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Prácticas de Privacidad
ESTE AVISO DESCRIBE CÓMO LA INFORMACIÓN MÉDICA SOBRE USTED PUEDE SER
UTILIZADA Y SER DIVULGADA Y CÓMO USTED PUEDE CONSEGUIR EL ACCESO A ESTA
INFORMACIÓN. REVÍSELO POR FAVOR CUIDADOSAMENTE.
USO Y DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN DE LA SALUD
Casa de la Luz Hospice (el “hospicio”) puede utilizar su información de la salud con objeto de
proporcionarle el tratamiento, obteniendo pago para su cuidado y operaciones de la atención
sanitaria que conducen. Su información de la salud puede ser utilizada o ser divulgada
solamente después que el hospicio ha obtenido su consentimiento escrito. El hospicio ha
establecido una política para guardar contra la divulgación innecesaria de su información de la
salud.
LO QUE SIGUE ES UN RESUMEN DE LAS CIRCUNSTANCIAS BAJO LAS CUALES Y DE LOS
PROPÓSITOS PARA LOS CUALES SU INFORMACIÓN DE LA SALUD PUEDE SER
UTILIZADA Y SER DIVULGADO DESPUÉS QUE USTED HAN PROPORCIONADO SU
CONSENTIMIENTO ESCRITO:
Para Proporcionar al Tratamiento. El hospicio puede utilizar su información de la salud para
coordinar cuidado dentro del hospicio y con otros implicados en su cuidado, por ejemplo su
médico de asistencia, miembros del equipo interdisciplinario del hospicio y de otros profesionales
de la atención sanitaria que tienen un acuerdo ayudar al hospicio en cuidado coordinado. Por
ejemplo, médicos implicados en su cuidado necesitará la información sobre sus síntomas para
prescribir medicaciones apropiadas. El hospicio también puede divulgar su información de la
atención sanitaria a los individuos fuera del hospicio implicado en su cuidado incluyendo
miembros de familia, clero que usted ha señalado, farmacéuticos, proveedores del equipamiento
médico u otros profesionales de la atención sanitaria que aplica el hospicio para coordinar su
cuidado.
Para Obtener el Pago. El hospicio puede incluir su información de la salud en facturas para
recoger el pago a los terceros partidos para el cuidado que usted puede recibir del hospicio. Por
ejemplo, el hospicio se puede requerir por su asegurador de salud para proporcionar a la
información con respecto a su estatus de la atención sanitaria de modo que el asegurador le
reembolse a usted o al hospicio. El hospicio también puede necesitar obtener la aprobación
anterior de su asegurador y puede necesitar explicar al asegurador su necesidad del cuidado del
hospicio y de los servicios que serán proporcionados a usted.
Para Conducir Operaciones de la Atención Sanitaria. El hospicio puede utilizar y divulgar la
información de la atención sanitaria para sus propias operaciones para facilitar la función del
hospicio y cuando sea necesario proporcionar a cuidado de calidad a todos los pacientes de el
hospicio. Las operaciones de la atención sanitaria incluyen las actividades tales como:
-
Actividades de la evaluación y de la mejora de calidad.
Las actividades diseñaron mejorar salud o reducir costes de la atención sanitaria.
Desarrollo del protocolo, gestión del caso y coordinación del cuidado.
Entrando en contacto con proveedores de asistencia sanitaria y a pacientes con la
información sobre las alternativas del tratamiento y otras funciones relacionadas que no
incluyen el tratamiento.
- Estudio y evaluación del rendimiento profesionales.
- Programas de entrenamiento incluyendo los en las cuales los estudiantes, los aprendices o
los médicos en atención sanitaria aprenden bajo supervisión.
- Entrenamiento de los profesionales del cuidado fuera del area de salud.
- Actividades de la acreditación, de la certificación, de la autorización o credenciales.
- Revise y revisando, incluyendo estudios de la conformidad, estudios médicos, servicios
-
jurídicos y programas de la conformidad.
La planificación y el desarrollo de empresas incluyendo análisis de la gestión de hojas de
operación relacionado a costos y el desarrollo del formulario.
- Gestión de negocio y actividades administrativas generales del hospicio.
- Recaudación de fondos en beneficio del hospicio y de las ciertas actividades de la
comercialización.
Por ejemplo el hospicio puede utilizar su información de la salud para evaluar su funcionamiento
del personal, combinar su información de la salud con otros pacientes del hospicio para la
evaluar como dar servicio con más eficacia a todos los pacientes del hospicio, divulgar su
información de la salud al personal del hospicio y a los personales contratantes para los
propósitos de entrenamiento, para entrarle en contacto como recordatorio con respecto a una
visita a usted, o entrar en contacto con usted o con su familia por el recaudo de fondos generales
y como parte de correos a la comunidad.
Para Actividades de Recaudación de Fondos. El hospicio puede utilizar la información sobre
usted incluyendo su nombre, direccionamiento, número de teléfono y las fechas que usted
recibió cuidado en el hospicio para entrar en contacto con usted o su familia para aumentar el
dinero para la fundación del hospicio Casa de la Luz. Si usted no quisiera que el hospicio entrara
en contacto con usted o con su familia, notifique a Agnés C. Poore, e indique que usted no desea
ser entrado en contacto.
Las reglas federales de privacidad permiten que el hospicio utilice o divulgue su información de
la salud sin su consentimiento o la autorización por un número de razones.
Cuando está Requerido Legalmente. El hospicio divulgará su información de la salud cuando es
requerido para hacer tan por cualquier ley federal, del estado o local.
Cuando Hay Riesgos a la Salud Pública. El hospicio puede divulgar su información de la salud
para las actividades y los propósitos públicos para:
- Prevengar o controlar la enfermedad, lesión o incapacidad, informe de enfermedad, lesión, los
-
acontecimientos vitales tales como nacimiento o muerte y la conducta del control médico, de
las investigaciones y las intervenciones.
Para señalar acontecimientos, defectos de producto adversos, sigar productos o permitir
retiradas de productos, reparaciones y reemplazos y conducir vigilancia y cumplimiento de los
requisitos posteriores a la comercialización de la Agencia de Medicamentos y Alimentos.
Para notificar a una persona que se ha expuesto a una enfermedad contagiosa o que puede
ser en peligro de contratar o dar una enfermedad.
- A un patrón sobre un individuo que es un miembro de la mano de obra según lo requerido
legalmente.
Para Señalar Abuso, Negligencia o Violencia en el Hogar. El hospicio se permite notificar las
autoridades gubernamentales si el hospicio cree que un paciente sea la víctima del abuso, de la
negligencia o de la violencia en el hogar. El hospicio hará este acceso solamente cuando es
requerido específicamente o autorizado por la ley o cuando el paciente está de acuerdo el
acceso.
Para Conducir Actividades del Descuido de la Salud. El hospicio puede divulgar su información
de la salud a una agencia del descuido de la salud para las actividades incluyendo auditorías,
administrativo civil o investigaciones penales, exámenes, licensura o acción disciplinaria. El
hospicio, sin embargo, no puede divulgue su información de la salud si usted es el tema de una
investigación y su información de salud no se relacionada directamente con su recibo de la
atención sanitaria o de beneficios públicos.
Con Respecto a Procedimientos Judiciales y Administrativos. El hospicio puede divulgar su
información de la salud en el curso del procedimiento judicial o administrativo en respuesta a una
orden de una corte o de un tribunal administrativo según lo expreso autorizado por tal orden del
descubrimiento o al otro proceso legal, pero solamente cuando el hospicio hace que esfuerzos
razonables a cualquiera le notifican sobre la petición o a obtenga una orden que protege su
información de la salud.
Para Los Propósitos de Aplicación de la Ley. El hospicio puede divulgar su información de la
salud a un agente policial para los propósitos de aplicación de la ley como sigue:
- De acuerdo con la ley para señalar de ciertos tipos de heridas o de otras lesiones físicas
-
conforme al orden judicial, la autorización, la citación o el emplazamiento o el proceso similar.
Con el fin de identificar o de localizar un sospechoso, un fugitivo, un testigo material o a un
desaparecido.
- Bajo ciertas circunstancias limitadas, cuando usted es la víctima de un crimen.
- A un agente policial si el hospicio tiene una sospecha que su muerte era el resultado de la
conducta criminal incluyendo conducta criminal en el hospicio.
- En una emergencia para señalar un crimen.
A Los Forenses y a Los Examinadores Médicos. El hospicio puede divulgar su información de la
salud a los forenses y a los examinadores médicos con objeto de la determinación de su causa
de la muerte o para otros deberes, según lo autorizado por la ley.
A Los Directores de Funeraria. El hospicio puede divulgar su información de la salud a los
directores de funeraria constantes con ley aplicable y en caso de necesidad, para realizar sus
deberes en cuanto a sus arreglos fúnebres. En caso de necesidad para realizar sus deberes, el
hospicio puede divulgar su información de la salud antes y en anticipación razonable, de su
muerte.
Para el Órgano, Donación del Ojo o del Tejido. El hospicio puede utilizar o divulgar su
información de la salud a las organizaciones de la obtención del órgano u otras entidades
dedicadas a obtención, actividades bancarias o trasplante de órganos, de ojos o del tejido con el
fin de facilitar la donación y el trasplante.
Para los Propósitos de la Investigación. El hospicio puede, bajo circunstancias muy selectas,
utilizar su información de la salud para la investigación. Antes de que el hospicio divulgue
cualquiera de su información de la salud para tales propósitos de la investigación, el proyecto
estará conforme a un proceso de aprobación extenso. El hospicio pedirá su permiso si conceden
cualquier investigador el acceso a su información individualmente identificable de la salud.
En Caso de Amenaza Grave a La Salud o a La Seguridad. El hospicio puede, constante con la
ley aplicable y los estándares éticos de la conducta, divulgar su información de la salud si el
hospicio, de buena fe, cree que tal acceso es necesario prevenir o aminore una amenaza seria e
inminente para su salud o seguridad o para la salud y la seguridad del público.
Para Las Funciones Especificadas del Gobierno. En ciertas circunstancias, las regulaciones
federales autorizan el hospicio para utilizar o para divulgar su información de la salud para
facilitar especificó funciones del gobierno referente a militares y los veteranos, seguridad y las
actividades de inteligencia nacionales, los servicios protectores para el presidente y otros,
conveniencia médica custodia de las determinaciones y de los internos y de la aplicación de ley.
Para La Remuneración del Trabajador. El hospicio puede divulgar su información de la salud
para la remuneración o los programas similares del trabajador.
AUTORIZACIÓN DE UTILIZAR O DE DIVULGAR LA INFORMACIÓN DE LA SALUD
Con excepción de lo que se indica arriba, el hospicio no divulgará su información de la salud con
excepción de su autorización escrita. Si usted o su representante autoriza el hospicio para utilizar
o para divulgar su información de la salud, usted puede revocar esa autorización en la escritura
en cualquier momento.
SUS DERECHAS CON RESPETO SU INFORMACIÓN DE LA SALUD
Usted tiene las derechas siguientes con respecto a su información de la salud que el hospicio
mantenga:
- Derecho pedir restricciones. Usted puede pedir restricciones en ciertas aplicaciones y
divulgaciones de su información de la salud. Usted tiene la derecha de pedir un límite en la
divulgación del hospicio de su información de la salud a alguien que está implicada en su
cuidado o el pago de su cuidado. Sin embargo, el hospicio no se requiere estar de acuerdo con
su petición. Si usted desea hacer un pedido restricciones, entre en contacto con favor al oficial
de la privacidad.
- Derecho recibir comunicaciones confidenciales. Usted tiene la derecha de pedir que el hospicio
comunica con usted de cierta manera. Por ejemplo, usted puede pedir que las comunicaciones
de lo que conducta el hospicio sean solamente referente a su información de la salud y
comunicada con usted en privado sin otros miembros de su familia que está presente. Si usted
desea recibir comunicaciones confidenciales, entre en contacto con favor al oficial de la
privacida. El hospicio no pedirá que usted proporcione a cualquier razón para su petición e
intentará honrar sus pedidos razonables sobre comunicaciones confidenciales.
- Derecho examinar y copiar su información de la salud. Usted tiene la derecha de examinar y de
copiar su información de la salud, incluyendo expedientes de factura. Una petición de examinar y
de copiar expedientes que contentienen su información de la salud se puede hacer al oficial de la
privacidad. Si usted pide una copia de su información de la salud, el hospicio puede cargar un
honorario razonable para los costes de copiado y para ensambles asociados a su petición.
- Derecho enmendar la información de la atención sanitaria. Si usted o su representante cree que
sus expedientes de la información de la salud son incorrectos o incompletos, usted puede pedir
que el hospicio enmiende los expedientes. Esa petición puede ser hecha mientras la información
sea mantenida por el hospicio. Un pedido para una enmienda de expedientes se debe hacer en
la escritura al oficial de la privacidad. El hospicio puede negar la petición si no está en la
escritura o no incluye una razón de la enmienda. La petición también puede ser negada si sus
expedientes de la información de la salud no fueron creados por el hospicio, si los expedientes
que usted está pidiendo no son parte de los expedientes del hospicio, si la información de la
salud usted desea enmendar no es parte de la información de la salud que usted o su
representante se permite para examinar y copie, o si, en la opinión del hospicio, los expedientes
que contienen su información de la salud es exacta y completa.
- Derecho a estadísticas. Usted o su representante tiene la derecha de pedir estadísticas de
divulgaciones de su información de la salud hecha por el hospicio por cualquier razón con
excepción del tratamiento, pago u operaciones de la salud. El pedido estadísticas debe ser
hecho en la escritura al oficial de la privacidad. La petición debe especificar el plazo para las
estadísticas que comienzan el 15 de mayo de 2002. Las peticiones que consideran no se pueden
hacer por periodos de tiempo superior a seis años. El hospicio proporcionaría a las primeras
estadísticas que usted pide durante cualquier período de doce meses sin carga. Las peticiones
subsiguientes de las estadísticas pueden ser conforme a un honorario basado en un coste
razonable.
- Derecho a una copia de papel de este aviso. Usted o su representante tiene una derecha a una
copia de papel separada de este aviso en cualquier momento incluso si usted o su representante
ha recibido este aviso previamente. Para obtener una copia de papel separada, entre en
contacto con por favor al oficial de la privacidad.
DEBERES DEL HOSPICIO
El hospicio es requerido por la ley para mantener la privacidad de su información de la salud y
para proporcionarle a usted y a su representante este aviso de sus deberes y prácticas de la
privacidad. El hospicio es requerido respetar por términos de este aviso como puede ser
enmendado de vez en cuando. El hospicio se reserva la derecha de cambiar los términos de su
aviso y de adoptar las nuevas disposiciones del aviso eficaces para toda la información de la
salud que mantenga. Si el hospicio cambia su aviso, el hospicio proporcionará a una copia del
aviso revisado a usted o a su representante designado. Usted o su representante personal tiene
la derecha de expresar denuncias al hospicio y al Secretario de Sanidad y Asuntos Sociales si
usted o su representante cree que se han violado sus derechas de privacidad. Cualesquiera
denuncias a el hospicio se debe hacer en la escritura al oficial de la privacidad. El hospicio le
anima a exprese cualquier preocupación que usted pueda tener con respecto a la aislamiento de
su información. Usted no tómese represalias contra de cualquier manera para clasifiar una
denuncia.
PERSONA DE CONTACTO
La persona del contacto del hospicio para todos los problemas con respecto a intimidad del
paciente y de sus derechas bajo estándares de aislamiento federales es:
Oficial de la Privacidad
Casa de la Luz Hospice
7740 N. Oracle Road
Tucson, AZ 85704
(520) 544-9890
FECHA DE ENTRADA EN VIGOR
Este aviso es en eficaz el 26 de octubre de 2005.
7740 N. Oracle Road | Tucson, Arizona 85704 | (520) 544-9890 | Fax (520) 544-9894