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La República Romana
Ejército centuriado
La República se basa en una nueva forma de organización del pueblo y supuso que se
adivinó como se formaron miembros ajenos a la gens. La reforma rompió con la
organización gentilita anterior. El nuevo ejército tuvo una organización que se basó en
el censo histórico del ciudadano donde figuraban los bienes que cada uno tenía y se
renuevan cada cinco años.
Los miembros de las tribus eran los patres y los filii familia. Según los miembros, se
dividían en cinco clases. Existían un total de 193 centurias del ejército compuesto por
18 centurias de caballerías donde seis de ellas reunían a gentilicios privilegiados y
patricios. Había una Primera clase que constaba de 80 centurias. Las Segunda, Tercera
y Cuarta clase tenían 20 centurias. La Quinta clase tenían 30 centurias y 5 centurias
auxiliares.
Todos los ciudadanos ricos y pobres entre 16 y 60 años se integraban en el ejército.
Teóricamente cada uno tenía igualdad de derecho de voto. El voto se realizaba por
centurias y se comenzaba por las 18 centurias de caballería. Se paraba la votación
cuando se alcanzaba la mayoría. Alcanzaba hasta la Segunda clase y muy raras
ocasiones hasta la Tercera.
Magistraturas
Las magistraturas se dividían en:
- Ordinarias y extraordinarias.
- Mayores y menores.
- Patricios y plebeyos.
- Comunes y no comunes.
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Características:
a) Anualidad. A diferencia del rey que era vitalicio, las magistraturas del rey tenían
carácter imperial. El censor duraba un lustro aunque después duraba 18 meses.
El magíster equitum duraba 6 meses. El resto, duraban un año.
b) Colegiabilidad. Todos eran colegiales menos las dictaduras. Se formaban por
varias personas que tenían la misma función y el mismo poder
c) Efectividad. Eran elegidos por las asambleas populares
d) Los magistrados podrían ser perseguidos por la jurisdicción ordinaria.
e) Responsabilidad. Se hacía efectiva al final de su mandato en unos tribunales
especiales.
Potestas. Competencia que tiene el magistrado para expresar con voluntad la del
Estado creando para el Estado derecho y obligaciones.
Imperium. Supremacía del Estado que se personifica en el Estado y que exige toda
obediencia. Lo tenía el dictador. El cónsul y el pretor tenían el imperium dominus y el
imperium militiae que no se reduce a figuras militares.
Ius auspiciorum. Derecho a poder integrar por ciertos signos la voluntad de los dioses.
Ius edicendi. Derecho de los magistrados a publicar ordenanzas en las que se
construían mandatos y prohibiciones.
Ius agendi cum petribus. Derecho a convocar al Senado.
Iurisdictio. Aplicación del poder encaminado a la parcela de la administración de
justicia.
Consulado
Se sentaba en la silla curul y era ostentado por dos personas elegidas en los comicios
centuriados. Nació con el nombre de pretor. En el 367 a.C. se estableció con el nombre
de consulado dando lugar al nacimiento de una nueva clase social por su importancia
los nobilitas. Estaba formado por las familiar que entre sus miembros hubieran tenido
cónsul y por plebeyos enriquecidos.
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Era una magistratura anula con prórroga pero en el mando militar recibía de este
modo cuando tenía prórroga el nombre de procónsul. Los cónsules se distribuían entre
ellos las fuerzas y las empresas: uno era el cónsul maior y el otro tenía la intercessio.
Los cónsules iban precedidos por 12 lictores, tenía la toga con franja púrpura y
utilizaba la silla curul, era propuesto por los magistrados inferiores y votaban en los
comicios centuriados. Tenían imperium, todas las competencias que no hubieran sido
dado a otras magistraturas. La iurisdictio delegada por los cónsules en los pretores
pero cuando se sabía del procedimiento ordinario volvía a ser competencia de los
cónsules.
El apogeo del consulado coincidió con el de la República y durante el principado perdió
la colegiabilidad, la responsabilidad pasó a ser cargo honorífico.
Pretura
Era una magistratura con imperium ordinaria mayor patricio y gentil. Elegida a los
comicios centuriados. Los pretores sustituyeron al rey pero era jefes militares.
La razón de que se reara esta magistratura fue que al encontrarse constantemente los
cónsules en las guerras fronterizas, no había ninguna magistratura con imperio en
Roma. Para ello, se nombró el pretor urbano que era patricio y considerado colega
mayor de los cónsules; tenían las mismas competencias pero estaban subordinados a
ellos. Esta magistratura se estabilizó cuando en el 242 a.C. se creó el pretor peregrino.
El número de pretores fueron aumentando y de dos pasaron a ser después cuatro,
seis, ocho, diez hasta ser dieciséis el número. Era anual. Iban precedidos por dos
lictores cuando estaban en Roma y seis fuera de ella. Entre sus competencias tenían la
iurisdicitio pero en ausencia de los cónsules podría convocar al senado y a los comicios
y realizar otras funciones que les correspondían a los cónsules.
El pretor urbano actuaba dentro de Roma y entre ciudadanos romanos. El pretor
peregrino surgió cuando al aumentar el territorio romano como consecuencia de las
conquistas afluyó a Roma una gran cantidad de personas no ciudadanos y este pretor
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era competente para los asuntos entre ciudadanos romanos y peregrinos y entre
peregrinos entre sí dentro de Roma.
El pretor fue el primero que intervino en el proceso privado ya que era competente
para ver la fase in iure. Desde el punto de vista del derecho, lo más importante de esta
magistratura fue la utilización del ius edicendi.
Al comenzar el mandato, el pretor promulgaba un edicto con las normas de derecho
procesal que iban a regir durante su tiempo. Con esas normas se protegieron y
reconocieron los nuevos intereses y relaciones a los que dio lugar la ampliación de
roma. De esa forma surgió un nuevo derecho que no abolió al ius civile sino que
desarrolló paralelo a él y ese derecho fue el ius honorrium o praetorium.
Edil
El edil curul era un magistrado menor, patricio, curul y sin imperio. Nació en el 367 a.C.
como magistratura patricia pero más tarde se elegía un año entre los patricios y otro
en los plebeyos. Estos ediles eran elegidos por comicios tribunos y tenían privilegio de
magistrado.
Las competencias eran iguales a los ediles plebeyos y terminaron confundiéndose los
ediles curules con los ediles plebeyos. Las competencias eran tres:
a) Cura urbis. Labor de policía. Mantenimiento del orden público.
b) Cura ludorum. Organización de las fiestas públicas.
c) Cura annonae. Abastecían cereales y regulaban los precios. Inspeccionaba el
mercado de esclavos y ganados.
d) Tenía jurisdicción civil y criminal.
e) Podían imponer multas en virtud de la coercitio, pero estaban sometidos a la
provocatio ad populum ante los comicios por tribus.
f) Conocían en las controversias que podían surgir al celebrarse contratos de
compra-venta de animales y esclavos y llevar a cabo una regulación en materias
de vicios ocultos y edicción.
Cuestor
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Era una magistratura ordinaria, menor, no curul y sin imperio. Tenía un origen muy
antiguo remontándose a la monarquía y poco a poco pierde poder durante la
República.
Inicialmente eran dos auxiliares de los cónsules nombrados por éstos pero después
eran elegidos por tribus. El número fue aumentando, empezaron siendo dos y
terminaron siendo cuarenta. Los cuestores parricidio se encargaban de juzgar
parricidios también habían desde los que custodiaban la aerarium e insignias militares
hasta los que limpiaban acueductos.
Magistraturas extraordinarias patricias
Dictador
Era una magistratura extraordinaria, con imperio, no colegial y no anual. No era
electiva; era nombrado por uno de los cónsules con la conformidad previa del senado y
entre excónsules. Se nombraba en momentos de gran peligro militar para roma y sus
actividades eran sobre todo bélicas.
El dictador nombraba a un ayudante, el magíster equitum, y ambos eran investidos por
la lex curiata del imperio. La duración en el cargo era como máximo seis meses y
durante su mandato quedaban sometidas a él todas las magistraturas y frente a él no
cabía la interccessio ni la provocatio ad populum. Además quedaban suprimidas las
diferencias entre el imperium domi y el imperium militae.
Censor
Era una magistratura patricia, extraordinaria, mayor, curul y sin imperio. Compuesta
por dos miembros, fue posterior a las leges vicinae sextiae (367 a. C) y reservada en
principio a los patricios pero a partir de la promulgación de la lex publilia philonis de
censore plebeio creando (339 a. C) el segundo de los magistrados era plebeyo.
No tenía un carácter continuado. Era elegido en los comicios centuriados cada cinco
años y recibía la investidura por la lex centuriata de potestades censoria. El mandato
del censor duraba 18 meses o hasta que terminara la realización del censo.
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Competencias:
a) Realización del censo. Lista que expresaban los bienes que tienen los romanos.
b) Administración de las tierras del Estado y arrendamiento de los impuestos y de
las obras públicas.
c) Enjuiciamiento de la honorabilidad de los ciudadanos. Lo realizaba a través de
la nota censoria.
d) Nombramiento de los senadores. Esta competencia les fue conferida por una
lex ovidia el s. IV a.C.
El censor no tenía imperio pero utilizaba la silla curul y la toga púrpura, tenía auspicio
mayores no estaba sometido a la intercesión de la plebe. Se consideraba el desempeño
de esta magistratura como las más alta dignidad y sólo la desempeñaba senadores
consumares. Se estimaba que era la colme de toda carrera política. Se realizaba
convocando a todo el pueblo al campo de marte y era obligado presentarse; en el caso
de no asistir se imponía penas graves como pérdida de la ciudadanía y de la libertad.
Allí se inscribía a los romanos y sus bienes. Una vez terminaba el censo, se realizaba
una ceremonia de carácter religioso que se llamaba lustratio y con esa ceremonia
terminaba el mandato del censor.
Magistrados plebeyos
Tribuno de la plebe
Era la magistratura plebeya más característica de la República. Se creó para defender a
la plebe frente a los abusos de los patricios. Era el defensor de los plebeyos y no tenía
imperium pero sí se le reconoció potestas. No tenía competencias de carácter positivo.
En esa función actuaban tanto de día como de noche y sólo en la ciudad de Roma. Al
principio eran dos, después cinco y finalmente diez. En principio fueron elegidos por
los plebeyos y luego por los Comitia Tributa.
El poder del Tribuno tenía su origen en auxiliar a la plebe frente a los patricios. De esa
función, se derivó su característica más importante: la intercesión que la podía oponer
frente a todas las magistraturas excepto el censor y el dictador, incluso lo podía poner
frente al senado.
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También poseía la inviolabilidad: el Tribuno era una persona sacrosanta que era
amparada por leyes sagradas. Esa inviolabilidad y le intercessio se basaban en un
juramento sagrado de obediencia y defensa que realizaba la plebe. Ese juramento fue
reconocido por la lex valeria horaria de mediados del s. V a.C. Poseía la coercitio y a
través de ella el Tribuno podía llegar a encarcelar personas, imponer multas incluso a
los magistrados relacionados a veces por asuntos militares.
Una vez que la lucha de clases se fue suavizando el Tribuno se convirtió en un poder
político que impedía los abusos dentro de Roma. Pero algunos Tribunos utilizaron su
cargo fines demagógicos y para ser populares actuaron siguiendo las indicaciones de
los nobilitas.
Edil
Se confundía con el Edil patricio
Senado
Estaba compuesto por los patricios que recibían el nombre de patres y de plebeyos
que recibían el nombre de conscripti.
El senado existió siempre y era inherente al pensamiento romano. La característica
más relevante del senado fue su continuidad histórica. Era un órgano colegiado con
reuniones consultivas y deliberantes. Durante los s. III y II a.C. creció la importancia del
senado debido sobre todo a la anualidad de la magistratura. El senado fue la
magistratura
más
estable
de
la
vida
constitucional
romana.
El cargo del senado era vitalicio. Al principio admitía sólo patricios y luego también a
los plebeyos. La lex ovinia le confirió al censor el nombramiento de los senadores. Para
ello su nombramiento se acostumbraba seguir el cursus honrum por lo que esa función
del censor pasó a ser mecánica.
Dentro del senado, primero daban su opinión extensores, después excónsules y así
siguiendo el orden jerárquico del cursus honorum. Entro de esas competencias se
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tenían en cuenta la pertenencia a clase patricia y la ancianidad. Dentro del senado se
produjo una distinción:
-Senadores por derecho propio.
- Senadores que tenían acceso al senado por haber desempañado una magistratura.
Tenía derecho a asistir a las reuniones del senado pero no tenía derecho de voto.
Los senadores tenían grandes privilegios social político pero también ciertas
limitaciones:
- No podían contraer matrimonio con mujeres de clase inferior a la suya.
- No podían ejercer el comercio.
El número de senadores fue en principio 100, después 300. En la época de César llegó
incluso a 900 pero el número normal era 300. Había distintas formas de ser senador:
- Elección del censor.
- Elección indirecta del pueblo a desempeñar una magistratura.
- Elección del senado.
Forma de dejar de ser senador:
- Renuncia.
-Aplicación de la nota censoria.
- Pérdida de la ciudadanía.
Funciones y competencias del Senado
Interregnum
Designación de un senador como magistrado supremo por carácter temporal con el
nombre de interrex. En un principio, el interrex se elegía entre los patricios; después
entre todos los miembros del senado. Por último entre los que hubiesen ostentado
una magistratura patricia y curul.
Auctoritas Patrum
Facultad para rechazar las decisiones de las asambleas populares. En un principio se
prestaba después del acuerdo de los comicios. Más tarde se dictó una ley, lex publilia
Philonis de patrum auctoritates (339 a.C.), estableció que la auctoritas debía
presentarse 15 antes la votación de los comicios convirtiéndose en una propuesta de
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voto. En el apogeo de la República la auctoritas patrum se convertiría en una
aprobación formal.
Consultum
Era la petición de la opinión del senado acerca de un asunto realizada por un
magistrado. Nunca fue considerado vinculante pero existían medios indirectos para
obligar al magistrado a seguir la opinión del magistrado como negarle los fondos
necesarios para interrumpir sus proyectos, o pedir a algún Tribuno que impusiese la
intercessio a un magistrado.
Política exterior
- Recibía a las embajadas extranjeras, realizaba acuerdos y enviaba legados.
- Para la declaración de guerra o para la firma de un Tratado de Paz se contaba con la
opinión del senado.
Mando militar
- Distribuía el imperium militiae.
- Enviaba legados como ayudantes de los generales en campaña.
- Coordinaba las operaciones militares cuando había varios frentes.
- Reclutaba las tropas.
- Financiaba los gastos militares.
Política provincial
- Asignación de las provincias.
- Ejercía el control sobre los gobernadores de las provincias.
Administración del Estado
- Controlaba la aerarium y autorizaba su utilización.
- Compraba y vendía los bienes patrimoniales del Estado.
- Establecía el importe de los impuestos.
- Acuñación de monedas legales dentro de Roma.
- Controlaba ciertos productos del mercado.
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- Decidía el nombramiento del dictador.
- Adoptaba medidas excepcionales para la Salud Pública.
- Llamaba a todos los ciudadanos a las armas, llamado tumultum.
- En momentos de graves crisis el senado dictaba el senatus consultum ultimum;
autorizaba a los magistrados a adoptar medidas excepcionales para el establecimiento
de órdenes.
Comicios
Comitia Curiata
Se mantuvieron en esta época por motivos tradicionales. Tenían competencias
políticas donde se designaba comitia curiata y se reunían 30 lictores. También
realizaban funciones religiosas donde se reunían todas las curias.
En las funciones políticas votaban la lex curiata de imperium donde confería el
imperium a los magistrados. En funciones religiosas se llamaban comitia calata y
desempeñaban la detestatio sacrorum y la adrogatio.
Comitia Centuriata
Se convirtieron en los más importantes. Mantuvieron la línea de su origen militar pero
esa organización era favorable a las clases más ricas y a la gente mayor. Para evitar
esto, se realizó una reforma en el 241 a.C. que consistió en que para ubicar a los
ciudadanos en las distintas clase de los comicios se tenían en cuenta el capital
inmueble y también el muble.
En virtud de esa reforma se mantuvieron las 18 centurias de caballerías y las 5
auxiliares pero la Primera clase se redujo a 70 centurias y las otras cuatro clases se
distribuyeron en 25 centurias cada una. Además, las primeras centurias perdieron el
privilegio de votar los primeros y ese privilegió pasó a una de la Primera clase que se
elegía a suerte.
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Competencias:
- Creación de los magistrados ordinarios y extraordinarios mayores.
- Votación de la lex centuriata de potestate censoria.
- Votación de leyes.
- Juicio en causa criminales con condena a pena de muerte.
- Votación de la ley de declaración de guerra, firma de paz…
Concilia plebis
Asamblea deliberante de la plebe que representaba a todo el pueblo convocada por
magistrados plebeyos. Se reunía en cualquier lugar; normalmente en el foro.
Competencias:
- Creación de los magistrados plebeyos.
- Juicio en los delitos castigados con multa.
- Votación de los plebiscitos.
Comitia Tributa
Eran la asamblea deliberante del todo el pueblo romano organizado por tribus. Eran
convocados y presididos por magistraturas mayores No se sabe su origen pero parece
ser que surgieron porque para evitar tener acudir a los comicios centuriados, era más
fácil convocar al pueblo por tribus.
Competencias:
- Creación de magistrado menores ordinarios y extraordinarios.
- El juicio de algunos casos castigados por multa.
- Votación de leyes para las que no eran necesario el oto de los comicios centuriados.
- Competencias religiosas.
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Historia de la república
Historia de la República Romana temprana
Antes de la llegada de la República, Roma era una monarquía de carácter electivo. El
séptimo y último rey de Roma, Tarquinio el Soberbio, utilizó la violencia, el asesinato y
el terror para mantener el control sobre Roma como ningún rey anterior los había
utilizado, derogando incluso muchas reformas constitucionales que habían establecido
sus predecesores.
Tarquinio abolió y destruyó todos los santuarios y altares sabinos de la Roca Tarpeya,
enfureciendo de esta forma al pueblo romano. El punto crucial de su tiránico reinado
sucedió cuando permitió que su hijo, Sexto, violara a Lucrecia, una patricia romana. Un
pariente de Lucrecia, Lucio Junio Bruto, convocó al Senado, que decidió la expulsión de
Tarquinio en el año 510 a. C.
Inmediatamente después de la expulsión del monarca se creó un Senado permanente
que decidió abolir la monarquía convirtiendo a Roma en una república en el año
509 a. C. Roma se dotó con un nuevo sistema de gobierno designado para sustituir el
liderazgo de los reyes. se creó el nuevo cargo de Cónsul, asignado expresamente a dos
senadores. Inicialmente, los cónsules poseían todos los poderes que antaño tenía el
rey, pero compartidos con otro colega consular. Sus mandatos eran anuales, y cada
cónsul podía vetar las actuaciones o decisiones de su colega.
La loba Capitolina amamantando a Rómulo y Remo.
Posteriormente los poderes de los cónsules fueron divididos, añadiendo nuevas
magistraturas que acapararon distintos poderes, menores a los que originalmente
poseía el monarca. Las primeras de estas nuevas magistraturas fueron las de pretor,
que reunía las potestades judiciales de los cónsules, y la de censor, que poseía el poder
de controlar el censo. Lucio Junio Bruto y Lucio Tarquinio Colatino, sobrino de
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Tarquinio y viudo de Lucrecia, se convirtieron en los primeros cónsules del nuevo
gobierno de Roma.
El primer acto de Bruto como cónsul fue obligar a Colatino a renunciar bajo el pretexto
de que era un Tarquinio y que Roma no sería libre hasta que todos los miembros de
esta familia dejaran la ciudad. Colatino se vio presionado y se mudó al pueblo latino de
Lanuvium. Posteriormente, el Senado decretó que todos los Tarquinios debían ser
exiliados y el pueblo eligió como nuevo cónsul a Publius Valerius, amigo de Bruto.
Aparentemente, nadie tomó medidas contra Bruto a pesar de que éste era pariente
más cercano a Tarquinos que el exiliado Colatino, aunque no portaba el nombre
Tarquinio.
La fecha tradicional del nacimiento de la República se produce durante el año 509 a. C.,
después de derrocar y expulsar al monarca de Roma y año de consagración del templo
de la Tríada Capitolina. Después de que el poder de los etruscos se debilitara, los
primeros siglos de la República vieron la progresiva conquista de la Italia peninsular
por parte de Roma. El instrumento de la conquista, la legión, estaba compuesta por
ciudadanos, reclutados en tiempos de guerra. A medida que avanzó en su conquista,
Roma utilizó los contingentes de las ciudades dominadas y aliadas como tropas
auxiliares. Tras las Guerras Latinas, que otorgaron a la República de Roma el control de
todo el territorio del Lacio, los samnitas se opusieron al creciente poder de Roma y se
enfrentaron a ella en tres conflictos conocidos como las Guerras Samnitas,
documentadas por Tito Livio.
Roma venció sucesivamente a los pueblos del Lacio, a los etruscos, a los galos, que se
habían instalado en la llanura del Po, a los samnitas y las ciudades del sur de Italia, que
pese a la intervención del rey de Epiro, Pirro, fueron conquistadas por Roma entre los
años 280 y 275 a. C. República Romana media
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Historia de la República Romana media
A partir de mediados del siglo III a. C., Roma, que ya dominaba toda la Italia peninsular,
inició una larguísima serie de guerras que la llevaron a dominar el mundo
mediterráneo. Las Guerras Púnicas marcaron la primera etapa de esta expansión. La
ciudad de Cartago, situada en la costa norteafricana, había creado un imperio
marítimo que dominaba todo el Mediterráneo occidental, con colonias en Hispania,
Baleares y Sicilia, de donde llegó a expulsar a los griegos.
En 264 a. C., Roma decidió ocupar las colonias cartaginesas en Sicilia. Para ello
construyó una flota de guerra y tras años de batallas de distinto signo, en 241 a. C.
Cartago tuvo que capitular. Roma, tras apoderarse de Sicilia, aprovechó el
debilitamiento de su enemigo para ocupar Córcega y Cerdeña, y para penetrar en la
Galia Cisalpina. La Segunda Guerra Púnica (218–201 a. C.) se desarrolló en Hispania,
Italia, y finalmente en África. La difícil victoria final de Roma supuso la ocupación de
Hispania, con sus ricos yacimientos argentíferos. Finalmente, Cartago fue derrotada
totalmente, primero política (201 a. C.) y más tarde materialmente (146 a. C.). Su
población fue exterminada o esclavizada y su territorio pasó a convertirse en la
provincia romana de África.
En el Mediterráneo oriental, Roma se enfrentó sucesivamente a los monarcas de los
estados helenos surgidos del imperio de Alejandro Magno: a los reyes macedonios
Filipo V en el año 197 a. C. y Perseo en el 168 a. C. en las Guerras Macedónicas, y a
Antíoco III de Siria en el año 189 a. C. en la Guerra Romano-Siria. Macedonia, Acaya y
Epiro se convirtieron en provincias romanas en el año 146 a. C. Átalo III de Pérgamo
legó su reino a Roma en el año 133 a. C., una parte del cual se convirtió en la provincia
romana de Asia.
Roma consolidó su dominio de la cuenca occidental del Mediterráneo con el
establecimiento de numerosas colonias en la Galia Cisalpina, la definitiva conquista de
Hispania (toma de Numancia, 133 a. C.) y la ocupación de la Galia del sur, que,
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convertida en la provincia Narbonense, permitió la unión terrestre de Hispania con
Roma por la vía Domitia.
Estas conquistas comportaron una verdadera revolución económica. El botín, las
indemnizaciones de guerra y los tributos pagados por las provincias, enriquecieron al
estado y a los particulares. Los miembros de la clase senatorial acapararon las tierras
que el estado se había reservado en las conquistas, el ager publicus, y los caballeros
administraron la explotación de los bienes públicos -por eso su nombre de publicanosen la que se entregaron a la especulación.
Pero las conquistas trastocaron también el frágil equilibrio social de la República: los
esclavos, cada vez más numerosos, se rebelaron encabezados por Espartaco (73–
74 a. C.), muchos pequeños campesinos italianos, arruinados, aumentaron la plebe
urbana de Roma, cada vez más susceptible de manipulación demagógica, los
habitantes de los territorios ocupados estaban descontentos por la explotación a la
que estaban sometidos por sus gobernantes y los italianos deseaban la igualdad con
los romanos.
Las instituciones creadas para administrar una ciudad no servían para el nuevo gran
imperio. Al mismo tiempo, el gusto por el lujo se introdujo en las costumbres a pesar
de las leyes suntuarias y el arte y la literatura se transformaron influenciados por el
arte oriental, sobre todo por el arte helenístico La República Romana tardía (147 a. C. –
27 a. C.)
Historia de la República Romana tardía
Representación de una reunión del Senado romano en la que Cicerón ataca a Catilina
(fresco del siglo XIX).
La inestabilidad social debida a los cambios en la estructura social de la República se
tradujo en una época de guerras civiles que desembocaron en el fin del propio sistema
político y en el Principado. Tanto Tiberio como Cayo Sempronio Graco intentaron
reconstruir en vano una clase media de campesinos. La plebe de Roma apoyó a varios
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personajes que obtuvieron una posición privilegiada por la fuerza; como Mario, que
reformó el ejército, o Sila que, tras la guerra contra los aliados italianos que se habían
rebelado, otorgó a todos los italianos la ciudadanía romana y restauró durante un
tiempo la autoridad del Senado.
La Curia Julia, lugar de reunión del Senado Romano, mandada edificar por César
durante su dictadura, tras la destrucción de la Curia Hostilia por los seguidores de
Clodio.
Tras la rebelión de Sertorio en Hispania y los intentos de conjura de Catilina, lo que
supuso el principio del fin de la República fue sin embargo el Primer Triunvirato,
formado en el año 60 a. C. y renovado en el 55 a. C. por Julio César, Pompeyo y Craso.
En cuanto a la historia militar y las conquistas, durante el siglo I a. C., Roma realizó
nuevas conquistas, emprendidas por una serie de generales ambiciosos: Mario venció
en la Guerra de Yugurta (105 a. C.) y rechazó a los teutones cerca de Aix-en-Provence y
a los cimbrios en Vercelli (101 a. C.); Sila venció a Mitrídates, rey del Ponto, y
reconquistó Grecia y Asia (88–85 a. C.); Pompeyo conquistó Siria (64 a. C.) y Judea
(63 a. C.), y César conquistó la Galia (58–51 a. C.). Tras la victoria de Octaviano sobre
Marco Antonio y el reino helenístico de Egipto, la República se anexionó de facto las
ricas tierras de Egipto. Sin embargo, la nueva posesión no fue incluida dentro del
sistema regular de gobierno de las provincias, ya que fue convertida en una propiedad
personal del emperador, y como tal, legable a sus sucesores.
En el año 27 a. C. se estableció una ficción de normalidad política en Roma y el Senado
le otrogó a Octaviano el título de Imperator Caesar Augustus. Octaviano aseguró su
poder manteniendo un frágil equilibrio entre la apariencia republicana y la realidad de
una monarquía dinástica con aspecto constitucional —lo que es conocido como el
Principado en cuanto que compartía sus funciones con el Senado, pero de hecho el
poder del princeps era completo. Formalmente nunca aceptó el poder absoluto
aunque de hecho lo ejerció, asegurando su poder con varios puestos importantes de la
República y manteniendo el mando sobre varias legiones.
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La sociedad republicana
La nueva aristocracia romana estaba formada por la antigua aristocracia patricia y los
nuevos ciudadanos ricos, en oposición a la mayoría de los plebeyos y a algunos
patricios empobrecidos.
Aunque en su origen, los plebeyos estaban bajo el dominio de los patricios, pero tras la
caída de la monarquía, éstos obtuvieron mejoras de forma progresiva. Se creó el cargo
de tribuno de la plebe y la plebe urbana, élite que se había enriquecido con el
comercio, arrebató a los patricios el acceso a las magistraturas y al cargo de Máximo
Pontífice y augures. Las reuniones de la plebe, los concilia plebis, fueron el origen de
los comicios tribunados, válidos para legislar por plebiscitos.
En el siglo III a. C. disminuyeron las diferencias entre los patricios y jefes de los
plebeyos, y se agruparon en una aristocracia dirigente, la nobilitas. Con la rápida
reducción del efectivo de los patricios, el término plebe tendió desde entonces a
designar a las masas populares.
Los esclavos eran considerados como un instrumento económico que podía ser
vendido y comprado y que se hallaba bajo la dependencia de un dueño. Procedían
mayoritariamente de pueblos sometidos por la República y, durante el siglo I a. C., se
convirtieron en el estrato social más numeroso de Roma; siglo en el que
protagonizaron las Guerras Serviles.
Organización social y forma de gobierno
Tras las caída de la monarquía se instauró en Roma la República (Res publica, es decir,
'la cosa pública'), un régimen aristocrático dirigido por unas cuarenta gens; los
patricios, los descendientes de las familias más antiguas de Roma ostentaron el poder.
Las principales instituciones del nuevo régimen fueron el Senado, las magistraturas y
los Comicios.
El Senado era uno de los pilares de la República, siendo el órgano político que exigía
responsabilidades a los cónsules. Originalmente el Senado estaba constituido sólo por
patricios, pero a partir de la Lex Ovinia del año 312 a. C., se permitió que los plebeyos
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pudieran formar parte del mismo. La auctoritas del Senado daba validez a los acuerdos
tomados en las asambleas populares. El Senado también resolvía los casos de
interregnum, situación que acontecía cuando moría uno de los cónsules.
La Magistratura era un cargo original de la República. La jefatura que ostentaba el rex
o monarca fue sustituida por dos magistrados colegiados y temporales llamados
cónsules a los que se le podía exigir responsabilidad por su tarea de gobierno. Cada
magistrado podía vetar al otro, lo que se conocía como intercessio.
También durante la República se crearon las asambleas populares, llamadas Comitia
Centuriata. Nacieron por necesidades militares, en íntima conexión con la expansión
de la ciudad y con la llegada a Roma de un nuevo concepto de táctica militar. Mientras
que en la época monárquica, el ejército estaba integrado por miembros de las gens, en
la República el ejército pasó a ser un sistema plutocrático, dependiente de la riqueza
de cada sujeto. Al principio sólo se estimaba la riqueza inmobiliaria, pero
posteriormente se tuvo en cuenta la mobiliaria.
En la historia de la República Romana cabe distinguir tres etapas. En la primera de
ellas, en el siglo V a. C., el poder era ejercido por los patricios, siendo conocido como el
Estado Gentilicio. Bajo este tipo de gobierno la plebe quedaba excluida del gobierno y
carecía de derechos políticos. Así, en la primera etapa de la República no todos los
ciudadanos tenían igualdad de derechos y deberes. El grupo aristocrático que arrebató
el poder al rex —monarca— organizó el nuevo sistema en beneficio propio,
abundando en esta época las luchas entre los propios patricios por el poder personal.
Este confuso período dio origen a la implantación de la Dictadura y los distintos jefes
militares trataron de alcanzar el poder apoyándose unas veces en la plebe y, otras, en
la fuerza de las armas o en la invasión de Roma por pueblos enemigos. Otras veces, la
pugna por el poder se efectuaría mediante la prórroga de los cargos políticos
excepcionales — los decemviros, encargados de redactar la Ley de las XII Tablas o Lex
duodecim tabularum.
19
Este tipo de gobierno fue la causa de una lucha de los plebeyos para conseguir
derechos políticos y que duró hasta finales del siglo IV a. C., ya que los magistrados,
cónsules y senadores, todos ellos patricios, no estaban dispuestos a conceder, y a su
vez, las nuevas asambleas, los comicios centuriados, estaban dominadas por los
terratenientes ricos, también de origen patricio.
Para obtener una igualdad con los patricios, los plebeyos se retiraron al Aventino y
lograron que en el año 494 a. C. se creara el cargo de Tribuno de la plebe, en número
de dos y que tenían como misión la defensa de los plebeyos. Progresivamente, los
plebeyos tuvieron acceso a todas las magistraturas. La igualdad de todos ante la ley
fue codificada por la ley de las Doce tablas a mediados del siglo V a. C.
El Foro Romano.
La segunda etapa de la República abarca del siglo III al II a. C. Hacia mediados del siglo
III a. C. la actividad política seguía teniendo como marco la ciudad de Roma y sus
alrededores, y sólo los ciudadanos romanos gozaban de todos los derechos políticos.
Roma organizó el territorio italiano alrededor de las ciudades, estableciendo mediante
tratados el estatus de cada una de ellas: colonias romanas, municipios, colonias de
derecho latino y ciudades aliadas, en función de la resistencia ofrecida a su conquista.
Tras las luchas entre patricios y plebeyos, las concilia plebis se confundieron con los
comicios tribunados, abiertos a los patricios; estos emitían los plebiscitos aplicables
como leyes a todos los ciudadanos, elegían a los tribunos de la plebe y a los
magistrados inferiores. Estas reuniones estaban controladas por los ciudadanos con
poder económico; el poder se encontraba en manos de la nobleza o nobilitas — nueva
clase política aparecida en el siglo III a. C. y constituida por ricos patricios y plebeyos.
Las magistraturas, jerarquizadas en el cursus honorum, eran igualmente colegiales y
anuales. En la base de la escala se encontraban los cuestores, seguidos en orden
ascendente por los ediles. Los pretores podían mandar ejércitos y ayudar a los dos
cónsules, que presentaban las leyes a los comicios y eran comandantes en jefe.
Cada cinco años se elegían dos censores para preparar el censo de los ciudadanos. En
caso de gran peligro, se podía designar un dictador por un plazo de seis meses, que
20
ostentaba con todos los poderes. Un poco al margen del cursus, los diez tribunos de la
plebe extendían sus poderes a todos los ciudadanos y presidían los comicios tribunos,
a los que presentaban los proyectos.
Todos los magistrados estaban controlados por el senado, que en el siglo III a. C. era
una asamblea de antiguos magistrados y dominaba tanto la política exterior como la
interior. El senado velaba sobre el tesoro público o aerarium y era el guardián de la
religión. Mientras que los comicios y los magistrados sólo tenían la apariencia del
poder, el senado lo ejerció en realidad. Este conflicto dio lugar a la división entre
populares y optimates; los primeros eran partidarios de aumentar el poder de tribunos
y de los comicios populares y los segundos deseaban limitar el poder de las asambleas
populares romanas y aumentar el del Senado, al que consideraban mejor y más
estable a la hora de buscar el bienestar de Roma. Los optimates favorecieron los
nobiles —familias nobles— y se opusieron a la ascensión de los «hombres nuevos» —
plebeyos, normalmente nacidos en las provincias, cuyas familias no tenían experiencia
política— dentro de la política romana.
La tercera y última etapa se dio durante el siglo I a. C. y fue una época llena de crisis,
dictaduras y guerras civiles que dieron paso al Principado, la primera etapa imperial de
Roma.
¿Quién era el ente que exigía responsabilidad a los cónsules?
R/ El Senado era uno de los pilares de la República, siendo el órgano político que exigía
responsabilidades a los cónsules
Respuesta de la profesora
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Primer período
En la formación del derecho romano se distinguen cuatro períodos, que inician con la
fundación de Roma y terminan en el reinado de Justiniano.
De la fundación de Roma a la Ley de las XII tablas.
Aún resulta oscuro para los historiadores el origen de Roma, según los poetas
legendarios; tres pueblos formaron a Roma, uno de origen latino, rumnenses, cuyo
jefe era Rómulo; otro de raza Sabina, los titienses, con su jefe Tacio; Y los de raza
etrusca, los luceres cuyo jefe tenía el titulo de Lucumo. Estos se reunieron en la orilla
izquierda del Tiber y fundaron a Roma.
Organización social y política.
Cada tribu estaba dividida en diez curias que comprendía cada una un cierto número
de gentes, la curia era una división artificial, las Gens eran un gruponatural formado
sobre la base del parentesco. Cada Gens comprendía el conjunto de personas
descendientes por línea de varones de un autor común. A la muerte de estos, sus hijos
se convierten en jefes de familias distintas. Estas familias conservan el distintivo de su
común origen. Cada familia esta puesta bajo la autoridad de un jefe paterfamilia. Estos
patres y sus descendientes, componen las gentes de las 30 curias primitivas, y forman
la clase de los patricios. Patricii, constituyendo una nobleza de raza y solo ellos podían
participar en el gobierno del Estado, gozando de todos los privilegios del ciudadano
romano.
Los clientes; eran personas que estaban agrupadas bajo la protección del jefe, que era
su patrón, creando derechos y deberes. El patrón debía a sus clientes socorro y
asistencia, los defendía en justicia y les daba tierras para que la cultivaran; por su parte
el cliente debía a su patrono abnegación, asistiéndole con su persona, siguiéndole a la
guerray aportando de su fortuna, para pagar por su rescate en caso de cautiverio, para
dotar a sus hijas o para pagar las multas a que el patrón fuese condenado. Eran
22
ordenes recíprocas enérgicamente sancionadas; de alguna de las partes no cumplirlas
era declarado sacery podía ser muerto impunemente.
El origen de la clientela y su desarrollo es fruto todavía hoy de conjeturas. Estos
debieron ser los libertos y sus descendientes, luego los extranjeros llegados a Roma
por derecho de asilo que se ponían bajo la protección de un jefe patricio y luego las
comunidades conquistadas que fueron trasladadas a Roma en su totalidad o en parte y
que acrecentaron el número de las clientelas.
Según los autores antiguos, al principio en Roma solo existían dos clases: los Patricio y
los clientes y luego vino a sumarse una nueva clase de personas; Los plebeyos o la
plebe (plebis), quienes ocupaban un rango inferior en la ciudad, no tenían
participación en el gobierno, y no podían acceder a las funciones públicas y no podían
casarse legítimamente con los patricios. El origen de la plebe es desconocido, estos
pudieron haber sido antiguos clientes independizados de sus jefes, al extinguirse la
gens de su patrón, o, que hayan sido las mareadas de extranjeros venidos de los
pueblos conquistados que fueran demasiado para poder engrosar las filas de la
clientela. Los vencidos de condición inferior aumentaron la muchedumbre de
plebeyos, quienes no tardaron entonces en hacer que sus reclamos fueran escuchados,
creando así la eterna lucha de clases entre patricios y plebeyos.
La forma de gobierno es Monárquica, pero no una monarquía absoluta el Rey en una
especie de jefe de una república aristocrática, la soberanía reside en las curias, quienes
ejercen el poder en las asambleas o comicios, las comitia curiata. El rey es elegido de
forma vitalicia y es conferido de autoridad suprema; era a la vez jefe del ejército, sumo
sacerdote y Magistrado judicial, tanto para lo civil como para lo criminal. A su muerte y
mientras es elegido un nuevo Rey, el poder es ejercido por un Inter. rex tomado del
senado.
El senado estaba compuesto, al principio por los patres o seniors,es decir los de mas
edad entre los jefes de familias patricias. Hubo probablemente en los primeros
23
tiempos 100 senadores. Bajo Tarquino el antiguo ese número llegó a 300. El senado
formaba un consejo para asesorar al Rey.
Los Comitia Curiata.
Eran los miembros de las treinta curias, patricios y clientes, constituyó la forma más
antigua de poder legislativo. Sus decisiones se convertían en leyes, leges curiatas,
elegían e investían a los monarcas, e instituían sobre la paz y la guerra, la composición
de las familias y la transmisión de los bienes; la adrogación y el testamento.
Estos se reunían en Roma en el foro llamado comitium. Solo el Rey tenía derecho a
convocarlos y a someterles proyectos. La unidad del voto era la curia, dentro de cada
curia se vota por cabeza para tener la opinión de la curia, dieciséis curias
pronunciándose en el mismo sentido formaban la mayoría. Pero la ley solamente es
perfecta cuando ha recibido la sanción del senado, la suctoritas patrum.El problema
con esta organización era que solo los patricios sufrían la carga de los impuestos y del
servicio militar, aunque solo ellos participaban en la vida política y social. La plebe
permanecía extrañada de las cargas públicas así como de la administración de la
ciudad.
Tarquino quiso eliminar esta desigualdad creando tribus solamente compuesta por
plebeyos, pero no lo pudo lograr y solo pudo aumentar el número de los miembros de
treinta curias haciendo entrar en ellas a algún número de familias plebeyas que eran
llamadas minoces gentes.
Reformas de Servio Tulio - Los Comicios por Centurias.
Servio Tulio establece una nueva división del pueblo, formada no ya por el origen del
ciudadano, sino por sus medios de fortuna, abarcando el conjunto de la población, así
fueron los plebeyos llamados a concurrir junto a los patricios, al servicio militar, al
pago de impuestos y también a la confección de las leyes en asambleas llamadas
comicios por centurias. En el año 166 Servio Tulio divide a Roma en 4 regiones o tribus
urbanas y a la campiña en un cierto número de tribus rusticassin distinción de
24
orígenes, esta división es solo geográfica y administrativa y comprende tanto a
plebeyos como a patricios.
Se estableció el censo. Todo jefe de familia debió ser inscrito en la tribu donde tenía
domicilio. Debía declarar bajo juramento: el nombre y edad de su mujer y la de sus
hijos, el monto de su fortuna, incluyendo sus esclavos. El que no cumplía esta
obligación (incensus) era castigado con la esclavitud y se le confiscaban sus bienes.
Estas declaraciones eran inscritas en un registro donde a cada jefe de familia se le
reservaba un capítulo (capuz) y eran renovadas cada cinco años.
Conocida a través del censo la fortuna de cada ciudadano, Servio Tulio estableció las
bases para la repartición de la población, desde el punto de vista del servicio militar y
del pago de los impuestos. Fueron divididos los ciudadanos en cinco clases; Los que
tenían un patrimonioque alcanzaba a 100,000 ases, comprendían la primera clase; los
de 75,000 ases la 2da; 50 000 los de 3ra; los de 25,000 los de 4ta. Y los de 11,000 la 5ta
clase. Estas clases son divididas en centurias. Teniendo un número igual de centurias
juniores (de 16 a 40 años)y seniores (de 46 a 60 años)
La primera clase tiene 80 centurias; 20 la segunda; 20 en la tercera; 20 en la 4ta. Y 30
en la 5ta. Estas 170 centurias componían el ejército regular.
Con estas reformas, Servio Tulio aseguró el reclutamientoen el ejército, distribuyó la
carga de los impuestos de todos los ciudadanos de acuerdo a su fortuna y sustituyó la
preponderancia en el estadode los que por raza podían acceder a él, poniéndolo en
manos de la aristocracia, por medio de la fortuna de los ciudadanos.
La república -Los Tribunos-Concilius plebis y los Comicios por tribus.
Al caer la monarquía en el 245, el Rey fue sustituido por dos Magistrados patricios,
elegidos por un año, y con iguales poderes, los cónsules. La autoridad religiosa es
separada de los poderes civiles y confiada a un gran pontífice. Esto apenas favoreció a
los plebeyos quienes continuaron excluidos de toda magistratura. Siguiendo una
existencia de lo más calamitosa. Estos tenían que tomar dinero a crédito, y no podían
25
pagar, estando sometidos a la pobrezaextrema se marcharon de Roma hacia el monte
Aventino, es así como logran que los patricios le concedan ciertas concesiones; Logran
tener dos protectores de sus intereses; los tribuna pelvis, quienes eran plebeyos.
Estos fueron declarados inviolables y tenían derecho al veto que podían oponer en
Roma dentro de un radio de una milla en torno de Roma, a las decisiones de los
magistrados, cónsules y el senado.
De ahí nace la costumbre de convocar a la plebe en asambleas llamadas plebiscitos,
que aunque no tenían fuerza obligatoria más que para ella misma. Los patricios nunca
asistieron a estos concilia pelvis. Esta forma dió inicio a una tercera especie de
comicios, los comicios por tribus, comitia tributa, con preponderancia de los plebeyos,
que contaban con mayoría de número a su favor. Así fue obtenida otra importante
concesión por los plebeyos, con una ley fija llamada la ley de las XII tablas.
Estado del derecho antes de la ley de las XII tablas.
En el transcurso de los tres primeros siglos de Roma, el derecho privado tiene su
fuente única en los usos que estaban en vigor entre los fundadores de la ciudad y que
han pasado por tradición, de las poblaciones primitivas a la nación nueva. Estas son las
costumbres de los antepasados, mores majorum.
El pueblo tomaba algunas decisiones en los comicios por curias y por centurias, y
parece que fueron votadas algunas leyes en esas asambleas. Pero bajo la monarquía
nada de esto sucedió, solo a partir de la repúblicaes que aparecen leyes relativas al
derecho público y criminal, nada puede decirse sobre el derecho privado, no hay
documentos que puedan avalar su existencia. El jurisconsulto Pomponio refiere que
Rómulo y sus sucesores hicieron votar ciertas leyes por las curias; Que bajo Tarquino el
soberbio, un cierto personaje llamado Papirio, las publica en una compilación llamada
Jus civile patrianum, la cual no ha llegado a nuestros tiempos, y las leyes reales leges
regire que quedaron en desuso después de la caída de los reyes. El derecho privado
solo tiene por fuente en este período; la costumbre. Después de muchas luchas de la
plebe, los tribunos se hicieron los intérpretes de ellos, y luego de diez años de espera,
26
los patricios cedieron y se pusieron de acuerdo con el senado y ordenaron la redacción
y promulgación de una ley aplicable a los dos órdenes. Esta fue la ley de las XII tablas.
Segundo período
La Ley de las XII tablas.
Los Romanos quisieron asesorarse en el estudio de una legislación célebre entonces, la
de Grecia, y para ello, enviaron en el año 301 a tres patricios a Grecia, en donde
estaban en vigor las leyes de Solon y de Licurgo. Estos regresaron al cabo de un año,
trayendo consigo las leyes griegas. Hermodoro, desterrado de Efeso les ayudó en la
tarea de confeccionar de la ley de las XII tablas.
Al año siguiente, las magistraturas fueron suspendidas de común acuerdo, y todos los
poderes fueron confiados a diez magistrados patricios, elegidos en los comicios por
centurias, los dicenviros, quines eran los encargados de hacer la ley. Al cabo de un
año, publicaron sus trabajos, escritos sobre diez tablas, y luego en el 304 nombrase
otros disenviros que añadieron dos tablas más para completar doce. Después los
magistrados quisieron quedarse ilegalmente en el poder, y fueron derrocados
restableciéndose los cónsules, los tribunos y todas las antiguas magistraturas.
La ley dicenviral fue grabada sobre tablas de bronce y expuesta en el foro; Aunque no
se sabe hoy DIA cual fue la suerte de estas, el textotodavía es familiar a los
jurisconsultos del fin de la república y de los primeros siglos del imperio. Del contenido
autentico de las XII tablas, solo han llegado al presente algunos fragmentos,
conservados en los tratados de algunos jurisconsultos que comentaron la ley, sobre
todo Gayo del que han sido insertados 18 extractos en el Digesto de Justiniano. Desde
el siglo XVII, se ha intentado reconstruir la ley de las XII tablas, se ha logrado en gran
parte por lo menos conservar el significado de estas, mas este trabajo no descansa
sobre ninguna base seria pues en modo alguno se ha probado que cada tabla formara
27
un todo completo y que el contenido haya sido determinado de otra manera que por
el azar de la escritura.
Sabemos por lo que nos ha llegado de la ley dicenviral, que esta tenía un
carácteresencialmente romano, y que ella no es, como a veces se ha querido
pretender decir, una copia simple de las leyes griegas.
La ley de las XII tablas reglamenta a la vez el derecho público y el derecho privado. Los
romanos la consideran como la propia fuente de su derecho. Es la ley por excelencia y
todo lo que deriva de ella es calificado de legitimum, las leyes posteriores no hicieron
más que desarrollar el derecho de las XII tablas y jamás hasta Justiniano, ninguna de
sus disposiciones fue abrogada. Aunque imperfecta, esta ley realizó un verdadero
progreso. Había en lo sucesivo una ley pública, aplicable a todos los ciudadanos.
. De la ley de las XII tablas al fin de la República.
En este periodo los plebeyos obtienen lentamente lo que habían esperado sin de la ley
de los dicenviros: la igualdad con los patricios, en derecho público como en derecho
privado Desde el año 309, el tribuno Canuleyo obtiene, tras largos debates, el voto de
la ley Canuleia, que permitió el matrimonio legitimo entre patricios y plebeyos. Esto
resultó ser la mezcla completa de razas y la fusión de dos órdenes. Así los patricios
aceptan por fin que los plebeyos alcancen las más altas magistraturas, luego de
compartir con ellos en los campos de batalla, no tenía más que aceptar que estos
también tenían derechos, así de esta forma, algunos plebeyos llegaron al consulado.
El el año 307 se crean los cuestores encargados del tesoro público y los censores
encargados de los censos, guardianes de las costumbres públicas y privadas, en el año
387, El Pretor, quién administra la justicia, y el mismo año, los ediles curiales
encargados de la alta policía de la ciudad. Desde el 333 los plebeyos pudieron ser
cuestores y el número de estos magistrados fue elevado a cuatro. Ese mismo año, por
esfuerzos de los tribunos Licinio Stolo y Lucio Sexto, los plebeyos llegaron al
consulado. Luego de esto las otras magistraturas también les fueron abiertas, y llegan
a la dictadura en el año 398, a la censura en el 403, a la pretura en el 417 y por último,
28
los plebeyos en 454 se colocan entre los pontífices y los augures, y en 500, uno de
ellos, Tiberio Coruncarioi, es elevado a Gran Pontífice.
Por estos cambios se modificó la composición del senado, según una ley Ovinia,de
fecha incierta. Al poco tiempo, los plebeyos eran mayoría el senado. De otra parte, la
ley Hortensia del 468 dio fuerza legal a los plebiscitos, votados en los concilia plebis, y
en lo sucesivo serían obligatorios para todos los ciudadanos.
Tercer período
Del nacimiento del imperio a la muerte de Alejandro Severo.
A comienzos del siglo VIII, la constitución republicana de Roma fue sustituida por una
monarquía, quedando Octavio como único señor, luego de la batalla de Actium, tomó
los títulos de Imperator y Augustus, se hizo conceder del pueblo y de del senado, de
726 a 741: el poder proconsular. Que le invistió el mando de todos los ejércitos del
imperio; la potestad tributicia, que hacía su persona inviolable y le daba derecho al
veto sobre todos los magistrados; la potestad censorialque le permitía completar el
senado y, el poderío religioso. Ninguna de las antiguas magistraturas fue suprimida.
Cuarto período
De la muerte de Alejandro Severo a la muerte de Justiniano.
Después de la muerte de Alejandro Severo comienza el período del Bajo Imperio que
se extiende hasta el reinado de Justiniano. Esta es la etapa donde las guerras intestinas
por el trono, y las invasiones de los bárbaros, consumen poco a poco en
desorganización a la sociedad romana. La llegada al trono de una infinidad de
emperadores carentes de talento para gobernar da comienzo a la caída de la ya muy
29
corrompida sociedad romana. Con la firmeza de algunos como Constantino, quién
oficializa al Cristianismo como religión oficial, se logra por un tiempo frenar el proceso
de disolución del imperio, pero no duran mucho los barberos para volver a invadir la
península itálica. Luego de la muerte de Teodocio, el imperio se divide en dos partes;
el Occidente y el Oriente. El imperio de Occidente desaparece en el 476 d.c invadido
por los bárbaros. El de Oriente, situado en lo que es hoy Turquía, llamado Nueva Roma
vuelve a encontrar con Justiniano alguna prosperidad, pero Italia cae al fin en manos
de los bárbaros y luego de la muerte de Justiniano, el imperio de Oriente no es mas
que un imperio griego.
Conclusiones
Se llama derecho romano: a las reglas sociales pactadas tras larga lucha entre los
diferentes grupos que constituyan la ciudad de Roma. El primero de estos, llamado los
patricios, (Patricii), estuvo compuesto por las tres diferentes etnias que fundaron la
ciudad a orillas del Tiber, estos fueron; los Latinos, los Sabinos y los Etruscos.
El primer grupo, el de los Patricios, recibía como legado una serie de privilegios por
motivos raciales y étnicos que les eran reconocidos desde el mismo nacimiento de las
personas por ser miembros de las tres razas fundadoras. El segundo llamado los
Clientes, era un clan protegido por los jefes patricios, que compartía derechos y
deberes mutuos con sus protectores, cuales derecho y deberes eran regidos por la ley.
Por otro lado estaban los plebeyos (la plebis), gueto de baja casta compuesto casi en
su totalidad por extranjeros y ciudadanos de naciones conquistadas llegadas a Roma
en diferentes épocas, que fue logrando sobre la base de su fuerza numérica que le
fueran reconocidas las prerrogativas negadas desde un principio por los jefes patricios,
consiguiendo, tras una espera de más de más doscientos años, el nombramiento de
algunos Magistrados de origen plebeyo para defender sus intereses frente al Estado.
Luego, más tarde esta clase logró ocupar otras altas posiciones en el gobierno del
Estado.
La historia del derecho romano se puede dividir en cuatro períodos diferentes de
acuerdo a los cambios políticos que registró la historia de Roma; estas etapas son:
30
1ra. De la fundación de Roma a la ley de las XII tablas, (1 al 304 de Roma)
2da. De la ley de las XII tablas al fin de la república, (304 al 723 de Roma)
3ra. Del advenimiento del imperio a la muerte de Alejandro Severo, (723 al 988 de
Roma, o 235 de la era cristiana)
4ta. De la muerte de Alejandro Severo a la muerte de Justiniano (225 a 565 de la era
cristiana)
En su primera etapa el derecho romano estaba todavía en su infancia, solo comprendía
las costumbres de los pueblos de la península itálica que fundaron la ciudad de Roma.
En el período segundo, gracias a la interpretación de los Pontífices y de los
Jurisconsultos romanos, el derecho romano tomó carácter nacional.
El tercer período esta significado por el apogeo del derecho romano, gracias a la mayor
permanencia de esta etapa de la vida de Roma, y cuando, por contacto con otras
legislaciones extranjeras, y estudiado y aplicado en la práctica por brillantes ingenios
de la Jurisprudencia, alcanzó su mayor grado de perfección.
Es en el cuarto y último período, en los tiempos del Bajo Imperio cuando empezó su
real decadencia, aunque es en este período cuando comenzó su codificación.
Hemos visto a groso modo en este resumen; el nacimiento, el desarrollo y la
decadencia del derecho romano.
¿En cuántos periodos se divide el periodo romano?
R/ en 4 periodos
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------¿En qué periodo se manifestó la ley de las 12 tablas?
R/en el segundo periodo
31
-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
La ley de las Xll tablas
La verdadera importancia de las leyes o Ley de las XII Tablas reside en que esta
codificación constituye la conclusión del proceso de consolidación del Estado
ciudadano romano, de la civitas. Por otra parte, hasta la redacción de este código legal,
el derecho en Roma había tenido un carácter sagrado en razón de su propio carácter
consuetudinario y por haber estado ligado a la monarquía y al colegio de los Pontífices,
principalmente. La redacción de las leyes es el punto de partida de la desacralización
del derecho romano y la base remota del derecho de nuestro mundo occidental.
Según la tradición, el rey Numa Pompilio habría sido el primer monarca en dotar al
incipiente Estado romano de una serie de disposiciones jurídicas, las llamadas leges
regiae. Posteriormente, tras la caída de la monarquía, la aplicación de este derecho
consuetudinario
pasó
a
ser
patrimonio
de
un
pequeño
sector
patricio,
fundamentalmente del Colegio de los Pontífices que controlaban las disposiciones
jurídicas escritas en los libros pontificales, tal vez no de ese modo tan arbitrario como
algunos historiadores mantienen, pero con el inconveniente de ser desconocidas por
los plebeyos.
La decisión de elaborar este código legal escrito hay que considerarla como un triunfo
de la plebe. La resistencia inicial de un gran número de patricios se desprende tanto de
los acontecimientos que las fuentes antiguas nos transmiten como del propio
contenido de las leyes. Respecto al primer punto, Tito Livio nos dice que todavía en el
32
año 390 a.C. los pontífices se oponían a este código y después del incendio de Roma
provocado por los galos -en el que las 12 placas de leyes habrían sido destruidas- los
pontífices hicieron todo lo posible para que algunas de estas leyes no fueran escritas
de nuevo. Respecto al segundo punto, en ellas se percibe claramente una especie de
compromiso entre patricios y plebeyos -al menos entre un sector de ambos- entre lo
antiguo y lo nuevo. Así, por ejemplo, se aplica la ley del Talión en una disposición y en
la siguiente se aplica como castigo el pago de una multa, procedimiento más
evolucionado sin duda.
Según nos transmite la tradición, en el 451 a.C. se eligió el primer colegio de
decemviros, integrado mayoritariamente por patricios que elaboraron, durante el año
en el que asumieron el poder, diez tablas de leyes. El segundo colegio decemviral,
elegido el 450 a.C. recibió el encargo de concluir el corpus jurídico. Este segundo grupo
de decemviros estaba integrado por patricios y plebeyos. Parece que este gobierno
degeneró en una tiranía y habrían sido destituidos mediante una revolución popular
que habría restablecido posteriormente el consulado. Pero los últimos decemviros
habrían preparado dos tablas de leyes, llamadas por los juristas romanos posteriores,
leyes inicuas y que incluían la esclavización por deudas y la prohibición de los
matrimonios mistos entre patricios y plebeyos.
Algunos autores han interpretado estos hechos relativos al segundo decemvirato como
coincidentes con la subida al poder de un gobierno democrático, de alianza patricioplebeya. El sector más conservador del patriciado preparó su derrocamiento y a tal fin
siguió una revuelta que las fuentes definen como popular, pero que no había sido tal,
sino más bien la reacción patricia contra este gobierno democrático. Restablecido
posteriormente el consulado, los nuevos cónsules patricios habrían ratificado las dos
tablas definitivas, obras, por tanto, no del segundo colegio decemviral sino de los
propios cónsules patricios. Ciertamente, esta interpretación de los hechos parece
mucho más coherente. Resulta imposible de justificar que las dos tablas de leyes más
filopatricias fuesen obra de un grupo de decemviros mayoritariamente plebeyos.
La influencia de Grecia en estas leyes es evidente, pero no tanto de la propia Grecia
como de las ciudades griegas del Sur de Italia adonde viajó una comisión de los
33
primeros decemviros. Algunos historiadores perciben también una influencia
procedente del mundo etrusco, menos constatable al ser poco conocido el derecho
etrusco. A estas influencias se añadió todo el trasfondo del derecho consuetudinario
romano.
El contenido de las leyes se basa en unos ejes claramente definidos: la salvaguarda del
patrimonio y la autoridad del padre, que es el único titular de derecho. La mujer
aparece privada de toda capacidad jurídica y pasa, tras el matrimonio, de la potestad
del padre a la del marido. La potestad del padre sobre sus hijos incluye que puedan
disponer libre y arbitrariamente de los recién nacidos, pudiendo eliminar a los hijos
nacidos con deformidades o, simplemente, no reconocerlos como hijos. Cierta
limitación a esta patria potestad puede considerarse la norma según la cual el padre
que vendía a su hijo, no una sino tres veces consecutivas, perdía todo derecho sobre
él, quien, a su vez, adquiría plena capacidad jurídica. Por lo mismo, el delito
considerado más grave es el parricidio. El asesinato del padre o de un familiar próximo
es castigado con la muerte.
También sumamente arcaicas y adecuadas a esta sociedad, en la que la gens seguía
teniendo mucha fuerza, parecen las leyes relativas a los atentados contra la propiedad.
Así, quien utilizase furtivamente los pastos de otro para su ganado quedaba a merced
del propietario perjudicado, que podía llegar a matarlo, eso sí, consagrándolo
previamente a Ceres, divinidad plebeya protectora de los cereales. Sin embargo, no se
considera legal la muerte de un ladrón cogido en flagrante delito, sino que el castigo
aconsejado es el de propinarle un número determinado de bastonazos. Sólo en el caso
de que el ladrón sea un esclavo puede ser castigado con la muerte, especificándose el
tipo
de
muerte
adecuada:
arrojarlo
desde
la
roca
Tarpeya.
Mucho menos arcaicas son las leyes que regulan las relaciones entre propietarios
vecinos. La mayoría de los castigos (talar árboles, desviar el agua, etc.) que se aplican
son multas. Las leyes de las XII Tablas son sumamente duras con los deudores
insolventes. Estos quedan prácticamente a merced del acreedor, que puede
encadenarlos o venderlos. Cuando los acreedores eran más de uno, todos participaban
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proporcionalmente del beneficio que reportara la venta del deudor o del patrimonio
que se le hubiera confiscado.
Se castiga con pena capital al juez que emita una sentencia bajo la influencia de haber
recibido alguna compensación económica. Hay además algunas normas que regulan la
vida económica, fundamentalmente relativas a los acuerdos comerciales, y otras que
regulan situaciones de carácter diverso como la prohibición de enterrar a los muertos
dentro de la ciudad, la herencia de los bienes del pater familias o del liberto intestado,
la aplicación de multas ante casos de injurias o difamación.
En conjunto, las leyes de las XII Tablas presentan unos rasgos muy definitorios de la
sociedad romana de esta época. En primer lugar, la estratificación social manifestada
en la diferencia de los estamentos patricio y plebeyo. Además, el número de leyes que
salvaguardan la propiedad agraria es característico de una sociedad agrícola formada
por grupos gentilicios, mientras que las pocas normas sobre el comercio reflejan, en
términos generales, que tales transacciones pertenecían a la esfera de lo privado.
Ciertamente, la promulgación de estas leyes no resolvió las tensiones y
enfrentamientos entre patricios y plebeyos, pero la existencia de una legislación
escrita, accesible y válida para todos, favoreció sin duda la colaboración entre ambos
órdenes y contribuyó a reforzar definitivamente las estructuras de la ciudad estado.
¿Cuál es la importancia de la ley de las 12 tablas?
R/ La verdadera importancia de las leyes o Ley de las XII Tablas reside en que esta
codificación constituye la conclusión del proceso de consolidación del Estado
ciudadano romano, de la civitas. Por otra parte, hasta la redacción de este código legal,
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La Italia Primitiva y los orígenes de Roma
Sobre el 8.000 a.C. Italia estaba habitada por los ligures en el Norte y los sículos en el
Sur. Sobre el año 2.000 a.C. llegan a través de los Alpes otras tribus provenientes de
Europa Central. Aunque no eran muy avanzados a los anteriores introducen algunas
innovaciones como eran la agricultura, la ganadería, la tela y la construcción de
bastiones (o murallas) de barro y tierra apisonada alrededor de los poblados para
defenderse de los animales y también de otros hombres. Poco a poco fueron
descendiendo hacia el Sur de la península, aprendieron, al parecer de otras tribus
germánicas, el uso del hierro y fundaron una verdadera ciudad que se llamó Villanova.
1000 años después de la primera invasión de estas tribus, y una vez ya estaban más o
menos establecidos, surgió en Italia lo que muchos dicen que fue la primera
‘civilización verdadera’ del lugar.
En el centro de Italia se situaban este sinnúmero de pueblos atraídos por sus suelos
aptos para la agricultura y la ganadería lo cual impulsaba una economía rica en madera
y metales.
A partir del siglo XVII a.c. los etruscos se relacionaron con las colonias de la Magna
Grecia, al sur, con fines comerciales, sobre todo por la lana, y dada su influencia y
poder, los mismos adquieren el dominio político y acceden a la realeza,
constituyéndose en una monarquía de reyes mercaderes, frente a un pueblo
mayoritariamente agrícola.
Hay muchas teorías pero la más razonable explicaría que las antiguas aldeas situadas
en los montes Quirinal, eran habitadas por gentes de diferentes etnias, en su mayoría
etruscos, y con el tiempo se unieron para formar una gran aldea que se extendía a
medida de que pasaba el tiempo.
Los etruscos recorrían con sus barcos toda la costa occidental de Italia ya que eran
grandes comerciantes. Viajar por tierra en aquella época era bastante peligroso, no
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había caminos y la región estaba llena de bosques y animales peligrosos, así que
hacerlo por mar era más seguro aunque se requerían largas jornadas y puestos para
abastecerse. Por eso la desembocadura del Tiber era un buen sitio pues podían
internarse con los barcos por la bahía y comerciar con las aldeas latinas y sabinas.
Los orígenes de Roma
La fundación de Roma se ha mantenido envuelta en la leyenda, ya que no existen
testimonios escritos sobre los hechos acaecidos.
De acuerdo con la leyenda, la ciudad de Roma fue fundada por dos hermanos gemelos
descendientes de un príncipe Troyano llamado Eneas: Rómulo y Remo. Abandonados
en su infancia, fueron rescatados y criados por una loba.
La leyenda dice que Rómulo mató a Remo cuando éste último atravesó los muros de la
ciudad, afirmando que un destino similar caería sobre cualquiera que intentara
traspasar sus límites.
Hasta aquí hemos visto la leyenda, pero los historiadores cuentan otra historia. A
finales del siglo VII a. de C., Roma fue conquistada por los etruscos, quienes pasaron a
ser una elite aristocrática y monárquica. Estos reyes pertenecieron a una familia rica
conocida como los Tarquinos.
Los etruscos gobernaron Roma por más de 100 años. Durante este período, aportaron
muchos elementos de su cultura convirtiendo a la ciudad en una de las más ricas de la
Península.
En el 534 a. de C. un nuevo rey, conocido como Tarquinio el orgulloso, llegó al trono.
Este gobernante se destacó por su brutalidad, que produjo como reacción una rebelión
de los ciudadanos de Roma en 509 a. de C. Tarquinio fue depuesto, y de esta forma
llegó a su fin la monarquía de los etruscos: era el incio de la etapa de República.
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Sobre el porqué el nombre de Roma, hay varias versiones, una nos dice que ‘Rumon’
en etrusco quiere decir ‘rio’ y es muy probable que al estar situada la colonia al lado
del Tiber le dieran ese nombre.
La otra deriva del aparente fundador de esta ciudad, Rómulo, el cual según la leyenda
fue amamantado por una loba capitolina, fijando su fundación un 21 de Abril del año
752 a.c. según dicha leyenda. Esto a pesar de que algunos historiadores aseguran que
el nombre Rómulo significa ‘pequeña Roma’ por lo tanto aducen que es posterior al
periodo de su fundación.
¿En qué periodo llego al trono el rey tarquino
R/ En el 534 a. de C. un nuevo rey, conocido como Tarquinio el orgulloso, llegó al trono
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