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ANEXO I La Medicina Física y Rehabilitación, podrá brindar las siguientes prestaciones: ATENCION AMBULATORIA 1.- Atención Ambulatoria Individual: Para pacientes que por la índole de su afección se trasladan por sus propios medios y requieren una o dos de las siguientes prestaciones: Consulta Médica Fisiátrica en consultorio: Efectuada por el médico fisiatra del efector con el objetivo de examinar exhaustivamente al paciente que le ha sido derivado, confeccionar la Historia Clínica correspondiente y evaluarlo en cuanto a la necesidad del tratamiento y la modalidad del mismo. Se autorizará mediante el código 42.01.01 NN al ingreso y al alta del paciente. Fisioterapia: Aplicación de todo tipo de métodos físicos para el tratamiento superficial o profundo: rayos infrarrojos - hidroterapia – electroestimulación - onda corta - ultrasonido – microondas – parafina – crioterapia – láser o magnetoterapia, tens, electroanalgesia. Código 25.01.01.Las sesiones de fisioterapia tal cual han sido definidas, tendrán una duración de treinta(30) minutos. Kinesioterapia: Tratamiento de movilización terapéutica- masoterapia- reeducación muscular– fortalecimiento y gimnasia médica– asistencia kinésica respiratoria. Código 25.01.02. las sesiones tendrán una duración de treinta(30) minutos. Terapia ocupacional: Es la utilización terapéutica de las actividades del autocuidado, trabajo o productividad y juego para incrementar la independencia funcional, aumentar el desarrollo y prevenir la incapacidad; puede incluir la adaptación de tareas o del entorno para alcanzar la máxima funcionalidad. Código 25.01.03. Las sesiones tendrán una duración de cuarenta( 40) minutos. Fonoaudiología deglutoria y afasiología. Código 25.01.04 Las sesiones deberán tener una duración de cincuenta (50) minutos. Se autorizará en tandas de 10 sesiones, de cualquiera de las prestaciones mencionadas anteriormente, con un tope de 30 sesiones anuales. 2.- Atención kinesiológica en domicilio: Para pacientes que, por la índole de su afección no pueden trasladarse o postrados que requieran de atención kinésica (Incluye la asistencia kinésica respiratoria). La atención deberá brindarse por sesiones de kinesioterapia (códigos: 25-01-01 y 25-0102). El número de sesiones necesarias por semana y la cantidad total de las mismas, será definido por el fisiatra del Instituto, con un tope de 30 sesiones anuales. Código 25.01.06 /kinesiología domiciliaria Las sesiones deberán tener una duración de 30 minutos. 3- Atención ambulatoria integral de patologías especiales Esta modalidad es para pacientes trasladables ya sea por sus propios medios o bien con traslado por parte del Instituto 3.1.-Módulo día de Tratamiento Ambulatorio de Rehabilitación( MDTA) Es la unidad de servicio de tratamiento ambulatorio por la totalidad de las prestaciones que se brindan a un paciente por cada día de concurrencia al establecimiento e implica mayor intensidad de tratamiento que en las prácticas aisladas. Esta modalidad terapéutica es aplicable solo para las patologías que a continuación se detallan: • Hemiplejías con o sin afasia, disartria y/o trastornos deglutorios • Hemiparesias • Enfermedades extrapiramidales • Enfermedad espinocerebelosa • Miotrofias – Amiotrofias • Enfermedad de la neurona motora • Paraplejías • Cuadriplejías • Esclerosis múltiple- ELA • Parálisis cerebral • Poliomielitis • Enfermedad de Guillan - Barré • Lesiones complejas de nervios periféricos • Enfermedades reumáticas complejas poliarticulares • Secuelas graves de politraumatismos • Fracturas con secuelas complejas • TEC con secuelas graves • Amputados múltiples y/o con enfermedades neurológicas asociadas • Enfermos postrados, terminales de cualquier origen Este Módulo día de tratamiento ambulatorio de Rehabilitación solo podrá ser indicado en caso de necesitarse tres (3) o más de las prácticas incluidas en el mismo, a saber: Sesiones de tratamiento en: n Fisioterapia (sesiones de 30 minutos) n Kinesiología ( sesiones de 30 minutos) n Fonoaudiología( sesiones de 50 minutos) n Terapia Ocupacional ( sesiones de 40 minutos) Consulta médica Fisiátrica en consultorio: efectuada por el médico fisiatra del efector con el objetivo de examinar exhaustivamente al paciente que le ha sido derivado, confeccionar la H. Clínica correspondiente y evaluarlo en cuanto a la necesidad del tratamiento y la modalidad del mismo. Se autorizará mediante el código 42.01.01 NN al ingreso y al alta del paciente. Es premisa indispensable que, cada día de tratamiento ambulatorio, el paciente reciba la mayor cantidad de prestaciones posibles (detalladas anteriormente), que resulten compatibles con el diagnóstico y el plan terapéutico. Esta modalidad de tratamiento se brindará en tandas de 10 sesiones hasta un máximo de 30 sesiones anuales repartidas según necesidad e indicación del Fisiatra de la UGL, Agencia (o quien la Unidad de gestión Local determine), en el caso de las patologías detalladas en el listado precedente. De requerir un número mayor de sesiones en el año, queda a criterio del Fisiatra del Instituto otorgar o no la ampliación del tratamiento. En caso que la UGL no cuente con médico Fisiatra en su plantel profesional, deberá solicitar autorización a Fisiatría del Nivel Central del Instituto. En el caso de: hemiplejías, hemiparesias y amputaciones, el periodo total del tratamiento de rehabilitación no podrá exceder el año. Para medir el cumplimiento de sus objetivos, la rehabilitación debe tener un instrumento de evaluación que permita cuantificar en forma objetiva el grado de alteración de la capacidad funcional que presenta un paciente en un momento dado y medir los cambios que se producen en él. En este marco, la valoración de la evolución del paciente en rehabilitación, implica la elección de un nivel de medida: Escalas de limitación en la actividad: Dificultad que una persona puede tener en el desempeño /realización de las actividades. Refleja las consecuencias de la afectación en términos de capacidad de ejecución funcional y de la actividad del individuo. Para valorar el grado de limitación funcional se utilizan las escalas de actividades de la vida diaria (AVD). Estas escalas evalúan el estado funcional del individuo y de ellas se han seleccionado: Índice de Barthel y Medida de Independencia Funcional o FIM. El objetivo de la rehabilitación será alcanzar en el tiempo, una mejor puntuación en las escalas arriba detalladas. En tal sentido, en todas las patologías predominantemente motoras, se deberá demostrar y fundamentar un objetivo claro de recuperación. De no mejorar la valoración de la evolución medida por las escalas mencionadas, se entiende que no habrían de esperarse cambios en la recuperación funcional, con las técnicas de rehabilitación. 4.- Módulo día de cuidado de las secuelas(MDCS) Para aquellos pacientes en los que, la rehabilitación ha alcanzado sus objetivos y no es esperable mayor recuperación de las funciones perdidas. En este módulo, el objetivo principal además de la atención del paciente para mantener los objetivos logrados, es la sensibilización, capacitación y el entrenamiento de la familia o el cuidador del paciente, en las tareas de asistencia que el beneficiario deberá cumplir en su domicilio. La familia, en este caso es partícipe en el proceso de recuperación, ya que contando con el asesoramiento adecuado se convertirá en el principal soporte de los cuidados y tratamiento profesionales. Comprende sesiones de tratamiento en: Kinesioterapia (sesiones de 30 minutos) Terapia Ocupacional (sesiones de 40 minutos) Fonoaudiología (sesiones de 50 minutos) Incluye: • Honorarios: de kinesiólogos, terapistas ocupacionales, fonoaudiólogos • Materiales: todos los insumos necesarios para desarrollar su actividad. La frecuencia de las sesiones será de una (1) vez por semana. El número de sesiones será de 30 en el año. La necesidad de prolongación del tratamiento queda a evaluación y autorización del Médico Fisiatra de la UGL y, en su defecto, se deberá iniciar expediente para enviarlo a Rehabilitación de Nivel Central. 5.-Módulo mensual de Cuidados Especiales de Asistencia Domiciliaria( MMAD) Para pacientes que por la índole de su patología, requieran una atención compleja en su domicilio. Es la modalidad de atención médica, de enfermería, kinesiología, terapia ocupacional y fonoaudiología con prácticas posibles de realizar en el domicilio del paciente, teniendo en cuenta su entorno familiar, las características psicosociales, culturales e individuales, que brinda asistencia a personas con distintas patologías, evitando hospitalizaciones innecesarias o prolongadas. Se tiende a obtener la mayor autonomía del paciente y a que la familia sea partícipe en el proceso de recuperación, ya que contando con el asesoramiento adecuado se convertirá en el principal sostén de los cuidados y tratamiento profesionales. La internación domiciliaria se da en su mayoría, en pacientes que han recibido el alta de la internación hospitalaria, y aun necesitan tratamiento de rehabilitación y cuidados de enfermería. De acuerdo a la complejidad de los cuidados se definen tres (3) niveles. 5.1.-Nivel A: (MMAD-A) Para pacientes portadores de patologías que le permiten alimentarse por vía oral, no están escarados o presentan tan solo escaras tipo I, pueden no ser postrados pero requieren aún seguimiento médico, cuidados de enfermería, kinesiología, terapia ocupacional y fonoaudiología Incluye: Honorarios profesionales: de la atención de clínicos, kinesiólogos, fonoaudiólogos, terapistas ocupacionales y de enfermería. Prácticas: Las sesiones de kinesioterapia de rehabilitación motora o respiratoria, tratamiento fonoaudiológico, terapia ocupacional, prácticas de enfermería (control de signos vitales -TA, FC, FR, Tº, alimentación enteral y parenteral, evaluación de funciones fisiológicas -orina y deposiciones-curaciones, administración de inyectables S.C., I.M., E.V-, cuidados de la vía respiratoria - nebulizaciones, aspiración de secreciones, incluyendo asesoramiento a los cuidadores - control, cambio y/o lavado de drenajes y colectores y sondas, Lavado de catéter central, cuidados de ostomías, Registros varios, cuidados de los emuntorios -enemas Murphy, microenemas-, control de goteos, enseñanza de administración oral, cambio de decúbito, etc. Material descartable: Todo el material descartable necesario, incluido el material utilizado en la curación de escaras o heridas post-quirúrgicas y/u otro tipo de curación que pudiera ser necesaria: Antisépticos, sondas, tubuladuras,conectores, llaves de 3 vías, guantes estériles o no, manoplas plásticas, jeringas, agujas, descartadores. Excluye: Laboratorio y radiología de cualquier nivel que deberán ser resueltos por la cápita del beneficiario. Concentrador de oxígeno, mochilas de oxígeno, Ventiladores mecánicos (Cpap, Bpap, volumétricos portátiles) que se proveen por el Instituto. Prótesis, ortesis, aparatos ortopédicos, implantes metálicos para cirugía ortopédica, o cualquier otro material implantable los que deberán ser provistos por el Instituto. Insumos y medicamentos especiales para cura avanzada de esacaras (Nugel, Adaptic, Duoderm, Fibracol o similares) Medicamentos Alimentación enteral o parenteral. Pañales, protectores urinarios. Camas ortopédicas, colchones especiales. Traslados. La frecuencia de las consultas será de: una (1) consulta médica clínica quincenal, asistencia de enfermería una (1) vez al día - asistencia kinésica 3 veces /semana y Fonoaudiología, o Terapia Ocupacional 2 veces/semana. 5.2.-Nivel B(MMAD-B) Para pacientes postrados, con escaras grado II o III, que pueden requerir asistencia respiratoria no invasiva (oxigenoterapia administrada por máscara o bigotera permanente o intermitente o concentrador de oxigeno) - no asistencia respiratoria mecánica- tener alimentación enteral (por SNG o gastrostomía), sonda vesical, traqueostomía, gastrostomía, colostomía y/o plan de hidratación parenteral o quimioterapia. Incluye: Honorarios profesionales: de la atención de clínicos, kinesiólogos, fonoaudiólogos, terapistas ocupacionales y enfermería. Prácticas: Las sesiones de kinesioterapia de rehabilitación motora o respiratoria, tratamiento fonoaudiológico, terapia ocupacional, prácticas de enfermería (control de signos vitales -TA, FC, FR, Tº-, alimentación enteral y parenteral, evaluación de funciones fisiológicas -orina y deposiciones-, curaciones, administración de inyectables -S.C., I.M., E.V-, cuidados de la vía respiratoria - nebulizaciones, aspiración de secreciones, incluyendo asesoramiento a los cuidadores - control, cambio y/o lavado de drenajes y colectores y sondas, Lavado de catéter central, cuidados de ostomías, Registros varios, cuidados de los emuntorios -enemas Murphy, microenemas-, Control de goteos, Enseñanza de administración oral, cambio de decúbito, etc. Material descartable: Todo el material descartable necesario, incluido material utilizado en la curación de escaras o heridas post-quirúrgicas y/u otro tipo de curación que pudiera ser necesaria. Antisépticos, sondas, tubuladuras, conectores, llaves de 3 vías, guantes estériles o no, manoplas plásticas, jeringas, agujas, descartadores,. Excluye: Laboratorio y radiología de cualquier nivel que deberán ser resueltos por la cápita del beneficiario. Tubos de oxígeno, concentrador de oxígeno, mochilas de oxígeno, ventiladores mecánicos (Cpap, Bpap, volumétricos portátiles) que se proveen por el instituto. Prótesis, ortesis, aparatos ortopédicos, implantes metálicos para cirugía ortopédica, o cualquier otro material implantable los que deberán ser provistos por el Instituto. Insumos y medicamentos especiales para cura avanzada de esacaras ( Nugel, Adaptic, Duoderm, Fibracol o similares) Medicamentos. Alimentación enteral o parenteral. Pañales, protectores urinarios. Camas ortopédicas, colchones especiales. Traslados. La frecuencia de las consultas será de: una (1) consulta médica semanal asistencia de enfermería dos (2) veces al día - asistencia kinésica una (1) vez al día y fonoaudiológica o terapia ocupacional una (1) a dos (2) veces / semana. 5.3.-Nivel C (MMAD-C) Para pacientes postrados crónicos, con patologías potencialmente letales a corto o mediano plazo y que no responden a tratamientos disponibles hasta la actualidad con finalidad curativa, pueden tener escaras grado IV, alimentación enteral (por SNG o gastrostomía), sonda vesical, traqueostomía, colostomías o cualquier otra ostomía, plan de hidratación, quimioterapia y requieren asistencia respiratoria mecánica (por Bpap o Cpap o respirador volumétrico), el que será provisto por el Instituto. Incluye: Honorarios profesionales: de la atención de clínicos, kinesiólogos, de enfermería, terapia ocupacional o fonoaudiología. Prácticas: Las sesiones de kinesioterapia de rehabilitación motora o respiratoria, sesiones de Terapia Ocupacional, atención Fonoaudiológica, prácticas de enfermería (control de signos vitales -TA, FC, FR, Tº-, Alimentación enteral y parenteral, evaluación de funciones fisiológicas -orina y deposiciones-,Curaciones, administración de inyectables -S.C., I.M., E.V-, cuidados de la vía respiratoria - nebulizaciones, aspiración de secreciones, incluyendo asesoramiento a los cuidadores - control, cambio y/o lavado de drenajes y colectores y sondas, Lavado de Catéter Central, Cuidados de ostomías, Registros varios, cuidados de los emuntorios -Enemas Murphy, microenemas-, Control de goteos, Enseñanza de administración oral, cambio de decúbito, etc. Material descartable: todo el material descartable necesario, incluido material utilizado en la curación de escaras o heridas post-quirúrgicas y/u otro tipo de curación que pudiera ser necesaria. Antisépticos, sondas, tubuladuras, conectores, llaves de 3 vías, guantes estériles o no, manoplas plásticas, jeringas, agujas, descartadores, nebulizadores/ sistemas de aspiración etc. Excluye: Laboratorio y radiología de cualquier nivel que deberán ser resueltos por la cápita del beneficiario. Pañales, protectores urinario serán provistos por el Instituto. Concentrador de oxígeno, mochilas de oxígeno, Ventiladores mecánicos (Cpap, Bpap, volumétricos portátiles) que se proveen por el instituto. Prótesis, ortesis, aparatos ortopédicos, implantes metálicos para cirugía ortopédica, camas ortopédicas, colchones especiales o cualquier otro material implantable los que deberán ser provistos por el Instituto Insumos y medicamentos especiales para cura avanzada de esacaras ( Nugel, Adaptic, Duoderm, Fibracol o similares) Medicamentos Alimentación enteral o parenteral Traslados La frecuencia de las consultas será de: una (1) consulta médica cada 72 horas asistencia de enfermería hasta tres ( tres) veces al día y asistencia kinésica hasta dos (2) vez al día y Fonoaudiología y Terapia Ocupacional 1 vez por semana. Aquellos módulos de internación domiciliaria aplicables a pacientes en estado terminal que requieran cuidados médicos y de enfermería fundamentalmente y donde el concepto de la rehabilitación, evaluado por médico fisiatra, no sea aplicable, podrán ser autorizados por el representante médico del área de Prestaciones Médicas de la UGL. Nota: La necesidad de tratamiento psicológico de apoyo en cualquiera de los módulos ambulatorios será brindada por Salud Mental - I Nivel Ambulatorio ATENCION EN INTERNACION 6.- Rehabilitación en Internación El criterio básico para la modalidad de contratación se fundamenta en el pago de la prestación efectivamente brindada al paciente. Por lo tanto la modalidad de contratación será por Módulo día cama internación. Dentro de esta modalidad y acorde al nivel de complejidad que la asistencia al paciente requiera se podrán diferenciar tres (3) niveles de complejidad con sus respectivos módulos. Módulo mensual de Rehabilitación en Internación (MMRI) 6.1.- Nivel A: (MMRI-A) Para pacientes con objetivos de rehabilitación, alimentación oral, sin escaras por decúbito o con escaras Grado I. Incluye Honorarios profesionales: de la atención de clínicos, especialistas, (fisiatras, neurólogos, cardiólogos, ortopedistas, urólogos y otros), kinesiólogos, nutricionistas, terapistas ocupacionales, psicólogos, fonoaudiólogos y técnicos. Terapia: las sesiones de kinesioterapia de rehabilitación motora o respiratoria, fisioterapia con utilización de la aparatología necesaria para el desarrollo de la misma, hidroterapia, terapia ocupacional, sesiones de psicología, tratamiento fonoaudiológico y gimnasio. Laboratorio: laboratorio de baja complejidad (hemograma, glucemia, ionograma, uremia, creatininemia, orina completa o sedimento urinario) Radiología: Rx simples no contrastadas, (incluyendo las placas radiográficas). Material descartable: todo el material descartable necesario incluidos pañales, protectores urinarios, material utilizado en la curación de escaras o heridas quirúrgicas y/u otro tipo de curación que pudiera ser necesaria; tubuladuras, sondas, conectores, llaves de 3 vías, guantes, manoplas, catéteres, sistemas de aspiración, nebulizadores etc. Medicamentos: todos los medicamentos que se requieran durante la internación del paciente siempre y cuando los mismos estén en relación directa con la entidad nosológica y afecciones concomitantes que han motivado la internación del paciente. Analgésicos, antihistamínicos, antialérgicos, broncodilatadores, antisépticos, antiespasmódicos, antidiarreicos, miorrelajantes, antibióticos, antisépticos, antipiréticos, corticosteroides, antibióticos (aminoglucósidos, cefalosporinas de hasta 2° generación- macrólidos- tetraciclinas), heparinas, soluciones de hidratación parenteral y todos los medicamentos utilizados en el tratamiento de urgencias y emergencias derivadas de descompensaciones de comorbilidades. Excluye: Laboratorio de baja complejidad fuera del especificado en inclusiones, de mediana y alta complejidad, deberá ser resuelto por el II Nivel correspondiente en el que se halla capitado el beneficiario. Radioscopia, radiología contrastada, tomografías, RMN deberán ser efectuadas en el II Nivel en donde se halla capitado el paciente. Prótesis, ortesis, aparatos ortopédicos, implantes metálicos para cirugía ortopédica, o cualquier otro material implantable los que deberán ser provistos por el Instituto. Medicamentos de afecciones crónicas que deban ser consumidos en forma permanente por el paciente y que no tengan relación con el motivo de internación, serán a provistos a través de los circuitos habituales del Instituto. Antibióticos de última generación: Imipenem, Meropenem, Zyvox, Clavulánicos, Quinolonas, Tazobactam o similares, Vancomicina, Teicoplanina, cefalosporinas de 3º y 4º generación. Medicación oncológica u otras especiales serán provistas por los circuitos específicos del Instituto. Alimentación enteral y parenteral Concentrador de oxígeno, mochilas de oxígeno, ventiladores mecánicos (Cpap, Bpap, volumétricos portátiles) que se proveen por el instituto. Traslados Todo medicamento o práctica no incluida en el presente y que no este expresamente excluida, queda incluida en el módulo. 6.2. Nivel B(MMRI-B) Para pacientes potencialmente rehabilitables, con escaras grado II o III, que pueden requerir oxigenoterapia administrada por máscara o bigotera permanente o intermitente (no asistencia mecánica respiratoria) tener alimentación enteral (por SNG o gastrostomía),traqueotomías, colostomías o cualquier otra ostomía, sonda vesical y plan de hidratación parenteral. Incluye: Honorarios profesionales: de la atención de clínicos, especialistas, (fisiatras, neurólogos, ortopedistas, traumatólogos, urólogos, cardiólogos, etc.) kinesiólogos, nutricionistas, terapistas ocupacionales, psicólogos, fonoaudiólogos y técnicos. Terapia: las sesiones de kinesioterapia, fisioterapia con utilización de la aparatología necesaria para el desarrollo de la misma, hidroterapia, terapia ocupacional, sesiones de psicología, tratamiento fonoaudiológico y gimnasio. Laboratorio: todos los exámenes de laboratorio de baja complejidad necesarios para una correcta evaluación y seguimiento del paciente, incluido el control y seguimiento de las comorbilidades (hemograma, glucemia, ionograma, uremia, creatininemia, orina completa o sedimento urinario, coagulograma), todo el material descartable necesario. Radiología: todos los exámenes radiológicos simples de baja complejidad (incluidas las placas radiográficas) no contrastadas, necesarios para una correcta evaluación y seguimiento del paciente, incluido el control y seguimiento de las comorbilidades. Material descartable: todo el material descartable básico necesario, incluidos pañales, protectores urinarios, material utilizado en la curación de escaras o heridas quirúrgicas y/u otro tipo de curación que pudiera ser necesaria, tubuladuras, sondas, conectores, llaves de 3 vías, guantes, manoplas, catéteres, etc. Medicamentos: todos los medicamentos que se requieran durante la internación del paciente siempre y cuando los mismos estén en relación directa con la entidad nosológica y afecciones concomitantes que han motivado la internación del paciente. Analgésicos, antihistamínicos, antialérgicos, broncodilatadores, antisépticos, antiespasmódicos, antidiarreicos, miorrelajantes, antibióticos, antisépticos, antipiréticos, corticosteroides, antibióticos (aminoglucósidos, cefalosporinas de hasta 2° generación- macrólidos- tetraciclinas), heparinas, soluciones de hidratación parenteral y todos los medicamentos utilizados en el tratamiento de urgencias y emergencias derivadas de descompensaciones de comorbilidades. Excluye: Laboratorio de baja, mediana y alta complejidad deberá ser resuelto por el II Nivel correspondiente en el que se halla capitado el beneficiario. Rx contrastadas, TAC, RMN, deberán ser efectuadas en el II Nivel en donde se halla capitado el paciente. Prótesis, ortesis, aparatos ortopédicos, implantes metálicos para cirugía ortopédica, o cualquier otro material implantable deberán ser provistos por el Instituto. Medicamentos de afecciones crónicas que deban ser consumidos en forma permanente por el paciente y que no tengan relación con el motivo de internación del mismo, deberán ser provistos por los mecanismos habituales del instituto. Antibióticos de última generación: Imipenem, Meropenem, Zyvox, Clavulánicos, Quinolonas, Tazobactam o similares, Vancomicina, Teicoplanina, cefalosporinas de 3º y 4º generación. Medicación oncológica u otras especiales deberán ser provistas por los circuitos específicos del Instituto. Concentrador de oxígeno, mochilas de oxígeno, ventiladores mecánicos (Cpap, Bpap, volumétricos portátiles) que se proveen por el instituto. Alimentación parenteral. Traslados Todo medicamento o práctica no incluida en el presente y que no este expresamente excluida, queda incluida en el módulo. 6.3- Nivel C: (MMRI-C) Postrado crónico: para pacientes con patologías potencialmente letales a corto o mediano plazo y que no responden a tratamientos disponibles hasta la actualidad con finalidad curativa, pueden tener escaras grado IV, alimentación enteral (por SNG o gastrostomía), sonda vesical, traqueostomía, colostomía o cualquier otra ostomía, hidratación parenteral y requieren asistencia respiratoria por Bpap o Cpap Incluye: Honorarios profesionales: de la atención de clínicos, especialistas (fisiatras, neurólogos, cardiólogos, ortopedistas, urólogos, etc.), kinesiólogos, nutricionistas, terapistas ocupacionales, psicólogos, fonoaudiólogos y técnicos. Laboratorio: todos los exámenes de laboratorio de baja complejidad necesarios para una correcta evaluación y seguimiento del paciente, incluido el control y seguimiento de las comorbilidades (hemograma, glucemia, ionograma, uremia, creatininemia, orina completa o sedimento urinario, coagulograma-), todo el material descartable necesario. Radiología: todos los exámenes radiológicos de baja complejidad (incluidas las placas radiográficas) no contrastadas, necesarios para una correcta evaluación y seguimiento del paciente, incluido el control y seguimiento de las comorbilidades. Material descartable: todo el material descartable necesario, incluidos pañales, protectores urinarios, material utilizado en la curación de escaras o heridas quirúrgicas y/u otro tipo de curación que pudiera ser necesaria; tubuladuras, sondas, conectores, llaves de 3 vías, guantes, manoplas, catéteres, etc. Medicamentos: todos los medicamentos y gases (oxígeno), que se requieran durante la internación del paciente siempre y cuando los mismos estén en relación directa con la entidad nosológica y afecciones concomitantes que han motivado la internación del paciente: Analgésicos, miorrelajantes, antibióticos, antisépticos, antipiréticos, corticosteroides, antibióticos (aminoglucósidos, cefalosporinas de hasta 3° generación, vancomicina, tetraciclinas, macrólidos), soluciones de hidratación parenteral. Incluye alimentación enteral y todos los medicamentos utilizados en el tratamiento de urgencias y emergencias derivadas de descompensaciones de comorbilidades. Asistencia Respiratoria: Con respiradores de bajo nivel de complejidad que funcionen con máscara nasal o nasobucal (asistencia que no requiera la colocación de tubo endotraqueal ni la relajación farmacológica del paciente para su adaptación al respirador). Incluye el control y seguimiento del paciente asistido, la asistencia kinésica necesaria y los materiales descartables. Excluye: Laboratorio de Alta complejidad. Rx contrastadas, TAC, RMN, ecografías complejas, ecodoppler. Prótesis, ortesis, aparatos ortopédicos, implantes metálicos para cirugía ortopédica, o cualquier otro material implantable que deberán ser provistos por el Instituto. Medicamentos de afecciones crónicas que deban ser consumidos en forma permanente por el paciente y que no tengan relación con el motivo de internación del paciente, los cuales deberán ser provistos por los mecanismos habituales del Instituto. Antibióticos de última generación: Imipenem, Meropenem, Zyvox, Clavulánicos, Quinolonas, Tazobactam o similares, Teicoplanina, cefalosporinas de 4º Medicación oncológica u otras especiales que deberán ser provistas por los circuitos específicos del Instituto. Alimentación parenteral. Concentrador de oxígeno, mochilas de oxígeno, ventiladores mecánicos (Cpap, Bpap, volumétricos portátiles) que se proveen por el instituto. Traslados Todo medicamento o práctica no incluida en el presente y que no este expresamente excluida, queda incluida en el módulo. La necesidad de asistencia respiratoria mecánica con respiradores de mayor complejidad con paciente intubado, que requiera relajación farmacológica y controles de gases en sangre será indicación del traslado del paciente a la Unidad de Terapia Intensiva del II Nivel de cápita. Nota: Cualquier práctica diagnóstica o terapéutica no incluida en los módulos, necesaria para la asistencia del paciente, deberá resolverse en el prestador de cápita del paciente. La descompensación de patologías o co-morbilidades que escapen a la complejidad del prestador deberán ser asistidas en el II Nivel de cápita del beneficiario, una vez asistida la urgencia o emergencia. Aquellos módulos de internación institucional aplicables a pacientes en estado terminal que requieran cuidados médicos y de enfermería fundamentalmente y donde el concepto de la rehabilitación, evaluado por médico fisiatra, no sea aplicable, podrán ser autorizados por el representante médico del área de Prestaciones Médicas de la Unidad de Gestión Local.