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PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE COCINA DE LA FUNDACIÓN PÚBLICA SAN ANDRES I-Objeto Consistirá en desarrollar el servicio de COCINA de la Residencia ancianos “FUNDACIÓN PUBLICA SAN ANDRES”. II- Contenido del Objeto A tales efectos, la empresa adjudicataria se comprometerá a realizar, a su riesgo y ventura, la gestión completa del servicio de elaboración y conservación de los alimentos necesarios para 95 residentes, con pensiones completas compuestas de desayuno, comida, merienda, cena y recena en los casos indicados. Incluirá la comida del personal laboral que lo requiera diariamente. Dicho servicio comprenderá también la limpieza de todos los, residuos, utensilios, herramientas, maquinaria e instalaciones, suelos, paredes y techos, estanterías, programas de desinsectación, desinfección y desratización III- Actividades de la prestación. Características: 1. La gestión y compra, en nombre propio, de alimentos y materias primas; definición de productos, cantidades, calidad, stocks, etc, necesarios para la prestación del servicio contratado. Para ello y a efectos de uniformizar los criterios de oferta, la base cuantificada de dietas máximas a tener en cuenta es: - Desayunos 34.675 unds/año (de los que 760 serán especiales) - Comidas 37.960 unds/año ( de los que 1590 serán especiales) - Cenas 34.675 unds/año (de los que 190 serán especiales) - Meriendas 34675/año (de las que 600 serán especiales) - Recenas 6.000 unds/año - Lunch/año (1300 tapas aprox) Con plazo suficiente se harán los ajustes necesarios y se seguirá el siguiente calendario para los menús especiales: RELACIÓN DE COMIDAS ESPECIALES. ORIENTATIVO Nº Orden 1 2 3 4 Fecha-Festividad Comida 01 de Enero- Año nuevo (1)(4) 06 de Enero-Reyes Domingo de Semana Santa 01 de Mayo 106 106 106 106 Cena Desayuno 95 95 Lunch 5 5 6 7 8 9 10 11 12 12 13 14 15 16 24 de Junio- San Juan (1) 25 de Julio- Santiago 31 de Julio- San Ignacio 15 de Agosto-Virgen 08 de Setiembre-Arrate 24 de Setiembre- Merced (2)(5) 12 Octubre- Pilar 1 de Noviembre –Todos los Santos 30 de Noviembre- San Andres (1) 8 de Diciembre-Inmaculada 21 de Diciembre Santo Tomas (3) 24 de Diciembre-Noche Buena (1)(4) 25 de Diciembre- Navidad (1)(4) 31 de Diciembre –Noche Vieja (1)(4) 106 106 106 106 106 0 106 106 106 106 0 0 106 0 TOTAL 1590 95 95 95 95 400 95 300 95 95 95 190 760 (1) Vino especial 4-6 botellas tinto para el comedor (2) Vino especial 12-18 botellas tinto-claro-blanco para el lunch (3) Sidra 12 botellas para el lunch (4) Champán 12 botellas (comedor y personal) (5) Añadir tarta Resto de pinchos de lunch en función de actividades de grupos de animación Las meriendas especiales constarán de chocolate y croissant 2. La recepción, almacenamiento y custodia de materias primas. 3. La confección de las propuestas de menús y dietas, según las directrices que establezcan los servicios competentes, a tal efecto, de la Residencia y que estará sujeta a la aprobación de los mismos. Teniendo en cuenta las características del centro se ajustarán a las tipologías de cada residente, en función de necesidades calóricas, vías de administración, necesidades de modificación de texturas y restricciones o modificaciones individuales. (Para la definición de las dietas ver cuadro del ANEXO I) 4. La manipulación, elaboración y/o cocinado de las materias necesarias para la confección del menú y/o dietas previsto y autorizado. 5. Colocación de la comida en los carros calentadores y de reparto y recepción de los mismos tras el servicio de comedor 6. Lavado posterior de fuegos, hornos, cámaras frigoríficas, almacenes, cortadoras, peladoras menaje de cocina, carros, cafeteras, bandejas con traslado de restos a contenedores de basura etc. 7. El adjudicatario se obliga igualmente a confeccionar los menús o dietas especiales que, por prescripción facultativa y bajo la supervisión de los servicios competentes de la Residencia les sean requeridos. La preparación y confección de los menús serán realizadas en la cocina que, a tal efecto, dispone la Residencia y por el personal que la empresa adjudicataria aporte para la prestación del servicio. 8. Condiciones dietéticas e higiénicas mínimas exigibles.- Todos los productos servidos por la empresa adjudicataria habrán de estar sujetos a todo lo especificado en la normativa legal vigente y referida a las cocinas de colectividades, (certificados de proveedores, etiquetados, temperaturas de conservación, procesos de congelación, manipulación, productos de limpieza, uniformidad de personal, manuales APPCC) 9.- Las comidas que se sirvan habrán de garantizar la correcta cobertura de las necesidades alimentárias y terapéuticas del personal que las consuma, al menos en los siguientes puntos: a) Aporte energético, asegurando un mínimo aceptable de calorías. b) Equilibrio adecuado entre los nutrientes energéticos (proteínas, lípidos e hidratos de carbono). c) Frecuencia y variación en el consumo, de manera correcta, en los alimentos fundamentales (carne, pescado, huevos, legumbres, patatas, verduras, frutas, arroz, pastas, pan, azúcar, leche, etc.). 10.- Las comidas habrán de estar correctamente preparadas, guisadas y condimentadas, teniéndose en cuenta que, además de su función alimentaria, deberán considerarse motivo de satisfacción personal y colectiva. 11.- En todo momento, los servicios competentes del Centro podrán intervenir para comprobar si la cantidad y calidad de los alimentos servidos es la adecuada. Asimismo, podrán efectuarse las inspecciones, controles o determinaciones analíticas que se consideren convenientes para detectar cualquier tipo de alteración, contaminación o presencia de aditivos inadecuados. 12. - Toda persona, que el adjudicatario haya de emplear en estos servicios, habrá de tener cumplimentado el carnet de manipulador de alimentos, o requisito oficial necesario equivalente en cada momento, que será revisado periódicamente por los organismos competentes. 13- El horario que regirá para la prestación de los servicios será el que determine la Dirección del Centro. Los horarios que se establezcan deberán cubrir la distribución de las siguientes comidas a residentes, desayunos, comida, merienda, cena y recena (para los mayores diabéticos o bajo prescripción médica). El número de menús a servir en cada servicio se indicará con una antelación aproximada de 24 horas, si bien, el servicio deberá contar con la suficiente flexibilidad para atender variaciones surgidas de la dinámica propia del Centro. 14- Alimentos extras y peticiones autorizadas. El adjudicatario recibirá la petición de servicios, tanto de dietas como de alimentos extras, por los canales que la Dirección del Centro determine al efecto, no pudiendo suministrar servicios solicitados por canales diferentes del citado, ni bebidas o comidas a pacientes y otras dependencias del Centro. Asimismo, el adjudicatario no podrá preparar ni cocinar alimentos con finalidad distinta al objeto de este contrato. Las posibles situaciones relativas al servicio no contempladas en estas condiciones y que por necesidades deban ser suministradas, se resolverán de mutuo acuerdo entre el Centro y el adjudicatario, tanto en sus aspectos cualitativos como cuantitativos y económicos. 15- Pensión alimenticia. La pensión alimenticia se compondrá de: 15-1.- Desayuno: leche sola o con café o cacao/infusiones; mantequilla y mermelada individual; galletas bollería-fruta a criterio médico. A título orientativo los desayunos especiales constarán de chocolate y croissant 15-2.- Comida: primer plato, variado, alternando legumbres, pastas, sopas, hortalizas, verduras, patatas, etc.; Segundo plato, alternando carnes, pescados variados, huevos, etc. con guarnición; postre, compuesto de frutas variadas naturales o en almíbar, flan, natillas, mousses, helados, etc. a criterio médico. A título orientativo una comida especial constará de entremeses, solomillo o bacalao o cordero, tartas 15- 3.- Merienda: leche sola o con café o cacao o infusiones o zumos o galletas o una pieza de fruta o un yogur, a criterio médico. 15-4.- Cena; primer plato, alternando sopas, hortalizas, verduras, purés, etc.; segundo plato, alternando pescados, huevos, tortillas, carnes, etc.; postre, con la misma composición que en la comida, a criterio médico. A título orientativo una cena especial (Navidad) constará de entremeses con marisco, merluza o cordero, tartas 15-5.- Recena; vaso de leche o zumo y galletas(en este caso el adjudicatario lo dejará preparado y será el personal de la Residencia el que lo distribuya) Una vez a la semana será obligatoria la inclusión en el menú de pescado fresco. En las comidas se servirá agua de red y excepcionalmente mineral embotellada en caso de cortes de suministros mosto o vino en los casos autorizados La descripción anterior de ingredientes de las pensiones se entenderá orientativa. Los oferentes podrán proponer en sus ofertas cualquier variación al respecto, considerándose, especialmente las que contemplen los hábitos alimenticios de la población del área de influencia del Centro. 16.- Personal. El adjudicatario dispondrá de su propio personal para atender al servicio de hostelería del Centro que englobará de manera conjunta el servicio de limpieza del área de cocina y el de alimentación, incluidas bajas por ausencias, enfermedad, etc. El personal deberá ser cualificado y especializado y habrá de reunir todos los requisitos exigidos por la legislación vigente en materia de manipuladores de alimentos. El adjudicatario estará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social e higiene y seguridad en el trabajo, ordenanza laboral de hostelería, convenio colectivo habitual y cualquier otra normativa aplicable, siendo el único responsable de las infracciones y sanciones de cualquier naturaleza que se pudieran imponer. 17- Legislación aplicable. El adjudicatario velará por el cumplimiento de la reglamentación técnico-sanitaria de alimentos, cocina y comedor, adaptándose a las variaciones de las mismas que puedan surgir. 18.- Material e instalaciones. El Centro proporcionará al adjudicatario los locales, instalaciones, mobiliario y enseres que figurarán en el inventario que a tal efecto se formalizará. El adjudicatario aportará el resto de material que considere necesario para la prestación del servicio. Sobre los bienes aportados por el Centro, el adjudicatario no tendrá derecho alguno; pero sí deberán conservarlos en perfecto estado de uso y limpieza, corriendo por su cuenta el mantenimiento y reparación de los mismos. El adjudicatario no podrá realizar obras en los locales sin permiso expreso de la Fundación. En su caso, las obras correspondientes serán vigiladas y supervisadas por los servicios técnicos de la Corporación Municipal del Ayuntamiento de Eibar. De acordarse alguna reforma, ésta quedaría a beneficio del Centro sin derecho alguno a indemnización. La cesión de uso de los locales y cualquier otro bien que la Fundación pueda entregar al adjudicatario para el desarrollo del servicio en virtud de este contrato, no genera ningún derecho real en favor del adjudicatario, por lo que éste deber, a la terminación del contrato, abandonar los locales y devolver cuanto haya recibido en uso en el plazo máximo de 8 días, contados a partir de la fecha del requerimiento que a tal efecto se haga, sin derecho ni compensación con otros posibles derechos que pudiera ostentar frente a la Administración. Los bienes se devolverán en estado de correcto funcionamiento y las mermas que pudieran existir serán valoradas a precio de reposición. La reposición y reparación de los utensilios, maquinaria, equipos, etc, propios de cocina, derivada del deterioro o extravío, correrán de cuenta del adjudicatario. 19.- Fluidos. El Centro correrá con los gastos de fluidos que sean utilizados en los locales correspondientes a cocina, así como los necesarios para la prestación del servicio de limpieza, tales como agua y energía eléctrica. El adjudicatario deberá hacer un uso adecuado de los mismos. 20.- Limpieza y evacuación de residuos. Sin perjuicio de lo dispuesto en otros apartados del pliego respecto del servicio de limpieza, la limpieza de la cocina, así como los materiales necesarios para llevarla a cabo, correrán por cuenta del adjudicatario, quien deberá mantener el nivel de higiene exigible en cualquier establecimiento de hostelería y especialmente, en un Centro de las características de este, ajustándose en todo momento a las indicaciones que efectúe la Dirección del Centro y los Servicios competentes del mismo. Los licitadores deberán cubrir los siete días de la semana, durante los doce meses del año, de acuerdo con la plantilla de personal necesaria para el buen servicio Corresponderá a la Dirección del Centro determinar los programas de desinfección, desinsectación y desratización de los locales de cocinas. Los gastos de dichos programas correrán por cuenta del adjudicatario. Corresponderá al adjudicatario el traslado de los residuos hasta el lugar que se indique para su evacuación. Dicho traslado se realizará con la frecuencia y horario que determine la Dirección del Centro y en cuanto a la recogida de basura se cumplirá las normas establecido por el Ayuntamiento y/o mancomunidad, para dicho servicio. 21.- Control y seguimiento. Por parte de la Dirección del Centro se establecerán los procedimientos de control de calidad que considere oportunos, mediante los cuales se comprobarán la cantidad y calidad de las materias primas utilizadas y los productos elaborados en la cocina, el cumplimiento de las normas de higiene en la manipulación de alimentos, los locales, materiales y aseo de los trabajadores. La Dirección del Centro notificará al adjudicatario los incumplimientos que pudieran detectarse, aunque sean esporádicos. En caso de reiteración se aplicarán las sanciones económicas oportunas, siendo esta circunstancia causa de resolución del contrato. 22.- Oferta económica. Con independencia de lo previsto en el correspondiente apartado del Pliego de condiciones, la propuesta económica deberá pormenorizar el valor unitario del servicio, considerando un máximo de 95 raciones/día, desglosada por cada uno de los Servicios (desayuno, merienda y cena),104 raciones /día (comidas) y 8 raciones día (recenas) en su vertiente normal y especial. La facturación se realizará según los precios ofertados por la empresa que resulte adjudicataria, aplicándose al correspondiente servicio la cantidad de raciones / día del mes que se acuerden con la Fundación en tiempo determinado y aplicable. 23.- Responsabilidad civil. Los licitadores deberán cubrir los riesgos que implica el servicio objeto de este contrato, mediante la suscripción, por su cuenta, de una póliza de responsabilidad civil, debiendo acreditar, en todo momento, ante la Dirección del Centro, su vigencia. Eibar a 1 de Setiembre de 2016 El GERENTE D ELA FUNDACION Fdo.: Javier Osa, ANEXO I PARA LA DEFINICIÓN DE LAS DIETAS DE CADA UNO DE LOS RESIDENTES SEGÚN LOS SIGUIENTES CRITERIOS E ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACIÓN ORAL 3. CONTENIDO EN SODIO 4. TEXTURA 5. LÍQUIDOS HIPOCALÓRICA HIPOSÓDICA TEXTURA NORMAL LÍQUIDOS SIN ESPESAR DIETA EQUILIBRADA SIN RESTRICCIONES LÍQUIDOS ESPESADOS DIETA DE COMPLACENCIA TEXTURA ADMINISTRACIÓN BLANDA POR SONDA NORMOCALÓRICA NORMOSÓDICA MECÁNICA CON NASOGÁSTRICA PAN TEXTURA ADMINISTRACIÓN BLANDA HIPERCALÓRICA HIPERSÓDICA POR PEG MECÁNICA SIN PAN TEXTURA TURMIX (SUPERBLANDA) TEXTURA LÍQUIDA 6. RIQUEZA EN RESIDUOS 7. 8. RESTRICCIONES RESTRICCIONES DE ALIMENTOS INDIVIDUALES 2. VALOR CALÓRICO ABUNDANTE EN RESIDUOS CELÍACA* ABSOLUTA EXENTA DE GRASAS* ABSOLUTA Y SUERO ORAL DIABÉTICA* ASTRINGENTE DE RESTRICCIÓN (POBRE EN PROTEICA* RESIDUOS) NORMORESIDUAL HIPERPROTEICA*