Download ministerio de desarrollo social - Ministerio de Economía y Finanzas

Document related concepts

Discapacidad wikipedia , lookup

Accesibilidad wikipedia , lookup

Autogestión (de personas con discapacidad intelectual) wikipedia , lookup

Educación especial wikipedia , lookup

Vida independiente wikipedia , lookup

Transcript
MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL
PROGRAMA ÁNGEL GUARDIÁN
Formulación de las Iniciativas de
Inversiones año 2018
Marco Conceptual
PROYECTOS:
MANJEO ASISTENCIA A PERSONAS CON DISCAPACIDAD SERVERA
ÁNGEL GUARDIÁN (TRANSFERENCIA ECONÓMICA). CÍDIGO SINIP
14190.001
MANJEO ASISTENCIA A PERSONAS CON DISCAPACIDAD SERVERA
ÁNGEL GUARDIÁN (LOGÍSTICA). CÍDIGO SINIP 14190.002
Licda. Mirtha Frías
Directora Nacional
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
FICHA RESUMEN DEL PROYECTO
NOMBRE DEL PROYECTO:
ÁNGEL GUARDIÁN
Transferencia Económica Condicionada para las Personas con Discapacidad
Severa en
condición de dependencia y pobreza extrema.
INSTITUCIÓN RESPONSABLE:
Ministerio de Desarrollo Social
INSTITUCIONES INVOLUCRADAS:
Secretaría Nacional de Discapacidad
Banco Nacional de Panamá
Policía Nacional
Ministerio de Salud
Ministerio de Educación
Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial
Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral
Caja de Seguro Social
Instituto Panameño de Habilitación Especial
Centros de Rehabilitación Integral del Área
Instituto Nacional de Desarrollo Humano.
Y aquellas que puedan surgir en el momento.
DIRECCIÓN GENERAL:
Directora Nacional: Mirtha Frías: Tel: 500-5847
Correo Electrónico: [email protected]
COBERTURA Y LOCALIZACIÓN: Cobertura Nacional.
Localización: Edison Plaza, segundo piso, Ministerio de Desarrollo Social.
1
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
BENEFICIARIOS/AS DIRECTOS:
22,000 personas con discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza extrema.
BENEFICIARIOS INDIRECTOS:
88,000 personas que residen en el hogar de la persona beneficiaria en condición de extrema
pobreza.
OBJETIVO GENERAL:
Mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad severa en condición de dependencia y
extrema pobreza, mediante la entrega de una transferencia monetaria condicionada, que les
permita tener acceso a sus necesidades básicas, de alimentación, medicamentos y acceso a los
servicios.
VIDA UTIL:
5 años
DURACIÓN DEL PROYECTO
1 año (Inicia pago en marzo al 31 de diciembre 2018)
COSTO ESTIMADO DEL PROYECTO: B/. 24, 350,112.00 (21,120,000 en TM y 3231,000
para Logística
TAMAÑO:
Transferencia Económica Condicionada de B/.80.00 mensuales, pagados a 22,000 personas con
discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza extrema y están en condiciones de
desventaja social.
PERSPECTIVA DE GÉNERO EN EL PROYECTO:
Las personas con discapacidad severa en condición de dependencia y extrema pobreza, mujeres y
hombres panameños o hijos de panameños receptores de la transferencia económica de B/.80.00
balboas mensuales de forma igualitaria.
2
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
“PROGRAMA ÁNGEL GUARDIÁN”
A. VARIABLES DE IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO.
1. ANTECEDENTES
Al estudiarse la pobreza asociada a discapacidad, el Premio Nóbel de Economía de 1998, Amartya
Sen señaló: “La línea de pobreza para las personas con discapacidad debe de tomar en cuenta los
gastos adicionales en los que incurren cuando traducen sus ingresos en posibilidades de vivir
bien”.
Las personas con discapacidad tienen gastos adicionales para satisfacer las mismas necesidades de
las personas sin discapacidad. Esto genera las condiciones propicias para que las personas con
discapacidad se mantengan entre las más pobres y sufran la exclusión económica y social.
Los modelos y planes de desarrollo hasta ahora adoptados en nuestros países, no han sido capaces
de generar el bienestar de las mayorías, lo cual ha generado que diversos grupos hayan sido y
sean, persistentemente, excluidos de los beneficios del desarrollo.
Entre estos grupos están los indígenas, los afro-descendientes, las mujeres, los adultos mayores,
las personas con discapacidad, las minorías étnicas, religiosas y sexuales, todos los grupos que
comúnmente se les ubica en “situación de vulnerabilidad social”.
Bengt Lindqvist, quien fuera Relator sobre Discapacidad de Naciones Unidas, ha dicho que la
pobreza produce discapacidad y que la discapacidad genera pobreza. Es decir que existe un círculo
vicioso que relaciona a la pobreza con la discapacidad, como causa y efecto.
Si una familia vive bajo condiciones de higiene y salud, muy mala o precaria, alguno de sus
miembros tendrá mayores posibilidades de adquirir una deficiencia que lo convierta en una
persona con discapacidad. Por ejemplo, el consumo de agua no potable puede causar
enfermedades que producen distintos grados de deficiencia visual y ceguera.
Si una familia tiene un miembro con discapacidad muy severa, generalmente, éste deberá de
quedarse en la casa, acompañado por un familiar que le debe asistir. Consecuentemente, esa
3
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
persona que lo atiende no podrá trabajar y no generará ingresos para esa familia. De esta manera,
tanto la persona con discapacidad como quien lo asiste, dependerán de un ingreso familiar
disminuido o simple y sencillamente, no contará con ninguno.
Generalmente, las personas con discapacidad generarán mayores gastos para comprar bienes y
servicios relacionados con su condición. Tales gastos deben cubrirse con recursos del ingreso
familiar; lo que reduce o impide la atención de otras necesidades de la familia.
Esta condición hace que las personas con discapacidad tengan más posibilidades de ser pobres y
de permanecer pobres. Es por ello que le corresponde al país, asumir como Estado, el compromiso
con el desarrollo humano, elegir e implementar eficientemente las políticas públicas y la inversión
social, para producir una equiparación en el campo de las oportunidades de toda la población, lo
cual pasa por enfocarse en la formación de capacidades que permitan a las propias personas forjar
su desarrollo a partir de sus potencialidades, las redes de soporte que se construyan en el entorno
social y la utilización productiva y sostenible de los recursos de su entorno.
Actualmente en nuestro país, sólo existen los programas de pensiones no contributivas y
asistenciales quienes otorgan prestaciones monetarias relativamente uniformes en forma focalizada
y/o categórica ante los riesgos de vejez, discapacidad e invalidez. Pero este sistema sólo se da para
aquellos que de una u otra forma hayan cotizado durante su vida laboral en la Caja del Seguro
Social, siendo que por nuestra geografía nacional las actividades de campo y demás oficios
informales, muchas veces no cumplen con este requisito de pago del Seguro Social, lo cual causa
un desequilibrio social, pues estos trabajadores una vez llegan a una edad que no pueden trabajar
en ciertas actividades, pasan a ser inactivos y no pueden proveerse sus necesidades básicas, que les
permita las mínimas condiciones de vida.
Por ello, EL PROGRAMA ÁNGEL GUARDIÁN pretende disminuir los elevados niveles de
extrema pobreza en nuestro país y del mismo modo, permitirá conocer quiénes son y donde están
las personas con discapacidad en condiciones de extrema necesidad, además que hará mucho más
factible que el Gobierno Nacional pueda integrarlos y articular programas e iniciativas de combate
a la pobreza de este sector poblacional, desde cada una de las provincias y municipios,
4
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
fortaleciendo los derechos de las personas con capacidades diferentes en todas las regiones del
país.
El Programa en su objetivo más amplio busca ser el inicio de la construcción de un sistema de
atención multidisciplinaria para las personas con discapacidad severa en condición de dependencia
y pobreza extrema, disminuir los índices de pobreza extrema de una forma real y no sólo en
estadísticas, pues esta transferencia monetaria condicionada de forma directa tendrá efectos sobre
todos los miembros de las familias en extrema pobreza donde viva la persona con discapacidad.
2. DESCRIPCIÓN Y DEFINICIÓN DEL PROBLEMA
Uno de los mayores rasgos de desventajas se observan en ciertos grupos de la población, como lo
son las personas con discapacidad, los cuales son doblemente discriminadas: por su condición de
discapacidad y por el hecho que se encuentran inmersa en la pobreza o en el peor de los casos en
pobreza extrema.
Esto lo convierte en una población totalmente excluida lo que sustenta que el Ministerio de
Desarrollo Social, pretenda a través del Programa tratar de incluirlos de manera tal que puedan
mejorar su calidad de vida.
En resumen, el problema a intervenir lo constituye “el alto índice de personas con discapacidad
severa en condición de dependencia y extrema pobreza que no cuentan con los recursos para
satisfacer la necesidad básica de alimentos, medicamentos y acceso a los servicios básicos”.
3. ALTERNATIVA DE SOLUCIÓN.
Si el problema a intervenir es “el alto índice de personas con discapacidad severa en condición
de dependencia y extrema pobreza que no cuentan con los recursos para satisfacer la necesidad
básica de alimentos, medicamentos y acceso a los servicios básicos”, se hace indispensable buscar
una alternativa de solución, la cual se encuentra enmarcada principalmente en la Ley No. 42 de 27
de agosto de 1999.
Posteriormente la Ley 15 de 31 de mayo de 2016 que reforma la Ley No. 42 de 27 de agosto de
1999 “Por la cual se establece la equiparación de oportunidades para las personas con
discapacidad”, considerándose esta herramienta esencial en el proceso de inclusión social de este
grupo social vulnerado en sus derechos.
5
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
Esto se deduce de la lectura de su artículo 1, que a la letra dice:
Artículo 1. Se declara de interés social el garantizar y asegurar el
ejercicio efectivo de los derechos, deberes y libertades fundamentales de
las personas con discapacidad y sus familias, mediante la adopción de
medidas de inclusión e integración, acción afirmativas y ajustes
razonables, en igualdad de condiciones y calidad de vida, eliminando
toda forma de discriminación por razón de discapacidad, en
concordancia con la Constitución Política de la República y demás
normas que amparan los derechos de esta población.
Ese desarrollo integral conlleva que el Estado esté obligado a procurar el mejoramiento sustancial
de las condiciones sociales y materiales de los pueblos en el marco del respeto a los derechos
humanos.
Por ello, el Programa Ángel Guardián, tiene como objetivo el desarrollo inclusivo de este grupo
en condición de vulnerabilidad de sus derechos.
En esa responsabilidad del Estado, a la que hace referencia la norma supra citada, se enmarcan
entonces, dos aspectos importantes, los cuales son abordados en los artículos No. 13 y 22 de la
citada ley:
Artículo 13. Cuando la familia carezca de recurso para atender las
necesidades y derechos de algún miembro que presente discapacidad
corresponde al Estado, mediante los organismos facultados por Ley,
proporcionar los apoyos económicos y ayudas técnicas y/o servicios a
quienes por la naturaleza de la discapacidad estén inhabilitados para
ejercer tareas de carácter remunerativo. Dichos apoyos, ayudas técnicas
y/o servicios se harán efectivos siempre que las autoridades competentes
del Estado comprueben las condiciones antes descritas.
Artículo 22. En los casos en que se interrumpa o no se puede iniciar el
proceso educativo de las personas con discapacidad, ya sea por la
carencia de recursos por parte de sus familias o porque viven en áreas de
difícil acceso, el Estado destinará los recursos financieros que les
aseguren de su derecho de educación en su contexto comunitario. Para
estos fines, el Estado, a través de las entidades competentes, creará
programas para garantizar a la población con discapacidad su estadía,
alimentación, transporte, materiales didácticos, apoyos técnicos y todo lo
6
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
relativo a su seguridad física y psíquica, en un ambiente sano que
estimule el desarrollo de sus potencialidades.
Lo que pretende Ángel Guardián, es hacer partícipe a todas las instituciones gubernamentales en
primera instancia y luego, a aquellas quienes participan en el desarrollo inclusivo de las personas
con discapacidad, y por ende, de su proceso de inclusión social.
4. OBJETIVOS DEL PROYECTO
4.1.
General (Para qué)
Disminuir el alto índice de personas con discapacidad severa en condición de dependencia y
extrema pobreza que no cuentan con los recursos para satisfacer la necesidad básica de alimentos,
medicamentos y acceso a los servicios básicos”
4.2.
Específicos
 Mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad severa en condición de
dependencia y de extrema pobreza.
 Lograr la inclusión social de las personas con discapacidad severa en condición d
dependencia y extrema pobreza.
 Servir de instrumento para que las personas con discapacidad severa en condición de
dependencia y de extrema pobreza puedan acceder al beneficio de las políticas sociales.
 Establecer las bases materiales y jurídicas que permitan al Estado formular políticas
sociales fundamentadas en la igualdad de oportunidades, la no discriminación, el respeto a
la dignidad, la autonomía individual, entre otras.
5. JUSTIFICACIÓN
Retomado, por una parte, el concepto de “sostenibilidad del desarrollo” y por otra el del
“desarrollo a escala humana”, se lleva este último a un plano más colectivo.
7
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
Esto hizo necesario construir una agenda global de desarrollo, desde un enfoque de desarrollo
inclusivo, cuyo eje esté en la promoción de estrategias amplias e integrales, que atienda a las
necesidades humanas en todas sus dimensiones.
En el caso de las personas con discapacidad y de las familias con miembros con discapacidad,
tienen mayores posibilidades de ser pobres y de no disfrutar de los beneficios del desarrollo que el
país haya alcanzado.
Aquí la búsqueda del desarrollo inclusivo pasa por dos puentes:

El inclusivo general: El que promueve una mejor distribución del ingreso nacional para
todos los sectores excluidos y que viven bajo condiciones de pobreza y extrema pobreza.

El inclusivo específico: El que promueve un cambio en el enfoque y administración de los
recursos que el Estado destina a las personas con discapacidad y sus familias.
La atención hacia los más pobres y vulnerables nace de la consideración de que la existencia de
una sociedad moderna requiere un pacto social basado en la equidad, como reglas de juego
imparciales y aplicadas a todos y con preferencia por los más débiles.
Con la Ley No. 29 de 1 de agosto de 2005, se reorganiza el Ministerio de Desarrollo Social en lo
conceptual, organizacional y operacional, siendo este el ente rector de las políticas sociales para
los grupos de atención prioritaria: niñez, juventud, mujer, personas con discapacidad, y personas
adultas mayores dentro del contexto de la familia y la comunidad.
Esta reorganización permite al Ministerio de Desarrollo Social desarrollar políticas sociales desde
una perspectiva integral e incluyente a través de cuatro pilares o ejes fundamentales: políticas
sociales, desarrollo de capacidades colectivas, concertación y la protección social; los cuales a su
vez permiten a los grupos de atención prioritaria, entre los cuales se encuentran las personas con
discapacidad rescatarlos de la invisibilidad en las que se encuentran inmersa, por ende, lograr su
inclusión social.
Lo anterior explica la necesidad de un programa como Ángel Guardián y se sustenta el por qué? su
plataforma y rectoría está amparada en el Ministerio de Desarrollo Social, en colaboración con la
Secretaría Nacional de Discapacidad, sobre todo tratándose de la población beneficiaria (personas
con discapacidad severa en condición de dependencia y en pobreza extrema).
8
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
Los resultados reflejados en el Primer Estudio de Prevalencia y Caracterización de la Discapacidad
realizado a través de la Primera Encuesta Nacional de Discapacidad (PENDIS-2006), arroja que
existe en Panamá, 370, 053, personas con discapacidad, lo cual representa el 11.3% de la
población total.
De conformidad al PENDIS el 17.3%, de los hogares encuestados presentan una prevalencia de la
discapacidad en pobreza muy alta 3 o en condición de pobreza extrema. Esto los hace carentes de
todos los servicios públicos por su condición de discapacidad y por su situación de vulnerabilidad,
marginación, riesgo social y pobreza extrema.
Según el Censo Nacional de Población y Vivienda de 2010, el total de población con discapacidad
“severa”, asciende a un total de 43,841 personas a nivel nacional. De este total poblacional, se
identifican dos tipos de afecciones con mayor grado de representación en las personas con
discapacidad en Panamá, el retraso mental y la deficiencia física.
PERSONA CON DISCAPACIDAD, POR GRUPO DE INGRESO, SEGÚN DISCAPACIDAD
CENSO DE POBLACIÓN Y VIVIENDA DE PANAMÁ: AÑO 2010
DISCAPACIDAD
TOTAL
GRUPO DE INGRESO DE LA PERSONA
Menos de 100
100 - 124
125-174
175-249
Total
43,841
33,581
5,490
1,892
2,878
Retraso Mental
13,698
12,560
542
293
303
Parálisis cerebral
3,305
2,731
329
102
143
Deficiencia física
21,450
13,910
4,065
1,309
2,166
5,388
4,380
554
188
266
Problemas
mentales
3
Atlas Nacional de discapacidad, Panamá 2006, página No. 1
9
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
Importante señalar que del total de personas con discapacidad, existen 33,581 hombres y mujeres
con discapacidad que perciben un ingreso menor de B/.100.00 siendo esto una razón para
establecer que se encuentran por debajo de la línea de pobreza, ubicándose en consecuencia como
pobres extremos.
10
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
PERSONA CON DISCAPACIDAD, POR GRUPO DE INGRESO, SEGÚN DISCAPACIDAD
CENSO DE POBLACIÓN Y VIVIENDA DE PANAMÁ: AÑO 2010
GRUPO DE INGRESO DE LA PERSONA
DISCAPACIDAD
TOTAL
Menos de 100 100 - 124 125-174
175-249
Total
43,841
33,581
5,490
1,892
2,878
Retraso Mental
13,698
12,560
542
293
303
Parálisis cerebral
3,305
2,731
329
102
143
Deficiencia física
21,450
13,910
4,065
1,309
2,166
5,388
4,380
554
188
266
Problemas mentales
Los datos obtenidos por el PENDIS 2006, han sido cotejados y cruzados con los datos
provenientes del Censo de Población y Vivienda 2010 y la Encuesta de Niveles de Vida del 2008,
logrando definir la población meta entre 45,000 a 55,000
Los instrumentos legales enunciados sustentan y dan viabilidad jurídica pensada en el bienestar de
una población altamente vulnerable, como lo son las personas con discapacidad, en especial
aquellas que presentan una discapacidad severa, en condición de dependencia y de extrema
pobreza. Por tal razón, nuestra población meta a cubrir a través de este proyecto es de 55,000.
6. LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO Y ÁREAS DE COBERTURA
El proyecto ÁNGEL GUARDIÁN lo va a desarrollar el Ministerio de Desarrollo Social, a través
de una Unidad Operativa, la cual formará parte de su estructura organizativa y que tendrá un nivel
jerárquico de Dirección de Dirección Nacional. Esta Dirección Nacional estará localizada en
Edison Plaza, Cuarto Piso, o cualquier otro lugar que así disponga la autoridad nominadora.
11
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
ÁNGEL GUARDIÁN tendrá cobertura nacional, sin embrago, tomando como referencia los
resultados del PENDIS 2006, que estimó como población con discapacidad a nivel nacional
370,053 y que de este resultado el 17.3 % de los hogares se encuentran en condiciones de pobreza
muy baja o extrema.
7. PROYECTO EN EL MARCO DE LAS POLÍTICAS Y ESTRATEGÍAS DE
DESARROLLO DEL PAÍS
7.1.
Políticas Sociales y Desarrollo Humano Sostenible
El fortalecimiento del capital humano y social es una condición necesaria para la integración y
participación de la población pobre y marginada en la corriente central de las actividades
económicas, sociales y políticas locales, regionales y nacionales, lo cual se encuentra asociado al
aumento sostenible de sus ingresos y transición fuera de la pobreza.
La formación y acumulación del capital humano resultan particularmente importante para los
sectores más discriminados, como los son las personas pobres, en el caso que nos ocupa de las
personas con discapacidad severa en condición de dependencia y extrema pobreza. Por ello, en el
Ministerio de Desarrollo Social, las políticas sociales se desarrollan desde una perspectiva integral
e incluyente.
El enfoque integral implica el acercamiento a la población objetivo por la vía de los servicios
adecuados y de calidad que permitan la realización de derechos (salud, vivienda, empleo y
educación, entre otros) y la emergencia de una nueva cultura institucional que garantice y genere
los pilares para el desarrollo humano sostenible. Ello se desprende de la lectura de los artículos
No. 2 y 3 de ley No. 29 de 1 de agosto de 2005, que reorganiza el ahora Ministerio de la Juventud,
la Mujer, la Niñez y la Familia a Ministerio de Desarrollo Social, que a la letra dicen:
Artículo 2. El Ministerio de Desarrollo Social será el ente rector
de las políticas sociales para los grupos de atención prioritaria:
niñez, juventud, mujer, personas con discapacidad y personas
adultas mayores, dentro del contexto de la familia y la
comunidad. Sus funciones como ente rector incluyen la
formulación, coordinación, articulación, implementación,
seguimiento y evaluación de dichas políticas.
12
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
Artículo 3. El Ministerio de Desarrollo Social tendrá como
objetivos fundamentales impulsar el desarrollo humano por vía
de la participación y promoción de la equidad, así como la
organización, administración, coordinación y ejecución de
políticas, planes, programas y acciones tendientes al
fortalecimiento de la familia y la comunidad, y al logro de la
integración social y la reducción de la pobreza. (El
subrayado es nuestro)
A través del Programa Ángel Guardián se busca mejorar la calidad de vida de la personas con
discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza extrema y permitirles (condición que
por sí solas ellas no pueden mejorar) acceder a una vida más larga, más saludable y más plena, lo
que constituye garantías mínimas de protección social.
7.2.
Plan Estratégico Nacional para la Inclusión Social de las Personas
Discapacidad
con
El Plan Estratégico Nacional, es un instrumento esencial, para promover la inclusión plena de las
personas con discapacidad en las diferentes esferas de la sociedad panameña en el marco del
respeto a los Derechos Humanos, la equiparación de oportunidades, la accesibilidad universal y el
manejo transparente de los recursos del Estado, a fin de asegurar la obtención de resultados
consensuados con los grupos sectoriales, el sector privado, la sociedad civil y particularmente las
organizaciones de las personas con discapacidad y sus familias.
Teniendo presente tan importante objetivo, se ha previsto como elaborar el proyecto encaminado
a contribuir en el mejoramiento de las condiciones de alimentación de las personas con
discapacidad a través de un apoyo económico que se enmarca dentro de la denominación:
TRANSFERENCIA ECONÓMICA CONDICIONADA PARA LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD SEVERA EN CONDICION DE DEPENDENCIA Y POBREZA
EXTREMA (PROGRAMA ÁNGEL GUARDIÁN), puesto que, consideramos que todas
aquellas acciones que se adopten a apoyar de una u otra manera a este grupo poblacional
vulnerable se enmarca dentro del objetivo antes señalado, más aún, cuando la realidad del país
demuestra que el 11.3% de la población presenta discapacidad, de las cuales las mayorías se
ubican en la categoría de pobreza y pobreza extrema.
13
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
No obstante, la institucionalidad o facultad para dar una transferencia económica condicionada le
corresponde exclusivamente al Ministerio de Desarrollo Social, tal como lo enuncia del Artículo
No. 3 de la Ley No, 29 de 1 de agosto de 2005.
7.3.
Políticas de Discapacidad de la República de Panamá
Importante destacar que el contenido de la presente política se encuentra encaminado a formular y
ejecutar estrategias tendientes a incluir socialmente al sector poblacional con discapacidad. Surge
del esfuerzo mancomunado de diversos actores sociales, entre ellos la Secretaría Nacional de
Discapacidad (SENADIS) como institución pública y la sociedad civil organizada (ONG’s),
quienes preveían la necesidad de concertar una política pública encaminada hacia la población en
condición de discapacidad del país.
No obstante, por la naturaleza de las funciones del Ministerio de Desarrollo Social se le atribuye la
competencia legal; además, que cuenta con la experiencia en la ejecución de dos programas
similares como lo son: La Red de Oportunidades y 120 a los 65; y por otro lado, porque es al
Ministerio de Desarrollo Social quien hace efectivo el cumplimiento de las disposiciones
constitucionales y legales referente a la promoción, coordinación, articulación e implementación
de las políticas sociales de los grupos de atención prioritaria, dentro del contexto de la familia y la
comunidad, además de dar seguimiento y evaluar las políticas sociales dirigidas a los grupos de
población de atención prioritaria, dentro del contexto de la familia y la comunidad.
7.4.
Líneas de Acción para la Participación en la Vida Productiva
En este aspecto, se buscar vencer las barreas con estrategias efectivas y equiparar las
oportunidades de las personas con discapacidad.
Ahora bien, destacan las líneas de acción sobre la atención a las familias y sus miembros con
discapacidad, que se concretizan así:
7.4.1 Miembros de la familia con discapacidad severa
Ofrecer servicios de apoyo emocional, alimentario, de salud y económico cuando la demanda de
atención del familiar con discapacidad objetivamente impida la obtención de ingresos de quien lo
asiste y no haya otros familiares que puedan aportar al presupuesto familiar.
7.4.2 Familias con miembros con discapacidad en situación de pobreza extrema
14
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
“Incorporar a las familias de personas con discapacidad, en condiciones de pobreza y pobreza
extrema, a los programas y servicios públicos y privado de protección social.
De conformidad con los resultados reflejados en el Primer Estudio de Prevalencia y
Caracterización de la Discapacidad (PENDIS-2006), existe en Panamá, 370, 053, personas con
discapacidad, lo cual representa el 11.3% de la población total.
De este porcentaje el 17.3%, se encuentra en condición de pobreza muy baja o en condición de
pobreza extrema. Ello evidencia que este importante sector poblacional no tiene acceso a los
servicios básicos de salud, educación, vivienda, sólo por mencionar algunos factores, lo cual
constituye un obstáculo para que las personas con discapacidad superen esa situación de pobreza.
La persona beneficiaria recibirá a través del programa dos tipos de beneficios:
a. Compensación económica: a través de una Transferencia Económica Condicionada de
B/.80.00 mensuales, pagados cada tres (3) meses, según el calendario aprobado de pago a
las personas con discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza extrema.
b. Compensación estructural: la cual consiste en canalizar un serie se servicios y apoyos que
brindan otras instituciones del Estado de manera articulada como el Ministerio de Salud,
Educación, Centros de Rehabilitación Integral, Caja del Seguro Social, Organizaciones No
Gubernamentales Nacionales e Internacionales entre otras.
8.
Transferencia Económica
El monto de la transferencia será de ochenta (B/. 80,00) balboas mensuales pagados de acuerdo al
calendario de pago establecido.
En ese sentido analizando la oferta, los beneficiarios que recibirán la transferencia económica lo
constituyen las 22,000 personas con discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza
extrema a nivel nacional.
1.
INDICADORES DE PRODUCTOS
15
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
Detalle
Unidad de
Magnitud
Medida
Principal
Equipamiento y suministro
Centros
pagos
para la operatividad de
dotados cada tres
centros de pagos
meses
4
Detalle
Unidad de Medida
Magnitud
Transferencia
Transferencia
22,000
Económica a personas económica
con discapacidad
recibida
cada 3 meses
BENEFICIARIOS
Población
Directos
Indirectos
Pobreza
Pobreza Extrema
9.
22,000
88,000
Corresponsabilidad
El Programa pretende responsabilizar al grupo familiar donde se encuentre el beneficiario para
cumplir con ciertas corresponsabilidades, las cuales se derivan en:
a. Asistir, regularmente a los servicios de salud para revisiones periódicas, siempre y cuando
la condición de discapacidad severa se lo permita. Aquellos beneficiarios cuya condición
de discapacidad severa no les permita asistir a los servicios de salud podrán ser visitados
por el equipo técnico.
b. Asistir al Centro de Rehabilitación Integral del área si ha sido referidos por las autoridades
de salud competentes.
c. Acceder a los servicios del sistema educativo si se trata de niño o niña con discapacidad
severa.
16
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
d. Participar en charlas, cursos y seminarios de orientación sicológica, de salud y de otros,
destinados a la atención de la discapacidad organizados por el Estado en su beneficio,
dictados en las áreas cercanas a su residencia o lugar de pago.
No siempre las corresponsabilidades son iguales para todos, toda vez que se debe atender la
discapacidad, el lugar de acceso y la condición de salud del beneficiario, para ello, el equipo
técnico al momento de la visita en el sitio, determinara las corresponsabilidades a aplicar.
ESTUDIO TÉCNICO
1. TAMAÑO DEL PROYECTO:
A través de la aplicación de una encuesta de vulnerabilidad social a nivel nacional se determinará
el número de beneficiaros, con criterios elegibilidad de un sistema ergonométrico (PROXY),
estimamos en 22,000 personas con discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza
extrema que serán beneficiados con la asistencia económica, con B/.80.00 cada tres (3) meses para
el año 2018.
1.1 Metas del proyecto:
El equipo técnico evaluará a cada beneficiario para determinar, dependiendo de la
discapacidad y la severidad, a qué tipo de servicios asistirán. Dada la naturaleza de la
misma puede que asita a uno, varios o ningún servicio. Lo que si es seguro es que el
responsable al grupo familiar o en el contexto deba obligatoriamente participar para
facilitar al beneficiario el apoyo requerido.
1.2. Impactos esperados
a. Económico:

Procurar que las personas con discapacidad severa en condición de dependencia y
pobreza extrema cubran sus necesidades básicas, de alimentos y de acceso a los
diferentes servicios a con ello mejorar su calidad de vida.
17
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
b. Género:
Mujeres y hombres panameños o hijos de panameños que cumplan con los requisitos y criterios
del Programa.
c. Sociales

Que en Panamá, las instituciones del sector social, educación y que brinden servicios
sean fortalecidas para que presten servicios adecuados a la población con discapacidad
severa en condición de dependencia.
d.
Discapacidad

Mejorar la calidad de vida de las 22,000 personas con discapacidad severa en
condición de dependencia y pobreza extrema.

Prevenir prevalencia de la discapacidad en Panamá, a través de jornadas de
sensibilización a la población en general acerca de la prevención y las posibles
causas de discapacidad.
1.
ESTRATEGIAS DE IMPLEMENTACIÓN: LOGÍSTICA
2.1. Investigación Social
Mediante el decreto 255 del 28 de agosto 2015 que crea la Dirección de Inclusión y Desarrollo
Social como unidad adscrita al Ministerio de Desarrollo Social y se define su organización
administrativa e institucional y se establece una nueva estructura de funcionamiento donde las
acciones desarrolladas por los Programas de Transferencia Monetaria Condicionada se realizaran y
ejecutarán en conjunto con la Dirección de Inclusión y Desarrollo Social.
La Ejecución de los Programas de Transferencia Monetaria Condicionada requiere de la
elaboración de un documento denominado “Ficha única de protección social- FUPS” la cual
pondera la pobreza y pobreza extrema como primera variable que define a los posibles aspirantes
a la oferta que ofrece el Mides.
Posterior se aplica el instrumento confeccionado por el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES),
la Secretaría Nacional de Discapacidad (SENADIS), con el apoyo y el aval del Instituto Nacional
de Estadísticas y Censos (INEC) de la Contraloría General de la República de Panamá, en la cual
18
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
se enmarcan las interrogantes o indicadores para determinar la discapacidad severa en condición
de dependencia.
2.2 Aplicación de encuestas:
El programa se distingue porque el servidor (a) publico(a) visita a la población beneficiaria para
realizar las encuestas de vulnerabilidad social, toda vez que la condición de la persona beneficiaria
no permite el desplazamiento de la misma a las dependencias del Ministerio de Desarrollo Social a
nivel nacional.
Este equipo está integrado por técnicos y personal de campo contratados por el MIDES de
diferentes disciplinas (trabajadores sociales, psicólogos, médicos, terapeutas, promotores sociales,
sociólogos, entre otros).
La estructura, la base de datos y la plataforma de pagó son responsabilidad del Ministerio de
Desarrollo Social.
2.3 Focalización
Las personas con discapacidad severa en condición de dependencia y extrema pobreza que
califican al programa y cumplan con los documentos requeridos (diagnóstico médico, el
certificado de nacimiento y/o cédula de identidad personal ingresarán al Registro de Beneficiarios
Activos.
Los datos del Registro de Beneficiarios y del Registro de Beneficiarios Activos se incorporarán al
Banco de Datos.
En los casos en que en una familia se encuentre dos (2) o más personas con discapacidad severa en
condición de dependencia y pobreza extrema y cumpla con todos los requisitos exigidos por la ley,
se beneficiara a cada uno de ellos.
2.4 Aprobación
Una vez completado el expediente deberá ser autorizado por el Director (a) del Programa para ser
incluido en la planilla de pago.
19
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
2.5 Proceso de Pago
Para implementar EL PROGRAMA, el MIDES utilizará el sistema de desembolso utilizado por
otros programas (efectivo) y/o cualquier otra estrategia que fuere pertinente.
Se coordina el pago entre el MIDES y la entidad pagadora (Banco Nacional).
Entidad pagadora:
En áreas de difícil acceso, se capacitara a funcionarios, quienes deben movilizarse a diferentes
puntos de la geografía nacional, para realizar los pagos directos a personas que residen en estas
áreas.
En los casos de los beneficiarios de áreas urbanas se retiraran los pagos en la entidad pagadora del
área, y/o cualquier otra estrategia o mecanismo de pago que se establezca (por ejemplo las
utilizadas actualmente por tarjeta clave social, banca móvil, etc.).
2.6 Seguimiento
El representante legal deberá procurar una compensación estructural del Beneficiario Activo a fin
de no ser excluido de los beneficio de los servicios públicos, y para ello, ambos deberán cumplir
una de las corresponsabilidades establecidas según su condición de discapacidad.
2.7 Manejo de Fondos
El Fondo Especial estará constituido por:
2. El aporte inicial del Gobierno Nacional para su funcionamiento.
3. Los recursos que anualmente destine el Presupuesto General del Estado que, en todo caso,
serán suficientes para el pago de los apoyos mensuales y los gastos de funcionamiento de
EL PROGRAMA.
4. Los aportes que le sean concedidos por personas naturales o jurídicas y entidades u
organismos nacionales o internacionales, públicos o privados.
5. Cualquier otro aporte que la ley permita.
El Fondo Especial se manejará a través de una cuenta financiera en el Banco Nacional de Panamá.
Los desembolsos del Fondo serán otorgados a través de mecanismos de transparencia
20
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
determinados en la reglamentación de la presente Ley y en el Manual de Procedimientos
Administrativos y Fiscales para el Manejo del Fondo Especial.
La administración, el manejo y la transferencia de las partidas presupuestarias destinadas al
financiamiento de EL PROGRAMA, así como el control del uso de las sumas entregadas a las
personas beneficiarias estarán sujetos a la fiscalización de la Contraloría General de la República,
de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
El MIDES establecerá los procedimientos para la evaluación externa de EL PROGRAMA.
2.8. Coordinación Interinstitucional
EL PROGRAMA estará adscrito al Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) como entidad
encargada de su implementación y ejecución, como ente rector de la previsión, promoción,
coordinación, articulación e implementación de las políticas sociales de los grupos de atención
prioritaria, para esto se suscribirán Convenios de Cooperación con las otras instancias
involucradas para que su participación esté ampliamente definida y no quede duda alguna de su
responsabilidad. Cada entidad asumirá un compromiso que deberá hacerlo saber a las agencias de
las diferentes regiones o áreas en las que tienen presencia, las cuales deberán coordinar las
acciones a seguir con la Dirección Provincial o Regional del Mides y de SENADIS.
Describiremos a continuación las actividades relevantes que aportará cada institución en el logro
de los objetivos:
Ministerio de Desarrollo Social: Encargado de la implementación y ejecución del programa.
Secretaría Nacional de Discapacidad: Colaborador del Mides en la ejecución del programa y
aporta la perspectiva y manejo de la discapacidad.
Banco Nacional de Panamá: brindará el servicio de transferencias monetarias a las personas con
discapacidad severa en condición de dependencia y extrema pobreza, en todo el territorio nacional.
21
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
Ministerio de Salud (MINSA): Se celebró un convenio con el Ministerio de Salud, para llevar a
cabo la corresponsabilidad de salud con las personas con discapacidad severa en condición de
dependencia y extrema pobreza.
Policía Nacional: Se celebró un convenio con el Ministerio de Gobierno y Justicia, para que la
Policía Nacional custodie el dinero en los diferentes pagos.
Ministerio de Educación: Se celebrará convenio con MEDUCA para brindar educación modular
o aulas inclusivas a personas con discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza
extrema que lo requieran.
Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial: el MIVIOT asistirá y brindará apoyo con
la construcción de viviendas a aquellos beneficiarios que sus viviendas representen un peligro para
su salud e integridad física.
Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral: MITRADEL colaborará con la consecución de
puestos de trabajo a aquellos familiares que requieran y que estén en condición de realizarlo, así
como personas con discapacidad..
Caja de Seguro Social: Se celebrará un convenio con la Caja del Seguro Social, a fin de tener la
disponibilidad de los cruces de las bases de datos para corroborar si los beneficiarios están aptos
para recibir el beneficio.
Instituto Panameño de Habilitación Especial: Se celebrará convenio con el IPHE, para brindar
servicios de habilitación especial, recursos, apoyo a personas con discapacidad y familiares,
facilitar la inclusión de los niños, niñas y jóvenes con discapacidad en el centro escolar.
Centros de Rehabilitación Integral del Área: Se celebrará convenio de colaboración con estos
centros locales para facilitar los servicios de habilitación, rehabilitación y otros servicios a
personas con discapacidad severa en condición de dependencia y extrema pobreza.
3. ESTRATEGIA DE SUSTENIBILIDAD:
22
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
Para la vigencia fiscal 2018 se proporcionará los fondos que apruebe el Ministerio de Economía y
Finanzas y los años subsiguientes a través del fondo de inversiones del Ministerio de Desarrollo
Social para darle continuidad financiera al programa especial de “Transferencia
Económica
Condicionada para las Personas con Discapacidad Severa en condición de dependencia y
pobreza extrema a nivel nacional”.
1. RECURSOS NECESARIOS:
Se necesita que la oficina central de Panamá, esté equipada con recursos materiales, humanos,
tecnológicos y financieros para gestionar la coordinación interinstitucional y poner en marcha la
implementación del Programa por medio de los equipos en las Direcciones Regionales y
Provinciales. También se requiere de los recursos mínimos para operar en el campo y atender a los
22,000 beneficiarios para el 2018.
4.1 RECURSOS HUMANOS
Se contratará recurso humano multidisciplinario, sensibilizado y profesional para desempeñar las funciones
que les serán asignadas, en la sede, direcciones regionales y provinciales.
4.2. RECURSOS FINANCIEROS:
El Proyecto para el año 2018, según el Anteproyecto de Presupuesto proyectado tendrá un costo
de:
COSTO DEL PROYECTO: B/. 24, 351,000.00
Proyecto
Montos
Monto Total
24,351,000.00
Transferencia
21,120,000.00
Logística
3,231,000.00
23
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN
24