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PLIEGO DE CONDICIONES PARA EL SUMINISTRO DE MÓDULOS DE POTENCIA (BALASTROS ELECTRÓNICOS) PARA IMPLANTAR UN SISTEMA DE CONTROL DEL ALUMBRADO PÚ BLICO POR RADIOFRECUENCIA PARA LÁMPARAS DE DESCARGA EN LA ZONA “C” DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE PUERTO REAL. 1. PODER ADJUDICADOR Nombre oficial: Grupo Energético de Puerto Real, S.A. (en adelante GEN) Dirección postal: Calle Carretas, nº 5; Puerto Real – 11510 Correo electrónico: [email protected] Teléfono: 956837461 Perfil del contratante: www.contratación.grupoenergetico.es Número de referencia asignado al expediente: 03/2009 Órgano de contratación: Gerencia 2. CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL CONTRATO 2.1. Objeto El objeto del presente Pliego es la contratación del suministro de doscientos noventa y dos (292) módulos de potencia (balastros electrónicos). 2.2. Necesidades a cubrir mediante el contrato El suministro previsto servirá para implantar un sistema de control del alumbrado público por radiofrecuencia que permita el mayor ahorro energético en lámparas de descarga instaladas en la zona C del término municipal de Puerto Real, que comprende los circuitos eléctricos de: ? San Benito-Real P ágina1 de 8 ? ? ? ? ? ? ? ? ? ? ? ? Paterna La Caña San Rafael Villaluz RENFE V-A La María Piscina Municipal El Almendral Campuzano Jardines Gallinero Polígono II-A Luis Felipe Polígono II-A Paseo Poetas 2.3. Descripciones técnicas El contratista deberá suministrar la cantidad de 292 módulos que se deben integrar en las luminarias instaladas en la zona C del término municipal de Puerto Real, cumpliendo como mínimo con las siguientes características; - - Compatibilidad: ERV1.2/ERV.2.0X1/ERV2.0X1 PC2 bus. Potencia Nominal: 275 W. Válido para lámparas de: 70/80/100/125/150/250 W. Válido para lámparas de: Vapor de Sodio de Alta Presión, Halogenuros Metálicos y Vapor de Mercurio. Tolerancia para operación: 190V. min a 260V max. Factor de Potencia: 0,99 a potencia nominal. La alimentación de la lámpara se regulara independientemente de las fluctuaciones de la red de la que se suministre. La conexión al sistema de radiofrecuencia, permitirá el aumento de la potencia luminosa de la lámpara hasta el 120% y una disminución de la potencia eléctrica suministrada de hasta el 60% de la nominal, esta gestión será independiente por cada punto de luz. Las pérdidas del módulo de potencia (balastro electrónico) no superará el 5%. 2.4. Presupuesto de licitación El presupuesto máximo de licitación asciende a ciento cuarenta y seis mil euros (146.000,00 €) más veintitrés mil trescientos sesenta (23.360,00€) en concepto de I.V.A., cantidad en la que se incluyen todos los gastos y demás impuestos que al P ágina2 de 8 adjudicatario le pueda suponer la realización del presente contrato, así como los que se deriven de la entrega y puesta a disposición de GEN de los bienes objeto del suministro. 2.5. Plazo y lugar de entrega La entrega de los bienes objeto del suministro deberá realizarse en el plazo de treinta (30) días a contar desde la firma del contrato. El lugar de entrega será en las instalaciones de GEN, sitas en calle Carretas, nº 5 en Puerto Real. A la recepción de los bienes se elaborará un acta de entrega que será firmada por ambas partes. 2.6. Facturación y pago El adjudicatario realizará factura de lo recogido en el acta de entrega de los bienes, efectuándose el pago de la misma mediante transferencia bancaria con vencimiento a noventa (90) días fecha factura. 2.7. Plazo de garantía El objeto del contrato quedará sujeto a un plazo de garantía de veinticuatro (24) meses, a contar desde la fecha de recepción del suministro, plazo durante el cual GEN podrá comprobar que el suministro realizado se ajusta a lo contratado y a lo estipulado en el presente pliego. Durante el periodo de garantía, el contratista estará obligado a subsanar, a su costa, todas las deficiencias que se puedan observar en los bienes suministrados, sin perjuicio de las consecuencias que se pudieran derivar en las responsabilidades en que hubiere podido incurrir el mismo contratista. Si se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, GEN podrá exigir al contratista la reposición de los que resulten inadecuados, o a la reparación de los mismos si ésta fuese suficiente. Durante el plazo de garantía el contratista podrá conocer y manifestar lo que estime oportuno sobre la utilización de los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista, y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no será bastante para lograr el fin, podrá rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista, quedando exento de la P ágina3 de 8 obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. 2.8. Revisión de precios El adjudicatario no podrá solicitar revisión de precios, ni interesar indemnización alguna por posibles elevaciones de precios durante la ejecución. 2.9. Resolución del contrato Será motivo para la resolución inmediata del contrato, sin que el adjudicatario pueda exigir por ello compensación de ninguna clase a título de indemnización, las siguientes causas: a) Cualquier incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones contenidas en el presente documento. b) La muerte o incapacidad sobrevenida del adjudicatario individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad adjudicataria. c) La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento. d) El mutuo acuerdo entre GEN y el adjudicatario. e) La no formalización del contrato. f) La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del adjudicatario. g) La declaración incompleta o falsa sobre los requisitos de solvencia y capacidad técnica que, en su caso, sean exigidos por el órgano de contratación. h) La cancelación, suspensión u otra anulación de licencias, permisos o autorizaciones necesarias para realizar los negocios del adjudicatario de conformidad con lo establecido en el contrato. Cuando el contrato se resuelva por incumpliendo culpable del adjudicatario, éste deberá indemnizar a GEN por los daños y perjuicios ocasionados. P ágina4 de 8 2.10. No cesión El adjudicatario no podrá ceder su posición derivada del contrato a ninguna otra entidad, salvo autorización expresa por parte de GEN. 3. CONDICIONES DE APTITUD PARA CONTRATAR Están facultados para contratar todas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económicofinanciera y técnica o profesional. 3.1. Capacidad de las empresas La capacidad de obrar de los empresarios que fueran personas jurídicas se acreditará mediante la escritura de constitución y modificaciones, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil. Los que firmen proposiciones en nombre de otros presentarán poder bastante. Para los empresarios individuales será obligada la presentación del Documento Nacional de Identidad o la Tarjeta de Identificación Fiscal. En ningún caso podrán contratar personas en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público. 3.2. Solvencia económica, financiera y técnica o profesional La justificación de la solvencia económica y financiera se acreditará por cualquiera de los medios contemplados en los artículos 64 y 65 de la Ley de Contratos del Sector Público. 4. Garantías No se exigen garantías. 5. Régimen de admisión de variante No se admitirán variantes. P ágina5 de 8 6. PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 6.1. Tipo de procedimiento El contrato se adjudicará mediante procedimiento negociado sin publicidad, al serle de aplicación lo estipulado en el artículo 154.d de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, obrando en el expediente la acreditación de ello. 6.2. Criterios de adjudicación Oferta más ventajosa en términos de adecuación a las especificaciones técnicas requeridas. 6.3. Presentación de proposiciones Lugar: Oficinas de GEN, calle Carretas, nº 5 de Puerto Real, en horario de 08.00 a 14.00 horas de lunes a viernes. Plazo: Ocho días naturales a contar desde el siguiente a la recepción de la invitación para participar en el procedimiento. En el caso de que la finalización del plazo coincidiese en sábado, se entenderá que dicha finalización se produce el siguiente día hábil. 6.4. Contenido de las proposiciones Las proposiciones se presentarán en dos sobres separados. a) Sobre número 1 que incluirá los siguientes documentos: A) Los que acrediten la personalidad jurídica: los empresarios individuales, copia del DNI; los empresarios personas jurídicas, la escritura de constitución y sus modificaciones, debidamente inscritas en el Registro Mercantil o en el que corresponda. B) Documentos acreditativos de la representación: en el caso de empresarios personas jurídicas, deberá incluirse el poder otorgado a favor de quien o quienes suscriban la proposición junto con una copia auténtica del DNI de el o los apoderados. C) Los que acrediten la solvencia económica, financiera y técnica o profesional. P ágina6 de 8 D) Declaración responsable de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para contratar. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse antes de la adjudicación definitiva por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. E) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. F) En el caso de presentarse en unión temporal con otra u otras empresas, compromiso de duración de la misma por el tiempo que dure el contrato, así como designación de representante único con poderes bastantes para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo. En el caso de que se detecte defectos subsanables, se concederá un plazo no superior a cinco (5) días naturales. b) Sobre número 2 de carácter técnico y económico en el que se incluirá las características técnicas de los equipos a suministrar y las condiciones económicas de los mismos. La presentación de la proposición implica la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de este pliego. 7. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO El contrato privado entre las partes deberá formalizarse en el plazo de cinco (5) días naturales desde la fecha de la notificación de la adjudicación. El documento en que se formalice el contrato tendrá, en todo caso, carácter privado. P ágina7 de 8 8. JURISDICCIÓN COMPETENTE De acuerdo con el artículo 21.2 de la LCSP, para las cuestiones que afecten a la preparación y adjudicación del contrato será competente el orden jurisdiccional civil. Este orden jurisdiccional será igualmente competente para conocer las cuestiones derivadas del cumplimiento, efectos y extinción del contrato. Los licitadores se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles. Puerto Real, a 23 de febrero de 2009. El Gerente Francisco Durán Mora El presente Pliego de Condiciones ha sido aprobado por la Gerencia en fecha veintitrés de febrero de dos mil nueve. P ágina8 de 8