Download La transversalización del género en la Protección Social

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Transcript
Proyecto SEGURIDAD SOCIAL para organizaciones
sindicales- SSOS
SEMINARIO SUBREGIONAL
FORTALECIMIENTO DE REDES
SINDICALES EN MATERIA DE
PROTECCION SOCIAL EN EL
MERCOSUR
Montevideo 24 al 26 setiembre 2007
LA TRANSVERZALIZACIÓN DEL
GÉNERO EN LA PROTECCIÓN
SOCIAL. POR UNA POLÍTICA DE
PROTECCIÓN SOCIAL CON
EQUIDAD DE GÉNERO
Alma Fernández
Dpto. Género y Equidad
Verónica González
PIT-CNT
DATOS QUE IMPORTAN
LAS MUJERES
• son 1/2 de la población mundial
• Son 1/3 de la fuerza de trabajo reconocida
• Realizan las 2/3 parte de las horas de trabajo
• Sólo reciben 1/10 parte de los ingresos mundiales
• Tienen menos de 1/100 parte de las propiedades del
mundo
Las mujeres y las niñas son más vulnerables
a la pobreza que los hombres. Las 2/3
partes de las mujeres trabajadores en el
mundo en desarrollo se desempeñan en
la economía informal, la mayoría en los
trabajos peor pagos”.
Somavía 91ª Conferencia de OIT
(junio/2003)
IMPORTANCIA DE LA DIMENSION
DE GENERO
EL ESTUDIO BASADO EN 2 PLANOS
FUNDAMENTALES:
•LA SOCIEDAD - LA FAMILIA
ENVEJECIMIENTO - NATALIDAD
•LA ESTRUCTURA DEL MERCADO
LABORAL.
DISCRIMINACIÓN
• Toda distinción, exclusión, restricción,
preferencia o ejercicio de violencia física y moral,
basada en motivos de raza, color de piel,
religión, origen nacional o étnico, discapacidad,
aspecto estético, género, orientación e identidad
sexual, que tenga por objeto o por resultado
anular o menoscabar el reconocimiento goce o
ejercicio, en condiciones de igualdad, de los
derechos humanos y libertades fundamentales
en las esferas políticas, económicas, social,
cultural, o en cualquier otra esfera de la vida
pública.
¿POR QUE IMPORTA ESTUDIAR LA DIMENSION DE
GENERO EN LA SEGURIDAD SOCIAL?
• El hombre era el sustento del hogar (un ingreso). Hoy
•
•
•
•
salen a trabajar hombre y mujer (2 ingresos).
Los vínculos familiares eran fuertes y permanentes. Hoy
hay procesos de desintegración familiar (jefas de hogar).
El vínculo familiar formal (con libreta de matrimonio) ha
cambiado y perjudican a las mujeres (divorciadas y
concubinas sin derechos)
Los cambios sociales y las nuevas realidades
emergentes en la región deben ser atendidas por la Seg.
Social
Divorciadas y madres solteras se hacen cargo de los
hijos y parentela; esto implica: renuncia a trabajos
formales y entrar en la informalidad, peor pagos y
excluidos de la Seg. Social.
4 razones para el estudio de la
dimensión de género en las reformas:
• 1) por no considerar explícitamente la dimensión
de género
• 2) por creciente ingreso de las mujeres al
mundo/mercado de trabajo
• 3) por impacto demográfico e incremento de la
vida de la mujer
• 4) por que el costo fiscal de las reformas se
concentran en las mujeres.
Medidas para otorgar la igualdad de trato en la protección
social y para promover la igualdad de género de la
protección social.
•
•
•
•
•
•
•
Pensiones de supervivientes
Divorcio y reparto de la pensión
Edad de jubilación
Crédito de pensión para personas con responsabilidades de prestación de
cuidados
Tasas de prestaciones diferenciadas en función del sexo
Licencia y prestaciones parentales y servicio de cuidado infantil
Prestaciones por hijos e hijas a cargo
•TRATAR DESIGUALES COMO
IGUALES PERPETÚA LA
DISCRIMINACIÓN
• Edad de jubilación
• Prestaciones de supervivientes
efectos negativos en las mujeres
Reducción de derechos en lugar de aumento
de los mismos
• Todas las reformas de la seguridad
social deberían examinarse
cuidadosamente con el objeto de
evitar sus posibles repercusiones
negativas para las mujeres y de
fomentar a la vez la igualdad de
género
Convenio sobre la seguridad social
(norma mínima) 102
año 1952
•
Art. 10.1 las prestaciones deberán comprender, por lo
menos:
b. En el caso de embarazo, parto y sus consecuencias;
i. La asistencia prenatal, la asistencia durante el parto y
la asistencia puerpueral por un médico o una
comadrona diplomada
NO ESTÁN RATIFICADOS EN MERCOSUR Y
CHILE
AÑOS DE RATIFICACIÓN
Conv100(1951)
Conv 103
(1952)
Conv 111
(1958)
ARGENTINA
1956
1968
BRASIL
1957
1965
1965
CHILE
1971
1994
1971
PARAGUAY
1964
URUGUAY
1989
Conv 156
(1981)
1988
1994
1967
1954
1989
1989
Conv 183
(2000)
URUGUAY Y LA SEGURIDAD SOCIAL
• Ley 16713 (set. 1995) sustituye en forma parcial el
•
•
•
•
programa público por un sistema mixto de ahorro.
Se reducen diferencias por género que favorecían a las
mujeres edad min. de jubilación se llevó a 60 años
La edad miníma por edad avanzada aumenta igualmente
con los hombres
Se otorgo a los viudos derecho a recibir pensiones de
supervivencia.
Se eliminó pensión supervivencia a las hijas solteras
mayores de 45 años que acreditaran haberse dedicado al
cuidado de padres o hermanos.
• Uruguay: programas de jubilaciones y
pensiones cubren a más del 90% de
los/as adultos mayores.
• Los hombres acceden en mayor
proporción a la titularidad de una
jubilación.
• Mujeres concentradas en la pensión a la
vejez/ viudez.
• Menor acceso de las mujeres a la
jubilación se origina en gran medida en
que las mujeres tienen mayor propensión
a interrumpir su vida laboral por períodos
relativamente prolongados.
La reforma de la seguridad social
de 1995 perjudicó a las mujeres
• Menos del 12% de las mujeres y menos del 17%
de los hombres de la muestra podría satisfacer
el requisito de 35 años de servicio a los 60 años
de edad. A los 65 años, los porcentajes de
cumplimiento del requisito suben a 19 % y 25 %
respectivamente.
“Seguridad Social y Género en Uruguay: un análisis de las
diferencias de acceso a la jubilación”
En Uruguay existe un amplio
espectro de legislación que
protege a las mujeres y niñ@s
Aunque subsisten los déficit
• Inexistencia de normas sobre licencia por
•
•
enfermedad de hij@s o menores a cargo
Ausencia de prohibición expresa de pruebas de
embarazo (si bien cabe incluirla en la prohibición
genérica de discriminación en el acceso al
trabajo)
Inexistencia de disposiciones legales sobre
licencia de paternidad (sólo prevista en
empleados públicos), y sobre licencia paren tal
Derecho a la lactancia
En la práctica las trabajadoras cumplen el horario
íntegro cuando se reintegran
Los lapsos de media hora por lo gral se unen
acortando el período de trabajo, se detecta
insuficiencia de la medida para cumplir el
objetivo propuesto de favorecer la lactancia
materna.
No hay norma que disponga facilidades para que
la trabajadora pueda extraer leche materna y
conservarla para alimentar al lactante, las de
lactancia casi inexistentes, no están dadas las
condiciones para que las trab hagan su uso de
este derecho
Conservación del puesto de trabajo
• No hay norma en nuestro derecho que garantice
•
un plazo de estabilidad laboral para la
trabajadora luego de reintegrarse del embarazo
– parto.
Ley 16045 discriminatorio el despido o
suspensión motivado en el embarazo, cambio de
estado civil o lactancia, no se prevé legalmente
la posibilidad del reintegro.
Guarderías o jardines infantiles
• Uruguay ha declarado obligatoriedad a la
•
asistencia a educación inicial a partir 4 años,
aunque el estado no posee ninguna norma sobre
la obligación de establecer guarderías o jardines
infantiles en los ámbitos laborales públicos o
privados.
Convenio OIT 156, Recomendación 165
Marta Márquez, 2005
Combatir la discriminación
en el trabajo
Un compromiso
democrático ineludible
Crisis económica de los ‘90
• Caída del empleo
• Aumento desempleo
• Precariedad laboral
• Desigualdad de ingresos
• En el mercado laboral subsiste una
discriminación vertical y horizontal
• Así mismo como una implícita y otra
explícita
La pobreza se potencia con la
inequidades de género
• Hogares con jefatura femenina
mayores niveles de pobreza e indigencia
• Tasa de actividad femenina 51.8%
Uruguay iguala los promedios
latinoamericanos
• Tasa de desempleo 2005
mujeres 15.3%
hombres 9.5%
Alta tasa de
• DESEMPLEO
• SUBEMPLEO
Indicadores de
desigualdad
• PERCARIEDAD
Agenda Política y Social para la
equidad
• Mujeres tienen mayores dificultades que
los hombres para encontrar trabajo
• Responsabilidades familiares
INSERCIÓN FEMENINA
• SEGMENTADA
• CONCETRADA EN OCUPACIONES CUIDADO/
REPRODUCCIÓN
Servicios sociales
Trabajo doméstico
Comercio
Brecha salarial
• Las mujeres perciben ingresos promedios
menores hombres en toda las ramas de
actividad
2005 la remuneración mujeres 71% de
la de los hombres
Mujeres promedio $ 6438
Hombres promedio $ 9074
ECH/INE
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
MECANISMO IMPRESCINDIBLE PARA LA
IGUALDAD DE GÉNERO
LLEVAR DESDE
CONSEJO SUPERIOR DE SALARIOS
HASTA LAS
NEGOCIACIONES POR RAMA
LAS CLÁUSULAS DE GÉNERO
ACCESO AL TRABAJO,
CAPACITACIÓN,
CARRERA FUNCIONAL,
ASCENSOS,
EQUIDAD SALARIAL,
CONDICIONES DE TRABAJO,
SALUD LABORAL,
RESPONSABILIDADES FAMILIARES,
MATERNIDAD
LACTANCIA
IX CONGRESO DEL PIT CNT
Resultados de negociación colectiva
• Sector público
• Banca pública
• Universidad de la República
• COFE
• Sector Privado 17 de los 137 acuerdos
firmados
Tripartismo de género
10 años
Avanzando hacia la igualdad
Comisión tripartita para la Igualdad
de Oportunidades y trato en el
Empleo
• Ha demostrado compromiso y voluntad
actores sociales para erradicar
discriminación y promover la igualdad en
le trabajo a través del diálogo social
continuidad de este proceso
constituyéndose como actor clave agenda
laboral uruguaya
UN CAMINO A CONTINUAR
• PROIMUJER
• PLAN NACIONAL DE IGUALDAD EN EL
EMPLEO
• PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN
INSPECCIÓN DE TRABAJO PARA CASOS
DE ACOSO SEXUAL.
• LEY 18065 DE TRABAJO DOMÉSTICO
A nivel regional
• Profundizar el relacionamiento e intercambio de
experiencias entre las Comisiones Tripartitas de
Igualdad del MERCOSUR y Chile, consolidando el
camino hacia una nueva institucionalidad
TRIPARTITA SUPRANANCIONAL PARA
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y
TRATO EN
EL EMPLEO
AVANZAMOS
YA NO ESTAN MÁS POSTERGADAS
trabajadoras/os domésticas
LEY 18065
Bibliografía
•
•
•
•
•
•
Informe País Convención CEDAW 2007
Promoviendo la Igualdad de Género OIT, 2006
Maria Celia Vence ERT-PIT CNT, Uruguay
“La negociación Colectiva como herramienta
para la inclusión de la equidad de Género”, Soc.
Ana Aguilera, 2006
Trabajo Doméstico, Ofelia Ogara, Zully Rivas,
DGE- PIT CNT, 2007
“Uruguay, Negociación colectiva y equidad de
género”, Dra. Marta Márquez, 2005