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Viceministerio de Desarrollo Estratégico de Recursos Naturales,
Dirección General de Diversidad Biológica
Módulo de Capacitación en Bioseguridad de los
Organismos Vivos Modificados (OVM)
29 – 30 de setiembre de 2015
Comunicación de riesgos
Dora Velásquez Milla
Especialista en Acceso de Recursos Genéticos
30 de setiembre de 2015
Comunicación
de
Riesgos
http://www.pregonagropecuario.com/cat.php?txt=6109
http://elpais.com/elpais/2013/06/02/media/1370175074_380264.html
Artículo 17°
Movimientos Transfronterizos
Involuntarios y Medidas de
Emergencia
Notificación
Artículo 17.1
Cada Parte adoptará las medidas adecuadas para notificar a los
Estados afectados o que puedan resultar afectados, al Centro
de Intercambio de Información sobre Seguridad de la
Biotecnología y, cuando proceda, a las organizaciones
internacionales pertinentes, cuando tenga conocimiento de una
situación dentro de su jurisdicción que haya dado lugar a una
liberación que conduzca o pueda conducir a un movimiento
transfronterizo involuntario de un organismo vivo modificado
que sea probable que tenga efectos adversos significativos
para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad
biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud
humana en esos Estados. La notificación se enviará tan pronto
como la Parte tenga conocimiento de esa situación.
Punto de contacto
Artículo 17.2
Cada Parte pondrá a disposición del Centro de Intercambio de
Información sobre Seguridad de la Biotecnología, a más tardar
en la fecha de entrada en vigor del presente Protocolo para esa
Parte, los detalles pertinentes del punto de contacto, a fines de
recibir notificaciones según lo dispuesto en el presente artículo.
Contenido de la notificación
Artículo 17.3
Cualquier
notificación
enviada en
virtud de los
dispuesto en
el párrafo 1
supra deberá
incluir:
a)
Información disponible pertinente sobre las
cantidades estimadas y las características y/o rasgos
importantes del organismo vivo modificado;
b)
Información sobre las circunstancia y la fecha
estimada de la liberación, así como el uso del
organismos vivo modificado en la Parte de origen;
c)
Cualquier información disponible sobre los posibles
efectos adversos para la conservación y utilización
sostenible de la diversidad biológica, teniendo
también en cuenta los riesgos para la salud humana,
así como información disponible acerca de las
posibles medidas de gestión del riesgo;
d)
Cualquier otra información pertinente; y
e)
Un punto de contacto para obtener información
adicional.
Consultas con Estados afectados
Artículo 17.4
Para reducir al mínimo cualquier efecto
adverso significativo para la
conservación y la utilización sostenible
de la diversidad biológica, teniendo
también en cuenta los riesgos para la
salud humana, cada Parte en cuya
jurisdicción haya ocurrido la liberación
del organismo vivo modificado a que se
hace referencia en el párrafo 1 supra
entablará inmediatamente consultas con
los Estados afectados o que puedan
resultar afectados para que éstos puedan
determinar las respuestas apropiadas y
poner en marcha las actividades
necesarias, incluidas medidas de
emergencia.
Consultas
(entre Parte con ocurrencia
de liberación de OVM y
Estados afectados)
Toma de
decisiones
(Estados afectados)
Medidas para reducir
al mínimo el efecto
adverso significativo
Características de la consulta y de las respuestas y medidas a considerar
https://portals.iucn.org/library/efiles/html/EPLP046-explanatory_guide-es/Art%C3%ADculo17.html
 Las Partes de origen de movimientos transfronterizos involuntarios de OVMs, como parte de sus
obligaciones de prevención y cooperación, deben proporcionar ayuda para reducir al mínimo cualquier
efecto adverso significativo para la biodiversidad y la salud humana.
 “Reducir al mínimo” alude al nivel más bajo de efectos adversos significativos para la biodiversidad y la
salud humana, lo cual se consigue determinando las clases de respuestas apropiadas, así como la
naturaleza de las medidas necesarias a tomar, incluyendo medidas de emergencia.
 Debido a que las clases de respuestas y medidas que puedan tomar los Estados afectados en relación
con un movimiento transfronterizo involuntario no están especificadas, se deben realizar consultas con
el objetivo primario de hacer posible que los Estados interesados evalúen la situación de los efectos
adversos, teniendo en cuenta la naturaleza y magnitud del movimiento transfronterizo en cuestión y los
posibles efectos adversos para la biodiversidad y la salud humana. Estas consultas deben ser conducidas
de manera inmediata, de buena fe y con el propósito genuino de llegar a soluciones acordadas.
 La obligación de prevención tiene un carácter continuo, por lo cual sería necesario mantener consultas
constantes durante toda la operación de emergencia y tras la misma, para poder monitorear
adecuadamente posibles efectos adversos no identificados.
 Las Partes pueden elaborar planes de intervención para situaciones de emergencia, regionales o
bilaterales, acerca de movimientos transfronterizos involuntarios. Por su parte, el CDB alienta el
desarrollo de planes conjuntos de este tipo (artículo 14.1 y artículo 5).
Artículo 25°
Movimientos
Transfronterizos Ilícitos
1.
Cada Parte adoptará las medidas nacionales
adecuadas encaminadas a prevenir y, si procede,
penalizar los movimientos transfronterizos de
organismos vivos modificados realizados en
contravención de las medidas nacionales que rigen la
aplicación del presente Protocolo. Esos movimientos
se considerarán movimientos transfronterizos ilícitos.
2.
En caso de que se produzca un movimiento
transfronterizo ilícito, la Parte afectada podrá exigir a
la Parte de origen que retire a sus expensas el
organismo vivo modificado de que se trate
repatriándolo o destruyéndolo, según proceda.
3.
Cada Parte pondrá a disposición del Centro de
Intercambio de Información sobre Seguridad de la
Biotecnología información sobre los casos de
movimientos transfronterizos ilícitos en esa Parte.
https://bch.cbd.int/resources/common-formats
Formatos Comunes
Registro Nacional: Decisión del País o cualquier otra comunicación
Sección A - Información General
8. Asunto de la Decisión / Comunicación*
8.7 Otras decisiones, notificaciones,
declaraciones o comunicaciones
Consulte la Sección F
Sección F - Otras decisiones, notificaciones,
declaraciones o comunicaciones
19. Tipo de presentación*
19.2 Notificación acerca de los
movimientos transfronterizos
involuntarios de OVMs (Artículo 17.1)
19.3 Notificación acerca de los
movimientos transfronterizos ilegales de
OVMs (Artículo 25.3)
https://bch.cbd.int/resources/common-formats
Formatos Comunes
https://bch.cbd.int/resources/common-formats
Formatos Comunes
Otras perspectivas
Diagrama de flujo (hoja de ruta) del análisis de riesgo:
evaluación, gestión y comunicación
Comunicación del Riesgo
Es entendida por diferentes instituciones como un proceso
interactivo de intercambio de información y opiniones entre
individuos, grupos e instituciones sobre un riesgo en particular
o de cómo la gestión de riesgos se lleva a cabo, a fin de alertar al
público que podría ser afectado por un OGM liberado. En todos
los casos, impera que la comunicación esté basada en
información fidedigna con un sólido respaldo científico y con un
vocabulario accesible al público objetivo.
Es un proceso que ayuda a la gestión de riesgos y consolida la
evaluación de riesgo, fomentando la internacionalización de
percepción de seguridad en los interesados, y de ser necesario,
la oportunidad para una nueva evaluación de riesgo que
eventualmente se considere que pueda surgir después de la
liberación.
Una comunicación eficaz del riesgo reduce la expectativa
negativa de la población objetiva, prepara a las partes interesadas
para la toma de medidas de mitigación de ser necesarias, y
minimiza la desconfianza que frecuentemente existe sobre el uso
de OGM. Por otro lado, aporta información útil para la
planificación de las acciones de gestión a la empresa o al órgano
supervisor.
La comunicación desde los organismos regulatorios es esencial
en el proceso de creación de confianza sobre la seguridad de los
artículos regulados.
Desde las empresas, contribuye a crear una imagen realista que
debe estar en consonancia con la demostración de su
responsabilidad social.
MUCHAS
GRACIAS
Dora Velásquez Milla
[email protected]