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Análisis del impacto de la publicación de resultados en IAAS: demandas, uso de servicios de consumo, seguros,…….. Jueves 4 de Abril 3ª reunión decenal de IAAS. Sociedad chilena de control de infecciones y epidemiología Hospitalaria. Publicar los resultados en IAAS • Objetivo? – Objetivo de transparencia. – Cumplir con la ley de DD, articulo 4tos: informar de la ocurrencia de un “evento adverso”…….. – Que la gente esté informada y pueda comparar…para elegir mejor. – Objetivo comercial. – Hacer Benchmark – Objetivo de cumplir otros requisitos, acreditación, encuestas etc. • A que público está dirigido? – Personas,……. potenciales pacientes. – Aseguradoras. – Otros establecimientos de salud De acuerdo con la pregunta que se me hace: • Objetivo? – Cumplir con la ley de Deberes y Derechos, art 4to – Objetivo de transparencia. – Para poder comparar • A que público está dirigido? – Personas,……. potenciales pacientes. Las publicaciones públicas Informar al paciente de la ocurrencia de un Evento Adverso Hacer explícito a los pacientes : “lo que él padece en estos momento, además de su patología de base: es UNA infección asociada a la atención de salud”. Cumplen con el objetivo? 1.- En término de trasparencia? 2.- Les sirve? Pueden comparar? 3.- Pueden usar esa información para tomar decisiones de donde atenderse? Representa esto lo que los pacientes esperan de nosotros • En términos de transparencia? • O lo que nosotros creemos que es ser trasparente? Miremos la perspectiva de los pacientes: • Se nos pide transparencia? • Que es la transparencias para la gente común, nuestros pacientes? La transparencia CUMPLIR CON LO QUE SE OFRECE. Que ofrecemos nosotros? Algunos más osados: BACTEREMIA ZERO Si cumpliéramos con un check list. Cuales son los mensajes que mejor entienden nuestros pacientes en términos de IAAS. Que está pasando fuera de las publicaciones de IAAS de las clínicas • Denuncia realizada por los médicos:……y los parlamentarios. • PELIGROSA BACTERIA……, que afecta y mata pacientes: ES RESPONSABILIDAD DEL HOSPITAL. LAS MUERTES SE DEBEN A LA VIOLACIÓN DE LAS BUENAS PRACTICAS Could you imagine any other industry tolerating the violation of an evidence-based standard that kills 31,000 people a year? SE PUEDE IMAGINAR OTRA INDUSTRIA TOLERANDO LA “VIOLACION” DE UNA PRACTICA BASADA EN EVIDENCIA QUE MATA 31.000 PERSONAS AL AÑO. En otro ámbito! De qué se nutre la gente, y los abogados que los defienden? Ejemplo 1 Mamoplastía reductiva bilateral, Infección de herida operatoria, Grandes y extensas cicatrices Demanda: Daño emergente: 50 millones, Daño Moral: 350 millones Fallo 1ª Instancia : Diciembre 2000: condena a indemnizar por 50 millones Fallo 2ª Instancia: Marzo 2002: aumenta la condena a 65 millones Fallo Corte Suprema: Abril 2003: mantiene el fallo Ejemplo 2 Atrición de ambos pies, Desarticulación ortejo menor de pie izquierdo y curaciones. Infección de Streptococo B hemolítico grupo A, Desarticulación de extr. izqu a nivel de la cadera Demanda: Daño Moral: 80 millones Fallo 1ª Instacia: Enero 2001: condena a indemnizar por 15 millones Fallo 2ª Instancia: Mayo 2002: aumenta la condena a 50 millones Fallo Corte Suprema: Junio 2003: mantiene el fallo Consideraciones jurídicas que definieron el fallo • “Hubo una falla estructural que produjo ineficiencia del servicio que afectó a la paciente en su derecho a NO SER LESIONADA” • “No es posible jurídicamente aceptar la tesis de la demandada en orden a que por ser inevitables las IIH no tiene obligación de responder de los daños que por este motivo sufran los pacientes, porque ella conduciría simplemente a la irresponsabilidad de los establecimiento de salud.” Consideraciones jurídicas que definieron el fallo • “Si las IIH son un riesgo siempre presente en los hospitales, como lo afirmó la demandada, NO SON IMPREVISIBLES y jurídicamente por ellos fundar una excusa para eludir la responsabilidad por los perjuicios que cause con su actividad un hecho fortuito o causa mayor....” • “El hecho de contar el establecimiento con un sistema de control de IIH y con indicadores dentro de parámetros normales es insuficiente para comprobar cumplimiento de la obligación de diligencia.” Consideraciones jurídicas que definieron el fallo: RESUMEN • SI LAS IIH SON UN RIESGO SIEMPRE PRESENTE, SON PREVISIBLE POR LO TANTO SON EVITABLES • CONTAR CON PROGRAMAS DE CONTROL DE IIH Y TASAS DENTRO O BAJO LOS ESTANDARES NO ES SUFICIENTE PARA COMPROBAR CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE DILIGENCIA: DEBER DE RESULTADO Ejemplo 3 19 ago 95: Intervención urgencia obstrucción intestinal; hernia incisional gigante 09 oct 95: Staphylococcus aureus positivo en sitio operatorio 21 ene 96: Alta con herida abierta 18 mar 96: Staphylococcus aureus positivo jun 96: Se propone plastía 20 ago 96: Ultimo control ambulatario en hosp de origen. Demanda: “.. la infección sería de su responsabilidad por no haber observado los cuidados para mantener sus instalaciones e insumos en buen estado y libre de bacterias” Informe SML: “no existió falta a la lex artis en el manejo global del paciente en el Hospital…. ”, “el manejo de la infección fue adecuado, pero difícil, dada la imposibilidad de erradicar la bacteria que lo produjo”. Historia Médica segundo Hospital 30 nov 96: Cirugía de aseo quirúrgico 08 dic 96: Alta con herida cerrada Mala praxis en el post operatorio • 4º Que concurre el demandante ahora ante el Dr. XX quien luego de una preparación de diez días lo opera, extrayendo de la herida pedazos de la malla que anteriormente le habían colocado, le procura un tratamiento adecuado para detener la infección y logra darle de alta, quedando de esta manera su herida cerrada y la infección controlada. • 5º Que lo anterior no hace sino corroborar que el tratamiento post operatorio que se le brindó al demandante por parte de los médicos del Hospital YYYYY Chile no fue el adecuado, lo que justifica la pretensión del demandante y que acoge el juez de primer grado. Corte de Apelaciones de Santiago: Recurso de Apelación Rol 1595/2000 Ejemplo 4 • “responsabilidad extracontractual por culpa del servicio hospitalario” (según los artículos 2314 del Código Civil). El fallo de segunda instancia rechazó el argumento de que no existe hospital en el mundo que tenga un índice igual a cero de infecciones intrahospitalarias y de que el hospital demandado tuviera tasas inferiores a los indicadores nacionales, por ser un deber del servicio erradicar tales infecciones, o detectarlas cuando ocurren para impedir su nefasta acción. Según la Corte de Apelaciones, si a pesar de ello una infección ocurre quiere decir que “ha habido una falla estructural del servicio”, y que, en todo caso, “no parece justo que una persona que se interna en un hospital para atenderse de una determinada enfermedad, fallezca a c onsecuencia de otra distinta contraída en el mismo establecimiento”. Ejemplo 5 • • “VIGESIMO QUINTO: …Tales razonamientos son pertinentes en cuanto a la determinación de la naturaleza de la prestación, esto es – que puede calificarse de obligación de resultado el deber de cuidado del hospital está en la necesidad jurídica de prestarle al paciente, en lo cual la relación contractual ha sido dirigida por el legislador, en orden a no permitir que se agrave su situación por afecciones que no son consustanciales a sus patologías y, por lo mismo responde el hospital, con mayor razón si se logra establecer que dichas patologías no las presentaba el paciente al ingresar al establecimiento asistencial y que, por el contrario, son bacterias que se encuentran en los servicios de urgencia del centro hospitalario en que es atendido.” Consideraciones jurídicas que definieron los fallo: RESUMEN • NUESTRO DEBER: NO DAÑAR • SE DEBE RESPONDER INCLUSO POR LO INEVITABLE: DEBER DE RESULTADO Otro Ejemplo • “No se probó” que el paciente portara la bacteria Staphylococcus Aureo al momento de ingresar al hospital, “correspondiendo, en consecuencia, a una infección intrahospitalaria”. • Corte Suprema Recurso 4103/2005 Obligación de resultados? • “los jueces tienden a dar por establecida una obligación contractual de resultado si el paciente adquiere un mal que no es atribuible a instrumento o medicamento alguno, sino a infecciones de fuente indeterminada, pero probadamente ajena a la dolencia o intervención médica que el paciente haya soportado. • Los jueces tienden a dar por establecida una obligación contractual de resultado porque no parece justo que una persona que se interna en un hospital para atenderse por una determinada enfermedad fallezca a consecuencia de otra distinta contraída en el mismo establecimiento, esto porque una enfermedad contraída durante la permanencia en el establecimiento es evidencia prima facie de la negligencia incurrida en los deberes preventivos que recaen en la clínica u hospital” Enrique Barros Bourie, Tratado de Responsabilidad Extracontractual, Editorial Jurídica de Chile, páginas 692 y 693 OTROS ELEMENTOS CONTRIBUYENTES • REFORMA DE LA SALUD: mediación • REFORMA PROCESAL PENAL: acerca los tribunales a la gente. • SE AGREGA EL 2012. LEY DE DEBERES Y DERECHOS DE LOS PACIENTE. Año 2012, datos preliminares Falmed Evolución del Derecho en Francia • ≤1996: Responsabilidad por culpa, la que debía ser probada por el demandante NADIE FUE CONDENADO. • ≥1996 ≤1999: La Corte de Casación decide invertir la carga de la prueba de la culpa. Es responsabilidad el hospital; SALVO que la clínica demuestre que fue diligente. • ≥ 1999 ≤2002: La Corte de Casación declara que en materia de IAAS los Hospitales, clínicas (y los médicos) tienen una obligación de seguridad de resultado: si se infecta el Hosp, clinica, medico RESPONDE. ≥ 2002: Reforma al Código Sanitario: ayuda a los infectados FONDO PUBLICO RESUMEN: mi opinión La publicación publica no tiene impacto. La población espera recibir lo que se le ofrece. Y nosotros “Ofrecemos” resultados. La publicación privada……. informar al paciente de la ocurrencia de un evento adverso, sí puede tener un impacto. • La jurisprudencia cada vez más exige resultados. • Las reformas vienen a apoyar lo anterior. • • • •