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INVITACION PÚBLICA N. 027 MODALIDAD MENOR CUANTÍA 1. EL OBJETO: PRESTACIÓN DE SERVICIOS MÉDICO ASISTENCIALES PARA AFILIADOS CON DIAGNOSTICO VIH-SIDA. LA INFECCION, EL SINDROME Y SUS COMPLICACIONES INCLUYENDO EL DIAGNOSTICO INICIAL DEL CASO CONFIRMADO, LA ATENCION AMBULATORIA Y HOSPITALARIA DE LA COMPLEJIDAD NECESARIA, EL SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS ANTIRRETROVIRALES E INHIBIDORES DE PROTEASA ESTABLECIDOS EN EL ANEXO 1 DEL ACUERDO 029 DE 2011, CARGA VIRAL VIH DE CUALQUIER TECNICA, ASI COMO LA COMPLEMENTACION DIAGNOSTICA Y DE CONTROL Y EL APOYO A LA CAPTURA DE PACIENTES CON ESTE DIAGNOSTICO DE ACUERDO AL PLAN OBLIGATORIO DE SALUD SUBSIDIADO (POS’S), ACUERDO 029 DE 2011. 2. PLAZO DE EJECUCIÓN: El término de ejecución del presente contrato será de tres (3) meses, contados a partir del Acta de Ejecución del Contrato. 3. FORMA DE PAGO: 3.1. La EPS’S CONVIDA cancelará al contratista el valor del contrato de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 4747 de 2.007, en pagos mensuales, bajo la modalidad de PAQUETE, previa presentación de la factura mensual, la cual deberá reunir los requisitos legales establecidos en el Estatuto Tributario, y además deberá acompañarse de los soportes exigidos por la Subgerencia Técnica según el caso, así como de la constancia de cumplimiento a satisfacción expedida por el Interventor del contrato. Una vez cumplidos los anteriores requisitos, la EPS’S CONVIDA pagará al contratista el valor de la factura, previa revisión de la misma con sus respectivos soportes. La Entidad reconocerá un valor máximo de tarifa anual por PAQUETE SIN MEDICAMENTOS de $8.400.000.000 y una tarifa anual por PAQUETE CON MEDICAMENTOS de $10.800.000. Disponibilidad presupuesta N. 2360 del 27 de abril de 2012: por valor de TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES CUATROSCIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS M/CTE. ($353.471.250). 4. LAS CAUSALES QUE GENERARÍAN EL RECHAZO DE LAS OFERTAS O LA DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO. La propuesta será rechazada en los siguientes casos: a. Cuando el interesado se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar establecidas en la Constitución o en la Ley. b. Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse o que no cumplan todas las calidades y condiciones de participación indicadas dentro de la presente invitación c. Cuando el valor de la propuesta exceda el presupuesto oficial estimado, indicado en esta invitación. d. Cuando la propuesta esté incompleta por no incluir alguno de los documentos exigidos en la invitación o cuando contengan defectos insubsanables. e. Cuando no se presente o no se suscriba la carta de presentación de la propuesta por la persona o por el Representante Legal de la Sociedad. debidamente autorizado para presentar la propuesta de acuerdo con los estatutos sociales. f. Cuando la propuesta no cumpla con la integridad del objeto de la presente Convocatoria, es decir, se presente en forma parcial u omita uno o más ítems. g. Cuando no subsane correctamente y dentro del término fijado, la información o Documentación solicitada por la EPS´S h. Cuando la EPS´S verifique la información y encuentre inexactitudes en la propuesta. i. La EPS´S a su juicio, podrá descartar propuestas, si durante el periodo de la invitación se presentan circunstancias que alteren substancialmente la capacidad financiera u operativa del interesado. j. Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos falsos, tergiversados, alterados, inexactos o tendientes a inducir a error a la EPS´S. k. Cuando no se anexen los documentos objeto de verificación y evaluación o no se presenten las aclaraciones solicitadas por la EPS´S dentro del término establecido para tal efecto. l. Cuando los documentos necesarios para la comparación de propuestas tengan tachones, enmendaduras o correcciones que no estén salvadas con la firma del interesado. m. Cuando existan dos o más ofertas hechas por el mismo interesado bajo el mismo nombre o con nombres diferentes. 5. EL CRONOGRAMA DEL PROCESO ESPECIFICANDO LA VALIDEZ MÍNIMA DE LAS OFERTAS QUE SE SOLICITAN, ASÍ COMO LAS DIFERENTES ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO A SEGUIR, INCLUYENDO LAS REGLAS PARA EXPEDIR ADENDAS A LA INVITACIÓN Y PARA EXTENDER LAS ETAPAS PREVISTAS. a. EL CRONOGRAMA DEL PROCESO ES: i. Publicación de Invitación el día 25 y 26 de julio de 2012. ii. Preparación de la propuesta el día 27 de julio de 2012 iii. Entrega de propuestas, el día 30 de julio de 2012 a las 10:00 a.m. iv. Evaluación de las propuestas, el día 30 de julio de 2012 v. Traslado de la evaluación (publicación de calificación), el día 31 de julio de 2012 vi. Suscripción del Contrato, dentro de los tres (3) días hábiles siguiente al traslado. b. LA VALIDEZ MÍNIMA DE LAS OFERTAS QUE SE SOLICITAN: La propuesta deberá tener una validez mínima de noventa (90) días. c. LAS DIFERENTES ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO A SEGUIR SON: i. Términos: La entidad con el presente escrito formula invitación pública a participar. ii. Selección: Recibida la propuesta en el término señalado, la EPS´S Convida efectuará la evaluación respectiva y otorgará un plazo único de (1) día hábil para que los proponentes puedan presentar observaciones a la evaluación. iii. Adjudicación: La adjudicación recaerá en el ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines que ella busca, sin tener en consideración factores de afecto o interés y en general cualquier clase de motivación subjetiva. La entidad podrá adjudicar el contrato cuando solo se haya presentado una oferta, y ésta cumpla con los requisitos habilitantes exigidos, siempre que la oferta satisfaga los requerimientos contenidos en los términos de referencia. iv. Suscripción: La suscripción del contrato se realizara dentro del plazo establecido en el cronograma previsto en los términos de referencia. d. REGLAS PARA EXPEDIR ADENDAS A LA INVITACIÓN Y PARA EXTENDER LAS ETAPAS PREVISTAS: Las adendas podrán ser expedidas en cualquier momento de proceso, las cuales se darán a conocer a los participantes, mediante envió al correo electrónico registrado y publicación en el portal de la entidad; siendo este ultimo el obligatorio. 6. EL LUGAR FÍSICO EN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL RECIBO DE LAS OFERTAS: Las propuestas deberán ser presentadas en Original en sobre cerrado debidamente rotulado indicación: nombre y número del proceso, proponente, en la oficina Jurídica de Convida EPS.S, ubicada en la Calle 26 No 51 – 53 Torre Salud, Piso Tercero. 7. REQUISITOS HABILITANTES, SE INDICA LA MANERA EN QUE SE ACREDITARÁ LA CAPACIDAD JURÍDICA Y DE EXPERIENCIA DE LOS PROPONENTES: a. CAPACIDAD JURIDICA: Se acreditara mediante el Certificado De Existencia Y Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio o Entidad responsable de este requisito según la naturaleza del proponente, no mayor a treinta días. b. EXPERIENCIA DE LOS INTERESADOS: El proponente deberá tener experiencia específica no menor a 5 AÑOS. El valor mínimo de dos contratos que se presenten para acreditar la expedicioncita no podrá ser inferior a (4) veces el presupuesto oficial del presente proceso contractual La experiencia se acreditara mediante cualquiera de los siguientes documentos: i. Certificaciones o constancias expedidas por el contratista, contratante o por quien éste o la ley hubieren facultado para ello, cuando el contrato se encuentre en ejecución o ya haya finalizado su ejecución. ii. En caso de que el contrato este en ejecución, se requiere certificación por parte de la entidad contratante de que el contrato se encuentra en ejecución y el porcentaje de ejecución del mismo a la fecha. iii. Las certificaciones de experiencia deberán contener como mínimo: 1. 2. 3. 4. 5. 6. Entidad Contratante. Objeto del Contrato. Tiempo de Ejecución. Valor del Contrato. Porcentaje de Ejecución Porcentaje de Participación en caso de actuar dentro de consorcio o unión temporal. 7. Suscripción por el contratante o por quien éste o la ley hubiere facultado para ello. El NO cumplimiento de estos requisitos, será causal de Rechazo. c. Certificación de Proveedores: El proponente deberá aportar un listado y las cartas de autorización de distribución de medicamentos de laboratorios farmacéuticos fabricantes. El proponente debe garantizar el cubrimiento mínimo del 50% del listado de medicamentos en el acuerdo 029 de 2011, antirretrovirales, para a la firma del contrato y ampliar su cobertura al 100% al mes de ejecución. El proponente deberá anexar en medio físico y magnético el listado de medicamentos POS antirretrovirales, del anexo del acuerdo 029 de 2011, en la primera columna, en la segunda columna el laboratorio o distribuidor y en la tercera columna la pagina de la propuesta donde se encuentra la carta de Autorización correspondiente. El NO cumplimiento de éste requisito será causal de Rechazo d. Habilitación El proponte deberá aportar la habilitación de los servicios incluidos en el paquete integral de atención, necesarios para cumplir con el objeto de la presente invitación en la ciudad de Bogotá. Para el caso de girador se darán (30) días calendario para la habitación de los servicios en este Municipio, tiempo durante el cual se deberán asumir los gastos de transporte que se deriven de sus desplazamientos para recibir la atención demandada. El NO cumplimiento de éste requisito será causal de Rechazo. e. Red para Hospitalización El proponte deberá certificar que cuenta con una Red contratada habilitada para la atención hospitalaria de los pacientes que así lo requieran. El NO cumplimiento de éste requisito será causal de Rechazo. f. Procedimiento Condiciones Técnicas El proponente deberá aportar los programas y procedimientos siguientes: Modelo integral de atención con la participación de médico general, infectologo, ginecólogo, enfermera, odontólogo, Nutricionista, Trabajadora Social, sicólogo, químico Farmaceuta, y epidemiólogo. Para el cumplimiento de este requisito deberá aportarse las hojas de vida del personal con la acreditación de las condiciones aquí descritas, como el modelo. Proceso de seguimiento telefónico al paciente. Proceso de referencia y contra referencia Proceso de historias clínicas Proceso de Auditoria Programa de Integración farmacéutica Proceso de quejas y reclamos Software de atención farmacéutica El NO cumplimiento al menos de uno de estos requisitos será causal de Rechazo 8. CAPACIDAD FINANCIERA DEL PROPONENTE 8.1 CONDICIONES DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Para la Evaluación financiera se debe anexar: Estados Financieros con corte a treinta y uno (31) de diciembre de 2011 y copia de la declaración de renta. Igualmente se debe aportar conciliación contable y fiscal del patrimonio bruto y el patrimonio liquido del año 2011, siempre y cuando existan diferencias entre la información contable y la declaración de renta al 5% en los mencionados rubros. Serán declarados NO ADMISIBLES FINANCIERAMENTE las propuestas que no cumplan con los porcentajes mínimos de los indicadores financieros que adelante se mencionan: Capacidad Financiera: Esta se evaluara teniendo en cuenta los siguientes parámetros: a. Capital de trabajo: Activo Corriente – Pasivo Corriente El resultado debe ser mayor o igual a 50% del valor ofertado, para ésta INVITACIÓN PUBLICA. b. Capacidad de Pago: Activo Corriente / Pasivo Corriente El resultado debe ser mayor o igual a 1.5 c. Capacidad de Endeudamiento: Pasivo Total/ Activo total El resultado debe ser menor o igual a 0,80 8.2. Cartas de cupos de crédito: El proponente deberá aportar : Certificación de depósito a termino fijo o certificación de cupo de crédito, expedidas por un establecimiento de primer piso vigilado por la Superintendencia Financiera de Colombia (no se admiten certificaciones de segundo piso), con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días anteriores al cierre del proceso, en el que acredite la aprobación de un cupo de crédito o deposito, igual o superior a TRESCIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS MCTE ($360.000.000), Entidad Financiera que deberá tener calificación AAA. La EPS-S CONVIDA, no tendrá en cuenta la oferta ni aceptará que se subsanen las inconsistencias. A esta evaluación no se le asignará puntaje, su resultado será CUMPLE O NO CUMPLE. El NO cumplimiento de estos requisitos, será causal de Rechazo. 9. FACTORES DE CALIFICACIÓN: Los factores de calificación de la oferta son: a. Requisitos técnicos: i. Experiencia: MONTO EN SMMLV Más de 15000 Más de 14500 a 15000 Más de 14000 a 14500 Más de 13500 a 14000 Mas 13000 a 13500 PUNTAJE 250 200 150 100 50 ii. Certificación de Pacientes Activos en el programa de VIH (SIDA). PACIENTES ACTIVOS Más de 2000 Más de 1500 a 2000 Más de 1000 a 1500 Mas 500 a 1000 PUNTAJE 250 200 150 100 El proponente deberá aportar certificación bajo la gravedad de juramento de la población de los pacientes activos en el programa de VIH (SIDA), información que podrá ser verificada directamente por la EPS-S CONVIDA, de presentarse alguna inconsistencia será causal de Rechazo. iii. Puntaje adicional Se adicionaran 50 puntos a los proponentes que no tengan quejas por la prestación de servicio ante la superintendencia de salud. Para lo cual deberá aportar certificación propia bajo la gravedad de juramento. b. Criterios de desempate: En caso de presentarse empate en el valor final de la calificación la entidad seleccionara al proponente que presente un 98% de satisfacción de los usuarios; entendida como una presentación máxima del 2% de quejas por oportunidad en el desarrollo de contratos similares; durante la ejecución de los contratos relacionados para acreditar experiencia. NOTA: Propuesta económica: Este criterio no tendrá calificación en razón a que el estudio de oportunidad y conveniencia cuenta con un ANALISIS DEL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO que cuenta con el cálculo del costo asociado a la ejecución del contrato y determina el valor reconocer. 10. LAS CONDICIONES DEL CONTRATO. 1. Prestar los servicios especializados de salud en forma correcta y oportuna, según la guía para el manejo de VIH/SIDA basado en la evidencia Colombia, brindando los servicios con las características de accesibilidad, oportunidad, seguridad, pertinencia y continuidad, a través de profesionales idóneos, teniendo en cuenta el balance entre beneficios y riesgos, con el propósito de lograr la adhesión al manejo terapéutico y satisfacción de los usuarios. 2. El PSS debe cumplir con las condiciones de capacidad tecnológica y científica del Sistema Único de Habilitación, por cada uno de los servicios ofertados, según lo dispuesto en el Decreto 1011 de 2006, Resolución 1043 de 2006, así mismo deberá informar por escrito a la Subgerencia Técnica de la EPS´S cualquier novedad que se presente. 3. El PSS está obligado a implementar la Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención en Salud y su respectivo Plan, dispuesto en el artículo 32 y subsiguientes del Decreto 1011 de 2006, 4. El PSS debe garantizar una adecuada capacidad de resolución conforme a los estándares definidos para tal efecto por la EPS´S, para lo cual debe disponer de los insumos, recursos tecnológicos y humanos necesarios, con el fin de garantizar la oportuna y eficiente prestación de los servicios. 5. El PSS debe garantizar una Historia Clínica por cada afiliado atendido, la cual debe estar organizada teniendo en cuenta los parámetros de la Ley General de Archivo, la Resolución 3905 de 1994, 1995 de 1999, la Circular 12 de 1993 expedida por el Ministerio de Salud (hoy Protección Social) y los contenidos de las normas de obligatorio cumplimiento definidas en la Resolución 412 de 2000 y sus modificaciones, y las demás que las modifiquen, adicionen o complementen, garantizando al equipo médico y auditor de la EPS`S el acceso a la misma; cumpliendo con la guarda y custodia de las Historias Clínicas, así como la veracidad de su contenido y la no divulgación de información relacionada con los pacientes afiliados a la EPS´S, por constituir parte del derecho fundamental a la intimidad, consagrado en el artículo 15 de la Constitución Política de Colombia. Lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 23 de 1981 y Resolución 1995 de 1999 y las demás que las modifiquen, adicionen o complementen. 6. Para determinar la calidad en la prestación de los servicios, se tendrán en cuenta las definiciones establecidas en el artículo 22 de la Resolución 5261 de 1994 y el Decreto 1011 de 2006, con sus Resoluciones reglamentarias y / o normas que en adelante le modifiquen, adicionen o complementen. La EPS´S Convida establece como estándares de oportunidad los definidos en el ANEXO 7 que hace parte integral del presente contrato, los cuales deben ser cumplidos por parte del PSS de conformidad con lo establecido por la Circular 056 de 2009 de la Superintendencia Nacional de Salud. 7. El PSS debe garantizar que toda prescripción de medicamentos deberá hacerse por escrito, de acuerdo con la normatividad vigente al respecto, por profesionales de la salud, previa evaluación del paciente y registro de sus condiciones y diagnóstico en la Historia Clínica, utilizando para ello la Denominación Común Internacional (nombre genérico) y cumpliendo los requisitos y contenido establecidos en el artículo 16 y 17 del Decreto 2200 de 2005 y el Acuerdo 029 de 2011 y las demás que las modifiquen, adicionen o complementen. En el caso de pertinencia médica justificada, si llegare a requerirse un medicamento NO POS`S, la EPS´S debe ser informada por escrito dentro de las 24 horas siguientes al evento para el caso hospitalario, anexando formato de justificación o Acta de Comité de Terapéutica y Farmacia y para el caso de los servicios ambulatorios previo a la prestación del servicio. El PSS debe entregar al usuario la (s) fórmula (s) de medicamento (s) en original y copia, en papelería con el membrete del PSS, debidamente firmada (s) con el sello del médico u odontólogo tratante junto con el registro profesional. En el caso de los profesionales prestadores del servicio social obligatorio, debe identificarse con la cédula de ciudadanía y el sello que los califica como tales. 8. Permitir la verificación de la ejecución del contrato mediante las visitas de auditoría concurrente que se efectúen por parte de los auditores y/o interventores, suministrándoles los documentos requeridos para su labor, ya que las mismas no intervienen en el área asistencial la EPS’S Convida las podrá realizar sin previo aviso. 9. Para el seguimiento al cumplimiento de la prestación de los servicios con oportunidad y resolutividad, y la cobertura; el PSS deberá reportar mensualmente dentro de los diez días siguientes a su terminación a la Subgerencia Técnica de la EPS´S Convida los indicadores de calidad y alerta temprana como se indica en el ANEXO 5 en medio magnético sin modificar la estructura allí señalada. La radicación se deberá hacer directamente en la Subgerencia Técnica de la EPS´S o al correo electrónico definido para tal fin. 10. Reportar trimestralmente, dentro de los diez primeros días siguientes a la terminación del trimestre a la Subgerencia Técnica de la EPS´S Convida la suficiencia de red como se indica en el ANEXO 6 en medio magnético sin modificar la estructura allí señalada. La radicación se deberá hacer directamente en la Subgerencia Técnica de la EPS´S o al correo electrónico definido para tal fin. REFERENCIA Y CONTRAREFERENCIA. 11. El PSS deberá garantizar el cumplimiento de la Resolución 3047 de 2008 de conformidad con lo dispuesto en el ANEXO 20 que hace parte integral del presente contrato. 12. En caso de ser necesario, el PSS se obliga a asistir a las citaciones para conciliación de glosas en la fecha y hora indicada por la EPS´S; de no asistir sin justificación previa mínima de un día y por escrito por parte del representante del PSS, se entenderán por aceptados los valores. En caso de cancelación de la cita con el lleno de requisitos anteriormente señalados, se reprogramará sólo por una vez. 13. En cumplimiento de la Resolución 5334 de 2008, expedida por el Ministerio de Protección Social, el PSS debe dar estricto cumplimiento al proceso establecido en el artículo 2 y 3 para la atención de los eventos NO POS´S. QUEJAS Y RECLAMOS. 14. El PSS se obliga a enviar informes sobre quejas, reclamos y sugerencias de los afiliados a la EPS´S en forma trimestral en medio magnético, en el formato establecido en el ANEXO 18, de conformidad con la normatividad vigente de la Superintendencia Nacional de Salud. El PSS también se obliga a dar respuesta en un término máximo de 2 días calendario a los requerimientos y quejas, de los que dé traslado la EPS´S por intermedio de la oficina de quejas y reclamos, dando solución de fondo y anexando los soportes que lo evidencien. La radicación se deberá hacer directamente en la Subgerencia Técnica de la EPS´S o al correo electrónico definido para tal fin. 15. Mantener un Sistema de Información y Atención al Usuario (SIAU) que permita recepcionar, tramitar y dar respuestas a los requerimientos interpuestos por los usuarios (quejas, reclamos, derechos de petición, tutelas), cumpliendo con los términos de ley. Igualmente debe aplicar encuestas de satisfacción al usuario y disponer de un buzón de sugerencias. El PSS deberá evaluar trimestralmente la satisfacción de los usuarios. La radicación se deberá hacer directamente en la Subgerencia Técnica de la EPS´S o al correo electrónico definido para tal fin. 16. Prestar la atención, sin condicionarle a la provisión por parte del usuario de suministros, dinero o firma de documentos en blanco o distintos de los necesarios para la utilización del servicio. RIPS. 17. El PSS debe dar estricto cumplimiento a lo establecido en la Ley 1122 de 2007, Decreto 4747 de 2007 y las Resoluciones Nos. 3374 de 2000; 951 de 2002 y 3047 de 2008 y la Ley 1438 de 2011 del Ministerio de Protección Social y las demás normas que las modifiquen, complementen o adicionen, con relación a los Registros Individuales de Prestación de Servicios de Salud (RIPS), suministrándolos junto con la facturación mensual. La EPS´S CONVIDA basada en el parágrafo 2 artículo 44 Ley 1122 de 2007 y el Decreto 4747/2007, establece como obligatorio el cumplimiento de la presentación de los RIPS como soporte de la prestación de servicios a cada usuario, independiente de la modalidad de contratación, la validación de esta información se realizará en la página web de la EPS-S Convida. Estos deben ser verídicos, coincidentes con el soporte físico documental, con el contenido real sobre los servicios prestados en cuanto a patología y frecuencias. FACTURACION. 18. El PSS deberá presentar a la EPS´S factura mensual dentro de los veinte (20) primeros días del mes, de acuerdo con los parámetros establecidos en la Decreto 4747 de 2007 Resolución 3374 de 2000 y 3047 de 2008. Adicionalmente el PSS debe dar estricto cumplimiento al Anexo 8 de trazabilidad de la factura de la Resolución 3047 de 2008, el cual debe contener la totalidad de campos definidos en la estructura responsabilidad del PSS. 19. Cuando la factura venga acompañada de la Epicrisis, esta deberá cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución No. 1995 de 1999, de lo contrario será causal de devolución de las cuentas. 20. Para el trámite de la cuenta es necesario contar con la certificación de cumplimiento de obligaciones expedida por el interventor del contrato, dado que es un documento en poder de la EPS´S no se requiere anexarlo por parte del PSS. SEGUIMIENTO. 21. El PSS debe asistir a los comités y / o mesas de trabajo citados por la Subgerencia Técnica y / o interventores de la EPS´S, con el fin de mantener una comunicación permanente, especialmente en lo relativo a hacer seguimiento al contrato y convenir estrategias y métodos encaminados a garantizar un proceso de mejoramiento continuo en la prestación de los servicios objeto del mismo. Dicha reunión se llevará a cabo, por parte de la EPS´S con un equipo multidisciplinario de la misma y el respectivo interventor del contrato, por parte del PSS con el representante legal de la misma y / o sus delegados debidamente autorizados por escrito para adquirir compromisos y suscribir planes de mejoramiento. 22. Periodicidad y forma como se adelantará el programa de auditoría para el mejoramiento de la calidad, con el fin de revisar los criterios de Continuidad, Oportunidad, Pertinencia, Accesibilidad y Seguridad y Obligaciones Contractuales, y verificar la conformidad con la normatividad y estándares definidos por la EPS´S, así como lo dispuesto en el Acuerdo de voluntades, suscrito entre las partes. En el programa de auditoría respectivo, se establece la frecuencia de las auditorías. Una vez consolidado el informe final será remitido a cada PSS, para que con base en los hallazgos elabore el respectivo Plan de Mejoramiento, este cumplimiento también será sujeto de verificación en las auditorias llevadas a cabo de acuerdo a lo ya enunciado. 23. El PSS debe garantizar el envío de la información epidemiológica de casos a notificar, los cuales incluyen casos sospechosos, probables y confirmados de eventos de notificación obligatoria y de interés en salud pública, de acuerdo al ANEXO 15, teniendo en cuenta el tipo de notificación allí definido. La radicación se deberá hacer directamente en la Subgerencia Técnica de la EPS´S o al correo electrónico definido para tal fin. 24. Informar a la EPS Convida a través del correo electrónico [email protected], vía telefónica o vía fax (de acuerdo a los contactos definidos en el ANEXO 20), el paciente que requiere de hospitalización ya sea en la red de PSS o en la de la EPS-S por complicación de su estado de salud, así mismo los pacientes que no tengan adherencia al tratamiento. 25. El PSS se obliga a mantener actualizado el listado de pacientes en tratamiento, de conformidad con lo definido en el ANEXO 16 detallando su esquema (medicamentos) de tratamiento. La radicación se deberá hacer directamente en la Subgerencia Técnica de la EPS´S o al correo electrónico definido para tal fin. 26. El PSS debe dar estricto cumplimiento a la estructura definida en la Resolución 4725 de 2011, información que debe ser radicada en forma mensual, directamente en la Subgerencia Técnica de la EPS´S o al correo electrónico definido para tal fin. 27. El PSS debe presentar a la EPS´S CONVIDA los contenidos indispensables en el resumen de atención, que respecto a cada persona con VIH permiten el seguimiento clínico y administrativo a que se refieren las Resoluciones 3442 de 2006 y 4725 de 2011. OTRAS. 28. En caso que un paciente requiera para su tratamiento medicamentos no incluidos el POS´S, el PSS debe radicar la solicitud de los mismos ante el Comité Técnico Científico de la EPS-S para su respectivo trámite. 29. El PSS se obliga a entregar el listado de contactos responsables de la información solicitada en el presente acuerdo de voluntades el cual debe contener; nombres, cargos, teléfonos y direcciones de correo electrónico. 30. Con el objeto de llevar un control real del contrato, el PSS debe presentar un informe mensual de ejecución. 31. El PSS debe hacer entrega dentro de los 5 días siguientes al inicio del contrato, las guías de manejo y protocolos de atención de las patologías que se puedan derivar del objeto del contrato, para su revisión y ajuste por parte de la EPS´S de acuerdo al modelo de atención. JAVIER FERNANDO MANCERA GARCIA Gerente General