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REGLAMENTO GENERAL de trabajo médico Marzo 2010 2 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL I. Propósito del Reglamento Este reglamento establece el marco regulatorio dentro del cual deberán desempeñarse los profesionales de la salud que laboren en la CUC, establece requisitos, obligaciones, responsabilidades, mecanismos de control y sanciones. Se pretende así estructurar un establecimiento clínico organizado, eficiente, eficaz y comprometido con la Visión y Misión para las que fue creado. Todos los profesionales que trabajen en la CUC deben conocer este Reglamento y respetarlo estrictamente, en función del bien común y de los intereses superiores de la empresa. II. Descripción La Clínica Universitaria de Concepción (CUC) es un centro de salud, perteneciente a una sociedad integrada por MVClinical (empresa del grupo Masvida), la Universidad de Concepción y la Asociación del Personal de la Universidad de Concepción, que opera en el mercado de la salud privada, desarrollado tanto prestaciones ambulatorias como hospitalarias y que se caracteriza por un sistema de gestión técnico-administrativa destinado a proporcionar soluciones integrales de salud a las personas, en un marco de eficiencia y costo-efectividad. Dado su carácter universitario, la Clínica buscará mantener los más altos estándares de calidad y permitirá el desarrollo progresivo de actividades académicas, adecuadamente programadas y reguladas. La CUC contará, en sus servicios de consultorio externo y de hospitalización, con áreas abiertas y áreas institucionales, las que tendrán características y condiciones de atención propias. 3 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL III. Objetivo de la CUC • General La CUC prestará servicios de salud a personas de todas las edades y pertenecientes a todos los sistemas previsionales con los que formalice convenios. • Específicos Ofrecer servicios de consultas médicas generales y de especialidad. Realizar exámenes de laboratorio, imagenología, endoscopía y otros Brindar atenciones de urgencia. Proporcionar servicios de hospitalización, intervenciones quirúrgicas y procedimientos terapéuticos variados Entregar educación sanitaria a los pacientes y sus familias. IV. Visión Ser un sistema hospitalario de excelencia para el sur de Chile que, a través de la búsqueda de nuevas soluciones, contribuye al proceso de transformación de la sociedad atendiendo personas en relación a su salud de manera integral, ofreciéndole servicios médicos eficaces, oportunos y confiables, haciendo lo correcto correctamente, de forma eficiente, sustentable y respetuosa del medio ambiente, considerando en todo momento los derechos del paciente. V. Misión La Clínica Universitaria de Concepción tiene como Misión: 1. Prevenir, diagnosticar, tratar y rehabilitar personas, a través del cuidado integral y de un servicio amable, cálido y transparente. 4 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL 2. Estimular los estilos de vida saludable y pesquisar oportunamente las enfermedades, para reducir su impacto en la personas; contribuyendo al mejoramiento de la salud de la comunidad 3. Promover la investigación y la enseñanza en las áreas de la salud, por medio de una filosofía de mejoramiento continuo y de la autorrealización del personal, con un esquema operativo de medicina privada. 4. Asegurar la disponibilidad de los recursos tecnológicos, para entregar seguridad y confianza a las personas. 5. Optimizar el rendimiento de la inversión, siendo eficientes y responsables en nuestro actuar. 6. Aportar a la formación de los profesionales de la Universidad de Concepción. 7. Ofrecer a la comunidad técnicos y profesionales de salud debidamente habilitados, en constante formación y desarrollo VI. Valores • Honestidad: Ser auténticos, hablar con la verdad, ser congruentes, íntegros, incorruptibles y veraces. • Orden: Ser disciplinados, tener buena imagen y ser metódicos. • Justicia: Actuar con imparcialidad, ecuanimidad, equilibrio y equidad. • Lealtad: Ser fieles, congruentes, tener "amor a la camiseta", identificarse con la organización, comprometerse con ella y participar. • Respeto: Tener dignidad, ser tolerantes y pacientes, manifestar reconocimiento y aprecio. • Empatía: Ponerse en el lugar del otro y actuar con él como quisiéramos que actuaran con nosotros. 5 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL • Transparencia: Ser abiertos y francos en la información, mostrar nuestros resultados y mantener canales de comunicación internos y externos. • Ética: respetar los derechos de los pacientes en cuanto seres humanos. • Progreso: ser estudiosos, propositivos y buscadores del mejoramiento continuo en lo personal y en lo profesional. • Responsabilidad: realizar nuestra tarea de manera oportuna y eficiente por el bien del enfermo y de la institución. • Disciplina: Cumplir las normas institucionales contribuyendo a la imagen corporativa. VII.Políticas GENERAL En la CUC se entenderá que los pacientes serán los USUARIOS de nuestros servicios y, como tales, serán objeto de nuestra máxima consideración, de nuestra mejor atención y de nuestro mayor aprecio. Nuestros CLIENTES serán los sistemas financiadores, como Isapres, Bienestares y otros, con los cuales mantendremos una relación comercial sana y transparente. Los médicos y otros profesionales de la salud, así como los trabajadores de la Clínica, serán nuestros aliados o COLABORADORES, que nos ayudarán a entregar a nuestros usuarios y clientes la mejor atención posible. ESPECÍFICAS • Orientar la actividad de la Clínica hacia el aseguramiento continuo de la calidad y el servicio al cliente. • Desarrollar la eficiencia y la capacidad competitiva en todas las actividades, de manera que los servicios sean de un nivel de calidad acorde a la realidad nacional y se suministren al menor costo posible. 6 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL • Mantener precios de venta de los servicios en un nivel capaz de cubrir los costos, gastos e inversiones empresariales, generando una rentabilidad sana que permita el crecimiento. • Promover el establecimiento de altos niveles de seguridad en todas las actividades de la Clínica. • Fomentar las buenas relaciones empresa-trabajadores y la proporcionalidad entre los objetivos empresariales y los recursos humanos. • Promover el trabajo autónomo e innovador pero coordinado entre los distintos estamentos de la institución. • Desarrollar y utilizar los indicadores para evaluar la gestión de la Clínica. • Descentralizar la gestión de las unidades, haciendo responsables a sus integrantes de sus resultados y metas. • Contratar los servicios necesarios en los cuales otros sectores de la economía sean más competitivos o aporten innovación tecnológica. • Informar y dar un excelente servicio a los clientes y a los usuarios, practicando la empatía en la comunicación y la transparencia en los negocios. • Desarrollar los recursos físicos y tecnológicos, de acuerdo a las necesidades detectadas, apoyados por un estudio formal de proyectos. • Promover el conocimiento de la legislación aplicable a las instituciones de salud, procurando darle a la Clínica el marco jurídico adecuado que le permita enfrentar los efectos y consecuencias de la judicialización de la medicina. 7 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL • Investigar y desarrollar nuevos sistemas clínicos y administrativos, con el fin de aportar al crecimiento global del sistema MV Clinical. • Promover la capacitación del personal de la Clínica en concordancia con la estrategia y objetivos de la Empresa. VIII.Estructura de la Organización Organigrama General El Directorio Como representante directo de los dueños de la empresa, el Directorio es la autoridad máxima de la organización y, por lo tanto, es la que establece la misión y los cursos generales de acción. También fija las grandes políticas y supervisa la evolución general de la Clínica. En lo operativo, constituye la instancia máxima de resolución 8 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL para aquellas situaciones que fije este mismo Reglamento. El Gerente General Es la autoridad administrativa de la empresa y como tal, guiado por los lineamientos puestos por el Directorio, es el que dirige la clínica, es la autoridad máxima y, a la vez, el que tiene la responsabilidad principal respecto de los destinos de la institución. Es el representante legal ante toda instancia legal y administrativa. El Médico Director Es la autoridad técnica de la Clínica y, como tal, es el responsable de la organización, planificación, aplicación y control de los servicios brindados a los usuarios, así como de la relación de la alta dirección de la empresa con los funcionarios del área blanca y los profesionales no funcionarios. Es parte de su función el asesorar al Gerente General en aquellas materias que le sean solicitadas y es el representante legal de la institución ante la Autoridad Sanitaria. IX. Tipos de pacientes La CUC tendrá dos tipos generales de pacientes, los pacientes privados y los pacientes institucionales. Serán pacientes privados todos aquellos que hayan elegido atenderse con un profesional específico, el que deberá estar acreditado en la Clínica. En el caso de prestaciones intrahospitalarias, estos pacientes deberán utilizar las áreas y servicios de la “clínica abierta”. 9 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL Serán pacientes institucionales todas aquellas personas que se atiendan en la clínica a través de convenios con el sistema público, aquellas que la ley define (las que se estén atendiendo a través de beneficios de los programas GES, CAEC y otros) y aquellas que libremente opten por dichos servicios, independientemente de su previsión. Estos pacientes podrán usar las áreas y servicios de la “clínica institucional” o las áreas de la “clínica abierta” según estén establecidos los convenios con sus respectivos sistemas provisionales. Los pacientes que se atiendan en la “clínica institucional” deberán aceptar la presencia de estudiantes de carreras de la salud en el marco del reglamento ad-hoc aprobado por el Directorio de la CUC. X. Los Médicos y otros Profesionales de la Salud Todos los médicos y otros profesionales de la salud que trabajen en la clínica deberán estar certificados y acreditados. Sólo los que poseen ambas condiciones están autorizados para atender enfermos en las instalaciones y dependencias de la CUC. Por CERTIFICACION se entiende: • Que el profesional tiene un título reconocido por el estado. • Que el profesional tiene un reconocimiento formal de la especialidad que desea desempeñar en la clínica, a través de las instancias usuales en el país: programa de especialización universitaria y/o Conacem y/o Conaceo Por ACREDITACIÓN se entiende: • Que el profesional ha sometido sus antecedentes profesionales a la consideración del comité de acreditación de la clínica y ha sido aprobado (anexo 1). Tipos de trabajo profesional 10 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL Los profesionales podrán trabajar en la CUC en diferentes modalidades, cada una de las cuales será caracterizada por un conjunto de derechos y deberes. En cualquiera de las modalidades, cada médico es responsable ante la DM de la calidad de su actuación. Las modalidades serán: 1.- Profesionales Concurrentes Se denominará concurrente a aquel profesional certificado y acreditado que atiende sus propios pacientes en las instalaciones de la CUC, bajo la modalidad de libre elección. El concurrente deberá respetar las normas técnicas y administrativas de la CUC en todos sus aspectos (anexo 2). 2.- Profesionales Staff Se denominará staff a aquel profesional que tiene una asociación estratégica con la CUC, asociación que significa un compromiso completo e irrestricto entre las partes. Este tipo de profesionales constituirán el núcleo más importante de la institución dado que en ellos se fundará el desarrollo y crecimiento de la red. El staff tendrá los siguientes deberes: • Deberá realizar sus atenciones hospitalarias sólo en la CUC y recomendar a sus pacientes el uso de sus instalaciones y servicios (aunque podrá tener un cargo funcionario en algún establecimiento público). Formará parte de la imagen corporativa. • Podrá tener una consulta privada individual o en centro médico con el que la CUC tenga convenio, pero no podrá tenerla en otra clínica de la provincia. • Deberá dar el ejemplo en el cumplimiento de las normas institucionales, con el fin de potenciar la imagen de calidad de la empresa. • Deberá cooperar en el progreso de la red dando sus opiniones y consejos a los directivos. • Deberá estar disponible para llegar a acuerdo con la CUC respecto de los aranceles para las diferentes prestaciones y aceptar que dichos aranceles sean negociados por la clínica con la mayor diligencia para ob- 11 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL • • • tener los mejores resultados posibles del negocio para ambas partes. De la misma forma, deberá respetar los acuerdos comerciales que tenga la Clínica. Deberán colaborar en la docencia y la investigación si así les fuera requerido. Cumplir y colaborar con las responsabilidades y cometidos que se le encomendaren, como participar en comités u otras organizaciones intermedias necesarias para el funcionamiento correcto de la clínica. El Staff tendrá las siguientes responsabilidades: • Proporcionar al paciente una atención de calidad concordante con los estándares de la mejor práctica clínica. • Ser responsable, dentro de su área de competencia profesional, del cuidado continuo y de la supervisión de cada paciente que haya requerido sus servicios o se le haya asignado. • Recurrir a los especialistas del staff para la interconsultas u otras atenciones fuera de su área de competencia. • En caso que lo anterior no fuese posible, hacerse responsable de asegurar que el paciente reciba una atención médica adecuada. • Participar en la cobertura del rol de llamada del Servicio de Urgencia en su área de especialidad, según necesidades de la Institución. • Participar en las reuniones clínicas y otras actividades del mismo tipo organizadas dentro de su área de desempeño. • Desarrollar charlas preventivas sobre diferentes patologías. El staff tendrá los siguientes derechos: • Podrá adquirir acciones de la CUC haciéndose socio de ella (sólo los médicos). • Podrá recibir sus honorarios con sistema de “prontopago” a través de un sistema de factoring. • Podrá asumir cargos remunerados en la institución. • Podrán recibir derivación de pacientes propios de la CUC (p.e. pacientes ingresados por urgencia o derivaciones desde los CDT, GES, CAEC, etc). • Tendrá derecho a estacionamiento reservado. 12 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL • • • • • Tendrá preferencia para el arriendo de consulta en el Centro Médico de la CUC. Seguro de responsabilidad médica financiado por la clínica. Tendrá derecho preferente para integrarse a los roles de llamada e interconsultas Beneficios económicos en el caso de necesitar servicios de la clínica. Inclusión en los beneficios de convenios de afinidad del Holding 3.- Profesionales Funcionarios Se denominará funcionario a aquel profesional que tiene un contrato de trabajo con la institución. Estos profesionales desempeñarán cargos específicos como la Dirección Médica, las Jefaturas de Servicios, roles de urgencia y de unidades críticas, turnos, atención de los distintos servicios, etc. Los médicos funcionarios deberán ser médicos de staff. 4.- Profesionales Institucionales Se denominará institucional a aquel profesional que atiende a los pacientes institucionales de la clínica, dentro del marco del proyecto institucional especial. Este profesional será, en general, proveído a la CUC por la Universidad de Concepción quedando afecto a la autoridad del Médico Director y, en general, de la estructura directiva de la Clínica. Se entenderá bajo esta misma categoría a los profesionales en proceso de formación final o de postgrado que actúen en la CUC por acuerdos específicos con la Universidad de Concepción. De la misma forma se incluirán en esta categoría a los médicos y otros profesionales externos que realicen estadías de formación en la CUC. Los profesionales concurrentes podrán solicitar su incorporación al staff después de un año de haber trabajado en la Clínica. La decisión de aceptación o rechazo se tomará de acuerdo a la norma específica establecido para ello. 13 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL XI. Normas Generales para la Atención Profesional (1) Generales • Obligaciones de los profesionales a) Atender al paciente con ética y humanismo. b) Entrevistar cordialmente y desarrollar el examen pertinente con diligencia y respeto c) Elaborar historia clínica completa y establecer diagnóstico. d) Anotar indicaciones médicas en la Ficha Clínica e) Prescribir medicamentos y elaborar receta médica cuando corresponda f) Realizar procedimientos quirúrgicos, diagnósticos y terapéuticos con prontitud y eficacia, de acuerdo a protocolos cuando existan. g) Entrevistar a familiares del paciente. h) Referir al paciente a otros especialistas usando los procedimientos establecidos k) Orientar al paciente y a familiares acerca de su enfermedad, tratamiento, medicamentos y efectos secundarios. l) Solicitar Consentimiento Informado cada vez que estas Normas lo establezcan. • Presentación e imagen corporativa En la CUC no está permitido el uso de uniformes, delantales u otras ropas clínicas que tengan logotipos o identificaciones de otras instituciones, nacionales o extranjeras. Todo el personal clínico, incluyendo los médicos, deberán usar su identificación mientras permanezcan en la clínica. El objetivo es dar cumplimiento a las Normas de Deberes y Derechos de los Pacientes. • Diligencia y oportunidad El Servicio de la CUC debe caracterizarse por la eficacia y la eficiencia. Los profesionales deberán esforzarse por cumplir los horarios de atención, evitar las demoras y atrasos, tanto en las áreas ambulatorias como cerradas.. Las visitas de pacientes hospitalizados deberán hacerse antes de las 10 de la mañana. 14 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL • Calidad y calidez La atención profesional en la CUC se caracterizará por ser de alta calidad y, al mismo tiempo, amable y humana. Los médicos, como líderes del equipo de salud, tienen el deber de ser ejemplo en estos aspectos y, al mismo tiempo, tienen la responsabilidad de colaborar en la supervisión del trabajo del resto del personal así como de apoyar a este personal cada vez que lo requiera, educando de manera adecuada. Las observaciones, tanto positivas como negativas, sobre el actuar del personal deben hacerse a los Jefes de Servicio o de Unidad o, en su defecto, al Médico Director, evitando las llamadas de atención públicas. Esto con el objeto de mantener un buen clima laboral. • Manejo de ficha clínica De acuerdo al Reglamento de Hospitales y Clínicas Privadas, Decreto Ley Nº 161, de 1082 se establece que el Médico Director debe velar por “El registro de los datos y de la información Bioestadística” (Art. Nº 19-b). A su vez la resolución Nº 94 exenta de 06.02.1996 prestaciones de Salud de la Ley Nº 469 estableciendo la definición de la Historia Clínica, e) “Historia Clínica”, Documento que contiene los datos del paciente, tales como nombre, edad, RUT, previsión, etc. y donde el o los profesionales tratantes registran todas las atenciones efectuadas además de la fecha y hora de atención, diagnóstico, exámenes solicitados y realizados, tratamiento, evolución y epicrisis”. Un buen registro en la Ficha Clínica refleja la calidad de la atención brindada, es el mejor y a veces el único y definitivo argumento para probar la diligencia puesta en la atención de cada paciente, ya que el insuficiente registro en la Ficha Clínica ha determinado que se hagan efectivas responsabilidades por falta de diligencia o negligencia en el manejo de pacientes con la consiguiente sanción penal y/o indemnización civil. Por la anteriormente expuesto es evidente la conveniencia y obligación de los médicos, de otros profesionales y personal paramédico en el sentido de hacer una Ficha Clínica impecable y cumplir con las disposiciones técnicas y legales vigentes. La CUC dispondrá de registros clínicos y administrativos informatizados como una forma de facilitar la acumulación de datos y ordenar toda la información proveniente de los pacientes. La ficha clínica, así como todos los otros documentos en que se 15 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL escriba información de los pacientes formarán parte de estos registros. De estos registros se obtendrán los datos necesarios para llevar las estadísticas de atención, resultados, complicaciones, etc. los que serán parte de la información que la clínica mantendrá a disposición de sus usuarios y clientes. Esta norma enumera los elementos mínimos que debe contener la Ficha Clínica de cada paciente atendido en la CUC, con las diferenciaciones correspondientes al tipo de atención prestada: ambulatoria u hospitalizada; quirúrgica o médica; terapéutica o diagnóstica. La evaluación del cumplimiento de esta norma incluirá tanto la presencia como el contenido de cada aspecto. Aspectos generales de la FC A.- Todas las anotaciones realizadas en la Ficha Clínica deberán contener: • Fecha • Hora • Nombre del que la ejecuta • Firma Todas las anotaciones realizadas en la Ficha Clínica deberán expresarse: • En lenguaje técnico • Sin abreviaturas Ficha Clínica de Paciente Hospitalizado A.- Historia Clínica de Ingreso: Ésta contendrá como mínimo: • Motivo de consulta • Anamnesis próxima y remota • Exploración física • Toma de conocimiento de resultados de exámenes • Diagnósticos de Ingreso • Tratamientos y exámenes indicados 16 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL En el momento de confeccionar la historia se debe solicitar el consentimiento informado correspondiente al Servicio o al diagnóstico presuntivo o al procedimiento propuesto. B.- Evoluciones: La evolución médica se hará por lo menos una vez al día y contendrá como mínimo una actualización del cuadro clínico, toma de conocimiento de resultados de exámenes solicitados, cambios en el diagnóstico si los hay, tratamiento e indicaciones C.- Interconsultas: La solicitud de interconsulta será realizada por el médico, quedando consignada en la ficha clínica y deberá contener: • Fecha y hora • Motivo de la interconsulta • A quién se solicita interconsulta • Objetivo de la interconsulta • Consentimiento informado de la interconsulta • • • • • • • • • La respuesta a la interconsulta deberá contener: Fecha y hora Signos vitales Motivo de la interconsulta Resumen del interrogatorio y examen físico Diagnósticos Resultados de exámenes pertinentes Tratamiento propuesto Nuevos exámenes solicitados Pronóstico D.- Visita pre-anestésica: ésta deberá ser realizada por un anestesista y durante ella se deberá obtener el consentimiento informado para el procedimiento anestésico, si éste no ha sido solicitado antes por el cirujano. El reporte de esta visita deberá contener: • Fecha de la cirugía • Diagnóstico • Operación propuesta 17 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL • Riego quirúrgico • Indicaciones preoperatorias: premedicación y otras preparaciones específicas • • • • E.- Protocolo operatorio: El protocolo es de responsabilidad directa del cirujano y se deberá redactar inmediatamente después de terminada la cirugía. Éste debe contener como mínimo: Fecha y hora de inicio Diagnóstico preoperatorio Operación propuesta Diagnóstico post operatorio Operación realizada Ayudantes y anestesiólogo Hallazgos transoperatorios Resultados de exámenes intraoperatorios si los hubo Descripción de la técnica Reporte de gasas y compresas Biopsias y otras muestras enviadas Nombre y firma del responsable de la cirugía • • • • F.- Hoja de evolución intraoperatoria: Ésta será llevada peronalmente por el anestesiólogo durante la cirugía y en ella se registrarán, de manera estrictamente cronológica, los siguientes aspectos: Anestésicos utilizados Drogas y dosis utilizadas Fluidos y hemoderivados administrados Signos vitales • • • • • • • • • • • • G.- Nota post-anestésica: Ésta será realizada por el anestesiólogo al terminar la cirugía e incluirá: Incidentes y accidentes Cuantificación del sangrado si lo hubo Score de Aldrete al término de la cirugía Plan de manejo y tratamiento post-operatorio inmediato H.- Epicrisis: Debe contener: 18 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL • • • • • • • • • • Identificación del paciente Fecha de ingreso Diagnóstico de ingreso Servicio al que ingresa Fecha de egreso Diagnósticos de egreso Resumen de la evolución Resumen de los exámenes más importantes Resumen de los tratamientos efectuados Indicaciones de alta I.- Formulario estadístico: Este documento, cuyo contenido es muy importante para cumplir con los registros de información solicitados por la autoridad sanitaria y también muy importante para la información estadística de la Clínica, deberá ser llenado por el médico, con letra clara. Ficha Clínica de Paciente Ambulatorio • • • • • • • • • • • A.- Ficha de Atención de Urgencia: Este documento deberá ser llenado por el Médico que realiza la primera atención y debe contener como mínimo: Motivo de consulta Anamnesis Signos vitales Examen Físico Diagnóstico inicial Interconsulta solicitada (si la hubo) * Exámenes solicitados Tratamientos efectuados Procedimientos efectuados y su codificación Diagnóstico final Indicaciones posteriores * Si hubo interconsulta debe acompañar a la ficha clínica el documento de consentimiento informado. 19 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL • • • • • • B.- Atención por interconsultor de paciente de Urgencia: Cada vez que se solicite una atención de interconsultor en pacientes del Servicio de Urgencia, éste deberá registrar su propia historia y el resto de la atención realizada en la página adhoc de la ficha clínica, en la cual se registrará, como mínimo: Fecha y hora de la atención Breve anamnesis Examen físico Diagnóstico inicial Procedimientos Indicaciones C.- Atención de Paciente Ambulatorio en Procedimientos Todo paciente que se atienda en instalaciones clínicas, para procedimientos diagnósticos invasivos o terapéuticos o procedimientos que requieran cuidados posteriores o procedimientos bajo anestesia, deberán tener una historia clínica de ingreso, una descripción del procedimiento y una epicrisis. • • • • • C1.- Ficha Clínica de ingreso: Ésta debe estar acompañada del documento de Consentimiento Informado y debe contener: Identificación del paciente Diagnóstico de Ingreso Antecedentes médicos de importancia Examen físico general Procedimiento programado • • • • • • • • C2.- Descripción del Procedimiento Identificación del paciente Médico tratante Ayudantes Anestesista Procedimiento realizado Incidentes Resultados más importantes Diagnóstico post-procedimiento 20 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL • • • • • • • • • Indicaciones de cuidados post procedimiento C3.- Epicrisis de Procedimiento Ambulatorio Identificación del paciente Procedimiento efectuado Fecha y hora Médico que efectuó el procedimiento Evolución post-procedimiento Estado al alta Indicaciones al alta Nombre y firma del profesional que dio el alta Cuidado de equipos e insumos Los médicos deberán hacerse responsables de adecuado uso y cuidado de los equipos y demás recursos de la institución que utilicen durante su trabajo, así como deberán colaborar con los Jefes de Servicio y de Unidad en la supervisión de la mantención y manejo por parte del personal. Los médicos deben respetar el cuadro general de medicamentos e insumos definidos por el Comité de Farmacia de la CUC. Cuando se requiera incorporar nuevos productos, el médico debe presentar una solicitud al profesional Químico-Farmacéutico a cargo, con las adecuadas justificaciones. Para ello existirá un documento disponible en la farmacia central. (2) Trabajo intrahospitalario Atención del paciente hospitalizado 1. Todo paciente hospitalizado, particular o institucional, debe 2. 3. 4. tener un médico tratante, quien es responsable del manejo médico durante su estada. El médico tratante debe velar por todos los aspectos técnicos, administrativos, éticos y de secreto profesional relacionados con el paciente a su cargo. El paciente debe ser claramente informado por su médico tratante sobre los procedimientos médicos y administrativos durante su estada. El médico tratante es uno solo. Si existe la necesidad de otras participaciones médicas, debe quedar claramente 21 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL establecido para el paciente, personal de enfermería y para la Institución, quien es el médico tratante y cual es la función de cada especialista. 5. Los interconsultores deben ser médicos acreditados en la CUC. En caso de requerir interconsultas, el médico tratante debe dejar constancia de ello en la Ficha Clínica, en las indicaciones. Antes de que se ejecute la llamada al interconsultor solicitado, el paciente y/o familiar responsable debe estar en conocimiento y haber aceptado la asistencia del interconsultor. En caso de no aceptar, será el médico tratante el responsable de tratar el asunto con el paciente. 6. Los Interconsultores deberán dar cumplimiento a la brevedad posible a esta solicitud, anotar la Ficha Clínica lo que corresponda y comunicarse con el médico tratante. 7. El médico tratante debe visitar a lo menos una vez al día al paciente, dejar por escrito la evolución diaria en la Ficha Clínica, las indicaciones médicas para las próximas 24 horas, solicitud de exámenes, recetas especiales e interconsultas. 8. Al ingreso del paciente el médico tratante debe confeccionar la Historia Clínica completa y al alta la epicrisis, hoja de estadística y carnet de alta con las indicaciones, junto con los formularios para los seguros de salud y licencia médica. 9. El médico tratante debe informar diariamente al paciente, y si esto no fuera posible a un familiar responsable, de la situación médica, exámenes, interconsultas e indicaciones a seguir. 10. Frente a cualquier imprevisto el médico debe consignar en la Ficha Clínica claramente la forma de ubicarlo (teléfonos, buscapersonas). Si la situación lo amerita el paciente será evaluado por el médico de turno de la CUC, quien deberá tomar la iniciativa médica y administrativa que corresponda e informar al médico tratante. Ello quedará consignado en la Ficha Clínica. 11. Los pacientes que son atendidos en UCI son de responsabilidad médica y administrativa de ese Servicios, con activa participación del médico tratante. 12. En caso de requerir una intervención quirúrgica, el médico tratante debe solicitar a la Secretaria de Pabellón correspondiente, la inclusión en la tabla operatoria proporcionando toda la información requerida. 13. Todo paciente que sea sometido a un procedimiento invasivo debe haber dado previamente su consentimiento infor- 22 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL mado, lo cual quedará registrado en los documentos correspondientes de la Ficha Clínica. 14. En los pacientes que serán sometidos a anestesia, el anestesista debe realizar una visita preanestésica dejando consignado en la ficha la fecha, hora, precauciones importantes e indicaciones. 15. Ningún paciente podrá ser trasladado a los Pabellones Quirúrgicos u otras Salas de Procedimiento sin tener firmado el consentimiento informado, el que deberá ser obtenido por el médico que ejecutará el procedimiento. 16. En caso de que el paciente sea sometido a una intervención quirúrgica, será responsabilidad del cirujano tratante la confección del protocolo operatorio. (3) Trabajo extrahospitalario 1. Definiciones El Centro Médico es una unidad de apoyo de la Clínica y su propósito es otorgar prestaciones ambulatorias, tanto en el ámbito de las consultas médicas y de otras profesiones, como en el de métodos de examen y diagnóstico que sean desarrollados por estos mismos profesionales. Este Centro Médico busca caracterizarse como una organización funcional orientada al servicio de los pacientes, por lo que el personal estará preparado para proporcionar una atención de excelencia en lo que a las necesidades de los pacientes se refiere. En cuanto a los profesionales usuarios, el Centro Médico buscará ser una espacio agradable y cómodo para el desempeño del trabajo, proporcionando el apoyo necesario a cada profesional para que se facilite el desarrollo de la atención. Este reglamento complementa la Norma de Arriendo de Consultas 2. Objetivos del Reglamento Este reglamento sólo busca dar un marco general de ordenamiento en todos los aspecto administrativos relacionados con la atención de los pacientes y el uso de las instalaciones, mobiliarios y equipos que se entregan a los profesionales para su uso. 23 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL El reglamento no pretende regular ni interferir con la libertad y autonomía con que cada profesional realice su atención en materias propias de su especialidad, en lo que se refiere a aspectos diagnósticos o terapéuticos ni en lo relacionado con el trato o manejo de la relación médico paciente. Sin menoscabo de esto, el reglamento busca ordenar aquellos aspectos de la atención que afecten la cultura general de la institución y aquellos que afecten el trabajo de los demás profesionales que atienda en el Centro Médico. 3. Organigrama del Centro Médico Gerente Comercial Jefe de Servicio Enfermera Jefe Enfermera Coordinadora Administrativos de atención al cliente Enfermeras de Unidades Auxiliares Paramédicos 4. Funciones de los cargos El Jefe de Servicio tendrá como función principal la de organizar, programar, coordinar y controlar las actividades que se desarrollen en el Centro Médico de forma que se generen las condiciones para una mejor atención. Para ello recogerá las inquietudes de los médicos y otros profesionales y procurará satisfacerlas en conjunto con la administración general, teniendo como criterio general el bien común de los profesionales, el mejor interés de la Institución y la satisfacción del cliente. Deberá hacerse cargo de resolver las quejas y reclamos de los pacientes y sus familiares, otorgando una respuesta adecuada, en cumplimiento de la norma general de la Clínica. 24 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL La Enfermera Coordinadora será la responsable de supervisar el trabajo del personal a su cargo, organizando los turnos y las funciones de forma que se consiga el objetivo de la Unidad. Deberá proponer aquellas mejoras que considere necesarias y se coordinará, a través de la Enfermera Jefe, con las coordinadoras de otras unidades para dar el mejor servicio posible. 5. Normas Generales a) Los médicos que atienda en el Centro Médico serán preferentemente aquellos pertenecientes al Staff. b) Todos los profesionales que atiendan en el CM deberán c) d) e) f) g) h) i) usar, de forma obligatoria, delantal institucional, el que, en el caso de los médicos, será proporcionado por la Clínica. A los demás profesionales se les proporcionará un logo bordado que deberá ser puesto en sus respectivos uniformes. Todos los profesionales deben usar recetario institucional, personalizado o no, y debe responsabilizarse por su uso. Las licencia médicas no son institucionales. Cada profesional debe adquirir, a su propio costo, los talonarios necesarios para la atención de los pacientes. El profesional habilitado debe llenar la licencia médica de su puño y letra. Aunque las consultas estarán habilitadas con esfigmomanómetro, cada profesional debe trabajar con su propio fonendoscopio. El Centro Médico dispondrá de algunos fonendos básicos, sólo para situaciones excepcionales. La labor de completar formularios de seguro complementario, informes médicos y otros certificados es una parte inherente a la consulta médica, por lo que no pueden generar un costo adicional al paciente. Las recetas, órdenes de exámenes, formularios de informes y solicitud de hora de pabellón estarán preformateados en el computador que contendrá la ficha clínica electrónica. El profesional sólo deberá dar la orden de impresión para que dichos documentos aparezcan en el computador de la secretaría. Las secretarias ayudarán al profesional dando las instrucciones necesarias para seguir las indicaciones, a la vez que ayudarán a los pacientes a obtener las horas respectivas. Cada profesional elegirá libremente los horarios de consulta que desee realizar, escogiendo entre los horarios que hayan disponibles al momento de su solicitud. Una vez que lo haya 25 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL hecho, es fundamental que el profesional entienda que es un compromiso estar presente en la consulta en los horarios que definió. 6. Sobre el uso de la Consulta a) Las consultas estarán sectorizadas de acuerdo al tipo de b) c) d) e) f) g) h) pacientes que se atenderán. Se evitará incluir pacientes en sectores que no correspondan. Dentro de los horarios elegidos, cada profesional definirá los tiempos que asignará a sus atenciones. Esto deberá ser informado a la enfermera coordinadora quién se encargará de crear la agenda respectiva. Se sugiere que el tiempo asignado no sea inferior a 15 minutos. Para mejor atención de los pacientes agendados, el profesional debe procurar llegar 5 minutos antes de la hora en que debe iniciar su atención. No solo es fundamental no generar demoras a los pacientes sino que también es importante no retrasar a los profesionales que atenderán a continuación. Los pacientes agendados deberán ser atendidos de acuerdo a la hora de citación y no de la hora de llegada. Si un paciente citado en la última hora se demora en llegar, el profesional deberá esperar al menos 15 minutos antes de retirarse, empalizando con los imprevistos que le pudiesen haber surgido. En el caso que la oficina utilizada por un profesional este reservada por otro profesional inmediatamente después, éste deberá procurar dar el tiempo necesario para que la consulta sea preparada. En el caso que la oficina no esté reservada, el profesional podrá permanecer en ella si necesita ocuparla, pero deberá dar las facilidades para que el personal la prepare para el profesional siguiente. Todos los registros relacionados con la atención de los pacientes del Centro Médico deberán ser hechos en la ficha clínica que estará montada en el computador que existirá en la consulta. Si bien el profesional podrá usar el computador para revisar y responder su correo electrónico, está absolutamente prohibido conectar otros dispositivos (como pendrives u otros) así como bajar archivos de Internet, debido al riesgo de introducir virus u otros programas disruptores. 26 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL i) j) k) l) m) n) o) p) q) Cuando sea necesario, los profesionales deberán suspender su agenda con la anticipación suficiente para que no sea necesario eliminar consultas ya agendadas. Las suspensiones deberán ser solicitadas por escrito a la enfermera coordinadora. Cuando una urgencia imposibilite dar aviso de suspensión de la consulta con la antelación debida, el profesional deberá contactarse con el jefe del centro médico a fin de que este adopte las medidas necesarias para que los pacientes agendados sean atendidos adecuadamente. Tal como se les pide a los pacientes que avisen a la secretaría si no podrán asistir, el profesional que este sufriendo algún tipo de atraso deberá comunicarse con la enfermera coordinadora, quien administrará las medidas para que la espera a que serán sometidos los pacientes sea lo menos incómoda posible. Con el fin de no generar retrasos en la atención, el profesional que desea realizar procedimientos, deberá agendarlos en un horario diferente de aquel destinado a la consulta. Si esto fuese imposible, deberá bloquear las horas de consulta suficientes para realizarlo, siempre que estas horas aún no hayan sido asignadas a pacientes. Los profesionales no podrán retirar antecedentes de la ficha clínica de los pacientes sin autorización del Jefe de Centro Médico Los insumos y equipos que se entreguen al profesional para la atención de pacientes serán de su entera responsabilidad. Es obligación de todos los profesionales conocer y aplicar las normas de Prevención de IIH y de Prevención de Riesgos Biológicos. En general, en las consultas no podrán realizarse procedimientos. La definición de qué es un procedimiento será hecho por la Oficina de Calidad de la Clínica. Harán excepción a esta norma aquellas consultas que hayan sido autorizadas como salas de procedimiento por la Autoridad Sanitaria. Por razones de seguridad, cuando el profesional haga abandono de la oficina en que desarrolló su atención deberá dejarla cerrada. 7. Sobre los honorarios médicos 27 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL a) Cuando el profesional hace el contrato de uso de consulta b) c) d) e) f) deberá informar de sus honorarios y convenios personales. También deberá conocer los convenios que la clínica tiene y firmar su aceptación en el caso que desee hacerlo. Una vez acordado esto, el profesional estará obligado a respetar dichos aranceles para los casos acordados. Los honorarios serán recaudados por las secretarias del Centro Médico. El profesional deberá retirar periódicamente sus honorarios en la oficina destinada a este fin, extendiendo su boleta de honorarios para aquellos casos que hayan sido cobrados por la clínica. Los honorarios profesionales por los procedimientos realizados en la sala de procedimientos, así como el valor correspondiente al uso de dicha sala serán cobrados por la clínica a través de un programa y serán liquidados al profesional periódicamente. Cualquier problema que se presente con la liquidación de honorarios deberá tratarse con la enfermera coordinadora. 8. Sobre el uso de la sala de procedimientos a) Los procedimientos se deberán agendar en la secretaría del 3er piso. b) Antes de la realización del procedimiento, el paciente debe c) d) regularizar los trámites administrativos de cancelación de honorarios, derechos e insumos. Si se toman biopsias en la sala de procedimiento, estas sólo se procesarán una vez que hayan sido adecuadamente garantizadas por el paciente. El médico debe firmar el PAM necesario para ejecutar los cobros 28 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL 29 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL ANEXO 1 PROCESO DE ACREDITACIÓN DE PROFESIONALES EN LA CLINICA Se denomina ACREDITACIÓN al procedimiento de evaluación de los recursos humanos profesionales, obligatorio, periódico y reservado, destinado a garantizar la calidad de atención de los pacientes de la CUC, a través de un contraste con estándares previamente definidos. 1. Comité de Acreditación Se constituirá un comité de acreditación que estará compuesto por 3 médicos, uno de los cuales será el Director Médico, quién lo presidirá. Los otros dos integrantes serán elegidos entre los Jefes de Servicios o Unidades y durarán en su función 2 años. El comité de acreditación se reunirá cada vez que exista una solicitud de acreditación o cuando la Gerencia General establezca un período de re-acreditación. 2. Políticas de Acreditación Las políticas generales de acreditación serán propuestas por el Médico Director al Directorio, quién será el que determine finalmente la política de la empresa, la que, en todo caso, estará de acuerdo con las normas que dicte la Superintendencia de Salud para la materia. 3. Procedimiento Los profesionales interesados en acreditarse deberán retirar de la Dirección Médica el documento en que se define las características y condiciones de los profesionales que trabajan en la Clínica, el que se acompañará de una solicitud de acreditación. Una vez que el profesional define la categoría en que desea participar, presentará a la DM la solicitud respectiva, acompañando los siguientes documentos: • Currículum Vitae • Carta firmada en que señala que está de acuerdo con las condiciones establecidas para el grupo profesional en que desea participar. • Certificado de posesión de un seguro de responsabilidad médica 30 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL El profesional solicitante podrá ser invitado por el Médico Director a una reunión en que se conversará sobre los planes de desarrollo que el postulante tiene respecto de la Institución. Los antecedentes presentados y la información recogida por el Médico Director se presentarán a reunión del comité de acreditación, el que resolverá en un plazo de 3 días, plazo que podrá extenderse en casos muy justificados, previa comunicación con el solicitante. 4. Privilegios Clínicos Se entiende por privilegios clínicos la calificación otorgada por la autoridades de la clínica que permite el ejercicio profesional en determinadas áreas de la medicina. Cuando un profesional es aceptado en la CUC, el comité de acreditación establecerá sus “privilegios clínicos” y el profesional sólo podrá actuar dentro de ese marco. Los “privilegios clínicos” se establecerán en base a la fundamentación existente en el currículo respecto de entrenamiento, experiencia, atributos y competencia. Los “privilegios clínicos” se enmarcarán dentro de la legislación vigente. Un profesional podrá pedir una modificación de sus “privilegios clínicos” aportando información objetiva de respaldo. Los “privilegios clínicos” cesarán a los 70 años en el caso de los profesionales que se desempeñen en áreas quirúrgicas o de procedimientos y a los 73 años en los que se desempeñen en otras áreas (pudiendo pedirse una ampliación por dos años); cuando una investigación o auditoria determine que el profesional ha incurrido en conductas, hechos acciones u omisiones contrarias a las normas de la clínica, así como en acciones contrarias a los intereses, objetivos, imagen y/o prestigio de la Clínica, de sus profesionales o de su administración; cuando un profesional pierda su título profesional o le sea impedido el ejercicio profesional por resolución judicial. 5. Registro 31 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL Una vez que el profesional ha sido aceptado, se le creará una carpeta personal en la DM, en la que se acumulará toda la información que el profesional o el personal de la clínica haga llegar a esta instancia. 6. Difusión El proceso de acreditación será siempre reservado y la respuesta del comité se entregará al solicitante en forma personal por el Médico Director. Cada vez que un profesional sea acreditado, y después de que haya sido informado, se difundirá el hecho al interior de la Clínica a través de los canales habituales y se informará formalmente al jefe del área comercial para su incorporación en los sistemas de negocio. 7. Repostulación después de un rechazo El profesional que ha sido rechazado en su proceso de postulación para incorporarse a alguna de las categorías profesionales de la CUC podrá volver a postular después de 12 meses desde ocurrido el rechazo. 8. Pérdida de la Acreditación Un profesional puede perder la acreditación en la CUC por las siguientes razones: • Mostrar resultados técnicos por debajo del estándar nacional en su especialidad. • Ser encontrado responsable de un hecho anómalo por el Comité de Ética de la institución. • Faltar reiteradamente al reglamento interno de la CUC • Faltar a los deberes establecidos en la Norma de Acreditación para el escalafón profesional en que está asignado. 9. Proceso de reacreditación Los antecedentes acumulados de cada profesional serán revisados con una periodicidad de al menos una vez por año, con el fin de establecer si se dan las condiciones para invitar al profesional a incorporarse a una categoría con más privilegios o para retirar la acreditación en casos calificados. 32 CLINICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO GENERAL En este último caso el profesionales podrá presentar una apelación al Directorio de la Clínica cuya resolución será inapelable. 33