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Medellín. Febrero de 2010
Señor:
JUZGADO VEINTISIETE PENAL MUNICIPAL
E.
S.
D.
REF:
ACCIONANTE:
CONTRA:
ACCIÓN DE TUTELA
xxxxxxxxxxxxxxxxxxx
EPS SALUDCOOP
INCIDENTE PARA ESTABLECER SANCIÓN
Yo, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, acudo a su despacho a presentar incidente para establecer sanción
dentro de las diligencias de la referencia.
PRETENSIONES
Se sustentan en lo dispuesto en el artículo 52 y 53 del decreto 2591/91
1.
Ordenar el arresto hasta por 6 meses del GERENTE DE LA EPS SALUDCOOP
2.
Multar hasta 20 salarios mínimos al GERENTE DE LA EPS SALUDCOOP
3.
Compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación para que investigue la posible comisión
del delito de FRAUDE A RESOLUCION JUDICIAL o la que hubiere lugar, por parte del
GERENTE DE LA EPS SALUDCOOP
4.
Condenar en costas y perjuicios al GERENTE DE LA EPS SALUDCOOP
HECHOS
1.
Tengo 52 años de edad y diagnostico de TRASPLANTE RENAL , no pertenezco a la ciudad
de Medellín , puesto que soy remitido por mi eps saludcoop a esta ciudad para que me
realizaran le trasplante renal y posteriormente el tratamiento pos- trasplante en esta ciudad..
2.
Presenté en nombre propio una acción de tutela en contra de la EPS SALUDCOOP
3.
Su despacho mediante fallo del 11 de ABRIL de 2012 concedió la tutela, el fallo le ordeno al
GERENTE DE LA EPS SALUDCOOP, que me autorizara el TRATAMIENTO INTEGRAL
para el manejo de mi diagnostico
4.
Actualmente mi médico tratante Dr. xxxxxxxxxxxxxme fórmula de el medicamento
CICLOSPORINA 100MG y no me han sido entregado COMPLETO a la fecha por medio de la
EPS.
5.
Mi medico tratante me ordena 60 tabletas mensuales para el manejo y control de mi
enfermedad; Con la fórmula del medicamento CICLOSPORINA 100MG me acerque a la EPS
SALUDCOOP para que me autorizaran lo ordenado por mi medico tratante, pero la EPS a la
fecha no me han entregado COMPLETO el medicamento CICLOSPORINA 100MG porque
solo me pueden entregar 50 tabletas, debido a que las cajas vienen por esa cantidad y no
pueden abrir otra caja para entregarme 10 tabletas según lo expresado por sus funcionarios.
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6.
además se hizo la queja ante la superintendencia de salud cuyo radicado esd 4-2012-029663
y ellos me dan una respuesta que para mis necesidades y teniendo en cuenta que no recido
en esta ciudad no satisfacen mis necesidades.
7.
El fallo no lo han cumplido ha cabalidad ya que no me han entregado COMPLETO el
medicamento CICLOSPORINA 100MG que requiero para tratar mi enfermedad, Señor Juez
es de anotar que mi tratamiento no esta en el POS, pero la EPS-S recobra este dinero
mediante el FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTIA (FOSYGA). También la EPS-S tiene
pleno conocimiento de que por nada puedo suspender mi tratamiento pues se corre el peligro
de perder el trasplante renal y se pueden comprometer otros órganos vitales.
8.
La ley 100 del 93 es clara cuando afirma que la entidades de salud deben de garantizar el
derecho a la vida de todos los sus afiliados, mi tratamiento no se puede suspender pues se
pierde el trasplante renal que igual me realizaron con mucha dificultad, el suspender el
tratamiento por la falta de los medicamentos pueden comprometer otros órganos vitales y los
únicos responsables son las directivas de la EPS SALUDCOOP.
9.
Señor Juez, de manera respetuosa me permito manifestarle lo que están realizando los
funcionarios de la EPS SALUDCOOP, es una burla contra su despacho, también están
violando el Decreto 2591 del 91 y están poniendo mi vida en inminente peligro, también están
congestionando el sistema judicial pues cada mes me veré en la obligación de interponer
ACCIONES DE DESACATO por la no entrega del tratamiento como lo ordena mi medico
tratante, que es de manera continua y permanente.
10.
Es de anotar Señor Juez que la EPS-S debe realizar todo lo que este a su alcance para
salvaguardar la vida de sus afiliados y en este momento mi vida esta en inminente peligro y
los únicos responsables son los funcionarios de la EPS SALUDCOOP
11.
A continuación le informo sobre la insuficiencia renal y el trasplante renal y los riesgos de no
tomar los medicamentos como los ordena el medico tratante
QUE ES LA INSUFICIENCIA RENAL?
Podemos decir que un órgano es insuficiente cuando no es capaz de realizar correctamente la función
que tiene asignada. El riñón desempeña tres funciones que son necesarias para el funcionamiento de
la vida:
LA PRIMERA es la eliminación de la mayoría de los productos finales del metabolismo, esto es de las
toxinas o desechos resultantes del trabajo del cuerpo humano.
LA SEGUNDA función del riñón es mantener constante la composición del liquido de nuestras células
o liquido extracelular, tanto en la cantidad de agua como en la de sales minerales que van disueltas y
que deben mantenerse dentro de unos determinados limites.
LA TERCERA función del riñón es actuar como un órgano endocrino o formador de hormonas. Las
hormonas son sustancias que, producidas o fabricadas por un órgano del cuerpo, son transportadas
por la sangre para llegar a otro órgano donde ejercen su función.
QUE ES LA DIALISIS Y CUANDO SE DEBE COMENZAR ?
La diálisis es un procedimiento que se divide en diálisis peritoneal y hemodiálisis.
DIÁLISIS PERITONEAL AMBULATORIA CONTINUA: es un sistema de diálisis que sustituye la
función renal durante la insuficiencia renal aguda o crónica, esta diálisis no requiere de estar
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conectado a una maquina de hemodiálisis porque el peritoneo, que es una membrana que hace parte
del cuerpo, hace las veces del filtro que se utiliza en la máquina, esta diálisis se hace a través de un
catéter que se conecta a una bolsa por medio de un equipo de venoclisis el cual se cambia cada dos o
cada seis meses.
VENTAJAS: El paciente puede tener una dieta libre, manejar independencia, no requiere diálisis
permanentes, disminuye el riesgo de problemas cardiovasculares, es una técnica sencilla, no necesita
fístula arterio-venosa, tiene un mejor control del calcio y del fósforo, se disminuyen las transfusiones
sanguíneas y es la menos costosa para el paciente.
DESVENTAJAS: Requiere de 30 a 45 minutos tres a cuatro veces al día, existe el riesgo de peritonitis
y el proceso es continuo 24 horas por 7 días a la semana.
HEMODIÁLISIS: este es un procedimiento que se hace hospitalariamente a través de un filtro que va
conectado a una maquina y que hace las veces de Riñón Artificial para realizar la limpieza de la
sangre, este filtro o riñón artificial tiene dos comportamientos: uno trae la sangre del paciente con
materiales de desecho. El otro transporta la solución limpia, con componentes similares a los del
plasma sanguíneo, así algunas partículas que se encuentran en exceso en la sangre, atraviesan estas
membranas y salen por la parte de desecho del riñón en el paciente dializado. Para la practica de este
procedimiento es necesario la implantación de una fístula arterio-venosa que es colocada por un
procedimiento especial en salas de cirugía con anestesia local, la fístula es canalizada cada vez que
se realiza la hemodiálisis con una aguja y llevada hasta la maquina y el riñón artificial o filtro para
realizar la limpieza de la sangre.
La diálisis se debe comenzar cuando la insuficiencia renal no sea muy avanzada y no debe esperar a
que los riñones hayan dejado de funcionar completamente, ya que aunque el régimen dietético sea
muy estricto y no se tengan síntomas de retención de líquidos, pueden aparecer complicaciones como
pericarditis (inflamación del pericardio o capa del corazón), polineuritis o daño de los nervios y gastritis
con riesgo de hemorragia digestiva. Además se puede producir un deterioro del organismo que luego
será muy difícil de recuperar a pesar de la diálisis.
Aunque no existe una norma general, se recomienda comenzar con diálisis cuando el aclaramiento de
creatinina se encuentra entre 5 y 10 ml. por minuto, es decir, cuando la función renal se encuentre
reducida aproximadamente al 5 ó 10% de la normalidad.
Por lo general la diálisis aunque se haga muy bien y con todos los adelantos disponibles, solo
consigue realizar algunas pocas de las múltiples funciones del riñón, las deficiencias hormonales y las
continuas variaciones de la cantidad de líquidos y sales en el organismo conducen a la progresión o
aparición de problemas relacionados con la insuficiencia renal grave.
VENTAJAS: es una técnica más avanzada que permite menos riesgos de infección, no existe riesgo
de peritonitis.
DESVENTAJAS: requiere intervención quirúrgica para el implante de la fístula y un mayor control
sobre manejo y cuidado de la misma. Es estrictamente necesario que el manejo de la fístula se haga
por un profesional de la salud, medico o enfermera, lo que resta independencia al paciente. Se deben
cambiar hábitos de vida como usar camisa apretadas o acostarse sobre el brazo o la mano donde esta
la fístula. Requiere de tratamiento dos o tres veces por semana, casi 4 horas diarias
intrahospitalariamente, solamente cumple con unas funciones del riñón.
TRANSPLANTE RENAL
El transplante renal es uno de los tratamientos para fallas renales crónicas y requiere de un receptor
potencial que debe ser sometido a un intenso estudio clínico y de laboratorio como evaluación
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primordial para recibir un injerto. Un transplante renal se realiza de un familiar (padre, madre, hermano
o hermana) y se denomina transplante intrafamiliar; o de un cadáver (es aquella persona considerada
clínicamente muerta). En un transplante intrafamiliar se puede obtener una función renal del 90% y
cuando se toma de un cadáver la función renal llega a ser de un 70% u 80%.
VENTAJAS: Se puede recuperar totalmente la función del riñón, la persona vuelve a ser
completamente normal, en poco tiempo pueden desaparecer los problemas como Anemia o lesiones
de huesos, músculos y nervios.
DESVENTAJAS: Rechazo al injerto o riñón trasplantado, aparición de infecciones, o aparición de
problemas relacionados con la enfermedad renal inicial o con la arteriosclerosis que pueden favorecer
la aparición de complicaciones.
RECHAZO - EL MAYOR PROBLEMA
El cuerpo tiene un sistema de defensas, es decir la respuesta inmune que ataca toda sustancia
extraña que llega al organismo, un transplante lo considera el organismo como una invasión o cuerpo
extraño, como un virus peligroso por lo que el organismo elabora así su respuesta ante dicha invasión
rechazando el nuevo riñón, sin embargo, las transfusiones de sangre en caso de una donación
intrafamiliar y la droga anti-rechazo disminuyen los riesgos de rechazo.
Los transplantados renales tienen sus mayores dificultades en la primera etapa, y por ello necesitan un
control muy estrecho hasta conseguir una estabilidad en su evolución. Cuando se recibe un órgano
extraño, el sistema inmune del receptor lo reconoce como tal e inicia una serie de acciones contra él;
la medicación inmunosupresora tiene como objetivo evitar esta respuesta y llegar a un estado de
aceptación al injerto. Por lo general se cree que lo que ocurra en los tres primeros meses es un índice
orientador para el futuro del riñón transplantado, por eso estos meses constituyen el periodo de control
más riguroso.
DERECHO
-
Se sustenta este incidente para establecer sanción en lo dispuesto en el artículo 52 y 53 del
decreto 2591/91.
La remisión al procedimiento civil se encuentra en el artículo 4 del decreto 306/92.
Los incidentes se encuentran reglados en el procedimiento civil en los artículos 61, 135, 137, 139
CONSIDERACIONES
Pregunta:
“3. Luego de que una personas (sic) por prescripción médica ha iniciado un tratamiento con estos
medicamentos, que consecuencia trae el hecho de que una EPS demore o retarde la entrega
conllevando a que el paciente deje de tomar unos días los medicamentos y luego cuando se los
entreguen vuelva a tomárselos y así sucesivamente, es decir los toma por un período, deja de
tomarlos unos días, vuelve a iniciar a tomarlos por toro (sic) un período, los deja de tomar por unos
días, etc.”
Respuesta:
“La NO CONTINUIDAD en el suministro de medicamentos para el tratamiento el tratamiento de las
personas transplantadas, genera no solo la violación de los Derechos Humanos, sino GRAVES
CONSECUENCIAS PARA LA CALIDAD DE VIDA de las personas viviendo con transplante de
corazón y PARA LA SALUD PUBLICA”
Mas adelante agrega:
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“Como puede observarse el daño causado con esta actitud de las EPS y en ocasiones (sic) por
algunos pacientes que no han recibido educación al respecto, es CATASTROFICO A NIVEL
PERSONAL, FAMILIAR, Y DE LA COLECTIVIDAD EN GENERAL.”
PRUEBAS
Documental:
1.
2.
3.
4.
5.
Fotocopia de las formula no despachadas.
Copia de mi cédula de ciudadanía.
Copia del fallo dado por su despacho.
Sírvase escuchar mi declaración bajo juramento.
copia del comunicado de la eps ante la superintendencia de salud.
NOTIFICACIONES
La entidad demandada recibirá notificaciones en la _____________________________.
A la suscrita en la ______________________________________________________, teléfono
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxde esta ciudad
Xxxxxxxxxxxxxxxxx
ccxxxxxxxxxxxxxxxx