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Caso Pavez
Doña Sandra Pavez es una experimentada profesora de religión que, hasta el año 2007,
se desempeñó como docente de esa materia en el Colegio Municipal Laico Cardenal
Antonio Samoré, de la comuna de San Bernardo.
Tras veintiún años de intachable trayectoria docente, con fecha 13 de agosto del 2007,
el obispo de San Bernardo don Juan Ignacio González Errázuriz, junto al entonces
vicario para la Educación de esa comuna don René Aguilera Colinier, negaron a doña
Sandra Pavez el certificado de idoneidad que le permitía hacer clases, argumentando
que su orientación sexual (lesbiana) era incompatible con la docencia.
La iglesia basó su determinación en el artículo 9 del Decreto 924, publicado el 7 de
Enero de 1984, el cual establece que el profesor de religión sólo puede ejercer si está
“en posesión de un certificado de idoneidad otorgado por la autoridad religiosa que
corresponda”, algo que nunca fue informado a Pavez cuando estudio pedagogía en la
Universidad Católica.
La actitud de la Iglesia fue rechazada por la dirección, el centro padres, los alumnos y ex
alumnos del colegio Municipal laico Cardenal Antonio Samoré, donde Pavez trabajaba
como docente. En medio de estas movilizaciones se pidió a a la presidenta y al
Ministerio de Educación de la época que se entrevistaran con Pavez y que se
pronunciarán sobre el Decreto 924, sin embargo, jamás hubo respuesta del Gobierno.
En tanto, el Movilh presentó un recurso de protección a favor de la docente, el cual fue
rechazado el 27 de noviembre por la Corte de Apelaciones de San Miguel. Lo mismo
hizo la Tercera Sala de la Corte Suprema, el 17 de abril del 2008.
Tras marchas y protestas frente a tribunales, el 17 de octubre del 2008 el Movilh
demandó al Estado de Chile ante la CIDH.
Preguntas para reflexionar.1
¿Cree usted que la acción presentada por la Sra. Sandra hubiera sido acogida por los
tribunales chilenos de estar vigente la ley 20.609 durante la ocurrencia de los hechos?
Fundamente.
Supongamos que Doña Sandra además pertenece a una agrupación de diversidad
sexual a nivel nacional y conoce a varias dirigentes que ejercen como docentes de
religión en colegios católicos a las cuales también se les negó la certificación. A la luz de
la ley 20.609: ¿Podría intentarse la acción a favor de doña Sandra y sus compañeras de
la agrupación?
¿Qué medios de prueba podría utilizar doña Sandra y cuáles son las principales
dificultades probatorias con las que se enfrentaría?
1
Las respuestas a éstas preguntas serán objeto de debate en la clase práctica del día 13 de Octubre del
presente año. Se aconseja estudiar la ley 20.609.