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Cartagena de Indias D. T. y C.
18 de Marzo de 2014
Doctor
VICENTE BLEL SCAFF
Presidente
CONCEJO DISTRITAL DE CARTAGENA
Ciudad
REF: PROYECTO DE ACUERDO “MEDIANTE EL CUAL SE CREA E
INSTITUCIONALIZA EN EL DISTRITO DE CARTAGENA EL MES DE LA DE
PREVENCIÓN DE MUERTES POR CÁNCER DE CÉRVIX Y CÁNCER DE MAMA EN
LAS MUJERES”.
EXPOSICION DE MOTIVOS
INTRODUCION
El enorme problema de salud que significa en la actualidad el cáncer de mama
y de útero se refleja en el hecho que "en América Latina y el Caribe casi
300.000 mujeres mueren anualmente por esta enfermedad". En otras
palabras, esta neoplasia causa la muerte de 83 mujeres por día, esto quiere
decir, que cada hora fallecen tres mujeres víctimas del cáncer de mama y de
útero. El cáncer de mama es la primera causa de muerte mundial y la segunda
causa en Colombia. Si estas cifras son de por sí alarmantes, más preocupante
aun es que la prevención primaria de esta neoplasia maligna continúe siendo
difícil de lograr y que hoy en día se ponga en tela de juicio el valor real de una
medida de detección temprana que siempre se ha considerado de gran utilidad
práctica: en Cartagena y bolívar no existe un programa integral, sostenible por
parte del estado sobre el autoexamen mamario,(el examen periódico de la
mama por las propias mujeres), y la citología las cuales han resultado
ineficaz, según parecen indicar las altas tasas de mortalidad. Por otro lado, no
se han realizado ensayos para evaluar los beneficios de las exploraciones
clínicas de las mamas, y útero aunque se admita que puedan resultar
benéficas por tal razón haciendo uso de la constitución, del plan de
desarrollo ahora si Cartagena y las estadísticas de muerte por cáncer en el
distrito proponemos llegar a los barrios para lograr la mayor cobertura posible
en la lucha con esta patología.
 MARCO LEGAL: CONSTITUCIONALIDAD Y LEGALIDAD
 Constitución Política
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* ARTICULO 49. La atención de la salud y el saneamiento ambiental son
servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el
acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la
salud. Toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud
y la de su comunidad.
* ARTICULO 44. Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la
integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su
nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado
y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su
opinión (…)
Leyes
* Ley 1384 de 2010. Ley Sandra Ceballos, por la cual se establecen las
acciones para la atención integral del cáncer en Colombia.
Artículo 6°. Acciones de promoción y prevención para el control del cáncer. Las
Entidades Promotoras de Salud, los regímenes de excepción y especiales y las
entidades territoriales responsables de la población pobre no asegurada, las
demás entidades de asegura-miento y las Instituciones Prestadoras de
Servicios de Salud públicas y privadas, deben garantizar acciones de
promoción y prevención de los factores de riesgo para cáncer (…) (Subrayado
fuera del texto)
 Plan Nacional para el Control del Cáncer en Colombia 2012-2020
"El propósito del plan es posicionar en la agenda pública el cáncer como un
problema de salud pública y movilizar la acción del Estado, la acción
intersectorial, la responsabilidad social empresarial y la corresponsabilidad
individual para el control del cáncer en Colombia”.
En Colombia, la salud es un derecho humano inalienable, elevado a la
categoría de bien público, según la Constitución política de 1991. En el marco
de estos derechos están incluidos los relacionados con la salud sexual y
reproductiva, reconocidos en las leyes nacionales, documentos internacionales
y otros. El enfoque de derechos, aplicado a la prevención y control del
cáncer de mama, tiene como objetivo principal mejorar la calidad de vida a
nivel individual, de parejas y de la población en general a través de la
prestación de servicios integrales de salud.
La resolución 412 del año 2000 exige al clínico ordenar pruebas de tamizaje
para algunos tipos de cáncer, desafortunadamente en la mayoría de los casos
esto no se cumple, razones que propician a que los pacientes lleguen a la
consulta, en muchos casos con la enfermedad estadio avanzado, trayendo
como consecuencia los altos índices de morbimortalidad.
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Nuestro proyecto está enmarcado dentro de estas políticas nacionales teniendo
como base la ley 100 de 1993, ley 715 de 2001, ley 1122 de 2007,
y resolución 412.
 EJES, POLÍTICAS, ESTRATEGIAS Y PROGRAMAS DE DESARROLLO
Las políticas públicas distritales constituyen el conjunto de decisiones y
acciones del Gobierno Distrital que desean dar respuestas a los problemas
que afectan el desarrollo de las comunidades del Distrito de Cartagena de
Indias. Constituirán puentes entre el presente y el futuro desarrollo del Distrito
a la vez que medios para alcanzar los objetivos estratégicos del Plan de
Desarrollo Distrital ahora si Cartagena 2013 – 2015. Como tales señalarán el
rumbo hacia el cual es necesario trabajar de manera permanente para lograr
construir la visión o futuro deseado. Para efectos del presente plan, las
políticas públicas distritales se agruparán en los siguientes campos estratégicos
de gestión e inversión:
 “AHORA SI CARTAGENA” INCLUSIÓN SOCIAL
“Asociada con las políticas que buscan la justicia social y la reducción de la
pobreza y la
Pobreza extrema, se desplegará toda la oferta institucional tendiente a mejorar
las condiciones de vida de los cartageneros y cartageneras, en especial de los
más pobres.
Se establecerá un modelo de convivencia basado en derechos y oportunidades
para
Todos los habitantes, sin distingos de raza, género, edad, orientación sexual,
estrato socio Económico, condición o situación. Por ello la educación, la salud,
la seguridad y
Convivencia ciudadana, las políticas sociales, el deporte, y la cultura, entre
otras se
Convertirán en las estrategias para generar prosperidad y calidad de vida en el
distrito de
Cartagena” (Plan de desarrollo ahora si Cartagena).
Para efectos del presente Plan, defínase como “INCLUSION SOCIAL ”
al conjunto de políticas distritales que fomentan prácticas de equidad y
cohesión social en la distribución de los recursos públicos disponibles,
orientadas a crear prosperidad para las familias cartageneras con principios de
igualdad, libertad, justicia distributiva, participación social y respeto a la
vocación social y productiva. En este sentido, la inclusión social resultará de la
efectividad en la gestión de las metas de las políticas y programas que
superen los rezagos de las familias cartageneras en los servicios básicos y
vivienda, y en la ampliación de oportunidades en educación, salud, empleo e
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ingresos entre los segmentos sociales menos favorecidos. Consecuente con lo
anterior, las políticas de desarrollo social del Gobierno Distrital tendrán como
finalidad mejorar las condiciones de desarrollo humano y disminuir
la marginación y pobreza mediante la implementación de acciones para
atender a la población con mayor vulnerabilidad de sus derechos,
principalmente de las siguientes zonas de pobreza: suroriental de la Ciénaga
de la Virgen; suroccidental industrial y de la bahía, perimetral del cerro de la
Popa y del caño de Juan Angola y de las Unidades Comuneras de Gobierno
rurales. Para lograr los propósitos del desarrollo social incluyente, defínanse
las siguientes políticas públicas distritales:
 ESTRATEGIA
 SALUD
Se pretende implementar un modelo de salud incluyente, privilegiando la
prevención e
Insistiendo en la universalidad en el cubrimiento, donde se brinde un servicio
humanizado
Por parte de los profesionales de la salud de los centros y puestos de salud. Se
hará
Especial énfasis en la atención primaria, a los infantes y maternas y el acceso
sin
Restricciones a los usuarios del servicio. Así mismo, se gestionará la inclusión
de la
Cátedra de salud pública en los colegios oficiales con miras a disminuir la morbi
mortalidad
En Cartagena.
Se procura consolidar la promoción y adopción de estilos de vida saludables
que incluyen
La formación desde la escuela, en las comunidades para desarrollar hábitos y
Costumbres sanas, siendo la práctica del deporte y la recreación comunitaria
un eje
Fundamental para este fin. De igual forma, se controlarán y mitigarán los
factores de
Riesgo para la salud que existen en el hogar, los sitios de trabajo y el espacio
público, a
Través de la implementación del Plan Distrital de Salud Pública “Ahora Sí
Cartagena
Saludable”, que se constituye en parte integral del presente Plan de Desarrollo
“Ahora Sí Cartagena 2012 – 2015”.
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Salud Sexual y Reproductiva (Plan de desarrollo ahora si Cartagena) pág.
135
La salud sexual y reproductiva de los cartageneros, ha sido siempre un reto
importante en
El desarrollo de programas de prevención de enfermedades y promoción de la
salud, si
Se tiene en cuenta que hay factores de riesgo plenamente identificados que así
lo obligan
Y que a pesar de haber trabajado para su disminución, persisten, como el caso
del
Aumento de la explotación sexual infantil, la iniciación de relaciones sexuales
de una
Manera temprana, el desconocimiento o poca aplicación de conocimientos
hacia prácticas
Sexuales sanas de protección de pareja, la promiscuidad.
Se realizarán acciones que pretendan mejorar la salud sexual y la salud
reproductiva de
Los cartageneros, promoviendo prácticas y conductas protectoras para el
ejercicio de una
Salud sexual y reproductiva sana, segura y responsable, que permita disminuir
índices de
Infecciones de Transmisión Sexual, VIH-SIDA, abortos y embarazos no
deseados y
Reducir la mortalidad por cáncer de seno, útero y próstata así mismo detectar,
prevenir y
Atender integralmente a través de los servicios que garantiza el Sistema
General de
Seguridad Social en salud a las mujeres, niños y niñas víctimas de violencia, e
Implementar mecanismos para hacer efectivo el derecho a la salud.
No olvidar el papel protagónico de la mujer: La política pública de mujeres se
construyó en el año 2008 en un proceso concertado y participativo de las
organizaciones sociales, de mujeres, organizaciones mixtas, academia,
gremios, población diferenciada, entre otros. El reconocimiento del papel de la
sociedad civil en la gestación de este proceso es fundamental. La Política
Pública de Mujeres es la principal herramienta que tiene la administración
pública a través de un proceso transversal entre sus diferentes sectores para
generar acciones de transformación social, político, económico y cultural que le
permita a las mujeres su reconocimiento, incorporar la perspectiva de género
en la formulación de los planes de desarrollo Distrital y local, así como en su
ejecución, seguimiento y evaluación. Dicha política Pública se enmarca en
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SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA. Promoción de acciones para mejorar las
condiciones de salud de las mujeres, el acceso a los servicios, disminución de
la mortalidad materna, prevención de enfermedades, cáncer de seno, cáncer
de cuello uterino, VIH Sida entre otros
Atentamente,
Presentado por
CONCEJALES BANCADA DE LA U
CESAR PION GONZALEZ
DUVINIA TORRES COHEN
WILLIAN PEREZ MONTES
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ACUERDO No.
“MEDIANTE EL CUAL SE CREA E INSTITUCIONALIZA EN EL DISTRITO
DE CARTAGENA EL MES DE LA DE PREVENCIÓN DE MUERTES POR
CÁNCER DE CÉRVIX Y CÁNCER DE MAMA EN LAS MUJERES”
EL CONCEJO DEL DISTRITO DE CARTAGENA DE INDIAS,
En uso de sus facultades y atribuciones constitucionales y legales, en especial
las conferidas por LA CONSTITUCION Y LA LEY 136/93, LEY 1617 DE FEBRERO
DEL 2013
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Crease e institucionalícese en el Distrito de Cartagena
de indias, el mes de octubre mes de la prevención de muertes por cáncer de
cérvix y cáncer de mama en las mujeres, la cual se realizará durante todo el
mes de septiembre de cada año.
ARTÍCULO SEGUNDO: El departamento administrativo de salud “DADIS”,
pondrá a disposición de la población femenina en este mes, todos los
programas existentes a nivel Nacional y Distrital de acuerdo con la
normatividad vigente, sin perjuicio de las actividades que en forma
permanente deba desarrollar la Entidad responsable.
ARTICULO CUARTO: Corresponde a los alcaldes
presupuestados la realización de las actividades
gestionar
y
dejar
ARTICULO QUINTO: El presente acuerdo rige a partir de su publicación.
PRESEBNTADO POR:
CESAR PION
BANCADA DE LA U
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