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1 Buenos Aires, 2 de noviembre de 1999 RESOLUCION Nº: 696/99 ASUNTO: ACREDITAR la carrera de Maestría en Políticas Ambientales y Territoriales, Universidad de Buenos Aires, Facultad de Filosofía y Letras, Secretaría de Posgrado. Carrera Nº 3.257/98 VISTO: la Ley 24521, en sus artículos 44, 45, 46 y 47, la Resolución 1168/97 del Ministerio de Cultura y Educación, la Ordenanza 013/97 y la Resolución 076/98 CONEAU, y la Solicitud de Acreditación que presentó la Universidad de Buenos Aires, Facultad de Filosofía y Letras para la carrera de Maestría en Políticas Ambientales y Territoriales, los perfiles de categorización y lo actuado por el Comité de Pares que tuvo a cargo efectuar recomendaciones de acreditación y por haberse solicitado de categorización, y CONSIDERANDO: Que, con relación a los aspectos institucionales y generales: La inserción institucional de la carrera con relación a la institución universitaria que la presenta es apropiada. La maestría y su trayectoria son pertinentes y relevantes en el contexto de los objetivos fijados para las mismas. Los convenios firmados por el posgrado son escasos aunque destacados. Las fuentes complementarias de financiamiento son reducidas (sólo FOMEC). Los aranceles fijados resultan razonables. Que, con relación al perfil de la carrera, organización académica y plan de estudios: Res696 99 c3257 2 La directora presenta un buen perfil docente con un desarrollo académico adecuado pero escasa práctica profesional, con limitaciones en aspectos de consultorías, transferencias, etc. La Comisión de Maestría está formada por cinco integrantes del Instituto de Geografía cuyas funciones están acotadas a la admisión de alumnos y a la selección del personal docente. Desde este punto de vista resulta insuficiente como órgano de seguimiento y control de la carrera. Si bien los objetivos de la carrera y el perfil del graduado son correctos hay cierta discordancia con el desarrollo de un plan de estudios excesivamente teórico y con la falta de práctica profesional. Por otro lado, el plan de estudios, de acuerdo a la descripción de las ocho áreas de conocimiento, denota un marcado predominio de los aspectos geográficoterritoriales sobre los ambientales. Que, con relación a las tesis, trabajos integradores, trabajos finales, proyectos u obras: Los requisitos formales para la presentación de las tesis son aceptables aunque del material presentado no surgen con claridad los mecanismos de seguimiento y orientación de los alumnos. A pesar de que la carrera se ha iniciado en 1994 aún no se ha aprobado ningún trabajo. Del examen de los tres temas que se ejemplifican se infiere que puede no haber total concordancia entre los mismos y los objetivos de la carrera. Res696 99 c3257 3 Que, con relación al cuerpo académico: Los veinticuatro docentes estables constituyen un cuerpo académico de dimensión adecuada y de muy buen nivel. Las deficiencias que se advierten en la presentación de sus antecedentes (falta de información y actualización) parecerían indicar un contacto no muy asiduo con los mismos. Las modalidades adoptadas para evaluar la tarea docente son razonables, sumándose el análisis de la Comisión de Maestría y el realizado por los propios alumnos del curso. No se enuncian mecanismos implementados para el mejoramiento de su actividad. Que, con relación a las actividades de investigación, asistencia técnica, consultoría, transferencia, pasantía vinculadas con los objetivos del posgrado: En la institución se está desarrollando siete proyectos de investigación realizados por docentes y vinculados a los objetivos del posgrado. La participación de los estudiantes y becarios en dichos proyectos es baja, no superando el 25% de los cursantes. Cinco de las investigaciones en marcha han producido publicaciones en número apropiado. No se han realizado actividades de asistencia técnica, consultoría, etc. Que, con relación a los alumnos y graduados: Los requisitos de admisión son laxos. Deberían fijarse pautas básicas de acuerdo a los diferentes paquetes disciplinarios o establecerse un curso de nivelación. La evolución de las cohortes y la tasa de productividad del posgrado es mala y puede deberse a los escasos recursos facilitados por el programa para que los alumnos Res696 99 c3257 4 puedan completar sus actividades curriculares. Además, el seguimiento y orientación de los estudiantes no parece realizarse. Que, con relación a la infraestructura y equipamiento: La infraestructura y el equipamiento son adecuados para los objetivos de la maestría. Sin embargo, se observa como carencia importante la falta de conexión a redes informáticas. Asimismo, resulta preocupante el hecho de que las colecciones de la hemeroteca se compongan exclusivamente de temas geográficos. Por ello, LA COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA RESUELVE: Artículo 1º.- ACREDITAR la carrera de Maestría en Políticas Ambientales y Territoriales, Universidad de Buenos Aires, Facultad de Filosofía y Letras, Secretaría de Posgrado. Artículo 2º.- CATEGORIZAR a la mencionada Maestría como C. Artículo 3º.- RECOMENDAR: - Ajustar el perfil de la carrera a la denominación del título que otorga y a los objetivos de la misma atendiendo, fundamentalmente, a reforzar los aspectos ambientales y completar la formación con mayor práctica profesional. - Ampliar las funciones y atribuciones de la Comisión de Maestría, como órgano de seguimiento y control de la carrera, tendiendo a una mejor supervisión de los Res696 99 c3257 5 cursantes, incluyendo la pertinencia de los temas de tesis con referencia a los objetivos de la carrera. También correspondería a dicha Comisión ajustar los requisitos de admisión para lograr un perfil más equilibrado de los cursantes. Por último, resultaría conveniente que la misma encarara una investigación acerca de las causas por las que no se han producido graduaciones hasta el presente. - Procurar formas de financiamiento externo que permitan mejorar aspectos de infraestructura, equipamiento, becas a cursantes, etc. Artículo 4º.- Regístrese, comuníquese, archívese. RESOLUCION Nº 696 – CONEAU - 99 Res696 99 c3257