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ANEXO I
La Medicina Física y Rehabilitación, podrá brindar las siguientes prestaciones:
ATENCION AMBULATORIA
1.- Atención Ambulatoria Individual:
Para pacientes que por la índole de su afección se trasladan por sus propios medios y
requieren una o dos de las siguientes prestaciones:
Consulta Médica Fisiátrica en consultorio:
Efectuada por el médico fisiatra del efector
con
el objetivo de
examinar
exhaustivamente al paciente que le ha sido derivado, confeccionar la Historia Clínica
correspondiente y evaluarlo en cuanto a la necesidad del tratamiento y la modalidad del
mismo. Se autorizará mediante el código 42.01.01 NN al ingreso y al alta del paciente.
Fisioterapia:
Aplicación de todo tipo de métodos físicos para el tratamiento superficial o profundo: rayos
infrarrojos - hidroterapia – electroestimulación - onda corta - ultrasonido – microondas
– parafina – crioterapia – láser o magnetoterapia, tens, electroanalgesia. Código
25.01.01.Las sesiones de fisioterapia tal cual han sido definidas, tendrán una duración
de treinta(30) minutos.
Kinesioterapia:
Tratamiento
de
movilización
terapéutica-
masoterapia-
reeducación
muscular–
fortalecimiento y gimnasia médica– asistencia kinésica respiratoria. Código 25.01.02. las
sesiones tendrán una duración de treinta(30) minutos.
Terapia ocupacional:
Es la utilización terapéutica de las actividades del autocuidado, trabajo o productividad y
juego para incrementar la independencia funcional, aumentar el desarrollo y prevenir la
incapacidad; puede incluir la adaptación de tareas o del entorno para alcanzar la máxima
funcionalidad. Código 25.01.03. Las sesiones tendrán una duración de cuarenta( 40)
minutos.
Fonoaudiología deglutoria y afasiología. Código 25.01.04 Las sesiones deberán tener una
duración de cincuenta (50) minutos.
Se autorizará en tandas de 10 sesiones, de cualquiera de las prestaciones mencionadas
anteriormente, con un tope de 30 sesiones anuales.
2.- Atención kinesiológica en domicilio:
Para pacientes que, por la índole de su afección no pueden trasladarse o postrados que
requieran de atención kinésica (Incluye la asistencia kinésica respiratoria).
La atención deberá brindarse por sesiones de kinesioterapia (códigos: 25-01-01 y 25-0102). El número de sesiones necesarias por semana y la cantidad total de las mismas,
será definido por el fisiatra del Instituto, con un tope de 30 sesiones anuales. Código
25.01.06 /kinesiología domiciliaria
Las sesiones deberán tener una duración de 30 minutos.
3- Atención ambulatoria integral de patologías especiales
Esta modalidad es para pacientes trasladables ya sea por sus propios medios o bien con
traslado por parte del Instituto
3.1.-Módulo día de Tratamiento Ambulatorio de Rehabilitación( MDTA)
Es la unidad de servicio de tratamiento ambulatorio por la totalidad de las
prestaciones que se brindan a un paciente
por cada día de concurrencia al
establecimiento e implica mayor intensidad de tratamiento que en las prácticas
aisladas.
Esta modalidad terapéutica es aplicable solo para las patologías que a continuación
se detallan:
•
Hemiplejías con o sin afasia, disartria y/o trastornos deglutorios
•
Hemiparesias
•
Enfermedades extrapiramidales
•
Enfermedad espinocerebelosa
•
Miotrofias – Amiotrofias
•
Enfermedad de la neurona motora
•
Paraplejías
•
Cuadriplejías
•
Esclerosis múltiple- ELA
•
Parálisis cerebral
•
Poliomielitis
•
Enfermedad de Guillan - Barré
•
Lesiones complejas de nervios periféricos
•
Enfermedades reumáticas complejas poliarticulares
•
Secuelas graves de politraumatismos
•
Fracturas con secuelas complejas
•
TEC con secuelas graves
•
Amputados múltiples y/o con enfermedades neurológicas asociadas
•
Enfermos postrados, terminales de cualquier origen
Este Módulo día de tratamiento ambulatorio de Rehabilitación solo podrá ser indicado en
caso de necesitarse tres (3) o más de las prácticas incluidas en el mismo, a saber:
Sesiones de tratamiento en:
n
Fisioterapia (sesiones de 30 minutos)
n
Kinesiología ( sesiones de 30 minutos)
n
Fonoaudiología( sesiones de 50 minutos)
n
Terapia Ocupacional ( sesiones de 40 minutos)
Consulta médica Fisiátrica en consultorio: efectuada por el médico fisiatra del efector con
el objetivo de examinar exhaustivamente al paciente
que le ha sido derivado,
confeccionar la H. Clínica correspondiente y evaluarlo en cuanto a la necesidad del
tratamiento y la modalidad del mismo. Se autorizará mediante el código 42.01.01 NN al
ingreso y al alta del paciente.
Es premisa indispensable que, cada día de tratamiento ambulatorio, el paciente reciba la
mayor cantidad de
prestaciones posibles (detalladas
anteriormente), que resulten
compatibles con el diagnóstico y el plan terapéutico.
Esta modalidad de tratamiento se brindará en tandas de 10 sesiones hasta un máximo de
30 sesiones anuales repartidas según necesidad e indicación del Fisiatra de la UGL,
Agencia (o quien la Unidad de gestión Local
determine), en el caso de las patologías detalladas en el listado precedente.
De requerir un número mayor de sesiones en el año, queda a criterio del Fisiatra del
Instituto otorgar o no la ampliación del tratamiento. En caso que la UGL no cuente con
médico Fisiatra en su plantel profesional, deberá solicitar autorización a Fisiatría del
Nivel Central del Instituto.
En el caso de: hemiplejías, hemiparesias y amputaciones, el periodo total del tratamiento
de rehabilitación no podrá exceder el año.
Para medir el cumplimiento de sus objetivos, la rehabilitación debe tener un instrumento
de evaluación que permita cuantificar en forma objetiva el grado de alteración de la
capacidad funcional que presenta un paciente en un momento dado y medir los cambios
que se producen en él.
En este marco, la valoración de la evolución del paciente en rehabilitación, implica la
elección de un nivel de medida:
Escalas de limitación en la actividad:
Dificultad que una persona puede tener en el desempeño /realización de las actividades.
Refleja las consecuencias de la afectación en términos de capacidad de ejecución
funcional y de la actividad del individuo. Para valorar el grado de limitación funcional se
utilizan las escalas de actividades de la vida diaria (AVD). Estas escalas evalúan el estado
funcional del individuo y de ellas se han seleccionado: Índice de Barthel y Medida de
Independencia Funcional o FIM.
El objetivo de la rehabilitación será alcanzar en el tiempo, una mejor puntuación en las
escalas arriba detalladas. En tal sentido, en todas las patologías predominantemente
motoras, se deberá demostrar y fundamentar un objetivo claro de recuperación. De no
mejorar la valoración de la evolución medida por las escalas mencionadas, se entiende
que no habrían de esperarse cambios en la recuperación funcional, con las técnicas de
rehabilitación.
4.- Módulo día de cuidado de las secuelas(MDCS)
Para aquellos pacientes en los que, la rehabilitación ha alcanzado sus objetivos y no es
esperable mayor recuperación de las funciones perdidas.
En este módulo, el objetivo principal además de la atención del paciente para mantener
los objetivos logrados, es la sensibilización, capacitación y el entrenamiento de la
familia o el cuidador del paciente, en las tareas de asistencia que el beneficiario deberá
cumplir en su domicilio. La familia, en este caso es
partícipe en el proceso de
recuperación, ya que contando con el asesoramiento adecuado se convertirá en el
principal soporte de los cuidados y tratamiento profesionales.
Comprende sesiones de tratamiento en:
Kinesioterapia (sesiones de 30 minutos)
Terapia Ocupacional (sesiones de 40 minutos)
Fonoaudiología (sesiones de 50 minutos)
Incluye:
•
Honorarios: de kinesiólogos, terapistas ocupacionales, fonoaudiólogos
•
Materiales: todos los insumos necesarios para desarrollar su actividad.
La frecuencia de las sesiones será de una (1) vez por semana.
El número de sesiones será de 30 en el año.
La necesidad de prolongación del tratamiento queda a evaluación y autorización del
Médico Fisiatra de la UGL y, en su defecto, se deberá iniciar expediente para enviarlo a
Rehabilitación de Nivel Central.
5.-Módulo mensual de Cuidados Especiales de Asistencia Domiciliaria( MMAD)
Para pacientes que por la índole de su patología, requieran una atención compleja en su
domicilio. Es la modalidad de atención médica, de enfermería, kinesiología, terapia
ocupacional
y fonoaudiología con prácticas posibles de realizar en el domicilio del
paciente, teniendo en cuenta su entorno familiar, las características psicosociales,
culturales e individuales, que brinda asistencia a personas con distintas patologías,
evitando hospitalizaciones innecesarias o prolongadas.
Se tiende a obtener la mayor autonomía del paciente y a que la familia sea partícipe en el
proceso de recuperación, ya que contando con el asesoramiento adecuado se convertirá
en el principal sostén de los cuidados y tratamiento profesionales. La internación
domiciliaria se da en su mayoría, en pacientes que han recibido el alta de la internación
hospitalaria, y aun necesitan tratamiento de rehabilitación y cuidados de enfermería.
De acuerdo a la complejidad de los cuidados se definen tres (3) niveles.
5.1.-Nivel A: (MMAD-A)
Para pacientes portadores de patologías que le permiten alimentarse por vía oral, no
están escarados o presentan tan solo escaras tipo I, pueden no ser postrados pero
requieren aún
seguimiento
médico, cuidados de enfermería,
kinesiología, terapia
ocupacional y fonoaudiología
Incluye:
Honorarios profesionales: de la atención de clínicos, kinesiólogos, fonoaudiólogos,
terapistas ocupacionales y de enfermería.
Prácticas: Las sesiones de kinesioterapia de rehabilitación
motora o respiratoria,
tratamiento fonoaudiológico, terapia ocupacional, prácticas de enfermería (control de
signos vitales -TA, FC, FR, Tº, alimentación enteral y parenteral, evaluación de
funciones fisiológicas -orina y deposiciones-curaciones, administración de inyectables S.C., I.M., E.V-, cuidados
de la vía respiratoria - nebulizaciones, aspiración de
secreciones, incluyendo asesoramiento a los cuidadores - control, cambio y/o lavado
de drenajes y colectores y sondas, Lavado de catéter central, cuidados de ostomías,
Registros varios, cuidados de los emuntorios -enemas Murphy, microenemas-, control
de goteos, enseñanza de administración oral, cambio de decúbito, etc.
Material descartable: Todo el material descartable necesario, incluido el
material
utilizado en la curación de escaras o heridas post-quirúrgicas y/u otro tipo de curación
que pudiera ser necesaria:
Antisépticos,
sondas,
tubuladuras,conectores,
llaves de 3 vías, guantes estériles o no, manoplas plásticas,
jeringas, agujas, descartadores.
Excluye:
Laboratorio y radiología de cualquier nivel que deberán ser resueltos por la cápita del
beneficiario.
Concentrador de oxígeno, mochilas de oxígeno, Ventiladores mecánicos (Cpap, Bpap,
volumétricos portátiles) que se proveen por el Instituto.
Prótesis, ortesis, aparatos ortopédicos, implantes metálicos para cirugía
ortopédica, o cualquier otro material implantable los que deberán ser provistos por el
Instituto.
Insumos y medicamentos especiales para cura avanzada
de esacaras (Nugel,
Adaptic, Duoderm, Fibracol o similares)
Medicamentos
Alimentación enteral o parenteral.
Pañales, protectores urinarios.
Camas ortopédicas, colchones especiales.
Traslados.
La frecuencia de las consultas será de: una (1) consulta médica clínica quincenal,
asistencia de enfermería una (1) vez al día - asistencia kinésica 3 veces /semana y
Fonoaudiología, o Terapia Ocupacional 2 veces/semana.
5.2.-Nivel B(MMAD-B)
Para pacientes postrados, con escaras grado II o III, que pueden requerir asistencia
respiratoria no invasiva (oxigenoterapia administrada por máscara o bigotera permanente
o intermitente o concentrador de oxigeno) - no asistencia respiratoria mecánica- tener
alimentación enteral (por SNG o gastrostomía), sonda vesical, traqueostomía,
gastrostomía, colostomía y/o plan de hidratación parenteral o quimioterapia.
Incluye:
Honorarios profesionales: de la atención de clínicos, kinesiólogos, fonoaudiólogos,
terapistas ocupacionales y enfermería.
Prácticas: Las sesiones de kinesioterapia de rehabilitación motora o respiratoria,
tratamiento fonoaudiológico, terapia ocupacional, prácticas de enfermería (control
de signos vitales -TA, FC, FR, Tº-, alimentación enteral y parenteral, evaluación de
funciones fisiológicas -orina y deposiciones-, curaciones, administración de
inyectables -S.C., I.M., E.V-, cuidados de la vía respiratoria - nebulizaciones,
aspiración de secreciones, incluyendo asesoramiento a los cuidadores - control,
cambio y/o lavado de drenajes y colectores y sondas, Lavado de catéter central,
cuidados de ostomías, Registros varios, cuidados de los emuntorios -enemas
Murphy, microenemas-, Control de goteos, Enseñanza de administración oral,
cambio de decúbito, etc.
Material descartable: Todo el material descartable necesario, incluido material
utilizado en la curación de escaras o heridas post-quirúrgicas y/u otro tipo de
curación que pudiera ser necesaria. Antisépticos, sondas, tubuladuras, conectores,
llaves de 3 vías, guantes estériles o no, manoplas plásticas, jeringas, agujas,
descartadores,.
Excluye:
Laboratorio y radiología de cualquier nivel que deberán ser resueltos por la cápita
del beneficiario.
Tubos de oxígeno, concentrador de oxígeno, mochilas de oxígeno, ventiladores
mecánicos (Cpap, Bpap, volumétricos portátiles) que se proveen por el instituto.
Prótesis, ortesis, aparatos ortopédicos, implantes metálicos para cirugía
ortopédica, o cualquier otro material implantable los que deberán ser provistos por
el Instituto.
Insumos y medicamentos especiales para cura avanzada de esacaras ( Nugel,
Adaptic, Duoderm, Fibracol o similares)
Medicamentos.
Alimentación enteral o parenteral.
Pañales, protectores urinarios.
Camas ortopédicas, colchones especiales.
Traslados.
La frecuencia de las consultas será de: una (1) consulta médica semanal asistencia de
enfermería dos (2) veces al día - asistencia kinésica una (1) vez al día y fonoaudiológica o
terapia ocupacional una (1) a dos (2) veces / semana.
5.3.-Nivel C (MMAD-C)
Para pacientes postrados crónicos, con patologías potencialmente letales a corto o
mediano plazo y que no responden a tratamientos disponibles hasta la actualidad con
finalidad curativa, pueden tener escaras grado IV, alimentación enteral (por SNG o
gastrostomía), sonda vesical, traqueostomía, colostomías o cualquier otra ostomía, plan
de hidratación, quimioterapia y requieren asistencia respiratoria mecánica (por Bpap o
Cpap o respirador volumétrico), el que será provisto por el Instituto.
Incluye:
Honorarios profesionales: de la atención de clínicos, kinesiólogos, de enfermería,
terapia ocupacional o fonoaudiología.
Prácticas: Las sesiones de kinesioterapia de rehabilitación motora o respiratoria,
sesiones de Terapia Ocupacional, atención Fonoaudiológica, prácticas de enfermería
(control de signos vitales -TA, FC, FR, Tº-, Alimentación enteral y parenteral,
evaluación de funciones fisiológicas -orina y deposiciones-,Curaciones, administración
de inyectables -S.C., I.M., E.V-, cuidados de la vía respiratoria - nebulizaciones,
aspiración de secreciones, incluyendo asesoramiento a los cuidadores - control,
cambio y/o lavado de drenajes y colectores y sondas, Lavado de Catéter Central,
Cuidados de ostomías, Registros varios, cuidados de los emuntorios -Enemas Murphy,
microenemas-, Control de goteos, Enseñanza de administración oral, cambio de
decúbito, etc.
Material descartable: todo el material descartable necesario, incluido material utilizado
en la curación de escaras o heridas post-quirúrgicas y/u otro tipo de curación que
pudiera ser necesaria. Antisépticos, sondas, tubuladuras, conectores, llaves de 3 vías,
guantes estériles o no, manoplas plásticas, jeringas, agujas, descartadores,
nebulizadores/ sistemas de aspiración etc.
Excluye:
Laboratorio y radiología de cualquier nivel que deberán ser resueltos por la cápita
del beneficiario.
Pañales, protectores urinario serán provistos por el Instituto.
Concentrador de oxígeno, mochilas de oxígeno, Ventiladores mecánicos (Cpap,
Bpap, volumétricos portátiles) que se proveen por el instituto.
Prótesis, ortesis, aparatos ortopédicos, implantes metálicos para cirugía
ortopédica, camas ortopédicas, colchones especiales o cualquier otro material
implantable los que deberán ser provistos por el Instituto
Insumos y medicamentos especiales para cura avanzada de esacaras ( Nugel,
Adaptic, Duoderm, Fibracol o similares)
Medicamentos
Alimentación enteral o parenteral
Traslados
La frecuencia de las consultas será de: una (1) consulta médica cada 72 horas asistencia
de enfermería hasta tres ( tres) veces al día y asistencia kinésica hasta dos (2) vez al día
y Fonoaudiología y Terapia Ocupacional 1 vez por semana.
Aquellos módulos de internación domiciliaria aplicables a pacientes en estado
terminal que requieran cuidados médicos y de enfermería fundamentalmente y
donde el concepto de la rehabilitación, evaluado por médico fisiatra, no sea
aplicable, podrán ser autorizados por el representante médico del área de
Prestaciones Médicas de la UGL.
Nota:
La necesidad de tratamiento psicológico de apoyo en cualquiera de los módulos
ambulatorios será brindada por Salud Mental - I Nivel Ambulatorio
ATENCION EN INTERNACION
6.- Rehabilitación en Internación
El criterio básico para la modalidad de contratación se fundamenta en el pago de la
prestación efectivamente brindada al paciente. Por lo tanto la modalidad de contratación
será por Módulo día cama internación.
Dentro de esta modalidad y acorde al nivel de complejidad que la asistencia al paciente
requiera se podrán diferenciar tres (3) niveles de complejidad con sus respectivos
módulos. Módulo mensual de Rehabilitación en Internación (MMRI)
6.1.- Nivel A: (MMRI-A)
Para pacientes con objetivos de rehabilitación, alimentación oral, sin escaras por
decúbito o con escaras Grado I.
Incluye
Honorarios profesionales: de la atención de clínicos, especialistas, (fisiatras,
neurólogos, cardiólogos, ortopedistas, urólogos y otros), kinesiólogos,
nutricionistas, terapistas ocupacionales, psicólogos, fonoaudiólogos y técnicos.
Terapia: las sesiones de kinesioterapia de rehabilitación motora o respiratoria,
fisioterapia con utilización de la aparatología necesaria para el desarrollo de la
misma, hidroterapia, terapia ocupacional, sesiones de psicología, tratamiento
fonoaudiológico y gimnasio.
Laboratorio: laboratorio de baja complejidad (hemograma, glucemia, ionograma,
uremia, creatininemia, orina completa o sedimento urinario)
Radiología: Rx simples no contrastadas, (incluyendo las placas radiográficas).
Material descartable: todo el material descartable necesario incluidos pañales,
protectores urinarios, material utilizado en la curación de escaras o heridas
quirúrgicas y/u otro tipo de curación que pudiera ser necesaria; tubuladuras,
sondas, conectores, llaves de 3 vías, guantes, manoplas, catéteres, sistemas de
aspiración, nebulizadores etc.
Medicamentos: todos los medicamentos que se requieran durante la internación
del paciente siempre y cuando los mismos estén en relación directa con la entidad
nosológica y afecciones concomitantes que han motivado la internación del
paciente. Analgésicos, antihistamínicos, antialérgicos, broncodilatadores,
antisépticos, antiespasmódicos, antidiarreicos, miorrelajantes, antibióticos,
antisépticos, antipiréticos, corticosteroides, antibióticos (aminoglucósidos,
cefalosporinas de hasta 2° generación- macrólidos- tetraciclinas), heparinas,
soluciones de hidratación parenteral y todos los medicamentos utilizados en el
tratamiento de urgencias y emergencias derivadas de descompensaciones de
comorbilidades.
Excluye:
Laboratorio de baja complejidad fuera del especificado en inclusiones, de mediana
y alta complejidad, deberá ser resuelto por el II Nivel correspondiente en el que se
halla capitado el beneficiario.
Radioscopia, radiología contrastada, tomografías, RMN deberán ser efectuadas en
el II Nivel en donde se halla capitado el paciente.
Prótesis, ortesis, aparatos ortopédicos, implantes metálicos para cirugía ortopédica,
o cualquier otro material implantable los que deberán ser provistos por el Instituto.
Medicamentos de afecciones crónicas que deban ser consumidos en forma
permanente por el paciente y que no tengan relación con el motivo de internación,
serán a provistos a través de los circuitos habituales del Instituto.
Antibióticos de última generación: Imipenem, Meropenem, Zyvox, Clavulánicos,
Quinolonas, Tazobactam o similares, Vancomicina, Teicoplanina, cefalosporinas de 3º
y 4º generación.
Medicación oncológica u otras especiales serán provistas por los circuitos específicos
del Instituto.
Alimentación enteral y parenteral
Concentrador de oxígeno, mochilas de oxígeno, ventiladores mecánicos (Cpap, Bpap,
volumétricos portátiles) que se proveen por el instituto.
Traslados
Todo medicamento o práctica no incluida en el presente y que no este expresamente
excluida, queda incluida en el módulo.
6.2. Nivel B(MMRI-B)
Para pacientes potencialmente rehabilitables, con escaras grado II o III, que
pueden requerir oxigenoterapia administrada por máscara o bigotera permanente o
intermitente (no asistencia mecánica respiratoria) tener alimentación enteral (por
SNG o gastrostomía),traqueotomías, colostomías o cualquier otra ostomía, sonda
vesical y plan de hidratación parenteral.
Incluye:
Honorarios profesionales: de la atención de clínicos, especialistas, (fisiatras,
neurólogos, ortopedistas, traumatólogos, urólogos, cardiólogos, etc.) kinesiólogos,
nutricionistas, terapistas ocupacionales, psicólogos, fonoaudiólogos y técnicos.
Terapia: las sesiones de kinesioterapia, fisioterapia con utilización de la
aparatología necesaria para el desarrollo de la misma, hidroterapia, terapia
ocupacional, sesiones de psicología, tratamiento fonoaudiológico y gimnasio.
Laboratorio: todos los exámenes de laboratorio de baja complejidad necesarios
para una correcta evaluación y seguimiento del paciente, incluido el control y
seguimiento de las comorbilidades (hemograma, glucemia, ionograma, uremia,
creatininemia, orina completa o sedimento urinario, coagulograma), todo el material
descartable necesario.
Radiología: todos los exámenes radiológicos simples de baja complejidad
(incluidas las placas radiográficas) no contrastadas, necesarios para una correcta
evaluación y seguimiento del paciente, incluido el control y seguimiento de las
comorbilidades.
Material descartable: todo el material descartable básico necesario, incluidos
pañales, protectores urinarios, material utilizado en la curación de escaras o
heridas quirúrgicas y/u otro tipo de curación que pudiera ser necesaria,
tubuladuras, sondas, conectores, llaves de 3 vías, guantes, manoplas, catéteres,
etc.
Medicamentos: todos los medicamentos que se requieran durante la internación del
paciente siempre y cuando los mismos estén en relación directa con la entidad
nosológica y afecciones concomitantes que han motivado la internación del
paciente. Analgésicos, antihistamínicos, antialérgicos, broncodilatadores,
antisépticos, antiespasmódicos, antidiarreicos, miorrelajantes, antibióticos,
antisépticos, antipiréticos, corticosteroides, antibióticos (aminoglucósidos,
cefalosporinas de hasta 2° generación- macrólidos- tetraciclinas), heparinas,
soluciones de hidratación parenteral y todos los medicamentos utilizados en el
tratamiento de urgencias y emergencias derivadas de descompensaciones de
comorbilidades.
Excluye:
Laboratorio de baja, mediana y alta complejidad deberá ser resuelto por el II Nivel
correspondiente en el que se halla capitado el beneficiario.
Rx contrastadas, TAC, RMN, deberán ser efectuadas en el II Nivel en donde se
halla capitado el paciente.
Prótesis, ortesis, aparatos ortopédicos, implantes metálicos para cirugía
ortopédica, o cualquier otro material implantable deberán ser provistos por el
Instituto.
Medicamentos de afecciones crónicas que deban ser consumidos en forma
permanente por el paciente y que no tengan relación con el motivo de internación
del mismo, deberán ser provistos por los mecanismos habituales del instituto.
Antibióticos de última generación: Imipenem, Meropenem, Zyvox, Clavulánicos,
Quinolonas, Tazobactam o similares, Vancomicina, Teicoplanina, cefalosporinas de
3º y 4º generación.
Medicación oncológica u otras especiales deberán ser provistas por los circuitos
específicos del Instituto.
Concentrador de oxígeno, mochilas de oxígeno, ventiladores mecánicos (Cpap,
Bpap, volumétricos portátiles) que se proveen por el instituto.
Alimentación parenteral.
Traslados
Todo medicamento o práctica no incluida en el presente y que no este
expresamente excluida, queda incluida en el módulo.
6.3- Nivel C: (MMRI-C)
Postrado crónico: para pacientes con patologías potencialmente letales a corto o mediano
plazo y que no responden a tratamientos disponibles hasta la actualidad con finalidad
curativa, pueden tener escaras grado IV, alimentación enteral (por SNG o gastrostomía),
sonda vesical, traqueostomía, colostomía o cualquier otra ostomía, hidratación parenteral
y requieren asistencia respiratoria por Bpap o Cpap
Incluye:
Honorarios profesionales: de la atención de clínicos, especialistas (fisiatras,
neurólogos, cardiólogos, ortopedistas, urólogos, etc.), kinesiólogos, nutricionistas,
terapistas ocupacionales, psicólogos, fonoaudiólogos y técnicos.
Laboratorio: todos los exámenes de laboratorio de baja complejidad necesarios
para una correcta evaluación y seguimiento del paciente, incluido el control y
seguimiento de las comorbilidades (hemograma, glucemia, ionograma, uremia,
creatininemia, orina completa o sedimento urinario, coagulograma-), todo el
material descartable necesario.
Radiología: todos los exámenes radiológicos de baja complejidad (incluidas las
placas radiográficas) no contrastadas, necesarios para una correcta evaluación y
seguimiento del paciente, incluido el control y seguimiento de las comorbilidades.
Material descartable: todo el material descartable necesario, incluidos pañales,
protectores urinarios, material utilizado en la curación de escaras o heridas
quirúrgicas y/u otro tipo de curación que pudiera ser necesaria; tubuladuras,
sondas, conectores, llaves de 3 vías, guantes, manoplas, catéteres, etc.
Medicamentos: todos los medicamentos y gases (oxígeno), que se requieran
durante la internación del paciente siempre y cuando los mismos estén en relación
directa con la entidad nosológica y afecciones concomitantes que han motivado la
internación del paciente: Analgésicos, miorrelajantes, antibióticos, antisépticos,
antipiréticos, corticosteroides, antibióticos (aminoglucósidos, cefalosporinas de
hasta 3° generación, vancomicina, tetraciclinas, macrólidos), soluciones de
hidratación parenteral. Incluye alimentación enteral y todos los medicamentos
utilizados en el tratamiento de urgencias y emergencias derivadas de
descompensaciones de comorbilidades.
Asistencia Respiratoria: Con respiradores de bajo nivel de complejidad que
funcionen con máscara nasal o nasobucal (asistencia que no requiera la colocación
de tubo endotraqueal ni la relajación farmacológica del paciente para su adaptación
al respirador). Incluye el control y seguimiento del paciente asistido, la asistencia
kinésica necesaria y los materiales descartables.
Excluye:
Laboratorio de Alta complejidad.
Rx contrastadas, TAC, RMN, ecografías complejas, ecodoppler.
Prótesis, ortesis, aparatos ortopédicos, implantes metálicos para cirugía ortopédica,
o cualquier otro material implantable que deberán ser provistos por el Instituto.
Medicamentos de afecciones crónicas que deban ser consumidos en forma
permanente por el paciente y que no tengan relación con el motivo de internación
del paciente, los cuales deberán ser provistos por los mecanismos habituales del
Instituto.
Antibióticos de última generación: Imipenem, Meropenem, Zyvox, Clavulánicos,
Quinolonas, Tazobactam o similares, Teicoplanina, cefalosporinas de 4º
Medicación oncológica u otras especiales que deberán ser provistas por los
circuitos específicos del Instituto.
Alimentación parenteral.
Concentrador de oxígeno, mochilas de oxígeno, ventiladores mecánicos (Cpap,
Bpap, volumétricos portátiles) que se proveen por el instituto.
Traslados
Todo medicamento o práctica no incluida en el presente y que no este
expresamente excluida, queda incluida en el módulo.
La necesidad de asistencia respiratoria mecánica con respiradores de mayor
complejidad con paciente intubado, que requiera relajación farmacológica y
controles de gases en sangre será indicación del traslado del paciente a la Unidad
de Terapia Intensiva del II Nivel de cápita.
Nota:
Cualquier práctica diagnóstica o terapéutica no incluida en los módulos, necesaria
para la asistencia del paciente, deberá resolverse en el prestador de cápita del paciente.
La descompensación de patologías o co-morbilidades que escapen a la
complejidad del prestador deberán ser asistidas en el II Nivel de cápita del
beneficiario, una vez asistida la urgencia o emergencia.
Aquellos módulos de internación institucional aplicables a pacientes en estado
terminal que requieran cuidados médicos y de enfermería fundamentalmente y
donde el concepto de la rehabilitación, evaluado por médico fisiatra, no sea
aplicable, podrán ser autorizados por el representante médico del área de
Prestaciones Médicas de la Unidad de Gestión Local.