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4to Módulo: Acciones para la Reducción y
Eliminación de la Basura Marina
6. Acciones para la Reducción y Eliminación de la Basura Marina
La comunidad internacional no se ha mantenido ajena al problema de la basura marina,
universidades, ONGs, organismos de gobierno, empresas, países, organismos internacionales y
ciudadanos ambientales han realizado desde el siglo pasado diversas acciones orientadas a la
reducción y eliminación de la basura marina.
Trabajos de investigación; acuerdos y convenios internacionales; legislación específica sobre el tema;
programas locales, regionales y globales de prevención; campañas de limpieza y recuperación de
playas, normas que favorecen la recuperación de envases para el reciclaje, son algunos de los
resultados de la reacción de la comunidad frente a un problema que se ha hecho más evidente en las
últimas décadas con el incremento del consumo y una mayor generación de residuos sólidos.
6.1 Los trabajos de investigación sobre el problema de la basura marina
La observación de residuos en el mar no fue del todo indiferente para la comunidad científica y
organismos dedicados a la conservación del mar y su biodiversidad. Por ello que se pueden encontrar
estudios sobre densidad, impactos, fuentes de generación y propuestas de reducción de la basura
marina, producidos por diferentes entidades públicas y privadas así como investigadores
independientes.
Para poder planificar y ejecutar programas y proyectos de reducción y eliminación de la basura
marina es importante tener un conocimiento sobre el tema, y este es el valioso aporte de las diversas
investigaciones a través de las cuales se ha estudiado el tema, y han permitido que el mundo se
informe de la gravedad de haber convertido a los océanos en un basurero. Algunos ejemplos de los
trabajos de investigación realizados son los siguientes:
En América del Sur y Centro América:
-
La Contaminación de los Ríos y sus Efectos en las Áreas Costeras y el Mar. Estudio
elaborado por Jairo Escobar, por encargo de la División de Recursos Naturales e
Infraestructura de la CEPAL, diciembre del 2002. Estudio que se realizó atendiendo las
recomendaciones contenidas en el Programa de Acción Mundial para la Protección del
Medio Marino Frente a las Actividades en Tierra (PAM), en los programas regionales de
América Latina del Programa de Mares Regionales del PNUMA y en el capítulo 17 de la
Agenda 21.Uno de los resultados fue determinar que más del 70% de la contaminación del
mar por residuos sólidos proviene de la contaminación de los ríos.
-
Basura Marina en la Región del Pacífico Sudeste: Una Revisión del Problema, Comisión
Permanente del Pacífico Sur – CPPS, Segundo Coello, por Encargo de la Secretaría Ejecutiva
del Plan de Acción para la Protección del Medio Marino y Áreas Costeras del Pacífico
Sudeste, Guayaquil, Ecuador 2007. El documento fue preparado por Segundo Coello
mediante consultoría contratado por la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS), de
acuerdo con el Memorándum de Entendimiento con el Programa de las Naciones Unidas
-
-
-
para el Medio Ambiente (PNUMA) CPPS/PNUMA (Programa de Mares Regionales) FPL- 23121074-2661-2205.
Informe y Diagnóstico de la Basura Marina en Chile, Jaime Rovira, Secretaría Ejecutiva del
Plan de Acción para la Protección del Medio Marino y Áreas Costeras del Pacífico Sudeste,
Guayaquil, Comisión Permanente del Pacífico Sur, 2006.
Situación de la Basura Marina en Ecuador, Segundo Coello y Roddy Macías, Secretaría
Ejecutiva del Plan de Acción para la Protección del Medio Marino y Áreas Costeras del
Pacífico Sudeste, Guayaquil, Comisión Permanente del Pacífico Sur, 2006.
Problemática de la Basura Marina en el Perú, Secretaría Ejecutiva del Plan de Acción para la
Protección del Medio Marino y Áreas Costeras del Pacífico Sudeste, Guayaquil, Comisión
Permanente del Pacífico Sur, 2006.
Estudios Globales o de otros países
-
Contaminación por plásticos en los océanos del mundo, realizado por Greenpeace, Autores:
Michelle Allsopp, Adam Walters, David Santillo y Paul Johnston. Versión en Castellano Julio
del 2007.
6.2 La respuesta de los países para la reducción y eliminación de la basura marina.
Habiendo identificado el problema de la contaminación del mar por el vertimiento de los residuos
sólidos desde actividades en el mar o en las zonas continentales, los organismos internacionales
vinculados a las fuentes de generación reaccionaron y promovieron lograr acuerdos entre sus países
miembros para reducir o eliminar esta fuente de contaminación del mar.
Convenios y programas internacionales:
-
Convenio o Convención de Londres, 1972.La Convención sobre Prevención de la
Contaminación Marina por Descarga de Desperdicios y otras Materias comúnmente conocida
como la Convención de Londres, 1972; la descarga intencional de basura en alta mar se
convirtió en tema de dominio internacional.Su ámbito de aplicación se extiende a todas las
aguas marinas con la excepción de las aguas interiores de los Estados.Prohíbe el vertido de
ciertos desechos peligrosos, requiere un permiso especial para otro tipo de deshechos y un
permiso general para el vertido de cualquier otro material
-
MARPOL: El Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973,
modificado por el correspondiente Protocolo de 1978 entró en vigencia para la prevención
de basuras marinas en 1988. Desde esa fecha todos los países firmantes del convenio deben
implementar las medidas establecidas. Chile, Perú, Ecuador y Colombia han firmado y
ratificado el mismo. El Anexo V. Reglas para prevenir la contaminación por las Basuras de los
Buques, busca prevenir la generación de basura marina originada desde los buques
estableciendo por ejemplo la prohibición del vertimiento de cualquier artículo que sea de
plástico, y estableciendo restricciones de distancias y trituración para el vertimiento de otros
tipos de residuos.
-
El Convenio de Barcelona de 1976, modificado en 1995, y los protocolos elaborados en este
contexto se proponen proteger el medio ambiente marino y costero del Mediterráneo al
tiempo que se promueven planes regionales y nacionales que contribuyen al desarrollo
sostenible. Este Convenio y el Plan de Acción para el Mediterráneo forman parte del
Programa de Mares Regionales del Programa de Mares Regionales del Programa de las
Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA).
-
Programa de Mares Regionales del Programa de las Naciones Unidas para el Medio
Ambiente (PNUMA).Fue lanzado en el año 1974 y participan más de 140 países. Los
programas de mares regionales funcionan a través de los Planes de Acción, Convenciones
Regionales y Protocolos.Son 13 programas de mares regionales bajo el auspicio del PNUMA:
Mar Negro, Gran Caribe, África Oriental, Sudeste Asiático, Mediterráneo, Pacífico
Nororiental, Pacífico Noroccidental, Mar Rojo, Golfo de Adén, Asia Meridional, el Pacífico
Sudoriental, el Pacífico Meridional, África Occidental y Central.
-
Convenio para la Protección del Medio Marino yla Zona Costera del Pacífico
Sudeste,Convenio de Lima (1981). “Las Altas Partes Contratantes, se obligan a esforzarse, ya
sea individualmente o a través de la cooperación bilateral o multilateral, en adoptar medidas
apropiadas para prevenir, reducir y controlar la contaminación del medio marino y las
zonas costeras del Pacífico Sudeste y para asegurar una adecuada gestión ambiental de los
recursos naturales”.
-
Protocolo para la Conservación y Administración de las Áreas Marina y Costeras Protegidas
del Pacífico Sudeste (1989).Las Altas Partes Contratantes se comprometen, individualmente,
o mediante la cooperación bilateral o multilateral, a adoptar las medidas apropiadas de
acuerdo con las disposiciones del presente Protocolo para proteger y preservar los
ecosistemas frágiles, vulnerables o de valor natural o cultural único, con particular énfasis en
la flora y fauna amenazados de agotamiento y extinción, mediante la realización de estudios
orientados a las reconstrucción del medio o repoblamiento de fauna y flora en casos
necesarios.Las Altas Partes tomarán, individual o conjuntamente, todas las medidas para
prevenir o reducir y controlar el deterioro ambiental, incluyendo la contaminación en las
áreas protegidas, proveniente de cualquier fuente de actividad, esforzándose para armonizar
sus políticas al respecto. Dichas medidas incluirán, entre otras, las destinadas a:
1. Prohibir el vertimiento de sustancias tóxicas, perjudiciales o nocivas especialmente las de
carácter persistente, procedentes de fuentes terrestres, incluidos los ríos, estuarios, tuberías
y estructuras de desagüe, desde la atmósfera, o a través de ella.
2. Prevenir, reducir y controlar, en el mayor grado posible:
a) La contaminación causada por buques, incluyendo medidas para prevenir accidentes y
hacer frente a casos de emergencia y prevenir el vertimiento, sea o no intencional;
b) El manejo y transporte de sustancias peligrosas;
c) La introducción de especies de flora y fauna exóticas, incluyendo trasplantes;y,
d) Otras actividades susceptibles de producir deterioro ambiental.
-
Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación
Proveniente de Fuentes Terrestres (1983).Las Altas Partes Contratantes se esforzarán para
prevenir, reducir, controlar yeliminar en sus respectivas zonas del ámbito de aplicación del
presente Protocolo, lacontaminación proveniente de fuentes terrestres causada por las
sustanciasenumeradas en el Anexo I del Protocolo. Para este fin elaborarán y pondrán
enpráctica, conjunta o individualmente, los programas y medidas adecuados.Dichos
programas y medidas deberán tener en cuenta, para su aplicación progresiva,la capacidad de
adaptación y reconversión de las instalaciones existentes, lacapacidad económica de las
Partes y su necesidad de desarrollo.Sin perjuicio del propósito de eliminar las descargas de
las sustancias enumeradas enel Anexo I, en el caso de que éstas se produzcan estarán sujetas
a un sistema deautovigilancia y control y, la autorización por parte de las autoridades
nacionalescompetentes estará condicionada a los niveles de esas sustancias, teniendo en
cuentael daño o efecto nocivo que produzcan en el medio marino.
-
Plan de Acción para la Protección del Medio Marino y Áreas Costeras del Pacífico Sudeste.
Que tiene los siguientes objetivos:
 Proteger el medio marino y las áreas costeras, para promover la preservación de la salud
y el bienestar de las generaciones presentes y futuras.
 Proporcionar el marco para el establecimiento y aplicación de una política adecuada e
integral, teniendo en cuenta las necesidades particulares de la región.
-
Compromiso de Galápagos para el Siglo XXI. En el Artículo 24 se reconoce la urgencia de
enfrentar el problema de la basura marina e implementar acciones concretas para promover
la producción más limpia, el reciclaje y el consumo responsable.
-
Programa Coordinado de Investigación, Vigilancia y Control de la Contaminación en el
Pacífico Sudeste – CONPACSE.El objetivo del Programa CONPACSE en el año 2000 fue
”proporcionar las bases científicas para el establecimiento de normas que permitan atenuar
y controlar los efectos que causan la introducción de contaminantes, tales como aguas
residuales domésticas e industriales, metales pesados, hidrocarburos de petróleo, sustancias
radiactivas, contaminantes orgánicos persistentes, entre otros”. El Programa además
pretendí-a efectuar evaluaciones continuas del estado de la contaminación marina, proponer
medidas de prevención y control, y fortalecer la cooperación regional e internacional.
-
Programa Regional para el Manejo Integral de la Basura Marina en el Pacífico Sudeste.En
el 2007 los países del Pacífico Sudeste adoptaron el Programa Regional para la Gestión
Integral de la Basura Marina en el Pacífico Sudeste, un instrumento de gestión que tiene
como objetivo principal minimizar la descarga de residuos sólidos persistentes de fuentes
terrestres y marinas en el Pacífico Sudeste. El Programa propone una política regional
conjunta para llevar a cabo acciones a nivel regional y nacional relacionadas, entre otros
aspectos, con la mejora de los servicios de recolección, reducción de las descargas,
educación y concientización, y reducir el uso de envases y envolturas plásticas.
-
Proyecto Globallast. OMI-PNUD-GEF. El principal objetivo de este programa es ayudar a los
países y/o regiones particularmente vulnerables a expedir reformas legales y políticas para
alcanzar los objetivos de la Convención Internacional para el Control y Manejo del Aguas de
Lastre de los Buques y Sedimentos, adoptada por IMO en febrero de 2004.
Propuestas de Organizaciones
-
Manifiesto sobre la Basura para los mares de Europa. El año 2013, 200 especialistas de las
organizaciones ambientalistas de Europa entregaron al ministro alemán de Medio Ambiente,
Peter Altmaier, esta iniciativa que pide a los Ministros de la Unión Europea reducir en un 50%
la generación de basura marina para el 2020.
Campañas de Limpieza
En todos los países los municipios costeros realizan la limpieza de playas según sus posibilidades
económicas y el interés de sus gobernantes, así mismo diversas organizaciones públicas y privadas
promueven también la realización de acciones de limpieza de los ecosistemas marino costero
mediante acciones de voluntariado y participación ciudadana y existen también iniciativas regionales
y mundiales que canalizan el trabajo coordinado de diversos países.
La organización TheOceanConservancy promueve la Campaña Global Limpieza Internacional de
Costas (ICCC por sus siglas en inglés) desde 1986 y envuelve desde esa fecha a más de 100 países
alrededor del mundo, incluyendo a Perú, Colombia, Chile, Panamá y Colombia. El ICCC es
considerado como el esfuerzo más grande en el mundo en el cual se recopila información y se lleven
a cabo limpiezas de áreas costeras y subacuáticas. Como parte de los logros alcanzados a la fecha
está la creación de la Alianza Global por los Océanos Libres de Basura que incluye la innovación de
nuevos productos que generen menos desechos para evitar la producción de basura marina.
6.3 Acciones nacionales y locales tendientes a mitigar el impacto desde la perspectiva sectorial de
los involucrados: pesca, educación, turismo, municipios.
-
Ley para la Evaluación de la Salud Ambiental de las Playas y Costas del Año 2000 (BEACH
Act por sus siglas en inglés) Esta ley fue promulgada el 20 de octubre del 2000 [BROKEN], y
la misma está diseñada para disminuir el riesgo al que puedan estar expuestos los usuarios
de las aguas costeras en los Estados Unidos. La ley autoriza a la Agencia de Protección
Ambiental (EPA por sus siglas en inglés) a otorgar a los estados, territorios, tribus y gobiernos
locales elegibles; subvenciones y/o ayudas para el desarrollo e implementación de
programas que apoyen el llevar a cabo pruebas y monitoreos de las aguas recreacionales,
(incluyendo los Grandes Lagos) cercanas a las playas o lugares de acceso utilizados por el
público. Las subvenciones bajo esta ley proveen apoyo para desarrollar e implementar
programas que ayuden a notificar al público sobre la potencial exposición a microorganismos
patógenos en las aguas costeras. La ley también autoriza a la EPA a proveer asistencia técnica
a los estados y gobiernos locales para la evaluación y monitoreo de la basura flotante.
La EPA ha cumplido parcialmente con esta obligación al compilar en el documento conocido
como "Assessing and MonitoringFloatableDebris", la información más actualizada hasta el
momento
sobre
la
evaluación
y
monitoreo
de
basura
flotante.
http://water.epa.gov/type/oceb/marinedebris/index_spanish.cfm
-
Programa Nacional para el Monitoreo de la Basura Marina. La EPA en unión a otras agencias
federales ayudaron en el diseño del Programa Nacional para el Monitoreo de la Basura
Marina (NMDMP por sus siglas en inglés) en los Estados Unidos, además apoya la
implementación del estudio que es llevado a cabo por el OceanConservancy. EL NMDMP está
diseñado para que a través de un protocolo estadístico riguroso se junten científicamente
datos sobre basura marina.Este programa está diseñado para identificar las tendencias en las
cantidades de basura que afectan la costa de Estados Unidos e identificar a su vez las fuentes
principales que causan este problema. Este estudio científico es llevado a cabo cada 28 días
por un equipo de voluntarios que han seleccionado de antemano y al azar las áreas de
estudio a lo largo de las costas de Estados Unidos. El programa exige que estén en completa
capacidad operacional unos 180 lugares de estudio localizados en las costas de los estados y
territorios de los EU incluyendo Alaska, Hawaii, Puerto Rico y las Islas Vírgenes. Este
programa comenzó en 1996 con el establecimiento de 40 áreas de estudio que varían desde
la frontera de Texas/México hasta los Everglades en Florida e incluyendo a Puerto Rico e Islas
Vírgenes. Hasta la fecha unas 163 áreas de estudio han sido designadas y en 128 lugares se
está recopilando datos. Una vez las áreas de estudio hayan sido establecidas el programa
permanecerá activo por un período de 5 años. Para más información favor de visitar
http://www.oceanconservancy.org/dynamic/learn/issues/debris/debris.htm
-
Estrategia para la Basura Marina en la Región Pacífico Sudoeste USA. La Región Pacífico
Sudoeste de EPA desarrolló una Estrategia para la Basura Marina, utilizando recursos
existentes de EPA y trabajando en alianza con una serie de colaboradores para abordar la
problemática – tanto en tierra como en mar abierto. Dicha estrategia incluye la minimización
de residuos y la reducción de basura en descargas de drenajes pluviales, así como la
investigación de posibles estrategias de limpieza en el océano. Asimismo, EPA trabaja en
colaboración en el monitoreo de la migración de la basura proveniente del tsunami en Japón
el 2011. http://www.epa.gov/region9/annualreport/12-esp/marinedebris.html
-
Proyecto: Guardianes del Mar y de los Intereses Marítimos (PROGIM), Ecuador. Ejecuta:
Armada del Ecuador (DIGEIM). Descripción: Iniciativa pública que impulsando una real y
verdadera cultura del mar mejorando el trato y la armonía con el entorno marino costero y
sus recursos. Se basa en 3 ejes temáticos:
1. Cultura de conservación y preservación del ambiente
2. Valoración, participación y compromiso.
3. Fortalecimiento de las competencias profesionales de los sectores productivos.
-
Proyecto: Todos por el Agua, Colombia: Limpieza de costas, ríos y humedales. Ejecuta:
Empresas privadas (consorcio empresarial) con el apoyo del Ministerio del Ambiente y
Recursos Naturales. Descripción: “Todos por el agua”, una iniciativa de un grupo de
empresas que busca sacar toneladas de basura del mar y los ríos colombianos. La jornada
tiene 8 puntos: Bogotá, Barranquilla, Cartagena, Santa Marta, Leticia, San Andrés, Girón y
Bahía Solano.
-
Proyecto: Científicos de la Basura, Chile. Ejecuta: Universidad Católica del Norte.
Descripción: Programa formado por profesores, escolares y profesionales que aplican el
método científico para analizar el problema de la basura en la naturaleza y proponer
acciones para enfrentar los problemas ambientales de hoy y del futuro.
-
Proyecto: Alianza Peruana contra la Basura Acuática, Perú. Ejecuta: VIDA. Descripción:
Lanzado el 5 de abril del 2013 esta iniciativa se constituye como un foro constructivo que
permita visualizar y ejecutar acciones y soluciones innovadoras para ingresar nuevos
modelos de productos y servicios que generen menor cantidad de desechos, menor consumo
energético y bienestar económico, social y ambiental en todos los sectores relacionados con
la basura acuática.
Normas legales específicas sobre prohibiciones de arrojo de residuos en las playas, acantilados o
ríos que desembocan en el mar:
En algunos países se han aprobado normas específicas que prohíben el arrojo directo de residuos
sólidos en las playas, acantilados u otras zonas del litoral, o en las riberas de los ríos que desembocan
en el mar. Algunos ejemplos de estas normas son:
-
Ordenanza Nº 234 aprobada por el concejo distrital del Rimac, Lima, Perú, que prohíbe el
arrojo de desechos sólidos en las riberas del río Rímac y quebradas, así como en la vía
pública. Se imponen multa de S/. 730 por arrojar basura en la vía pública, se informó hoy. Si
hay reincidencia por esta falta podría ser denunciado penalmente.La ordenanza en cuestión
prohíbe asimismo a los propietarios e inquilinos de todo tipo de inmuebles sacar la basura,
desechos o desperdicios fuera del horario establecidos por el municipio.
-
Ley de Costas, su Reglamento y el Real Decreto 258/1.989, de 10 de marzo, sobre vertidos
de sustancias peligrosas desde tierra al mar, España. En el Artículo 56.3º se establece la
prohibición de vertido de residuos sólidos y escombros al mar y a la playa, así como a la zona
de servidumbre de protección (100 metros desde el límite interior de la ribera del mar),
excepto cuando sean rellenos o estén autorizados.
-
Ordenanza Municipal Reguladora del Uso Público de las Playas y Zonas / Lugares De Baño
Del Litoral Del Termino Municipal De Adeje, España. En El Artículo 12 Vertidos Y Residuos se
establece lo siguiente:
1. Queda terminantemente prohibido cualquier acto que pueda ensuciar nuestras playas y
zonas de baño, estando obligado el responsable a su limpieza inmediata, sin perjuicio de
las sanciones que pudieran derivarse por tales hechos.
2. Queda terminantemente prohibido, arrojar cualquier tipo de residuos a la arena,
debiéndose utilizar las papeleras instalados a tal fin. Cualquier infracción a este artículo
será sancionada, quedando además el infractor obligado a la recogida de los residuos por
él arrojados.
3. Los kioskos de playa deberán atenerse a los horarios establecidos por el Ayuntamiento
para depositar las basuras provenientes de sus negocios, siendo sancionados si
incumpliesen dicha norma. Asimismo, estarán sujetos a lo dispuesto en la vigente
Ordenanza Municipal de Limpieza Pública.
-
La Ordenanza Municipal que regula los usos, aprovechamiento, disfrute y conservación del
litoral de San Bartolomé de Tirajana, España. Prohíbe los vertidos y arrojo de residuos de
cualquier tipo en la franja de playas y litoral, como papeles, plásticos, restos de comida, latas,
botellas, colillas e inclusive chicles. La norma establece multas para los infractores, el arrojo
de residuos en la playa es considerado grave, la reparación de embarcaciones en la playa es
considerada una falta media, pero que puede ser fuente de generación de basura marina si
no se disponen adecuadamente los residuos de que genera esta actividad.
Dispositivos legales que establecen impuestos o tasas al consumo de envases descartables que
pueden convertirse en basura marina:
Una alternativa que han establecido algunos países para lograr una reducción del uso de envases
descartable y con ello el riesgo de que estos pueden convertirse en basura marina, asido la
aplicación impuestos o tasas al uso de estos envases descartables. El ejemplo del caso Europeo
se presente en el Plan Nacional de Valorización De Residuos elaborado por la Dirección De
Calidad Ambiental, Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable de Argentina, en la
que se señala lo siguiente:
-
-
-
En los países europeos, las leyes se han enmarcado en el concepto llamado
"ResponsabilidadExtendida al Fabricante" (Extended Producer Responsibility) en todo el ciclo de
vida de los envasesy productos1.La Responsabilidad Extendida al Fabricante (EPR) está dirigida a
responsabilizar al sector privadode los impactos ambientales emergentes del proceso productivo
y de sus productos, obligándolos aimplementar medidas tendientes a: modificar los procesos
industriales, prevenir la generación deresiduos y recuperar y reciclar sus envases.Los programas
basados en la EPR tienden a cambiar el balance convencional de responsabilidadesentre los
fabricantes, distribuidores, el consumidor y el gobierno. El compromiso asumido puedesurgir de
acuerdos negociados, legislaciones o iniciativas voluntarias.
En Alemania, la Ordenanza sobre Residuos de Envases del año 1991, más conocida como
LeyTöpfer, fue la precursora del sistema de EPR en toda Europa y obliga a todos los involucrados
en lacadena de envasado, a aceptar sus envases y reciclarlos. Asimismo, prohibió el envío de
residuos deenvases y embalajes a los relleno sanitarios.
Hasta la fecha, se han utilizado cinco tipos diferentes de instrumentos económicos con relación a
los envases:
1. Impuestos, generalmente dirigidos a discriminar ciertos productos y, hasta la fecha,
usadosfundamentalmente para dar preferencia a los envases retornables. En algunos países,
losimpuestos sobre envases incluyen disminuciones en base a opciones establecidas de acuerdo
alas distintas políticas de cada país. En Bélgica, por ejemplo, el fabricante no paga el impuesto
siusa envases retornables y en el caso que no los use, si cumple con metas de
recicladodeterminadas. El impuesto finlandés se reduce un 25% si el envase no retornable está
sujeto aun sistema de depósito-reembolso. El sistema noruego prevé descuentos y excepciones
para losenvases de bebidas, éste es función de la tasa de recuperación alcanzada. Canadá,
EstadosUnidos, Taiwán y nueve países europeos tienen algún tipo de impuesto para estimular
ladevolución de los envases de bebidas o desalentar el uso de ciertos materiales.
2. Depósitos obligatorios que el productor debe efectuar. Generalmente se utiliza como
unmecanismo de recuperación dirigido a tipos particulares de envases o productos; la mayoría
delos países relevados tienen sistemas de depósitos para envases de bebidas.
3. Costos adicionales sobre el precio del producto o costos internalizados aplicados a los
envasespor la industria que intentan reflejar lo más posible los costos reales de la recuperación y
elreciclado de los mismos.
1
PLAN NACIONAL DE VALORIZACION DE RESIDUOS
DIRECCION DE CALIDAD AMBIENTAL, Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable
Subsecretaría de Ordenamiento Ambiental
4. Tasas obligatorias sobre envases relacionados en teoría a los costos de gestionar el
residuo,pero en donde el gobierno los toma como fuente de ingresos -hasta el presente
adoptado enPolonia, Hungría y Taiwán-.
5. Impuestos a la disposición de residuos -relleno sanitario o incineración con recuperación
deenergía-. Por lo menos cinco países tienen restricciones en lo que puede ser enviado a
rellenosanitario. Holanda ha prohibido disponer casi todos los reciclables para el año 2.000;
Francia lohará a partir del 2.002, mientras que el Reino Unido ya los están aplicando; en
Alemania lasprohibiciones de envío a relleno sanitario son una prerrogativa local. En los Estados
Unidos, enWisconsin y Carolina del Norte, existen prohibiciones estrictas sobre el envío de
ciertos tiposde envases a rellenos sanitarios.
En el documento se presente el siguiente cuadro sobre las normas dadas en algunos países:
Los resultados de la aplicación de estas medidas así tuvo como resultados los siguientes niveles
de eficiencia:
Otras experiencias sobre estos tipos de medidas son:
-
Programa Retorno de envases en el Mediterráneo. Involucra la participación de los países
del mar Mediterráneo, que deben implantar el Sistema de Depósito, Devolución y Retorno
(SDDR), que tiene por finalidad lograr altos niveles de recuperación y reciclado de los envases
ligeros de bebidas. Se considera que si se implementa el programa se podría solucionar casi
en un 100% el vertido o arrojo de estos envases en el mar o que lleguen al mar de modo
indirecto. Por ejemplo, en Españaentran en promediocada día en el mercado 51 millones de
envases ligeros de bebidas y solo se recuperan un máximo del 30%. Es decir, más de 10.000
millones de envases te, Argentina. rminan en los vertederos o rellenos sanitarios tras haber
tenido que ser recogidos con la basura o por los servicios de limpieza de los espacios
públicos, entre ellos las playas y el litoral, un porcentaje de estos residuos puede terminar
como basura marina.
-
Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas no Retornables, Ecuador.La Ley de Fomento
Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado, publicada en el Suplemento del
Registro Oficial No. 583, de 24 de noviembre de 2011, creó el Impuesto Redimible a las
Botellas Plásticas no Retornables con la finalidad de disminuir la contaminación ambiental y
estimular el proceso de reciclaje, estableciendo adicionalmente que las operaciones gravadas
con dicho impuesto serán objeto de declaración dentro del mes subsiguiente al que se las
efectuó. El consumidor puede recuperar el valor pagado por concepto de este impuesto. La
tarifa establecida para este impuesto por cada botella plástica gravada con este impuesto,
será de hasta dos centavos de dólar de los Estados Unidos de América del Norte (0,02 USD),
valor que se devolverá en su totalidad a quien recolecte, entregue y retorne las botellas, para
lo cual se establecerán los respectivos mecanismos tanto para el sector privado cómo público
para su recolección, conforme disponga el respectivo reglamento. El SRI determinará el valor
de la tarifa para cada caso concreto.
La experiencia en Ecuador podría ser más exitosa que en otros países debido a que los costos
operativos del acopio son más económicos y se cuenta con micro recicladores que realizan el trabajo
de recolección como un medio de trabajo.