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Prácticas de Privacidad ESTE AVISO DESCRIBE CÓMO LA INFORMACIÓN MÉDICA SOBRE USTED PUEDE SER UTILIZADA Y SER DIVULGADA Y CÓMO USTED PUEDE CONSEGUIR EL ACCESO A ESTA INFORMACIÓN. REVÍSELO POR FAVOR CUIDADOSAMENTE. USO Y DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN DE LA SALUD Casa de la Luz Hospice (el “hospicio”) puede utilizar su información de la salud con objeto de proporcionarle el tratamiento, obteniendo pago para su cuidado y operaciones de la atención sanitaria que conducen. Su información de la salud puede ser utilizada o ser divulgada solamente después que el hospicio ha obtenido su consentimiento escrito. El hospicio ha establecido una política para guardar contra la divulgación innecesaria de su información de la salud. LO QUE SIGUE ES UN RESUMEN DE LAS CIRCUNSTANCIAS BAJO LAS CUALES Y DE LOS PROPÓSITOS PARA LOS CUALES SU INFORMACIÓN DE LA SALUD PUEDE SER UTILIZADA Y SER DIVULGADO DESPUÉS QUE USTED HAN PROPORCIONADO SU CONSENTIMIENTO ESCRITO: Para Proporcionar al Tratamiento. El hospicio puede utilizar su información de la salud para coordinar cuidado dentro del hospicio y con otros implicados en su cuidado, por ejemplo su médico de asistencia, miembros del equipo interdisciplinario del hospicio y de otros profesionales de la atención sanitaria que tienen un acuerdo ayudar al hospicio en cuidado coordinado. Por ejemplo, médicos implicados en su cuidado necesitará la información sobre sus síntomas para prescribir medicaciones apropiadas. El hospicio también puede divulgar su información de la atención sanitaria a los individuos fuera del hospicio implicado en su cuidado incluyendo miembros de familia, clero que usted ha señalado, farmacéuticos, proveedores del equipamiento médico u otros profesionales de la atención sanitaria que aplica el hospicio para coordinar su cuidado. Para Obtener el Pago. El hospicio puede incluir su información de la salud en facturas para recoger el pago a los terceros partidos para el cuidado que usted puede recibir del hospicio. Por ejemplo, el hospicio se puede requerir por su asegurador de salud para proporcionar a la información con respecto a su estatus de la atención sanitaria de modo que el asegurador le reembolse a usted o al hospicio. El hospicio también puede necesitar obtener la aprobación anterior de su asegurador y puede necesitar explicar al asegurador su necesidad del cuidado del hospicio y de los servicios que serán proporcionados a usted. Para Conducir Operaciones de la Atención Sanitaria. El hospicio puede utilizar y divulgar la información de la atención sanitaria para sus propias operaciones para facilitar la función del hospicio y cuando sea necesario proporcionar a cuidado de calidad a todos los pacientes de el hospicio. Las operaciones de la atención sanitaria incluyen las actividades tales como: - Actividades de la evaluación y de la mejora de calidad. Las actividades diseñaron mejorar salud o reducir costes de la atención sanitaria. Desarrollo del protocolo, gestión del caso y coordinación del cuidado. Entrando en contacto con proveedores de asistencia sanitaria y a pacientes con la información sobre las alternativas del tratamiento y otras funciones relacionadas que no incluyen el tratamiento. - Estudio y evaluación del rendimiento profesionales. - Programas de entrenamiento incluyendo los en las cuales los estudiantes, los aprendices o los médicos en atención sanitaria aprenden bajo supervisión. - Entrenamiento de los profesionales del cuidado fuera del area de salud. - Actividades de la acreditación, de la certificación, de la autorización o credenciales. - Revise y revisando, incluyendo estudios de la conformidad, estudios médicos, servicios - jurídicos y programas de la conformidad. La planificación y el desarrollo de empresas incluyendo análisis de la gestión de hojas de operación relacionado a costos y el desarrollo del formulario. - Gestión de negocio y actividades administrativas generales del hospicio. - Recaudación de fondos en beneficio del hospicio y de las ciertas actividades de la comercialización. Por ejemplo el hospicio puede utilizar su información de la salud para evaluar su funcionamiento del personal, combinar su información de la salud con otros pacientes del hospicio para la evaluar como dar servicio con más eficacia a todos los pacientes del hospicio, divulgar su información de la salud al personal del hospicio y a los personales contratantes para los propósitos de entrenamiento, para entrarle en contacto como recordatorio con respecto a una visita a usted, o entrar en contacto con usted o con su familia por el recaudo de fondos generales y como parte de correos a la comunidad. Para Actividades de Recaudación de Fondos. El hospicio puede utilizar la información sobre usted incluyendo su nombre, direccionamiento, número de teléfono y las fechas que usted recibió cuidado en el hospicio para entrar en contacto con usted o su familia para aumentar el dinero para la fundación del hospicio Casa de la Luz. Si usted no quisiera que el hospicio entrara en contacto con usted o con su familia, notifique a Agnés C. Poore, e indique que usted no desea ser entrado en contacto. Las reglas federales de privacidad permiten que el hospicio utilice o divulgue su información de la salud sin su consentimiento o la autorización por un número de razones. Cuando está Requerido Legalmente. El hospicio divulgará su información de la salud cuando es requerido para hacer tan por cualquier ley federal, del estado o local. Cuando Hay Riesgos a la Salud Pública. El hospicio puede divulgar su información de la salud para las actividades y los propósitos públicos para: - Prevengar o controlar la enfermedad, lesión o incapacidad, informe de enfermedad, lesión, los - acontecimientos vitales tales como nacimiento o muerte y la conducta del control médico, de las investigaciones y las intervenciones. Para señalar acontecimientos, defectos de producto adversos, sigar productos o permitir retiradas de productos, reparaciones y reemplazos y conducir vigilancia y cumplimiento de los requisitos posteriores a la comercialización de la Agencia de Medicamentos y Alimentos. Para notificar a una persona que se ha expuesto a una enfermedad contagiosa o que puede ser en peligro de contratar o dar una enfermedad. - A un patrón sobre un individuo que es un miembro de la mano de obra según lo requerido legalmente. Para Señalar Abuso, Negligencia o Violencia en el Hogar. El hospicio se permite notificar las autoridades gubernamentales si el hospicio cree que un paciente sea la víctima del abuso, de la negligencia o de la violencia en el hogar. El hospicio hará este acceso solamente cuando es requerido específicamente o autorizado por la ley o cuando el paciente está de acuerdo el acceso. Para Conducir Actividades del Descuido de la Salud. El hospicio puede divulgar su información de la salud a una agencia del descuido de la salud para las actividades incluyendo auditorías, administrativo civil o investigaciones penales, exámenes, licensura o acción disciplinaria. El hospicio, sin embargo, no puede divulgue su información de la salud si usted es el tema de una investigación y su información de salud no se relacionada directamente con su recibo de la atención sanitaria o de beneficios públicos. Con Respecto a Procedimientos Judiciales y Administrativos. El hospicio puede divulgar su información de la salud en el curso del procedimiento judicial o administrativo en respuesta a una orden de una corte o de un tribunal administrativo según lo expreso autorizado por tal orden del descubrimiento o al otro proceso legal, pero solamente cuando el hospicio hace que esfuerzos razonables a cualquiera le notifican sobre la petición o a obtenga una orden que protege su información de la salud. Para Los Propósitos de Aplicación de la Ley. El hospicio puede divulgar su información de la salud a un agente policial para los propósitos de aplicación de la ley como sigue: - De acuerdo con la ley para señalar de ciertos tipos de heridas o de otras lesiones físicas - conforme al orden judicial, la autorización, la citación o el emplazamiento o el proceso similar. Con el fin de identificar o de localizar un sospechoso, un fugitivo, un testigo material o a un desaparecido. - Bajo ciertas circunstancias limitadas, cuando usted es la víctima de un crimen. - A un agente policial si el hospicio tiene una sospecha que su muerte era el resultado de la conducta criminal incluyendo conducta criminal en el hospicio. - En una emergencia para señalar un crimen. A Los Forenses y a Los Examinadores Médicos. El hospicio puede divulgar su información de la salud a los forenses y a los examinadores médicos con objeto de la determinación de su causa de la muerte o para otros deberes, según lo autorizado por la ley. A Los Directores de Funeraria. El hospicio puede divulgar su información de la salud a los directores de funeraria constantes con ley aplicable y en caso de necesidad, para realizar sus deberes en cuanto a sus arreglos fúnebres. En caso de necesidad para realizar sus deberes, el hospicio puede divulgar su información de la salud antes y en anticipación razonable, de su muerte. Para el Órgano, Donación del Ojo o del Tejido. El hospicio puede utilizar o divulgar su información de la salud a las organizaciones de la obtención del órgano u otras entidades dedicadas a obtención, actividades bancarias o trasplante de órganos, de ojos o del tejido con el fin de facilitar la donación y el trasplante. Para los Propósitos de la Investigación. El hospicio puede, bajo circunstancias muy selectas, utilizar su información de la salud para la investigación. Antes de que el hospicio divulgue cualquiera de su información de la salud para tales propósitos de la investigación, el proyecto estará conforme a un proceso de aprobación extenso. El hospicio pedirá su permiso si conceden cualquier investigador el acceso a su información individualmente identificable de la salud. En Caso de Amenaza Grave a La Salud o a La Seguridad. El hospicio puede, constante con la ley aplicable y los estándares éticos de la conducta, divulgar su información de la salud si el hospicio, de buena fe, cree que tal acceso es necesario prevenir o aminore una amenaza seria e inminente para su salud o seguridad o para la salud y la seguridad del público. Para Las Funciones Especificadas del Gobierno. En ciertas circunstancias, las regulaciones federales autorizan el hospicio para utilizar o para divulgar su información de la salud para facilitar especificó funciones del gobierno referente a militares y los veteranos, seguridad y las actividades de inteligencia nacionales, los servicios protectores para el presidente y otros, conveniencia médica custodia de las determinaciones y de los internos y de la aplicación de ley. Para La Remuneración del Trabajador. El hospicio puede divulgar su información de la salud para la remuneración o los programas similares del trabajador. AUTORIZACIÓN DE UTILIZAR O DE DIVULGAR LA INFORMACIÓN DE LA SALUD Con excepción de lo que se indica arriba, el hospicio no divulgará su información de la salud con excepción de su autorización escrita. Si usted o su representante autoriza el hospicio para utilizar o para divulgar su información de la salud, usted puede revocar esa autorización en la escritura en cualquier momento. SUS DERECHAS CON RESPETO SU INFORMACIÓN DE LA SALUD Usted tiene las derechas siguientes con respecto a su información de la salud que el hospicio mantenga: - Derecho pedir restricciones. Usted puede pedir restricciones en ciertas aplicaciones y divulgaciones de su información de la salud. Usted tiene la derecha de pedir un límite en la divulgación del hospicio de su información de la salud a alguien que está implicada en su cuidado o el pago de su cuidado. Sin embargo, el hospicio no se requiere estar de acuerdo con su petición. Si usted desea hacer un pedido restricciones, entre en contacto con favor al oficial de la privacidad. - Derecho recibir comunicaciones confidenciales. Usted tiene la derecha de pedir que el hospicio comunica con usted de cierta manera. Por ejemplo, usted puede pedir que las comunicaciones de lo que conducta el hospicio sean solamente referente a su información de la salud y comunicada con usted en privado sin otros miembros de su familia que está presente. Si usted desea recibir comunicaciones confidenciales, entre en contacto con favor al oficial de la privacida. El hospicio no pedirá que usted proporcione a cualquier razón para su petición e intentará honrar sus pedidos razonables sobre comunicaciones confidenciales. - Derecho examinar y copiar su información de la salud. Usted tiene la derecha de examinar y de copiar su información de la salud, incluyendo expedientes de factura. Una petición de examinar y de copiar expedientes que contentienen su información de la salud se puede hacer al oficial de la privacidad. Si usted pide una copia de su información de la salud, el hospicio puede cargar un honorario razonable para los costes de copiado y para ensambles asociados a su petición. - Derecho enmendar la información de la atención sanitaria. Si usted o su representante cree que sus expedientes de la información de la salud son incorrectos o incompletos, usted puede pedir que el hospicio enmiende los expedientes. Esa petición puede ser hecha mientras la información sea mantenida por el hospicio. Un pedido para una enmienda de expedientes se debe hacer en la escritura al oficial de la privacidad. El hospicio puede negar la petición si no está en la escritura o no incluye una razón de la enmienda. La petición también puede ser negada si sus expedientes de la información de la salud no fueron creados por el hospicio, si los expedientes que usted está pidiendo no son parte de los expedientes del hospicio, si la información de la salud usted desea enmendar no es parte de la información de la salud que usted o su representante se permite para examinar y copie, o si, en la opinión del hospicio, los expedientes que contienen su información de la salud es exacta y completa. - Derecho a estadísticas. Usted o su representante tiene la derecha de pedir estadísticas de divulgaciones de su información de la salud hecha por el hospicio por cualquier razón con excepción del tratamiento, pago u operaciones de la salud. El pedido estadísticas debe ser hecho en la escritura al oficial de la privacidad. La petición debe especificar el plazo para las estadísticas que comienzan el 15 de mayo de 2002. Las peticiones que consideran no se pueden hacer por periodos de tiempo superior a seis años. El hospicio proporcionaría a las primeras estadísticas que usted pide durante cualquier período de doce meses sin carga. Las peticiones subsiguientes de las estadísticas pueden ser conforme a un honorario basado en un coste razonable. - Derecho a una copia de papel de este aviso. Usted o su representante tiene una derecha a una copia de papel separada de este aviso en cualquier momento incluso si usted o su representante ha recibido este aviso previamente. Para obtener una copia de papel separada, entre en contacto con por favor al oficial de la privacidad. DEBERES DEL HOSPICIO El hospicio es requerido por la ley para mantener la privacidad de su información de la salud y para proporcionarle a usted y a su representante este aviso de sus deberes y prácticas de la privacidad. El hospicio es requerido respetar por términos de este aviso como puede ser enmendado de vez en cuando. El hospicio se reserva la derecha de cambiar los términos de su aviso y de adoptar las nuevas disposiciones del aviso eficaces para toda la información de la salud que mantenga. Si el hospicio cambia su aviso, el hospicio proporcionará a una copia del aviso revisado a usted o a su representante designado. Usted o su representante personal tiene la derecha de expresar denuncias al hospicio y al Secretario de Sanidad y Asuntos Sociales si usted o su representante cree que se han violado sus derechas de privacidad. Cualesquiera denuncias a el hospicio se debe hacer en la escritura al oficial de la privacidad. El hospicio le anima a exprese cualquier preocupación que usted pueda tener con respecto a la aislamiento de su información. Usted no tómese represalias contra de cualquier manera para clasifiar una denuncia. PERSONA DE CONTACTO La persona del contacto del hospicio para todos los problemas con respecto a intimidad del paciente y de sus derechas bajo estándares de aislamiento federales es: Oficial de la Privacidad Casa de la Luz Hospice 7740 N. Oracle Road Tucson, AZ 85704 (520) 544-9890 FECHA DE ENTRADA EN VIGOR Este aviso es en eficaz el 26 de octubre de 2005. 7740 N. Oracle Road | Tucson, Arizona 85704 | (520) 544-9890 | Fax (520) 544-9894