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Análisis del impacto de la publicación de
resultados en IAAS: demandas, uso de
servicios de consumo, seguros,……..
Jueves 4 de Abril
3ª reunión decenal de IAAS. Sociedad chilena de control de
infecciones y epidemiología Hospitalaria.
Publicar los resultados en IAAS
• Objetivo?
– Objetivo de transparencia.
– Cumplir con la ley de DD, articulo 4tos: informar de la ocurrencia de
un “evento adverso”……..
– Que la gente esté informada y pueda comparar…para elegir mejor.
– Objetivo comercial.
– Hacer Benchmark
– Objetivo de cumplir otros requisitos, acreditación, encuestas etc.
• A que público está dirigido?
– Personas,……. potenciales pacientes.
– Aseguradoras.
– Otros establecimientos de salud
De acuerdo con la pregunta que se me hace:
• Objetivo?
– Cumplir con la ley de Deberes y Derechos, art 4to
– Objetivo de transparencia.
– Para poder comparar
• A que público está dirigido?
– Personas,……. potenciales pacientes.
Las publicaciones públicas
Informar al paciente de la
ocurrencia de un Evento Adverso
Hacer explícito a los pacientes :
“lo que él padece en estos momento, además
de su patología de base: es UNA infección
asociada a la atención de salud”.
Cumplen con el objetivo?
1.- En término de trasparencia?
2.- Les sirve? Pueden comparar?
3.- Pueden usar esa información
para tomar decisiones de donde
atenderse?
Representa esto lo que los
pacientes esperan de nosotros
• En términos de transparencia?
• O lo que nosotros creemos que es ser
trasparente?
Miremos la perspectiva de los
pacientes:
• Se nos pide transparencia?
• Que es la transparencias para la gente común,
nuestros pacientes?
La transparencia
CUMPLIR CON LO QUE SE OFRECE.
Que ofrecemos nosotros?
Algunos más osados:
BACTEREMIA
ZERO
Si cumpliéramos con un check list.
Cuales son los mensajes que mejor
entienden nuestros pacientes en
términos de IAAS.
Que está pasando fuera de las
publicaciones de IAAS de las
clínicas
• Denuncia realizada por los médicos:……y los
parlamentarios.
• PELIGROSA BACTERIA……, que afecta y mata
pacientes: ES RESPONSABILIDAD DEL
HOSPITAL.
LAS MUERTES SE DEBEN A LA VIOLACIÓN DE
LAS BUENAS PRACTICAS
Could you imagine any other industry tolerating the violation of an evidence-based
standard that kills 31,000 people a year?
SE PUEDE IMAGINAR OTRA INDUSTRIA TOLERANDO LA “VIOLACION” DE UNA PRACTICA
BASADA EN EVIDENCIA QUE MATA 31.000 PERSONAS AL AÑO.
En otro ámbito!
De qué se nutre la gente, y los abogados que los
defienden?
Ejemplo 1
Mamoplastía reductiva bilateral, Infección de herida operatoria,
Grandes y extensas cicatrices
Demanda: Daño emergente: 50 millones, Daño Moral: 350 millones
Fallo 1ª Instancia : Diciembre 2000: condena a indemnizar por 50 millones
Fallo 2ª Instancia: Marzo 2002: aumenta la condena a 65 millones
Fallo Corte Suprema: Abril 2003: mantiene el fallo
Ejemplo 2
Atrición de ambos pies, Desarticulación ortejo menor de pie
izquierdo y curaciones. Infección de Streptococo B hemolítico
grupo A, Desarticulación de extr. izqu a nivel de la cadera
Demanda: Daño Moral: 80 millones
Fallo 1ª Instacia: Enero 2001: condena a indemnizar por 15 millones
Fallo 2ª Instancia: Mayo 2002: aumenta la condena a 50 millones
Fallo Corte Suprema: Junio 2003: mantiene el fallo
Consideraciones jurídicas que
definieron el fallo
• “Hubo una falla estructural que produjo ineficiencia del
servicio que afectó a la paciente en su derecho a NO SER
LESIONADA”
• “No es posible jurídicamente aceptar la tesis de la
demandada en orden a que por ser inevitables las IIH no
tiene obligación de responder de los daños que por este
motivo sufran los pacientes, porque ella conduciría
simplemente a la irresponsabilidad de los establecimiento de
salud.”
Consideraciones jurídicas que
definieron el fallo
• “Si las IIH son un riesgo siempre presente en los hospitales,
como lo afirmó la demandada, NO SON IMPREVISIBLES y
jurídicamente por ellos fundar una excusa para eludir la
responsabilidad por los perjuicios que cause con su actividad
un hecho fortuito o causa mayor....”
• “El hecho de contar el establecimiento con un sistema de
control de IIH y con indicadores dentro de parámetros
normales es insuficiente para comprobar cumplimiento de la
obligación de diligencia.”
Consideraciones jurídicas que
definieron el fallo: RESUMEN
• SI LAS IIH SON UN RIESGO SIEMPRE PRESENTE,
SON
PREVISIBLE POR LO TANTO SON EVITABLES
• CONTAR CON PROGRAMAS DE CONTROL DE IIH Y TASAS
DENTRO O BAJO LOS ESTANDARES NO ES SUFICIENTE PARA
COMPROBAR CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE
DILIGENCIA: DEBER DE RESULTADO
Ejemplo 3
19 ago 95: Intervención urgencia obstrucción
intestinal; hernia incisional gigante
09 oct 95: Staphylococcus aureus positivo en sitio
operatorio
21 ene 96: Alta con herida abierta
18 mar 96: Staphylococcus aureus positivo
jun 96: Se propone plastía
20 ago 96: Ultimo control ambulatario en hosp de
origen.
Demanda: “.. la infección sería de su
responsabilidad por no haber observado los
cuidados para mantener sus instalaciones e
insumos en buen estado y libre de bacterias”
Informe SML: “no existió falta a la lex artis en el
manejo global del paciente en el Hospital…. ”,
“el manejo de la infección fue adecuado, pero
difícil, dada la imposibilidad de erradicar la
bacteria que lo produjo”.
Historia Médica segundo Hospital
30 nov 96: Cirugía de aseo quirúrgico
08 dic 96: Alta con herida cerrada
Mala praxis en el post operatorio
• 4º Que concurre el demandante ahora ante el Dr. XX
quien luego de una preparación de diez días lo opera,
extrayendo de la herida pedazos de la malla que
anteriormente le habían colocado, le procura un
tratamiento adecuado para detener la infección y logra
darle de alta, quedando de esta manera su herida
cerrada y la infección controlada.
• 5º Que lo anterior no hace sino corroborar que el
tratamiento post operatorio que se le brindó al
demandante por parte de los médicos del Hospital YYYYY
Chile no fue el adecuado, lo que justifica la pretensión
del demandante y que acoge el juez de primer grado.
Corte de Apelaciones de Santiago: Recurso de Apelación Rol 1595/2000
Ejemplo 4
•
“responsabilidad extracontractual por culpa del servicio hospitalario” (según los artículos
2314 del Código Civil). El fallo de segunda instancia rechazó el argumento de que no existe
hospital en el mundo que tenga un índice igual a cero de infecciones intrahospitalarias y de
que el hospital demandado tuviera tasas inferiores a los indicadores nacionales, por ser un
deber del servicio erradicar tales infecciones, o detectarlas cuando ocurren para impedir su
nefasta acción. Según la Corte de Apelaciones, si a pesar de ello una infección ocurre quiere
decir que “ha habido una falla estructural del servicio”, y que, en todo caso,
“no parece justo que una persona
que se interna en un hospital para atenderse de una determinada enfermedad, fallezca a c
onsecuencia de otra distinta contraída en el mismo establecimiento”.
Ejemplo 5
•
•
“VIGESIMO QUINTO: …Tales razonamientos son pertinentes en cuanto a la determinación de
la naturaleza de la prestación, esto es
– que puede calificarse de obligación de resultado el deber de cuidado del hospital está
en la necesidad jurídica de prestarle al paciente, en lo cual la relación contractual ha sido dirigida por el legislador,
en orden a no permitir que se agrave su situación por afecciones que no son
consustanciales a sus patologías y, por lo mismo responde el hospital, con mayor
razón si se logra establecer que dichas patologías no las presentaba el paciente al
ingresar al establecimiento asistencial y que, por el contrario, son bacterias que se encuentran en los
servicios de urgencia del centro hospitalario en que es atendido.”
Consideraciones jurídicas que
definieron los fallo: RESUMEN
• NUESTRO DEBER: NO DAÑAR
• SE DEBE RESPONDER INCLUSO POR LO
INEVITABLE: DEBER DE RESULTADO
Otro Ejemplo
• “No se probó” que el paciente portara la
bacteria Staphylococcus Aureo al momento de
ingresar al hospital, “correspondiendo, en
consecuencia, a una infección
intrahospitalaria”.
•
Corte Suprema Recurso 4103/2005
Obligación de resultados?
• “los jueces tienden a dar por establecida una obligación contractual
de resultado si el paciente adquiere un mal que no es atribuible a
instrumento o medicamento alguno, sino a infecciones de fuente
indeterminada, pero probadamente ajena a la dolencia o
intervención médica que el paciente haya soportado.
• Los jueces tienden a dar por establecida una obligación contractual
de resultado porque no parece justo que una persona que se
interna en un hospital para atenderse por una determinada
enfermedad fallezca a consecuencia de otra distinta contraída en
el mismo establecimiento, esto porque una enfermedad contraída
durante la permanencia en el establecimiento es evidencia prima
facie de la negligencia incurrida en los deberes preventivos que
recaen en la clínica u hospital”
Enrique Barros Bourie, Tratado de Responsabilidad Extracontractual, Editorial Jurídica de Chile, páginas 692 y 693
OTROS ELEMENTOS
CONTRIBUYENTES
• REFORMA DE LA SALUD: mediación
• REFORMA PROCESAL PENAL: acerca los
tribunales a la gente.
• SE AGREGA EL 2012. LEY DE DEBERES Y
DERECHOS DE LOS PACIENTE.
Año 2012, datos preliminares
Falmed
Evolución del Derecho en Francia
• ≤1996: Responsabilidad por culpa, la que debía
ser probada por el demandante NADIE FUE
CONDENADO.
• ≥1996 ≤1999: La Corte de Casación decide
invertir la carga de la prueba de la culpa. Es
responsabilidad el hospital; SALVO que la
clínica demuestre que fue diligente.
• ≥ 1999 ≤2002: La Corte de Casación declara
que en materia de IAAS los Hospitales, clínicas
(y los médicos) tienen una obligación de
seguridad de resultado: si se infecta el Hosp,
clinica, medico RESPONDE.
≥ 2002: Reforma al Código Sanitario: ayuda a los
infectados FONDO PUBLICO
RESUMEN: mi opinión
La publicación publica no tiene impacto.
La población espera recibir lo que se le ofrece.
Y nosotros “Ofrecemos” resultados.
La publicación privada……. informar al
paciente de la ocurrencia de un evento
adverso, sí puede tener un impacto.
• La jurisprudencia cada vez más exige
resultados.
• Las reformas vienen a apoyar lo anterior.
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