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CONTROL SOCIAL Y CRIMINALIDAD
Por Lenin Salinas Betancourt
Agente Fiscal Distrital de El Oro
Profesor de Derecho Penal de la Escuela de Derecho de la Universidad de Machala
1. INTRODUCCIÓN
Los discursos emergentes en nuestro país a propósito de una llamada “avalancha
delictiva” y los planes de “seguridad ciudadana” que en tal efecto se propugnan,
refinados con la propuesta siempre latente del principio de “intervención mínima”
invertido por el de “intervención máxima” del IUS PUNIENDI del Estado, en la
mayoría de los conflictos individuales, sociales o estatales, son un reflejo de una suerte
de “venta en baratillo” de ilusiones falsas que, por suerte, no son publicitadas por los
cultores del conocimiento, sino por agencias de diferente índole que pretenden haber
encontrado la cura para todo mal, y que pretende entronizar a la PENA y todo el
andamiaje logístico que se mueve alrededor de dicha creación como la solución ante
dichos males. Esto nos permite hacer ciertas reflexiones generales, en el marco de una
categoría social cuyos orígenes no necesariamente nos ha permitido deslegitimar el
sistema imperante, sino en cuanto se lo ha focalizado alternativamente, hasta adoptar
posiciones de corte radical: El control social, entendido como conjunto de mecanismos
formales o informales que posibilitan la regulación de la conducta de los componentes
sociales, y su direccionamiento teleológico como mecanismo de poder.
Desde este punto de vista, a través del presente trabajo, establecemos un acercamiento a
los orígenes de dicha categoría, para aportar con algunas ideas básicas de corte radical
que explican la naturaleza social del control social, una aproximación a las formas de
control social y como se manifiestan éstas en la sociedad, para luego descender al
ámbito del sistema penal, y su explicación funcional en nuestra sociedad, como
mecanismo de control social por excelencia, dada su aplicación y direccionamiento en
el ámbito formal o institucionalizado; y, la irradiación del mismo, que se manifiesta en
un sistema carcelario inhumano y degradante, hacinado de gente alejada del poder y a
quienes la sociedad no le ha brindado las oportunidades necesarias para su desarrollo
integral como personas.
2 ANTECEDENTES:
El control social, originalmente surge como una especie de mecanismo que posibilita la
autorregulación del orden social a través de mecanismos informales que surgen del
propio seno social. Así entonces, surge dicha categoría en el marco de las teorías
dirigidas a establecer el consenso social como ente natural de convivencia y
reproducción de las relaciones sociales, hasta ir adoptando posiciones más adaptables a
la época y al desarrollo epistemológico y científico del saber. En Ese sentido: Antonio
García Pablos de Molina dice –refiriéndose a las teorías del control social-: “Según
estas, todo individuo podría actuar criminalmente, si bien dicho potencial delictivo es
neutralizado por sutiles vínculos sociales que reclaman de aquel una conducta
conformista. Cuando fracasan dichos mecanismos de control, quiebra su lógico
sometimiento al orden social y se produce el crimen.1. Respecto de los antecedentes del
control, social Pedro Oliver Olmo dice que:
“La razón de la indeterminación historiográfica del control social está en la propia historia
decadentista de un concepto indudablemente sociológico y de raíz positivista que, aunque
fue ya utilizado por Herbert Spencer, nació como tal a finales del siglo XIX a partir de la
sociología integracionista de base durkheimiana, para cobrar fuerza a principios del siglo
XX y llegar a ser considerado un concepto central en la teoría social, tan preocupada
entonces por los efectos desintegradores del orden social que provocaban la expansión del
capitalismo industrial y el desarrollo del imperialismo. Tal y como expuso Morris Janowitz
(uno de los más destacados renovadores de la noción de control social consensual),
semejante preocupación sociológica y política no era flor de un día, seguía la estela misma
de la primera sociología de Auguste Comte, la que a fin de cuentas había nacido para
analizar los efectos de la industrialización en el “orden moral” de la sociedad. Después, ya a
mediados del siglo XX, las primeras teorías que analizaban el control social y la
desorganización social en el marco de la llamada Escuela de Chicago cedieron el paso a las
teorías funcionalistas norteamericanas de Parsons y Merton, así como a la Teoría de
Sistemas de Niklas Luhmann (más aún en Europa, una zona que fue mucho más proclive
GARCÍA PABLOS DE MOLINA: Antonio: CRIMINOLOGÍA – Una Introducción a sus fundamentos
teóricos para juristas. Tercera Edición. Edt. Tirant lo blanch. Valencia – España 1996. Pág. 215.
1
que la norteamericana a entender la noción de control social en términos de control formal
penal y punitivo). Y más tarde irían tomando cuerpo otras perspectivas del control social
alternativas y muy diferentes, desde las teorías de la desviación social de un E.H.
Sutherland a las de la reacción social y el etiquetaje de Lemert, Matza, Goffman, y las más
radicales de la criminología crítica marxista y las teorías conflictuales (sin olvidar el
impactante efecto del revisionismo radical de Foucault).
“El control social, según su enfoque primigenio, es el resultado de la acción de la
sociedad a través de las normas informales que regulan las relaciones interpersonales,
las cuales, al interactuar con un Estado que precisamente se pretende poco
intervensionista y escasamente controlador, generan la autorregulación del orden social.
Así se fue conformando esa noción desde finales del siglo XIX y durante las primeras
décadas del siglo XX, tan marcadas por los desequilibrios del cambio social. Aun con
diferentes orientaciones y prognosis, las preocupaciones esenciales de los pioneros del
control social (desde E.A. Ross, autor de la influyente obra Control social: un estudio
de las fundaciones del orden publicada nada más empezar el siglo XX; hasta R.E. Park
y otros miembros de la Escuela de Chicago muy preocupados por los efectos
desintegradores de la relación social en la ciudad y pioneros del análisis de la influencia
de los medios de comunicación como agentes de control social; y el ya citado M.
Janowich, quien remarcó que el control social debe asociarse a políticas de bienestar y
de democracia social), y, en fin, la gran mayoría de los sociólogos del control social
anteriores a la teoría de sistemas, se centraban en la cuestión del mantenimiento de la
cohesión social evitando los efectos más peligrosos de la industrialización capitalista en
su fase de expansión e imperialismo. Al igual que las tesis de la modernización, las
teorías del control social concluían que el desorden llevaba necesariamente al delito y a
la guerra de clases, por lo que para evitarlo se debían activar las instituciones de control
que genera la propia sociedad (entre las cuales Ross consideraba el papel de las agencias
formales pero para destacar la importancia de las informales, desde “la ley” hasta “el
arte” y “la educación” o “las costumbres” pasando por “las creencias”, “la sugestión
social”, “las ceremonias” y el ejemplo de “las personalidades dominantes y únicas”
junto a la proyección de “las ilusiones” de la gente). Estas ideas se irán aquilatando con
las aportaciones del interaccionismo simbólico de G.H. Mead y los procesos de
internalización del control social. Se trataba de una variedad de agentes que
socializaban a los individuos al tiempo que conseguían un vasto objetivo comunitario:
el autocontrol. La auto-policía. Un orden social autorregulado en una sociedad
democrática y capitalista. Tal es el modelo clásico de la noción de control social que
elaboró la sociología anglo-norteamericana, el cual, con algunas variantes y evoluciones
hasta los años cuarenta del XX, fue también soporte académico de determinadas
propuestas programáticas del Partido Demócrata y de algunas otras políticas
progresistas y socialdemócratas. Será más tarde, a partir de los planteamientos de R.T.
La Piere, cuando el control social empiece a verse como fuerza determinante de la
conducta social.
Y así, el enfoque sociológico del control social empezó a ser planteado de una forma
alternativa, hasta llegar a ser, según las visiones radicales, sinónimo de mecanismos de
opresión y dominación por parte del Estado y los poderosos. Volveremos a hablar de
estos enfoques radicales pues aunque sólo sea de forma indirecta parecen haber
inspirado buena parte de la aplicación historiográfica española, mayormente en materia
de controles sociales punitivos. Actualmente, como ya se ha dicho, el concepto se
encuentra disociado en la sociología, entre el pluralismo de aplicaciones y la
imprecisión de buena parte de ellas; y cuando se introduce en el pensamiento penal se
hace para actualizar desde el funcionalismo la idea clásica sociológica de las funciones
integradoras del control social (como socialización y como represión en manos del
Estado de derecho). Ahora bien, en cuanto que concepto sociológico para el análisis de
la llamada realidad cultural hipermoderna, la sociedad informacional y la globalización
económica más los movimientos y propuestas de gobernanza global, mientras que por
un lado se denuncia la tendencia autoritaria de las criminologías de la intolerancia y las
políticas de tolerancia cero con la pequeña delincuencia y con los desórdenes de la
nueva pobreza, en correspondencia con el desmantelamiento neoliberal de los resortes
de protección social y Estado de Bienestar, junto a la implementación de otros
mecanismos de control social represivo y punitivo, igualmente no faltan las propuestas
de futuro que quieren ligar la noción de control social a proyectos de transformación
social, creación de capital social comunitario y democracia participativa (por ejemplo,
con los modelos de policía de proximidad y la puesta en marcha de programas de
participación ciudadana en la prevención y control del delito). Sin duda, estos últimos
enfoques, los participativos, parecen seguir la estela restauradora del concepto clásico
de control social que intenta ofrecer contenidos y criterios de autorregulación social,
algo que ya intentó Morris Janowitz al establecer la diferencia entre el control social y
la represión para decir que, actuando de forma paralela, contribuyen al orden social
democrático, con lo que arremetía contra los sociólogos que habían identificado la idea
de “social control” con la de “coercive control”.2
3.
CONTROL
SOCIAL
O
DOMINACIÓN
SOCIAL:
CONCEPTO
Y
DELIMITACIÓN.
Pretender abordar una posición epistemológica respecto del control social y las
imbricaciones internas y externas vinculadas a dichas categorías, nos lleva a delimitar el
ámbito o marco que orienta el desarrollo del presente trabajo, y la posibilidad de asumir
una línea crítica del sistema que las compone. Tomaremos para ello el concepto de
control social que nos otorga LUIS RECASES SICHES, quien se refiere al control
social como una expresión que “ha sido puesta en uso y generalizada sobre todo por los
sociólogos norteamericanos. Con estas palabras se trata de designar en conjunto todas
las normas colectivas así como también las autoridades y los poderes sociales, que a
diferentes niveles y de diversas maneras, regulan la conducta humana en sus aspectos o
resultados exteriores.”3 Es pues la conducta del hombre la que interesa a efectos de la
delimitación conceptual del control social y su materialización objetiva, entendida como
engranaje de un sistema representado por la sociedad y los grupos dominantes y
dominados que le son inherentes, y no como componente biológico e individual, en
tanto no introyecte los estímulos sociales que se le imponen. Y esto, porque inclusive
un autocontrol sobre la propia conducta, esta predeterminada por algún estímulo de
carácter externo derivado del juego social.
Resulta pues lógico entender que en toda sociedad, en el decurrir de sus etapas
históricas han existido centros de poder y periferias más o menos cercanas. Los
primeros caracterizados por ser los titulares sobre los medios de producción y los
segundos por carecer de los mismos. Desde el punto de vista del materialismo histórico
y dialéctico, es viable identificar una superestructura que se levanta sobre la estructura
económica que la irradia y refleja en función de su composición. Así por ejemplo, a un
2
OLIVER OLMO, Pedro: EL CONCEPTO DE CONTROL SOCIAL EN LA HISTORIA SOCIAL:
ESTRUCTURACIÓN
DEL
ORDEN
Y
RESPUESTA
AL
DESORDEN:
http://www.uclm.es/profesorado/poliver/pdf/Oliver_HISTORIA_SOCIAL.pdf
3
RECANSES SICHES, Luis: SOCIOLOGÍA – Tratado General de Sociología. Edt. Porrua. México –
1971. Pág. 225.
modelo económico esclavista le es característico una superestructura que refleje y
legitime dicha estructura,
no en vano la cosificación del hombre esclavo y su
equiparación como instrumento de producción lo extirpaba de toda relación social en
tanto sujeto de derechos. Igual cosificación se pretende legitimar en nuestros tiempos a
propósito de discursos emergentes en el contexto del fenómeno globalizador con
tendencia neoliberal que se pretende imponer en el globo a propósito de la expansión
del capital financiero internacional con sustento en teorías idealistas de carácter social –
funcionalista, tendientes a imponer a los componentes sociales “roles” y pautas de
conducta apegadas al sistema; cuya trasgresión acarrearía su cosificación, hostilidad e
inclusive eliminación, si sus facultades comunicativas no son suficientes para
aprehender las relaciones derivadas primigéneamente del contrato social “…lo que
significa una recaída en el estado de naturaleza…”4
En ese sentido Neuman sostiene que “En el mundo tecnocrático y posindustrial, se
describe al éxito como el resultante del progreso rectilíneo y, si fuera posible,
geométrico. Se trata de fagocitar al hombre, irremediablemente, despersonalizarlo,
alienarlo. Es preciso recordar que el criterio de uniformidad les es más fácil manejo a
las clases dirigentes…El contrato social, establecido con su legitimación y axiomas:
hombres libres, iguales, solidarios, fraternos, sufre serios embates. Existe la certeza de
que el contrato social ha sido socavado en sus presupuestos por una ingente cantidad de
seres humanos que no pueden –y en oportunidades no quieren- prestar consenso y se
rebelan muy a pesar suyo”.5 Esta claro pues que, estamos siendo partícipes de una
“versión moderna” de un sistema esclavista, o feudalista, o capitalista (puesto que los
actores siempre son los mismos, y tan solo cambian sus denominaciones) que cosifica al
hombre en razón de su imposibilidad comunicativa y por ende su inadaptabilidad -e
incapacidad de adaptación- como sistema comunicativo a otro sistema o sistemas
funcionales. Nos estamos refiriendo a discursos ideológicos que en la actualidad se
pretenden imponer en Latinoamérica,
tendientes a habilitar una especie de
manipulación ideológica del saber, ejercitada por los grupos de poder. Es púes
entendible, y observable bajo la lupa crítica del maestro Zaffaroni que: “Es
incuestionable que en el mundo hay una estructura de poder que se vale de ideologías
4
JAKOBS, Günther y CANCIO MELIÁ, Manuel: DERECHO PENAL DEL ENEMIGO: Edt. Civitas.
España.2003. Pag. 29.
5
NEUMAN, Elías: VICTIMOLOGÍA Y CONTROL SOCIAL – LAS VÍCTIMAS DEL SISTEMA
PENAL. Editorial Universidad. Buenos Aires Argentina. 1994. Pág. 15-16
que en buena parte son “encubridoras” o de “ocultación” o francamente “creadoras de
la realidad”; de tal manera que, -siguiendo su discurso-: “El poder instrumenta las
ideologías en la parte en que le son útiles y las desecha en el resto.”6
Al efecto dicho maestro también manifiesta que: “…toda sociedad presenta una
estructura de poder, con grupos que dominan y grupos que son dominados, con sectores
más cercanos y más lejanos a los centros de decisión. Conforme a ésta estructura, se
“controla” socialmente la conducta de los hombres…De este modo, toda sociedad tiene
una estructura de poder (político y económico) con grupos mas cercanos al poder y
grupos más marginados del poder, en lo cual, lógicamente, pueden distinguirse grados
de centralización y de marginación. Hay sociedades con centralización y marginación
extrema, y otras en que el fenómeno se presenta más atenuadamente, pero en toda
sociedad hay centralización y marginación del poder…”7. Desde éste plano, el
paradigma del libre albedrío y su
mensaje generalizado, aspecto central de las
ideologías de la revolución Francesa, que propugnaron la instauración del Estado
Liberal, por contraposición al monárquico – absolutista en los países de corte
occidental, se diluye ante el fragor de un determinismo
estructural y político
estruendoso, impuesto por parte de quienes se encuentran en una posición dominante
dentro de una sociedad,
que pretende seguirse legitimando con discursos tan
primigéneos, como los que le dieron origen a la misma, para justificar tan solo una
mutación dialectal para señalar a los titulares del poder económico y su imposición en el
poder político. Después
de dos siglos el poder tan solo se ha modernizado y ha
elaborado nuevos discursos. Así pues, surge la sospecha cierta de que el Estado y su
acepción tradicional y crítica como instrumento de la clase dominante para mantener el
status quo de una sociedad determinada, pierde su importancia en el marco globalizador
con tendencia neoliberal, para convertirse en un instrumento más, dentro de una
estructura más grande y vil en sus propósitos, a la que podríamos llamar sociedad
global, dominada por un capital financiero sin rostro y despersonalizada que se vale de
dicha organización política, jurídica y económica tan solo para recrear las bases
adecuadas que posibiliten su asentamiento. Así entonces, también los instrumentos de
ZAFFARONI, Eugenio Raúl: MANUAL DE DERECHO PENAL – PARTE GENERAL- Edt.EdiarBuenos Aires Argentina 1993. Sexta Edición. Pág. 25 -26
7
ZAFFARONI, Eugenio Raúl: Idem. Pág. 24.
6
los que se vale el Control Social ha tenido que adecuar sus discursos a las nuevas
tendencias.
Al respecto Juan Carlos Chercley citando a R. Bergalli manifiesta que: “Se entiende
que el ideal de sociedad es una que sea equitativa, inclusiva, organizada, en otras
palabras, si bien constituida por individuos esencialmente diversos y particulares, sus
principios valores y conductas busquen la homogeneidad. Sin embargo, ello no siempre
es así. De ahí que la acepción sociológica nace con el advenimiento de las
inmigraciones en la nación norteamericana con el surgimiento del industrialismo, en las
últimas décadas del siglo XIX y primeras del XX. Miles de inmigrantes de diferentes
ámbitos culturales, étnicos, religiosos y lingüisticos, arriban a esta nación, y el supuesto
ideal que por la relación de necesidad de fuerza – trabajo también operaba
automáticamente la de integración, ésta se frustra, y en lugar del paraíso social, se da la
desorganización social…La cuestión de fondo en esta discusión es como los que viene
de afuera, se adaptan y se integran a la sociedad receptora, y ello es no es debate del
siglo, tan actual que inclusive en la moderna, industrial y desarrollada Francia ha
generado gran polémica la muestra de profesión religiosa en las escuelas públicas. Se
definen y delimitan los espacios: público y privado, y ello también el comportamiento y
las conductas…”8 Dicha acepción entonces debe entenderse también en el marco de las
nuevas exigencias globales, en donde el capital financiero internacional busca recovecos
estatales en donde dicho control permita legitimar en mayor medida difusa y/o
formalmente el status quo imperante. Esto permite entender de que manera se firman
convenios para la conformación de bloques económicos entre diferentes Estados, a
pretexto del discurso de la globalización y la apertura de barreras, y la conformación –
por efectos del desarrollo de los medios de comunicación y transporte- de la “aldea
global”; y, paradójicamente el cierre de dichas barreras para la internacionalización de
la mano de obra.
En el mismo sentido CRISTIAN MARCELO PELAEZ trae a colación lo siguiente: “En
primer lugar debemos señalar que la noción de Control Social (y la palabra misma) nos
viene de la sociología norteamericana. Como una y otra vez manifiesta R. Bergalli la
8
BERGALLI, Roberto (citado por CHECKLEY SORIA, Juan Carlos): Memorias del XVII Congreso
Latinoamericano., IX Iberoamericano y I Nacional de Derecho Penal y Criminología. ARA EDITORES.
Pág. 1316 – 1317
noción nació y fue empleada en un ámbito cultural y un periodo histórico muy preciso.
Se encuentra por ello asociada a connotaciones propiamente lingüísticas, connotaciones
que suelen perderse al traducirla. En inglés la palabra control tiene sentido positivo.
Controlar significa dominar. En francés y en español la palabra tiene un sentido ante
todo
negativo.
Controlar
es
vigilar
y,
eventualmente,
impedir.
Acercándonos más a una definición propiamente dicha, podemos decir que el Control
Social está constituído por los recursos materiales y simbólicos de que dispone una
sociedad para asegurar la conformidad del comportamiento de sus miembros con un
conjunto
de
reglas
y
de
principios
prescriptos
y
sancionados.
Para E. Durkheim (Boudon, Bourricaud; 1993) (seguimos tratando de delimitar, de
acorralar al concepto) la conciencia colectiva constriñe a los hombres a comportarse de
determinadas maneras, por encima de los intereses egoístas de cada uno de ellos. Las
instituciones son fundamentalmente agentes de control social: la familia, el matrimonio,
las religiones, aumentan el poder coercitivo de la conciencia colectiva. El control social
se deriva de las representaciones colectivas, cuya fuerza se halla en relación directa con
el tamaño del grupo que las comparte y con la intensidad de la interacción entre sus
miembros.
Ahora bien, para ser eficaz, el control que ejerce la sociedad sobre los individuos no
puede ser puramente externo (es aquí donde debe prestarse atención para comprender la
diferencia que se quiere dejar en evidencia: aquella que puede existir entre control
social y control punitivo) La sociología clásica, y seguimos con Durkheim, mencionaba
la educación moral como la "coacción" más sutil y eficaz con que cuenta la sociedad
respecto de sus miembros. Por diferentes caminos, Freud (Boudon, Bourricaud; 1993)
llegaba a un punto de vista del todo similar. Es la identificación de sus miembros con un
modelo común la que asegura la unidad simbólica de instituciones como el ejército o la
Iglesia. Pero la identificación no es sólo un resultado -por otra parte nunca completo ni
duradero- sino un proceso regulado por varios mecanismos. Nuestra conducta no está,
pues, determinada exclusivamente por las coacciones del mundo exterior (físico o
social). Se encuentra también sujeta exigencias internas, algunas de las cuales, rebeldes
a todo control, procuran satisfacerse literalmente a cualquier precio y las otras, más
dóciles, pasan a formar parte de estrategias más complejas y de mayor alcance”9
9
PELAEZ, Cristian Marcelo: LA ARQUEOLOGÍA DEL CONCEPTO. CONTROL SOCIAL, PODER
PUNITIVO Y DERECHO PENAL. http://www.magistradosbbca.com.ar/congresobahia/pelaez.htm
4. FORMAS DE CONTROL SOCIAL:
El control social entendido como ese conjunto de mecanismos del cual se valen los
grupos de poder para mantener un cierto estado de cosas o “status quo”, modelando la
conducta de los coasociados, adquiere dos formas básicas que se derivan del proceso
intelectivo que posibilita decodificar esos mecanismos directamente o indirectamente
como portadores de un estímulo o mensaje tendiente a modelar nuestra conducta. Así,
existen mecanismos de control social que se encuentran soterrados o escondidos, y cuya
aprehensión sensorial e intelectiva no nos permite captarlos como portadores de un
mensaje tendiente a modelar nuestras conductas. Esos mecanismos de control social son
difusos a decir del maestro Eugenio Raúl Zaffaroni. Como por ejemplo podemos citar
las modas, las creencias, la familia, el grupo social, la música. Por otro lado existen
mecanismos aprehensibles sensorialmente y directamente como modeladores de
nuestras conductas, y que forman parte del control social institucionalizado, tales como
el sistema educativo, las instituciones policiales, el sistema penal entre otros.10 Un claro
ejemplo de ésta clase de control social lo podemos encontrar en la historia de las
Universidades Latinoamericanas que reproducen sus problemáticas en todos sus
contextos; y, principalmente en las Universidades de crecimiento lineal y los modelos
Universitarios para el mercado de trabajo. Las primeras caracterizadas la utilidad que le
han prestado a los grupos de poder como “válvulas de escape” de la demanda y
convulsión social a propósito de la distorsión del discurso “universidad para todos” y la
expansión de dichos centros de enseñanza superior, y, las segundas fundamentadas en
función de las necesidades económicas de las sociedades.
Respecto de la Universidad de crecimiento lineal, en el marco de la realidad mexicana
HILARIO AGUILAR CHAPPARO, MARTINIANO ARRENDONDO GALVAN,
JAVIER MENDOZA ROJAS Y RAFAEL SANTOYO SÁNCHEZ, dicen: “…Con este
término se hace alusión a la universidad que ha tenido un crecimiento explosivo en las
últimas dos décadas, resultado de la combinación de diversos factores; demanda social
de ingreso, políticas expansionistas en el sistema educativo, papel político que juega la
universidad como ámbito de legitimación ideológica del Estado de la revolución
mexicana, etcétera. La canalización hacia la universidad de sectores medios urbanos que
10
ZAFFARONI, Eugenio Raúl: Idem. Pág. 30-31
potencial o realmente demandaban empleo, en un mercado de creciente estrechez, tuvo
objetivamente una función de distracción de la juventud y posibilitó alargar el conflicto,
trasladando a futuro su manifestación evidente: a los jóvenes se les abrían escuelas para
que ahí ocuparan la mayor parte de su tiempo; se les permitía que en ellas hicieran las
críticas que quisieran, siempre y cuando no tocaran la estabilidad política del país;
parecía existir connivencia entre los diversos actores intervinientes; el Estado
democratizaba las vías de acceso a la educación superior; la universidad se asumía
como centro de formación de profesionales, los profesores atendías a las nuevas
generaciones, los estudiantes asistían a las aulas y los padres de familia depositaban sus
esperanzas en el futuro más promisorio para sus hijos. Así, en este modelo lo prioritario
era dar espacio en las aulas a quienes lo demandaran, sin preocuparse por aspectos
relacionados con la calidad de las experiencias educativas. Discursivamente se
justificaba esta política en la creciente democratización del país, mientras que en los
hechos se producía una universidad de masas con muchos espacios de ineficiencia
académica. Con ello se lograba “retener” a los jóvenes durante cuatro, seis, ocho años y
diferir la demanda de empleo al nivel correspondiente a una calificación profesional.”11
El control social institucionalizado se subdivide a su vez en control social no punitivo y
control social realmente punitivo. Este último se bifurca en control social formalmente
no punitivo o con discurso no punitivo y en control social formalmente punitivo o con
discurso punitivo o conocido como sistema penal. El control social institucionalizado no
punitivo, como su nombre lo dice, se efectiviza a través de instituciones formalizadas
como tal cuyas directrices modeladoras no se valen del poder coercitivo estatal elevado
a su máxima expresión: La pena. Dentro de este ámbito encontramos al sistema
educativo. El sistema económico de un Estado y los órganos que lo componen y otros
sistemas formalizados. El control social realmente punitivo, como lo habíamos
manifestado asume una doble faz. Puede presentarse con un discurso no punitivo por su
apariencia no punitiva, dado que no se encuentra formalizado como tal, pese a que,
opera de manera igual al control social que se vale de la pena como orden regulador de
la vida social. Dentro de éste ámbito ubicamos las el derecho disciplinario
administrativo. Y por otro lado dentro del control social realmente punitivo
11
HILARIO AGUILAR CHAPPARO, MARTINIANO ARRENDONDO GALVAN, JAVIER
MENDOZA ROJAS Y RAFAEL SANTOYO SÁNCHEZ: UNIVERSIDAD Y CRISIS – MODELOS
UNIVERSITARIOS
EN
CRISIS.
http://www.anuies.mx/servicios/p_anuies/publicaciones/revsup/res065/txt5.htm#top
encontramos al formalmente punitivo o con discurso punitivo también conocido como
sistema penal. 12
5. UNA VISIÓN POLÍTICA DEL SISTEMA PENAL
Desde la perspectiva del control social en su acepción original nacida de las teorías del
consenso social o como instrumento para establecer relaciones de dominio entre los
componentes sociales que detentan poder sobre otros alejados del mismo, nos quedamos
con ésta última, por necesaria e instrumentalmente eficaz en la lectura de la realidad del
sistema penal y sus procesos de creación, aplicación y ejecución de sanciones formalmente
punitivas con discurso punitivo. En el marco de la creación de conductas y sanciones
penales, se encuentra plenamente justificado, que el delito así como la pena, no son una
realidad distinta de la institución que lo crea: El Legislativo. Escapa al presente trabajo
nocional establecer la rica casuística encontrada en los procesos de criminalización
primaria, para establecer que dichas construcciones teórico – jurídicas llamadas (delitos y
penas) no son más que invenciones idealistas cuyo pragmatismo utilitario no ha sido
justificado científicamente, amén de que los problemas que pretende evitar bajo las teorías
de la prevención general negativa y prevención especial negativa, han generado un efecto
contraproducente que se encuentra reflejado en una sociedad hostil y un sistema
penitenciario degradante convertido en “escuela delincuencial”; y que, bajo el esquema de
la prevención general positiva pretende “endiosar” a la norma jurídica como configurador
de una realidad totalmente diferente a la que vivimos. Algo más podemos decir de los
procesos de judicialización y la selectividad con que operan las instancias policiales en los
procesos de criminalización secundaria, y el poder a veces omnímodo que ejercen para
discrecionalmente establecer lo que se judicializa o no se judicializa; y, una vez un suceso a
pasado a formar parte de la estadística judicial, es una función judicial verticalizada la que
impone juzga e impone sanciones EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR
AUTORIDAD DE LA LEY que fue construida para sancionar a personas (retroceso al
derecho penal de autor) y no actos. En el marzo del proceso de aplicación de la pena, ni el
discurso de la prevención general o especial (negativa o positiva) han demostrado ser
efectivas en sus fines propuestos, y sus componentes teóricos han servido para justificar un
sistema penitenciario que se ha convertido en una suerte de acopio de personas fracasadas.
12
ZAFFARONI, Eugenio Raúl: Idem. Pág. 30-31
6. CRIMINALES o VÍCTIMAS?
Esta claro pues que sistema penal en sus diferentes manifestaciones (creación, aplicación o
ejecución) opera de una manera que abstrae de su poderío a sus precursores enquistado en el
poder, y atrae a quienes se encuentras alejados de dicho poder. El reflejo más evidente de
aquello lo encontramos en la realidad penitenciaria de nuestro país, cuyo clientelismo
mayoritariamente proviene de los estratos sociales carentes de capacidad económica, y que,
por su escasa formación intelectual, cometen delitos “burdos” (robos, violaciones,
asesinatos) y por ende son más propensos a ser cuestionados por la sociedad, y cuyo
accionar genera ficciones acerca de la operatividad del sistema, cuando en realidad solo
reflejan su fracaso. Las teorías de la “re” como la llaman algunos autores (reeducación,
resocialización) en el marco de la prevención especial positiva de muros hacia adentro (por
referirme a los centros carcelarios) es una utopía. Francisco Muñoz Conde al efecto
manifiesta: “Es, desde luego, muy difícil educar para la libertad en condiciones de no
libertad. Y ello por varias razones. En primer lugar, por las condiciones de vida existentes
en una prisión. En segundo lugar, por los peligros que para los derechos fundamentales
tiene la imposición, más o menos encubierta, de un tratamiento. Y en tercer lugar, por falta
de los medios e instalaciones adecuadas y del personal capacitado para llevar a cabo un
tratamiento mínimamente eficaz”13 A esta realidad hay que añadir el problema de la prisión
preventiva y sus efectos en el marco de la prisionización de hombres que no son
delincuentes oficialmente hablando, pero que se los estigmatiza como tal con una medida
que en fondo es una pena en sí mismo. Institucionalmente hablando aquello tiene un origen.
Una rica gama de acciones dañosas escapan de la construcción jurídica legislativa o
proceso de criminalización primaria, principalmente en aquellos intereses de carácter
económico o difusos (derechos de segunda y tercera generación), circunscribiéndose el
accionar legislativo en dicho sentido, en reformas “maquillaje” principalmente en el ámbito
de los delitos convencionales (robos, homicidios, violaciones), que propician una ilusión
óptica en la sociedad de una operatividad “eficienciente” y “enérgica” del sistema, cuya
problemática debe y tiene que ser solucionada a través del instrumento “mágico” a la que
conocemos como PENA. De ésta manera, las cárceles están llenas de hombres, cuya
condición social, destrezas o predestinación jurídica los ligó a nacer con la “pena” bajo el
brazo y no con el “pan” bajo el brazo. Al efecto NEUMAN dice que:
13
MUÑOZ CONDE, Francisco. DERECHO PENAL Y CONTROL SOCIAL. Pág. 97
“El costo social, económico y humano del delito cometido por uno solo de estos
superhombres del mundo de hoy, sobrepasa con creces el daño cometido por todos los
reclusos por delitos contra la propiedad que pueblan las cárceles de todo un país (o de un
continente, si hablamos de Latinoamérica). Creo que hay que decirlo de una buena vez. Se
trata de razones difíciles de polemizar, pero un hombre sin ninguna posibilidad económica,
pauperizado, que se encuentra desempleado, sin posibilidad de llevar comida o
medicamentos a su hogar si sus hijos se enferman ¡no es un hombre libre¡ Cuando llega a
una cárcel por un delito –verdadera rebelión contra el contrato establecido- que se le imputa
o haya cometido, se está incidiendo sobre su menguada libertad. Se lo vuelve a sumergir y a
victimizar. Se clausura su tiempo, se suspende su devenir. Gran cantidad de delincuentes
presos en las cárceles y risiones fueron previamente víctimas sociales que sufren una suerte
de repercusión de la propia sociedad, que no parece conformarse con su pasado infeliz. Esto
siempre fue así, como una suerte de actitud inducida por la costumbre. Pero para las
cárceles y para aquellos que lo sostiene a rajatabla, la mente humana progresó. Antes bien,
pareciera que se retrotrajo, sin advertir que los establecimientos siguieron envejeciendo, con
sus perfiles de fidedigna monstruosidad y con su cuota humana acrecentada.14
7. A MANERA DE CONCLUSIONES:
A. Las teorías del control social originales nacidas en el seño de una sociedad de
“consenso”, establecían que el desorden en la misma originaba el delito, y era
imprescindible entonces valerse de los propios medios sociales, sean informales o
formales a fin de provocar una autorregulación social que mantenga dicho orden.
B. Desde una perspectiva radical el control social es el conjunto de mecanismos de
los que se vale el Estado y los grupos de poder para mantener subyugados a los
componentes sociales.
C. Existen mecanismos de control social formales o difusos, institucionalizados o
parainstitucionalizados.
D. El sistema penal en su conjunto es un mecanismo de control social por excelencia,
púes se vale de construcciones jurídicas como son el DELITO y LA PENA para
regular la conducta de los componentes sociales, y que, escoge estereotipos de
personas (retroceso al derecho penal de autor) para habilitar su accionar.
14
NEUMAN, Elías: Idem. Pág. 20.
E. El clientelismo del sistema penal, y en particular del sistema penitenciario, en su
mayoría proviene de sectores sociales alejados del poder económico y político, lo
cual determina su vulnerabilidad ante dicha maquinaria.
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