio y Marta Mabel Radonich. Además de atender a María del Carmen De Cea, el Segundo Comandante del Comando VI BIM y Jefe del Estado Mayor coronel Eduardo Vicente Contreras Santillán recibió, junto al general José Luis Sexton, a Adolfo Luis Albanesi para informarle que su padre había fallecido mientras estaba detenido a disposición del Comando de la Subzona 5.22. b. Otros centros de tortura y de detención clandestina en la Subzona 52.
Conforme surgirá de la descripción de los hechos en particular, funcionaron en la región otros locales destinados al ilegal cautiverio e interrogación de las víctimas bajo aplicación de tormentos. A continuación, se hará una referencia a algunos de estos CCD cuya existencia y funcionamiento se han acreditado en el marco de los hechos que componen el presente requerimiento.
Area 521:
­
Comisaría 24ª de Cipolletti Esta dependencia de la policía rionegrina, fue utilizada como centro de detención y tortura durante los primeros meses posteriores al golpe de estado, encontrándose bajo el control operacional del Ejército Argentino al mando del Teniente Primero Gustavo Vitón. Participaban de las ilegales actividades tanto personal militar como policial. Su utilización se caracteriza por ser previa en el tiempo a la existencia de “La Escuelita”. ­
Delegación Neuquén de la Policía Federal Argentina Presentaciones y declaraciones testimoniales de Feliciana Alcapán de Pichulman [Legajo Nº 22, fs. 1/2,. 27, 86/88; Expte 4161, Fº 277, Juzgado en lo Criminal y Correccional Nº 2 de General Roca, fs. 23/24], Carolina Miggistsch [Actuaciones Complementarias FFN, fs. 875/876], Isabel Trinidad Alvarez [Actuaciones Complementarias FFN, fs. 496/497], María Morales [Legajo Nº 4, fs. 1/3,. 61], Estela Onésima De Cea [Actuaciones Complementarias FFN, fs. 403/405], Isabel Angélica Rodríguez [Actuaciones Complementarias FFN, fs. 239/240], María Cristina Vega [Expte. 8736, fs. 4396/4398], Silvia Barco, Gladis Ester Venancio y Marta Rosa Bravo.
1
2
Testimonial de Adolfo Luis Albanesi [Actuaciones Complementarias FFN, fs. 487/489].
Se encuentra acreditado que dicha dependencia funcionó como CCD, como así también la participación de su personal en los grupos de tareas, en la actividad de inteligencia ­previa y posterior al golpe de estado­ y en los traslados a otros CCD, aspectos que serán desarrollados y ampliados en el apartado 1. c. del presente capítulo. ­
Unidad 9 del SPF de Neuquén: Funcionó como lugar de alojamiento de personas ilegalmente detenidas, e incluso como sitio en el que se interrogaba a las víctimas bajo aplicación de tormentos. En los hechos analizados en el presente requerimiento, se verifica además que algunas víctimas allí alojadas, fueron retiradas por personal civil de inteligencia del Ejército y trasladadas a la Delegación de la Policía Federal Argentina a fin de ser interrogadas y maltratadas física y psíquicamente. Area 522:
­
Escuadrón “30” Chos Malal de Gendarmería Nacional En el hecho que damnificó a Felipe Evangelio Lara, funcionó como CCD en el cual se alojó a la víctima por algunas horas, oportunidad en que fue sometido a la aplicación de tormentos, habiendo sido trasladado con posterioridad por personal de inteligencia de la misma fuerza con revista en la Agrupación 12 “Comahue”, posiblemente a la ciudad de Neuquén.
Area 524:
­
Escuela de Instrucción Andina La diversa prueba colectada en autos permite dar por acreditada la utilización de la Escuela de Instrucción Andina del Ejército de San Carlos de Bariloche como Centro Clandestino de Detención de personas, donde fueron llevadas y retenidas ilegalmente al menos siete víctimas del terrorismo de Estado. La Escuela de Instrucción Andina (que en 1980 cambió su denominación por el de Escuela Militar de Montaña) se encontraba ubicada en el kilómetro 9,5 de la Avenida Exequiel Bustillo, en la ciudad de San Carlos de Bariloche. Contiguo a dicha Escuela se encontraba la Compañía de Ingenieros de Montaña VI del Ejército Argentino3. De acuerdo a información suministrada por el Departamento de Recursos Humanos del Ejército Argentino, la misma dependía orgánicamente del Comando de Institutos Militares, y funcionalmente de la Brigada de Infantería de Montaña VI, con asiento en la ciudad de Neuquén4. En los meses de marzo y abril de 1976, fueron llevadas a esta escuela militar las víctimas Luis 3
4
Inspección ocular de la Escuela de Instrucción Andina, Legajo 82, fs. 208/209­217/219; Legajo 92, fs. 135/138; Legajo 83, fs. 4/5, 7/10. Testimonial de Nazario Antonio Funes, Legajo 93, fs. 320/321
Procesamiento de Néstor Rubén Castelli, Legajo 82, fs. 946vta. Testimonial de Nazario Antonio Funes, Legajo 93, fs. 320/321
Levita5, Iván Molina6, Germán González7, Juan Bolonci8, Jaime Iud, Néstor Pérez, “Cacho” García9 y una persona de apellido Palma, aunque posiblemente hayan llevado hasta allí a otras personas más (un testigo afirma haber estado detenido con al menos otras 40 o 50 personas en su misma situación)10
En este asentamiento militar las víctimas fueron colocadas dentro de la cancha de pelota a paleta ubicada dentro de la Escuela, a la izquierda del acceso a las dependencias, a unos veinte metros de la guardia11. Se trataba de un espacio cerrado, grande, de mampostería12, de unos 60 metros de largo por 20 de ancho, donde se practicaba frontón, con una sola entrada, sin ventanas ni calefacción, donde las víctimas fueron mantenidas vendadas y acostadas sobre bancos de madera denominados “banco de tropa“ 13. A algunas víctimas las obligaron a permanecer acostadas en el piso, a punta de fusil y bajo la amenaza de ser disparados si se movían14. Desde ese lugar, las víctimas eran llevadas a otro lugar para ser interrogadas, y cuando así lo solicitaban, eran llevadas por guardias o soldados conscriptos 15, siempre vendadas, a un baño ubicado fuera de ese lugar, posiblemente a la sala de guardia ubicada a unos 20 metros de la cancha 16. La alimentación era escasa y fría y sólo les proveyeron una manta para cubrirse del intenso frío17. Si bien no recibieron agresiones físicas en ese lugar, sí sufrieron amenazas y simulacros de fusilamiento18.
Resulta sugerente destacar que dicha edificación tenía al momento de los hechos, en su interior, una pared paralela a uno de sus lados, que dividía la cancha y formaba un pasillo de aproximadamente un metro y medio de ancho19. Ello permite concluir que esta cancha de pelota paleta no pudo haber sido utilizada para jugar frontón en esa época, y sí para otros fines. Si bien se desconoce su estado actual, en la inspección ocular realizada en 1985 la edificación estaba semidestruida y quedaban sólo tres paredes en pie. En el mismo predio donde se encontraba CCD, había un pabellón perteneciente a la Compañía de Ingenieros de Montana VI destinado a “Sanidad”, ubicado a unos 300 metros de la Escuela de Intrucción Andina, lugar al que Luis Levita fue llevado durante su cautiverio para ser atendido por un capitán médico por problemas de salud20.
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
Denuncias y testimoniales de Luis Levita, Legajo 82, fs. 1/8, 11/14, 16/17, 214
Testimonial de Ivan Molina, Legajo 92, fs. 131/132
Denuncia de Germán González, Legajo 92, fs. 1/2; 128, 679/682
Testimonial de Juan Bolonci, Legajo 82, fs. 662/63
Testimonial de Luis María Alba, legajo 82, fs. 194
Testimonial de Ivan Molina, legajo 93 fs. 310 vta.
Inspección ocular de la Escuela de Instrucción Andina, citada.
Testimonial de Luis Rogel, Legajo 82, fs. 367
Testimonial de Carlos Aranda, Legajo 82, fs. 664vta, Legajo 93, fs. 314/315; Testimonial de Juan Alberto Giordano, Legajo 93, fs. 317/318; Testimonial de Germán González, citada.
Testimonial de Luis María Alba, citado.
Inspección ocular, citada.
Testimonial de Iván Molina, citado
Idem, Testimonial de Germán González, citada.
Inspección ocular, citada
Inpsección ocular, citada.