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Transcript
PARLAMENTO EUROPEO
1999
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2004
Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios
PROVISIONAL
2000/2017(INI)
25 de octubre de 2000
PROYECTO DE INFORME
sobre el sistema monetario internacional – cómo conseguir que funcione mejor
y evitar las crisis en el futuro
(2000/2017(INI))
Parte A: propuesta de resolución
Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios
Ponente: Robert Goebbels
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ÍNDICE
Página
PÁGINA REGLAMENTARIA ................................................................................................. 4
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN ............................................................................................ 5
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PÁGINA REGLAMENTARIA
En la sesión del 2 de febrero de 2000, la Presidenta del Parlamento anunció que se había
autorizado a la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios a elaborar un informe de
propia iniciativa, de conformidad con el artículo 163 del Reglamento, sobre el sistema
monetario internacional – cómo conseguir que funcione mejor y evitar las crisis en el futuro.
En la reunión del ..., la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios designó ponente a
Robert Goebbels.
En las reuniones de los días ... y ..., la comisión examinó el proyecto de informe.
En esta última reunión/En la última de estas reuniones, la comisión aprobó la propuesta de
resolución por ... votos a favor, ... voto(s) en contra y ... abstención(es)/por unanimidad.
Estuvieron presentes en la votación los diputados: ... (presidente(a)/presidente(a) en
funciones), ... (vicepresidente(a)), ... (vicepresidente(a), ... (ponente), ..., ... (suplente de ...), ...
(suplente de ... de conformidad con el apartado 2 del artículo 153 del Reglamento), ... y ... .
El informe se presentó el ...
El plazo de presentación de enmiendas a este informe figurará en el proyecto de orden del día
del período parcial de sesiones en que se examine.
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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Resolución del Parlamento Europeo sobre el sistema monetario internacional – cómo
conseguir que funcione mejor y evitar las crisis en el futuro (2000/2017(INI))
El Parlamento Europeo,
–
Vistos los trabajos en curso en los diferentes foros internacionales, en particular el FMI,
el Banco Mundial, el Banco de Pagos Internacional y el Foro sobre la estabilidad
financiera, así como en varias organizaciones profesionales internacionales, entre ellas el
Comité internacional de las normas contables, la Federación internacional de contables o
la Asociación internacional de comisiones de valores,
–
Vista la propuesta de resolución sobre la economía real y la economía financiera
(B5-0306/2000),
–
Visto el artículo 163 de su Reglamento,
–
Visto el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A5-0000/2000),
A. Considerando la repetición y la amplitud de las crisis monetarias y financieras a escala
internacional, cuyo número asciende, según las cifras del FMI, a aproximadamente 120
desde 1975,
B. Considerando, en particular, la crisis que se produjo en Asia en 1997, así como las crisis
que se produjeron en Rusia y Brasil en 1998, que, a causa de unos efectos de propagación
y de contagio terribles, estuvieron a punto de transformarse en una crisis mundial, y que
han sido la causa de una concienciación sin precedentes de todos los agentes políticos y
económicos en cuanto a la necesidad de reformar en profundidad la arquitectura
financiera internacional,
C. Considerando las múltiples deficiencias que han puesto de manifiesto las crisis de estos
últimos años en la arquitectura financiera internacional, en particular en lo que se refiere
al control y a la supervisión prudencial de las actividades financieras internacionales y a
la capacidad de las organizaciones internacionales para evitar o gestionar eficazmente
dichas crisis,
D. Considerando que los mercados financieros abiertos ofrecen con el tiempo a la economía
internacional un importante incremento de la eficiencia , a condición de estar mejor
organizados, para reducir al mínimos los riesgos para la estabilidad económica de todos
los países,
E.
Considerando que la economía real sufre las consecuencias de la inestabilidad financiera
y de las crisis que ella misma origina en lo que se refiere a la pérdida de oportunidades de
crecimiento, de puestos de trabajo y de bienestar económico y social,
F.
Considerando la función primordial que desempeña la ingeniería y la innovación
financieras, que, al permitir la división de las transacciones económicas reales en
operaciones monetarias escriturarias distintas y repetitivas, posibilita una descomposición
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del riesgo y su intercambio en los mercados,
G. Considerando, no obstante, que la ingeniería financiera es al mismo tiempo la causa de la
complejidad cada vez mayor de las transacciones financieras y de los canales de asunción
de riesgo, lo que plantea a las autoridades encargadas de la reglamentación y la
supervisión de los grandes grupos, ya sean públicas o privadas, serios problemas para el
seguimiento y el análisis de los riesgos,
H. Considerando que el origen de un gran número de crisis ha sido una situación de
endeudamiento excesivo, bien en el sector público o en el sector privado,
I.
Considerando la estabilidad financiera necesaria como un bien público que justifica
plenamente la responsabilidad y la función de las autoridades públicas a la hora de
prevenir, si no de gestionar de la mejor manera posible, cualquier posible crisis,
J.
Considerando, en este contexto, la existencia de un riesgo moral y el desafío específico
que éste plantea a las autoridades públicas en lo que se refiere al equilibrio óptimo que se
ha de alcanzar entre el libre funcionamiento de los mercados y su necesaria
reglamentación, por una parte, y el brote de las crisis y la participación del sector privado
en las intervenciones públicas de salvamento, por otra,
K. Considerando la necesidad de someter a todos los países, incluidos los centros
"extraterritoriales" y los paraísos fiscales, a unas normas de supervisión mínimas,
L.
Considerando la función clave que debe desempeñar la Unión Europea en el debate
global sobre la nueva arquitectura financiera,
1.
Considera que el objetivo de las reformas actualmente en curso de las instituciones
financieras internacionales debe ser el incremento de su eficacia y de su transparencia, en
particular en el caso del FMI y del Banco Mundial, así como su universalidad, en
particular en lo que se refiere al Banco Internacional de Pagos (BIP) y otras
organizaciones de carácter multilateral limitado;
2.
Se muestra a favor de un control y de una supervisión prudencial integrados a nivel
mundial, algo indispensable hoy en día no sólo a causa de la globalización de las
actividades financieras, sino también por su desintermediación cada vez mayor y el
aumento de las diferentes partes interesadas en este mercado; rechaza al mismo tiempo,
como algo irrealizable, la idea de un superregulador mundial, y pide una cooperación
mucho más estrecha entre las autoridades nacionales de supervisión y control a escala
internacional, en particular mediante un intercambio de información sobre las actividades
de los grupos que actúan a nivel transnacional;
3.
Pide que la función de coordinación de las autoridades nacionales de vigilancia y control
existentes recaiga, a nivel europeo, en el Banco Central Europeo; considera que, como
consecuencia de esa función, el BCE debería participar, asimismo, de manera activa en el
establecimiento de una estrecha coordinación a nivel internacional;
4.
Pide que las reflexiones y los trabajos en curso se centren principalmente en la
prevención de las crisis sistémicas; propone, a este fin, la creación de un "Observatorio
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del riesgo sistémico", asociado al BIP;
5.
Pese a considerar que el FMI debe dedicarse a su misión principal, a saber el control
macroeconómico de todos los países, se muestra a favor de la profundización de la
reforma en curso en lo que se refiere a la organización y al funcionamiento de esta
organización, lo que conlleva, en particular:
-
la redistribución de las cuotas entre los países ricos y los países en desarrollo, con
vistas a conseguir una mayor democratización de los órganos encargados de la toma
de decisiones; para ello, hay que fijarse como objetivo la supresión de la
supermayoría del 85% para todas las decisiones importantes;
-
con objeto de incrementar la eficacia del Consejo de Administración, la
independencia de acción para los 24 administradores del FMI –nombrados por sus
respectivos gobiernos–, sometiendo, además, su nombramiento efectivo a la
confirmación por parte de sus Parlamentos respectivos y otorgando al Parlamento
Europeo la facultad de confirmación de los nombramientos procedentes de los países
de la UE;
-
la creación de un "Comité permanente de representantes de los Ministros de
Finanzas", con objeto de facilitar el control de las instituciones multilaterales y la
toma de decisiones del nuevo "Comité monetario y financiero internacional";
-
el recurso por parte del Consejo de Administración a una evaluación crítica
elaborada por expertos externos de los análisis económicos y las medidas
preconizadas por los servicios del FMI;
-
la reorganización inteligente de los diferentes "componentes", con objeto de
reagrupar mejor el peso económico de la Unión Europea en el seno del FMI;
6.
Pide asimismo, en este contexto, una mejor coordinación y una representación coherente
de las posiciones europeas en todos los organismos económicos y financieros
internacionales;
7.
Considera esencial la aplicación a nivel internacional de una serie de normas y patrones
comunes, en particular en el ámbito contable, de evaluación y de auditoría, basándose
para su elaboración en los recursos y el conocimiento técnico del sector privado y
supeditando cualquier ayuda financiera del FMI a su transposición en todos los Estados
miembros de la organización;
8.
Comparte las solicitudes del "Foro sobre la estabilidad financiera" en favor de un marco
jurídico y judicial que permita la resolución rápida de cualquier conflicto entre las partes,
en particular en caso de insolvencia de una de las partes, mediante:
-
la creación de organismos de arbitraje transnacionales;
-
la introducción de una distinción entre insolvencia principal y no principal;
-
la creación de la figura del "debtor-in-possession financing" tomada del Derecho
estadounidense;
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9.
Considera necesario que el sector privado participe en la gestión de las crisis; aboga a
favor de la inclusión de cláusulas de acción colectivas, en particular para los contratos
obligatorios, con objeto de permitir una gestión de las crisis monetarias contando con la
participación del sector privado; considera, asimismo, deseable que la Unión Europea
muestre el camino que se ha de seguir mediante una directiva europea;
10. Considera que la mejora de la prevención de las crisis exige un control reforzado de las
operaciones extracontables –en particular todos los productos derivados, incluidos los
que se negocian amistosamente– que no deben poder beneficiarse de una ventaja
competitiva en relación con los demás productos financieros, lo que ocurre cuando se
encuentran comparativamente menos controlados y menos reglamentados que estos
últimos;
11. Apoya, a este fin, la creación de un "registro de créditos" en el BIP, con objeto de
centralizar todas las informaciones relativas a la exposición de todas las empresas
financieras de importancia a instituciones que se caracterizan sistemáticamente por un
alto coeficiente de endeudamiento;
12. Destaca la necesidad de reforzar los requisitos prudenciales impuestos a los bancos
cuando éstos sirven como contrapartida a fondos especulativos (hedge funds); en este
mismo sentido, considera que hay que dificultar y hacer más onerosa la refinanciación de
los fondos especulativos que operan en los países no cubiertos por los Acuerdos de
Basilea;
13. Reconoce los desafíos que plantea la mejora del control de la actividad especulativa a
corto plazo y los efectos desestabilizadores que representa; considera que corresponde a
los países emergentes protegerse a sí mismos, llevando a cabo una liberalización interna
que vaya acompañada de una supervisión eficaz antes de proceder a una liberalización
externa de los movimientos de capitales e imitar, en caso de necesidad, el enfoque
chileno de imposición de los capitales extranjeros a la entrada, con objeto de favorecer la
extensión del vencimiento de la deuda;
14. Pide al FMI y a los países industrializados que permitan a los países más pobres iniciar
un nuevo camino mediante la condonación de sus deudas, y que permitan a los países
emergentes que se encuentren endeudados devolver sus deudas en función de un
porcentaje del producto de sus exportaciones, según un precedente histórico famoso;
15. Pide al FMI que tenga en cuenta en sus programas de ajuste estructural los aspectos
sociales de las reformas que se van a proponer; pide al Banco Mundial y a los Bancos
regionales de desarrollo que se centren prioritariamente en la lucha contra la pobreza, en
particular mediante programas educativos, sociales y sanitarios;
16. Encarga a su Presidenta que transmita la presente resolución a la Comisión, al Consejo,
al Director General del Banco Internacional de Pagos, al Presidente del BCE, al Director
General del FMI, al Presidente del Banco Mundial, al Director General de la OMC y al
Secretario General de las Naciones Unidas.
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