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PLIEGO DE CONDICIONES PARA EL SUMINISTRO DE
MÓDULOS DE POTENCIA (BALASTROS ELECTRÓNICOS)
PARA IMPLANTAR UN SISTEMA DE CONTROL DEL
ALUMBRADO PÚ BLICO POR RADIOFRECUENCIA PARA
LÁMPARAS DE DESCARGA EN LA ZONA “C” DEL TÉRMINO
MUNICIPAL DE PUERTO REAL.
1. PODER ADJUDICADOR
Nombre oficial: Grupo Energético de Puerto Real, S.A. (en adelante GEN)
Dirección postal: Calle Carretas, nº 5; Puerto Real – 11510
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: 956837461
Perfil del contratante: www.contratación.grupoenergetico.es
Número de referencia asignado al expediente: 03/2009
Órgano de contratación: Gerencia
2. CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL CONTRATO
2.1. Objeto
El objeto del presente Pliego es la contratación del suministro de doscientos noventa y
dos (292) módulos de potencia (balastros electrónicos).
2.2. Necesidades a cubrir mediante el contrato
El suministro previsto servirá para implantar un sistema de control del alumbrado
público por radiofrecuencia que permita el mayor ahorro energético en lámparas de
descarga instaladas en la zona C del término municipal de Puerto Real, que comprende
los circuitos eléctricos de:
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San Benito-Real
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Paterna
La Caña
San Rafael
Villaluz
RENFE V-A
La María
Piscina Municipal
El Almendral
Campuzano
Jardines Gallinero
Polígono II-A Luis Felipe
Polígono II-A Paseo Poetas
2.3. Descripciones técnicas
El contratista deberá suministrar la cantidad de 292 módulos que se deben integrar en
las luminarias instaladas en la zona C del término municipal de Puerto Real,
cumpliendo como mínimo con las siguientes características;
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Compatibilidad: ERV1.2/ERV.2.0X1/ERV2.0X1 PC2 bus.
Potencia Nominal: 275 W.
Válido para lámparas de: 70/80/100/125/150/250 W.
Válido para lámparas de: Vapor de Sodio de Alta Presión, Halogenuros
Metálicos y Vapor de Mercurio.
Tolerancia para operación: 190V. min a 260V max.
Factor de Potencia: 0,99 a potencia nominal.
La alimentación de la lámpara se regulara independientemente de las
fluctuaciones de la red de la que se suministre.
La conexión al sistema de radiofrecuencia, permitirá el aumento de la
potencia luminosa de la lámpara hasta el 120% y una disminución de la
potencia eléctrica suministrada de hasta el 60% de la nominal, esta gestión
será independiente por cada punto de luz.
Las pérdidas del módulo de potencia (balastro electrónico) no superará el
5%.
2.4. Presupuesto de licitación
El presupuesto máximo de licitación asciende a ciento cuarenta y seis mil euros
(146.000,00 €) más veintitrés mil trescientos sesenta (23.360,00€) en concepto de
I.V.A., cantidad en la que se incluyen todos los gastos y demás impuestos que al
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adjudicatario le pueda suponer la realización del presente contrato, así como los que se
deriven de la entrega y puesta a disposición de GEN de los bienes objeto del suministro.
2.5. Plazo y lugar de entrega
La entrega de los bienes objeto del suministro deberá realizarse en el plazo de treinta
(30) días a contar desde la firma del contrato. El lugar de entrega será en las
instalaciones de GEN, sitas en calle Carretas, nº 5 en Puerto Real.
A la recepción de los bienes se elaborará un acta de entrega que será firmada por ambas
partes.
2.6. Facturación y pago
El adjudicatario realizará factura de lo recogido en el acta de entrega de los bienes,
efectuándose el pago de la misma mediante transferencia bancaria con vencimiento a
noventa (90) días fecha factura.
2.7. Plazo de garantía
El objeto del contrato quedará sujeto a un plazo de garantía de veinticuatro (24) meses,
a contar desde la fecha de recepción del suministro, plazo durante el cual GEN podrá
comprobar que el suministro realizado se ajusta a lo contratado y a lo estipulado en el
presente pliego.
Durante el periodo de garantía, el contratista estará obligado a subsanar, a su costa,
todas las deficiencias que se puedan observar en los bienes suministrados, sin perjuicio
de las consecuencias que se pudieran derivar en las responsabilidades en que hubiere
podido incurrir el mismo contratista.
Si se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, GEN
podrá exigir al contratista la reposición de los que resulten inadecuados, o a la
reparación de los mismos si ésta fuese suficiente.
Durante el plazo de garantía el contratista podrá conocer y manifestar lo que estime
oportuno sobre la utilización de los bienes suministrados.
Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes
suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o
defectos observados en ellos e imputables al contratista, y exista la presunción de que la
reposición o reparación de dichos bienes no será bastante para lograr el fin, podrá
rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista, quedando exento de la
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obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio
satisfecho.
2.8. Revisión de precios
El adjudicatario no podrá solicitar revisión de precios, ni interesar indemnización
alguna por posibles elevaciones de precios durante la ejecución.
2.9. Resolución del contrato
Será motivo para la resolución inmediata del contrato, sin que el adjudicatario pueda
exigir por ello compensación de ninguna clase a título de indemnización, las siguientes
causas:
a) Cualquier incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones
contenidas en el presente documento.
b) La muerte o incapacidad sobrevenida del adjudicatario individual o la
extinción de la personalidad jurídica de la sociedad adjudicataria.
c) La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro
procedimiento.
d) El mutuo acuerdo entre GEN y el adjudicatario.
e) La no formalización del contrato.
f)
La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del adjudicatario.
g) La declaración incompleta o falsa sobre los requisitos de solvencia y
capacidad técnica que, en su caso, sean exigidos por el órgano de
contratación.
h) La cancelación, suspensión u otra anulación de licencias, permisos o
autorizaciones necesarias para realizar los negocios del adjudicatario de
conformidad con lo establecido en el contrato.
Cuando el contrato se resuelva por incumpliendo culpable del adjudicatario, éste deberá
indemnizar a GEN por los daños y perjuicios ocasionados.
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2.10. No cesión
El adjudicatario no podrá ceder su posición derivada del contrato a ninguna otra entidad,
salvo autorización expresa por parte de GEN.
3. CONDICIONES DE APTITUD PARA CONTRATAR
Están facultados para contratar todas las personas naturales o jurídicas, españolas o
extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económicofinanciera y técnica o profesional.
3.1. Capacidad de las empresas
La capacidad de obrar de los empresarios que fueran personas jurídicas se acreditará
mediante la escritura de constitución y modificaciones, en su caso, inscrita en el
Registro Mercantil. Los que firmen proposiciones en nombre de otros presentarán poder
bastante.
Para los empresarios individuales será obligada la presentación del Documento
Nacional de Identidad o la Tarjeta de Identificación Fiscal.
En ningún caso podrán contratar personas en quienes concurra alguna de las
circunstancias establecidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector
Público.
3.2. Solvencia económica, financiera y técnica o profesional
La justificación de la solvencia económica y financiera se acreditará por cualquiera de
los medios contemplados en los artículos 64 y 65 de la Ley de Contratos del Sector
Público.
4. Garantías
No se exigen garantías.
5. Régimen de admisión de variante
No se admitirán variantes.
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6. PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
6.1. Tipo de procedimiento
El contrato se adjudicará mediante procedimiento negociado sin publicidad, al serle de
aplicación lo estipulado en el artículo 154.d de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector
Público, obrando en el expediente la acreditación de ello.
6.2. Criterios de adjudicación
Oferta más ventajosa en términos de adecuación a las especificaciones técnicas
requeridas.
6.3. Presentación de proposiciones
Lugar: Oficinas de GEN, calle Carretas, nº 5 de Puerto Real, en horario de 08.00 a
14.00 horas de lunes a viernes.
Plazo: Ocho días naturales a contar desde el siguiente a la recepción de la invitación
para participar en el procedimiento. En el caso de que la finalización del plazo
coincidiese en sábado, se entenderá que dicha finalización se produce el
siguiente día hábil.
6.4. Contenido de las proposiciones
Las proposiciones se presentarán en dos sobres separados.
a) Sobre número 1 que incluirá los siguientes documentos:
A) Los que acrediten la personalidad jurídica: los empresarios individuales, copia
del DNI; los empresarios personas jurídicas, la escritura de constitución y sus
modificaciones, debidamente inscritas en el Registro Mercantil o en el que
corresponda.
B) Documentos acreditativos de la representación: en el caso de empresarios
personas jurídicas, deberá incluirse el poder otorgado a favor de quien o quienes
suscriban la proposición junto con una copia auténtica del DNI de el o los
apoderados.
C) Los que acrediten la solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
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D) Declaración responsable de no hallarse incurso en causa de incapacidad o
incompatibilidad para contratar. Esta declaración incluirá la manifestación de
hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que
la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse antes de la
adjudicación definitiva por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
E) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de
los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las
incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con
renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder
al licitante.
F) En el caso de presentarse en unión temporal con otra u otras empresas,
compromiso de duración de la misma por el tiempo que dure el contrato, así
como designación de representante único con poderes bastantes para ejercer los
derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la
extinción del mismo.
En el caso de que se detecte defectos subsanables, se concederá un plazo no superior a
cinco (5) días naturales.
b) Sobre número 2 de carácter técnico y económico en el que se incluirá las
características técnicas de los equipos a suministrar y las condiciones económicas de los
mismos.
La presentación de la proposición implica la aceptación incondicionada por el
empresario del contenido de este pliego.
7. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato privado entre las partes deberá formalizarse en el plazo de cinco (5) días
naturales desde la fecha de la notificación de la adjudicación.
El documento en que se formalice el contrato tendrá, en todo caso, carácter privado.
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8. JURISDICCIÓN COMPETENTE
De acuerdo con el artículo 21.2 de la LCSP, para las cuestiones que afecten a la
preparación y adjudicación del contrato será competente el orden jurisdiccional civil.
Este orden jurisdiccional será igualmente competente para conocer las cuestiones
derivadas del cumplimiento, efectos y extinción del contrato.
Los licitadores se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de
cualquier orden, para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran
surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que
pudiera corresponderles.
Puerto Real, a 23 de febrero de 2009.
El Gerente
Francisco Durán Mora
El presente Pliego de Condiciones ha sido
aprobado por la Gerencia en fecha
veintitrés de febrero de dos mil nueve.
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