Download Julio de 2012, Pub N.º F066.02

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
Sistema de protección y defensa de California
Hoja informativa sobre la elegibilidad
para recibir los servicios de
rehabilitación vocacional
Julio de 2012, Pub N.º F066.02
¿Quién determina la elegibilidad para recibir los servicios de
rehabilitación vocacional (VR, Vocational Rehabilitation)?
La agencia estatal designada por la Administración de Servicios de
Rehabilitación (RSA, Rehabilitation Service Administration) que determina
si una persona cumple los requisitos para recibir servicios de rehabilitación
vocacional en California es el Departamento de Rehabilitación (DOR,
Department of Rehabilitation).
¿Cómo se solicita?
1. Solicítelo por Internet en el sitio web del Departamento de
Rehabilitación de California www.dor.ca.gov;
2. Envíe el formulario de solicitud adjunto por correo postal a la oficina
local del Departamento de Rehabilitación.
3. Llame a la oficina local del Departamento de Rehabilitación y pida
que le envíen una solicitud por correo postal.
4. Visite la oficina local del Departamento de Rehabilitación y complete
una solicitud en persona.
5. También puede facilitar la información necesaria para comenzar el
proceso de evaluación en otro formato razonable.
Page 2 of 5
¿Quién puede optar a los servicios de VR?
El solicitante debe satisfacer los requisitos de elegibilidad estipulados en la
sección 102(a) (1) de la Ley de Rehabilitación (Rehabilitation Act) de 1973
para poder optar a recibir los servicios de VR.
1. El primer requisito de elegibilidad es que el solicitante sea una
“persona con una discapacidad” tal como se define en la sección
7(20) (A) de la Ley de Rehabilitación de 1973. Esto quiere decir que
el solicitante debe cumplir las dos condiciones siguientes:
a. tiene un impedimento físico o mental que supone u ocasiona
un obstáculo considerable para el empleo; y
b. puede beneficiarse laboralmente de los servicios de
rehabilitación vocacional.
2. El segundo requisito es que el solicitante necesite los servicios de
rehabilitación vocacional para prepararse para el empleo o para
asegurarlo, mantenerlo o recuperarlo.
Para determinar si el solicitante puede optar a los servicios de
rehabilitación vocacional, el DOR debe llevar a cabo una evaluación, en el
entorno más INTEGRADO posible, consistente con las necesidades y la
DECISIÓN INFORMADA del solicitante, y debe basarse solo en los
requisitos siguientes:
1. Una persona cualificada debe determinar que el solicitante tiene un
impedimento físico o mental;
2. Una persona cualificada debe determinar que el impedimento físico o
mental del solicitante supone u ocasiona un obstáculo considerable
para el empleo.
3. Un asesor de rehabilitación del DOR debe determinar que el
solicitante necesita los servicios del DOR para prepararse para un
empleo en línea con sus fortalezas, recursos, prioridades,
inquietudes, habilidades, capacidades, decisiones informadas e
intereses únicos, o para asegurarlo, mantenerlo o recuperarlo.
(Título 9 del Código de Reglamentos de California [CCR, California Code
of Regulations], sección 7029.7)
Page 3 of 5
¿Qué es un impedimento físico o mental?
Un “impedimento físico o mental” es cualquier trastorno o problema
fisiológico, desfiguración cosmética, o pérdida anatómica que afecte a uno
o más de los siguientes sistemas del cuerpo: neurológico, musculoesquelético, órganos sensoriales especiales, respiratorio (incluyendo los
órganos del habla), cardiovascular, reproductivo, digestivo, genitourinario,
hematológico y linfático, endocrino y la piel; o cualquier trastorno mental o
psicológico como: retraso mental, síndrome orgánico cerebral, enfermedad
mental o emocional, y discapacidades concretas del aprendizaje (título 9
del CCR, sección 7021).
¿Qué es una evidencia “clara y convincente”?
La evidencia clara y convincente es el estándar legal que el DOR debe
demostrar para determinar que el solicitante es incapaz de beneficiarse de
los servicios de VR (Ley de Rehabilitación, sección 102(a)(2)(A), y título 9
del CCR, sección 7004.6).
Las enmiendas de 1992 a la Ley de Rehabilitación exigían al DOR llevar a
cabo una evaluación prolongada antes de tomar la decisión de que el
solicitante no cumplía los requisitos para recibir los servicios de VR
basándose en la gravedad de su discapacidad. Sin embargo, las
enmiendas a la Ley de Rehabilitación de 1998 suprimieron el requisito de
la evaluación prolongada y ahora requieren que el DOR lleve a cabo una
experiencia de trabajo de prueba antes de tomar una decisión respecto a
la elegibilidad.
¿Qué es una experiencia de trabajo de prueba (TWE, Trial
Work Experience)?
Una experiencia de trabajo de prueba es un periodo durante el cual el DDR
debe “explorar las habilidades, las capacidades y la competencia del
solicitante para rendir en una situación laboral” (Ley de Rehabilitación,
Sección 102(a)(2)(B), y título 9 del CCR, sección 7029.1(a) y (b)). El DOR
puede hacer esto ofreciendo varias evaluaciones de colocación laboral al
solicitante. El DOR debe ofrecer al solicitante los apoyos adecuados
durante la TWE, incluyendo apoyos en el lugar de trabajo y/o capacitación,
así como adaptaciones necesarias antes de determinar si el solicitante no
Page 4 of 5
puede beneficiarse de los servicios de VR debido a la gravedad de su
discapacidad.
La TWE debe ser lo suficientemente diversa y prolongada para poder
determinar la elegibilidad del solicitante o la existencia de evidencia clara y
convincente de que el solicitante es incapaz de beneficiarse laboralmente
de los servicios de VR debido a la gravedad de su discapacidad (Ley de
Rehabilitación, sección 102(a)(2)(B), y título 9 del CCR, sección 7029.1(c)).
¿Quién se considera que cumple los requisitos?
-
-
SSDI/SSI: Se considera que las personas que reciben prestaciones
del Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI, Social Security
Disability Insurance) y Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI,
Supplemental Security Income) cumplen los requisitos para recibir
servicios de VR. (Ley de Rehabilitación, sección 102(a)(3), y título 9
del CCR, sección 7062(d)).
Alumnos de educación especial: el DOR puede utilizar las
decisiones de los oficiales de educación sobre si una persona
satisface la definición de “persona con una discapacidad” y
coordinará con las agencias educativas para facilitar la transición de
los alumnos con discapacidades que reciben servicios educativos en
la escuela a recibir servicios de rehabilitación vocacional (Ley de
Rehabilitación, sección 102(a)(4)(B) y sección 101(a)(11)(D); título 9
del CCR, sección 7028.6).
AVISO: Estas personas no podrán optar a los servicios de VR si el DOR
determina que no pueden beneficiarse de ellos debido a la gravedad de su
discapacidad. Una vez más, el DOR debe presentar una evidencia clara y
convincente para tomar tal decisión, lo cual es una exigencia muy estricta.
¿Cuándo sabré si puedo optar a los servicios de VR?
El DOR tomará la decisión sobre la elegibilidad en un plazo razonable, que
no superará los 60 días, después de recibir la solicitud de servicios. Este
plazo puede ampliarse con el fin de llevar a cabo una TWE o por
“circunstancias excepcionales e imprevistas fuera del control” del DOR. En
esta situación excepcional, el DOR y el solicitante acordarán una
Page 5 of 5
ampliación concreta del plazo (Ley de Rehabilitación, sección 102(a)(6) y
título 9 del CCR, sección 7060).
¿Qué pasa si se determina que no cumplo los requisitos?
Si se determina que no cumple los requisitos para optar a los servicios de
VR, el DOR debe:
1. Tomar la decisión solo después de haberse reunido con usted y/o su
representante;
2. Comunicarle por escrito, o mediante otro medio de comunicación
preferido y adecuado, el motivo de su decisión; su derecho a
recurrir, incluyendo los procesos de revisión administrativa y de
audiencia; y ofrecerle información sobre los servicios disponibles a
través del Programa de Asistencia a los Clientes (CAP, Client
Assistance Program).
3. Revisar su solicitud en un plazo de 12 meses y posteriormente si
usted lo solicita.
(Ley de Rehabilitación, sección 102(a)(5), y título 9 del CCR, sección
7098).
Si tiene alguna pregunta o encuentra algún problema respecto a la
elegibilidad, puede ponerse en contacto con el CAP de Disability Rights
California llamando al 1-800-776-5746.
Disability Rights California is funded by a variety of sources, for a complete
list of funders, go to http://www.disabilityrightsca.org/
Documents/ListofGrantsAndContracts.html.