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16/09/2015
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Nacional
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NOTICIAS DE UP||COMPETENCIA
La Educación Médica
Continuada y su acreditación:
Un proceso evolutivo
Manuel García Abad
Director General.
Livemed Iberia.
A partir de 2017, se abrirá un nuevo escenario como consecuencia de la entrada
en vigor de la Directiva Europea de Cualiicaciones Profesionales que hará
obligatoria la educación médica continuada de los profesionales de la salud.
La nueva normativa favorecerá la ya importante relación de colaboración
entre médicos e industria farmacéutica.
L
a educación médica continuada
(EMC) es una actividad que los
médicos siempre han realizado,
la mayor parte de las ocasiones a
título personal, y que es inherente a la
propia naturaleza de la profesión. La
continua actualización es la esencia
misma del ejercicio médico con el
in último de ofrecer a los pacientes
el mejor estándar de calidad en la
atención de sus problemas.
La EMC es una formación no
reglada, necesaria para el incesante
progreso cientíico y técnico que se
está produciendo en las ciencias de
la salud, con una incidencia directa en la organización y funcionamiento de la asistencia médico-sanitaria, cada vez más compleja y
eicaz. Se deine como un proceso de enseñanza-aprendizaje activo y permanente al que tiene derecho y obligación el profesional,
que se inicia al inalizar los estudios de grado o de especialización.
La evolución de la sociedad actual ha ido marcando la necesidad de regular y veriicar esta actividad formativa de los médicos,
siendo Estados Unidos el país que marcó la pauta y el modelo a
seguir, instaurando sistemas de acreditación y control de los distintos tipos de educación médica, modelos que fueron aceptados,
imitados y asimilados en los países desarrollados de occidente y
otras naciones emergentes.
En España, después de unos años de transición desde la
formación y acreditación en los hospitales, universidades,
colegios de médicos y más tarde
con el concurso de las sociedades
científicas, el proceso cristalizó en
la creación en 1997, y en virtud del
Convenio de Conferencia Sectorial,
de una entidad la Comisión de
Formación Continuada (CFC) del
Sistema Nacional de Salud, dependiente del Ministerio de Sanidad y
Consumo, la cual inició la acreditación, en febrero de 1999, de las
actividades formativas en distintas
profesiones sanitarias (médicos, farmacéuticos, veterinarios y enfermeras). La idea, según explicaba Jesús
Ramírez, primer presidente de la CFC, era estudiar la situación
de la formación continuada no solo en el resto de países de
la Unión Europea, sino también en Estados Unidos y dotarla
de una configuración diferente integrando en el seno de una
única Comisión toda la representación autonómica competente
ante el mundo científico-profesional e implicando a Sociedades
Científicas, Comisiones Nacionales de Especialidad y Universidades así como a Colegios Profesionales, excelentes promotores de actividad de formación continuada. El acuerdo adoptado
por la Comisión determinó claramente la necesidad de separar
inexorablemente el hecho acreditador de la provisión de actividad ya que, se decía, ningún sistema de acreditación tiene que
estar contaminado con la provisión de actividad. Y en cuanto a
su utilidad ya se intuía que cambiaría el curriculum profesional
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con la aportación de un sistema homologado de asignación de
créditos para la valoración de méritos lo cual daría validez para
optar a concursos de plazas, para promociones o para el desarrollo de la carrera profesional. El modelo español no se inspiró
en ningún otro aunque realmente se parece mucho al modelo
de Estados Unidos si bien se diferencia claramente de éste, en
el carácter voluntario del primero.
Con la creación de SEAFORMEC se
mejoró sensiblemente la metodología
en la evaluación de las actividades
adoptando medidas que acercaron el
sistema español a los internacionales,
en concreto a aquellos con los que
existían acuerdos de convenio para el
reconocimiento e intercambio de créditos,
como con la Unión Europea de Médicos
Especialistas(UEMS) y la American
Medical Association (AMA).
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NOTICIAS DE UP||COMPETENCIA
Delegación del sistema de acreditación
Tras unos años de funcionamiento en solitario del sistema de
acreditación, el Ministerio de Sanidad encomendó en 2002 a
la Organización Médica Colegial (OMC), representante de los
médicos, principales actores de estas actividades, la gestión de la
acreditación; para ello se creó SEAFORMEC (Sistema Español de
Acreditación de la Formación Continuada), ente integrado por los
distintos estamentos que así mismo representan a la profesión
médica: la propia OMC, la Federación de Asociaciones CientíicoMédicas de España (FACME). La Conferencia de Decanos de
Facultades de Medicina y el Consejo Nacional de Especialidades
Médicas (CNE) y constituido por una Comisión de Gobierno
integrada por los cooperantes del convenio, un director técnico
nombrado por la Comisión, una secretaría técnica y un comité
de evaluación constituido por cinco miembros nombrados por la
Comisión de Gobierno. Por otro lado, el Comité de Auditorías con
el objetivo de desarrollar las normas y baremos.
Con la creación de SEAFORMEC se mejoró sensiblemente la
metodología en la evaluación de las actividades adoptando
medidas que acercaron el sistema español a los internacionales,
en concreto a aquellos con los que existían acuerdos de convenio
para el reconocimiento e intercambio de créditos, como con la
Unión Europea de Médicos Especialistas(UEMS) y la American
Medical Association (AMA).
Sin embargo y como consecuencia del recurso interpuesto por
la comunidad autónoma de Aragón ante el Tribunal constitucional,
este organismo dictaminó en 2011 la retirada al Ministerio de Sanidad y SEAFORMEC de las competencias acreditadoras y su traslado
a las comunidades autónomas para su implementación en estructuras dependientes de las respectivas consejerías de sanidad.
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El largo camino iniciado en 1997
concluirá veinte años más tarde con
la aplicación en 2017 de la Directiva
Europea de Cualiicaciones Profesionales,
que engloba los procesos de Desarrollo
Profesional (DP) y Desarrollo Profesional
Continuo (DPC) y con lo que se
establecerá un sistema de intercambio del
reconocimiento mutuo de los sistemas de
DPC entre los 28 Estados miembros de la
UE para todas las profesiones sanitarias.
Desde entonces el proveedor de la actividad formativa ha de
someterla a acreditación en la Comunidad en la que reside y los
participantes residentes en otras Comunidades ven reconocidos
los créditos otorgados.
EACCME, el sistema acreditador europeo
Es el Consejo de Acreditación Europea para la Formación Médica
Continuada y fue creado por la UEMS en 1999 con el in de facilitar el acceso de los especialistas europeos a programas cualiicados de FMC, contribuyendo a la calidad de la oferta de esta FMC
en Europa y facilitar el intercambio de los créditos de FMC a nivel
continental.
Su importancia radica en la dimensión internacional que posee
este organismo y su gestión se basa en un órgano de gobierno,
council de la UEMS, constituido por representantes de las asociaciones nacionales de los países miembros y un consejo asesor.
Además, existe un secretariado gestionado por la ejecutiva de
la UEMS que garantiza el funcionamiento cotidiano del EACCME.
El propósito principal de EACCME es facilitar a los médicos europeos el acceso a los eventos de FMC internacionales, otorgando
créditos a las actividades organizadas en Europa y permitir a los
médicos obtener estos créditos a través de las autoridades competentes en sus países.
Los organismos reguladores nacionales siguen existiendo, por
tanto, el EACCME no es un organismo supranacional. La última
palabra sobre la acreditación la tienen los respectivos organismos
nacionales, donde tiene lugar la actividad formativa en cuestión.
En 2003 Helios Pardell, a la sazón director técnico de SEAFORMEC, abundaba en la importancia del acuerdo con EACCME y su
utilidad en las iniciativas individuales de los médicos españoles a
PMFARMA.COM | SEPTIEMBRE - OCTUBRE 2015
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nivel internacional en relación con la libre circulación de profesionales en el ámbito europeo o con sistemas de promoción
profesional internacional.
Validación Periódica de la Colegiación (VPC)
Recientemente hemos asistido a la creación de este programa por
parte de la Organización Médica Colegial. Es un proceso que parte
de la consideración de que el acto médico ha de ofrecer la mejor
atención al paciente y a la ciudadanía en cada lugar y situación
para garantizar a los ciudadanos un modelo de asistencia de calidad contrastada, realizada por profesionales competentes. El quid
está, como dice Arcadi Gual, responsable del área profesional de
la OMC, en que hay que convencer de que se trata de un proceso
muy sencillo, coherente, accesible en beneicio del paciente pero
también del propio médico, que queda avalado y respaldado por
su corporación, por su grupo cientíico y, en términos generales,
por su comunidad.
El proceso certifica, por periodos de seis años, que la preparación y formación del colegiado supera los requisitos para
ejercer como médico. En concreto certifica que el médico no
tiene expediente deontológico, acredita que está en aptitud
psicofísica idónea para atender a los pacientes, certifica la vida
laboral en la empresa en que trabaja y acredita su formación
médica continuada, siendo este último requisito opcional. Por
tanto, estamos asistiendo a una iniciativa respaldada por las
sociedades científicas de cumplimentación obligatoria, en el
futuro, por todos los colegios médicos y que va mas allá de la
FMC en el sentido de que ésta, es solo uno de los requisitos
para la VPC.
2017, inicio de la recertiicación obligatoria
El largo camino iniciado en 1997 concluirá veinte años más tarde
con la aplicación en 2017 de la Directiva Europea de Cualiicaciones Profesionales, que engloba los procesos de Desarrollo
Profesional (DP) y Desarrollo Profesional Continuo (DPC) y con lo
que se establecerá un sistema de intercambio del reconocimiento
mutuo de los sistemas de DPC entre los 28 Estados miembros
de la UE para todas las profesiones sanitarias, según ha señalado
recientemente Carlos Moreno, director general de Ordenación
Profesional del MSSSI.
La Unión Europea, pondrá in, por tanto, a los diferentes criterios de sus países miembros que durante muchos años ha hecho
posible que la EMC fuera obligatoria solo en algunos de ellos y al
criterio de voluntariedad de la EMC vigente hasta ahora en España. Todo ello se supone que redundará en beneicio del paciente
y de la calidad asistencial y, por supuesto, en su seguridad. En este
sentido, la iniciativa sobre la VPC se puede considerar como un
adelanto de lo que será la aplicación de la Directiva y como señala
Arcadi Gual “Hasta que la VPC no sea VPC-Recertiicación”, proceso
que se fraguará junto con las Sociedades Cientíicas, no se podrá
certiicar que ese profesional es, al cien por cien, competente en
su especialidad.