Download Documento con ampliación

Document related concepts

Cooperativa de crédito wikipedia , lookup

Cooperativa wikipedia , lookup

Cuórum wikipedia , lookup

Caja Laboral wikipedia , lookup

Economía solidaria wikipedia , lookup

Transcript
FONDO DE EMPLEADOS
FONFRESENIUS
ECONOMIA SOLIDARIA
Antecedentes Históricos de la
Economía Solidaría
• A través de todas las épocas de desarrollo de la
humanidad, el hombre no ha podido enfrentarse
solo a la naturaleza, por ello desde los tiempos
primitivos a tenido que unirse con otros para
realizar los trabajos que faciliten su supervivencia;
el continuo desarrollo de la ciencia y la técnica
logrados por el hombre, hace que sea cada vez
más necesaria la cooperación en el trabajo.
Definición
Sistema socioeconómico, cultural y ambiental
conformado por el conjunto de fuerzas
sociales organizadas en formas asociativas
identificadas por prácticas autogestionarias
solidarias, democráticas y humanistas, sin
ánimo de lucro para el desarrollo integral del
ser humano como sujeto, actor y fin de la
economía.
Conceptos Fundamentales
Dignidad Humana:
Entendida como el valor que
trasciende la condición biológica misma y obliga a
recuperar y mantener el valor de la vida en la
cotidianidad, sin discriminación de raza, condición
política o condición social.
Trabajo Solidario: Sistema político y económico
donde la misma organización controla todas las áreas
de gestión, redistribuye la riqueza, fomentando la
igualdad social, frenando la discriminación y protegiendo
los débiles y marginados.
Conceptos Fundamentales
Organización Solidaria:
Personas de todos los
grupos sociales que quieren desarrollar iniciativas
empresariales de nuevo tipo, eficientes y que sean
acordes con un sentido social y ético que se proponen
establecer en sus actividades.
Compromisos:
Aceptación voluntaria de las
obligaciones para aportar los esfuerzos y capacidades
para el mejoramiento de la persona y de la organización.
Conceptos Fundamentales
Medio Ambiente: Desarrollo sostenible que involucra
complejas interacciones entre fenómenos físicos,
valores culturales, conceptos ideológicos etc., los cuales
deben armonizarse.
Educación: La educación es la regla de oro del
cooperativismo, puesto que todas las organizaciones del
sector solidario están obligadas a desarrollar acciones
educativas integrales, como único medio para transmitir
y multiplicar los ideales del movimiento.
Conceptos Fundamentales
Ayuda Mutua
Responsabilidad
Equidad
Transparencia
Honestidad
Responsabilidad Social
Valores
Preocupación por los demás
Proyecto de Vida: Un proyecto de vida incluye ver a
profundidad cuáles son las fortalezas y las debilidades y
luego evaluar las oportunidades y amenazas de los
diversos caminos.
Conceptos Fundamentales
 Sin ánimo de lucro: Se presume que una empresa
asociativa no tiene ánimo de lucro, cuando cumple los
siguientes requisitos:
Reservas Sociales
Irrepartibilidad
Remanente Patrimonial
Servicios
Excedentes
Sociales
Revalorización de aportes
Crecimiento reservas y fondos
Conceptos Fundamentales
Desarrollo
Social:
Propósito
social
de
transformación dentro de la conceptualización de una
civilidad moderna para la creación de una cultura de la
tolerancia, del pluralismo, de la solidaridad, de la
corresponsabilidad, de la aceptación de las diferencias,
del diálogo, de la información y de la formación
ciudadana y de la aplicación del conocimiento para el
progreso, el desarrollo y la inclusión social.
Conceptos Fundamentales
 Desarrollo Integral:
Para que el proceso de
perfección del hombre sea armónico e integral, debe
comprender los siguientes aspectos:
 El tecnológico: Apropiación de adelantos científicos
 El político: Democracia
Reconocimiento a la
igualdad de los seres humanos
 El humanístico: Ser solidarios
cooperación
ayuda mutua y
Trabajo en Equipo
 Responsabilidad mutua
 Metas compartidas del equipo
 Atención centrada en el desempeño del equipo
 Interdependencia
 Interacción frecuente y centrada en los compañeros
 Resultados definidos por equipo
 Se estimula y valora la cooperación y colaboración
 El equipo asume diversas funciones
 Se requieren habilidades para trabajar en equipo.
Principios
 El ser humano, su trabajo y mecanismos de
cooperación tienen primacía sobre los medios de
producción.
 Espíritu de solidaridad, cooperación, participación y
ayuda mutua.
 Administración
democrática,
autogestionaria y emprendedora.
participativa,
 Adhesión voluntaria, responsable y abierta.
Principios
 Propiedad asociativa y solidaria sobre los medios de
producción.
 Participación económica de los asociados, en justicia
y equidad.
 Formación e información para sus miembros, de
manera permanente, oportuna y progresiva.
 Autonomía, autodeterminación y autogobierno.
 Servicio a la comunidad.
Fines
 Promover el desarrollo integral del ser humano.
 Generar prácticas que consoliden una corriente vivencial
del pensamiento solidario, crítico, creativo y emprendedor
como medio para alcanzar el desarrollo y la paz de los
pueblos.
 Contribuir al ejercicio
democracia participativa.
y
perfeccionamiento
de
la
 Participar en el diseño y ejecución de planes, programas y
proyectos de desarrollo económico y social.
 Garantizar a sus miembros la participación y acceso a la
formación, el trabajo, la propiedad, la información, la
gestión y distribución equitativa de beneficios sin
discriminación alguna.
Paralelo
Empresas de
Economía Solidaria
Empresas Capitalistas
 Interesa la persona.
 Interesa más el capital.
 Propiedad asociativa.
 Propiedad individual.
 Distribución
de
excedentes
en
proporción a servicios.
 Distribución
de
utilidades en proporción
al capital.
 Una persona un voto.
 Una persona tantos
votos como partes de
capital tenga.
 Educación
para
elevación cultural.
 Educación
para
productividad.
la
Características de las Organizaciones
de Economía Solidaría



Contemplar en sus estatutos las necesidades de los
asociados, el desarrollo de servicios y practicas
comunitarias.
Establecer vínculos asociativos con principios y fines
de la economía solidaria.
Figurar en sus estatutos la ausencia de ánimo de
lucro.

Igualdad de derechos y obligaciones.

Monto de aportes no reducibles durante su existencia.

Integrarse social y
Empresas del sector.
económicamente
con
otras
Contexto Socio Económico para
el Desarrollo
 Las necesidades del ser humano vs. sus
soluciones.
 Organización de la Empresa de Economía
solidaria.
 El sector solidario como sistema y filosofía.
 Sistema nacional de Economía Solidaria.
El Sector Solidario como Sistema
Ganancia
Razón
de ser
Satisfacción
de
necesidades
Servicios
El Sistema
Asociado
Directivo
Empleado
Satisfacción
de
necesidades
Ética
cooperativa
Intercambio
de factores
Acumulación
de riqueza
Sistema Nacional de Economía Solidaria
FONES
DANSOCIAL
FOGACOOP
Sector público
Sector privado
Subsistemas.
Unidad Administrativa Especial
de Organizaciones Solidarias
CONES
CURSO BÁSICO
ECONOMÍA SOLIDARIA
Empresas de Economía Solidaría
 Cooperativas
 Fondos de empleados
 Precooperativas
 Asociaciones
 Empresas
comunitarias
 Empresas solidarias
de salud
 Empresas asociativas
de trabajo
mutuales
 Cooperativas de
administración pública
 Las organizaciones de
2 y 3 grado de las
mismas e
instituciones auxiliares
Cooperativa
• Empresa asociativa sin animo de lucro, en la
cual los trabajadores o los usuarios, según el
caso, son simultáneamente los aportantes y
los gestores de la empresa, creada con el
objeto de producir o distribuir conjunta y
eficientemente
bienes
o
servicios
para
satisfacer las necesidades de sus asociados y
la comunidad en general.
FONDOS DE EMPLEADOS
• DECRETO LEY 1481 DE 1989
Son empresas asociativas con
vínculo asociativo restringido a
trabajadores dependientes y
subordinados principalmente y con
objeto solidario determinado.
Principios
 Adhesión voluntaria y abierta.
 Gestión democrática por parte de los
asociados.
 Participación económica de los asociados.
 Autonomía e independencia.
 Educación, formación e información.
 Cooperación entre cooperativas.
Valores
Para el Fondo
Para los asociados
 Autoayuda
 Honestidad
 Democracia
 Transparencia
 Igualdad
 Responsabilidad
social
 Equidad
 Solidaridad
 Atención a los
demás
Características
 Ingreso y retiro de asociados, sea voluntario
 Número de asociados variable e ilimitado
 Participación democrática
 Educación cooperativa permanente
 Integración social
Cooperativo
y
económica
 Patrimonio mínimo variable e ilimitado
 Irrepartibilidad de las reservas sociales
 Duración indefinida
al
sector
Prohibiciones
Tener discriminaciones sociales,
económicas,
religiosas o políticas.
Establecer con sociedades o personas mercantiles,
combinaciones o acuerdos que le hagan participar a
estas, directa o indirectamente de los beneficios o
prerrogativas que las leyes otorgan a las
cooperativas.
Conceder ventajas o privilegios a los promotores o
fundadores.
Desarrollar actividades distintas a las enumeradas en
sus estatutos.
Transformarse en sociedad mercantil.
Acuerdo Cooperativo
Es el contrato que se celebra entre un número
determinado de personas, con el objeto de
crear y organizar una persona jurídica de
derecho privado, cuyas actividades deben
cumplirse con fines de interés social y sin
ánimo de lucro.
Toda actividad económica, social o cultural
puede organizarse con base en el acuerdo
Cooperativo.
Clasificación
Especializada
Actividad
Multiactiva
Integrales
Comercialización
Trabajo Asociado
Agropecuarias
Objeto
Educación
Transporte
Vivienda
Otras
Contenido de los Estatutos
 Razón social, domicilio y ámbito territorial de
operaciones
 Objetivo del acuerdo cooperativo y enumeración de
sus actividades
 Derechos y deberes de los asociados
 Régimen de sanciones, causales y procedimientos
 Procedimiento para resolver diferencias o conflictos
entre los asociados o entre estos y la cooperativa
 Régimen de organización interna, constitución,
procedimiento y funciones de los organismos de
administración y vigilancia
Contenido de los Estatutos
 Convocatoria
extraordinarias
 Constitución
cooperativa
de
e
asambleas
incremento
ordinarias
patrimonial
de
y
la
 Reservas y fondos sociales
 Aportes sociales mínimos no reducible durante la
vida de la cooperativa
 Forma de aplicación de los excedentes
 Régimen y responsabilidad de la cooperativa y sus
asociados
Contenido de los Estatutos
 Normas para fusión, incorporación, transformación,
disolución y liquidación
 Procedimiento para reforma de estatutos
 Los estatutos serán reglamentados por el consejo de
administración con el propósito de facilitar su
aplicación en el funcionamiento interno y la
prestación de los servicios
 Las reformas de los estatutos deberán ser
aprobados en asamblea general y sancionadas por
Dansocial.
Asociados
Podrán ser asociados:
 Las
personas
naturales
legalmente
capaces,
menores de edad que hayan cumplido (14 años) o
quienes sin haberlos cumplido se asocien a través
de representante legal
 Las personas jurídicas de derecho publico
 Las personas jurídicas del sector cooperativo y las
demás de derecho privado sin ánimo de lucro
Asociados
La calidad de asociados de un Fondo de Empelados se
adquiere: Para los fundadores, a partir de la fecha de
la asamblea de constitución y para los que ingresen
posteriormente, a partir de la fecha que sean
aceptados por el órgano competente.
La calidad de asociado se perderá por muerte,
disolución, cuando se trate de personas jurídicas, retiro
voluntario o exclusión.
Los estatutos de la cooperativa establecerá los
procedimientos para el retiro de los asociados.
Derecho de los Asociados
 Utilizar los servicios del Fondo de Empleados y
realizar con ella las operaciones propias de su
objeto social.
 Participar en las actividades del Fondo y en su
administración, mediante el desempeño de cargos
sociales.
 Ser informados de la gestión del Fondo de acuerdo
con las prescripciones estatutarias.
 Ejercer actos de decisión y elección en las
asambleas generales.
Deberes de los Asociados
 Adquirir conocimiento sobre los principios básicos
del cooperativismo.
 Cumplir las obligaciones derivadas del acuerdo
cooperativo.
 Aceptar y cumplir las decisiones de los órganos
administrativos y vigilancia
 Comportarse solidariamente en sus relaciones con
la cooperativa y con las sociedades de la misma
 Abstenerse de efectuar actos o de incluir en
omisiones que afecten la estabilidad económica o
de prestigio social de la cooperativa
Asamblea General
• La Asamblea General es el órgano máximo de administración de las
entidades solidarias y sus decisiones son obligatorias para todos los
asociados, siempre que se hayan adoptado de conformidad con las
normas legales, reglamentarias o estatutarias.
• La constituye la reunión de los asociados hábiles o de los delegados
elegidos por éstos.
Artículo 27 - Ley 79 de 1988
Asociado hábil:
• Inscritos en el registro social.
• Que no tengan suspendidos sus
derechos y
• Que se encuentren al corriente en
el
cumplimiento
de
sus
obligaciones.
Procedimiento para convocar
Asambleas
La asamblea general ordinaria y extraordinaria,
será convocada por el consejo de administración,
para fecha, hora y lugar determinado.
La junta de vigilancia, el revisor fiscal o un 15%
mínimo de los asociado, podrán solicitar al
consejo de administración, la convocatoria de
asamblea general extraordinaria.
Asambleas de delegados
• La Asamblea General de asociados puede ser sustituida por la Asamblea
General de Delegados, si los estatutos lo contemplan, cuando:
- Se dificulte en razón del número de asociados
- Los asociados estén domiciliados en diferentes municipios del país.
- Resulte muy onerosa para la entidad.
• El número mínimo de delegados será de veinte.
- Los delegados serán elegidos en el número y para el período previstos en los
estatutos y el Consejo / Junta de Administración reglamentará el procedimiento
de elección.
• A la Asamblea General de delegados le serán aplicables, en lo pertinente,
las normas relativas a la Asamblea General de asociados.
Artículo 29 - Ley 79 de 1988
Quórum para deliberar y adoptar
decisiones
La asistencia de la mitad de los asociados hábiles
o de los delegados convocados construirá quórum
para deliberar y adoptar decisiones válidas. Si
dentro de la hora siguiente a la convocatoria no
hubiere integrado este quórum, la asamblea podrá
deliberar y adoptar decisiones con un número de
asociados no inferior al 10% del total de los
asociados hábiles, ni al 50% del número requerido
para construir una cooperativa.
Asambleas de delegados
• La Asamblea General de asociados puede ser sustituida por la Asamblea
General de Delegados, si los estatutos lo contemplan, cuando:
- Se dificulte en razón del número de asociados
- Los asociados estén domiciliados en diferentes municipios del país.
- Resulte muy onerosa para la entidad.
• El número mínimo de delegados será de veinte.
- Los delegados serán elegidos en el número y para el período previstos en los
estatutos y el Consejo / Junta de Administración reglamentará el procedimiento
de elección.
• A la Asamblea General de delegados le serán aplicables, en lo pertinente,
las normas relativas a la Asamblea General de asociados.
Artículo 29 - Ley 79 de 1988
Convocatoria de asamblea
general
• Se convocará en el tiempo que definan los estatutos.
• En su defecto, según el Código de Comercio, es decir con
quince (15) días hábiles de antelación.
• El término de convocatoria se cuenta a partir del día hábil
siguiente a la fecha de convocatoria hasta el día hábil antes de
la celebración de la asamblea.
• Las asambleas generales serán convocadas por el Consejo de
Administración o la Junta Directiva
• De no hacerlo, se convocará conforme al procedimiento y
competencia establecidos en los estatutos.
Convocatoria de asamblea general
En caso de no ser convocada por el órgano competente, podrá
ser convocada:
A solicitud del:
Revisor Fiscal
Junta de Vigilancia / Comité control social
15% de los asociados
Supersolidaria
- Por incumplimiento de los
procedimientos estatutarios.
- Por detectarse serias irregularidades.
(art. 36 numeral 2º. Ley 454 de 1998).
Convocatoria de asamblea general
• La convocatoria se hará conocer a los asociados hábiles o
delegados elegidos, en la forma y términos previstos en los
estatutos.
• En su defecto se aplica el art. 424 C. de Comercio, es decir,
mediante aviso que se publicará en un diario de circulación
en el domicilio principal de la entidad.
• La Junta de Vigilancia o el Comité de Control Social
verificará la lista de asociados hábiles e inhábiles y la relación
de éstos últimos será publicada para conocimiento de los
afectados.
Artículo 30 - Ley 79 de 1988
Convocatoria de asamblea general
Medios usuales de convocatoria:
• Carta personal dirigida a la última
dirección registrada del asociado o
delegado.
• Aviso publicado en las oficinas de la
entidad.
• Aviso publicado en un diario de
circulación.
• Telegrama.
• Cualquier otro medio de
información verificable.
Estos medios se pueden
contemplar, en los estatutos, en
forma:
– Concurrente: es necesario
cumplirlos todos.
– Excluyente: es suficiente
cumplir con uno de ellos.
Orden del día (Genérico)
1. Instalación de la asamblea.
2. Verificación del quórum.
3. Nombramiento de presidente y
secretario de la asamblea.
4. Aprobación del orden del día.
5. Elección de comisión de escrutinios.
6. Elección de comisión de revisión y
aprobación del acta.
7. Aprobación del reglamento de la
asamblea.
8. Informe del consejo de
administración o junta directiva.
9. Informe del gerente.
10. Informe de la junta de vigilancia o comité
de control social.
11. Informe del revisor fiscal.
12. Aprobación de estados financieros.
13. Destinación de excedentes.
14. Fijación de aportes extraordinarios.
15. Reformas estatutarias.
16. Elección de miembros del consejo de
administración o junta directiva.
17. Elección de miembros de la junta de
vigilancia o comité de control social.
18. Elección de revisor fiscal y suplente, y
fijación de honorarios.
19. Proposiciones y varios.
Quórum de asamblea general
• Si la asamblea es de asociados puede deliberar con:
- La mitad de asociados hábiles convocados
• Si dentro de la hora siguiente a la de la convocatoria no se ha integrado el
quórum, la Asamblea podrá deliberar y adoptar decisiones válidas con un número
de asociados:
- No inferior al diez por ciento del total de los asociados hábiles,
- No inferior al cincuenta por ciento del número requerido para constituir la entidad
(fondo, cooperativa o mutual).
• En las Asambleas Generales de Delegados el quórum mínimo será el cincuenta
por ciento de los elegidos y convocados.
• Una vez constituido el quórum, éste no se entenderá desintegrado por el retiro de
alguno o algunos de los asistentes, siempre que se mantenga el quórum mínimo
señalado anteriormente.
Artículo 31 - Ley 79 de 1988
Decisiones en Asamblea General
• Por regla general las decisiones de la Asamblea General se tomarán por mayoría
absoluta de los votos de los asistentes.
- Los estatutos pueden contemplar mayoría calificada para algunas decisiones.
• En las cooperativas se requiere voto favorable de las 2/3 partes (mayoría calificada) y
en los fondos del empleados el 70% de los asistentes para:
• Reformas de estatutos
Fijación de aportes extraordinarios,
• Amortización de aportes
Transformación, fusión, incorporación, escisión y
disolución para liquidación.
• La elección de órganos o cuerpos plurales se hará mediante los procedimientos y
sistemas que determinen los estatutos o reglamentos de cada entidad.
• Cuando se adopte el de listas o planchas, se aplicará el sistema de cuociente electoral.
Artículo 32 - Ley 79 de 1988
Decisiones en Asamblea General
• En las Asambleas Generales de entidades de primer grado corresponderá a
cada asociado un sólo voto.
• Los organismos de segundo y tercer grado deberán establecer en los estatutos
el régimen del voto y representación proporcional al número de asociados, al
volumen de operaciones con la entidad, o a una combinación de estos
factores.
• Los asociados o delegados convocados no podrán delegar su representación
en ningún caso y para ningún efecto.
En los fondos de empleados, los estatutos podrán contemplar la
representación fijando los topes máximos de capacidad de representación.
Decisiones en Asamblea General
DESTINACION DE EXCEDENTES
1. Compensar pérdidas de ejercicios anteriores.
2. Restablecer la reserva de protección de aportes
sociales al nivel que tenía antes de
amortización.
Decisiones en Asamblea General
DESTINACION DE EXCEDENTES – F. Empleados
Mínimo 20 %
Reserva protección
aportes sociales.
Máximo 80 %
- Incrementar reserva anterior.
- Crear o incrementar fondos permanentes o
agotables para labores de salud, educación,
previsión y solidaridad, para asociados y
familias.
- Revalorización de aportes (hasta 50% de los
excedentes).
- Amortización.
- Retorno de excedentes.
Sistema de elección de dignatarios
1. Votación por lista o plancha única:
• Se requiere aprobar la elección de dignatarios por mayoría de votos de los
asistentes.
2. Votación uninominal:
a) Cada asistente vota por uno de los candidatos y quienes
obtengan
mayoría quedan elegidos para los cargos como principales; los siguientes en
votación como suplentes.
b) Cada asistente escribe, en su papeleta, los nombres de los
candidatos por
quienes vota para que integren el órgano de
que se trate, señalando principales y
suplentes.
Quienes obtengan mayoría de votos son elegidos como principales y los siguientes en
votación como suplentes.
Sistema de elección de dignatarios
3. Votación por listas o planchas:
• Los asistentes votan por las planchas previamente inscritas.
• Para la elección de los titulares y suplentes se emplea el
sistema del cuociente electoral.
Votos válidos
------------------No. de cargos a proveer
• Votos válidos:
- Los que son por alguna plancha
- Los votos en blanco.
(Sólo se excluyen los nulos)
Sistema de elección de dignatarios
FONDOS DE EMPLEADOS
• La elección de los miembros de los órganos o cuerpos colegiados y del
revisor fiscal podrá ser efectuada por la asamblea general o mediante
votación directa de todos los asociados, en la forma que establezcan los
estatutos.
• Cuando se adopte el procedimiento de listas o planchas, se aplicará el
sistema de cuociente electoral, sin perjuicio de que los nombramientos
puedan producirse por unanimidad o por mayoría absoluta cuando sólo se
presente una plancha
Trámites posteriores:
Entidades sin actividad financiera y fondos
de empleados
•1. Inscripción en
cámara de comercio.
Para oponibilidad ante
terceros.
•2. Envío a la
Supersolidaria dentro de los
10 días hábiles siguientes a
la inscripción en cámara de
comercio.
Para control de legalidad
posterior
Trámites posteriores:
Entidades con actividad financiera
•1. Envío a la Supersolidaria
dentro de los 30 días hábiles
siguientes a la realización de
la asamblea
(Carta Circular 006/04)
Para control de legalidad
posterior
•2. Inscripción en
cámara de comercio
Para oponibilidad ante
terceros.
Eficacia de la Asamblea General
Para que la asamblea sea eficaz, deberá reunir los siguientes requisitos
según estatutos o en su defecto la ley (Ley 79/88 y C.Co.)
Citación conforme lo establece la ley y los estatutos, observando la
oportunidad prevista en el estatuto.
b) Publicación de la convocatoria.
c) Observar la fecha de habilidad de los asociados prevista en los estatutos o en
los reglamentos del consejo de administración o junta directiva.
d) Verificación y publicación de listado de asociados hábiles con la
anticipación prevista en los estatutos.
e) Órgano competente: Consejo de Administración o Junta Directiva
directamente, observando la debida convocatoria y el quórum necesario para
el efecto.
f) Quórum: Las decisiones deben adoptarse con la mayoría prevista en los
estatutos o en la ley.
a)
Eficacia de la Asamblea General
DECISIONES INEFICACES: (art. 190 C.Co.)
Las decisiones tomadas en una reunión celebrada en contravención a lo
prescrito serán ineficaces.
• La ineficacia no produce efectos jurídicos.
• No requiere declaración judicial o de providencia administrativa.
• No requiere ser impugnada.
• Verificada la falta de quórum esa misma circunstancia determina “per se” que
el acto es ineficaz.
En consecuencia deberá realizarse una nueva asamblea observando las
previsiones estatutarias y legales.
Ineficacia y nulidad de los actos de la
Asamblea
1.
INEFICACIA:
Irregularidades en:
a) Convocatoria o
b) Quórum
2. NULIDAD:
Violación de disposiciones:
- Legales
(nulidad absoluta)
- Estatutarias
(nulidad relativa)
- Reglamentarias (nulidad
relativa)
Art. 38 Decreto-Ley 1481 de 1989
Impugnaciones de los actos de la
Asamblea
“Compete a los jueces civiles municipales el conocimiento de las
impugnaciones de los actos o decisiones de la asamblea general y del
consejo/junta de administración de las entidades:
- Cuando no se ajusten a la ley o a los estatutos,
- Cuando excedan los límites del acuerdo cooperativo.
-El procedimiento será el abreviado previsto en el Código de Procedimiento
Civil.
-Podrán impugnar: los administradores, el revisor fiscal, los asociados ausentes
o disidentes.
Artículo 45 - Ley 79 de 1988
Funciones de la Asamblea
 Establecer las políticas y directrices generales
de la cooperativa para el cumplimiento del
objetivo social.
 Reformar los estatutos
 Examinar los informes de los órganos de
administración y vigilancia
 Aprobar o No los estados financieros de fin de
ejercicio
 Destinar los excedentes del ejercicio económico
conforme a lo previsto a la ley y los estatutos.
 Fijar aportes extraordinarios
Funciones de la Asamblea





Elegir los miembros del consejo de administración / Junta
Directiva y de la junta de vigilancia o comité de control
social
Elegir el revisor fiscal, su suplente y fijar su remuneración
Autorizar al consejo de administración / Junta Directiva
para celebrar contratos señalando el porcentaje del capital
social.
Dirimir los conflictos que existan entre el consejo de
administración / Junta Directiva y la junta de vigilancia /
Comité de Control Social
Las demás que el señalen los estatutos y las leyes.
Junta Directiva
•
Es el órgano permanente de administración
subordinado a las directrices y políticas de
la asamblea general.
•
El número de integrantes, su período y las
causales de remoción y sus funciones
serán fijadas en los estatutos.
Funciones de la Junta Directiva

Asignar los cargos
dentro del consejo de
administración, elegir los comités de educación
(art. 90) y otro que se requiera para mejorar el
servicio de los asociados.

Nombrar al gerente y removerlo por causa justa

Decidir sobre la admisión, renuncia o exclusión
de los asociados y sobre devolución de aportes
sociales

Llevar a cabo la autogestión, fijando normas para
la prestación de servicios.
Funciones de la Junta Directiva





Aprobar el plan de desarrollo, el plan anual de
actividades, el presupuesto de ingresos y hacer
seguimiento y evaluación periódica
Aprobar la afiliación a otras instituciones del sector
cooperativo
Autorizar al gerente para celebrar contratos
Presentar a la asamblea general ordinaria el
informe de actividades, el balance general y
recomendaciones para distribución de excedentes.
Recibir y estudiar los informes de gerencia, del
revisor fiscal, de la junta de vigilancia miembros de
los comités.
Funciones de la Junta Directiva
En términos generales al consejo y/o Junta
Directiva le corresponde las funciones de
planeación, organización, evacuación, control
e integración de la cooperativa, siempre
asegurando el desarrollo de la cooperativa o
Fondo, para lo cual debe tener presente el
objeto social.
Comité de Control Social
Órgano de control social del Fondo de
Empleados,
conformado por un número
máximo de 3 asociados hábiles con sus
respectivos
suplentes;
su
período
y
causales de remoción serán fijadas en los
estatutos.
Funciones del Comité de Control Social
Velar por que los actos de los órganos de
administración se ajusten a normas legales,
estatuarias y en especial dentro de los principios
cooperativos.
Informar a los órganos de administración, al revisor
fiscal y al órgano competente (de orden nacional)
sobre las irregularidades que se presenten en el
funcionamiento de la cooperativa / Fondo y presentar
recomendaciones.
Conocer los reclamos que presenten los asociados
en relación con la presentación de servicios,
transmitirlos y solicitar los correctivos.
Gerente
Es el empleado de mayor jerarquía dentro de
una Cooperativa y/o Fondo de Empleados,
ya que es el representante legal y ejecutor
de las disposiciones y acuerdos del Consejo
de Administración o la Junta Directiva.
Funciones del Gerente
Proveer cargos contemplados en la planta de
personal.
Organizar el trabajo, la producción y
abastecimiento de la cooperativa o el fondo.
el
Ordenar los gastos.
Celebrar contratos, realizar
conformidad con los estatutos.
operaciones
de
Presentar para estudio y aprobación de la Junta, el
presupuesto de ingresos, gastos e inversiones
para el período correspondiente y los planes,
programas y proyectos que estime necesarios.
Comité de Educación
Órgano
encargado
de
realizar
en
forma
permanente actividades que tiendan a la
formación de sus asociados y trabajadores en
principios,
métodos
cooperativismo,
de
y
características
asistencia
técnica
del
e
investigación y de promoción, así como para
capacitar a los administradores en la gestión
empresarial.
Comité de Solidaridad
Con los excedentes, las cooperativas
y los
fondos de Empleados, deberán desarrollar la
ayuda mutua a sus asociados con programas
de previsión, de salud y asistenciales para
atender eventos de calamidad y enfermedad de
los asociados.
Áreas de Gestión
Personal
Producción
Gestión
Mercadeo
Finanzas
Funciones Administrativas
Planeación
Control
Organización
Dirección
Organigrama de un Fondo de Empleados
Asamblea General
Revisor Fiscal
Comité de Control
Social
Junta Directiva
Gerencia - Representante Legal
Otros Comités
Coordinador
Empleados
El Control
Revisor
fiscal
Auditoría
Comité de
Control
Social
Comunidad
y veeduría
ciudadana
Aspectos Contables
Con el fin de obtener una información económica que
nos permita tomar decisiones, se debe llevar una
contabilidad conforme a las normas establecidas.
Por lo tanto, se debe tener en cuenta lo siguiente:
Manejo Presupuestal
Libros
Estados Financieros
Plan único de cuentas
Plan de Trabajo
Implementación de
las NIIF
1. Antecedentes – Diagnóstico - Sensibilización
2. Identificación de Factores críticos en el proceso de implementación.
En la estrategia del Negocio / En la administración del
proyecto. /
En la consolidación. / En el soporte tecnológico.
3. Definición y asignación de Recursos.
4. Conformación del grupo ínter disciplinario que liderará el proyecto.
5. Capacitación en las NIIF.
6. Identificación y distribución de módulos por grupo de cuentas
contables.
7. Definición de los objetivos específicos del proyecto.
8. Alcance y estrategia del proyecto - Salida en productivo.
9. Cronogramas y fechas claves.
Reguladores en Colombia
Ley 1314 de 2009
Propuesta de Direccionamiento Estratégico
Diciembre 22 de 2010
Propuesta de modificación a la conformación de los grupos de
entidades para aplicación de NIIF
15 de Diciembre de 2011
Programas de trabajo CTCP - Dic/2011
Programas de trabajo CTCP - Jun/2012
Direccionamiento Estratégico – Doc. Final
Julio 18/2012 (Con base de conclusiones)
Decretos de aplicación Voluntaria
D.4946 dic/11 y D.403 feb/12
Grupo 1
Grupo 2
Grupo 3
NIIF - IFRS
NIIF para PYMES
ISAR
Régimen Económico
Individuales
Aportes sociales
Amortizados
Patrimonio
Fondos
Educación (20%)
Solidaridad (10%)
Rva.Protec.Aportes (20%)
Otros
Donaciones
Trámites para Constitución
 Conformar base social
 Comité organizador o gestor
 Curso inducción y básico
 Elaboración de estatutos
 Asamblea de constitución y elección de
dignatarios
 Legalización
 Seguridad social
Requisitos inscripción Cámara de
Comercio

Solicitud escrita de reconocimiento de personería
jurídica

Acta de la asamblea de constitución

Texto completo de los estatutos

Constancia de pago de por lo menos el 25% de los
aportes iniciales suscrito por los fundadores
expedida por el representante legal de la
cooperativa

Acreditar la educación cooperativa por parte de los
fundadores con una intensidad horaria no inferior a
20 horas
Proyecto Educativo Socio Empresarial
PESEM
Proceso de investigación - capacitación - acción aprendizaje que realizan todas las organizaciones
solidarias de la competencia del Dansocial, a partir de
sus propios planes de desarrollo y como estrategia para
el mejoramiento continuo de la empresa.
Proyecto:
Porque establece propósitos, diseño de
planes, acciones y metas concretas que permiten el
desarrollo de la organización. Es proyecto porque
planea a lo largo, mediano y corto plazo y fija horizontes
empresariales y sociales a los asociados.
Proyecto Educativo Socio Empresarial
PESEM
Educativo: Porque a través de procesos de reflexión acción se desarrollan nuevos aprendizajes y generan
nuevas actitudes de vida.
Social: Porque pretende beneficiar a todos los asociados
de las empresas solidarias y porque busca elevar sus
condiciones de vida.
Empresarial: Porque tiene como objetivo cualificar la
producción de bienes y prestación de servicios a cargo de
las organizaciones.
Proyecto Educativo Socio Empresarial
PESEM
Áreas
Investigación
Promoción
Formación
Fortalecimiento
Desarrollo Social
Capacitación
Asistencia Técnica