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Transcript
COLEGIO DE LA INMACULADA
Jesuitas - Lima
SISTEMA TRIBUTARIO
Prof: David Aquino Benites.
EL ESTADO EN LA ECONOMÍA ACTUAL
Ante la desigualdad
del reparto inicial
de la propiedad
Ante la existencia
de necesidades básicas que
el mercado no satisface
Ante la existencia
de actividades
que son monopolios
naturales
El ESTADO interviene
Aplicando medidas
de redistribución
de la riqueza
Ofreciendo bienes
y servicios
públicos
Controlando las
empresas
monopolísticas
FUNCIONES ECONÓMICAS DE LOS
ESTADOS (ESTADO DEL BIENESTAR)
El cumplimiento de las funciones del Estado
se financia con los tributos.
DEFINICIÓN DE SISTEMA TRIBUTARIO

El SISTEMA TRIBUTARIO es el conjunto de instituciones, normas y principios
con los cuales se REGULA EL TRASLADO DE RECURSOS a través de
TRIBUTOS de las personas a favor del ESTADO.
SISTEMA TRIBUTARIO
Política tributaria
Normas tributarias
MEF
Administración
tributaria
Gobierno central
Gobiernos locales
Otros fines
SUNAT
*Impuesto a la renta.
*IGV.
*ISC.
*Aranceles.
*Tasas.
MUNICIPIOS
*Impuesto predial.
*Alcabala.
*Automotor.
*Apuestas.
*Juegos.
*EPND.
Código tributario
INSTITUCIONES
*ESSALUD.
*ONP.
*SENATI.
*SENCICO.
ENTES QUE APLICAN IMPUESTOS
SUNAT

Institución pública que tiene por
finalidad administrar, recaudar y
fiscalizar los tributos internos, así
como las aportaciones al ESSALUD,
ONP y otros que la ley le asigne.

Facultades de la SUNAT:
1. Recaudación
(TRIBUTOS+ARANCELES).
2. Determinación.
3. Cobranza coactiva.
4. Fiscalización.
5. Sanción.


¿BOLETAS O FACTURAS?
Utilizada en la compra de
insumos o bienes por parte de
una empresa. Permite utilizar el
crédito fiscal.


Para consumidores
finales.
Desde los S/. 5.00.
PROBLEMAS DE LA SUNAT
MUNICIPALIDADES


Según el D.L N° 776 las municipalidades cobran y se
benefician de impuestos establecidos por ley.
Las Municipalidades crean, modifican y suprimen
contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro
de los límites que fije la ley.
IMPUESTOS MUNICIPALES (DL N°776)
IMPUESTO
CARACTERÍSTICAS
PREDIAL
Es de periodicidad anual y grava el valor de los predios
urbanos y rústicos. Va del 0.2% al 1% del valor del predio.
ALCABALA
Es de realización inmediata y grava las transferencias de
propiedad de bienes inmuebles urbanos o rústicos a título
oneroso o gratuito. Equivale al 3% del valor del inmueble.
VEHICULAR
De periodicidad anual, grava la propiedad de los vehículos,
automóviles, camionetas, station wagons, camiones, buses y
ómnibuses, con una antigüedad no mayor de tres (3)
años. Equivale al 1% del valor del vehículo.
A LAS APUESTAS
De periodicidad mensual. Grava los ingresos de las
entidades organizadoras de eventos hípicos y
similares, en las que se realice apuestas. Va de12%
al 20% de la diferencia entre lo ganado y pagado
por la empresa organizadora.
A LOS JUEGOS
Grava la realización de actividades relacionadas con los
juegos, tales como loterías, bingos y rifas, así como la
obtención de premios en juegos de azar. Equivale al 10%
del valor de lo ganado.
A LOS ESPECTÁCULOS
PÚBLICOS NO
DEPORTIVOS
- El Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos
grava el monto que se abona por concepto de
ingreso a espectáculos públicos no deportivos en locales y
parques cerrados con excepción de los espectáculos en
vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica,
ópera, opereta, ballet, circo y folclore nacional, calificados
como espectáculos públicos culturales por el Instituto
Nacional de Cultura. Va del 10 al 15% de lo recaudado.
BASE TRIBUTARIA

Son el conjunto de
personas naturales y
jurídicas que deben
cumplir con el deber de
pagar tributos.

El ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla,
señaló que la tasa de evasión tributaria en el Perú está por
encima de lo observado en América Latina, ya que
asciende hasta 50% en el Impuesto a la Renta y a 35% en
el Impuesto General a las Ventas (IGV).
LOS TRIBUTOS

Son prestaciones en dinero que el
ESTADO exige (en ejercicio de sus
facultades) a los integrantes de su
sociedad con el fin de FINANCIAR SUS
GASTOS
PRESUPUESTALES
para
cumplir con sus funciones.

El CÓDIGO TRIBUTARIO y las LEYES
TRIBUTARIAS son las normas que rige
los tributos.
Clasificación de los tributos:
IMPUESTOS



TRIBUTOS cuyo pago no implica una contraprestación
directa por parte del Estado.
El IGV (impuesto general a las ventas) y el IR (impuesto a
la renta) son los principales.
Los impuestos van dirigidos al gobierno central (SUNAT)
y hacia los gobiernos locales (MUNICIPIOS).
SUNAT
*Impuesto a la renta.
*IGV (18%).
*ISC (0-118%).
*IPM (2%).
*Aranceles (importaciones).
*Tasas.
MUNICIPIOS
*Impuesto predial (0.2-1%).
*Alcabala (3%).
*Automotor (1%. 3 años).
*Apuestas.
*Juegos.
*EPND.
LOS IMPUESTOS SEGÚN A QUIEN AFECTAN:

Pueden ser DIRECTOS e INDIRECTOS:
DIRECTOS
INDIRECTOS
Afectan los INGRESOS o el Afectan la PRODUCCIÓN, VENTA o
PATRIMONIO de los contribuyentes.
CONSUMO de los contribuyentes.
Impuesto a la renta.
Impuesto predial.
Impuesto vehicular.
Impuesto a los activos netos.
IGV.
ISC.
Aranceles.
ITF.
Alcabala.
Rodaje
LOS IMPUESTOS SEGÚN CUÁNTO AFECTAN:
Pueden ser PROGRESIVOS, PROPORCIONALES o
REGRESIVOS:
T/Y
PROGRESIVO
% DEL INGRESO PAGADO
COMO IMPUESTO

PROPORCIONAL
REGRESIVO
Y
INGRESO
TASAS


Es el TRIBUTO cuyo pago genera una prestación efectiva de
un servicio público individualizado.
Son 3 los tipos de tasas:
ARBITRIOS:
Pagados
por
el
mantenimiento
o
servicios públicos
(EJ: limpieza, regado de
parques, serenazgo).
DERECHOS:
Pagados por servicios
administrativos o por
usar bienes públicos
(Ej: partidas, DNI,
peaje, ticket museo).
LICENCIAS:
Pagados para obtener
autorizaciones para ciertas
actividades
(EJ: conducir,
funcionamiento negocio).
CONTRIBUCIONES

Son pagos para constituir un FONDO por el que el
contribuyente recibe contraprestación directa por parte
del Estado.

Existen contribuciones a:
1.- ESSALUD.
2.- ONP.
3.- SENATI (Industriales 0.75%).
4.- SENCICO (Construcción 0.2%).
5.- CONAFOVICER .
Presión tributaria
TRIBUTOS RECAUDADOS POR EL GOBIERNO CENTRAL
PT



= ---------------------------------------------------------------------------------------- X 100
PBI
Es el porcentaje (%) de la producción (PBI) que el Estado capta
a través de los tributos en un periodo determinado.
Brinda al Estado información sobre los efectos de los
impuestos en la economía.
En nuestro país bordea el 13% mientras que en Chile y
Argentina supera el 20%.
LA CURVA DE LAFFER:
Y
Y2
A partir de un tipo t2,
empieza la economía
sumergida y la fuerte
evasión tributaria
Y1
RECAUDACIÓN
Y3
t1
t2
t3
TIPO IMPOSITIVO
Para un tipo t1 se recauda Y1. Para un tipo t2 se recauda Y2.
Subir por encima de t2, BAJA LA RECAUDACIÓN a Y3
t