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HOSPITAL TRAUMATOLÒGICO Y QUIRÙRGICO
PROFESOR “JUAN BOSCH”
DEPARTAMENTO DE EPIDEMIOLOGÌA
COMITÉ DE BIOÈTICA HOSPITALARIO
(CEH).
Municipio El Pino, La Vega, República Dominicana.
Octubre, 2012.
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COMITÉ DE BIOÈTICA HOSPITALARIO
(CEH)
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Contenido
I.- Antecedentes generales…4
II.- Definición del CEH…6
III.- Composición del CEH…8
IV.- Funciones del CEH…11
V.- Métodos y estrategias de acción del CEH…13
VI.- Bibliografía…16
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I.- Antecedentes generales
El término Bioética fue acuñado en 1971 por Van Rensselaer Potter en Estados
Unidos. Se había detectado la ruptura entre el saber científico y el saber
humanístico, creando la necesidad de establecer un puente entre los valores
éticos y los hechos biológicos, donde el núcleo conceptual se fundamenta en el
hecho de que el hombre se interrogue acerca de la relevancia moral de su
existencia e intervención sobre la vida.
Se trata de superar la tendencia
pragmática del mundo moderno de aplicar el saber sin una mediación racional y
moral.
La bioética enfoca su intervención hacia: a) la supervivencia frente al progreso
científico, y b) la posibilidad de crear tecnología capaz de dañar al hombre, su
medio y la biosfera.
La normativa hacia la investigación científica en seres humanos, abrió un
importante capítulo al campo de la Bioética, al considerar los aspectos éticos,
sociales y legales en la ciencia de la salud.
Antecedentes importantes en materia Bioética lo encontramos en el código de
Nüremberg (1946), la Declaración de los Derechos humanos (1948), el código
de Ética Médica (Ginebra, 1948) por parte de la Asociación Médica Mundial, en
el código islámico de ética médica (Kuwait, 1981), el Código de Helsinki acerca
de la experimentación y las investigaciones biomédicas, la Declaración de
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Sydney acerca de la determinación del momento de la muerte y los cuidados en
la fase terminal de la enfermedad, y los Principios de Ética Médica Europea de
la Conferencia Internacional de los Colegios Médicos de la Unión Europea.
Se parte del conocimiento de que el médico aislado que debe decidir
rápidamente distintas conductas terapéuticas y la posibilidad de utilización de
nuevas tecnologías, referidas a pacientes graves, muchas veces incapaces, está
expuesto a cometer errores o priorizar intereses diferentes de los del
paciente. Se trata entonces de la existencia de un grupo de profesionales de la
salud provenientes de distintos ámbitos con posibilidades de tomar decisiones
éticamente válidas, flexible, aplicando normas, tecnología y considerando caso
en particular.
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II.- Definición del Comité de bioética hospitalario
El propósito del CEH es proveer un ámbito de reflexión de los problemas éticos
en la atención de los pacientes en el hospital Traumatológico y Quirúrgico
“Profesor Juan Bosch”, promoviendo la inclusión de los planteamientos éticos
en todos los pacientes de la institución por parte del equipo de atención en
salud.
Es un grupo transdisciplinario que se ocupa de la consulta, estudio,
investigación, consejo y docencia frente, a dilemas éticos surgidos en la
práctica hospitalaria.
Es una instancia de ayuda y apoyo en el marco de la
relación-intervención médico-paciente.
La intervención del Comité, considera:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
la complejidad del problema que se le presenta,
las diversas posturas que asume el entorno social,
la necesidad de la defensa de los derechos del paciente,
la valoración del problema y su intervención multidisciplinar,
los recursos convencionales de salud,
el conocimiento, creencias, actitudes y prácticas de los pacientes
en relación a su padecimiento,
g) la defensa a la vida, la salud, el bienestar del paciente, situado en un
contexto de debilidad.
El comité de ética hospitalario (CEH) debe brindar compañía humana-afectiva
calificada a los integrantes del equipo de salud, al paciente, a su familia o a
quien lo requiera. No debe tomar decisiones sino proporcionar recomendaciones
y consejo a los que sí deben tomarlas.
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La opinión del CEH luego de una consulta no es vinculante.
El comité de bioética no se centra en determinar posibles errores de atención,
esto corresponde al Comité de Calidad de la Atención Médica y Seguridad del
Paciente, sino en la actitud ética de los profesionales. No debe ni puede asumir
las funciones de un tribunal ético profesional, órgano de control y régimen
disciplinario creado y reglamentado por el Estado para la Vigilancia del
cumplimiento de la Ley General de Salud (42-01) y la Ley de Seguridad Social
(87-01) que regulan la práctica medico-asistencial en Dominicana. El comité no
se encargará de la revisión de conductas profesionales, no será sustituto de
revisión legal o judicial, tampoco reemplazará los lugares tradicionales de
decisión en estos aspectos. El análisis y juicio del acto médico es competencia
de otras instancias y comités. Si en el desarrollo del acto médico se encuentra
comprometido el comportamiento ético de uno de los participantes en este
acto médico, la Dirección Médica podrá solicitar concepto y competencias al
Comité.
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III.- Composición del CEH
Tendrá un número impar de integrantes. El CEH del HTQPJB estará
constituido por 13 miembros, a saber:
Coordinación del CEH
1.-Presidente del Comité: Director general del hospital.
2.-Vice-Presidente del Comité: Director médico.
3.-Un Secretario.
Miembros del CEH
4.-Gerente servicio de cirugía,
5.-Gerente servicio de la unidad de cuidado intensivo,
6.-Gerente de servicio de ortopedia y traumatología,
7.-Gerente de los servicios de enfermería,
8.-Gerente de auditoría médica,
9.-Gerente de trabajo social,
10.-Gerente departamento legal,
11.-Gerente Atención al Usuario,
12.-Representante de la Alianza o Asociación de Usuarios,
13.-Representante religioso.
La actitud de los integrantes del CEH, se fundamenta en el respeto a las
personas, la pluralidad de ideas, el consenso, la confianza, la apertura, el
diálogo, la participación del grupo, la solidaridad y cooperación, los
fundamentos legales, la educación, la pretensión de universalidad, el
“antipoder”, el desinterés, la generosidad y la libertad de acción y
pensamiento de todos los miembros.
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Funciones del Presidente
a) Definir el orden del día de las reuniones ordinarias.
b) Decidir las prioridades en el orden de presentación de pacientes y de los
temas a tratar.
c) Invitar por decisión individual o a propuesta del Comité a personas cuya
interacción con el Comité pueda resultar enriquecedora.
d) Hacer recomendaciones al personal de salud en lo que respecta a la forma
de presentar los pacientes.
e) Contribuir al mantenimiento de vínculos con otros Comités de ética
hospitalarios.
f) Elevar al Comité Ejecutivo del hospital un informe semestral de las
actividades realizadas por el Comité.
Funciones del Secretario del Comité
a) Convocar a las reuniones ordinarias y extraordinarias.
b) Coordinar la logística de las reuniones (salones, refrigerios, apoyos
audiovisuales…).
c) Llevar las actas de las reuniones.
d) Recibir las solicitudes del personal de salud para el análisis de los problemas
éticos en el Comité.
e) Consignar la asistencia a las reuniones en el acta respectiva.
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De los miembros del Comité
a) Los miembros del Comité ejercerán sus funciones por dos años, y
podrán ser reelegidos por un período. Al finalizar los dos años de
gestión, el Comité propondrá la nueva composición del Comité a la
Dirección Médica.
b) Todos los integrantes del CEH tienen derecho a voz y voto.
c) Se incorporarán personas que hayan demostrado sólidos principios morales y
éticos además de interés en la bioética.
d) El Comité podrá prescindir de uno de sus miembros de forma transitoria o
definitiva cuando: i) por actuación en contra de la moral y la ética esa
persona se vea comprometida en investigación y/o fallo condenatorio
de un organismo competente, ii) cuando demuestra desinterés en las
reuniones y trabajos del Comité ,
e) Asistencia de los miembros del Comité a las reuniones ordinarias. Se
consignará la asistencia en el acta respectiva. La inasistencia sin justificación
de miembros del Comité a 4 reuniones ordinarias continuas ó 6 discontinuas
durante un año calendario será condición suficiente para provocar su retiro.
Sólo en el caso de que haya decisión unánime del Comité, el miembro podrá
solicitar su reincorporación a la Dirección Médica.
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IV.- Funciones del CEH
a) Función consultiva:
■ Revisión del expediente clínico del paciente que presentó algún
problema ético,
■ Cuestionamiento ético “concurrente” (estando el paciente
hospitalizado) acerca de la atención médica de un paciente. Se
precisa resolución inmediata.
■ Analizar las inquietudes y demandas sobre prestación de servicios de
la institución, por violación de los derechos y deberes del
paciente.
■ Asesorar al personal de salud en la solución en forma
interdisciplinaria de los problemas éticos que surjan de la actividad
asistencial en la práctica clínica.
■ Invitar a personas que puedan contribuir a mejorar las actividades de
análisis de casos.
b) Función normativa:
■ Considera todos los protocolos generados por los diferentes comités
hospitalario, con especial énfasis en las guías de práctica clínica, y en
las leyes y reglamentos del Ministerio de Salud en torno a la práctica
de la medicina asistencial.
■ Liderar campañas y programas dirigidos a constituir una cultura de
servicio en el hospital y difundir la importancia que representa el
respeto a los derechos de los pacientes.
■ Divulgar entre los funcionarios y la comunidad usuaria de servicios los
derechos y deberes en salud; y fijar en lugar visible de la institución
hospitalaria el decálogo del paciente.
■ Celebrar reuniones de análisis de casos de pacientes.
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■ Consignar en la historia clínica las sugerencias elaboradas en las
reuniones, en aquellas situaciones que se considere conveniente.
■ Proveer un ámbito de análisis de pacientes problemáticos, en quienes
las decisiones diagnósticas o terapéuticas puedan afectar su
inteligencia, su sexo, su capacidad reproductiva o su capacidad física en
forma significativa.
■ El Comité de bioética debe servir como un ámbito de reflexión en el que
cualquier integrante del equipo de salud pueda expresar sus dificultades y
conflictos que se plantean en el quehacer diario de la atención a pacientes,
y aún más, plantear los problemas que pueden surgir con otros integrantes
del grupo tratante, siempre tomando como objetivo fundamental el bienestar
del paciente. Se considera conveniente que los problemas estrictamente
deontológicos sean dirimidos en otro ámbito distinto al comité de bioética
hospitalaria.
■ Dictar normas acerca de formas de analizar los problemas éticos y
guías operativas en torno a problemas en pacientes tipificados.
c) Función docente:
■ Educación ética en torno a la clínica,
■ Considerar el código deontológico, las normas de investigación y la
experimentación en el marco de la intervención clínica,
■ Evaluar las nuevas tecnologías antes de su aplicación,
■ Recomendar el uso racional de los recursos hospitalarios,
■ Crear un espacio para la discusión de los temas bioéticos,
■ Describir claramente las prácticas diagnósticas y el tipo de
terapéutica utilizada.
■ Contribuir a la capacitación del personal de salud en las formas de
aproximación y análisis de los problemas éticos.
■ Brindar educación al personal de salud de la institución para enfrentar
este tipo de problemas.
■ Enriquecer el archivo bibliográfico acerca de la bioética.
V.- Métodos y estrategias de acción del CEH
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a) Recolección de datos en torno a un problema con implicaciones a la ética
que se haya presentado. Engloba los antecedentes médicos, la
prevención, el diagnóstico, el tratamiento, el pronóstico, y el desenlace
de la intervención integral realizada.
b) Identificar toda situación relacionada con la ética de la intervención
sanitaria, aún aquellas que parezcan irrelevantes.
c) Evaluación de las opciones éticas basado en la normativa existente.
d) Hacer recomendaciones por comprensión del problema ético
identificado, consignando la opinión en la historia clínica del paciente, y
en el acta de la reunión del CEH.
e) El informe que emite el CEH no es vinculante, quien presenta la consulta
y toma finalmente la decisión, no está exento de la responsabilidad
profesional.
f) El CEH emite una opinión técnica, multidisciplinaria, de forma clara y
coherente, fundamentada en hechos, sin efectos jurídicos para
terceros, apegada a la verdad, pensando siempre en el bienestar del
paciente.
g) El comité se reunirá en forma ordinaria una vez por mes.
El Comité podrá celebrar reuniones extraordinarias, cuando así se requiera.
Las decisiones o propuestas deberán estar validadas con la presencia de la
mitad más uno de sus miembros. Se considera conveniente que las reuniones
extraordinarias sean un recurso de excepción, y las recomendaciones que se
propongan en ellas, deberán surgir de la reflexión cuidadosa, sin
apresuramientos. Esto es válido para las reuniones ordinarias.
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Este Comité reconoce dos grandes tipos de problemas:
1. Los referentes a la ética clínica:
Son problemas con pacientes definidos y personalizados. Se consulta al Comité
sobre la forma más ética de actuar con un paciente determinado.
Cualquier agente del hospital puede solicitar opinión al Comité, siempre que se
cumplan estos requisitos:
■ disponer de la información suficiente y necesaria sobre el paciente y su
situación.
■ formular los interrogantes acerca de los cuales se requiere una reflexión
ética.
2. Los referentes a la ética institucional:
Son dificultades con un tipo de paciente o un tipo de patología o conducta y
cuyas implicaciones trascienden el ámbito institucional. De cada reunión del
comité se levantará un acta, la cual se deberá presentar para aprobación y
firma de todos sus miembros en la siguiente reunión ordinaria
Este registro solo se podrá entregar a la autoridad competente por orden
judicial o requerimiento especial de alguna organización acreditada.
Para que sus decisiones o propuestas sean válidas, estarán presentes al menos
la mitad más uno de sus miembros. De no cumplirse este requisito, se
procederá a escuchar la consulta efectuada al Comité, y se esperará a reunir
un mínimo suficiente de miembros para dar una recomendación.
El comité pondrá todo su empeño para que tanto la toma de decisiones clínicas
delegadas como sus recomendaciones sean respaldadas por unanimidad de sus
integrantes; de no ser así, solo se considerarían decisiones del comité si han
sido respaldadas como mínimo por la mitad más uno de los miembros. Las
salvedades de voto pueden quedar consignadas en el documento final si así
consideran quienes las originen.
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Las opiniones o recomendaciones del Comité no son de obligatorio cumplimiento.
Serán registradas en un libro de actas como propuestas que serán firmadas
por el Presidente y el Secretario. Sí el Comité o el profesional a cargo del
paciente lo considerara conveniente, se registrará la propuesta del Comité en
la historia clínica, que será firmada por el Presidente y el Secretario.
.
Como regla general nadie que esté personalmente comprometido en un caso en
cuestión, podrá participar de las deliberaciones y toma de decisiones del
Comité mientras el caso es estudiado y considerado.
El comité dará un énfasis especial a la calidad y cantidad de la información y al
establecimiento de los hechos que servirán de base para la toma de decisiones.
Para tal fin el consultante diligenciará la Forma de Solicitud de
Recomendación sobre caso clínico.
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VI.- Bibliografía.
1.-Comité Colombiano de ética hospitalario. Ministerio de Salud. Bogotá.1996.
2.- Guzmán F, Franco E, Morales MC, Mendoza J. El Acto Médico:
Implicaciones Eticas y Legales. En: Serrano L. Medicina, Cirugía y
Profesiones Paramédicas. Tomo I. Legislación. Ed Derecho Colombiano.
1998. P 7-24.
3.- -Guzmán F, Mendoza J, González N. Qué es Etica Médica ? En: Guzmán F y
cols. De La Responsabilidad Civil Médica. Biblioteca Jurídica Dike. Ediciones
Rosaristas. Medellín, 1995.318-347
4.-Guía para el funcionamiento del Comité de Calidad de la Atención Médica y
Seguridad del Paciente. Hospital Traumatológico y Quirúrgico “Profesor
Juan Bosch”, La Vega, República Dominicana. Febrero, 2012. 17p.
5.-Moreno Lazaro A. Bioética y profesionalismo médico.
Disponible en: http://es.slideshare.net/junioralcalde2/seminario-8-bioética-y
profesionalismo médico-presentation#btnNext
6.-Rodríguez Arias D. Qué es la bioética médica?
Disponible en: http://joomlashack.com/professional-joomla-templates
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