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PARTE TERCERA
EL DERECHO EN LA EDAD MEDIA
UNIDAD IV
EL FEUDALISMO
TEMA 10.- LA EDAD MEDIA
1.- Ubicación en el tiempo y en el espacio.- Según Keller la Edad Media abarca desde el año 476,
año de la caída del Imperio Romano de Occidente en poder de los pueblos bárbaros. Rómulo
Augústulo, último rey de Roma fue depuesto por Odoacro, rey de los germanos. Este hecho, se dice,
marcó el fin de la Edad Antigua y el comienzo de la Edad Media, pues supuso la invasión y el
asentamiento de los pueblos bárbaros que cambiaron la faz de Europa.
El Imperio Romano sufrió, pues, varias fracturas tanto internas como externas. En lo interno la
elección de los emperadores la realizaban las legiones, lo que provocó conflictos al intentar imponer
cada facción su propio "candidato". El ejército entra en una profunda crisis moral. Entre 235 y 284
se suceden 28 emperadores, 22 de los cuales acaban asesinados. La barbarización de los ejércitos
imperiales pues el Estado reclutaba a las tribus de la frontera. A estos pueblos se les llamó
federados. La crisis de creencias debido al cambio del politeísmo al monoteísmo. Se dio la
pervivencia de algunas costumbres paganas a pesar de la decadencia y el cambio de creencias. Se
ingresó en una crisis cultural. Una de las causas exógenas más importante que provocó la decadencia
del Imperio fue la presión de los pueblos bárbaros: germanos, eslavos, esteparios y persas, bereberes
y hunos y otros muchos pueblos que socabaron paulatinamente las bases del Imperio.
La capitalidad de Constantinopla es otro hito importante. El emperador Teodosio reparte el Imperio
entre sus dos hijos: Honorio recibe el imperio de occidente, Arcadio el de oriente. Por ser el
primogénito recibe el más importante y rico. En gran parte de la sociedad se espera que los pueblos
bárbaros sean los nuevos defensores. Esto pone al imperio en los albores de la etapa feudal. Por otra
parte, los impuestos elevados, provocaron revueltas sociales.
1.1.- Invasiones bárbaras En la escuela latina se usa el término “invasiones”, mientras que
en la germana se habla de la “primera oleada de emigración”. Las invasiones producen un trastorno
social. Muchos historiadores describen a los pueblos bárbaros como crueles, ateos, sádicos, “sin
religión”. Entre las causas que provocaron dichas invasiones se enumeran muchas, como el ansia de
botín; la crisis de alimentación en los sitios de origen, que empuja a estos pueblos de norte a sur y
de este a oeste, pasan de tierras cerealistas a zonas más variadas y mejores pastos, se producen
cambios climatológicos que afectan a los pastos; el empuje de unos pueblos a otros -la presión
constante de unos pueblos es siempre importante en los movimientos migratorios-; el paso del
nomadismo al sedentarismo; la transformación de las tribus en monarquías; la implantación de la
ganadería y la agricultura; la presión demográfica en los lugares de origen, que provoca la falta de
recursos, etc.
Estos pueblos bárbaros llegan a conquistar todo el Imperio Romano dando origen a nuevos pueblos
como los de los anglosajones, los suevos, vándalos, alanos, visigodos, etc. (Se calcula que entraron
unos 20.0000 visigodos, y todos ellos se hicieron latifundistas). En muchos casos se produce un
pacto entre invasores e invadidos.
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La forma más difundida de asentamiento de los pueblos bárbaros es producida mediante las armas,
es decir, mediante una invasión. Sin embargo, existió también otra forma de asentamiento que se
produjo a través del reparto de tierras que significó la división del espacio territorial a través del
régimen de hospitalidad. Se usa la hospitalidad (hospitum) cuando se autoriza a determinados
pueblos bárbaros a instalarse en los espacios del Imperio, de esta manera estos pueblos se convierten
en los pueblos federados del mismo. Los federados y romanos se reparten el espacio y los medios de
explotación y de esta manera los latifundios romanos se dividen en 2 partes: la reserva señorial
(dominicata) y la indominicata.
En cuanto a las normas que regían para los pueblos bárbaros, no eran las normas romanas, los
pueblos bárbaros continuaron gobernándose a si mismos, aunque el Estado romano no renunció a la
propiedad. Esta situación va a ser temporal en occidente, hasta su caída en el año 473, sin embargo
va a durar 1000 años en el Imperio Bizantino o Imperio Romano de Oriente que subiste a la caida
del de Occidente.
2.- Los pueblos bárbaros.- Muchos fueron los pueblos llamados bárbaros por los propios romanos,
que incursionaron en su territorio. Sin embargo, por razones didácticas vamos a agruparlos en tres
grupos importantes:
2.1.- Pueblos germánicos.- Tácito describe a los pueblos indoeuropeos como provenientes
de Germania (de Escandinavia al Danubio y del Vístula a Calais). Entre ellos hay cierta homogeidad
idiomática. Entre los pueblos germánicos se pueden citar a los vándalos, burgundios, godos, francos,
frisones, sajones, suevos, lombardos, etc. Vivían en casas de madera rectangulares. Cultivaban
trigo, cebada, avena, centeno, lino, mijo, legumbres, pero su actividad más importante era la
ganadería. De Roma aprenden cosas como la viticultura y la fruticultura. La colonización de estos
pueblos se produce por medio de tribus, que se constituían en estirpes (familia, parentela) en su
sentido más amplio. Todas las estirpes comparten zonas comunitarias. Se reconoce la pequeña
propiedad individual: zona vallada alrededor de las casas que se consideraba sagrada por ser la
morada de algunos dioses domésticos y por ser el lugar donde estaban enterrados algunos
antepasados. Estos pueblos no eran unos desconocidos para Roma: practicaban el comercio desde la
Edad de Bronce, aprovechando las líneas fluviales del Danubio.
La estructura social se caracteriza por la división de clases sociales: a).- Nobleza: linajes que pueden
remontar su origen a los dioses. b).- Hombres libres: Masa de la población apta para las armas y que
además eran poseedores de derechos. c).- Semi – libres: Divididos a su vez en: libertos (esclavos
liberados) y litos (miembros de tribus sometidas y culturalmente afines). d).- Esclavos: prisioneros,
individuos nacidos esclavos o personas que han perdido su libertad por deudas.
Los jefes van a formar unas castas: caudillos, reyes, monarcas. La función de estos es a la vez bélica
y espiritual. Los nobles acompañan a los reyes: duques, condes, etc. Estos a su vez tienen derecho a
un séquito. Se producen juramentos de fidelidad, que son los antecedentes del homenaje feudal. Los
desafíos se arreglan mediante desafíos y venganzas.
El ejército estaba formado por los hombres aptos para las armas: hombres libres y organizados por
estirpes.
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El derecho en los pueblos germanos estaba fundamentado en la tradición. Las decisiones se tomaban
en una asamblea del ejército o Ding. Esta asamblea cumple las funciones de un tribunal, y se reunía
periódicamente. Existía un jefe o caudillo que presenta propuestas, que pueden ser rechazadas o
aprobadas por la asamblea. Algunas decisiones requieren unanimidad: hacer la guerra o la paz,
liberación de esclavos, etc.
2.2.- Pueblos eslavos.- Proceden de las actuales Rusia, Polonia y Ucrania. Estaban muy
vinculados a los pueblos germánicos, aunque tenían unos orígenes étnicos distintos. Los cronistas
romanos los denominan Vendos, y los bizantinos Ventos o Eslavos. Este nombre procede de su
idioma: el slovenei. Se asientan en el Bajo Danubio y en los Alpes septentrionales. A partir de los
siglos V y VI se asientan al este del Elba, lugar que acaban de dejar los germanos. El primer pueblo
del que se tiene noticia es el de los checos, que ocupaban la zona norte de los Alpes.
Se puede establecer la siguiente división tribal:
• Eslavos orientales: rusos: Ucranianos, Rusos Blancos y Grandes rusos
• Eslavos occidentales: polacos, checos y eslovacos
• Eslavos meridionales: eslovenos, serbios, croatas y búlgaros.
Los eslavos estaban agrupados en clanes, que básicamente son familias patriarcales. Estaban unidos
en federaciones (agrupaciones de tribus y éstas a su vez, de personas) dirigidas por los más
ancianos. Las tribus tienen un culto común. Los jefes forman la clase aristocrática, dominada por los
príncipes (könig). Estos pueblos dominan grandes espacios con poca población. Sus principales
actividades son la caza, pesca, ganadería, apicultura. En las aldeas trabajan los artesanos. Practican
el comercio por las vías fluviales, comerciando con pieles, armas, tejidos, etc. Con las primeras
ciudades aparecen centros mercantiles dominados por judíos, germanos, griegos desde los tiempos
del Imperio Romano.
Adoraban divinidades, practicaban el culto a los árboles. Disponían de santuarios, oráculos y
amuletos. Se venera a unos dioses principales: Perum: dios de las tempestades; Svarog: Dios
supremo. Señor del Cielo y el Trueno y otros como el dios sol, la primavera, la fecundidad. En estos
pueblos la cristianización fue fácil. Entre estos pueblos predicaron misioneros como Cirilo, Metodio.
En el siglo IX se convierten los Búlgaros. Crean Iglesias independientes en defensa de la lengua y se
adopta la liturgia en griego.
2.3.- Pueblos esteparios.- Dominan grandes extensiones, y su principal actividad es la cría
de ganado de forma comunitaria. Existía la ayuda mutua de las diversas familias agrupadas en
tribus. Estas tribus eran grupos nómadas con una similar concepción de la vida, basada en el
caudillaje, capacidad de organización, el dominio de grandes espacios, necesarios para los pastos y
la carencia de prejuicios étnicos: los vencidos podían integrarse a sus sociedades.
Las tribus se agrupan en hordas, que están formadas por los que combaten. Estos gozan de igualdad
de derechos entre si. Al frente se sitúa el KAN, que literalmente significa fabricante de armas.
Entre las tribus esteparias más conocidas se pueden señalar:
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a).- Los Hunos, constituyeron una tribu esteparia, fueron expulsados de China y destruido su
pueblo. Someten a pueblos germanos, aniquilando a los ostrogodos. Se asientan en Ucrania. En el
siglo V los Hunos a cuya cabeza se encontraba su jefe Atila avanzaron hacia Bizancio. Es conocida
la Batalla de los Campos Catalaúnicos (año 451). Reciben un tributo a cambio de no invadir
Bizancio. Son destruidos por los germanos.
b).- Los Búlgaros. Alcanzan su máximo esplendor en el siglo VII, y de ellos se conservan los
mejores restos altomedievales.
c).- Los Ávaros que se integran con los Hunos y los Búlgaros en una federación durante los siglos
VII y VIII. Son destruidos por Carlomagno.
d).- Los Pechenegos que se asientan en los Balcanes.
e).- Los Magiares que se sitúan la frontera con el Imperio Bizantino. Su cristianización se produce
en el año 1000.
La religión es la típica de los pueblos nómadas. Las estrellas tienen una gran importancia, las nubes
son mágicas y proporcionan lluvia, el cielo es la morada de Dios, con el que se comunican a través
de los chamanes. Estos son unos sacerdotes cuya misión es la de conducir el alma de los muertos en
su viaje al más allá.
3.- Aspectos característicos de la Edad Media.- Este periodo histórico se caracteriza por los
siguientes aspectos:
3.1.- El régimen feudal.- El feudalismo significó un régimen especial de gobierno y de
organización del derecho de propiedad de la tierra durante la Edad Media. La feudalización de la
tierra tuvo sus antecedentes ya en la Roma imperial y se consolidó en las relaciones económicas de
la Edad Media. Por una parte era un vínculo de carácter político entre el Monarca o Rey y los
señores feudales por el cual se comprometían a un auxilio mutuo, otorgando protección el monarca
y contribuyendo con su ejército el señor feudal en casos de peligro de guerra. Por el otro lado era
una situación jurídica que suponía la otorgación y el respeto por el señorío que ejercía el señor
feudal en su feudo o propiedad. El feudo era un territorio bajo el dominio del señor feudal quien
ejercía funciones políticas, jurídicas, legislativas, tributarias, etc. en su territorio sin permitir la
ingerencia de otras unidades feudales y, en algunos casos, ni del propio Rey. El reparto de tierras
entre los señores feudales implicaba el vasallaje a favor de quien las otorgaba.
El feudalismo llega a su apogeo en el siglo IX y era una institución de derecho público y privado.
Público en cuanto a que el Señor era la única autoridad efectiva, y como tal, era el único que
impartía justicia, levantaba los ejércitos, cobrara tributos y acuñaba monedas. Y privado en cuanto el
vasallo quedaba ligado con su Señor y su feudo por medio del contrato de Vasallaje (sistema
señorial).
El Señor Feudal vivía en un castillo con toda su familia, criados y siervos en un feudo dividido en:
tierras Señoriales, tierras censuales y tierras comunales. Se estableció el Dominio Útil y del
Dominio Inminente o Dominio Directo. Durante esta época de la Edad Media y como resultado de la
organización feudal, nació el Parlamento. Esta tradición vino con los bárbaros quienes tenían por
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costumbre reunirse para discutir asuntos de interés común. Por ejemplo cuando el Rey pretendía
cobrar más tributos, los señores feudales demandaban al Rey primero la discusión del asunto en
asambleas antes de que el Rey pudiera imponer su voluntad. Como el Rey se encontraba
prácticamente a merced de los señores feudales, éste tenía que acceder y así nacieron los primeros
Parlamentos, el cual ha tenido varios nombres, a saber: Corte en España; Estados Generales en
Francia y Holanda y dieta en Alemania y Polonia pero en todas partes con las mismas
características. La población restante no tenía injerencia alguna en este asunto que era puramente
legislativa por lo que todo lo ejercía ese Parlamento delimitando así los poderes del Rey. Años
después esta institución se convirtió en la representación de la ciudadanía y fue la base de los
regímenes democráticos de los gobiernos.
3.2.- El régimen señorial.- Al interior de cada feudo, cada señor feudal, establecía
relaciones especiales con sus colonos que eran hombres libres generalmente campesinos. Asimismo
les otorgaba la tierra en calidad de usufructo a cambio de fidelidad y tributo al señor, así como el
servicio personal que se denominó servidumbre. Era un contrato por el cual el Señor concedía tierras
en usufructo a cambio del vasallaje del usufructuario. El vasallaje consistía en prestar el servicio
militar, presentarse a las asambleas judiciales y políticas a las que era convocado por el Señor. Del
mismo modo que el señor debía prestar auxilio militar al Rey, el siervo estaba obligado a prestar el
servicio militar.
3.3.- La servidumbre.- A finales del siglo III, un Edicto Imperial había ya establecido que
las personas que trabajaban la tierra debían permanecer en ellas para que no les fuera arrebatada. De
esta manera se fue consolidando la posesión de grandes extensiones de tierra a favor de los
terratenientes más ricos en tanto que los propietarios más pobres o con pequeñas extensiones de
tierra y aún los que no poseían nada, se asimilaron a los grandes terratenientes en busca de
protección. Este sistema consolidaría después el servilismo del siervo de la gleba.
Los siervos estaban obligados a permanecer en la tierra del señor y cultivar la misma en forma
gratuita; pues a cambio de ello el señor feudal les otorgaba una parcela de tierra en calidad de
usufructo para el sustento de su familia. Por esta parcela, el siervo se obligaba a pagar un tributo. La
tributación también comprendía el pago para obtener el permiso para casar a sus hijas, la utilización
de los molinos, las tasas por la herencia y otros servicios. El siervo de la época medieval, si bien era
considerado “hombre libre” a diferencia del esclavo de la Edad Antigua, tenía sin embargo muchos
derechos restringidos. Al siervo le era reconocido el derecho propietario, sucesorio y aún la
posibilidad de comprar su libertad si podía hacerlo.
3.4.- La desintegración del poder central.- Ya se dijo que con la invasión de los bárbaros el
Imperio centralizado de Roma se desintegró dejando en su lugar numerosas unidades políticas que
comenzaron a organizarse de acuerdo a sus propias necesidades. Los pueblos bárbaros asentados en
el antiguo territorio romano incorporaron sus propias organizaciones tribales, quizá con mucho, más
atrasadas que Roma, pero que le dieron a la Europa medieval su propia fisonomía. Se fragmentó el
territorio en pequeños feudos, cada uno con una organización diferente. Muchos de ellos se unieron
para formar un reino, con el único objetivo de protegerse de los ataques de otros pueblos. El periodo
de desorganización que siguió a la caída del Imperio Romano, se caracteriza justamente por la
feudalización o fragmentación del territorio y la incorporación de organizaciones políticas diferentes
basadas en el derecho local de los pueblos bárbaros con ciertas instituciones del Derecho Romano
que no desaparecieron del todo.
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3.5.- El mundo cristiano.- Gran parte de la historia de la Edad Media es la historia de la
lucha entre el Estado y la Iglesia. En la Edad Media lo que importaba era la unidad de los cristianos
como una gran sociedad donde el Estado venia a ser nada más el que cuidaba con celo los intereses
de la Iglesia.
Los Obispos, electos por el Papa, ejercían funciones religiosas y civiles por lo que en aquellos
momentos, la única que podía brindar a los individuos verdaderos tribunales que fallaran con
seriedad y conforme a derecho era la Iglesia. Algunos de estos tribunales trabajaban a base de un
procedimiento “inquisitivo”, donde las partes no tenían iniciativa, el juez dirigía las investigaciones
en secreto, el acusado no sabía siquiera de qué se le acusaba y por lo tanto no podía nombrar un
defensor, y las pruebas eran recibidas en secreto y a veces se obtenían éstas a base de tormentos.
Aun así, con todo sus defectos, estos procedimientos significaban un progreso ante los
procedimientos semi-bárbaros de los tribunales seculares a base de ordalías y combates judiciales.
Los Estados o no tenían tribunales o los habían dejado en manos de los señores feudales, quienes
impartían una justicia arbitraria e irracional. Como consecuencia la Iglesia asumió por medio de sus
tribunales, una serie de asuntos que no tenían nada que ver con la religión como las cuestiones de
familia, el estado civil, los delitos de perjurio, robo y todo asunto penal.
4.- Sistema legal de la Edad Media.- Durante la Edad Media se mezclaron las normas subsistentes
del Derecho Romano y el derecho local de los pueblos bárbaros. La Iglesia Católica, entidad
religiosa formalmente reconocida por varios estados medievales, reorganizó el Derecho y construyó
un cuerpo normativo y unos tribunales eclesiásticos que otorgaron cierta uniformidad y cohesión en
el manejo de las cuestiones legales en una época caótica y desordenada.
Los pueblos bárbaros conquistadores llegaron con su propio Derecho aun cuando los romanos tenían
el suyo propio de una civilización establecida. Ante este conflicto, la solución fue crear un sistema
personal de Derecho el cual consistía en que cada pueblo se rigiera por la ley a la que pertenecía. Por
lo tanto a la hora de dictar justicia el Juez debía consultar los textos romanos si el individuo era
ciudadano de Roma; establecer cuáles eran las costumbres de los pueblos germánicos y por último
debía de consultar las disposiciones o mandatos de los reyes bárbaros y si aparecía alguna norma
expresa ésta se aplicaba.
A la par de este derecho escrito fueron naciendo una gran cantidad de disposiciones que se conocían
únicamente por los medios orales causando gravedad en algunos países y obscureciendo al derecho
escrito quedando la fuente oral con mucha mayor importancia. Es decir, que la mayor parte de los
jueces no sabia leer. Así, cuando el derecho dejó de expresarse por medio de la escritura aparecieron
las viejas reglas basadas en las antiguas costumbres, o sea que la costumbre fue la única fuente viva
del derecho en ese momento. Este derecho rudimentario y atrasado que carecía de una autoridad que
se impusiera, llevó a Europa a caer en la anarquía del feudalismo ya que no había estados fuertes ni
ninguna autoridad que se impusiera. Todo esto llevó a Europa a vivir sin leyes ni tribunales por
varios siglos y en medio de aquella anarquía no se sabia quien tenia la autoridad y el poder: si el
señor feudal, la Iglesia o las autoridades de las comunidades locales.
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TEMA 11.- EL DERECHO BÁRBARO
1.- El derecho bárbaro.- Caído el Imperio romano de Occidente en el año 476, los reyes de los
pueblos bárbaros promulgaron una serie de leyes romano-bárbaras destinadas a regular las
relaciones con los vencidos. Innumerables fueron las leyes dictadas en cada feudo o reino lo que
significó la existencia de una gran confusión y la inseguridad de su aplicación. En muchos casos
tuvo como consecuencia la aplicación arbitraria de normas libradas al capricho del señor feudal.
Sin embargo de ello, hubo importantes cuerpos legales que fueron elaboradas justamente con el
objetivo de uniformar la jurisprudencia existente y acomodarla a las costumbres de cada pueblo
bárbaro. Con este objetivo algunos de estos pueblos recogieron la experiencia romana, de lo que
resultó un conjunto de leyes romano-bárbaras, que se denominaron así mismo Códigos Bárbaros.
2.- Principales documentos jurídicos.- Entre ellos los más importantes fueron los siguientes:
a).- Lex Romana Visigothorum o Ley Romana de los visigodos.- También conocida como el
Breviario de Alarico, Rey de los Visigodos que promulgó dicho Código en el año 506. Recogió las
opiniones de Gayo, Paulo y Papiniano, jurisconsultos romanos. Este Código sirvió para regular las
relaciones de los súbditos hispano-romanos y tuvo una larga vigencia.
b).- Lex Romana Burgundiorum o Ley Romana de los burgundios.- Fue una compilación de
leyes ordenada por el Rey Gundobardo para sus súbditos de un sector de Francia. Se basó
igualmente en la opinión de los jurisconsultos romanos incorporando también algunos preceptos del
Derecho consuetudinario de los borgoñones.
c).- Edictum Teodoricii o Edicto de Teodorico.- Teodorico, Rey de los ostrogodos ordenó realizar
una compilación para regular las relaciones entre romanos y ostrogodos. También tiene como base
los trabajos de los jurisconsultos romanos y algunos Edictos Imperiales.
d).- Otros textos legales.- entre otros textos legales, podemos señalar: La Ley Sálica Lex
Barbarorum, Lex Visigotorum (Código de Eurico), Ley Lombarda Lex Alamanorum (Ley de los
Alamanes, decretos capitulares de Carlomagno, etc.
3.- El Derecho Canónico.- Los orígenes del Derecho Canónico se remontan al Nuevo Testamento,
especialmente a los hechos de los apóstoles relatados por el Apóstol Pablo, donde se encuentran un
conjunto de ideas normativas de la vida espiritual y material de los cristianos. Como cuerpo
legislativo se originó en los Concilios a los cuales se incorporaron las leyes de los Padres de la
Iglesia reconocidos como autoridades canónicas. Después de la desintegración del Imperio Romano,
el Derecho Canónico se fue desarrollando a partir de las opiniones de los Pontífices, las cuales se
constituyeron en otra de sus fuentes importantes. Sin embargo, hasta el año 1916 las normas del
Derecho Canónico se encontraban aún confusas y confundidas con costumbres germanas aún no
integradas en un solo cuerpo normativo. La primera gran compilación la realizó un monje de nombre
Graciano, considerado por muchos como el padre del Derecho Canónico (año 1916). Sin embargo,
la verdadera elaboración del Derecho Canónico que incluía una confección armónica de todos sus
preceptos, fue la realizada por una Comisión recién en el año 1980 y promulgada por el Papa Juan
Pablo II el 25 de enero de 1983. A partir de entonces la Iglesia Católica cuenta con un Código de
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Derecho Canónico que sirve para regular todos los asuntos de la Iglesia y de ésta con todos sus
fieles.
Las normas de Derecho Canónico fueron una referencia importante para la administración de
justicia durante la Edad Media, pues a partir del reconocimiento que hizo el Emperador Constantino
el Grande, Emperador del Imperio Romano de Oriente de la religión cristiana como religión oficial
del reino; la Iglesia cristiana llamada luego Iglesia Católica por el carácter universal que asumía su
doctrina; fue uno de los pilares más importantes en el gobierno de los nuevos Estados de la Edad
Media y tuvo una gran influencia política en los mismos. Esta época se caracteriza por la presencia
justamente del Estado-Iglesia, cuya importancia histórica la precisaremos en el tema siguiente.
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TEMA 2.- EL CRISTIANISMO DE LA EDAD MEDIA Y SU INFLUENCIA EN EL
DERECHO
1.- Generalidades.- Todo el desarrollo de la Edad Media se debe a tres elementos importantes:
a) la herencia de la antigüedad greco-latina;
b) el aporte de los pueblos germanos recién llegados que invadieron todas las tierras y
c) la religión cristiana.
Se ha dicho anteriormente que la Edad Media inicia en el Siglo V hasta la desintegración del
Imperio Romano de Oriente, cuando se produce la caída de Constantinopla en el Siglo XV y se
divide en dos grandes etapas:
1.1.- Alta Edad Media.- Se extiende desde la formación de los reinos germánicos (siglo V)
hasta la consolidación del feudalismo (siglos IX y XII). Es considerado el “Renacimiento del siglo
XII”. Se desarrolla del pensamiento filosófico-religioso de Sto. Tomás de Aquino. Se fundan
Universidades, se intensifica la unidad de los países en torno a la religión, se desarrolla el sistema
legal de la Edad Media: el Derecho Canónico. La arquitectura religiosa –arte gótico- tiene un gran
impulso. La educación estuvo dominada por el escolasticismo –teología racional-. Se organiza el
Papado.
1.2.- Baja Edad Media.- Se extiende hasta el siglo XV. Se caracteriza por la disolución del
mundo medieval: conflictos entre Estado é Iglesia y el surgimiento de la Reforma Protestante. Con
el azote de la peste negra la situación de la Iglesia se agrava. En este periodo se sientan las bases del
nuevo Estado moderno: el mercantilismo, el crecimiento de las ciudades, la expansión territorial y el
florecimiento del comercio. Se desarrolla el pensamiento y la ciencia política, se inicia el nacimiento
de los estados europeos modernos
2.- La doctrina de Cristo.- Jesucristo creador de la religión cristiana, era según la tradición humilde
y pobre, siendo su padre un carpintero llamado José. Conocidos algunos chispazos de su primera
infancia, su crecimiento se pierde totalmente en la ausencia de recuerdos y de documentos, para
reaparecer solamente en la edad de su madurez, atrayendo a los judíos pobres tras de sus palabras
suaves y prometedoras y provocando una enorme agitación en Judea.
El cristianismo se separó del hebraísmo, pero sin romper radicalmente con él, sino buscando su
ensamblamiento. De ahí que al antiguo Testamento, que contiene íntegramente las tradiciones judías
primitivas se acople el nuevo Testamento, que contiene las innovaciones de Cristo y el cristianismo.
Desde luego hay una diferencia entre el hebraísmo y el cristianismo, en cuanto a la concepción de la
divinidad: en lugar de un Dios implacable, vengativo y severo hasta la exageración, que es el Jehová
de los Judíos, los cristianos proclaman a su Dios, lleno de bondad de amor y de misericordia.
Las enseñanzas de Cristo exaltaron el amor al prójimo, el perdón de las ofensas y de los enemigos,
la caridad, el arrepentimiento de los pecados y la consagración al bien; antepusieron a los pobres y
los humildes ante los ricos y poderosos en las preferencias de Dios; proclamaron también la
igualdad de los hombres ante Dios en un mundo ultra terreno. En cuanto al aspecto político,
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Jesucristo declaró la obediencia de los cristianos al poder temporal en todo cuanto no fuese contrario
a la ley de Dios; además, desvinculó la religión de la política al afirmar que “el reino de Dios no es
de este mundo, sino del más allá”.
En el siglo I, cuando Roma se convertía en una monarquía imperial, abandonando la antigua
tradición republicana, apareció el cristianismo en la lejana provincia de Galilea, entre los hebreos o
judíos. Los primeros adictos a esta doctrina que rápidamente se convirtió en una verdadera religión,
fueron la gente humilde del pueblo, empobrecida irremediablemente, los esclavos que deseaban su
liberación y los libertos que no encontraban acogida bondadosa en la sociedad. En este medio
social, ansioso de esperanzas de redención de su miseria moral y material, es donde el cristianismo
se propagó rápidamente. Por otra parte, el escenario donde surgió el cristianismo era sumamente
interesante. La provincia de Galilea, enclavada en Palestina que fue la “tierra prometida” donde se
establecieron los judíos, ocupaba en el Cercano Oriente una ubicación de empalme de las rutas que
unían al Occidente con el remoto Oriente; de ahí que Palestina hubiese sido siempre objeto de la
conquista de los imperios Orientales como Babilonia y, posteriormente del Imperio Romano. En el
siglo I era provincia Romana. El pueblo Judío, por estas circunstancias soportaba una doble
opresión: En primer lugar, la masa popular Judía, desde los tiempos que los hebreos lograron
establecerse en la “tierra prometida”, comenzó a soportar sobre si la opresión de una aristocracia
sacerdotal Judía que manejaba a favor de sus privilegios y de su enriquecimiento las leyes religiosas
de la aristocracia judía y, en segundo lugar, antes del siglo I, Palestina fue conquistada por las
legiones romanas y tuvo que someterse a la dominación de los “señores” del mundo, la cual
disgustaba tanto a la casta sacerdotal dirigente como al pueblo empobrecido. Fue en este sentido
que hizo su aparición el Cristianismo.
2.1.- Los evangelios.- La vida mitológica de Cristo y sus principios, así como la difusión y la
interpretación que les dieron a los apóstoles fueron recogidos en un libro llamado Nuevo
Testamento que fue agregado, como su continuación al Antiguo Testamento de los hebreos. En el
nuevo Testamento figuran los llamados evangelios, que son cuatro y cuyos autores son Mateo,
Marcos, Lucas y Juan. En estos libros, las enseñanzas del cristianismo fueron acomodadas ya no a
las condiciones del pueblo Judío doblemente oprimido por la teocracia nacional y por la autocracia
romana, sino a aquellas que tenían que sortear el cristianismo en proceso de rápido crecimiento, ante
un Estado que se le presentaba profundamente hostil.
3.- Constitución de la iglesia.- La obra de los apóstoles fue realmente edificante. Trasladándose de
una provincia a otra y recorriendo de ciudad en ciudad, al mismo tiempo que despertaban
inusitadamente las esperanzas de los humildes, de los esclavos y de los pobres en un mundo mejor,
iban organizando a todos cuantos se convertían al cristianismo en comunidades perfectas, donde los
fieles se reunían para escuchar la palabra de los enviados de Cristo, para orar y para efectuar los
ritos que ya habían surgido en la nueva religión.
Quienes ingresaban a una de estas comunidades debían renunciar a sus bienes, que no los
abandonaban, sino que los entregaban a la comunidad para que sirviesen para el sostenimiento
común. Los que trabajaban, tenían que llevar sus remuneraciones o sus salarios para reunirlos a la
masa común de recursos, a fin de que fuese la comunidad quien atendiese a las necesidades de sus
fieles que, de esta manera hacían vida en común y comían también en comedores comunes.
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Las comunidades cristianas primitivas no se limitaban a un poblado o a una ciudad únicamente, sino
que buscaban contacto con las de otras poblaciones o las propagaban a las regiones donde no
existían, de tal manera que toda la extensión del imperio romano se cubrió rápidamente de estas
organizaciones que unificándose constituyeron la “Eclessía” o iglesia cristiana.
La persecución contra los cristianos generó la necesidad de un modo de organización que las
preservara de la destrucción manteniéndolas fuertes y vigorosas. Al comunismo de los recursos
correspondía entonces el ejercicio de una amplia democracia práctica: la voluntad evidente de los
fieles elegía a sus autoridades espirituales que eran los Obispos (Episcopos), a sus autoridades
administrativas encargadas del manejo y distribución de los recursos y fondos comunes, que fueron
llamados diáconos, y a los encargados de la preparación del ritual y de los detalles del culto que eran
los presbíteros.
A partir del siglo II, el ingreso de patricios y ricos a las comunidades cristianas se hizo mucho más
frecuente y las asociaciones fueron aumentando también sus recursos, de tal manera que les fue
posible desafiar con vigor económico los ataques de la persecución del poder público, dando lugar al
surgimiento de los mártires.
4.- Constitución de la Iglesia.- La monarquía eclesiástica.- La creencia política en la ordenación
divina y eterna del imperio y la idea cristiana sobre el carácter universal de la Iglesia de Cristo,
como gobierno del mundo, determinaron la monarquía eclesiástica, cuyo cúspide es el Papa, que se
proclamó vicario de Cristo en la tierra, arrancando su origen desde el apóstol Pedro que fue elegido
por Cristo como su legítimo sucesor.
La traslación de la corte imperial a Bizancio ó Constantinopla, las invasiones bárbaras que
dirigiéndose a Roma, no encontraron resistencia sino en la acción de la iglesia cristiana, las
amenazas mahometanas al imperio de Oriente que hacen descuidar la atención de los problemas del
Occidente, finalmente, la fractura de la Iglesia Cristiana universal en iglesia Ortodoxa de Oriente e
Iglesia católica romana de Occidente a causa de la discusión sobre el culto de las imágenes, afianzó
la autoridad del Papa romano, no sólo como pontífice espiritual, sino también como gobernante
temporal.
Pero los reyes Longobardos o Lombardos amenazaron incorporar a sus dominios la ciudad de Roma
y el Papa se opuso, llamando en su auxilio a Carlos Martel con sus guerreros francos, los que
victoriosos de los Lombardos, entregaron al Papa el dominio temporal de las tierras no sólo
Lombardas, sino las del Emperador del Oriente en Italia, recibiendo así el sumo pontífice la
investidura de una fuerte y evidente autoridad temporal, con lo cual la monarquía eclesiástica estaba
vigente como una realidad política de aquellos tiempos.
Para afirmar esta monarquía, la elección del Papa que desde su origen fue democrática, porque el
pueblo y el clero de Roma participaban en la elección del Obispo de la ciudad, se tornó
posteriormente un privilegio de las mas notables familias feudales que corrompieron la elección.
Fue entregada en el siglo XI por un concilio, a los votos de un colegio de cardenales formado por los
más próximos a Roma y que posteriormente fue abarcando los de otros países y, finalmente, los de
todo el mundo católico.
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4.1.- Organización del papado.- El reconocimiento que hizo Constantino de la religión
cristiana, marca la afirmación de la iglesia como una organización jerárquica que es copia de la
monarquía romana. El clero, o sea el sacerdocio especializado en las cuestiones del culto cristiano,
se separa como un cuerpo particular de la sociedad, con derechos, privilegios y deberes especiales y
conforma una jerarquía con diferencia de preeminencia y autoridad.
Los Obispos habían tomado para sí la autoridad máxima en cada ciudad, pero los de las urbes mas
populosas e importantes, ejercían su influencia y después su autoridad sobre los de provincia. El
emperador Constantino convirtió por otra parte, al Obispo de Roma en su consejero oficial, por ser
Roma la capital del Imperio y por que el apóstol Pedro la proclamó como cabeza del mundo
cristiano. A medida que los bárbaros se introducían al Imperio de Occidente o se situaban en sus
fronteras fue el Obispo de Roma, más poderoso por su proximidad al Emperador, quien organizaba
y financiaba las misiones evangélicas para atraer a esos pueblos al cristianismo. Los Obispos y otras
autoridades que surgen, lo hacen como subordinados del Obispo de Roma.
Sin embargo, la tradición mística y la sencillez teológica del cristianismo primitivo, al influjo del
contacto con la religión pagana de Roma y más tarde, con las de los bárbaros, cambia su fisonomía y
modifica sus dogmas primitivos, surgiendo el peligro de su completa desviación. La iglesia, para
salvarse de este peligro, se afirma como una vigorosa organización centralizada para formar un
gobierno eclesiástico que logre formular y hacer cumplir un Derecho Canónico, sobre la guía del
Derecho Romano, con el objeto de mantener puro el dogma y también el culto de la iglesia.
En el siglo IV, ante la amenaza creciente de la herejía de Arrio, se reunió un Concilio general de
Obispos y autoridades eclesiásticas en Nicea, el que otorgó al Obispo de Roma, jurisdicción
suprema sobre las decisiones de los demás Obispos; en el siglo siguiente el Obispo de Roma fue
reconocido por el Emperador en esa supremacía y como tribunal de apelación en los asuntos de la
iglesia. Desde ese instante el Obispo de Roma se convirtió en Papa o sumo pontífice de la iglesia
cristiana de Occidente.
5.- El problema de las herejías.- EL crecimiento del cristianismo, aun siendo una comunidad
perseguida por el poder del Estado, creó el problema de las disidencias internas en cuanto a la
doctrina y a la apreciación de los principios primitivos de Cristo. La formación del clero cuyas
primeras dignidades fueron los Obispos, los Diáconos y los Presbíteros que proclamaron su
situación privilegiada intermedia entre Dios y los fieles, produjo las primeras oposiciones vigorosas.
En el siglo II apareció en el Asia menor un predicador cristiano llamado Montano, quién
mostrándose como interprete de los intereses y de la gente pobre y trabajadora del cristianismo,
exigió el establecimiento de la organización democrática y comunitaria que habían ostentado las
comunidades cristianas primitivas. Este pensamiento fue calificado como herejía, denominándose
así las tendencias que se oponían a los conceptos dominantes de la iglesia que mas tarde se
convirtieron en dogmas. Todo lo contrario al dogma, era herejía.
Durante el siglo IV la herejía más seria y que en un momento determinado amenazó con el derrumbe
total del cristianismo fue la desviación de Arrio. El Concilio de Nicea se ocupó de la cuestión de las
“herejías” y elevó los principios de la iglesia aprobados por sus más altas autoridades a la condición
de “dogmas” inmutables, infalibles e indiscutibles. Por tanto, para mantener la unidad de la fe y el
vigor de la iglesia había que combatir hasta su total extirpación las herejías que surgieran, lo mismo
que los herejes, sancionándose así la más secante intolerancia de la iglesia cristiana. Pero la
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cuestión de las desviaciones heréticas, que no desaparecieron, se convirtió en uno de los más
peligrosos problemas del cristianismo.
5.1.- La Inquisición.- Inquisición, institución judicial creada por el pontificado en la edad
media, con la misión de localizar, procesar y sentenciar a las personas culpables de herejía. En la
Iglesia primitiva la pena habitual por herejía era la excomunión. Con el reconocimiento del
cristianismo como religión estatal en el siglo IV por los emperadores romanos, los herejes
empezaron a ser considerados enemigos del Estado, sobre todo cuando habían provocado violencia
y alteraciones del orden público. San Agustín aprobó con reservas la acción del Estado contra los
herejes, aunque la Iglesia en general desaprobó la coacción y los castigos físicos.
Los inquisidores se establecían por un periodo definido de semanas o meses en alguna plaza central,
desde donde promulgaban órdenes solicitando que todo culpable de herejía se presentara por propia
iniciativa. Los inquisidores podían entablar pleito contra cualquier persona sospechosa. A quienes se
presentaban por propia voluntad y confesaban su herejía, se les imponía penas menores que a los
que había que juzgar y condenar. Se concedía un periodo de gracia de un mes más o menos para
realizar esta confesión espontánea; el verdadero proceso comenzaba después.
Si los inquisidores decidían procesar a una persona sospechosa de herejía, el prelado del sospechoso
publicaba el requerimiento judicial. La policía inquisitorial buscaba a aquellos que se negaban a
obedecer los requerimientos, y no se les concedía derecho de asilo. Los acusados recibían una
declaración de cargos contra ellos. Durante algunos años se ocultó el nombre de los acusadores, pero
el papa Bonifacio VIII abrogó esta práctica. Los acusados estaban obligados bajo juramento a
responder de todos los cargos que existían contra ellos, convirtiéndose así en sus propios
acusadores. El testimonio de dos testigos se consideraba por lo general prueba de culpabilidad.
Los inquisidores contaban con una especie de Consejo, formado por clérigos y laicos, para que les
ayudaran a dictar un veredicto. Les estaba permitido encarcelar testigos sobre los que recayera la
sospecha de que estaban mintiendo. En 1252 el papa Inocencio IV, bajo la influencia del
renacimiento del Derecho romano, autorizó la práctica de la tortura para extraer la verdad de los
sospechosos. Hasta entonces este procedimiento había sido ajeno a la tradición canónica.
Los castigos y sentencias para los que confesaban o eran declarados culpables se pronunciaban al
mismo tiempo en una ceremonia pública al final de todo el proceso. Era el sermo generalis o auto
de fe. Los castigos podían consistir en una peregrinación, un suplicio público, una multa o cargar
con una cruz. Las dos lengüetas de tela roja cosidas en el exterior de la ropa señalaban a los que
habían hecho falsas acusaciones. En los casos más graves las penas eran la confiscación de
propiedades o el encarcelamiento. La pena más severa que los inquisidores podían imponer era la de
prisión perpetua. La entrega por los inquisidores de un reo a las autoridades civiles, equivalía a
solicitar la ejecución de esa persona.
6.- Pensamiento sobre el Estado –Iglesia de la Edad Media.- El poder y la fuerza que demostró la
Iglesia durante los tiempos de persecución juntamente con su disciplina, contribuyeron
indudablemente al reconocimiento de su legalidad y su proclamación posterior como religión oficial
del imperio en el año 313 por el Emperador Constantino asegurando así a favor del Estado la férrea
disciplina de la Iglesia. Ésta consolidó su autonomía en el gobierno espiritual de las almas de los
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cristianos. Nació, entonces, la concepción de que el Estado era similar a la contextura y las
facultades corporales del hombre, y la Iglesia contenía sus facultades morales y espirituales.
El Estado, al declarar oficial a la Iglesia, se despojó de la antigua prerrogativa por la cual el Estado
era, no solo la fuente de todo derecho, sino también de toda autoridad religiosa; facultad que fue
transferida a la Iglesia. Ahí estuvo la solución del conflicto de la doble lealtad, porque en un estado
cristiano con su iglesia cristiana como auxiliar, el creyente podía cooperar con entera libertad, como
ciudadano o como soldado al Estado, sin perder su calidad de cristiano. Por su pare, el estadista
cristiano tenía el deber de lealtad a Dios y en este sentido, no podía presenciar indiferente la
existencia o propagación de cualquier doctrina contraria o distinta a la Iglesia, o sea cualquier
herejía, y debía hacer lo posible por cambiarla si es que la autoridad espiritual del sacerdocio era
impotente o descuidaba hacerlo.
6.1.- Antagonismo del poder espiritual y del poder temporal.- El engrandecimiento de la
Iglesia preocupó al Estado y se crearon movimientos para devolver al Estado el dominio y
administración, lo que culminó en un gran conflicto llamado: La Lucha de las Investiduras (lucha
entre el Estado y el Papado). Por un lado la Iglesia pretendía mantener su autoridad en el
nombramiento de los obispos, una suprema potestad sin intervenciones extrañas así como la
vigencia absoluta de los decretos papales. Por el otro lado el Estado se defendía rechazando el
derecho que tenia el Papa de deponer a los gobernantes e interviniendo en cuestiones que eran
exclusivas de la Santa Sede, por lo que proponían no solo intervenir en el nombramiento de los
obispos sino del mismo Papa, y si fuera el caso quitarlo del cargo.
Para someter a los reyes el Papado tenia dos poderosas armas espirituales en sus manos como era la
Excomunión y el Entredicho. Para contrarrestar esta situación los reyes encontraron armas también
con grandes efectos, como lo fue convocar a un concilio universal. El Concilio era una especie de
parlamento de la Iglesia al que concurrían todos los Obispos, doctores en teología, delegados de los
reyes cristianos, convocados por el Rey y más tarde por el Papa para tratar diversos asuntos de la
Iglesia. De acuerdo con su importancia reciben diversos nombres: Ecuménico, Diocesano,
Provincial, Plenario.
La Santa Sede y los Reyes fueron llegando a convenios que ponían fin a las antiguas luchas sobre
cobros de tributos, nombramientos de obispos y jurisdicción de tribunales; estos convenios o
tratados entre la Iglesia y el Estado se les llamo Concordatos. El solo hecho de que el Papa los
firmara significaba que abandonaba definitivamente pretensiones de la Iglesia y reconocía en el
Estado a una entidad independiente con esfera de acción propia. Ya no se trataba de dictar reglas al
Estado o a la Iglesia, sino de fijar los límites que a cada uno les correspondía.
6.2.- Teoría de las dos espadas.- Teoría esbozada por el Papa Gelasio I que afirmaba que
los asuntos espirituales y la salvación eterna del alma quedan bajo la dependencia y guarda de la
Iglesia y fundamenta las atribuciones del clero para ocuparse de la enseñanza; en cambio, los
asuntos temporales y la guarda del orden, la justicia y la paz están a cargo del gobierno secular y son
las obligaciones correspondientes a los magistrados. Entre ambos órdenes debe existir la
cooperación mutua. Sin embargo, por ser su función la salvación de las almas hasta de los más
insignificantes súbditos del Estado, así como de los gobernantes, la Iglesia ocupa siempre una
posición espiritualmente superior.
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EL enunciado anterior se expuso con la denominación de “teoría de las dos espadas”, relativas al
poder sacerdotal o “sacerdotium” y el poder imperial o “imperium”. Cristo en su advenimiento al
mundo terreno entregó dos espadas a su Vicario que es el Obispo máximo de la iglesia o sea el Papa,
que tiene en sus manos la soberanía eclesiástica. Esas dos espadas representan el gobierno general
del mundo, en lo espiritual y en lo temporal. El soberano eclesiástico, a su vez, entrega una de las
espadas, la del gobierno temporal o secular, al gobernante del estado, y de éste hecho surge la
condición dependiente del gobernante temporal con relación al soberano eclesiástico y de ahí
también la supremacía del pontífice de la iglesia sobre el gobernante de Estado.
Por eso es que fue un principio tradicional durante toda la Edad Media este de las Dos Espadas y de
la doble jurisdicción: la del rey o emperador sobre las cosas temporales, así fueran los bienes
materiales del clero, y de la Iglesia sobre los asuntos espirituales, en los cuales el Emperador y los
reyes deben subordinar su voluntad a los sacerdotes, porque tienen que aprender antes de enseñar.
De ahí resulta que la responsabilidad del sacerdote es mucho mayor que la del gobernante civil, por
cuanto el día del juicio final, el primero deberá responder ante Dios de las almas de todos los
cristianos, inclusive de la del gobernante. La teoría de las “dos espadas” se presenta, con su
enunciado, como el instrumento con el cual la Iglesia pretende imponer su supremacía sobre el
Estado, estableciendo un Estado-Iglesia universal.
6.3.- San Ambrosio de Milán.- El primero, de entre los llamados padres de la Iglesia, que
sostuvo que en materia espiritual la iglesia tiene jurisdicción sobre todos los cristianos incluyendo al
Emperador, quien es solamente hijo de la Iglesia y no su superior fue Ambrosio de Milán.
Desarrollando su tesis, afirma Ambrosio de Milán que en materia de fe religiosa, los Obispos son
jueces de los Emperadores, y no estos de los Obispos. Pero si bien explica esta situación, este padre
de la Iglesia no admite el derecho de resistencia al gobernante civil. Repudia francamente todo
derecho a resistir por la fuerza la ejecución de los mandatos del Emperador, por que el origen del
poder de éste, es de carácter divino.
6.4.- San Agustín.- El pensador cristiano más notable de esta época es Aurelio Agustín (San
Agustín), que alcanzó su celebridad cuando era obispo de Hipona en el África. Agustín era africano
de nacimiento y de carácter ardiente y apasionado en su juventud fue pagano, para hacerse después
maniqueo, siendo el maniqueísmo una tendencia religiosa derivada de la religión pagana persa de
Saratustra. Pero insatisfecho con el maniqueísmo se convirtió finalmente al Cristianismo.
Agustín concibió la comunidad cristiana como la culminación del desarrollo espiritual del hombre.
En el año 410 los ejércitos Visigodos de Alarico asaltaron y saquearon la ciudad de Roma y los
paganos acusaron al Cristianismo de ser la causa de la decadencia de aquella ciudad y de su saqueo
por los Visigodos. Agustín escribió entonces, en defensa del Cristianismo, su famoso libro “La
ciudad de Dios”, donde sostiene que la decadencia y el saqueo de Roma, se debían a los resabios del
paganismo que aún la dominaban.
6.4.1.- La Ciudad de Dios.- Aurelio Agustín expone en este libro su teoría de las dos
ciudades: la ciudad terrena y la ciudad de Dios. El hombre participa de ambas, porque la naturaleza
es doble: es cuerpo y es espíritu o alma. Sus intereses ofrecen una dualidad en la que los intereses
terrenos están concentrados junto a la materia corporal y los intereses espirituales y ultra terrenos se
ubican en torno al alma.
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La coexistencia de estas dos ciudades con sus respectivos intereses, no es pacífica, sino que significa
una constante lucha entre los impulsos de la materia, los apetitos propios de la naturaleza humana
inferior y los esfuerzos por alcanzar la paz celestial y la salvación eterna del alma o espíritu. La
primera es la ciudad terrena que es el reino de Satán inaugurado con la rebelión de los ángeles
encabezados por Luzbel, en el Edén, y se encarna en los primeros imperios paganos, en el pueblo
escogido, el pueblo hebreo. Roma apareció por eso: por que era representación de la ciudad terrena,
o sea la ciudad del diablo.
Aurelio Agustín lleva más lejos su análisis de las dos ciudades, a las que no considera separadas en
su existencia, sino conviviendo juntas. Los imperios paganos son la representación genuina de la
ciudad terrena o del diablo y la Iglesia es la representación de la ciudad de Dios en este mundo.
La condición a que llega Agustín después de esta construcción fantástica es que todo Estado tiene
que ser cristiano y jamás pagano o infiel. Cualquier gobierno que no tenga ninguna relación con la
Iglesia o que sea contrario a esta, es un Estado inevitablemente injusto. En consecuencia, Agustín
afirmó la autonomía de la Iglesia en asuntos espirituales y la presencia en todo Estado, de un orden
clerical, circunstancia que permite la independencia del Estado y la Iglesia en los asuntos peculiares
de cada uno, pero su unidad en cuanto a materia religiosa. Además el Estado que tiene en sus manos
el aparato coactivo, tiene que estar al servicio de la Iglesia para la propagación de la fe y de la
persecución o represión de todo movimiento desviacionista o herético.
7.- El corpus juris canonicii o Derecho Canónico.- Según la definición de Eichmann, citada por L.
A. Gardella, en sentido objetivo, “el sistema de normas jurídicas que regulan las regulaciones
internas y externas de la iglesia, y que aseguran las condiciones de la comunidad de la vida cristiana
para cumplir los fines de la constitución”, y, en sentido subjetivo, “las facultades atribuidas por el
derecho objetivo a los miembros de la iglesia, clérigos y legos”. En lo que se refiere a las relaciones
internas de la iglesia, su importancia guarda relación con la mayor o menor aspiración católica de
los países al que se refiere. Su codificación constituye el Corpus Iuris Canonici.
El Código de Derecho Canónico promulgado en 1983 por el papa Juan Pablo II especifica la
legislación por la que debe regirse la Iglesia católica desde esa fecha. El Código de Derecho
Canónico de 1983 está integrado por siete libros que constan de un total de 1.752 cánones. Cada
libro se divide en dos títulos, pero en los libros más extensos los títulos se agrupan en partes e
incluso en secciones. El Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica tiene competencias para oír
quejas contra las sentencias de la Rota o cualquier otro acto de un poder eclesiástico administrativo
que alegue error de ley o de procedimiento. El Código concluye con una sección de procedimiento
administrativo. En cada diócesis se puede establecer, de forma permanente, un consejo diocesano
con poder para resolver las disputas surgidas del ejercicio de la autoridad administrativa en la
Iglesia. Hay un procedimiento especial para el traslado y cambio de párrocos.
Las leyes de la Iglesia, al igual que las del Estado, ligan a sus súbditos en conciencia. La obligación
en conciencia no surge, de forma inmediata, de las propias leyes, sino del plan divino, dentro del
cual el individuo considera que vive tanto en una sociedad civil como eclesiástica. La Iglesia y el
Estado son jueces de lo que es necesario para alcanzar el bien común. Sus leyes llevan consigo una
obligación legal de mayor o menor peso, dependiendo de la importancia de los estatutos específicos
para alcanzar esos fines.