Download Turno 102/13 - Regidores en Contacto 2012 - 2015

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
DICTAMEN DE COMISIÓN Y PROPUESTA DE
ACUERDO
AL
AYUNTAMIENTO
DE
GUADALAJARA
Turno 102/13. Que propone la desincorporación del
dominio público, incorporación al dominio privado y
baja del Inventario de Bienes Municipales de 3 tres
semovientes propiedad municipal, por motivo de su
fallecimiento.
Julio de 2013
AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
Los Regidores integrantes de la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, con
fundamento en los artículos 10, 50 y demás relativos y aplicables de la Ley del Gobierno y
la Administración Pública Municipal del estado de Jalisco; así como en los numerales 36
fracciones I, II y IV, 43 fracciones V y VI, 61 fracciones I, V y VI, 74, 76, 81 y demás
relativos y aplicables del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara; nos permitimos
someter a la alta y distinguida consideración de este Ayuntamiento en Pleno el presente
Dictamen,
el cual tiene por objeto que se estudie,
y en su caso, se autorice, la
desincorporación del dominio público, incorporación al dominio privado y baja del
Inventario de Bienes Municipales de 3 tres semovientes propiedad municipal, en razón de
lo cual nos permitimos expresar a Ustedes la siguiente relación de:
ANTECEDENTES
1.
En sesión ordinaria de este Ayuntamiento, de fecha 30 treinta de mayo del año
2013 dos mil trece,
se dio cuenta de los oficios DABP/461/2013, DABP/519/2013 y
DABP/520/2013; suscritos por el Director de Administración de Bienes Patrimoniales,
Maestro Julio César Hernández Pérez, mediante el cual remite al Secretario General de
este
Ayuntamiento,
Profesor
y
Abogado
Tomás
Vázquez
Vigil,
los
expedientes
correspondientes a la desincorporación del dominio público, incorporación al dominio
privado y baja del Inventario de Bienes Municipales de un total de 3 tres semovientes
propiedad municipal, aprobándose que fuera turnado a la Comisión Edilicia Colegiada y
Permanente de Patrimonio Municipal.
2.
La Secretaría General, mediante el Turno 102/13, oficio 1436/13, de fecha 31
treinta y uno de mayo del año 2013 dos mil trece, remitió el expediente en cita a la
Comisión Edilicia Colegiada y Permanente de Patrimonio Municipal, para ser estudiado,
analizado, discutido y dictaminado.
Página 1 de 13
3.
El oficio DABP/461/2013, de fecha 30 treinta de abril del año 2013 dos mil trece,
suscrito por el por el Maestro Julio César Hernández Pérez, Director de Administración de
Bienes Patrimoniales de la Secretaría de Administración, a la letra dice:
“Oficio Nº DABP/461/2013
Prof. y Abogado Tomás Vázquez Vigil
Secretario General del Ayuntamiento.
Presente
Por este conducto reciba un cordial saludo, ocasión que haré valer para
atentamente solicitar a Usted, eleve el presente trámite ante el Pleno
del Ayuntamiento, con el propósito de que sea turnado a la Comisión
Edilicia correspondiente el presente asunto, con la finalidad de que se
estudie, analice, y dictamine la petición de desincorporar del de
inventario el semoviente propiedad Municipal que a continuación se
describe por las razones y circunstancias que se enuncian en los
siguientes:
ANTECEDENTES:
1.- Por medio de oficio DPCB02/0886/2013, de fecha 4 de abril de
2013, signado por el maestro José Ángel Campa Molina, Director
General y el licenciado Martín García Guadalupe, Coordinador
Administrativo de la Dirección de Bomberos y Protección Civil, solicita a
esta oficina se desincorpore del inventario un canino, hembra de color
dorado, de nombre “Hane”, raza labrador, nacida en septiembre del
2000, con número de registro 041-345-807; por los motivos en él
descritos.
2.- Es así que con oficio 059/26/03/2013, de fecha 26 de marzo de
2013, signado por el M.V.Z. Sergio Salvador González Alcántara,
Director del Centro de Control Animal Municipal, informa que se trata
de un animal geriátrico, con problemas digestivos por la dificultad para
moler sus alimentos, debido a su mala dentadura, por lo que se sugiere
la eutanasia de dicho paciente, el canino de nombre Hane, con número
de registro 041-345-807.
FUNDAMENTOS:
Lo anteriormente expuesto está previsto en los artículos 37 fracción IV,
82 fracciones I y II, 84 de la Ley de Gobierno y la Administración
Pública Municipal, numeral 50 fracción XIX, XX y XXII del Reglamento
de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, numerales 13
fracciones VII y VIII, 14 fracción IV, 32, 40, 41, 51 y 71 del
Reglamento del Patrimonio Municipal en relación con el numeral 183 de
la Ley de Hacienda Municipal, de lo anterior se desprende la presente
petición en relación con el bien mueble propiedad Municipal descrito en
los antecedentes del presente escrito.
Por todo lo anteriormente expuesto, de la manera mas atenta:
PIDO:
ÚNICO.Sea elevada la presente petición ante el Pleno del
Ayuntamiento Municipal, con el propósito de que sea turnada a la
Comisión Edilicia correspondiente con la finalidad de que se estudie,
analice, y dictamine la petición de desincorporar de inventario el
semoviente descrito en el apartado de antecedentes propiedad
municipal, por las razones y circunstancias descritas en el presente
ocurso.
Página 2 de 13
Anexo al presente escrito encontrará las copias de
mencionados en los antecedentes del mismo.
los oficios
Sin más por el momento me despido de Usted, no sin antes agradecer
la atención brindada al presente asunto.
Atentamente
Guadalajara, Jalisco a 30 de abril de 2013
“2013, Guadalajara Capital Joyera de América”.
Maestro Julio César Hernández Pérez
Director de Administración de Bienes Patrimoniales”.
La descripción del semoviente descrito en dicho oficio es la siguiente:
Número
Patrimonial
184802
Color
Especie
Nombre
Chip
Raza
Dorado
Canino
Hane
041-345-807
Labrador
4. El reporte clínico del canino en cita, de fecha 26 veintiséis de marzo del año 2013 dos
mil trece, realizado por el médico veterinario zoologista Sergio Salvador González
Alcántara, adscrito a la Dirección del Centro de Control Animal Municipal de la Secretaría
de Medio Ambiente y Ecología, dirigido al maestro José Ángel Campa Molina, Director de
Bomberos y Protección Civil de Guadalajara, informa lo siguiente:
“Por este conducto reciba un cordial saludo, ocasión que aprovecho
para manifestarle que con fecha 25 de marzo del año en curso, fue
presentado a consulta por personal de la dependencia a su cargo de
Basa 4, un canino, hembra, de nombre “Hane”, raza labrador, tamaño
grande, color dorado, nacida en septiembre del 2000, con número de
registro 041-345-807, quien al momento de la auscultación realizada
por el M.V.Z. Conrado Olea Morales (médico adscrito a este Centro de
Control Animal) encontró las siguientes patologías:




Gran deterioro físico debido a su avanzada edad, piezas
dentales desgastadas, con caries, no puede masticar el
alimento. Por lo que presenta constipación de heces fecales y
otros días presenta diarreas.
Pérdida de color del manto (pelo) de tener color beige firme
ahora lo tiene muy claro.
Problemas de articulaciones que dificultan su desplazamiento.
Una llaga en la región lomo, por su cara izquierda, muy cerca
de la cruz.
Dado que se trata de un animal geriátrico, con problemas digestivos por la
dificultad para moler sus alimentos debido a su mala dentadura, se sugiere
la eutanasia de dicho paciente…”
5.- El oficio DABP/519/2013, de fecha 16 dieciséis de mayo del año 2013 dos mil trece,
Página 3 de 13
suscrito por el por el Maestro Julio César Hernández Pérez, Director de Administración de
Bienes Patrimoniales de la Secretaría de Administración, a la letra dice:
“Oficio Nº DABP/519/2013
Prof. y Abogado Tomás Vázquez Vigil
Secretario General del Ayuntamiento.
Presente
Por este conducto reciba un cordial saludo, ocasión que haré valer para
atentamente solicitar a Usted, eleve el presente trámite ante el Pleno
del Ayuntamiento, con el propósito de que sea turnado a la Comisión
Edilicia correspondiente el presente asunto, con la finalidad de que se
estudie, analice, y dictamine la petición de desincorporar del de
inventario el semoviente propiedad Municipal que a continuación se
describe por las razones y circunstancias que se enuncian en los
siguientes:
ANTECEDENTES:
1.- Por medio de oficio DPCB02/1393/2013, de fecha 11 de mayo de
2013, signado por el maestro José Ángel Campa Molina, Director
General y el licenciado Martín García Guadalupe, Coordinador
Administrativo de la Dirección de Bomberos y Protección Civil, solicita a
esta oficina se desincorpore del inventario un canino, macho, de color
dorado, de nombre “Roberts”, raza labrador, tamaño grande, nacido en
septiembre del 2000, con número de registro 041-365-848; por los
motivos en él descritos.
2.- Es así que con oficio 100/09/05/2013, de fecha 09 de mayo de
2013, signado por el M.V.Z. Sergio Salvador González Alcántara,
Director del Centro de Control Animal Municipal, informa que se trata
de un animal geriátrico, con problemas digestivos por la dificultad para
moler sus alimentos, debido a su mala dentadura, por lo que se sugiere
la eutanasia de dicho paciente, el canino de nombre Roberts con
número de registro 041-365-848.
FUNDAMENTOS:
Lo anteriormente expuesto está previsto en los artículos 37 fracción IV,
82 fracciones I y II, 84 de la Ley de Gobierno y la Administración
Pública Municipal, numeral 50 fracción XIX, XX y XXII del Reglamento
de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, numerales 13
fracciones VII y VIII, 14 fracción IV, 32, 40, 41, 51 y 71 del
Reglamento del Patrimonio Municipal en relación con el numeral 183 de
la Ley de Hacienda Municipal, de lo anterior se desprende la presente
petición en relación con el bien mueble propiedad Municipal descrito en
los antecedentes del presente escrito.
Por todo lo anteriormente expuesto, de la manera mas atenta:
PIDO:
ÚNICO.Sea elevada la presente petición ante el Pleno del
Ayuntamiento Municipal, con el propósito de que sea turnada a la
Comisión Edilicia correspondiente con la finalidad de que se estudie,
analice, y dictamine la petición de desincorporar de inventario el
semoviente descrito en el apartado de antecedentes propiedad
municipal, por las razones y circunstancias descritas en el presente
ocurso.
Anexo
al
presente
escrito
encontrará las copias de
Página 4 de 13
los oficios
mencionados en los antecedentes del mismo.
Sin más por el momento me despido de Usted, no sin antes agradecer
la atención brindada al presente asunto.
Atentamente
Guadalajara, Jalisco a 30 de abril de 2013
“2013, Guadalajara Capital Joyera de América”.
Maestro Julio César Hernández Pérez
Director de Administración de Bienes Patrimoniales”.
La descripción del semoviente descrito en dicho oficio es la siguiente:
Número
Patrimonial
184809
Color
Especie
Nombre
Chip
Raza
Dorado
Canino
Roberts
041-365-848
Labrador
6. El reporte clínico del canino en cita, de fecha 9 nueve de mayo del año 2013 dos mil
trece, realizado por el médico veterinario zoologista Sergio Salvador González Alcántara,
adscrito a la Dirección del Centro de Control Animal Municipal de la Secretaría de Medio
Ambiente y Ecología, dirigido al maestro José Ángel Campa Molina, Director de Bomberos
y Protección Civil de Guadalajara, informa lo siguiente:
“Por este conducto reciba un cordial saludo, ocasión que aprovecho
para manifestarle que con fecha 07 de marzo del año en curso, fue
presentado a consulta por personal de la dependencia a su cargo de
Basa 4, un canino, macho, de nombre Roberts, raza labrador, tamaño
grande, color dorado, nacido en septiembre del 2000, con número de
registro 041-365-848, quien al momento de la auscultación realizada
por el M.V.Z. Conrado Olea Morales (médico adscrito a este Centro de
Control Animal) encontró las siguientes patologías:




Gran deterioro físico debido a su avanzada edad, piezas
dentales desgastadas, con caries, no puede masticar el
alimento. Por lo que presenta constipación de heces fecales y
otros días presenta diarreas.
Pérdida de color del manto (pelo) de tener color beige firme
ahora lo tiene muy claro.
Problemas de articulaciones que dificultan su desplazamiento.
Presenta postración por el problema de articulaciones y dolor,
además de anorexia.
Dado que se trata de un animal geriátrico, con problemas digestivos por la
dificultad para moler sus alimentos debido a su mala dentadura, se sugiere
la eutanasia de dicho paciente…”
7. Mediante oficio DPCB02/1393/2013, de fecha 11 de mayo de 2013, signado
por el
maestro José Ángel Campa Molina, Director General y el licenciado Martín García
Guadalupe, Coordinador Administrativo de la Dirección de Bomberos y Protección Civil,
Página 5 de 13
dirigido al maestro Julio César Hernández Pérez, Director de Administración de Bienes
Patrimoniales de la Secretaría de Administración, a la letra dice:
“Con el oficio DPCB02/0886/2013, del cual no hemos tenido respuesta
de qué hacer en su caso, hice del conocimiento al Secretario de
Administración la recomendación realizada por la Dirección del Centro
de Control Animal Municipal, respecto del can de nombre Hane, raza
labrador con el chip número 041-345-807, de ahí la necesidad urgente
de que se le practique la eutanasia, toda vez que muestra múltiples
complicaciones por su estado de salud y el estado avanzado de edad.
Una situación similar presenta el can hembra de nombre Venus, raza
labrador, tamaño grande, chip 041-560-784, del cual mediante oficio
099/09/05/2013, signado por el Titular del Centro de Control Animal
Municipal, sugiere el método antes referido, para que dicho canino deje
de estar batallando.
De manera análoga, el canino de nombre Roberts, raza labrador,
tamaño grande, chip 041-365-848, con el oficio 100/09/05/2013,
también el propio Titular de dicha institución, también recomienda la
eutanasia para dicho can.
Indudablemente que para aliviar el sufrimiento de dichos canes, de
manera urgente solicito a usted se nos autorice aplicar el método
sugerido por el Titular de la entidad, que de una u otra son los
profesionales en la materia. Se nos indique fecha hora para ello y en
su momento el lugar donde se realizará el proceso. Ello también
permitirá disminuir la presión que se viene ejerciendo en el consumo de
alimento, versus el presupuesto deficitario que tenemos asignado. Lo
anterior sin dejar de lado el proceso de baja de los canes que usted ya
tiene conocimiento.”
8.- El oficio DABP/520/2013, de fecha 16 dieciséis de mayo del año 2013 dos mil trece,
suscrito por el por el Maestro Julio César Hernández Pérez, Director de Administración de
Bienes Patrimoniales de la Secretaría de Administración, a la letra dice:
“Oficio Nº DABP/520/2013
Prof. y Abogado Tomás Vázquez Vigil
Secretario General del Ayuntamiento.
Presente
Por este conducto reciba un cordial saludo, ocasión que haré valer para
atentamente solicitar a Usted, eleve el presente trámite ante el Pleno
del Ayuntamiento, con el propósito de que sea turnado a la Comisión
Edilicia correspondiente el presente asunto, con la finalidad de que se
estudie, analice, y dictamine la petición de desincorporar del de
inventario el semoviente propiedad Municipal que a continuación se
describe por las razones y circunstancias que se enuncian en los
siguientes:
ANTECEDENTES:
1.- Por medio de oficio DPCB02/1393/2013, de fecha 11 de mayo de
2013, signado por el maestro José Ángel Campa Molina, Director
General y el licenciado Martín García Guadalupe, Coordinador
Administrativo de la Dirección de Bomberos y Protección Civil, solicita a
esta oficina se desincorpore del inventario un canino, hembra, de color
dorado, de nombre “Venus”, raza labrador, tamaño grande, nacida en
Página 6 de 13
septiembre del 2000, con número de registro 041-560-784; por los
motivos en él descritos.
2.- Es así que con oficio 099/09/05/2013, de fecha 09 de mayo de
2013, signado por el M.V.Z. Sergio Salvador González Alcántara,
Director del Centro de Control Animal Municipal, informa que se trata
de un animal geriátrico, con problemas digestivos por la dificultad para
moler sus alimentos, debido a su mala dentadura, por lo que se sugiere
la eutanasia de dicho paciente, el canino de nombre Venus con número
de registro 041-560-784.
FUNDAMENTOS:
Lo anteriormente expuesto está previsto en los artículos 37 fracción IV,
82 fracciones I y II, 84 de la Ley de Gobierno y la Administración
Pública Municipal, numeral 50 fracción XIX, XX y XXII del Reglamento
de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, numerales 13
fracciones VII y VIII, 14 fracción IV, 32, 40, 41, 51 y 71 del
Reglamento del Patrimonio Municipal en relación con el numeral 183 de
la Ley de Hacienda Municipal, de lo anterior se desprende la presente
petición en relación con el bien mueble propiedad Municipal descrito en
los antecedentes del presente escrito.
Por todo lo anteriormente expuesto, de la manera mas atenta:
PIDO:
ÚNICO.Sea elevada la presente petición ante el Pleno del
Ayuntamiento Municipal, con el propósito de que sea turnada a la
Comisión Edilicia correspondiente con la finalidad de que se estudie,
analice, y dictamine la petición de desincorporar de inventario el
semoviente descrito en el apartado de antecedentes propiedad
municipal, por las razones y circunstancias descritas en el presente
ocurso.
Anexo al presente escrito encontrará las copias de
mencionados en los antecedentes del mismo.
los oficios
Sin más por el momento me despido de Usted, no sin antes agradecer
la atención brindada al presente asunto.
Atentamente
Guadalajara, Jalisco a 30 de abril de 2013
“2013, Guadalajara Capital Joyera de América”.
Maestro Julio César Hernández Pérez
Director de Administración de Bienes Patrimoniales”.
La descripción del semoviente descrito en dicho oficio es la siguiente:
Número
Patrimonial
184845
Color
Especie
Nombre
Chip
Raza
Dorado
Canino
Venus
041-560-784
Labrador
9.- El reporte clínico del canino en cita, de fecha 9 nueve de mayo del año 2013 dos mil
Página 7 de 13
trece, realizado por el médico veterinario zoologista Sergio Salvador González Alcántara,
adscrito a la Dirección del Centro de Control Animal Municipal de la Secretaría de Medio
Ambiente y Ecología, dirigido al maestro José Ángel Campa Molina, Director de Bomberos
y Protección Civil de Guadalajara, informa lo siguiente:
“Por este conducto reciba un cordial saludo, ocasión que aprovecho
para manifestarle que con fecha 07 de marzo del año en curso, fue
presentado a consulta por personal de la dependencia a su cargo de
Basa 4, un canino, hembra, de nombre Venus, raza labrador, tamaño
grande, color dorado, nacido en septiembre del 2000, con número de
registro 041-560-784, quien al momento de la auscultación realizada
por el M.V.Z. Conrado Olea Morales (médico adscrito a este Centro de
Control Animal) encontró las siguientes patologías:




Gran deterioro físico debido a su avanzada edad, piezas
dentales desgastadas, con caries, no puede masticar el
alimento. Por lo que presenta constipación de heces fecales y
otros días presenta diarreas.
Pérdida de color del manto (pelo) de tener color beige firme
ahora lo tiene muy claro.
Problemas de articulaciones que dificultan su desplazamiento.
Tumoraciones en los 4 miembros, probable malignidad.
Dado que se trata de un animal geriátrico, con problemas digestivos por la
dificultad para moler sus alimentos debido a su mala dentadura, se sugiere
la eutanasia de dicho paciente…”
10.- La disposición final de los semovientes de referencia, consta en el oficio número
129/13/06/2013 de fecha 13 trece de junio del año 2013 dos mil trece, suscrito por el
médico veterinario zoologista Sergio Salvador González Alcántara, Director del Centro de
Control Animal Municipal, dirigido al Maestro Julio César Hernández Pérez, Director de
Administración de Bienes Patrimoniales de la Secretaría de Administración, que a la letra
refiere:
“Por este conducto reciba un cordial saludo, ocasión que aprovecho
para informarle sobre el destino final de los perros pertenecientes al
escuadrón canino del área de Bomberos y Protección Civil que nos
trajeron a este Centro de Control Animal para su sacrificio, con los
siguientes nombres:



Hane
Venus
Roberts
Oficio 059/26/03/2013
Oficio 099/09/05/2013
Oficio 100/09/05/2013
Después del diagnóstico de esta Dependencia por los M.V.Z. se sugirió
la eutanasia; por presentar padecimientos irreversibles que afectaban a
su salud, por lo que se sacrificaron de la siguiente manera:
1. Se tranquilizaron con 1 ml de Xilacina por vía intramuscular. Se
esperó un lapso de aproximadamente 25 minutos, tiempo en que pudo
ser manejado el animal.
2. Se les aplicó una sobredosis de 20 ml de pentobarbital sódico por
vía intravenosa, hasta que se produjo un paro respiratorio y finalizó con
Página 8 de 13
un cardiaco, se revisaron signos vitales; esto lo efectuaron los médicos
adscritos a la dependencia, en presencia del personal de Bomberos y la
Dirección de Administración de Bienes Patrimoniales, los cuales
tomaron fotografías de lo realizado.
3. Finalmente, se embolsaron y se trasladaron a la cámara fría de
este Centro, en espera de su destino final.”
En razón de lo anteriormente expuesto, los Regidores integrantes de la Comisión Edilicia
Colegiada y Permanente de Patrimonio Municipal, manifestamos los siguientes
CONSIDERANDOS
I.
Que de conformidad con el arábigo 115 fracción II, inciso b) de la Constitución
Política de los Estados Unidos
Mexicanos, el Municipio es libre y está investido de
personalidad jurídica y patrimonio propio, con las facultades y limitaciones establecidas en
la propia Carta Magna, y cuenta con la facultad de manejar su patrimonio conforme a la
Ley; disponiendo que su órgano de gobierno es el Ayuntamiento, el cual posee la facultad
para expedir los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia
general dentro de sus respectivas jurisdicciones.
II.
Con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la
Constitución Política del Estado de Jalisco en sus artículos 73, 77 y 85 fracción I y 88 se
establece que el Municipio Libre es la base de la división territorial y de la organización
política y administrativa del Estado de Jalisco, investido de personalidad jurídica y
patrimonio propios, con las facultades y limitaciones establecidas en la Constitución
Federal; que los Municipios tendrán entre sus facultades y obligaciones las de expedir y
aplicar, conforme a las bases normativas que señalen las leyes, las normas que regulen la
prestación de los servicios públicos a su cargo, los reglamentos circulares y disposiciones
administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones; difundir
cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus competencias las Leyes que expida el
Congreso de la Unión y el Congreso del Estado; así como administrar libremente su
hacienda pública.
III.
En apego a lo dispuesto por los artículos 2, 3, 37 fracción IV y 84 fracciones I y II,
de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del estado de Jalisco, este
Municipio es libre y autónomo para su gobierno interior y para la administración pública de
su hacienda, y tiene personalidad jurídica y patrimonio propio, lo cual le permite tomar
decisiones respecto de la administración de sus bienes, con las únicas limitaciones que la
misma Ley le señale. Y que, en los términos de los artículos 82 fracciones I y II, 84
fracciones I y II, 85, 87 y 88 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal
del Estado de Jalisco, el patrimonio municipal está formado, entre otros, por los bienes del
dominio público y bienes del dominio privado.
Página 9 de 13
IV.
Según lo dispuesto por el artículo 801 del Código Civil del estado de Jalisco, son
bienes muebles por su naturaleza, los cuerpos que puedan trasladarse de un lugar a otro, ya
por sí mismos, ya por efecto de una fuerza exterior, sin que se altere su substancia y forma.
“Artículo 801.- Son bienes muebles por su naturaleza, los cuerpos que
puedan trasladarse de un lugar a otro, ya por sí mismos, ya por efecto de
una fuerza exterior, sin que se altere su substancia y forma.”
V.
La Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco dispone en sus artículos 182 y
183, que le corresponde a la Tesorería Municipal de Guadalajara el llevar un inventario de
los bienes que conforman el Patrimonio Municipal, el cual deberá ser permanentemente
actualizado, por ello, es que se propone notificarle del presente acuerdo, para que realice
las anotaciones convenientes en el padrón correspondiente.
“Artículo 182.- La Tesorería Municipal llevará un inventario de los
bienes muebles e inmuebles propiedad del municipio, el cual deberá ser
permanentemente actualizado, debiendo comunicar la Auditoría
Superior, las altas y bajas que se realicen a más tardar el día cinco del
mes siguiente del que se haya efectuado el movimiento.
La obligación anterior no será aplicable cuando se trate de bienes
muebles cuyo valor no exceda del importe de diez días de salario.
Artículo 183.- Ningún bien mueble podrá ser dado de baja, sin el previo
acuerdo del Ayuntamiento.”
VI.
En razón de lo dispuesto por los artículos 36 fracción I, 46, 61 fracciones I y VI,
80 y demás aplicables de Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara; la Comisión
Edilicia Colegiada y Permanente de Patrimonio Municipal es la competente para dictaminar
sobre el caso que nos ocupa, pues versa sobre la desincorporación de dominio público,
incorporación al dominio privado y baja del Inventario de Bienes Municipales de
Guadalajara.
“Artículo 36. Las comisiones edilicias tienen las siguientes
atribuciones:
I. Recibir, estudiar, analizar, discutir y dictaminar los asuntos turnados
por el Ayuntamiento;…
Artículo 46. El Ayuntamiento de Guadalajara, para el eficaz
desempeño de sus funciones y el cabal cumplimiento de sus
obligaciones, contará con las siguientes Comisiones:
…
XVI. Patrimonio Municipal;…
Artículo 61.
Le corresponde a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal las
siguientes atribuciones:
Página 10 de 13
I. Proponer, analizar, estudiar y dictaminar las iniciativas concernientes
a los bienes de dominio público y privado del municipio;
…
VI. Velar por la veracidad y objetividad del inventario de bienes
muebles e inmuebles del municipio, promoviendo regularmente su
actualización.
Artículo 80. La iniciativa de decreto municipal es aquella que en el
ámbito de las atribuciones del Ayuntamiento, pretende otorgar
derechos o imponer obligaciones a los particulares que de manera
permanente o transitoria se encuentren en el municipio. (Esta reforma
fue aprobada en sesión ordinaria del Ayuntamiento celebrada el 18 de
noviembre de 2010 y publicada el 21 de diciembre de 2010 en el
Suplemento de la Gaceta Municipal).”
VII. De conformidad a la fracción XX del artículo 50 del Reglamento de la Administración
Pública Municipal de Guadalajara, le corresponde a la Secretaría de Administración el
mantener actualizado el Registro de Bienes Municipales, por ello se propone notificar del
presente Acuerdo a dicha Secretaría, para coadyuvar así, a la actualización del padrón de
inventario de bienes muebles propiedad municipal.
“Artículo 50.
A la Secretaría de Administración le corresponde el ejercicio de las
siguientes facultades y atribuciones:
…
XX. Elaborar y mantener actualizado el Registro de Bienes Municipales,
conforme a la reglamentación de la materia;”…
VIII.- En el mismo sentido, y con el ánimo de mantener actualizado el Inventario de
Bienes Municipales, es que se propone dar de baja los semovientes de referencia, por
motivo de su fallecimiento, previa desincorporación del dominio público e incorporación al
dominio privado.
IX.- Como corolario de lo anterior, podemos señalar lo que para el caso que nos ocupa
señala el Plan Municipal de Desarrollo Visión 2030 y Plan de Gestión Institucional 20122015 para el Municipio de Guadalajara, en su estrategia 3.2.6. denominada “Desarrollo
Institucional y Gobierno Eficiente”, cuyo objetivo es el: “desarrollar y aprovechar las
capacidades institucionales del Ayuntamiento y la Administración Pública Municipal en
beneficio de la sociedad a partir de la constante actualización y aplicación estricta de su
marco reglamentario, el uso eficiente y transparente de los recursos públicos, el desarrollo
profesional de los funcionarios y trabajadores, la adopción de las mejores prácticas y la
utilización de sistemas de evaluación del desempeño, mejora continua, innovación y
tecnología en el servicio público.”
Como estrategias para lograr tal objetivo, el Plan Municipal de Desarrollo Visión 2030 y
Plan de Gestión Institucional 2012-2015 para el Municipio de Guadalajara, propone las
siguientes:
Página 11 de 13
“c) Manejo y gestión responsable y transparente de los recursos
públicos con participación de la ciudadanía y vigilancia de los órganos
competentes, asegurando la aplicación de políticas de austeridad y
disminución del gasto administrativo como porcentaje del total.
i)
Erradicación de las prácticas de corrupción, la discrecionalidad en
la ejecución del gasto y la opacidad en la toma de decisiones,
sancionando conforme a la ley a quien incurra en ellas y fortaleciendo
los mecanismos de transparencia, rendición de cuentas, contraloría y
evaluación vinculante.”
Es decir, que en acatamiento de la estrategia denominada “Desarrollo Institucional y
Gobierno Eficiente”, contenida en el Plan Municipal de Desarrollo Visión 2030 y Plan de
Gestión Institucional 2012-2015 para el Municipio de Guadalajara, es que se propone
realizar la baja de lo semovientes en cita, pues con ello se demuestra que este Gobierno
Municipal administra de forma trasparente el Patrimonio Municipal, mediante la toma de
acuerdos que permitan la erradicación de las prácticas de corrupción y la discrecionalidad
en la toma de decisiones.
En consecuencia de lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, los regidores
integrantes de la Comisión Edilicia Colegiada y Permanente de Patrimonio Municipal, nos
permitimos proponer a la consideración de este Ayuntamiento en Pleno, los siguientes
puntos concretos de:
ACUERDO
PRIMERO.- Se acuerda y autoriza la desincorporación del dominio público e
incorporación al dominio privado, así como la baja del Inventario de Bienes Municipales
respecto de los semovientes que se describen a continuación:
Número
Color
Especie
Nombre
Chip
Raza
184802
Dorado
Canino
Hane
041-345-807
Labrador
184809
Dorado
Canino
Roberts
041-365-848
Labrador
184845
Dorado
Canino
Venus
041-560-784
Labrador
Patrimonial
SEGUNDO.- Comuníquese el presente Acuerdo de Ayuntamiento a la Tesorería
Municipal, para las realizar las anotaciones y gestiones correspondientes en el Inventario
de Bienes Municipales, a la Secretaría de Administración y a la Dirección de
Administración de Bienes Patrimoniales, a efecto de realizar la baja del Registro General
de Bienes Muebles, respecto de los semovientes señalados en el punto anterior de
Acuerdo.
Página 12 de 13
TERCERO.- Suscríbase la documentación inherente y necesaria para el cumplimiento del
presente Acuerdo de Ayuntamiento por parte del Presidente Municipal, Síndico,
Secretario General del Ayuntamiento y Tesorero Municipal.
CUARTO.- Con fundamento en el artículo 6, numeral 1 fracción V del Reglamento de la
Gaceta Municipal de Guadalajara, publíquese el presente Acuerdo de Ayuntamiento en la
Gaceta Municipal.
Atentamente
“2013, Guadalajara, Capital Joyera de América”
Guadalajara, Jalisco; julio de 2013
Salón de Sesiones del Ayuntamiento
La Comisión Edilicia Colegiada y Permanente de Patrimonio Municipal
Luis Ernesto Salomón Delgado
Presidente
Sandra Espinosa Jaimes
Vocal
David Contreras Vázquez
Vocal
María Cristina Solórzano Márquez
Vocal
Juan Carlos Anguiano Orozco
Vocal
FIRMAS CORRESPONDIENTES AL DICTAMEN DE COMISIÓN Y PROPUESTA DE
ACUERDO AL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
Turno 102/13. Que propone la desincorporación del dominio público, incorporación al
dominio privado y baja del Inventario de Bienes Municipales de 3 tres semovientes
propiedad municipal, por motivo de su fallecimiento.
Julio de 2013
Página 13 de 13