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Fundamentos antropológicos en la ley 070
Claros Mendoza, Nataly Michel1
Flores Escalera, Janeth
El presente trabajo, abordará la temática de los fundamentos antropológicos de la ley Nº 070
de la educación boliviana “Avelino Siñani y Elizardo Pérez” del 20 de diciembre de 2010.
Asimismo se realizara una comparación con la ley Nº 1565 “La Reforma Educativa” del 7 de
julio de 1994 con respecto a los fundamentos antropológicos de las mismas.
La ley Nº 070 “Avelino Siñani y Elizardo Pérez” promulgada por el Dr. Juan Evo Morales
Ayma, actual presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, consta de 4 títulos, 92 artículos,
12 disposiciones transitorias, una disposición abrogatoria y una final.
En principio para comprender los fundamentos antropológicos en la ley 070 es importante
conocer el término Antropología, al respecto Duranti señala lo siguiente:
El término tiene origen en el idioma griego y proviene de anthropos (hombre o
humano) y logos (conocimiento), esta ciencia analiza al hombre en el contexto
cultural y social del que forma parte, así analiza el origen del ser humano, su
desarrollo como especie social y los cambios en sus conductas según pasa el
tiempo (Duranti 1997: 56).
Entonces la cita precedente denota que Antropología es el estudio del hombre en el ámbito
cultural y social, enfatizándose en su origen, concepto que se va desarrollando a través del
tiempo.
Asimismo Bolivia es un país Pluricultural que cuenta con 36 etnias, así lo certifica el
parágrafo I del artículo 5 de la CPE del 2009:
Son idiomas oficiales del ESTADO el castellano y todos los idiomas de las
naciones y pueblos indígenas originario campesino, que son el aymara, araona,
baure, besiro, canichana, cabineño, cayubaba, chacobo, chiman, ese ejja, guaraní,
guarasuwue, guarayu, itonama, leco, machajuyai-callawaya, machineri, maropa,
mojeño, ignaciano, more, moseten, movima, pacawara, pukina, quechua, siriono,
tacana, tapleque, toromona, uruchipaya, wuenahayek, yaminawa, yuki, yuracare y
zamuco (Bolivia CPE 2009:5).
Cada una de las 36 nacionalidades que se encuentran en el Estado Plurinacional de Bolivia,
tienen su propia cultura, manera distinta de ver la vida, costumbres, religión y territorio, en
atención a esa prescripción constitucional el parágrafo 8 del artículo 3 del capítulo II bases,
1 Estudiantes del Curso de Verano de Legislación Educativa 2013 (6/01/14 – 8/02/14) de la carrera de Ciencias de la Educación de la Facultad
de Humanidades y Ciencias de la Educación de la UMSS.
fines y objetivos de la educación de la Ley 070 de la educación “Avelino Siñani y Elizardo
Pérez” afirma:
Es intracultural, intercultural y plurilingüe en todo el sistema educativo. Desde el
potenciamiento de los saberes, conocimientos e idiomas de las naciones y pueblos
indígenas originarios campesinos, las comunidades interculturales y afrobolivianas,
promueve la interrelación y convivencia en igualdad de oportunidades para todas y
todos, a través de la valoración y respeto reciproco entre culturas (Bolivia L.070
2010: 5).
Por consiguiente la ley 070 tiene como parte de las bases, fines y objetivos la
intraculturalidad, interculturalidad y plurilingüe, para recuperar conocimientos ancestrales, y
que los distintos idiomas que se hablan en Bolivia se sigan inculcando.
Es importante profundizar la Interculturalidad, ya que es un tema que permite ver y conocer
la identidad de un país, de lo que es y lo que tiene, tratando de comprenderla como parte de
la realidad en la que el país boliviano vive, al respecto Villca menciona:
La intraculturalidad debe entenderse como un proceso de reflexión y análisis
introspectivo o como una mirada profunda de nuestra realidad, de sus raíces
culturales, sabidurías, formas de vida, y potencialidades de cada uno de los
pueblos: quechua, aymara, guaraní, chiquitano, ayoreo, moseten, […] (Villca
2011:138).
Por otro lado, el parágrafo I del artículo 6, capítulo III diversidad sociocultural y lingüística de
la ley 070 de la educación de 2010 indica:
La intraculturalidad promueve la recuperación, fortalecimiento, desarrollo y
cohesión al interior de las culturas de las naciones y pueblos indígena originario
campesinos, comunidades interculturales y afro bolivianas para la consolidación
del estado plurinacional, basado en la equidad, solidaridad, complementariedad,
reciprocidad y justicia (Bolivia L.070 2010:15).
Por ende la intraculturalidad se enfoca en la valoración de la cultura que identifica a cada
población, teniendo como deber recuperar y fomentar esa cultura que parte de la realidad e
identidad del país, no dejando que otras se regularicen como parte del esta, asimismo
tomando en cuenta a las 36 nacionalidades del Estado Plurinacional de Bolivia.
También es preciso conocer que es la interculturalidad, con respecto a esto Walsh dice:
La interculturalidad significa “entre culturas”, pero no simplemente un contacto
entre culturas, sino un intercambio que se establece en términos equitativos, en
condiciones de igualdad. Además de ser una meta por alcanzar, la interculturalidad
debería ser entendida como un proceso permanente de relación, comunicación y
aprendizaje entre personas, grupos, conocimientos, valores y tradiciones distintas,
orientada a generar, construir y propiciar un respeto mutuo, y a un desarrollo pleno
de las capacidades de los individuos, por encima de sus diferencias culturales y
sociales (Walsh 2005:4).
La interculturalidad denota las relaciones de culturas con otros grupos, estos hacen que la
interculturalidad se fundamente en la valoración y conocimiento de cada una de las etnias,
todo sin que ninguna cultura pierda lo que es, sino enriquecerla a través de los
conocimientos adquiridos en interacciones con personas y culturas diferentes, para que
estas convivan en base al respeto mutuo ya que cumple una función importante dentro la
educación.
Con respecto a la educación Plurilingüe Villca certifica que:
La educación plurilingüe es la que asume la diversidad cultural y lingüística
existente en una región o en un país, con una orientación reivindicatoria y
emancipadora en el marco de reciprocidad y respeto entre las lenguas propias
de cada cultura (Villca 2011: 146).
La cita precedente ilustra que la educación plurinacional abarca las distintas lenguas de las 36
etnias de Bolivia, con el objetivo de reivindicarlas y que todos los bolivianos tengan respeto
hacia cada una de las lenguas sin que exista discriminación o vergüenza hacia estas, para
que se basen en el respeto y que todos se sientan orgullosos de sus raíces y su cultura.
Por otro lado, el parágrafo 5 del artículo 1 capítulo único de la ley 1565 “Reforma Educativa”
dice: “Es intercultural y bilingüe porque asume la heterogeneidad socio cultural del país en
un ambiente de respeto entre todos los bolivianos, hombres y mujeres” (Bolivia L.1565
1994:4).
La ley 1565 de la reforma educativa hace referencia a que hay una diversidad en cuanto a
las culturas y que al igual que la ley 070 los ciudadanos de las diferentes culturas deben
convivir en base al respeto.
En suma la CPE incluye a las 36 etnias de Bolivia como oficiales no dejando de lado las
costumbres de cada cultura, así la Ley 1565 se centra en la interculturalidad y bilingüe, que
fue abrogada y sustituida por la Ley 070 que toma en cuenta la interculturalidad, incluyendo
la intraculturalidad y plurilingüe que se fundamentan en fortalecer los conocimientos de las
culturas, la valoración y el respeto de los ciudadanos, es por esto que la Ley 070 a
comparación de la Ley 1565 toma en cuenta a una educación plurilingüe y a la
intraculturalidad, pero ambas se fundamentan en la interculturalidad siendo estos los
fundamentos antropológicos de la ley 070 “Avelino Siñani y Elizardo Perez”.
Referencias Bibliográficas
BOLIVIA
1994 Ley de la Reforma Educativa. La Paz: Gaceta Oficial.
2009 Constitución Política del Estado. La Paz: Gaceta Oficial.
2010 Ley de la Educación “Avelino Siñani y Elizardo Pérez. La Paz:
Gaceta Oficial.
DURANTI, Alessandro
1997 Antropologia Lingüística. Madrid: AKAL.
VILLCA, Simeón
2011 Educación emancipadora desde los pueblos originarios. La Paz:
Grafica Gonzales.
WALSH, Catherine
2005 Interculturalidad en la educación. Lima: Unicef.