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Jueves 12 de abril
Prensa
A partir de una resolución del Ministerio de Salud de la Nación
Obras sociales y prepagas brindarán cobertura para alimentos
libres de gluten destinados a celíacos
La medida era un reclamo de las asociaciones que nuclean a quienes padecen
esta enfermedad. El titular de la cartera sanitaria nacional, Juan Manzur, indicó que
“es un paso más en el camino de ampliar el acceso a la salud”
Las personas que sufren celiaquía –una enfermedad crónica provocada por la
intolerancia al gluten, que está presente en el trigo, la avena, la cebada y el centeno
(T.A.C.C)– recibirán a partir de ahora cobertura por parte de obras sociales y prepagas
para afrontar parte del costo de los productos alimenticios que deben consumir por
indicación médica.
Así fue establecido por la Resolución Nº 407/2012 del Ministerio de Salud de la
Nación, a cargo de Juan Manzur, publicada hoy en el Boletín Oficial. Según determina
la norma, "las entidades alcanzadas por el Artículo 9° de la Ley 26.588 deberán
brindar a cada persona con celiaquía cobertura en concepto de harinas y premezclas
libres de gluten por un monto mensual de $ 215", importe que "deberá actualizarse
periódicamente".
"Estamos dando un paso más en el camino de brindar respuestas y ampliar el
acceso a la salud, y en este caso a los alimentos para los celíacos", indicó Manzur,
quien agregó que "se sabe, y era una demanda de las personas afectadas por esta
enfermedad, que en el mercado las harinas que ellos pueden consumir son
relativamente más caras que las convencionales, por eso tomamos una decisión que
va a aliviar a las familias que deben sobrellevar este problema".
Manzur inscribió la medida en una política más amplia, vinculada a "la
reglamentación de la Ley de Celiaquía (26.588) por parte de la Presidenta de la
Nación, Cristina Fernández de Kirchner, que garantizó a los pacientes celíacos
mejores estándares de calidad alimentaria y el acceso al diagnóstico y tratamiento
oportuno".
El año pasado, con la reglamentación de la Ley, fueron oficialmente incorporadas
al Programa Médico Obligatorio (PMO) prácticas de pesquisa para la detección de la
celiaquía a través del marcador sérico IgA y la biopsia del duodeno proximal para el
diagnóstico de dicha enfermedad.
También se avanzó en la aprobación de un logo oficial para la identificación de los
alimentos sin T.A.C.C., símbolo que fue consensuado con las organizaciones de la
sociedad civil que se dedican a esta problemática, a través del trabajo de la Comisión
Nacional de Alimentos.
La celiaquía, que en Argentina afecta a alrededor de 500 mil pacientes, es una
enfermedad intestinal crónica que se caracteriza por la intolerancia al gluten, una
proteína que se encuentra en el trigo, la avena, la cebada y el centeno (T.A.C.C). Se
trata de una afección hereditaria y autoinmunitaria que debilita la capacidad del
intestino para absorber los nutrientes en forma adecuada, provocando síntomas
intestinales, retraso de crecimiento en niños, retraso del desarrollo y de la pubertad y
talla baja, entre otras afecciones.
La resolución establece que tanto las obras sociales como las empresas de
medicina prepaga podrán establecer las maneras en las que darán cumplimiento a la
misma. "Cada una de las entidades podrá establecer las formas y modalidades de
cumplimiento de la cobertura mencionada", señala en su artículo 2°.
La medida se justifica en el hecho de que la reglamentación de la Ley 26.588, a
través del Decreto 528/11, obliga a las entidades mencionadas a brindar una cobertura
a sus afiliados del 70 por ciento de la diferencia del costo de harinas y premezclas
libres de gluten de aquellas que sí lo poseen.
El mismo decreto dispuso además que el Instituto Nacional de Alimentos (INAL),
que depende de la cartera sanitaria, fuera el encargado de establecer las cantidades
de harinas y premezclas que deben consumir los celíacos en base a criterios
nutricionales, las cuales deben ser cubiertas mensualmente.
"El INAL indicó –en un estudio avalado por la Sociedad Argentina de Nutrición- el
consumo recomendado, por día y por persona, de harinas libres de gluten y de
premezclas para elaborar alimentos libres de gluten", señala el texto de la resolución,
que agrega que "a los fines de establecer los costos mensuales a cubrir por todas las
entidades alcanzadas por la normativa, la Dirección de Economía de la Salud (de la
cartera sanitaria nacional) elaboró un informe con una estimación de los costos
adicionales que deben afrontar las personas con enfermedad celíaca debido a que se
enfrentan a alimentos con precios más elevados".
La Ley 26.588 declaró de interés nacional la atención médica de la enfermedad
celíaca, al igual que la investigación clínica y epidemiológica; la capacitación
profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad; y la
difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten.
La celiaquía, un problema que afecta a 500 mil argentinos
El Estado nacional, a través del Ministerio de Salud, viene trabajando en una
estrategia para contribuir a la detección y el tratamiento de la enfermedad y favorecer
el control de los alimentos. Para ello, la cartera sanitaria creó en 2007 el Programa
Nacional para la Detección y Control de la Enfermedad Celíaca, con el objetivo de –tal
como lo establece la ley– difundir la prevención, promover una alimentación saludable,
favorecer la detección temprana de la enfermedad y el control de los alimentos.
En el proceso de reglamentación de la norma, la Comisión Nacional de Alimentos
(CONAL) avanzó en 2010 en la definición de los alimentos libres de gluten (sin
T.A.C.C) que consta en el Código Alimentario Argentino, los cuales deben contener
hasta 10 miligramos por kilo de alimento para ser considerados como tales y poder ser
consumidos por pacientes celíacos. Así, Argentina se transformó en el país con el más
alto estándar de calidad alimentaria para los enfermos celíacos,