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PROYECTO DE LEY DESCENTRALIZACION HOSPITALARIA COMO ESTRATEGIA PARA MEJORAR LA ADMINISTRACION Y ORGANIZACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD Y ATENDER HUMANAMENTE Y SOCIALMENTE LAS NECESIDADES DE LA POBLACION QUE SE ASISTE EN LOS HOSPITALES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sanciona con fuerza de LEY CAPITULO I OBJETO Y ALCANCE Artículo 1º: La presente ley tiene como objeto formular el desarrollo de un modelo de descentralización administrativo para los hospitales dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, con mayor autonomía operativa, administrativa y financiera. Artículo 2º: Creease las Unidades Sanitarias, cuyo alcance es la cobertura de atención ambulatoria de baja complejidad, concentrando recursos humanos y tecnológicos de media y alta complejidad en los hospitales, utilizando su espacio para pacientes con condiciones clínicas más severas y con necesidades de cuidados continuos. CAPITULO II OBJETIVOS DE LA DESCENTRALIZACION Artículo 3º: Son objetivos de la descentralización: a) Percibir con claridad las particularidades y características locales de los barrios. b) Aumentar la capacidad de resolver problemas en el lugar en que se presentan, con una respuesta efectiva durante las veinticuatro horas.. Último cambio: 09/08/2017 1:44:00 - Cantidad de caracteres: 8750 - Cantidad de palabras: 1505 Pág. 1 c) Promover la desburocratización. d) Facilitar el flujo de acceso de los usuarios, disminuyendo progresivamente la inequidad. e) Acrecentar la flexibilidad en el manejo de recursos. f) Incrementar la cobertura asistencial con eficiencia y equidad. g) Adecuar los servicios a las necesidades de la comunidad, abarcando desde los servicios preventivos a los de rehabilitación de enfermedades. h) Otorgar mayor libertad para la organización de los servicios. i) Lograr que las personas pasen de ser objeto a ser sujetos de su salud. j) Generar mayor calidad de vida en la población objetivo, aumentando la vida saludable. CAPITULO III DE LOS HOSPITALES Artículo 4º: Los Hospitales Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, actuarán como agentes prestadores y como organismos descentralizados con capacidad para: a) Integrarse al Sistema de Salud como un efector más, realizando convenios con entidades de la Seguridad Social y empresas de Medicina Prepaga. b) Implementar acuerdos con las provincias de Argentina y con países limítrofes, con el fin de afrontar los gastos de atención de los pacientes que reciban asistencia médica en los hospitales públicos de la Ciudad de Buenos Aires. c) Facturar todos los servicios sanitarios que se brinden a personas con capacidad de pago, o terceros pagadores que cubran las prestaciones del beneficiario de obras sociales, prepagos, mutuales, seguros de accidentes u otros similares, que se encuentren obligados por normas vigentes o contractuales a dar esas coberturas. d) Complementar servicios con otros establecimientos asistenciales. e) Libertad para poder integrar una red de prestadores. Artículo 5º: Atribuciones y obligaciones esenciales: a) Diseñar una estructura orgánico - funcional, eliminando la burocracia. Último cambio: 09/08/2017 1:44:00 - Cantidad de caracteres: 8750 - Cantidad de palabras: 1505 Pág. 2 b) Designar, promover, reubicar y sancionar al personal en todos sus niveles y categorías, de acuerdo a normas vigentes, dentro de la estructura apropiada. c) Analizar el comportamiento de los costos, incurridos en los distintos servicios. d) Confeccionar el Presupuesto en cada hospital, identificando los recursos que se utilizan. e) Implementar su propio reglamento interno. f) Ampliar los horarios de funcionamiento de los hospitales (8 a 20 horas). g) Utilizar los quirófanos durante el mismo horario que funciona el hospital, en cuanto a cirugías programadas. h) Promover el uso de una Historia Clínica Unica, en la que se resuma toda la historia de cada paciente, diseñando un sistema informatizado, a disposición de los profesionales para seguimiento de patologías y atenciones posteriores. Artículo 6º: Son funciones principales de los establecimientos hospitalarios dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires: a) Aplicar acciones para ofrecer el mayor nivel de calidad. b) Desarrollar actividades de docencia e investigación. c) Implementar mecanismos efectivos para lograr procesos técnicoadministrativos eficientes y funcionales, asegurando optimización y menor burocracia. d) Desarrollar la capacitación del personal en forma continua, en el lugar donde se efectúan los servicios asistenciales y administrativos. e) Promover la formación de programas rectores y organizadores institucionales, para el mejor aprovechamiento de los recursos existentes. f) Aprobar una evaluación periódica de control de calidad, que defina la autoridad competente. g) Actualizar permanentemente los padrones de los beneficiarios titulares, su grupo familiar y familiares a cargo, dela Seguridad Social y otros efectores, según leyes vigentes. h) Desarrollar y controlar un padrón de carenciados, sin ninguna cobertura. Último cambio: 09/08/2017 1:44:00 - Cantidad de caracteres: 8750 - Cantidad de palabras: 1505 Pág. 3 CAPITULO IV DE LAS UNIDADES SANITARIAS Artículo 7º: Incorporar Unidades Sanitarias ubicadas en lugares geográficos estratégicos de la Ciudad de Buenos Aires, contemplando la accesibilidad y la desconcentración de la demanda de atención ambulatoria de los Hospitales Públicos de la Ciudad (Ver plano anexo). Artículo 8º: Constituir la integración de las Unidades Sanitarias con Hospitales de Referencia, de cada zona, a los que derivarán pacientes, si se considerara necesario y se realizarán pedidos de turnos, para prestaciones de mayor complejidad, evitando demoras innecesarias. Artículo 9º :Se consideran objetivos de las Unidades Sanitarias: a) Disponer de las comodidades necesarias para el desarrollo de las actividades, que cubrirán las necesidades de los usuarios. b) Identificar a la población que requiere atención en la zona de influencia. c) Reservar espacio para ampliación en caso necesario. d) Implementar normatización básica de funcionamiento. e) Establecer un sistema administrativo que permita conocer las actividades, los resultados y efectuar la presupuestación. f) Disponer del recurso humano necesario, cantidad de profesionales, técnicos, enfermeros y administrativos, tomando como base la tasa de utilización de la población que asiste a la atención ambulatoria y a la demanda potencial. g) Promover mecanismos ágiles de designación, para reemplazar las ausencias del personal. h) Poseer equipamiento con capacidad para resolver problemas del primer nivel de atención. i) Establecer una comunicación fluida entre las Unidades Sanitarias y los Hospitales de Referencia, interrelacionándose e intercambiando información. j) Implementar la docencia permanente, formación continua con el propósito de mejorar las aptitudes y actitudes del recurso humano. Artículo 10º: Funciones: Último cambio: 09/08/2017 1:44:00 - Cantidad de caracteres: 8750 - Cantidad de palabras: 1505 Pág. 4 a) Desarrollar acciones de prevención y promoción a través de educación sanitaria, consultas y asesoramiento a familias y vecinos del área de influencia. b) Brindar atención ambulatoria en consultorios con médicos clínicos y especialidades básicas, de mayor demanda, según las tasas de uso; prácticas de diagnóstico y terapéuticas de menor complejidad. c) Establecer el funcionamiento de las Unidades Sanitarias, durante las 24 horas, con personal calificado. d) Privilegiar la prevención a la curación. e) Registrar todas las prestaciones que se realiza cada paciente, permitiendo su seguimiento. f) Diseñar un sistema informático que vincule las Unidades con los Hospitales, para facilitar el acceso de los pacientes. Artículo 11º : Comuníquese, etc. Señor presidente: Si bien cada vez que hablamos del Sector Público de Salud, nos referimos con los términos equidad, accesibilidad, universalidad e Integralidad, priorizando la promoción y la prevención, en la realidad observamos una desigualdad inaceptable entre la población que tiene acceso y los que no tienen posibilidades de resolver sus principales problemas de salud, ya sea por el nivel ocupacional, nivel socioeconómico, nivel educativo, tiempos de espera de turnos, pérdida de tiempo en largas colas, etc. Es un derecho de la población el poder acceder a la salud y es una obligación del Estado aumentar el bienestar de la sociedad a la que representa. Último cambio: 09/08/2017 1:44:00 - Cantidad de caracteres: 8750 - Cantidad de palabras: 1505 Pág. 5 La velocidad de los cambios en la población, hace que los hospitales públicos se hayan quedado atrás y existe una necesidad de cambios profundos, sustanciales y de contenidos para lograr una nueva imagen del hospital público, ya que es una asignatura pendiente que se tiene con la Sociedad, y, además porque se gasta en salud gran parte del presupuesto del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. En función de mejorar la accesibilidad, equidad, eficiencia, teniendo en cuenta la medicina preventiva, valorizando la atención primaria y la universalidad de cobertura, en forma integral, pensamos en una descentralización flexible, como medio para organizar los servicios de salud, promoviendo un proceso de desburocratización, con el uso eficiente de los recursos disponibles. La descentralización refleja una filosofía de la organización y de la administración. La producción de servicios de cada hospital, depende de la demanda, que se diferencia en cada caso y de la forma que está organizado el establecimiento. Tenemos que mantener una visión global detectando y corrigiendo desvíos y actuar de acuerdo a la demanda de características locales, aumentando la autonomía operativa e implementando mecanismos de distribución de la financiación vinculados a la producción. El proceso de descentralización debe realizarse progresivamente, con asesoramiento y entrenamiento del personal de conducción y ejecución, pudiendo así cumplir con normas previamente establecidas. En salud el recurso humano adquiere un rol fundamental porque sin el factor humano no existirían los servicios. Es importante incentivar y reconocer al recurso humano, en general, que realiza sus tareas con vocación de servicio, trabajando muchas veces en condiciones adversas, con buena voluntad, responsabilidad y compromiso con la comunidad. Por todo lo expuesto y ante la imperiosa necesidad de dar respuesta a la sociedad toda, que espera signos de efectividad y eficiencia de los actos de gobierno, es que por intermedio del Señor Presidente, se solicita la urgente consideración del presente Proyecto en búsqueda de la equidad y el respeto social. Último cambio: 09/08/2017 1:44:00 - Cantidad de caracteres: 8750 - Cantidad de palabras: 1505 Pág. 6 ANEXO PROYECTO DE LEY DE DESCENTRALIZACION HOSPITALARIA US US US US US US US US Último cambio: 09/08/2017 1:44:00 - Cantidad de caracteres: 8750 - Cantidad de palabras: 1505 Pág. 7