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ESTUPEFACIENTES Y MEDICAMENTOS CONTROLADOS Guía: Introducción Elaboración de Órdenes de Compra de Estupefacientes y Medicamentos Controlados Recepción de Medicamentos Controlados o Estupefacientes Envío de Medicamentos Controlados o Estupefacientes a Farmacias Satélites o Sucursales Devolución de Estupefacientes o Medicamentos Controlados Vencidos Dispensación de Recetas de Estupefacientes Dispensación de Medicamentos Controlados Elaboración del Informe de Medicamentos Estupefacientes y Controlados Funciones del administrador en la farmacia comunitaria Realizado por: Comisión de Protocolos Introducción Los estupefacientes son fármacos que alteran el estado de ánimo, el pensamiento y los sentimientos de los pacientes que los consumen, pudiendo generar en ellos tolerancia o dependencia física y conductual1, son ejemplos: la morfina y el metilfenidato (Ritalina®). Es por esto que su comercialización es regulada por el Estado a través del Departamento de Drogas Estupefacientes, Registros y Controles del Ministerio de Salud.2 El Ministerio de Salud considera como estupefacientes: "todas aquellas drogas incluidas en la Convención Única sobre Estupefacientes, establecida en 1961 por las Naciones Unidas, todas las que queden sujetas a control internacional en el futuro y las que a juicio de esta institución se declaren como tales".2 También son controlados por el Ministerio de Salud algunos fármacos que por la naturaleza de los efectos secundarios que pueden producir (por ejemplo: aborto) se consideran riesgosos para la población si no son utilizados bajo estricta supervisión médica, como sucede con el Misoprostol (Cytotec). No obstante, al no generar dependencia física ni psicológica en el paciente, los médicos no requieren de una receta elaborada por el Ministerio de Salud para su prescripción. El presente protocolo tiene como fin establecer los procedimientos básicos que se deben seguir para la correcta gestión de compra, recepción, registro y dispensación de los medicamentos controlados y estupefacientes en la farmacia. Elaboración de Órdenes de Compra de Estupefacientes y Medicamentos Controlados En el caso de los estupefacientes, todo movimiento de estos fármacos en la farmacia debe ser registrado en la hoja electrónica correspondiente, diseñada por el Ministerio de Salud y retirada personalmente por el regente farmacéutico en el Departamento de Estupefacientes, Registros y Controles de dicha institución. Si se trata del Misoprostol, el registro de los movimientos del producto deben constar en el formulario que para tal efecto entrega la Dirección de Registros y Controles del Ministerio de Salud. Procedimiento3: 1. Revise los saldos o existencias de drogas estupefacientes o medicamentos controlados con los que cuenta la farmacia. 2. Con base en el inventario mínimo definido para estos productos en la farmacia establezca si se requiere tramitar la compra de uno o más de estos y la cantidad a solicitar. 3. Averigüe la disponibilidad y los precios de los medicamentos. Utilice las Boletas de Análisis de Precios del Establecimiento o bien medios electrónicos. 4. Si tramita la compra directamente por internet, agregue la leyenda de controlado o estupefaciente (según corresponda) en el renglón destinado para ello, en la hoja electrónica de pedido. 5. En caso de no realizar el trámite por internet, entregue una copia de la orden de compra o la Solicitud de Tránsito Interno al agente de la distribuidora correspondiente. 6. Anote el pedido en las Boletas de Proveeduría de la distribuidora, fírmelo y envíelo. Formulario Consecutivo de Órdenes de Compra CP-001-04 Viernes 30 de noviembre del 2004 Orden de compra de medicamento controlado Proveedor: Los Patitos S.A Cantidad 5 Medicamento CYTOTEC Forma Farmacéutica Caja (28 tabletas) Precio 219 000 Modo de pago: Crédito, según se ha realizado en el pasado Responsable: Dra. Mayra Garza del Pozo Regente Farmacéutica Código profesional: 125 Recepción de Medicamentos Controlados o Estupefacientes Este tipo de medicamentos deben ser recibidos por el regente farmacéutico. Se debe verificar que la Boleta de Proveeduría contenga la siguiente información: Nombre correcto del comprador, persona física o jurídica (razón social) y de la farmacia. Fecha de entrega Además, se debe confirmar que: Las cantidades y precios de los productos coinciden con lo datos estipulados en la orden de compra. La fecha de vencimiento de los medicamentos sea al menos seis meses posterior a su fecha de adquisición. El empaque primario y secundario se encuentren en perfectas condiciones. Si se da un incumplimiento de alguna de estas condiciones el pedido se devuelve y el regente se debe comunicar personalmente con un representante de la distribuidora para indicarle las razones de esta decisión, con la finalidad de corregir el error. Si por el contrario el pedido cumple con todos los requerimientos anteriormente mencionados, el regente deberá: Firmar y sellar la factura de recibido. Esta sólo debe contener estupefacientes o medicamentos controlados (según sea el caso)4. Fotocopiar la factura para generar el informe de medicamentos controlados o estupefacientes al Ministerio de Salud. Esta copia la conserva el regente. Registrar en el archivo histórico de compras de medicamentos controlados o de estupefacientes, la factura que el mensajero de la distribuidora le entregó. Tramitar la cancelación de la factura, según las condiciones de pago establecidas en común acuerdo con el representante de la distribuidora. Colaborar en el etiquetado del producto, verificando que se le asigne el precio correcto. Colaborar en el ingreso de los medicamentos en el inventario o en su defecto verificar que la información se registre correctamente. Verificar que las existencias de cada producto en el inventario coincidan con las reales en los estantes destinados para medicamentos controlados, estupefacientes y psicotrópicos. Ingresar los datos de la factura (fotocopia) en la hoja electrónica de estupefacientes elaborado por el Ministerio de Salud o bien en el Formulario correspondiente en el caso del Misoprostol. Si no hay inconsistencias o errores guarde los datos de los estupefacientes adquiridos en la hoja electrónica. Proceda a guardar los medicamentos en su estantería y bajo llave. Envío de Medicamentos Controlados o Estupefacientes a Farmacias Satélites o Sucursales Se da cuando una farmacia agota las existencias de alguno de estos productos y solicita a otra farmacia de la misma cadena que le surta la cantidad necesaria para dispensar alguna receta, en tanto se gestiona la compra del medicamento. Procedimiento: 1. El regente de la farmacia que ha agotado el medicamento que el paciente necesita revisa la receta para confirmar su validez. 2. Si esta cumple con los requisitos legales y técnicos, se solicitará al regente de otra farmacia con inventario del producto la cantidad requerida para dispensar la receta. Para ello realiza un memorando. 3. El regente de la farmacia que cuenta con el medicamento verifica sus existencias y elabora por duplicado el memorando de traslado. 4. Previo al envío del producto el farmacéutico y el repartidor comparan la solicitud con el memorando de traslado para evitar errores. 5. Si todo está bien, el repartidor entrega el medicamento al regente de la farmacia solicitante junto con la copia de traslado. Este último documento deberá registrarse como una entrada positiva en el informe de estupefacientes o medicamentos controlados a entregar al Ministerio de Salud. Posteriormente, el regente dispensa la receta. 6. Por su parte el farmacéutico que envía el medicamento a la farmacia solicitante digitará como entrada negativa la boleta de traslado en la hoja electrónica de medicamentos estupefacientes del Ministerio de Salud, nunca deberá registrarla como egreso. 7. Finalmente la boleta de traslado debe ser archivada junto con las recetas de estupefacientes o medicamentos controlados según sea el caso. Devolución de Estupefacientes o Medicamentos Controlados Vencidos Durante las revisiones de los saldos y sus fechas de vencimiento se separan los medicamentos controlados o estupefacientes vencidos o con empaques (primario o secundario) maltratados. Se coordina con el agente distribuidor la devolución de los productos. Los medicamentos son devueltos al distribuidor y a cambio se recibe una NOTA DE CRÉDITO que justifica la salida de estos productos del inventario. Dispensación de Recetas de Estupefacientes Los estupefacientes sólo se pueden vender bajo prescripción médica. Esta debe realizarse en los recetarios celestes que emite el Ministerio de Salud. El paciente debe entregarle al farmacéutico la receta original y la copia número uno juntas, la copia número dos la conserva el médico. Es deber del regente verificar que la receta cumpla con los requerimientos técnicos y legales previamente a su dispensación. Estos son: Redacción clara, conteniendo instrucciones precisas para su administración. Estas deben incluir el nombre del medicamento, la fuerza solicitada y la cantidad de producto prescrita. No presentar abreviaturas. La dosis debe ser escrita con números y letras. Indicar el nombre completo del paciente, su cédula de identidad, su domicilio, edad, la fecha de emisión de la receta. Contener el nombre del médico prescriptor y su código profesional. No presentar tachaduras de ninguna especie. Es muy importante que el farmacéutico revise los datos del paciente y corrobore que la receta esté vigente antes de dispensarla. Los estupefacientes se prescriben por un máximo de ocho días, a excepción de la Ritalina® que puede prescribirse por un máximo de tres meses. Además el regente deberá revisar que la dosis indicada para el paciente sea la correcta. En ningún caso debe sobrepasar la dosis máxima diaria permitida para el producto. Si la receta no cumple los requerimientos técnicos y legales se devuelve al paciente explicándole la razón por la que no se le dispensa. Si la receta cumple con los requerimientos establecidos anteriormente, el regente se dirige al paciente para indicarle el valor del producto. Si el paciente no está de acuerdo con el precio del medicamento se le devuelve la receta. En caso contrario continúe con el procedimiento: 1. Se le solicita al paciente que firme el dorso de la receta original y de la copia, indicando además su número de cédula (la que debe mostrar). 2. Elabore la factura correspondiente. 3. Rotule el medicamento siguiendo el procedimiento indicado en el protocolo de dispensación de recetas blancas. Si el paciente se niega a recibir las indicaciones selle la receta con la leyenda: PACIENTE NO DESEA INDICACIONES. 4. Brinde consejo al paciente y entregue el medicamento. 5. Selle y firme el dorso de la receta original y la copia 1. Anote su código profesional al lado de la firma. 6. Ingrese la receta a la hoja electrónica: Informe de Estupefacientes del Ministerio de Salud. 7. El informe de estupefacientes se entrega al Ministerio de Salud mensualmente. Si la receta es de Ritalina y el paciente sólo desea comprar una parte a falta de dinero o alguna otra situación particular, elabore un vale por medicamentos para que pueda adquirir el resto de la dosis al término del mes en curso. Dispensación de Recetas de Medicamentos Controlados En el caso del Cytotec, la prescripción se realiza en receta blanca. Siga el procedimiento de dispensación de recetas blancas. El regente deberá sellar, firmar, fechar y archivar las recetas de medicamentos controlados y las copias de las facturas de compra que recibe de la distribuidora. Los medicamentos controlados se archivan separados de las demás recetas blancas. El informe de medicamentos controlados se entrega al Ministerio de Salud trimestralmente (junto con la copia de las recetas que justifican los egresos del producto), según el formato establecido por dicha entidad. Si el paciente sólo desea adquirir parte de la receta a falta de dinero o alguna otra situación particular, elabore un vale por medicamentos para que el paciente pueda recibir el resto de la dosis hasta el término del mes en curso. Elaboración del Informe de Drogas Estupefacientes Pasos a seguir: Abra la hoja electrónica de drogas estupefacientes. Abra la hoja de datos del informe correspondiente. Imprima dos veces el informe. Firme y selle ambas copias del informe de estupefacientes o medicamentos controladas según sea el caso. Adjunte las recetas originales que justifican los egresos, en el caso de los estupefacientes. Guarde la hoja electrónica de drogas controladas o estupefacientes y cierre el programa. Envíe cada informe en los plazos que le indicó previamente al Departamento de Drogas Psicotrópicas del Ministerio de Salud y solicite que le sellen la copia de recibido. Archive la copia del informe sellada por espacio de cinco años. Genere un nuevo archivo y digite de nuevo el encabezado y los saldos iniciales. Elaboración del Informe de Medicamentos Controlados Solicite el Formulario correspondiente al Ministerio de Salud y llénelo. Envíelo trimestralmente junto con los originales de las recetas dispensadas y copia de las facturas de compra del producto del período respectivo. Envíelo en un sobre cerrado a la Dirección de Registros y Controles del Ministerio de Salud (quinto piso). Conserve siempre la copia de las recetas que entregó al Ministerio de Salud. Archive la copia de las recetas y los originales de las facturas de compra por un período de cinco años. Referencias Bibliográficas 1. González R. 2003. Bases para la prescripción de medicamentos. Editorial de la Universidad de Costa Rica. San José, Costa Rica, página 20, 21 2. Ministerio de Salud. Ley General de Salud. 1974. San José, Costa Rica, página 6. 3. Colegio de Farmacéuticos. Comisión de protocolos. 2004. Comunicación personal. 4. Ministerio de Salud. Dirección de Registros y Controles. Instructivo para la elaboración del Informe de las farmacias que manejan estupefacientes. San José, Costa Rica. Material mimeografiado, páginas 1-6