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MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROGRAMA ÁNGEL GUARDIÁN Formulación de las Iniciativas de Inversiones año 2018 Marco Conceptual PROYECTOS: MANJEO ASISTENCIA A PERSONAS CON DISCAPACIDAD SERVERA ÁNGEL GUARDIÁN (TRANSFERENCIA ECONÓMICA). CÍDIGO SINIP 14190.001 MANJEO ASISTENCIA A PERSONAS CON DISCAPACIDAD SERVERA ÁNGEL GUARDIÁN (LOGÍSTICA). CÍDIGO SINIP 14190.002 Licda. Mirtha Frías Directora Nacional MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN FICHA RESUMEN DEL PROYECTO NOMBRE DEL PROYECTO: ÁNGEL GUARDIÁN Transferencia Económica Condicionada para las Personas con Discapacidad Severa en condición de dependencia y pobreza extrema. INSTITUCIÓN RESPONSABLE: Ministerio de Desarrollo Social INSTITUCIONES INVOLUCRADAS: Secretaría Nacional de Discapacidad Banco Nacional de Panamá Policía Nacional Ministerio de Salud Ministerio de Educación Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral Caja de Seguro Social Instituto Panameño de Habilitación Especial Centros de Rehabilitación Integral del Área Instituto Nacional de Desarrollo Humano. Y aquellas que puedan surgir en el momento. DIRECCIÓN GENERAL: Directora Nacional: Mirtha Frías: Tel: 500-5847 Correo Electrónico: [email protected] COBERTURA Y LOCALIZACIÓN: Cobertura Nacional. Localización: Edison Plaza, segundo piso, Ministerio de Desarrollo Social. 1 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN BENEFICIARIOS/AS DIRECTOS: 22,000 personas con discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza extrema. BENEFICIARIOS INDIRECTOS: 88,000 personas que residen en el hogar de la persona beneficiaria en condición de extrema pobreza. OBJETIVO GENERAL: Mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad severa en condición de dependencia y extrema pobreza, mediante la entrega de una transferencia monetaria condicionada, que les permita tener acceso a sus necesidades básicas, de alimentación, medicamentos y acceso a los servicios. VIDA UTIL: 5 años DURACIÓN DEL PROYECTO 1 año (Inicia pago en marzo al 31 de diciembre 2018) COSTO ESTIMADO DEL PROYECTO: B/. 24, 350,112.00 (21,120,000 en TM y 3231,000 para Logística TAMAÑO: Transferencia Económica Condicionada de B/.80.00 mensuales, pagados a 22,000 personas con discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza extrema y están en condiciones de desventaja social. PERSPECTIVA DE GÉNERO EN EL PROYECTO: Las personas con discapacidad severa en condición de dependencia y extrema pobreza, mujeres y hombres panameños o hijos de panameños receptores de la transferencia económica de B/.80.00 balboas mensuales de forma igualitaria. 2 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN “PROGRAMA ÁNGEL GUARDIÁN” A. VARIABLES DE IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO. 1. ANTECEDENTES Al estudiarse la pobreza asociada a discapacidad, el Premio Nóbel de Economía de 1998, Amartya Sen señaló: “La línea de pobreza para las personas con discapacidad debe de tomar en cuenta los gastos adicionales en los que incurren cuando traducen sus ingresos en posibilidades de vivir bien”. Las personas con discapacidad tienen gastos adicionales para satisfacer las mismas necesidades de las personas sin discapacidad. Esto genera las condiciones propicias para que las personas con discapacidad se mantengan entre las más pobres y sufran la exclusión económica y social. Los modelos y planes de desarrollo hasta ahora adoptados en nuestros países, no han sido capaces de generar el bienestar de las mayorías, lo cual ha generado que diversos grupos hayan sido y sean, persistentemente, excluidos de los beneficios del desarrollo. Entre estos grupos están los indígenas, los afro-descendientes, las mujeres, los adultos mayores, las personas con discapacidad, las minorías étnicas, religiosas y sexuales, todos los grupos que comúnmente se les ubica en “situación de vulnerabilidad social”. Bengt Lindqvist, quien fuera Relator sobre Discapacidad de Naciones Unidas, ha dicho que la pobreza produce discapacidad y que la discapacidad genera pobreza. Es decir que existe un círculo vicioso que relaciona a la pobreza con la discapacidad, como causa y efecto. Si una familia vive bajo condiciones de higiene y salud, muy mala o precaria, alguno de sus miembros tendrá mayores posibilidades de adquirir una deficiencia que lo convierta en una persona con discapacidad. Por ejemplo, el consumo de agua no potable puede causar enfermedades que producen distintos grados de deficiencia visual y ceguera. Si una familia tiene un miembro con discapacidad muy severa, generalmente, éste deberá de quedarse en la casa, acompañado por un familiar que le debe asistir. Consecuentemente, esa 3 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN persona que lo atiende no podrá trabajar y no generará ingresos para esa familia. De esta manera, tanto la persona con discapacidad como quien lo asiste, dependerán de un ingreso familiar disminuido o simple y sencillamente, no contará con ninguno. Generalmente, las personas con discapacidad generarán mayores gastos para comprar bienes y servicios relacionados con su condición. Tales gastos deben cubrirse con recursos del ingreso familiar; lo que reduce o impide la atención de otras necesidades de la familia. Esta condición hace que las personas con discapacidad tengan más posibilidades de ser pobres y de permanecer pobres. Es por ello que le corresponde al país, asumir como Estado, el compromiso con el desarrollo humano, elegir e implementar eficientemente las políticas públicas y la inversión social, para producir una equiparación en el campo de las oportunidades de toda la población, lo cual pasa por enfocarse en la formación de capacidades que permitan a las propias personas forjar su desarrollo a partir de sus potencialidades, las redes de soporte que se construyan en el entorno social y la utilización productiva y sostenible de los recursos de su entorno. Actualmente en nuestro país, sólo existen los programas de pensiones no contributivas y asistenciales quienes otorgan prestaciones monetarias relativamente uniformes en forma focalizada y/o categórica ante los riesgos de vejez, discapacidad e invalidez. Pero este sistema sólo se da para aquellos que de una u otra forma hayan cotizado durante su vida laboral en la Caja del Seguro Social, siendo que por nuestra geografía nacional las actividades de campo y demás oficios informales, muchas veces no cumplen con este requisito de pago del Seguro Social, lo cual causa un desequilibrio social, pues estos trabajadores una vez llegan a una edad que no pueden trabajar en ciertas actividades, pasan a ser inactivos y no pueden proveerse sus necesidades básicas, que les permita las mínimas condiciones de vida. Por ello, EL PROGRAMA ÁNGEL GUARDIÁN pretende disminuir los elevados niveles de extrema pobreza en nuestro país y del mismo modo, permitirá conocer quiénes son y donde están las personas con discapacidad en condiciones de extrema necesidad, además que hará mucho más factible que el Gobierno Nacional pueda integrarlos y articular programas e iniciativas de combate a la pobreza de este sector poblacional, desde cada una de las provincias y municipios, 4 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN fortaleciendo los derechos de las personas con capacidades diferentes en todas las regiones del país. El Programa en su objetivo más amplio busca ser el inicio de la construcción de un sistema de atención multidisciplinaria para las personas con discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza extrema, disminuir los índices de pobreza extrema de una forma real y no sólo en estadísticas, pues esta transferencia monetaria condicionada de forma directa tendrá efectos sobre todos los miembros de las familias en extrema pobreza donde viva la persona con discapacidad. 2. DESCRIPCIÓN Y DEFINICIÓN DEL PROBLEMA Uno de los mayores rasgos de desventajas se observan en ciertos grupos de la población, como lo son las personas con discapacidad, los cuales son doblemente discriminadas: por su condición de discapacidad y por el hecho que se encuentran inmersa en la pobreza o en el peor de los casos en pobreza extrema. Esto lo convierte en una población totalmente excluida lo que sustenta que el Ministerio de Desarrollo Social, pretenda a través del Programa tratar de incluirlos de manera tal que puedan mejorar su calidad de vida. En resumen, el problema a intervenir lo constituye “el alto índice de personas con discapacidad severa en condición de dependencia y extrema pobreza que no cuentan con los recursos para satisfacer la necesidad básica de alimentos, medicamentos y acceso a los servicios básicos”. 3. ALTERNATIVA DE SOLUCIÓN. Si el problema a intervenir es “el alto índice de personas con discapacidad severa en condición de dependencia y extrema pobreza que no cuentan con los recursos para satisfacer la necesidad básica de alimentos, medicamentos y acceso a los servicios básicos”, se hace indispensable buscar una alternativa de solución, la cual se encuentra enmarcada principalmente en la Ley No. 42 de 27 de agosto de 1999. Posteriormente la Ley 15 de 31 de mayo de 2016 que reforma la Ley No. 42 de 27 de agosto de 1999 “Por la cual se establece la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad”, considerándose esta herramienta esencial en el proceso de inclusión social de este grupo social vulnerado en sus derechos. 5 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN Esto se deduce de la lectura de su artículo 1, que a la letra dice: Artículo 1. Se declara de interés social el garantizar y asegurar el ejercicio efectivo de los derechos, deberes y libertades fundamentales de las personas con discapacidad y sus familias, mediante la adopción de medidas de inclusión e integración, acción afirmativas y ajustes razonables, en igualdad de condiciones y calidad de vida, eliminando toda forma de discriminación por razón de discapacidad, en concordancia con la Constitución Política de la República y demás normas que amparan los derechos de esta población. Ese desarrollo integral conlleva que el Estado esté obligado a procurar el mejoramiento sustancial de las condiciones sociales y materiales de los pueblos en el marco del respeto a los derechos humanos. Por ello, el Programa Ángel Guardián, tiene como objetivo el desarrollo inclusivo de este grupo en condición de vulnerabilidad de sus derechos. En esa responsabilidad del Estado, a la que hace referencia la norma supra citada, se enmarcan entonces, dos aspectos importantes, los cuales son abordados en los artículos No. 13 y 22 de la citada ley: Artículo 13. Cuando la familia carezca de recurso para atender las necesidades y derechos de algún miembro que presente discapacidad corresponde al Estado, mediante los organismos facultados por Ley, proporcionar los apoyos económicos y ayudas técnicas y/o servicios a quienes por la naturaleza de la discapacidad estén inhabilitados para ejercer tareas de carácter remunerativo. Dichos apoyos, ayudas técnicas y/o servicios se harán efectivos siempre que las autoridades competentes del Estado comprueben las condiciones antes descritas. Artículo 22. En los casos en que se interrumpa o no se puede iniciar el proceso educativo de las personas con discapacidad, ya sea por la carencia de recursos por parte de sus familias o porque viven en áreas de difícil acceso, el Estado destinará los recursos financieros que les aseguren de su derecho de educación en su contexto comunitario. Para estos fines, el Estado, a través de las entidades competentes, creará programas para garantizar a la población con discapacidad su estadía, alimentación, transporte, materiales didácticos, apoyos técnicos y todo lo 6 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN relativo a su seguridad física y psíquica, en un ambiente sano que estimule el desarrollo de sus potencialidades. Lo que pretende Ángel Guardián, es hacer partícipe a todas las instituciones gubernamentales en primera instancia y luego, a aquellas quienes participan en el desarrollo inclusivo de las personas con discapacidad, y por ende, de su proceso de inclusión social. 4. OBJETIVOS DEL PROYECTO 4.1. General (Para qué) Disminuir el alto índice de personas con discapacidad severa en condición de dependencia y extrema pobreza que no cuentan con los recursos para satisfacer la necesidad básica de alimentos, medicamentos y acceso a los servicios básicos” 4.2. Específicos Mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad severa en condición de dependencia y de extrema pobreza. Lograr la inclusión social de las personas con discapacidad severa en condición d dependencia y extrema pobreza. Servir de instrumento para que las personas con discapacidad severa en condición de dependencia y de extrema pobreza puedan acceder al beneficio de las políticas sociales. Establecer las bases materiales y jurídicas que permitan al Estado formular políticas sociales fundamentadas en la igualdad de oportunidades, la no discriminación, el respeto a la dignidad, la autonomía individual, entre otras. 5. JUSTIFICACIÓN Retomado, por una parte, el concepto de “sostenibilidad del desarrollo” y por otra el del “desarrollo a escala humana”, se lleva este último a un plano más colectivo. 7 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN Esto hizo necesario construir una agenda global de desarrollo, desde un enfoque de desarrollo inclusivo, cuyo eje esté en la promoción de estrategias amplias e integrales, que atienda a las necesidades humanas en todas sus dimensiones. En el caso de las personas con discapacidad y de las familias con miembros con discapacidad, tienen mayores posibilidades de ser pobres y de no disfrutar de los beneficios del desarrollo que el país haya alcanzado. Aquí la búsqueda del desarrollo inclusivo pasa por dos puentes: El inclusivo general: El que promueve una mejor distribución del ingreso nacional para todos los sectores excluidos y que viven bajo condiciones de pobreza y extrema pobreza. El inclusivo específico: El que promueve un cambio en el enfoque y administración de los recursos que el Estado destina a las personas con discapacidad y sus familias. La atención hacia los más pobres y vulnerables nace de la consideración de que la existencia de una sociedad moderna requiere un pacto social basado en la equidad, como reglas de juego imparciales y aplicadas a todos y con preferencia por los más débiles. Con la Ley No. 29 de 1 de agosto de 2005, se reorganiza el Ministerio de Desarrollo Social en lo conceptual, organizacional y operacional, siendo este el ente rector de las políticas sociales para los grupos de atención prioritaria: niñez, juventud, mujer, personas con discapacidad, y personas adultas mayores dentro del contexto de la familia y la comunidad. Esta reorganización permite al Ministerio de Desarrollo Social desarrollar políticas sociales desde una perspectiva integral e incluyente a través de cuatro pilares o ejes fundamentales: políticas sociales, desarrollo de capacidades colectivas, concertación y la protección social; los cuales a su vez permiten a los grupos de atención prioritaria, entre los cuales se encuentran las personas con discapacidad rescatarlos de la invisibilidad en las que se encuentran inmersa, por ende, lograr su inclusión social. Lo anterior explica la necesidad de un programa como Ángel Guardián y se sustenta el por qué? su plataforma y rectoría está amparada en el Ministerio de Desarrollo Social, en colaboración con la Secretaría Nacional de Discapacidad, sobre todo tratándose de la población beneficiaria (personas con discapacidad severa en condición de dependencia y en pobreza extrema). 8 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN Los resultados reflejados en el Primer Estudio de Prevalencia y Caracterización de la Discapacidad realizado a través de la Primera Encuesta Nacional de Discapacidad (PENDIS-2006), arroja que existe en Panamá, 370, 053, personas con discapacidad, lo cual representa el 11.3% de la población total. De conformidad al PENDIS el 17.3%, de los hogares encuestados presentan una prevalencia de la discapacidad en pobreza muy alta 3 o en condición de pobreza extrema. Esto los hace carentes de todos los servicios públicos por su condición de discapacidad y por su situación de vulnerabilidad, marginación, riesgo social y pobreza extrema. Según el Censo Nacional de Población y Vivienda de 2010, el total de población con discapacidad “severa”, asciende a un total de 43,841 personas a nivel nacional. De este total poblacional, se identifican dos tipos de afecciones con mayor grado de representación en las personas con discapacidad en Panamá, el retraso mental y la deficiencia física. PERSONA CON DISCAPACIDAD, POR GRUPO DE INGRESO, SEGÚN DISCAPACIDAD CENSO DE POBLACIÓN Y VIVIENDA DE PANAMÁ: AÑO 2010 DISCAPACIDAD TOTAL GRUPO DE INGRESO DE LA PERSONA Menos de 100 100 - 124 125-174 175-249 Total 43,841 33,581 5,490 1,892 2,878 Retraso Mental 13,698 12,560 542 293 303 Parálisis cerebral 3,305 2,731 329 102 143 Deficiencia física 21,450 13,910 4,065 1,309 2,166 5,388 4,380 554 188 266 Problemas mentales 3 Atlas Nacional de discapacidad, Panamá 2006, página No. 1 9 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN Importante señalar que del total de personas con discapacidad, existen 33,581 hombres y mujeres con discapacidad que perciben un ingreso menor de B/.100.00 siendo esto una razón para establecer que se encuentran por debajo de la línea de pobreza, ubicándose en consecuencia como pobres extremos. 10 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN PERSONA CON DISCAPACIDAD, POR GRUPO DE INGRESO, SEGÚN DISCAPACIDAD CENSO DE POBLACIÓN Y VIVIENDA DE PANAMÁ: AÑO 2010 GRUPO DE INGRESO DE LA PERSONA DISCAPACIDAD TOTAL Menos de 100 100 - 124 125-174 175-249 Total 43,841 33,581 5,490 1,892 2,878 Retraso Mental 13,698 12,560 542 293 303 Parálisis cerebral 3,305 2,731 329 102 143 Deficiencia física 21,450 13,910 4,065 1,309 2,166 5,388 4,380 554 188 266 Problemas mentales Los datos obtenidos por el PENDIS 2006, han sido cotejados y cruzados con los datos provenientes del Censo de Población y Vivienda 2010 y la Encuesta de Niveles de Vida del 2008, logrando definir la población meta entre 45,000 a 55,000 Los instrumentos legales enunciados sustentan y dan viabilidad jurídica pensada en el bienestar de una población altamente vulnerable, como lo son las personas con discapacidad, en especial aquellas que presentan una discapacidad severa, en condición de dependencia y de extrema pobreza. Por tal razón, nuestra población meta a cubrir a través de este proyecto es de 55,000. 6. LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO Y ÁREAS DE COBERTURA El proyecto ÁNGEL GUARDIÁN lo va a desarrollar el Ministerio de Desarrollo Social, a través de una Unidad Operativa, la cual formará parte de su estructura organizativa y que tendrá un nivel jerárquico de Dirección de Dirección Nacional. Esta Dirección Nacional estará localizada en Edison Plaza, Cuarto Piso, o cualquier otro lugar que así disponga la autoridad nominadora. 11 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN ÁNGEL GUARDIÁN tendrá cobertura nacional, sin embrago, tomando como referencia los resultados del PENDIS 2006, que estimó como población con discapacidad a nivel nacional 370,053 y que de este resultado el 17.3 % de los hogares se encuentran en condiciones de pobreza muy baja o extrema. 7. PROYECTO EN EL MARCO DE LAS POLÍTICAS Y ESTRATEGÍAS DE DESARROLLO DEL PAÍS 7.1. Políticas Sociales y Desarrollo Humano Sostenible El fortalecimiento del capital humano y social es una condición necesaria para la integración y participación de la población pobre y marginada en la corriente central de las actividades económicas, sociales y políticas locales, regionales y nacionales, lo cual se encuentra asociado al aumento sostenible de sus ingresos y transición fuera de la pobreza. La formación y acumulación del capital humano resultan particularmente importante para los sectores más discriminados, como los son las personas pobres, en el caso que nos ocupa de las personas con discapacidad severa en condición de dependencia y extrema pobreza. Por ello, en el Ministerio de Desarrollo Social, las políticas sociales se desarrollan desde una perspectiva integral e incluyente. El enfoque integral implica el acercamiento a la población objetivo por la vía de los servicios adecuados y de calidad que permitan la realización de derechos (salud, vivienda, empleo y educación, entre otros) y la emergencia de una nueva cultura institucional que garantice y genere los pilares para el desarrollo humano sostenible. Ello se desprende de la lectura de los artículos No. 2 y 3 de ley No. 29 de 1 de agosto de 2005, que reorganiza el ahora Ministerio de la Juventud, la Mujer, la Niñez y la Familia a Ministerio de Desarrollo Social, que a la letra dicen: Artículo 2. El Ministerio de Desarrollo Social será el ente rector de las políticas sociales para los grupos de atención prioritaria: niñez, juventud, mujer, personas con discapacidad y personas adultas mayores, dentro del contexto de la familia y la comunidad. Sus funciones como ente rector incluyen la formulación, coordinación, articulación, implementación, seguimiento y evaluación de dichas políticas. 12 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN Artículo 3. El Ministerio de Desarrollo Social tendrá como objetivos fundamentales impulsar el desarrollo humano por vía de la participación y promoción de la equidad, así como la organización, administración, coordinación y ejecución de políticas, planes, programas y acciones tendientes al fortalecimiento de la familia y la comunidad, y al logro de la integración social y la reducción de la pobreza. (El subrayado es nuestro) A través del Programa Ángel Guardián se busca mejorar la calidad de vida de la personas con discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza extrema y permitirles (condición que por sí solas ellas no pueden mejorar) acceder a una vida más larga, más saludable y más plena, lo que constituye garantías mínimas de protección social. 7.2. Plan Estratégico Nacional para la Inclusión Social de las Personas Discapacidad con El Plan Estratégico Nacional, es un instrumento esencial, para promover la inclusión plena de las personas con discapacidad en las diferentes esferas de la sociedad panameña en el marco del respeto a los Derechos Humanos, la equiparación de oportunidades, la accesibilidad universal y el manejo transparente de los recursos del Estado, a fin de asegurar la obtención de resultados consensuados con los grupos sectoriales, el sector privado, la sociedad civil y particularmente las organizaciones de las personas con discapacidad y sus familias. Teniendo presente tan importante objetivo, se ha previsto como elaborar el proyecto encaminado a contribuir en el mejoramiento de las condiciones de alimentación de las personas con discapacidad a través de un apoyo económico que se enmarca dentro de la denominación: TRANSFERENCIA ECONÓMICA CONDICIONADA PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD SEVERA EN CONDICION DE DEPENDENCIA Y POBREZA EXTREMA (PROGRAMA ÁNGEL GUARDIÁN), puesto que, consideramos que todas aquellas acciones que se adopten a apoyar de una u otra manera a este grupo poblacional vulnerable se enmarca dentro del objetivo antes señalado, más aún, cuando la realidad del país demuestra que el 11.3% de la población presenta discapacidad, de las cuales las mayorías se ubican en la categoría de pobreza y pobreza extrema. 13 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN No obstante, la institucionalidad o facultad para dar una transferencia económica condicionada le corresponde exclusivamente al Ministerio de Desarrollo Social, tal como lo enuncia del Artículo No. 3 de la Ley No, 29 de 1 de agosto de 2005. 7.3. Políticas de Discapacidad de la República de Panamá Importante destacar que el contenido de la presente política se encuentra encaminado a formular y ejecutar estrategias tendientes a incluir socialmente al sector poblacional con discapacidad. Surge del esfuerzo mancomunado de diversos actores sociales, entre ellos la Secretaría Nacional de Discapacidad (SENADIS) como institución pública y la sociedad civil organizada (ONG’s), quienes preveían la necesidad de concertar una política pública encaminada hacia la población en condición de discapacidad del país. No obstante, por la naturaleza de las funciones del Ministerio de Desarrollo Social se le atribuye la competencia legal; además, que cuenta con la experiencia en la ejecución de dos programas similares como lo son: La Red de Oportunidades y 120 a los 65; y por otro lado, porque es al Ministerio de Desarrollo Social quien hace efectivo el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales referente a la promoción, coordinación, articulación e implementación de las políticas sociales de los grupos de atención prioritaria, dentro del contexto de la familia y la comunidad, además de dar seguimiento y evaluar las políticas sociales dirigidas a los grupos de población de atención prioritaria, dentro del contexto de la familia y la comunidad. 7.4. Líneas de Acción para la Participación en la Vida Productiva En este aspecto, se buscar vencer las barreas con estrategias efectivas y equiparar las oportunidades de las personas con discapacidad. Ahora bien, destacan las líneas de acción sobre la atención a las familias y sus miembros con discapacidad, que se concretizan así: 7.4.1 Miembros de la familia con discapacidad severa Ofrecer servicios de apoyo emocional, alimentario, de salud y económico cuando la demanda de atención del familiar con discapacidad objetivamente impida la obtención de ingresos de quien lo asiste y no haya otros familiares que puedan aportar al presupuesto familiar. 7.4.2 Familias con miembros con discapacidad en situación de pobreza extrema 14 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN “Incorporar a las familias de personas con discapacidad, en condiciones de pobreza y pobreza extrema, a los programas y servicios públicos y privado de protección social. De conformidad con los resultados reflejados en el Primer Estudio de Prevalencia y Caracterización de la Discapacidad (PENDIS-2006), existe en Panamá, 370, 053, personas con discapacidad, lo cual representa el 11.3% de la población total. De este porcentaje el 17.3%, se encuentra en condición de pobreza muy baja o en condición de pobreza extrema. Ello evidencia que este importante sector poblacional no tiene acceso a los servicios básicos de salud, educación, vivienda, sólo por mencionar algunos factores, lo cual constituye un obstáculo para que las personas con discapacidad superen esa situación de pobreza. La persona beneficiaria recibirá a través del programa dos tipos de beneficios: a. Compensación económica: a través de una Transferencia Económica Condicionada de B/.80.00 mensuales, pagados cada tres (3) meses, según el calendario aprobado de pago a las personas con discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza extrema. b. Compensación estructural: la cual consiste en canalizar un serie se servicios y apoyos que brindan otras instituciones del Estado de manera articulada como el Ministerio de Salud, Educación, Centros de Rehabilitación Integral, Caja del Seguro Social, Organizaciones No Gubernamentales Nacionales e Internacionales entre otras. 8. Transferencia Económica El monto de la transferencia será de ochenta (B/. 80,00) balboas mensuales pagados de acuerdo al calendario de pago establecido. En ese sentido analizando la oferta, los beneficiarios que recibirán la transferencia económica lo constituyen las 22,000 personas con discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza extrema a nivel nacional. 1. INDICADORES DE PRODUCTOS 15 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN Detalle Unidad de Magnitud Medida Principal Equipamiento y suministro Centros pagos para la operatividad de dotados cada tres centros de pagos meses 4 Detalle Unidad de Medida Magnitud Transferencia Transferencia 22,000 Económica a personas económica con discapacidad recibida cada 3 meses BENEFICIARIOS Población Directos Indirectos Pobreza Pobreza Extrema 9. 22,000 88,000 Corresponsabilidad El Programa pretende responsabilizar al grupo familiar donde se encuentre el beneficiario para cumplir con ciertas corresponsabilidades, las cuales se derivan en: a. Asistir, regularmente a los servicios de salud para revisiones periódicas, siempre y cuando la condición de discapacidad severa se lo permita. Aquellos beneficiarios cuya condición de discapacidad severa no les permita asistir a los servicios de salud podrán ser visitados por el equipo técnico. b. Asistir al Centro de Rehabilitación Integral del área si ha sido referidos por las autoridades de salud competentes. c. Acceder a los servicios del sistema educativo si se trata de niño o niña con discapacidad severa. 16 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN d. Participar en charlas, cursos y seminarios de orientación sicológica, de salud y de otros, destinados a la atención de la discapacidad organizados por el Estado en su beneficio, dictados en las áreas cercanas a su residencia o lugar de pago. No siempre las corresponsabilidades son iguales para todos, toda vez que se debe atender la discapacidad, el lugar de acceso y la condición de salud del beneficiario, para ello, el equipo técnico al momento de la visita en el sitio, determinara las corresponsabilidades a aplicar. ESTUDIO TÉCNICO 1. TAMAÑO DEL PROYECTO: A través de la aplicación de una encuesta de vulnerabilidad social a nivel nacional se determinará el número de beneficiaros, con criterios elegibilidad de un sistema ergonométrico (PROXY), estimamos en 22,000 personas con discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza extrema que serán beneficiados con la asistencia económica, con B/.80.00 cada tres (3) meses para el año 2018. 1.1 Metas del proyecto: El equipo técnico evaluará a cada beneficiario para determinar, dependiendo de la discapacidad y la severidad, a qué tipo de servicios asistirán. Dada la naturaleza de la misma puede que asita a uno, varios o ningún servicio. Lo que si es seguro es que el responsable al grupo familiar o en el contexto deba obligatoriamente participar para facilitar al beneficiario el apoyo requerido. 1.2. Impactos esperados a. Económico: Procurar que las personas con discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza extrema cubran sus necesidades básicas, de alimentos y de acceso a los diferentes servicios a con ello mejorar su calidad de vida. 17 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN b. Género: Mujeres y hombres panameños o hijos de panameños que cumplan con los requisitos y criterios del Programa. c. Sociales Que en Panamá, las instituciones del sector social, educación y que brinden servicios sean fortalecidas para que presten servicios adecuados a la población con discapacidad severa en condición de dependencia. d. Discapacidad Mejorar la calidad de vida de las 22,000 personas con discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza extrema. Prevenir prevalencia de la discapacidad en Panamá, a través de jornadas de sensibilización a la población en general acerca de la prevención y las posibles causas de discapacidad. 1. ESTRATEGIAS DE IMPLEMENTACIÓN: LOGÍSTICA 2.1. Investigación Social Mediante el decreto 255 del 28 de agosto 2015 que crea la Dirección de Inclusión y Desarrollo Social como unidad adscrita al Ministerio de Desarrollo Social y se define su organización administrativa e institucional y se establece una nueva estructura de funcionamiento donde las acciones desarrolladas por los Programas de Transferencia Monetaria Condicionada se realizaran y ejecutarán en conjunto con la Dirección de Inclusión y Desarrollo Social. La Ejecución de los Programas de Transferencia Monetaria Condicionada requiere de la elaboración de un documento denominado “Ficha única de protección social- FUPS” la cual pondera la pobreza y pobreza extrema como primera variable que define a los posibles aspirantes a la oferta que ofrece el Mides. Posterior se aplica el instrumento confeccionado por el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), la Secretaría Nacional de Discapacidad (SENADIS), con el apoyo y el aval del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) de la Contraloría General de la República de Panamá, en la cual 18 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN se enmarcan las interrogantes o indicadores para determinar la discapacidad severa en condición de dependencia. 2.2 Aplicación de encuestas: El programa se distingue porque el servidor (a) publico(a) visita a la población beneficiaria para realizar las encuestas de vulnerabilidad social, toda vez que la condición de la persona beneficiaria no permite el desplazamiento de la misma a las dependencias del Ministerio de Desarrollo Social a nivel nacional. Este equipo está integrado por técnicos y personal de campo contratados por el MIDES de diferentes disciplinas (trabajadores sociales, psicólogos, médicos, terapeutas, promotores sociales, sociólogos, entre otros). La estructura, la base de datos y la plataforma de pagó son responsabilidad del Ministerio de Desarrollo Social. 2.3 Focalización Las personas con discapacidad severa en condición de dependencia y extrema pobreza que califican al programa y cumplan con los documentos requeridos (diagnóstico médico, el certificado de nacimiento y/o cédula de identidad personal ingresarán al Registro de Beneficiarios Activos. Los datos del Registro de Beneficiarios y del Registro de Beneficiarios Activos se incorporarán al Banco de Datos. En los casos en que en una familia se encuentre dos (2) o más personas con discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza extrema y cumpla con todos los requisitos exigidos por la ley, se beneficiara a cada uno de ellos. 2.4 Aprobación Una vez completado el expediente deberá ser autorizado por el Director (a) del Programa para ser incluido en la planilla de pago. 19 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN 2.5 Proceso de Pago Para implementar EL PROGRAMA, el MIDES utilizará el sistema de desembolso utilizado por otros programas (efectivo) y/o cualquier otra estrategia que fuere pertinente. Se coordina el pago entre el MIDES y la entidad pagadora (Banco Nacional). Entidad pagadora: En áreas de difícil acceso, se capacitara a funcionarios, quienes deben movilizarse a diferentes puntos de la geografía nacional, para realizar los pagos directos a personas que residen en estas áreas. En los casos de los beneficiarios de áreas urbanas se retiraran los pagos en la entidad pagadora del área, y/o cualquier otra estrategia o mecanismo de pago que se establezca (por ejemplo las utilizadas actualmente por tarjeta clave social, banca móvil, etc.). 2.6 Seguimiento El representante legal deberá procurar una compensación estructural del Beneficiario Activo a fin de no ser excluido de los beneficio de los servicios públicos, y para ello, ambos deberán cumplir una de las corresponsabilidades establecidas según su condición de discapacidad. 2.7 Manejo de Fondos El Fondo Especial estará constituido por: 2. El aporte inicial del Gobierno Nacional para su funcionamiento. 3. Los recursos que anualmente destine el Presupuesto General del Estado que, en todo caso, serán suficientes para el pago de los apoyos mensuales y los gastos de funcionamiento de EL PROGRAMA. 4. Los aportes que le sean concedidos por personas naturales o jurídicas y entidades u organismos nacionales o internacionales, públicos o privados. 5. Cualquier otro aporte que la ley permita. El Fondo Especial se manejará a través de una cuenta financiera en el Banco Nacional de Panamá. Los desembolsos del Fondo serán otorgados a través de mecanismos de transparencia 20 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN determinados en la reglamentación de la presente Ley y en el Manual de Procedimientos Administrativos y Fiscales para el Manejo del Fondo Especial. La administración, el manejo y la transferencia de las partidas presupuestarias destinadas al financiamiento de EL PROGRAMA, así como el control del uso de las sumas entregadas a las personas beneficiarias estarán sujetos a la fiscalización de la Contraloría General de la República, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. El MIDES establecerá los procedimientos para la evaluación externa de EL PROGRAMA. 2.8. Coordinación Interinstitucional EL PROGRAMA estará adscrito al Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) como entidad encargada de su implementación y ejecución, como ente rector de la previsión, promoción, coordinación, articulación e implementación de las políticas sociales de los grupos de atención prioritaria, para esto se suscribirán Convenios de Cooperación con las otras instancias involucradas para que su participación esté ampliamente definida y no quede duda alguna de su responsabilidad. Cada entidad asumirá un compromiso que deberá hacerlo saber a las agencias de las diferentes regiones o áreas en las que tienen presencia, las cuales deberán coordinar las acciones a seguir con la Dirección Provincial o Regional del Mides y de SENADIS. Describiremos a continuación las actividades relevantes que aportará cada institución en el logro de los objetivos: Ministerio de Desarrollo Social: Encargado de la implementación y ejecución del programa. Secretaría Nacional de Discapacidad: Colaborador del Mides en la ejecución del programa y aporta la perspectiva y manejo de la discapacidad. Banco Nacional de Panamá: brindará el servicio de transferencias monetarias a las personas con discapacidad severa en condición de dependencia y extrema pobreza, en todo el territorio nacional. 21 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN Ministerio de Salud (MINSA): Se celebró un convenio con el Ministerio de Salud, para llevar a cabo la corresponsabilidad de salud con las personas con discapacidad severa en condición de dependencia y extrema pobreza. Policía Nacional: Se celebró un convenio con el Ministerio de Gobierno y Justicia, para que la Policía Nacional custodie el dinero en los diferentes pagos. Ministerio de Educación: Se celebrará convenio con MEDUCA para brindar educación modular o aulas inclusivas a personas con discapacidad severa en condición de dependencia y pobreza extrema que lo requieran. Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial: el MIVIOT asistirá y brindará apoyo con la construcción de viviendas a aquellos beneficiarios que sus viviendas representen un peligro para su salud e integridad física. Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral: MITRADEL colaborará con la consecución de puestos de trabajo a aquellos familiares que requieran y que estén en condición de realizarlo, así como personas con discapacidad.. Caja de Seguro Social: Se celebrará un convenio con la Caja del Seguro Social, a fin de tener la disponibilidad de los cruces de las bases de datos para corroborar si los beneficiarios están aptos para recibir el beneficio. Instituto Panameño de Habilitación Especial: Se celebrará convenio con el IPHE, para brindar servicios de habilitación especial, recursos, apoyo a personas con discapacidad y familiares, facilitar la inclusión de los niños, niñas y jóvenes con discapacidad en el centro escolar. Centros de Rehabilitación Integral del Área: Se celebrará convenio de colaboración con estos centros locales para facilitar los servicios de habilitación, rehabilitación y otros servicios a personas con discapacidad severa en condición de dependencia y extrema pobreza. 3. ESTRATEGIA DE SUSTENIBILIDAD: 22 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN Para la vigencia fiscal 2018 se proporcionará los fondos que apruebe el Ministerio de Economía y Finanzas y los años subsiguientes a través del fondo de inversiones del Ministerio de Desarrollo Social para darle continuidad financiera al programa especial de “Transferencia Económica Condicionada para las Personas con Discapacidad Severa en condición de dependencia y pobreza extrema a nivel nacional”. 1. RECURSOS NECESARIOS: Se necesita que la oficina central de Panamá, esté equipada con recursos materiales, humanos, tecnológicos y financieros para gestionar la coordinación interinstitucional y poner en marcha la implementación del Programa por medio de los equipos en las Direcciones Regionales y Provinciales. También se requiere de los recursos mínimos para operar en el campo y atender a los 22,000 beneficiarios para el 2018. 4.1 RECURSOS HUMANOS Se contratará recurso humano multidisciplinario, sensibilizado y profesional para desempeñar las funciones que les serán asignadas, en la sede, direcciones regionales y provinciales. 4.2. RECURSOS FINANCIEROS: El Proyecto para el año 2018, según el Anteproyecto de Presupuesto proyectado tendrá un costo de: COSTO DEL PROYECTO: B/. 24, 351,000.00 Proyecto Montos Monto Total 24,351,000.00 Transferencia 21,120,000.00 Logística 3,231,000.00 23 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL PROYECTO ÁNGEL GUARDIAN 24