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CIUDADANOS INTEGRANTES DEL
AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
P R E S E N T E:
La que suscribe REGIDORA VICTORIA ANAHI OLGUIN ROJAS, en mi
carácter de integrante del H. Ayuntamiento de Guadalajara en ejercicio de mi
potestad pública y de las facultades que me confieren los artículos 115 fracción II
párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 77
de la Constitución Política del Estado de Jalisco, artículo 41 fracción II y 50
fracción I de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal para el
Estado de Jalisco, 90 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara;
presento a consideración de éste Cuerpo Edilicio la presente Iniciativa de
acuerdo con turno a comisión; Que tiene como objeto instruir a la Secretaría
de Servicios Médicos, para que elabore y promueva un sistema que agilice
el trámite de los donadores de sangre en las diversas instituciones
médicas públicas y privadas en el Municipio, para lo cual tengo a bien
expresar la siguiente:
E X P O S I C I O N D E M O T I V O S:
A diario existen llamados por parte de diversas instituciones médicas privadas y
públicas solicitando apoyo para pacientes que requieran de la donación de
sangre, problemática que en veces es resuelta satisfactoriamente y otras no, ya
sea por la dificultad del tipo de sangre que necesite el paciente, o por los
tiempos de espera e ineficacia para la recepción y atención de los donantes de
sangre, situación que afecta tanto a receptores como a los donadores.
México es un país que cuenta con un aproximado de 1.5% de donadores en
sus habitantes. Índice que es muy bajo de acuerdo a los indicadores
internacionales, que debería de ser en un 5% de donadores a nivel nacional
anualmente.
Estas cifras no cubren las demandas de transfusionales y no permiten el
avance de la medicina en sus progresos tecnológicos.
Anteriormente las necesidades de abasto de sangre en instituciones médicas
privadas y públicas, eran cubiertas en su mayoría por los donadores
remunerados, profesionales o habituales, es decir, que recibían un apoyo
económico a cambio de la donación, mas sin embargo, dicha situación fue
prohibida y regulada por normas en la materia, dejando la comercialización
descartada a la población.
En base a lo anterior, se creó por parte de las instituciones médicas; programas
para seguir fomentando la donación, tales como la donación familiar de
reposición, siendo este sistema el que actualmente cubre con las necesidades
de las unidades hospitalarias en un porcentaje aproximado del 97%, dejando sin
oportunidad y en rezago la donación voluntaria o como algunos otros la llaman,
la donación altruista.
Este sistema de repetición, consiste en donar sangre cuando un familiar, amigo
o conocido necesite de una trasfusión o por la intervención quirúrgica del
paciente, y el modelo de donación voluntaria, es cuando el donador lo hace en
forma habitual, voluntaria y espontanea, sin presión alguna.
Con estos datos, nos damos cuenta que la cultura de la donación voluntaria se
ha dejado aún lado, por lo que hemos visto que en situaciones de emergencia
los hospitales recurren a medios tanto sociales como de comunicación para
solicitar algún apoyo de donadores de sangre, mas sin embargo, los tiempos en
la ciudad son muy apretados y ajustados por las diversas actividades de los
ciudadanos, y una vez que acuden los donadores a las instituciones, el tiempo
de espera es largisimo y atrofiante, por lo que en veces estas personas prefieren
optar por no donar, dejando sin apoyo a pacientes.
A razón de ambos sistemas de donación, se vuelve un martirio el donar sangre,
para los donadores del sistema de repetición, se convierte en una obligación
moral el donar, y para los del sistema voluntario, se ha perdido esa cultura y
para ambos se vuelve desgastante el tiempo que tardan en la donación.
Los problemas que se tiene en nuestro país para la donación de sangre son
distintos, abarcando desde las políticas federales sobre la regulación sanitaria
para la donación de sangre, como el tiempo de espera y sistema del trámite en
hospitales para la donación.
Por lo que esta iniciativa busca acelerar el proceso y/o el trámite de donación
de una manera eficaz y placentera tanto para los donantes como para los
receptores de sangre.
A tales modos, se deberá exhortar a la dependencia competente, para que
elabore un programa eficaz para acelerar el trámite de donación de sangre y lo
instruya a las diversas instituciones médicas tanto públicas como privadas en el
Municipio; para tales efectos la Secretaría de Servicios Médicos es quien deberá
realizar dicho estudio y programa.
Con esto, se pretende que el trámite de donar sangre sea rápido, eficaz, agil y
placentero para ambas partes involucradas, y no se pierda la cultura de la
donación, para que a su vez el sistema de donación voluntaria tome fuerza y se
integre a la sociedad y no sea la donación solamente en casos de urgencia o
necesidad, así teniendo los hospitales un banco de sangre extenso para las
situaciones de emergencia.
Cabe añadir, que tales razonamientos tiene como parte fundamentación en el
Reglamento de Salud para el Municipio de Guadalajara, en su numeral 8
fracción II, en razón de la actualización y creación de programas, lo que a la letra
dice:
“..Artículo 8.- En los términos de los convenios que en materia de salud se
celebren, compete al Ayuntamiento de Guadalajara:
I.- Asumir la administración de los establecimientos de salud que descentralice,
en su favor, el Gobierno Estatal en los términos de las leyes aplicables en la
materia.
II.- Formular y desarrollar programas municipales en materia de salud, en el
marco de los sistemas nacional y estatal de salud, de acuerdo con los principios
y objetivos de los planes nacionales, estatales y municipales de desarrollo.
III a IV…”
Con esto, se da por entendido la competencia del municipio para crear
programas en materia de salud, a su vez el Sistema Municipal de Salud tiene
como objetivo el mejorar la calidad de los servicios de la salud en el municipio,
tal y como lo prevé el artículo 9 fracción I del reglamento citado, que a la letra
dice:
“..Artículo 9.- El Sistema Municipal de Salud tiene los siguientes objetivos:
I.- Proporcionar servicios de salud a toda la población del municipio y mejorar la
calidad de los mismos, atendiendo a los problemas sanitarios prioritarios del
municipio y a los factores que condicionen o causen daños a la salud, con
especial interés en las acciones preventivas.
II a VII….”
A su vez, el mismo reglamento señala sobre los usuarios de los servicios de
salud y su derecho a obtener servicios de salud profesional y éticamente
responsable, hablando del numeral 21 del multicitado reglamento, lo que a la
letra dice:
“..Artículo 21.- Los usuarios tienen derecho a obtener servicios de salud
municipal con oportunidad y a recibir atención profesional y éticamente
responsable…”
Por lo que compete a este Ayuntamiento el impulsar y regular de la mejor
manera acorde a las necesidades de la población, la donación de sangre, que
sirva como coadyuvante en el tratamiento o curación de los pacientes que
requieran de este apoyo. Ofreciendo un servicio rápido y eficaz en sus distintitas
instituciones.
R E P E R C U S I O N E S:
SOCIALES: Representa repercusiones favorables, ya que la sociedad al
momento de acudir a donar sangre, tendrá un acceso a un sistema eficaz y
rápido sin perjudicar tanto en sus diversas actividades y tiempos.
CULTURALES: Representa repercusiones favorables, ya que ayudara a retomar
un porcentaje mayor de los donadores voluntarios sin temor de la pérdida de
tiempo.
LABORALES: No representa repercusiones desfavorables, ya que es parte de
sus actividades laborales la actualización de los sistemas y planes de trabajo. Y
favorecerá en la celeridad de los trámites.
ECONOMICAS: No representa repercusiones desfavorables, ya que no afecta
en ningún presupuesto.
Ahora bien, tengo a bien pasar a las siguientes:
C O N S I D E R A C I O N E S:
Así conforme a lo establecido en los siguientes numerales:
I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone en su
artículo 115 fracción II párrafo segundo y fracción III inciso g,, sobre que los
municipios tienen la facultad para aprobar los reglamentos que organicen la
administración municipal, que regulen las materias, funciones y servicios
públicos que de su competencia se desprenden, así como la participación
ciudadana.
II. La Constitución Política del Estado de Jalisco dispone en su artículo 77, sobre
la facultad de los ayuntamientos de aprobar los reglamentos que organicen la
administración municipal, que regulen las materias, funciones y servicios
públicos que de su competencia se desprenden, así como la participación
ciudadana.
III. La Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal para el Estado de
Jalisco dispone en su artículo 41 fracción II y 50 fracción I, sobre el ejercicio de
la facultad de iniciativa que tienen los Regidores de presentar iniciativas de
ordenamientos municipales por medio de su Ayuntamiento.
IV. Que el Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara dispone en su artículo
76, sobre la facultad de presentar iniciativas de ordenamiento municipal, así
como el diverso numeral 90, sobre la forma de presentación de las iniciativas y
su contenido.
V.
Que el Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara dispone en su numeral
64, sobre las atribuciones de la Comisión Edilicia de Salud, Prevención y
Combate a las Adicciones.
Por lo anteriormente expuesto ante ustedes Ciudadanos Regidores del H.
Ayuntamiento de Guadalajara, pongo a su consideración el siguiente:
A C U E R D O:
PRIMERO.- Se turne a la Comisión Edilicia de Salud, Prevención y Combate a
las Adicciones para que conozca de la iniciativa y realice lo conducente.
SEGUNDO.- Se instruya a la Secretaría de Servicios Médicos, para que en base
a su presupuesto y en un término no mayor a 60 días hábiles elabore un sistema
que agilice el trámite de los donadores de sangre, una vez realizado, se dé del
conocimiento a las diversas instituciones médicas públicas y privadas en el
Municipio.
TERCERO.- Se faculta a los ciudadanos Presidente Municipal, Secretario
General y Síndico del H. Ayuntamiento a suscribir la documentación
correspondiente al cumplimiento del presente acuerdo.
A T E N T A M E N T E:
Guadalajara, Jalisco, a del 2014
Salón de Sesiones del H. Ayuntamiento de Guadalajara.
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Regidora VICTORIA ANAHI OLGUIN ROJAS