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Transcript
CONCEPTO DE
SALUD MENTAL
Estado de relativo equilibrio e
integración de los elementos
conflictivos constitutivos del
sujeto, de la cultura y de los
grupos, en el que las personas
o los grupos participan
activamente en sus propios
cambios y en los de su entorno
social
ENFERMEDAD MENTAL
Es el resultado de un proceso cerebral,
orgánico o funcional que poniéndose de
manifiesto mediante síntomas previstos
de tipicidad acepta una etiología
conocida o postulada, en cuya virtud se
produce una alteración de la
personalidad, que imposibilita adoptar
una conducta acorde con los valores
sociales en vigencia.
ASPECTOS GENERALES DE
LA ENFERMEDAD
PSIQUIATRICA
 Sistemas diagnósticos de clasificación a nivel
internacional:
DSM IV
CIE 10
Propósitos:
Aportar un lenguaje comun para facilitar la
comunicación entre los profesionales de la salud.
Evaluar la historia natural de un trastorno
determinado con sus características clínicas.
Disponer de una base de datos para
comprender mejor las causas de los diversos
trastornos mentales.
DSM (SISTEMA
MULTIAXIAL)
 Eje I y Eje II: trastornos mentales.
 Eje III: enfemedades médicas.
 Eje IV: problemas psicosociales y
ambientales.
 Eje V: funcionamiento global del sujeto
(laboral, social, familiar)
GENESIS Y FISIOPATOLOGIA
DE LOS TRASTORNOS
MENTALES
 Neurotransmisión: existe una
correspondencia entre alteraciones de
determinados neurotransmisores y
manifestaciones psicopatológicas
(dopamina, serotonina).
 Neuroimagen: para diagnosticar
alteraciones orgánicas.
CAMBIO DEL PARADIGMA
DE LA PSIQUIATRIA
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Los cambios en el pensar la Salud Mental, se encuentran intimamentes
asociados a cambios históricos propios de cada país.
Primeros años del siglo XX: Primer intento de cambio: Open Door
Finales de los años 50: se comienza a cuestionar políticas en función de
un sujeto peligroso e irrecuperable, por parte de diversas disciplinas.
En la década del 60: comienzan las primeras comunidades terapeúticas
dentro de los hospitales psiquiátricos.
Entre 1976-1983: hay un desmantelamiento de lo anterior.
Retorno de la democracia: se instaura a la Política de Salud Mental como
prioridad en Salud, entiendo que la Salud Mental es un derecho de las
personas y las comunidades, constiuyendo como deber del Estado su
cuidado, mediante la promoción, prevención asistencia y rehabilitación
eficaces.
Década el 90: desmanicomialización.
PREAMBULO DE LA
CONSTITUCION DE LA OMS
 “ Se entiende por higiene mental o
cuidado de la salud mental el conjunto de
actividades basadas en un repertorio de
conocimientos científicos y tendientes a
fomentar, proteger, conservar y
restablecer la salud mental del hombre”.
CONSTITUCION
PROVINCIAL DE SANTA FE
 Art. 19: “La provincia tutela la salud como
derecho fundamental del individuo e interés de
la colectividad. Con tal fin establece los
derechos y deberes de la comunidad y el
individuo en materia sanitaria y crea la
organización técnica adecuada para la
promoción, protección y reparación de la salud
en cooperación con la nación, otras provincias
y asociaciones privadas nacionales e
internacionales….”
SALUD MENTAL: CAMPO
INTERDISCIPLINARIO
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Salud.
Uso de Instituciones.
Condiciones de vida, trabajo, educación
Medios de comunicación
Legislación y jurisprudencia
Problemáticas sociales.
EQUIPOS INTERDISCIPLINARIOS
LEY PROVINCIAL DE SALUD
MENTAL
10772/90
 Propósitos:
1) Atención accesible
2) Descentralizada
3) Tareas de prevención, educación.
Objetivos:
A) Creación de una red de servicios
B) Investigación epidemiológica
C) Vigilancia de aspectos éticos y jurídicos (art. 24)
D) Departamentos de Salud Mental en Establecimientos
Carcelarios
E) Actividades de educación para la salud
LEY 10772
 Se reglamenta en el año 2007.
 Construcción de Comités de Admisión
interdisciplinarios.
 Abordajes dela salud mental en APS, centros
de salud mental en la comunidad, centros de
salud mental en la comunidad con internación,
servicios de salud mental en los hospitales
regionales, equipos de atencion domiciliaria,
casas de medio camino, hospitales de día.
 Capacitación de los recursos humanos.
 Programa de investigación epidemiológica
LEY 10772
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Art. 1: derecho al tratamiento.
Art 2: derecho a ser escuchado, informado y a su intimidad.
Art 3: requisitos de la internación.
Art 4: personas autorizadas para proponer, solicitar o disponer la
internación.
Art 5: internación propuesta por profesional de salud mental.
Art 6: internación a solicitud del interesado o su representante legal
Art 7: internación dispuesta por autoridad judicial
Art 8: internación dispuesta por autoridad policial
Art 9: historia clínica.
Art 10: desiganción de representante del internado.
Art 11: deberes del representante.
Art 12: comunicación de la internación.
Art 13: derechos de visita, salida y trabajo.
Art 14: resguardo de la integridad física y psíquica.
LEY 10772
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Art 15: Salidas terapeúticas.
Art 16: Egreso de los internados.
Art 17: condiciones de funcionamiento de los establecimientos públicos y privados.
Art. 18: transformación de los establecimientos de internación.
Art 19: impulso de oficio.
Art 20: funciones de los defensores generales.
Art 21: Inspección judicial.
Art 22: Junta especial: Conformación y facultades.
Art 23: departamentos de salud mental en el ámbito penitenciario.
Art 24: Departamentos de asesoramiento jurídico.
Art 25: inobservancia e incumplimiento de la ley.
Art 26: modificación de los artículos 73, 568 y 570 del CPP de la provinicia de
Santa fe.
Art 27: modifación de los artículos 70 y 85 del Código de Faltas de la Provincia de
Santa Fe.
CRITERIOS DE
INTERNACION
INVOLUNTARIA
 1) Diagnóstico seguro de trastorno mental
severo.
 2) Pronóstico inmediato negativo, para el
paciente.
 3) Disponibilidad para efectuar tratamiento
eficaz.
 4) Rechazo de la internación por parte del
paciente.
 5) Tratamiento propuesto razonable.
ESTADO PELIGROSO
PELIGROSIDAD
 Peligro: riesgo o contigencia de que suceda algún mal.
 “capacidad de una persona para convertirse
probablemente en autora de un delito”
 APA “la peligrosidad no es un diagnóstico psiquiátrico
ni médico, sino comprende cuestiones de definición y
de juicio crítico , así como de política social”.
RIESGO O TENDENCIA A PRESENTAR CONDUCTAS
IMPULSIVAS, AGRESIVAS O VIOLENTAS
AGRESION
 Aumento de la tensión, a punto de
partida de la pulsión agresiva, que en un
principio es controlada por los sistemas
inhibitorios cerebrales y sociales.
Generalmente es desencadenada por el
otro, este último es vivenciado como
amenazador o depredador del espacio
vital, de los valores individuales o de la
vida misma.
IMPULSIVIDAD
Es la conducta agresiva, no premeditada y
no desencadenada por el otro, que pone
de manifiesto una alteración en los
sistemas de control biológico, psicológico
y social.
VIOLENCIA
 Manifestación colectiva de la agresión,
que une elementos de la agresión y de la
impulsividad, de cada uno de los
miembros del grupo violento.
PSIQUIATRIA FORENSE
 Valoración:
Estudio de la personalidad del
delincuente.
Estudio de la vida anterior al hecho
delictivo.
Estudio de la conducta posterior al
hecho delictivo.
Estudio de los móviles.