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INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES RESPIRATORIAS “ISMAEL COSÍO VILLEGAS” MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECIFÍCO DEL DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN JUNIO, 2011 MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 ÍNDICE HOJA I. INTRODUCCIÓN 2 II. OBJETIVO DEL MANUAL 3 III. ANTECEDENTES HISTÓRICOS 4 IV. MARCO JURÍDICO 5 V. ATRIBUCIONES 16 VI. MISIÓN Y VISIÓN DE LA UNIDAD 17 VII. CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS 18 VIII. ESTRUCTURA ORGÁNICA 22 IX. ORGANOGRAMA 23 X. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES 24 XI. GLOSARIO 29 XII. AUTORIZACIÓN 32 HOJA No. 1 MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 2 I. INTRODUCCIÓN El presente manual se elabora de conformidad con la Estructura Orgánica vigente. El Manual de Organización Específico del Departamento de Alimentación y Nutrición describe en su contenido: Antecedentes Históricos, Marco Jurídico, Misión y Visión, Atribuciones, Código de Ética de los Servidores Públicos, Estructura Orgánica, la descripción de funciones del Departamento y de cada una de las áreas que la conforman. Ofrece el marco de referencia a los empleados en el desempeño de sus actividades, definiendo en términos generales sus respectivos ámbitos funcionales, de autoridad y de responsabilidad. Dicho documento fue elaborado por el Departamento de Alimentación y Nutrición, bajo la supervisión de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales y el Departamento de Planeación y autorizado por la Dirección de Administración, así mismo, será difundido por medios impresos por el responsable del Departamento de Alimentación y Nutrición. Cabe mencionar que el manual deberá ser actualizado por el Departamento de Alimentación y Nutrición, ya sea por iniciativa propia cuando se pretenda mejorar el desempeño del área con la modificación de las funciones originalmente asignadas, adecuaciones a la estructura orgánica actual o para dar cumplimiento a las disposiciones que resulten aplicables. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 3 II. OBJETIVO DEL MANUAL Presentar y dar a conocer en forma integral y ordenada las funciones que debe desempeñar el Departamento de Alimentación y Nutrición, así como los tramos de control existentes, a fin de que sirva como herramienta de consulta en el logro de los objetivos del personal adscrito al Departamento así como del personal de nuevo ingreso como medio de inducción al mismo. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 4 III. ANTECEDENTES HISTÓRICOS A finales de la década de los 80´s, tiene su origen el Departamento de Alimentación, el cuál tenía como objetivo principal proporcionar una correcta alimentación a los pacientes, aplicando las normas de higiene y mejorando la calidad de atención con los recursos y espacios disponibles para dicho fin. En 1994, con el interés de atender los aspectos nutricionales del Instituto, la organización del Departamento es modificada y fraccionada en dos áreas independientes, sin embargo éste sistema de trabajo presentó algunas dificultades para resolver el problema de salud relacionado con la nutrición. En octubre del 2003 un proceso de cambio iniciaba con la reorganización de directivas, que implicó nuevas funciones y responsabilidades para el Departamento de Alimentación esto con la finalidad de contribuir a que la calidad de los servicios Institucionales fueran eficientes y equitativos. En el periodo de administración 2003-2008 en el primer informe de Gobierno de la Dirección General, se anuncia que el Departamento de Alimentación pasa a la jurisdicción de la Dirección Médica, fusionándose el Servicio de Nutrición al Departamento de Alimentación y cambiando su nombre a Departamento de Nutrición Clínica que conllevó a una nueva organización estructura, objetivos y procedimientos. Actualmente el Departamento de Alimentación depende de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, dependiente directamente de la Dirección de Administración. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 5 IV. MARCO JURÍDICO El Departamento de Alimentación y Nutrición, del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Ismael Cosío Villegas, se encuentra sustentado en el siguiente marco jurídico-normativo: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 05-II-1917. Ref. 06-VI-2011. LEYES Ley de Planeación. D.O.F. 05-I-1983. Ref. 13-VI-2003. Ley General de Salud. D.O.F. 07-II-1984. Ref. 7-VI-2011. Ley Federal de las Entidades Paraestatales. D.O.F.14-V-1986. Ref. 28-XI-2008. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. D.O.F. 28-I-1988. Ref. 28-I-2011. Ley de Instituciones de Crédito. D.O.F. 18-VII-1990. Ref. 25-V-2010. Ley General de Protección Civil. D.O.F. 12-V-2000. Ref. 24-IV-2006. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN Ley de los Institutos Nacionales de Salud. D.O.F. 26-V-2000. Ref. 14-VII-2008. Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. D.O.F. 29-V-2000. Ref. 19-XIII-2010. Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. D.O.F. 13-III-2002. Ref. 28-V-2009. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. D.O.F. 11-VI-2002. Ref. 05-VII-2010. Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. D.O.F. 25-VI-2002. Ref. 24-VI-2009. Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. D.O.F. 11-VI-2003. Ref. 27-XI-2007. Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. D.O.F. 08-X-2003. Ref. 19-VI-2007. Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. D.O.F. 02-VIII-2006. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. D.O.F. 01-II-2007. Ref. 28-I-2011. DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 6 MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 7 Ley General para el Control del Tabaco. D.O.F. 30-V-2008. REF. 06-I-2010. Ley General para la inclusión de las personas con discapacidad D.O.F. 30-V-2011. CÓDIGOS Código Penal Federal. D.O.F. 14-VIII-1931. Ref. 09-VI-2011.. REGLAMENTOS Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica. D.O.F. 14-V-1986. Ref. D.O.F. 04-XII-2009. Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Control sanitario de actividades, establecimientos, productos y servicios. D.O.F. 18-I-1988. Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. D.O.F. 26-I-1990. Ref.23-XI-2010. Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo. D.O.F. 21-I-1997. Aclaración D.O.F. 28-I-1997. Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios. D.O.F. 09-VIII-1999. Ref. I-II-2011. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 8 Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. D.O.F. 11-VI-2003. Reglamento de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el Trabajo del Sector Público Federal. D.O.F. 29-XI-2006. Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. D.O.F. 30-XI-2006. Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. D.O.F. 11-III-2008. DECRETOS Decreto por el que se crea el Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes con el objeto de proponer las acciones en materia de prevención y control de accidentes a que se refiere el artículo 163 de la Ley General de Salud. D.O.F. 20-III-1987. Decreto para realizar la entrega-recepción del informe de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión. D.O.F. 14-IX-2005. Decreto que establece las medidas de austeridad y disciplina del gasto de la Administración Pública Federal. D.O.F. 04-XII-2006. Decreto por el que se aprueba el Programa Especial de Mejora de la Gestión en la Administración Pública Federal 2008-2012. D.O.F. 10-IX-2008. Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Rendición de Cuentas, Transparencia y Combate a la Corrupción 2008-2012. D.O.F. 11-XII-2008. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 HOJA No. AÑO 11 9 ACUERDOS Acuerdo que establece las disposiciones que deberán observar los servidores públicos al separarse de su empleo, cargo, comisión, para realizar la entrega-recepción del informe de los asuntos a su cargo y de los recursos que tengan asignados. D.O.F. 13-X-2005. Acuerdo por el que se establecen las actividades de preparación y respuesta ante una pandemia de influenza. D.O.F. 19-VII-2006. Acuerdo por el que se establece el procedimiento para la recepción y disposición de obsequios, donativos o beneficios en general que reciban los servidores públicos. D.O.F. 13-XII-2006 Acuerdo por el que se establecen medidas de protección en materia de salud humana para prevenir el uso y consumo de pseudoefedrina y efedrina. DOF 13-VI-2008. Acuerdo que establece los lineamientos que deberán observarse en los establecimientos públicos que presten servicios de atención médica para regular su relación con los fabricantes y distribuidores de medicamentos y otros insumos para la salud, derivada de la promoción de productos o la realización de actividades académicas, de investigación o científicas. D.O.D. 12-VIII-2008. Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Seguro Médico para una Nueva Generación para el Ejercicio Fiscal 2011. 29-XII-2010. Acuerdo mediante el cual se instruye a todas las instituciones del sistema nacional de salud a sus niveles público, social y privado de atención médica a que cuando reciban casos probables de influenza de acuerdo con la definición de caso establecida por esta secretaría de salud, se notifique de manera inmediata a esta dependencia. D.O.F. 02-V-2009. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 HOJA No. AÑO 11 10 Acuerdo por el que se ratifica el diverso por el que se establecen las actividades de preparación y respuesta ante la pandemia de influenza, en los términos que se indican. D.O.F. 30-IV-2009. Acuerdo por el que se emite el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Transparencia. D.O.F. 12-VII-2010. Acuerdo por el que se adiciona el diverso que establece medidas de control y vigilancia para el uso de ácido fenilacético, sus sales y derivados; metilamina; ácido yodhídrico y fósforo rojo D.O.F. 23-XII-2010 Acuerdo por el que la Secretaría de Salud da a conocer las Reglas de Operación 2011 del Programa Sistema Integral de Calidad en Salud (SICALIDAD) D.O.F. 31-XII-2010. NORMAS OFICIALES MEXICANAS Norma Oficial Mexicana NOM-004-STPS-1999. Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo. (con la entrada en vigor de la presente norma se cancelan las siguientes normas oficiales mexicanas: NOM-107-STPS-1994 y NOM-108-STPS-1). D.O.F. 31-V-1999. Ref. 16-VII-1999. Norma Oficial Mexicana NOM168-SSA1-1998 del Expediente Clínico. D.O.F. 30-IX-1999. Ref. 05-X-2010. Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA2-1994 para la vigilancia epidemiológica. D.O.F. 11-X-1999. Norma Oficial Mexicana NOM-173-SSA1-1998, para la atención integral a personas con discapacidad. D.O.F. 19-XI-1999. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 HOJA No. AÑO 11 11 Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-1999, condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se manejen, transporten, procesen o almacenen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral. D.O.F. 13-III-2000. Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010, condiciones de seguridad-prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo. D.O.F. 09-XII-2010. Norma Oficial Mexicana NOM-018-STPS-2000 sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo. (cancela a la NOM-114-STPS-1994). D.O.F. 27-X-2000. Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA2-1999 para la atención a la salud del niño. D.O.F. 09-II-2001. Norma Oficial Mexicana NOM-179-SSA1-1998, Vigilancia y evaluación del control de calidad del agua para uso y consumo humano, distribuida por sistemas de abastecimiento público. D.O.F. 24-IX-2001. Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo. D.O.F. 09-XII-2008. Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA2-2005, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales. D.O.F. 20-XI-2009. Procedimiento alternativo autorizado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para la Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2000, Condiciones de seguridad-Prevención, protección y combate de incendios en los centros de trabajo. D.O.F. 12-II-2009. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 HOJA No. AÑO 11 12 Norma Oficial Mexicana NOM-008-SSA3-2010, Para el tratamiento integral del sobrepeso y la obesidad. D.O.F.4-VIII-10. Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus. D.O.F.23-X-2010. NORMA Oficial Mexicana NOM-249-SSA1-2010, Mezclas estériles: nutricionales y medicamentosas, e instalaciones para su preparación D.O.F .4-III-2011. NORMA Oficial Mexicana NOM-031-STPS-2011, Construcción-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo. D.O.F. 04-V-2011. PLANES Y PROGRAMAS Programa Nacional de Salud 2007-2012. D.O.F. 16-X-2007. Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012. D.O.F. 31-V-2007. Programa Sectorial de Salud 2007-2012. D.O.F. 17-I-2008. Programa Nacional de Protección Civil 2008-2012. D.O.F. 19-IX-2008 Programa Especial de Mejora de la Gestión en la Administración Pública Federal 2008-2012. D.O.F. 10-IX-2008. Programa Nacional de Rendición de Cuentas, Transparencia y Combate a la Corrupción 2008-2012. D.O.F. 11-XII-2008. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 13 CUADROS BÁSICOS Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos Edición 2010. D.O.F. 13-V-2011. Sexagésima Tercera Actualización del Catálogo de Medicamentos Genéricos. D.O.F. 07-XI-2008. Modif. 17-I-2011. QUINCUAGESIMA Primera Actualización del Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables. D.O.F. 07-XI-2008. Quinta Actualización del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos. Edición 2009. D.O.F. 24-I-2011. LINEAMIENTOS Lineamientos que deben observar las dependencias y entidades de la Administración Pública en la recepción, procesamiento y trámite de las solicitudes de acceso a la información gubernamental que formulen los particulares, así como las resoluciones y notificación, y la entrega de información en su caso, con exclusión de las solicitudes de acceso a datos personales y su corrección. D.O.F. 12-VI-2003. Ref. 02-XII-2008. Lineamientos Generales para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 18-VIII-2003. Lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en la recepción, procesamiento, trámite, resolución y notificación de las solicitudes de acceso a datos personales que formulen los particulares, con exclusión de las solicitudes de corrección de dichos datos. D.O.F. 25-VIII-2003. Ref. 02-XII-2008. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 14 Lineamientos para la Organización y Conservación de los Archivos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública. D.O.F. 20-II-2004. Lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública para la publicación de obligaciones de transparencia señaladas en el artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. D.O.F. 01-XI-2006. Lineamientos específicos para la aplicación y seguimiento de las medidas de austeridad y disciplina del gasto de la Administración Pública Federal. D.O.F. 29-XII-2006. Ref. 14-V-2007. Lineamientos para regular los gastos de alimentación de los servidores públicos de mando de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 31-I-2007. Lineamientos para la elaboración de los Programas de Mejora Regulatoria 2009-2010; calendario de presentación y reportes periódicos de avances, de las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal. D.F.O. 12-II-2009. Ref. 30-04-2009. Lineamientos de eficiencia energética para la Administración Pública Federal. D.O.F. 21-IV-2010. Nota Aclaratoria 03-VI-2010. DOCUMENTOS NORMATIVOS Normas Generales para el Registro, afectación, disposición final y baja de bienes muebles de la Administración Pública Federal Centralizada. D.O.F. 30-XII-2004. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 15 Normas que regulan los viáticos y pasajes para las comisiones en el desempeño de funciones en la Administración Pública Federal. D.O.F. 28-XII-2007. Relación única de la normativa del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Ismael Cosío Villegas. D.O.F. 10-IX-2010. Adición a la Relación única de la normativa del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Ismael Cosío Villegas. D.O.F. 01-VI-2011. MANUALES INTERNOS DEL INER Manual de Organización del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Ismael Cosío Villegas. 01-XI-2009. Manual de Normas y Políticas de Asepsia del Departamento de Alimentación y Nutrición. D.O.F. 01-VI-2009. OFICIOS CIRCULARES Oficio Circular por el que se da a conocer el Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración Pública Federal. D.O.F. 31-VII-2002. OTROS Criterios para la Certificación de Hospitales. D.O.F. 25-VI-1999. Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud 2012-2015. Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Ismael Cosío Villegas. 15-III-2011. Recomendaciones para la organización y conservación de correos electrónicos institucionales de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 10-II-2009. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 16 V. ATRIBUCIONES De conformidad con el artículo 26 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias, Ismael Cosío Villegas, aprobado el 15 de marzo del 2011 en la nonagésima octava reunión ordinaria de la H. Junta de Gobierno, corresponde al Departamento de Alimentación y Nutrición lo siguiente: ARTÍCULO 26.- En apoyo al Director General, el Instituto contará con el personal de confianza para las funciones de Directores, Subdirectores, Jefes de Departamento, Jefes de Servicio y demás personal de confianza a que se refiere el artículo 5o. de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 constitucional, así como el de base que se requiera para la eficaz atención de los asuntos de su competencia, de acuerdo al presupuesto que tenga asignado. El personal antes citado deberá realizar las actividades asignadas de acuerdo a lo establecido en los Manuales de Organización y/o Procedimientos que corresponda a su área de adscripción. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 17 VI. MISIÓN Y VISIÓN MISIÓN Participar en la rehabilitación respiratoria de los pacientes a través de un soporte nutricional adecuado, así como proporcionar una adecuada alimentación a los trabajadores del Instituto. VISIÓN Mantener la excelencia de atención y calidad a los pacientes que requieren un soporte nutricional para su recuperación y mejorar el rendimiento laboral del trabajador. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 HOJA No. AÑO 11 18 VII. CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de julio de 2002.) BIEN COMÚN Todas las decisiones y acciones del servidor público deben estar dirigidas a la satisfacción de las necesidades e intereses de la sociedad, por encima de intereses particulares ajenos al bienestar de la colectividad. El servidor público no debe permitir que influyan en sus juicios y conducta, intereses que puedan perjudicar o beneficiar a personas o grupos en detrimento del bienestar de la sociedad. El compromiso con el bien común implica que el servidor público esté consciente de que el servicio público es un patrimonio que pertenece a todos los mexicanos y que representa una misión que sólo adquiere legitimidad cuando busca satisfacer las demandas sociales y no cuando se persiguen beneficios individuales. INTEGRIDAD El servidor público debe actuar con honestidad, atendiendo siempre a la verdad. Conduciéndose de esta manera, el servidor público fomentará la credibilidad de la sociedad en las instituciones públicas y contribuirá a generar una cultura de confianza y de apego a la verdad. HONRADEZ El servidor público no deberá utilizar su cargo público para obtener algún provecho o ventaja personal o a favor de terceros. Tampoco deberá buscar o aceptar compensaciones o prestaciones de cualquier persona u organización que puedan comprometer su desempeño como servidor público. IMPARCIALIDAD El servidor público actuará sin conceder preferencias o privilegios indebidos a organización o persona alguna. Su compromiso es tomar decisiones y ejercer sus funciones de manera objetiva, sin prejuicios personales y sin permitir la influencia indebida de otras personas. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 19 JUSTICIA El servidor público debe conducirse invariablemente con apego a las normas jurídicas inherentes a la función que desempeña. Respetar el Estado de Derecho es una responsabilidad que, más que nadie, debe asumir y cumplir el servidor público. Para ello, es su obligación conocer, cumplir y hacer cumplir las disposiciones jurídicas que regulen el ejercicio de sus funciones. TRANSPARENCIA El servidor público debe permitir y garantizar el acceso a la información gubernamental, sin más límite que el que imponga el interés público y los derechos de privacidad de los particulares establecidos por la ley. La transparencia en el servicio público también implica que el servidor público haga un uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier discrecionalidad indebida en su aplicación. RENDICIÓN DE CUENTAS Para el servidor público rendir cuentas significa asumir plenamente ante la sociedad, la responsabilidad de desempeñar sus funciones en forma adecuada y sujetarse a la evaluación de la propia sociedad. Ello lo obliga a realizar sus funciones con eficacia y calidad, así como a contar permanentemente con la disposición para desarrollar procesos de mejora continua, de modernización y de optimización de recursos públicos. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 20 ENTORNO CULTURAL Y ECOLÓGICO Al realizar sus actividades, el servidor público debe evitar la afectación de nuestro patrimonio cultural y del ecosistema donde vivimos, asumiendo una férrea voluntad de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente de nuestro país, que se refleje en sus decisiones y actos. Nuestra cultura y el entorno ambiental son nuestro principal legado para las generaciones futuras, por lo que los servidores públicos también tienen la responsabilidad de promover en la sociedad su protección y conservación. GENEROSIDAD El servidor público debe conducirse con una actitud sensible y solidaria, de respeto y apoyo hacia la sociedad y los servidores públicos con quienes interactúa. Esta conducta debe ofrecerse con especial atención hacia las personas o grupos sociales que carecen de los elementos suficientes para alcanzar su desarrollo integral, como los adultos en plenitud, los niños, las personas con capacidades especiales, los miembros de nuestras etnias y quienes menos tienen. IGUALDAD El servidor público debe prestar los servicios que se le han encomendado a todos los miembros de la sociedad que tengan derecho a recibirlos, sin importar su sexo, edad, raza, credo, religión o preferencia política. No debe permitir que influyan en su actuación, circunstancias ajenas que propicien el incumplimiento de la responsabilidad que tiene para brindar a quien le corresponde los servicios públicos a su cargo. RESPETO El servidor público debe dar a las personas un trato digno, cortés, cordial y tolerante. Está obligado a reconocer y considerar en todo momento los derechos, libertades y cualidades inherentes a la condición humana. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 21 LIDERAZGO El servidor público debe convertirse en un decidido promotor de valores y principios en la sociedad, partiendo de su ejemplo personal al aplicar cabalmente en el desempeño de su cargo público este Código de Ética y el Código de Conducta de la institución pública a la que esté adscrito. El liderazgo también debe asumirlo dentro de la institución pública en que se desempeñe, fomentando aquellas conductas que promuevan una cultura ética y de calidad en el servicio público. El servidor público tiene una responsabilidad especial, ya que a través de su actitud, actuación y desempeño se construye la confianza de los ciudadanos en sus instituciones. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 VIII. ESTRUCTURA ORGÁNICA 1.0.5I.0.4.3.5 DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN 1.0.5I.0.4.3.5.1 COORDINACIÓN HOSPITALARIA 1.0.5I.0.4.3.5.2 ÁREA DE CONSULTA EXTERNA DE NUTRICIÓN 1.0.5I.0.4.3.5.3 COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA 1.0.5I.0.4.3.5.4 COORDINACIÓN DE COMEDOR AÑO 11 HOJA No. 22 MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 IX. ORGANOGRAMA COORDINACIÓN HOSPITALARIA 1.0.5I.0.4.3.5.1 ÁREA DE CONSULTA EXTERNA DE NUTRICIÓN 1.0.5I.0.4.3.5.2 DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN 1.0.5I.0.4.3.5 COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA 1.0.5I.0.4.3.5.3 COORDINACIÓN DE COMEDOR 1.0.5I.0.4.3.5.4 HOJA No. 23 MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 24 X. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES 1.0.5I.0.4.3.5 DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN OBJETIVO: Auxiliar mediante un plan nutricional en la rehabilitación respiratoria, disminuyendo la morbi-mortalidad, la hospitalización prolongada, en conjunto con el equipo multidisciplinario. Así como, proporcionar una alimentación adecuada a la base trabajadora para el buen rendimiento de sus labores dentro del Instituto. FUNCIONES: Organizar, distribuir y supervisar las actividades de las diferentes áreas integrantes del Departamento Alimentación y Nutrición a fin de otorgar la más alta calidad de atención, así como verificar que el personal permanezca en el desempeño de sus funciones con la finalidad de corroborar la permanencia y calidad de l trabajo que realizan. Participar en el suministro de servicios de alimentos a eventos académicos y especiales del Instituto, como requerimiento especial y cortesía en el desarrollo de dichos eventos. . Asesorar a los servicios clínicos con la atención médico nutricional de aquellos pacientes cuyas condiciones clínicas lo requiera, con el objeto de brindar información que permita una mejora en los pacientes. Determinar el Plan nutricional del paciente neumopata a los principios científicos y éticos que oriente la práctica médica y nutricional conforme a las necesidades específicas del paciente. Realizar evaluaciones nutricionales previas a los pacientes en base a los indicadores clínicos, nutricionales, antropométricos y bioquímicos con la finalidad de aplicar el tratamiento adecuado al paciente. Proponer las actividades de capacitación y académicas para el crecimiento del equipo profesional. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 25 1.0.5I.0.4.3.5.1 COORDINACIÓN HOSPITALARIA OBJETIVO: Proporcionar un tratamiento nutricional óptimo para el apoyo en la recuperación de la salud del paciente en el área hospitalaria. FUNCIONES: Organizar y coordinar todos los procesos operativos y administrativos para el suministro de alimentos a pacientes. Participar en la atención médica de los pacientes en conjunto con el equipo interdisciplinario para otorgar un tratamiento integral e individualizado, identificando las necesidades nutricionales con la finalidad de ayudar a su recuperación durante su estancia hospitalaria. Verificar que el montaje de alimentos y la distribución de dietas se realicen correctamente para que se cumpla con el plan nutricional. Vigilar que cada paciente y/o su familiar reciban la orientación nutricional o tratamiento durante su estancia para que tengan el conocimiento y participación en el objetivo del tratamiento. Canalizar al paciente a consulta externa para el seguimiento y control del plan nutricional. Integrar el formato de evaluación nutricional de cada paciente en su expediente clínico con la finalidad de contar con un respaldo documental del seguimiento del tratamiento nutricional. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 26 1.0.5I.0.4.3.5.2 ÁREA DE CONSULTA EXTERNA DE NUTRICIÓN OBJETIVO: Contribuir con el seguimiento y continuidad del tratamiento nutricional de los pacientes egresados de una hospitalización y ambulatorios del Instituto. FUNCIONES: Brindar a los usuarios del área de consulta externa de nutrición un servicio de calidad con la finalidad de contribuir en la rehabilitación respiratoria. Determinar el estado nutricional del paciente de acuerdo con los parámetros antropométricos, clínicos y bioquímicos para conocer los indicadores adecuados del plan nutricional, con el objeto de establecer un tratamiento individualizado a través del cual se intentará disminuir el efecto de la patología respiratoria. Dar continuidad y seguimiento de la terapia nutricional a los pacientes canalizados de los servicios clínicos para asegurar que se logre el restablecimiento del estado nutricional. Actualizar y/o integrar el formato de evaluación nutricional al expediente clínico para contar con el respaldo documental del seguimiento del tratamiento nutricional. Asesorar y realizar programas educativos dirigidos a pacientes y/o familiares en materia de nutrición con la finalidad de involucrarlos en el tratamiento nutricional y dar a conocer los beneficios de una adecuada alimentación. Proporcionar información para la elaboración del programa presupuesto así como del desarrollo de proyectos a solicitud de la autoridad superior. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 27 1.0.5I.0.4.3.5.3 COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA OBJETIVO: Coordinar todos los aspectos administrativos y operativos de los recursos con los que cuenta el Departamento, que garantice la calidad del servicio óptima. Así como, garantizar el aprovechamiento óptimo de estos. FUNCIONES: Supervisar y coordinar los procesos operativos y administrativos del personal para verificar el cumplimiento de los objetivos del Departamento. Organizar y coordinar los procesos operativos del suministro de alimentos para el área hospitalaria y comedor del Instituto para garantizar su disponibilidad en tiempo y forma. Supervisar que se realice en cantidad y calidad la producción de alimentos con la finalidad de brindar un servicio de excelencia acorde al Instituto. Vigilar y controlar la calidad de la materia prima con la finalidad de cumplir con las normas establecidas por la Institución y las normas oficiales mexicanas. Solicitar intercambio de información técnica con áreas que integran el Departamento para garantizar la eficiencia de los recursos y operatividad del servicio. Participar en el desarrollo de proyectos e informes a solicitud de las autoridades inmediatas para la determinación de los planes y objetivos de la Institución. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 28 1.0.5I.0.4.3.5.4 COORDINACIÓN DE COMEDOR OBJETIVO: Elaborar y proporcionar diariamente un servicio de alimentación que satisfaga las necesidades nutritivas del personal que labora en el Instituto de manera suficiente, higiénica y oportuna. FUNCIONES: Planear, organizar el plan de producción de alimentos para su procesamiento en tiempo y forma, así como supervisar y efectuar reporte de las condiciones del equipo industrial para su conservación y funcionamiento óptimo. Supervisar, organizar y coordinar los servicios para la atención a eventos especiales con la finalidad de otorgar los recursos y servicios de alimentos requeridos para el desarrollo de dichos eventos. Realizar los procedimientos administrativos para la solicitud de los recursos (materiales y humanos) para que el procesamiento de alimentos se desarrolle de manera eficiente. Coordinar la atención y calidad que otorga el servicio de comedor, supervisando el control y aprovechamiento máximo de los recursos con la finalidad de optimizar los mismos. Verificar la puntualidad de los servicios con el objeto de cumplir con los horarios establecidos para la distribución de los alimentos. Verificar el cumplimiento de la Normativa Vigente del comedor para garantizar que solo el personal autorizado reciba óptimamente sus alimentos. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 29 XI. GLOSARIO DE TÉRMINOS ACTIVIDAD: Conjunto de operaciones, afines, sucesivas que forman parte de un procedimiento, ejecutado por una misma persona o por una unidad administrativa. ACUERDO: Es la resolución o disposición tomada sobre algún asunto por un tribunal, órgano de la administración o personal facultada, a fin de que se ejecute uno o mas actos administrativos. ATENCIÓN MÉDICA. Conjunto de servicios que se proporcionan al usuario, con el fin de prevenir, proteger, promover y restaurar su salud. ATRIBUCIÓN. Es la definición por medio de la ley de la competencia de los órganos políticos y administrativos del estado. CALIDAD DE LA ATENCIÓN. Propiedad que la atención médica puede poseer en grados variables, en cuanto a su estructura, proceso y resultados y repercute en la satisfacción del usuario. COORDINACION: Es un proceso de integración de acciones administrativas de una o varias instituciones, órganos o personas que tienen como finalidad, obtener de las distintas áreas de trabajo, la unidad de acción necesaria para contribuir al mejor logro de los objetivos. Acto de intercambiar información entre las partes de un todo. Opera vertical y horizontalmente para asegurar el rumbo armónico y sincronizado de todos los elementos que participan en el trabajo. DEPENDENCIA: Es aquella Institución subordinada en forma directa al titular del poder ejecutivo federal en el ejercicio de sus atribuciones y para el despacho de los asuntos del orden administrativo que tiene encomendados, las dependencias de la Administración Publica Federal y la Procuraduría General de la República, según la establece la ley orgánica de la administración publica federal, también se les ha dado en llamar dependencias de estado del gobierno federal. DOCUMENTO: Soporte, generalmente de papel, con datos registrados sobre el mismo, apto para la utilización del nombre en la transmisión y recepción de información escrita, de caracteres gráficos o de símbolos. ESTRUCTURA ORGÁNICA. Disposición sistemática de los órganos que integran a una institución, conforme a criterios de jerarquía y especialización, ordenados y codificados de tal forma que sea posible visualizar los niveles jerárquicos y sus relaciones de dependencia. EVALUACIÓN: Es la revista detallada y sistemática de un proyecto, plan u organismo en su conjunto con el objeto de medir el grado de su eficacia, eficiencia y congruencia con que se cuenta en un momento determinado para alcanzar los objetivos propuestos. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 30 FUNCIÓN. Mandato formal permanente e impersonal de una organización o de un puesto de trabajo. INER: Siglas del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Ismael Cosío Villegas. INFORMACIÓN: Conjunto de datos procesados que se presentan para dar a conocer el comportamiento de hechos y fenómenos para apoyar la toma de decisiones. INSTITUTO: Organismo perteneciente a la administración de un Estado o Nación. LEY: Norma jurídica obligatoria general didáctica por legítimo poder para regular la conducta de los hombres y establecer los órganos necesarios para el cumplimiento de sus fines. LINEAMIENTO. Directriz que establece los límites dentro de los cuales han de realizarse ciertas actividades, así como las características generales que éstas deberán tener. MANUAL. Documento que contiene información válida y clasificada sobre una determinada materia de la organización. Es un compendio, una colección de textos seleccionados y fácilmente localizables. MANUAL DE ORGANIZACIÓN. Documento que contiene información válida y clasificada sobre la estructura, funciones y productos departamentales de una organización. Su contenido son organigramas y descripción departamental, de funciones y de productos. MISIÓN: Es la razón de ser de la unidad administrativa que explica su existencia y el fin para el que fue creada. OBJETIVO: Es el propósito que se pretende cumplir y que específica con claridad el qué y para qué se proyecta y debe realizar una determinada acción. OBJETIVO ESPECÍFICO: Es la especificación de una parte del objetivo general. El conjunto de objetivos específicos logran el objetivo general. OBJETIVO GENERAL: Se define como "un deseo a lograr". ORGANIZACIÓN: Es coordinar las actividades de los individuos que forman parte de una institución o empresa, para lograr el mejor aprovechamiento de los elementos humanos, materiales y financieros de la misma. ORGANIZAR: Acto de acopiar e integrar dinámica y racionalmente los recursos de una organización o plan, para alcanzar resultados previstos mediante la operación. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 AÑO 11 HOJA No. 31 ORGANOGRAMA: Es la representación gráfica de la estructura formal de una organización, según división especializada del trabajo y niveles jerárquicos de autoridad. RECURSOS: Son los medios que se emplean para realizar las actividades a ejecutar por una persona que posee determinados requisitos a cambio. VISIÓN: Representa el escenario deseado que se quiera alcanzar en un periodo determinado para la unidad administrativa. MANUAL DE ORGANIZACIÓN ESPECÍFICO FECHA DE AUTORIZACIÓN DEPARTAMENTO DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN DÍA 06 MES 06 HOJA No. AÑO 11 XII. AUTORIZACIÓN REALIZÓ REVISÓ _________________________ Dra. Alejandra Gamiño Pérez Jefe del Departamento de Alimentación y Nutrición _________________________ L.A.I. Eduardo Morales Torres Departamento de Planeación SANCIONÓ APROBÓ _________________________ Dr. Raul Peñuelas Baldenebro Jefe del Departamento de Planeación _________________________ Lic. Guadalupe Gómez Navarro Jefa del Departamento de Asuntos Jurídicos y Secretaria del Comité de Mejora Regulatoria Interna AUTORIZÓ ___________________________ C.P. Mario A. Ortiz Esquivel Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales ___________________________ C.P Ma. Edith S. Escudero Coria Directora de Administración 32