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Manual del Usuario
Plan Obligatorio de Salud (POS)
En POS de la SALUD,
para usted y su grupo
familiar
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
ÍNDICE
MODELO DE ATENCIÓN
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
¿QUÉ ES EL POS?
1. Afiliación de beneficiarios en Salud
•Afiliación de beneficiarios directos
•Afiliación de otros beneficiarios
•Q ue es la UPC?
•Documentos para la afiliación de beneficiarios
2. Cuotas moderadoras
3. Copagos
SERVICIOS DEL POS
1. Programas de Promoción y Prevención
•Programa de Atención al Recién Nacido
•Programa de Crecimiento y Desarrollo
•Vacunación: Programa Ampliado de Inmunización
•Programa del Joven
•Programa de Planificación Familiar para Hombres y Mujeres
•Programa del Adulto Mayor
•Programa de Detección Temprana de Cáncer de Seno y
Cuello Uterino
•Programa de Atención Integral a la Gestante
•Programa de Atención Preventiva en Salud Oral
•Programa de Detección de las Alteraciones de la Agudeza Visual
•O tras Actividades de Promoción y Prevención
3
MANUAL DEL USUARIO
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
2. Servicio de Urgencias
•¿Qué es una Urgencia?
•¿Qué es el Triage?
3. Consulta de Medicina General y Especializada
4. Vacunación
5. Salud Oral
6. Servicios de Apoyo diagnóstico
•L aboratorio Clínico
•Radiología e Imágenes Diagnósticas
Apreciado
afiliado (a):
7. Servicios Hospitalarios
4
8. Suministro de Medicamentos
9. Comité Técnico Científico (CTC)
10. Prestaciones Económicas
•¿Cuáles son los pasos a seguir para la reclamación de las
prestaciones económicas?
•Incapacidad por enfermedad general
•L icencia de maternidad
•L icencia de paternidad
DERECHOS Y DEBERES DE LOS AFILIADOS
GLOSARIO
5
MANUAL DEL USUARIO
Para nuestra EPS es muy importante compartir el presente manual del usuario, el cual le permitirá a usted y su familia conocer
los servicios del Plan Obligatorio de Salud (POS) a los que tienen
derecho como afiliados a la EPS.
Queremos invitarlo para que este se convierta en un material
de consulta permanente, en donde encontrará información importante que le ayudará a utilizar de forma fácil y adecuada los
servicios de salud que hemos dispuesto para usted y su grupo
familiar.
6
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
Modelo de atención
en salud
7
Para recibir información general sobre los servicios, usted cuenta con nuestra línea de servicios de salud 524 2244, de lunes a
viernes de 6:00 a.m. a 7:00 p.m. - sábado de 6:00 a.m. a 1:00
p.m. y la línea 018000-915202, con atención las 24 horas.
El directorio de Instituciones Prestadoras del Servicio de Salud
(clínicas y hospitales) y la red de profesionales está sujeto a cambios, por lo cual, le invitamos a que consulte permanentemente
nuestra página www.comfenalcovalle.com.co, donde encontrará
la información actualizada.
Plan Obligatorio de Salud
MANUAL DEL USUARIO
8
El Modelo de Atención equivale a la forma como se disponen los
servicios para la prestación y atención en salud. Nuestro postulado es brindar un Modelo de Atención a nuestros afiliados
basado en el acompañamiento para la prevención de enfermedades, orientando hacia un estilo de vida saludable, que logre los
mejores niveles de salud y satisfacción y que tenga los atributos
de calidad definidos en la normatividad Colombiana.
La característica más importante de nuestro modelo de atención,
es que tiene como eje central a la persona, enfocándose en la
intervención y administración de riesgos en salud.
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
Plan Obligatorio
de Salud (POS)
9
MANUAL DEL USUARIO
¿QUÉ ES EL POS?
El Plan Obligatorio de Salud del Régimen Contributivo es
el conjunto básico de servicios de salud que las Entidades
Promotoras de Salud (EPS), deben prestar a sus afiliados,
siempre y cuando estos cumplan las obligaciones
establecidas para tal efecto.
El POS de la EPS Comfenalco Valle, marca la diferencia por
la calidad de su Modelo de Atención, prestación de servicios,
red de instituciones y profesionales inscritos.
10
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
¿QUÉ ES LA UPC?
Es la Unidad de Pago por Capitación, es decir el valor
que el FOSYGA reconoce a la EPS por la prestación de
los servicios, valor que se calcula de acuerdo al género y
rango de edad del usuario.
Los valores de UPC son establecidos por el Consejo Nacional
de Seguridad Social en Salud y se ajustan cada año, por lo cual
le invitamos a consultar la tabla con los valores vigentes en la
página web: www.comfenalcovalle.com.co
1. AFILIACIÓN DE BENEFICIARIOS EN SALUD
Documentos para la afiliación de beneficiarios:
Afiliación de beneficiarios directos:
Para la afiliación de sus beneficiarios, usted debe presentar los
documentos que se relacionan a continuación. Es muy importante que actualice los documentos de sus hijos de acuerdo a
la edad de los mismos, con el fin de garantizar la prestación de
los servicios.
Usted tiene derecho a afiliar a la EPS a su núcleo familiar:
esposo(a) o compañero (a) permanente, hijos menores de 18
años, de cualquiera de los dos cónyuges, e hijos menores de
25 años que estudien. Si el afiliado no tiene hijos ni esposa(o) o
compañera(o) permanente, puede afiliar a sus padres si dependen económicamente de él.
PARENTESCO
Afiliación de otros beneficiarios:
Usted puede afiliar otros beneficiarios diferentes a los de su núcleo familiar básico hasta tercer grado de consanguinidad, por
ejemplo: sobrinos, nietos, hijos mayores de 25 años, hermanos,
abuelos, también a menores de 12 años, por ejemplo: ahijados,
cancelando mensualmente el valor de la UPC la cual varía según
la edad y el sexo.
Cónyuge
DOCUMENTO
•Documento de identificación del cónyuge
(cédula de ciudadanía o cédula de
extranjería o pasaporte).
•Registro civil de matrimonio. (Sólo para los
casados antes de 1970 se acepta Partida
de Matrimonio).
•Declaración juramentada de dependencia
económica (declaración incluida dentro del
Formulario Único de Afiliación).
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MANUAL DEL USUARIO
PARENTESCO
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
DOCUMENTO
Compañero (a)
• Documento de identificación del
compañero (a) tarjeta de identidad
o cédula de ciudadanía o cédula de
extranjería o pasaporte).
•Declaración juramentada de dependencia
económica (declaración incluida dentro
del Formulario Único de Afiliación).
•En caso de ser menor de edad se debe presentar
la declaración juramentada ante notaria y
firmada por alguno de los padres del menor.
•Declaración juramentada de convivencia
(declaración incluida dentro del
Formulario Único de Afiliación, en la cual
debe registrarse la firma y la huella del
compañero (a) permanente).
Parejas del mismo sexo
•Documento de identificación del
compañero (a) (cédula de ciudadanía o
cédula de extranjería o pasaporte).
•Declaración juramentada de dependencia
económica (declaración incluida dentro
del Formulario Único de Afiliación).
•Declaración juramentada de convivencia
(declaración incluida dentro del
Formulario Único de Afiliación, en la cual
debe registrarse la firma y la huella del
compañero (a)).
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Hijos menores
de 7 años
•Registro civil de nacimiento del menor con
el NUIP (Número de identificación Única
personal).
Hijos mayores
de 7 y menores
de 18 años
•Tarjeta de identidad o pasaporte.
•Registro civil de nacimiento que acredite
parentesco.
PARENTESCO
DOCUMENTO
Hijos mayores
de 18 y
menores de 25
años
•Cédula de ciudadanía o cédula de
extranjería o pasaporte.
•Registro civil de nacimiento que acredite
parentesco.
•Declaración juramentada de dependencia
económica (declaración incluida dentro
del Formulario Único de Afiliación).
•Certificado de estudios con intensidad
horaria de mínimo 20 horas semanales
en institución educativa reconocida por
el ICFES y Ministerio de Educación. Este
documento debe ser presentado cada
6 meses.
Hijos discapacitados
•Documento de identificación respectivo
de acuerdo a la edad (tarjeta de identidad
o cédula de ciudadanía o cédula de
extranjería o pasaporte).
•Registro civil de nacimiento que acredite
parentesco.
•Certificación de medicina laboral.
Hijos aportados
a la unión menores de edad
(madre o padre
biológico debe
estar afiliado en
la EPS, ya sea
como beneficiario o cotizante)
•Documento de identificación ((registro
civil o tarjeta de identidad o pasaporte).
•Registro civil de nacimiento que acredite
parentesco.
•Declaración juramentada de dependencia
económica ante notaría por el cotizante,
indicando hijo aportado al hogar y
dependencia.
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MANUAL DEL USUARIO
14
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
PARENTESCO
DOCUMENTO
Hijos aportados
a la unión mayores 18 y menores de 25 años
(madre o padre
biológico debe
estar afiliado en
la EPS, ya sea
como beneficiario o cotizante)
•Documento de identificación (cédula de ciudadanía
o cédula de extranjería o pasaporte).
•Registro civil de nacimiento que acredite
parentesco.
•Declaración juramentada de dependencia
económica ante notaría por el cotizante,
indicando hijo aportado al hogar y dependencia.
• Certificado de estudios con intensidad
horaria de mínimo 20 horas semanales
en institución educativa reconocida por
el ICFES y Ministerio de Educación. Este
documento debe ser presentado cada 6
meses, sí el hijo aportado esta dentro de
los 18 y 24 años.
Hijos adoptivos
menores de
edad
•Documento de identificación (registro civil
o tarjeta de identidad o pasaporte).
•Certificado de adopción o carta de entrega
emitida por el ICBF.
•Registro civil de nacimiento (opcional).
Hijos adoptivos
mayores de 18
y menores de 25
años
•Documento de identificación (cédula
de ciudadanía o cédula de extranjería o
pasaporte).
•Registro civil de nacimiento.
•Certificado de adopción o carta de entrega
emitida por el ICBF.
•Declaración juramentada de dependencia
económica (declaración incluida dentro
del Formulario Único de Afiliación).
•Certificado de estudios con intensidad
horaria de mínimo 20 horas semanales
en institución educativa reconocida por
el ICFES y Ministerio de Educación. Este
documento debe ser presentado cada
6 meses.
PARENTESCO
DOCUMENTO
Padres
•Documento de identificación de los
padres (cédula de ciudadanía o cédula de
extranjería o pasaporte).
•Registro civil de nacimiento que acredite
parentesco con el cotizante.
•Declaración juramentada de dependencia
económica (declaración incluida dentro
del Formulario Único de Afiliación).
Padrastro o
madrastra
•Cédula de ciudadanía o cédula de
extranjería o pasaporte).
•Registro Civil de Matrimonio (o
declaración ante notaria del padre y su
compañero (a) con dos testigos donde
conste la convivencia).
• Registro civil de nacimiento que acredite
parentesco con el cotizante.
• Declaración juramentada de dependencia
económica ante notaria.
Beneficiario
por UPC
•Documento de identificación del
beneficiario (registro civil o tarjeta de
identidad o cédula de ciudadanía o cédula
de extranjería o pasaporte).
•Registro civil de nacimiento que
acredite parentesco con el cotizante (los
necesarios para acreditar parentesco
cuando son mayores de 12 años).
•Declaración juramentada de dependencia
económica (declaración incluida dentro
del Formulario Único de Afiliación).
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MANUAL DEL USUARIO
2. CUOTAS MODERADORAS
La cuota moderadora es el valor que un afiliado, cotizante
o beneficiario debe pagar cuando utiliza un servicio
de salud en la EPS. Las cuotas moderadoras tienen
por objeto regular la utilización del servicio de salud y
fomentar su buen uso.
Los servicios a los que se aplicará pago de cuotas moderadoras son:
16
•Consulta externa: medicina general, medicina especializada
(excepto la primera consulta del año), odontológica u otros
profesionales de la salud.
•F órmula de medicamentos para tratamientos ambulatorios:
La cuota moderadora se cobrará por la totalidad de la orden
expedida en una misma consulta, independiente del número
de ítems incluidos.
•E xámenes de diagnóstico por laboratorio clínico e imagenología, ordenados en forma ambulatoria y que no requieran
autorización adicional a la del médico tratante.
•Atención en el servicio de urgencias única y exclusivamente
cuando la utilización de estos servicios no obedezca a juicio
de un profesional de la salud autorizado, a problemas que
comprometan la vida, funcionalidad de la persona o que requieran la protección inmediata con servicios de salud.
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
En la siguiente tabla presentamos el porcentaje que se establece
pagar por concepto de cuota moderadora, de acuerdo al ingreso
base de cotización, es decir el salario sobre el cual está realizando el aporte a la EPS y que define el estrato de 1, 2 ó 3 específicamente en el sistema de salud.
% Para el cobro de las cuotas moderadoras.
Artículo 8 Acuerdo 260 de 2004
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Estrato
I.B.C Ingreso
Base Cotización
Cuota Moderadora
1
Menos de 2 SMMLV
11.7% de SMDLV
2
Entre 2 y 5 SMMLV
46.1% de SMDLV
3
Mas de 5 SMMLV
121.5% de SMDLV
•SMMLV: Salario Mínimo Mensual Legal Vigente
•SMDLV: Salario Mínimo Diario Legal Vigente
MANUAL DEL USUARIO
3. COPAGOS
Los copagos son aportes en dinero que deben realizar
exclusivamente los afiliados beneficiarios, de acuerdo con
el ingreso base de cotización del afiliado cotizante. Los
valores de los copagos corresponden a una parte del valor
del servicio demandado y tienen como finalidad ayudar a
financiar el sistema.
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
Los valores a pagar de cuotas moderadoras y copagos correspondientes a cada año vigente, podrá consultarlos en la página
web: www.comfenalcovalle.com.co
ESTRATO
(definido
por el
IBC)
INGRESO
BASE DE
COTIZACION
-IBC
Los servicios a los que se aplicará copagos son:
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•Hospitalización y cirugía
•Procedimientos ambulatorios
•E xámenes diagnósticos diferentes a laboratorios clínicos e
imagenología simple
•Complementación terapéutica
•Tratamiento odontológico
Y todos los demás servicios contenidos en el Plan Obligatorio de
Salud, con excepción de los siguientes servicios:
Servicios de Promoción y Prevención, Programas de Control en
Atención Materno Infantil, Programas de Control en Atención de
las Enfermedades Transmisibles, Eenfermedades Catastróficas o
de Alto Costo, atención inicial de urgencias y aquellos servicios
sujetos al cobro de cuotas moderadoras.
En la siguiente tabla presentamos los topes máximos a pagar por
un mismo servicio de acuerdo al estrato, y los topes máximos a
pagar por año.
1
Menos de 2
SMMLV
COPAGO
POR EVENTO
11.5% del valor de servicio
sin exceda el
28.7% de 1
SMMLV
2
Entre 2 y 5
SMMLV
17.3% del
valor de
servicio sin
que exceda el
115.0% de 1
SMMLV
3
Más de 5
SMMLV
23% del valor
de servicio sin
que exceda el
230.0% de 1
SMMLV
TOPE MÁXIMO
COPAGO POR AÑO
CALENDARIO
57.5% de 1
SMMLV
230.0% de 1
SMMLV
460.0% de 1
SMMLV
19
MANUAL DEL USUARIO
Servicios del POS
20
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
Dentro de los servicios a los cuales usted puede acceder en la
EPS Comfenalco Valle, que están contemplados en el Plan Obligatorio de Salud están:
•Programas de Promoción y Prevención.
•Atención de urgencias en red hospitalaria.
•Consulta de medicina general y especializada.
•Vacunación.
•Salud oral .
•Servicios de apoyo diagnóstico: Laboratorio Clínico, Radiología, Ecografías, Medicina Nuclear y escanografía.
•Servicios de hospitalización, cirugía y procedimientos quirúrgicos y no quirúrgicos (descritos en el Anexo 2 del Acuerdo 008 de la CRES en todos los casos en que se requiera).
•Suministro de Medicamentos esenciales en su denominación genérica.
•A poyo terapéutico: Terapia física, respiratoria y del lenguaje.
•Atención con tratamientos de alto costo para enfermedades
catastróficas .
•Atención de accidentes de trabajo con recobro a la ARP.
21
MANUAL DEL USUARIO
1. PROGRAMAS DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
22
El enfoque de nuestro Modelo de Atención está basado en el autocuidado. Por esta razón, en los programas de Promoción y Prevención
encontrará aquellas acciones y procedimientos integrales, orientados a fortalecer y desarrollar habilidades para mantener y mejorar su
salud y la de su familia. Por su naturaleza, estos programas son una
responsabilidad compartida entre las personas, las familias, las empresas, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y las Instituciones
Prestadoras de Salud (IPS).
Le invitamos a utilizar los programas que detallamos a continuación,
a los cuales usted y su familia, pueden acceder directamente sin remisión médica, ni pago de cuotas moderadoras.
Si requiere información sobre los programas puede solicitarla en su
Centro Integral de Servicios (CIS) de salud ó a través de la central
telefónica servicios salud.
Los siguientes son los programas de Promoción y Prevención:
PARA LA POBLACIÓN INFANTIL:
Programa de Atención al Recién Nacido:
Es el conjunto de actividades y procedimientos dirigidos a las niñas
y niños en el proceso del nacimiento e inmediatamente después,
con el propósito de lograr disminuir el riesgo de enfermar del recién
nacido; apoyando el proceso de adaptación a la vida extrauterina,
mediante la detección, prevención y control de los problemas en forma temprana, con el fin de lograr un recién nacido sano y reducir así,
múltiples consecuencias en la salud infantil.
Estas actividades y procedimientos deben ser garantizados por las
instituciones de la red que prestan el servicio de atención del parto
y/o cesárea y la atención del recién nacido, las cuales deben tener ca-
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
pacidad resolutiva y un equipo de salud capacitado que garantice la
atención humanizada y de calidad para lograr un recién nacido sano.
Las actividades a realizar con el recién nacido son:
•Toma de la muestra de sangre del cordón umbilical para el tamizaje
de hipotiroidismo congénito (hormona estimulante del tiroides TSH
neonatal).
•Administración intramuscular de vitamina K .
•Realización del examen para hemoclasificación (grupo sanguíneo
y RH)
•Realización de profilaxis oftálmica para prevención de infecciones.
•Sensibilización sobre la importancia del alojamiento del bebé junto
con la madre, con el fin de fortalecer la relación madre/hijo; estimulando la lactancia natural y exclusiva a libre demanda (que el bebé
sea alimentado cada vez que quiera desde el nacimiento).
•Inicio del esquema de vacunación con aplicación de las siguientes vacunas: BCG (dosis única, protege contra la tuberculosis) y
antihepatitis B (Requiere continuar con el esquema para proteger
contra la Hepatitis B).
• Educación a la madre sobre: nutrición, detección de signos de
alarma o complicaciones por las que debe consultar a una institución de salud y cuidados con el recién nacido.
•Consulta de control del recién nacido: esta consulta tiene por objeto consolidar la Adaptación Neonatal Inmediata, debe ser realizada
por un médico a las 72 horas del nacimiento e incluye actividades
como: examen físico completo y evaluación de conductas y cuidados maternos del recién nacido y dar las indicaciones pertinentes.
Recuerde reclamar el resultado del examen de TSH Neonatal, el carné de vacunación del recién nacido donde se consignan las dosis
aplicadas y solicitar la cita de control dentro de los 8 días siguientes
al nacimiento. Tenga en cuenta que para solicitar cualquier servicio,
es necesaria la afiliación del recién nacido a la EPS.
23
MANUAL DEL USUARIO
Programa de Crecimiento y Desarrollo:
Detección temprana de alteraciones del crecimiento y
desarrollo, para niños de 0 a 9 años.
Dentro de los beneficios de este programa se encuentran:
24
•Evaluar el estado de salud y los factores de riesgo que puedan alterar el proceso de crecimiento y desarrollo del niño.
•Realizar examen físico general, valoración de peso, talla, perímetros y estado nutricional.
•Evaluar el proceso de crecimiento y desarrollo del menor de
10 años en forma integral.
•Educar a la familia o cuidador del menor, con base en la edad
del niño y sobre los hallazgos de la consulta.
•Orientar sobre signos de alarma por los que debe consultar
oportunamente.
•Valorar el progreso del niño en las conductas: motora, auditiva, del lenguaje, personal y social.
•Realizar actividades de educación grupal y consejería en
nutrición, puericultura, estimulación de acuerdo con la edad
del niño.
Vacunación: Programa Ampliado de Inmunización (PAI)
Tenemos a su disposición, en los puntos de vacunación de cada
uno de nuestros centros Integrales de Servicios de Salud; la aplicación de las vacunas contempladas en el Programa Ampliado
de Inmunización (PAI) para la prevención de enfermedades inmunoprevenibles en niños hasta los 5 años de edad, gestantes,
mujeres en edad fértil (15 a 49 años) y adultos de acuerdo a la
edad y riesgo.
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
Para ampliar la información sobre el servicio de vacunación, diríjase al punto de vacunación de su Centro Integral de Servicios
de Salud
PARA EL JOVEN Y EL ADULTO:
Programa del Joven: detección temprana de alteraciones del desarrollo del joven de 10 a 29 años.
Este programa le permite al joven:
•Recibir orientación en temas relacionados con: sexualidad,
violencia, depresión, suicidio, trastornos de la alimentación,
adicciones y actividad física.
•F omentar el auto cuidado acorde con la detección de riesgos
individuales teniendo en cuenta la valoración de la historia
familiar y médica.
•Realizar examen físico general, talla, peso, toma de tensión
arterial y educación para el auto examen de seno y testículos.
•Prescripción de exámenes de laboratorio de acuerdo con
los hallazgos y riesgos detectados por el médico durante
la consulta. Para las mujeres adolescentes entre 10 y 13
años, prescripción de examen de laboratorio (hemoglobina
y hematocrito).
Programa de Planificación Familiar para Hombres y
Mujeres
Consiste en un conjunto de actividades, procedimientos e intervenciones dirigidas a hombres y mujeres a partir de los 14
25
MANUAL DEL USUARIO
años de edad, dentro de los cuales se encuentra la información,
educación y asesoría en anticoncepción, incluyendo a través de
la consulta, la formulación de métodos anticonceptivos hormonales en presentación oral, inyectable e implante subdérmico, así
como la aplicación de dispositivo intrauterino (DIU) y remisión
para cirugía en caso de elección de métodos anticonceptivos definitivos (ligadura de trompas o vasectomía). La prescripción de
los métodos anticonceptivos, se rige por lo establecido en el Plan
Obligatorio de Salud POS del régimen contributivo.
26
Las adolescentes y jóvenes entre 14 y 18 años en el ejercicio
de su autonomía en desarrollo, podrán tomar decisiones sobre
métodos de planificación familiar no definitivos acorde con lo
establecido en la normatividad vigente.
La consulta, medicamentos y procedimientos cubiertos dentro
del Programa de Planificación Familiar no generan costo para
nuestros afiliados.
PARA EL ADULTO MAYOR:
Programa del Adulto Mayor: detección de alteraciones
del adulto (adultos desde 45 años):
Es una consulta con un enfoque de detección temprana de alteraciones y enfermedades del adulto que se realiza en personas
a partir de los 45 años con periodicidad cada 5 años. En esta
consulta se brinda orientación y educación en hábitos de vida
saludable, en caso de requerirse y con el fin de identificar riesgos existentes, el profesional podrá solicitar laboratorios clínicos
como perfil lipídico, creatinina, parcial de orina y glicemia. Si se
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
identifica alguna condición de riesgo o una enfermedad; el profesional encargado de esta consulta remitirá para manejo integral
de acuerdo con las guías de salud.
PARA LA MUJER:
Programa de Detección Temprana de Cáncer de Seno y
Cuello Uterino:
Para la detección temprana de cáncer de cuello uterino en mujeres de 25 a 69 años o mujeres menores de 25 años con vida sexual activa. Para detección temprana de cáncer de seno mujeres
a partir de los 50 años.
Los beneficios que le brinda este programa son:
•Evaluar factores de riesgo pre disponentes para cáncer de
cuello uterino.
•Realizar examen manual de seno y educar para auto examen
de seno.
•Toma, lectura y procesamiento de citología cérvico uterina.
•Informar y orientar de acuerdo a resultado del examen y a
condiciones particulares de cada usuaria.
•Realizar remisión al examen de mamografía bilateral de
tamizaje para mujeres desde los 50 años con periodicidad
cada dos años.
Recuerde que es muy importante la veracidad de la información
suministrada durante la toma de sus exámenes, acerca de los
datos de contacto (dirección teléfono), así como reclamar los
resultados en las fechas establecidas.
27
MANUAL DEL USUARIO
Programa de Atención Integral a la Gestante: detección
temprana de alteraciones del embarazo
Es un programa de atención y acompañamiento integral a la gestante y a su grupo familiar; razón por la cual es fundamental que
ante la sospecha de embarazo, solicite la cita médica para confirmación del mismo y en caso de embarazo confirmado solicite
el ingreso al programa de Atención Integral a la Gestante.
Los beneficios de este programa son:
28
•Evaluación del estado de salud, factores de riesgo y definición del plan de controles prenatales así.
•Información y educación sobre condiciones particulares y
sobre signos de alarma.
•E xamen físico completo por sistemas.
•Consulta de nutrición y obstetricia.
•A sesoría para la toma de la prueba de VIH.
•Valoración de talla, peso, tensión arterial y altura uterina.
•Vacunación y remisión a odontología.
•Remisión para exámenes de laboratorio que sean necesarios de acuerdo a valoración, criterio médico y coberturas
del Plan Obligatorio de Salud.
•Toma de serología.
•Remisión a curso psicoprofiláctico (curso de preparación
para la maternidad y paternidad responsable).
•Atención del parto y consulta de control post parto.
•Remisión para consulta de planificación familiar.
•Actividades preventivas dirigidas a madres gestantes.
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
PARA TODA LA FAMILIA:
Programa de Atención Preventiva en Salud Oral
La Atención Preventiva en Salud constituye un conjunto de actividades, encaminadas a mantener la salud bucal y disminuir la
presencia de las principales patologías orales en la población.
Dentro de las actividades están:
•Control y remoción de placa bacteriana: en población mayor
de dos años 2 veces en el año y en adultos mayores de 20
años una vez al año)
•A plicación de flúor: población de 5 a 19 años de edad.
•A plicación de sellantes: población de 3 a 15 años.
•Detartraje supragingival (control mecánico de placa): población mayor de 12 años.
•Actividades preventivas dirigidas a madres gestantes
•L a actividad preventiva en niños menores de 15 años, comprende detartraje (eliminación de cálculos, en mayores de
12 años según el riesgo), profilaxis, aplicación de sellantes
(en niños de 3 a 15 años según la necesidad) y aplicación de
flúor (En niños de 5 a 19 años 2 veces en el año).
Programa de detección de las Alteraciones
de la Agudeza Visual
El propósito de este programa es detectar tempranamente alteraciones de la agudeza visual, para lo cual se realiza la medición de
la agudeza visual a las personas en edades de 4, 11, 16 y 45 años
y consulta de oftalmología a los afiliados a partir de los 55 años
con periodicidad cada 5 años.
29
MANUAL DEL USUARIO
30
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
Otras actividades de Promoción y Prevención
2 SERVICIO DE URGENCIAS
Existen otras actividades que permiten mejorar la salud de los
afiliados atendiendo enfermedades o condiciones de riesgo, ya
que una vez detectadas se realizara un manejo integral, entre
ellas se encuentran:
¿Qué es una urgencia?
•Programa para el control de la tuberculosis y lepra: La corresponsabilidad del paciente y su grupo familiar para el
cumplimiento del tratamiento y demás recomendaciones
brindadas por el equipo de salud que presta la atención en
estos programas, así como la asistencia a todas y cada una
de las actividades programadas, influyen en la curación y el
control de éstas.
•Programa de riesgo cardiovascular dirigido a los pacientes
con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes mellitus,
obesidad y enfermedad renal crónica.
•Programa de salud sexual y reproductiva, que tiene como
propósito el diagnóstico precoz y tratamiento de los afiliados
con enfermedades de transmisión sexual.
Si requiere mayor información sobre éstas actividades, solicítela
a través de nuestros profesionales o en la central telefónica de
servicios de salud.
Es la alteración de la integridad física y/o mental de una persona,
causada por un trauma o por una enfermedad de cualquier origen
que genere una demanda de atención médica inmediata y efectiva
tendiente a disminuir los riesgos de invalidez y muerte. (Decreto
412 de 1992)
Solo se debe acudir al servicio de urgencias por ejemplo en los
siguientes casos: pérdida del conocimiento, paro cardiorrespiratorio, accidentes graves, convulsiones, complicaciones severas
del embarazo, caídas desde grandes alturas, hemorragias, heridas con arma de fuego o arma blanca y quemaduras.
¿Cómo se presta la atención en el servicio de urgencias?
Para la atención de urgencias, las instituciones de salud realizan
el “Triage”, para la atención médica, dando prioridad a la atención
de los pacientes más críticos
Por ello, tenga en cuenta que si acude al servicio de urgencias
cuando no es necesario debido a que el estado de salud que
presenta no compromete su vida, tendrá que esperar durante un
tiempo en el servicio de urgencias para ser atendido.
31
MANUAL DEL USUARIO
“Recuerde que la primera opción es consultar a su médico personal”.
¿Qué es el TRIAGE?
Es un sistema de recepción, clasificación y ubicación de
los pacientes en la lista de espera para la atención médica.
En el Triage se realiza una evaluación rápida de los
pacientes para dividir los estados de gravedad en varias
categorías; de críticos a menos urgentes determinando
así la prioridad en la atención.
32
A la hora de presentar algún síntoma que afecte su estado de
salud, es importante que usted evalúe si requiere atención inmediata, si necesita una consulta prioritaria, o si puede esperar a
ser revisado en una consulta programada.
Es muy común que cuando se presenta un problema de salud
aunque no sea grave, acudamos al servicio de urgencias, lo que
podría ocasionar congestión en esta área. Por eso, es importante que usted conozca las posibles alternativas y opciones que
tiene como afiliado al Plan Obligatorio de Salud, esto le permitirá
hacer buen uso de sus servicios, y así evitar inconvenientes a
la hora de solicitarlos. Aquí le presentamos lo que usted debe
saber para utilizarlos de la mejor manera.
Cuando usted o sus beneficiarios requieran por su situación de
salud, una atención por el servicio de urgencias, acuda a la red
de servicios contratada.
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
Teniendo en cuenta que la red de urgencias puede cambiar, lo
invitamos a que consulte regularmente la información en nuestra
página web: www.comfenalcovalle.com.co
Para recibir orientación de la red de urgencias a la cual puede
dirigirse comuníquese con la línea de atención 524 22 44 durante
las 24 horas.
Si la urgencia se presentara fuera de Cali, comuníquese al teléfono 018000–915202, para recibir información, orientación y
ubicación en la institución de salud más cercana con respecto
al lugar donde se encuentre. Si no se puede comunicar acuda a
cualquiera de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud
(IPS), siempre y cuando sea una urgencia.
La institución se comunicará con la EPS Comfenalco Valle para
solicitar autorización del servicio. De no ser posible dicha comunicación, atenderán la urgencia, cobrando al paciente el valor de
la atención. En este caso, la EPS Comfenalco Valle reconocerá el
reembolso de la urgencia (a las tarifas que tenga establecidas el
Gobierno Nacional para el sector público).
Para el reembolso, el usuario debe presentar dentro de los 15
días siguientes a la fecha de la atención, la solicitud por escrito explicando el motivo de la urgencia y adjuntando la historia
clínica y las facturas originales (que cumplan los requisitos de
la DIAN).
33
MANUAL DEL USUARIO
¿Qué es una cita prioritaria?
Cita prioritaria, es un servicio de consulta externa, orientado
a atender enfermedades de baja complejidad que requieren
solución en las primeras 24 horas de iniciados los síntomas.
Por esta razón, tenga en cuenta que aquellos casos en que su
consulta no amerita una atención de urgencias, usted puede
acudir a la consulta prioritaria en las Unidades de Servicios de
Salud ubicadas cerca al lugar de su residencia.
3. CONSULTA MEDICINA GENERAL Y ESPECIALIZADA
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Cuando el servicio requerido no es una urgencia, ni una consulta
prioritaria, usted debe programar su cita con el médico general en la
sede de atención que tenga asignada o a través de la línea telefónica
8862610 de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 6:00 p.m. - sábados de
7:00 a.m. a 12:00 m. ó a la línea 018000517724 en las sedes Buga,
Tuluá, Popayán, Cartago, con el mismo horario de atención.
Recuerde que el médico general es la puerta de entrada a los
demás servicios en la Entidad Promotora de Salud (EPS), es el
profesional que le atenderá su estado de salud y según su criterio
médico le indicará el momento en que requiera el manejo por un
especialista.
Apreciado usuario (a), recuerde que si usted programa una
cita médica, debe asistir puntualmente al sitio en donde le
fue asignada. En caso de no poder asistir, deberá reasignarla
o informar de su cancelación oportunamente, a través de
nuestra línea de atención telefónica o nuestra página web
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
4. VACUNACIÓN:
Adicional al esquema de vacunación del Plan Ampliado de Inmunización PAI, la experiencia y calidad de nuestra entidad nos
permite ofrecer a particulares y afiliados el servicio de vacunación complementaria, mediante el cual disponemos de aquellas
vacunas no contempladas en el PAI, que permiten prevenir enfermedades tales como: varicela, hepatitis, neumococo e influenza
entre otras, con tarifas competitivas.
5. SALUD ORAL:
La atención odontológica incluye actividades de Promoción y
Prevención, diagnóstico y tratamiento con odontología general y
cuando se requiera atención con odontopediatría, endodoncia y
cirugía oral y maxilofacial.
• Usted puede acceder a los servicios de salud oral a
través de consulta odontológica de primera vez o a
través del servicio de atención prioritaria, en nuestros
Centros Integrales de Servicios de Salud.
• Una vez usted accede al servicio de salud oral será
remitido a tratamiento odontológico con las especialidades que correspondan.
• En la consulta odontológica de primera vez el odontólogo realiza historia clínica odontológica, define plan
e inicia tratamiento.
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MANUAL DEL USUARIO
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
El servicio de salud oral cuenta con avanzada tecnología y un
excelente equipo de profesionales altamente calificados en todas las especialidades. Se caracteriza por su atención integral y
tarifas especiales para servicios odontológicos no incluidos en el
Plan Obligatorio de Salud, por parte de especialistas de acuerdo
al diagnóstico realizado por el profesional de nuestra EPS.
6. SERVICIOS DE APOYO DIAGNÓSTICO
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Laboratorio Clínico: nuestro laboratorio clínico ofrece servicios
de apoyo al diagnóstico clínico, con personal idóneo de gran
calidad humana, innovando constantemente los recursos tecnológicos para garantizar resultados confiables y oportunos según
técnicas aceptadas internacionalmente
RECUERDE
• Antes de asistir al examen de laboratorio confirme el
horario del servicio en su Centro Integral de Servicios
de Salud y la preparación que requiere la toma del
mismo. Puede acceder a la misma de forma personal
o consultar a través de la central telefónica de EPS
Comfenalco Valle 5242244.
• Cumpliendo las recomendaciones indicadas, acuda al
servicio de laboratorio clínico al que fue direccionado
según las indicaciones, presente orden médica vigente, documento de identidad del paciente y recuerde
cancelar el valor de la cuota moderadora correspondiente.
• Para reclamar sus resultados recuerde presentar la
factura expedida en el momento de la autorización y/o
solicitar formato de autorización para la entrega de resultados en caso de pérdida del recibo.
• Recuerde que la orden médica para la toma de laboratorios debe generarla un médico o institución inscrita a
EPS Comfenalco Valle y tiene vigencia de 30 días desde
su expedición.
• El día que acuda al laboratorio usted debe cumplir las
recomendaciones y la preparación indicada para poder
practicar el examen y garantizar la confiabilidad de los
resultados.
Radiología e imágenes diagnósticas: para los exámenes de radiología básica, ecografía, mamografía, endoscopias digestivas
recibirá orientación de su médico tratante o en el Centro Integral
de Servicios de Salud donde fue atendido, sobre donde realizarse
el estudio.
Si su médico inscrito a Comfenalco Valle le ordena otros exámenes diagnósticos, como: tomografía axial computarizada (TAC),
resonancia nuclear magnética (RNM), estudios vasculares no
invasivos, medicina nuclear u otro método de apoyo diagnóstico especializado, debe comunicarse al 8862608 para que le sea
asignada la cita, allí mismo le darán orientación e información sobre la preparación que se debe tener para el estudio que requiera.
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MANUAL DEL USUARIO
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PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
7. SERVICIOS HOSPITALARIOS
8. SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS
Con la remisión expedida por un médico o institución de la red
de la EPS, debe acercarse al punto de autorización del Centro
Integral de Servicios de Salud al cual ha sido asignado, para radicar la solicitud. En este punto de atención le orientarán sobre los
pasos a seguir. Recuerde a su médico que la remisión debe venir
acompañada por resumen de historia clínica y copia del resultado
de los exámenes realizados.
La red de farmacias le suministrará los medicamentos esenciales
contenidos en el Plan Obligatorio de Salud, en su presentación
genérica, no comercial.
Desde el área de autorización de servicios hospitalarios será
contactado para informarle la cobertura del procedimiento, institución en donde se realizará y proceso a seguir para la programación del mismo.
Procedimiento de hospitalización y
cirugía de urgencias:
Para solicitar autorización de hospitalización o cirugía,
cuando el usuario ha ingresado por el servicio de urgencias
de una de nuestras instituciones de la red, el usuario o su
responsable debe acercarse al área de facturación o admisiones de la institución en que se encuentra hospitalizado,
donde se le informará sobre la autorización, en caso de ser
beneficiario, el valor a cancelar por concepto de copago o
cualquier otra información de tipo administrativo.
Le agradecemos tener en cuenta las siguientes indicaciones:
1. Acuda a la red de droguerías autorizada por la EPS Comfenalco
Valle, presente el documento de identificación del cotizante, y en
caso de ser menor de edad, el registro civil o la tarjeta de identidad y fórmula médica vigente (expedida por médico o institución
de red de la EPS, en papelería autorizada).
2. La vigencia de su fórmula es de 72 horas (3 días) a partir de la
fecha de expedición.
3. En aquellos casos en que el paciente tenga formulación de
uso permanente o prolongado debe registrar la cantidad de medicamentos requeridos para un mes de tratamiento y colocar el
tiempo de uso hasta el próximo control y no exceder más de 6
meses. Ejemplo: si usted toma 1 tableta diaria y su control es
cada 3 meses la orden debe indicar 30 tabletas y especificar que
es para 3 meses. El punto de atención farmacéutica dispensará
la fórmula original para 30 días y le indicará las fechas en la cual
debe presentarse nuevamente para las siguientes entregas.
4. Antes de salir del consultorio médico es importante confirmar
que la fórmula se encuentre debidamente diligenciada, indicando
la presentación del medicamento (jarabe, tabletas, gotas, granulados, inyectables, etc.), forma farmacéutica, dosis, vía, frecuencia del medicamento y cantidad para el tiempo de tratamiento de
acuerdo a lo indicado anteriormente.
39
MANUAL DEL USUARIO
5. Recuerde programar su cita de control con un tiempo prudencial previo al vencimiento de la última entrega, para no interrumpir el tratamiento. Las fórmulas no se renuevan, ni se transcriben
en los puntos de autorización de medicamentos, debe generarlas
su médico tratante.
9. COMITÉ TÉCNICO CIENTÍFICO:
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Cuando el procedimiento médico, insumo y/o medicamento ordenando para el tratamiento del usuario dado por el profesional de
salud de la EPS Comfenalco Valle, no está incluido dentro de las
coberturas del Plan Obligatorio de Salud, la solicitud del mismo
puede presentarse ante Comité Técnico Científico.
¿Qué es el Comité Técnico Científico (CTC)?
Es un organismo autónomo integrado por un representante
de la EPS, un representante de las IPS adscritas a la EPS
Comfenalco Valle y un representante de los usuarios elegido
en la asamblea anual de usuarios. El comité se encarga de
analizar las solicitudes presentadas y aprobarlas o desaprobarlas según lo definido en la resolución 3099 de 2008.
Documentos que se deben presentar en el
Comité Técnico Científico
Para la evaluación de los casos en el comité, el usuario debe
presentar:
•F ormato de solicitud debidamente diligenciado por el profesional solicitante. El formato de solicitud lo puede conse-
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
guir con su médico o en la IPS donde recibe los servicios
de salud.
•Resumen de historia clínica completo que evidencie y justifique el servicio ordenado, incluyendo la última consulta
y firmado por el mismo profesional que solicita el servicio,
vigencia no mayor a 30 días.
•F órmula para el medicamento solicitado cumpliendo los requisitos legales para la formulación y/o copia de la orden
médica del servicio médico o prestación solicitada.
•Resultados de exámenes de apoyo diagnóstico y en casos
especiales los estudios realizados y protocolos de manejo.
Los documentos completos deben ser presentados en las oficinas de autorización de medicamentos, en las sedes y horarios
establecidos por la EPS. La respuesta a la solicitud y entrega de
autorizaciones se realizará en los 8 días calendario siguientes a
la fecha de radicación, confirmando No. del acta de aprobación
del comité y número de caso.
10. PRESTACIONES ECONÓMICAS
El cotizante afiliado dependiente o independiente tiene derecho
al reconocimiento de las prestaciones económicas que se generan por:
•Enfermedad general
•L icencias de maternidad
•L icencias de paternidad
Sin embargo, el reconocimiento de las mismas está sujeto al
cumplimiento de los requisitos legales frente a cada una de las
prestaciones.
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MANUAL DEL USUARIO
¿Cuáles son los pasos a seguir para la reclamación de
las prestaciones económicas?
•El médico y odontólogo expide la incapacidad al trabajador
•L a empresa relaciona las incapacidades en formato de solicitud, firma y sella el formato, anexa certificados originales
y radica en la EPS.
•L a EPS reembolsa, paga o informa novedades.
Incapacidad por enfermedad general
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Para tener derecho al reconocimiento de incapacidad por enfermedad general se requiere que el afiliado haya cotizado por un
periodo mínimo de cuatro (4) semanas anteriores a la fecha de
inicio de la incapacidad; que el empleador o trabajador independiente haya cancelado oportunamente, según las normas legales, por lo menos cuatro (4) de los seis (6) meses anteriores al
inicio de la incapacidad y durante todo el periodo de la misma
Para el reconocimiento económico por enfermedad general, tenga en cuenta lo siguiente:
•No es necesario transcribir los formatos de incapacidad por
enfermedad general al formato de la EPS, se aceptan los
certificados de incapacidad originales de los profesionales o
IPS inscritas a la EPS. Sólo se transcriben los certificados de
incapacidad con prórroga mayor a 180 días para presentar
en el fondo de pensiones, o cuando el trabajador cotiza por
más de un empleador.
•En caso de urgencia atendida por fuera de la red de servicios
de la EPS y que genere incapacidad, se debe presentar copia
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
completa de la historia clínica para el estudio del reconocimiento y en caso de ser reconocida, se autorizaran los días
de incapacidad según el estudio de pertinencia médica que
realice la EPS.
•No se reconocen las incapacidades expedidas por profesional o IPS no inscrito a la EPS.
•Si la incapacidad es originada por un accidente de tránsito,
se debe anexar copia de la historia clínica de la atención de
la urgencia.
•Si la Incapacidad es originada por un accidente de trabajo
o enfermedad profesional, debe ser transcrita en cualquier
punto de atención, presentando el reporte del accidente o la
calificación de la ARP.
•L a incapacidad expedida por medicina legal, no homologa ni
reemplaza la incapacidad laboral, es de carácter legal no laboral, por este motivo, el trabajador debe ser valorado por un
médico de la EPS, quien expedirá la misma si es pertinente
y de acuerdo a su criterio médico, a partir de la fecha de la
valoración.
•La incapacidad originada por tratamientos con fines estéticos,
cosméticos o sus complicaciones no tiene cubrimiento por el
Plan Obligatorio de Salud.
•Si la incapacidad es de 1, 2 ó 3 días, el reconocimiento
económico estará a cargo del empleador; sin embargo si se
expide prórroga se debe presentar en la EPS para la correcta
liquidación de la incapacidad prórroga.
•El Plan Obligatorio de Salud, no tiene cubrimiento por fuera
del territorio nacional, por lo tanto no se cubren las incapacidades generadas en estas atenciones.
43
MANUAL DEL USUARIO
Licencias de maternidad
Para tener derecho al reconocimiento económico de la licencia
de maternidad, se requiere que la trabajadora dependiente haya
cotizado 180 días durante el periodo de gestación y la trabajadora
independiente por lo menos 150 días durante el periodo de gestación. Para el reconocimiento económico por licencia de maternidad, se deben presentar los siguientes documentos adjuntos al
formato de radicación o carta remisoria:
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1. Fotocopia del registro civil de nacimiento del hijo, si:
•El recién nacido no se encuentra afiliado a la EPS
•L a licencia de maternidad es por adopción (padres biológicos o adoptivos).
•Si la licencia de maternidad fue expedida fuera del país.
2. Copia de la historia clínica de la atención con la siguiente
información:
•F echa de inicio de la licencia de maternidad
•Semanas de gestación en la fecha de inicio de la licencia
•F echa probable de parto
•Peso del recién nacido
3. Certificado de recién nacido vivo
4. Certificado de defunción en caso de fallecimiento del hijo
5. Para el caso de la licencia de maternidad por adopción:
•Padre adoptante (sin cónyuge o compañera permanente):
Copia autenticada de la Resolución que ICFB por medio de
la cual se conceda la patria potestad. No se autoriza licencia
de paternidad.
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
Fecha de inicio de la licencia: fecha en que se expide la Resolución del ICFB donde concede la patria potestad.
•Madre adoptante: Copia autenticada del Acta de Colocación
expedida por el ICBF.
Fecha de inicio de la licencia: fecha en que se expide el Acta de
Colocación expedida por el ICBF.
6. Cuando la licencia de maternidad fue expedida fuera del país
los documentos deben estar:
1. Legalizados y traducidos al español, suscritos por el Cónsul.
2.La firma del Cónsul debe estar avalada por el Ministerio de
Relaciones Exteriores.
3. En el caso de documentos públicos (cuando la madre es
atendida en instituciones estatales del país en donde se expide la licencia) no hay necesidad de hacer este trámite, con
el sello de apostillaje se validan los documentos.
La licencia de maternidad debe empezarse a disfrutar de manera
obligatoria una (1) semana antes o dos (2) semanas antes de
la fecha probable del parto, según decisión de la futura madre
conforme al certificado médico.
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MANUAL DEL USUARIO
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
Licencias de paternidad
Para tener derecho al reconocimiento económico de la licencia
de paternidad, se requiere que el trabajador haya cotizado efetivamente durante 180 días (previos a la fecha de nacimiento del
hijo).
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El esposo o compañero permanente tendrá derecho a (8) días
hábiles de licencia remunerada de paternidad para lo cual debe
presentar la solicitud del reconocimiento económico dentro los
30 días siguientes al nacimiento del hijo con la fotocopia de registro civil de nacimiento del hijo. Si es por adopción, fotocopia
del registro civil de nacimiento del hijo de los padres biológicos
o adoptivos.
Para el reconocimiento económico por licencia de paternidad, se
deben presentar los siguientes documentos adjuntos al formato
de radicación o carta remisoria:
Presentar dentro de los 30 días siguientes al nacimiento del hijo:
1. Formato de radicación o carta remisoria de la empresa en
todos los casos .
2. Fotocopia de registro civil de nacimiento del hijo.
3. Para el caso de la licencia de paternidad por adopción el registro civil de nacimiento del hijo de los padres biológicos o
adoptivos.
Derechos y Deberes
de los Afiliados
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MANUAL DEL USUARIO
Derechos:
Es para nosotros muy importante que usted y todos los miembros de su grupo familiar conozcan los deberes y derechos que
contempla la ley para los afiliados al régimen contributivo de Salud, de este modo, evitará sanciones por incurrir en faltas debido
a su desconocimiento, además podrá acceder más fácilmente a
los diferentes servicios que le brinda la EPS Comfenalco Valle y
hará una adecuada utilización de los mismos.
Deberes:
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El incumplimiento de los deberes puede acarrearle sanciones
como: suspensión temporal de la afiliación, pérdida de la antigüedad en el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS)
(la cual le garantiza la cobertura de los diferentes servicios),
pago total de los gastos generados por servicios solicitados en
forma irregular o para personas que no tuviesen tal derecho. Decreto 1707 de 2002
Le invitamos a conocer algunos de sus derechos y deberes:
•T iene derecho a afiliar a su grupo familiar básico de acuerdo
a los requisitos de ley para tal efecto y el deber de reportar
a la EPS las novedades que se presenten en su grupo familiar; tales como retiro o adición de beneficiarios, cambio de
domicilio, cambio en la documentación de sus beneficiarios,
fallecimientos, discapacidad, independencia económica, etc.
•T iene derecho al acceso a los servicios de salud contem-
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
plados en el Plan Obligatorio de Salud y el deber de realizar
el pago de cuotas moderadoras y copagos de acuerdo a la
normatividad.
•T iene derecho a recibir un buen trato por parte del personal
que le atiende y el deber recíproco de otorgar un trato respetuoso a los funcionarios y profesionales de la entidad de salud; así como cumplir las normas, reglamentos e instrucciones de las instituciones que le presten el servicio de salud.
•T iene derecho a recibir atención médica de buena calidad
y el deber de asistir puntualmente a las citas programadas
o en caso de no poder asistir, cancelarlas oportunamente.
•T iene derecho a recibir respuesta oportuna a sus solicitudes
y el deber de presentar solicitudes, sugerencias o reclamos
cuando observe alguna situación irregular en la prestación
del servicio.
•T iene derecho a elegir libremente la EPS a la cual desea
afiliarse y el deber de permanecer en la misma EPS por un
período mínimo de doce meses, desde el momento de la
afiliación tanto del cotizante como de sus beneficiarios.
•T iene derecho a participar en la prestación de los servicios
de salud y el deber de asistir a las actividades, talleres,
charlas y programas de Promoción y Prevención que programe la EPS.
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MANUAL DEL USUARIO
•T iene derecho al secreto y confidencialidad de la historia
clínica y el deber de respetar la intimidad de los demás pacientes.
•T iene derecho a recibir educación en salud y el deber de
velar por el mejoramiento, conservación y recuperación de
su salud personal y por la de los miembros de su hogar y
su comunidad.
Le invitamos a consultar y aprender sobre todos los derechos
y deberes en el Sistema General de Salud a través de nuestra
página web: www.comfenalcovalle.com.
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Glosario
MANUAL DEL USUARIO
TÉRMINO
52
DEFINICIÓN
SGSSS
Sistema General de Seguridad Social en Salud
CNSSS
Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud
FOSYGA
Fondo de Solidaridad y Garantía
EPS
Empresa Promotora de Salud
IPS
Institución Prestadora de Servicios de Salud
POS
Plan Obligatorio de Salud
UPC
Unidad de Pago por Capitación
CTC
Comité Técnico Científico
IBC
Ingreso Base de Cotización
PyP
Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad
CIS
Centro Integral de Servicios
SOAT
Servicio Obligatorio de Accidentes de Tránsito
ARP
Administradora de Riesgos Profesionales
SMMLV
Salario Mínimo Mensual Legal Vigente
SMDLV
Salario Mínimo Diario Legal Vigente
SMDLV
Salario Mínimo Diario Legal Vigente
OPERADOR
DE INFORMACIÓN
Son los encargados de recepcionar la información suministrada por parte de las empresas y de distribuir los archivos
a las diferentes administradoras de una manera, segura y
oportuna.
Si requiere consultar nuestra red de servicios de salud, lo invitamos a ingresar a nuestra página web continuamente, ya que la
información se actualiza de manera permanente. Para conocer la
red de urgencias ingrese a
http://www.comfenalcovalle.com.co