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Análisis de Peligros y Puntos de Control Críticos wikipedia , lookup

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La Red de Alerta
Alimentaria en España
y Europa
¿Qué son los sistemas de red de
alerta?
Sistemas en forma de red, destinados
a efectuar la notificación rápida de
riesgos graves directos o indirectos
para la salud humana que se deriven
de alimentos o piensos.
Objetivo
de
una
red
de
alerta
Proteger la salud de los consumidores, garantizando que
los productos alimenticios y piensos comercializados son
seguros.
La transmisión rápida de la información permite la
retirada rápida y selectiva de los productos alimenticios
o piensos que consumidos por animales que entren a la
cadena alimentaria, puedan suponer un riesgo al ser
consumidos
Requisitos mínimos para el funcionamiento de
un sistema de red de alerta
1. Disponer de una organización adecuada a nivel central y
regional.
2. Disponer de un sistema organizativo que permita la
adecuada difusión de la información.
3. Establecer un flujo adecuado de información con los puntos
de contacto nacionales establecidos.
4.
Disponer de una adecuada red de laboratorios.
5.
Disponer de una adecuada infraestructura de medios de
comunicación.
6.
Establecer procedimientos uniformes de trabajo
aceptados y respetados por todos los puntos de contacto
establecidos a nivel nacional.
7.
Respetar
los
principios
de
transparencia
y
confidencialidad, sin menoscabo de facilitar la información
necesaria a las Autoridades competentes para llevar a
cabo las actuaciones pertinentes.
SISTEMA DE ALERTA
RÁPIDO PARA
ALIMENTOS Y PIENSOS
(RASFF)
Base legal del RASFF
Artículo 50 del Reglamento (CE) Nº178/2002 por el
que se establecen los principios de la legislación
alimentaria, y se crea la Autoridad Europea de
Seguridad Alimentaria y se establecen los
procedimientos en materia de seguridad alimentaria.
Reglamento (UE) Nº 16/2011 de la Comisión, de 10
de enero de 2011, por el que se establecen las
medidas de ejecución del Sistema de Alerta Rápido
para los Productos Alimenticios y los Alimentos para
Animales.
¿Cómo circula la información en el RASFF?
Países terceros
(P.I.F.)
Comisión
EFSA
EEMM
Puntos de contacto nacionales
Diagrama de Flujo
Miembros de la red
Estados miembros
Comisión Europea
Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria
Países del Espacio Económico Europeo - EFTA
(Noruega, Islandia y Lichtenstein)
Los miembros de la red designan un punto de
contacto que constituyen los Puntos de contacto de
la red
Los miembros de la red garantizan una
comunicación eficaz entre sus puntos de contacto y
las autoridades competentes dentro de su
jurisdicción, por una parte, y entre sus puntos de
contacto y el punto de contacto de la Comisión.
Si un miembro de la red posee información relativa
a la existencia de un riesgo grave directo o indirecto
para la salud humana derivada de los alimentos o
piensos, debe notificarlo inmediatamente a la
Comisión en el marco del RASFF
Punto de Contacto Nacional
 Es designado por el Estado miembro.
 Es el encargado responsable de recibir la
información y distribuirla desde el Estado miembro
a la Comisión y desde la Comisión a las Autoridades
competentes nacionales responsables.
 Todos los puntos de contacto garantizarán la
disponibilidad de un funcionario de guardia con el
que se pueda contactar fuera de las horas de oficina
24 horas al día y siete días por semana para
comunicaciones urgentes.
Herramientas Informáticas y bases de
datos
CIRCA – Communication &
Resource Centre Administrator
Information
RASFF WINDOW –
https://webgate.ec.europa.eu/rasff-window
Acceso público _ PORTAL RASFF
 El acceso a este sistema se realiza a través de la página web:
http://ec.europa.eu/food/food/rapidalert/index_en.htm
 El acceso permite solamente consultar información de
carácter general de las notificaciones efectuadas.
Rapid Alert Sistem for Food and Feed
SISTEMA COORDINADO DE
INTERCAMBIO RÁPIDO DE
INFORMACIÓN
(SCIRI)
LA RED DE ALERTA A NIVEL NACIONAL
– LA GESTIÓN DE LA RED DE ALERTA ALIMENTARIA
SISTEMA COORDINADO DE INTERCAMBIO
RAPIDO DE INFORMACIÓN (SCIRI)
– LA GESTION DE LA RED DE ALERTA EN LA
ALIMENTACIÓN ANIMAL
Base legal de funcionamiento del SCIRI
• Artículo 2 (punto 2 apartado ñ) de la ley 11/2001, de 5 de
julio, por la que se crea la Agencia Española de Seguridad
Alimentaria y Nutrición
• Artículo 30 (punto 4) del Real Decreto 709/2002, de 19 de
julio, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española
de Seguridad Alimentaria y Nutrición
• Articulo 50 del Reglamento (CE) 178/2002 por el que se
establecen los principios de la legislación comunitaria, se crea
la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan los
procedimientos relativos a seguridad alimentaria
• Reglamento (UE) Nº 16/2011 de la Comisión, de 10 de enero
de 2011, por el que se establecen las medidas de ejecución
del Sistema de Alerta Rápido para los Productos Alimenticios
y los Alimentos para Animales.
• Artículo 25 de la Ley 17/2011 de 5 de julio de seguridad
alimentaria y nutrición
Dentro del sistema son de aplicación todas las
disposiciones de control oficial de productos
alimenticios y piensos junto con todas las
disposiciones específicas, en las que se
regulen aspectos de seguridad alimentaria
Características del SCIRI
Sistema, en forma de red,
destinado a notificar los riesgos graves
para la salud humana y
que se deriven de alimentos
Relación con otros sistemas de red de alerta
INFOSAN
Sistemas de Alerta de
los Estados miembros
Sistemas de Alerta
RASFF
de Países Terceros
Relación RASFF-SCIRI-RAAA
UNION EUROPEA
RASFF
(Alimentos + Piensos)
DG SANCO
ESPAÑA
SCIRI (Alimentos)
Red de alerta alimentación
animal (Piensos)
AESAN (MSPSI) (Alimentos)
DGRAG (MMARM) (Piensos)
Equipo SCIRI






Directora Ejecutiva
Subdirección General de Coordinación
de Alertas Alimentarias y
Programación del
Control Oficial
Jefe de Área
Jefe de Servicio
Técnicos
Administrativos
PUNTOS DE CONTACTO DEL SCIRI:
CARACTERÍSTICAS Y GESTION
LAS COMUNIDADES
AUTÓNOMAS
MAPA de Situación
1
1
4
3
1
1
9
3
4
1
5
2
3
1
8
1
1
2
1
ÁREAS
DE SALUD
UNIDADES TERRITORIALES
(Provincial)
D.G.S.P. y/o CONSUMO
(Autonómico)
Flujo de la
información
AESAN (MSPS)
COMISION DE LA UE (SANCO)
EEE
EEMM
Cada una de ellas dispone de un punto de
contacto que mantiene relación con el punto
de contacto nacional del RASFF (AESAN) y
con los restantes puntos de contacto del
SCIRI: (Direcciones Generales de Salud
Pública y/o Consumo)
SERVICIOS CENTRALES
CSCA
DIRECCIÓN GENERAL
DE SALUD PÚBLICA
AGENCIA DE
SEGURIDAD ALIMENTARIA
RESTO
Laboratorios de SP
CATALUÑA (coordinación intersectorial)
ASTURIAS
CASTILLA Y LEÓN
VALENCIA (de nueva creación)
SERVICIOS PERIFÉRICOS
DELEGACIONES PROVINCIALES / TERRITORIALES
DISTRITOS SANITARIOS /
ZONAS BÁSICAS DE SALUD/…
AGENTES DE
CONTROL OFICIAL
Coordinación
Comunicación
Reuniones periódicas
Reuniones periódicas
Los Puntos de Contacto nacionales de las
Comunidades Autónomas se encargan de
difundir la información a sus unidades
provinciales o territoriales ,
según la división administrativa
establecida en cada una de ellas
Administración Local: En los municipios con
más de 50.000 habitantes, pueden asumir la
competencia en la ejecución del Control
Oficial de los Alimentos en el comercio
minorista y en la actividad mayorista ejercida
fundamentalmente en los “MERCAS”. Se
denominan municipios exceptuados
Ministerio de Sanidad,
Política Social e Igualdad
Dirección General de Salud Pública
y Sanidad Exterior
Subdirección General
de Sanidad Exterior
PUESTOS DE
INSPECCIÓN FRONTERIZOS
P.I.F. - Base legal: Directiva 97/78/C y 91/496/CE.
 Nº de PIF nacionales:43
 Efectuar el control de las mercancías que se
importan de terceros paises con destino a la UE
 Salvaguardar la salud pública evitando la entrada de
productos alimenticios o piensos que supongan un
riesgo grave directo o indirecto para la salud de los
consumidores
 Recogida de informacion que permita la
impermeabilizacion de las fronteras europeas de los
fraudes o importaciones ilegales.
Control de mercancías
Otros Puntos de Contacto/
/destinatarios de la Información.
SECTOR (INDUSTRIA ALIMENTARIA // DISTRIBUCIÓN): A
través de convenios de colaboración en los que se establece
el procedimiento de transmisión de determinada
información, que pueda comprometer la salud de los
consumidores o la seguridad alimentaria en el sector de la
industria alimentaria, de manera que facilite su óptimo
funcionamiento, así como el cumplimiento de las
obligaciones que la legislación comunitaria y estatal atribuye
a las empresas del sector de la industria alimentaria en este
ámbito.
Notificaciones
Las notificaciones son consecuencia de:
• Controles efectuados en mercado
• Autocontroles efectuados por parte de la propia
empresa fabricante
• Reclamaciones efectuadas por parte de los
Consumidores
• Muestras rutinarias efectuadas en frontera
Autocontroles:
 Los propios establecimientos fabricantes de productos
alimenticios, de acuerdo con lo establecido en el artículo del
Reglamento (CE)852/2004 deben disponer de un sistema de
autocontroles.
 En caso de detección de incumplimiento, están obligados a
informar a las correspondientes Autoridades
Controles de mercado:
 La frecuencia de la inspección depende de otros factores que
son tenidos en cuenta por los propios servicios de control
local.
 Si en el transcurso de la inspección se detectase cualquier
anomalía a nivel de los establecimientos implicados que
pudiese ser objeto de riesgo para la salud de los
consumidores se procedería a efectuar la correspondiente
comunicación a través del sistema.
Muestras rutinarias en frontera:
 En el control efectuado en frontera a productos alimenticios
procedentes de terceros países se efectúa la toma de
muestras con carácter prospectivo.
 En estos casos no se efectúa la inmovilización de la partida en
frontera.
 En caso de detección de riesgos directos o indirectos para la
salud de los consumidores, se procederá a trasladar esta
información en el marco del Sistema.
Reclamaciones de los consumidores:
 Las reclamaciones de los consumidores derivadas de la
presencia de posibles riesgos para la salud detectados en
alimentos suele ser efectuada con carácter general en España
en las Comunidades Autónomas (Direcciones Generales de
Salud Pública y/o Consumo)
 En función de las características que presente dicha
reclamación: Tipo de riesgo, alimento, población a la que va
destinado, existencia o no de enfermos … se valora por parte
del punto de contacto del SCIRI de dicha CA su traslado a
través del SCIRI
Niveles
de Gestión
 ALERTA
 INFORMACIÓN
 RECHAZO
 VARIOS
R
A
S
F
F
ALIMENTOS
PIENSOS
EEMM
PAÍSES EEE
SANCO
NEWS
INFORMACIÓN
DGRAG
POI
VARIOS
PIENSOS
INFORMAC.
P.C. del SCIRI
Difusión intra-Autonómica
ALERTA
RECHAZO
IN
FO
SA
N
AESAN
ALIMENTOS
ALERTA
SGSE
PIF nacionales
RECHAZO
S
C
I
R
I
Notificaciones
de ALERTA
Actuación inmediata
de las A.C.: SI
Riesgo grave
Origen nacional
Distribución
en
territorio nacional
NIVEL
DE
ALERTA
ORIGEN
NACIONAL
DISTRIBUCION
NACIONAL
SI
SI/NO
II
NO
SI
III
SI
SI/NO
NO
SI
RIESGO
I
GRAVE INMEDIATO
IV
GRAVE NO
INMEDIATO
Ejemplos GRUPO I:
 Gérmenes patógenos: Los gérmenes indicados en el
capítulo 1 del anexo I del Reglamento 2073/2005 y
otros gérmenes patógenos conocidos.
 Brotes de infecciones / intoxicaciones / toxiinfecciones
alimentarias en los que se conozca el producto
causante del brote y detalles adicionales que permitan
su localización (fabricante, marca, distribución…)
 Biotoxinas marinas.
 Riesgos graves detectados en alimentos destinados a
poblaciones especiales (alergenos).
 Riesgo de asfixia.
Ejemplos GRUPO II:
Metales pesados.
Residuos de Plaguicidas.
Aditivos.
Toxinas fúngicas
En la gestión de una alerta se
establece una secuencia lógica que
va, en unos casos, desde el estadío
previo a la identificación de un
problema, a la identificación y
caracterización del destino de los
productos afectados.
Situación previa a una notificación de alerta
(Prealerta).
Apertura de un expediente de alerta:
 Notificación inicial.
 Seguimiento.
 Finalización de actuaciones en el ámbito del
SCIRI y cierre.
Postalerta.
PREALERTA
Un PC-SCIRI de una CCAA procede, en
cumplimiento de lo establecido en el
párrafo 2 y 3 del Art. 50 del Reglamento
178/2002 (Notificación inmediata de la
información), a realizar una notificación
inicial de una alerta siempre y cuando se
cumplan los siguientes requisitos :
1.
Detección de riesgos graves para la salud de los
consumidores derivados de los alimentos, debidos a:
a)
b)
c)
d)
2.
Actividades de control oficial
Denuncias de consumidores
Información de otros organismos o administraciones públicas
Resultados desfavorables en autocontroles
Realización de cuantas actuaciones sean necesarias en
materia de control oficial, de acuerdo con lo establecido en
el Reglamento (CE) Nº 882/2004, orientadas a:
a)
b)
c)
d)
identificar y caracterizar el incidente.
identificar y caracterizar las mercancías afectadas y, en su caso,
sospechosas.
identificar los destinos dados a las mismas.
indicar las medidas propuestas por la empresa alimentaria afectada
en acuerdo con las Autoridades competentes.
3. Se tomarán con carácter provisional las medidas
preventivas necesarias, en base a lo establecido
en el artículo 24 de la Ley General de Sanidad y
en el artículo 72.2 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
4. Hay que tener presente el respeto al derecho de
audiencia del afectado (empresa alimentaria
implicada)
 Una vez realizadas las actuaciones en el marco del Control
Oficial, si las Autoridades competentes de una CA disponen
de información contrastada relativa a la existencia de un
riesgo grave, directo o indirecto, para la salud humana
derivado de un alimento, fabricado o no en esa CA y con
posible distribución a otras CCAA, EEmm o terceros países,
NOTIFICARÁ inmediatamente esta información a la AESAN a
través del SCIRI.
 Esta comunicación se ajustará al formulario tipo establecido a
tal efecto, cumplimentándose, en la medida de lo posible, en
todos sus apartados e irá acompañada de la documentación
correspondiente, así como de cualquier tipo de información
complementaria que contribuya a la gestión eficaz de la
notificación.
Debe apor tar infor mación sobr e las
cir cunstancias + que han concur r ido
¿CUÁNDO?
IDENTIFICAR :
P. A. AFECTADOS
Y/O
P.A.
SOSPECHOSOS
¿POR QUÉ?
¿QUÉ
¿QUÉHA
HA
OCURRIDO?
OCURRIDO?
Información que se traslada:




Identificación y caracterización del incidente.
Identificación y caracterización de las mercancías afectadas
y, en su caso, sospechosas.
Traslado de la información necesaria que permita
identificar los destinos y los destinatarios de las mismas.
Indicación del destino propuesto por la empresa
alimentaria afectada, en su caso, para las mercancías
sospechosas. También se informará de las estrategias y
procedimientos establecidos para la recuperación y
retirada de las mismas (afectadas y sospechosas).



Indicación, en su caso, de las recomendaciones a los
profesionales, o los acuerdos establecidos con ellos para,
voluntaria u obligatoriamente, prevenir, restringir o someter a
condiciones especiales la comercialización o el eventual uso de
un alimento, o bien imponerles condiciones especiales, con
motivo de un riesgo grave para la salud de las personas que
exige una actuación rápida.
Explicación pormenorizada de las razones de la acción
emprendida por la autoridad competente de la CA donde se ha
emitido.
Indicación, en su caso, de las medidas adoptadas por la empresa
alimentaria para localizar y prevenir la venta de los productos
afectados y los sospechosos.
ALERTA
 La notificación de alerta es identificada por la AESAN con
la
consignación
del
número
de
expediente
correspondiente y se le asigna un nivel de gestión según
el esquema establecido.
 La AESAN traslada inmediatamente esta información a
todos los PC-SCIRI nacionales del Sistema en los modelos
establecidos, valorándose la necesidad de trasladar la
información a los Servicios de la Comisión y/o a INFOSAN
(en este último caso se informará a los Servicios de la
Comisión de su remisión a INFOSAN).
ALERTA

La AESAN, así como cualquier otro miembro del
Sistema, podrá complementar la notificación con
cualquier información científica o técnica que facilite
una gestión del riesgo rápida y adecuada por parte de
los miembros del mismo.

Los PC de la CA o las CCAA afectadas informarán, a la
mayor brevedad posible, a través del SCIRI a la AESAN
de las acciones emprendidas así como de las medidas
adoptadas tras recibir las notificaciones o
informaciones complementarias transmitidas a través
del Sistema.
ALERTA

Los PC-SCIRI de las CCAA, independientemente de que se
continúen las actuaciones a nivel de control oficial,
comunicarán el fin de actuaciones de seguimiento en su
territorio en el ámbito del SCIRI cuando:
o
o

Todas las partidas de productos afectados y/o sospechosos ya
no se encuentran en los circuitos de comercialización ni a
disposición del consumidor.
El motivo que originó la apertura de la alerta ha sido
subsanado o bien las medidas impuestas han sido retiradas.
El cierre de un expediente a nivel de la AESAN se efectuará a
la vista de la información relativa a la finalización de
actuaciones recibida de los PC-SCIRI de las CCAA implicadas.
POSTALERTA
Esta fase incluye aquellas actuaciones a nivel
de control oficial efectuadas una vez
finalizadas las realizadas en el ámbito del SCIRI.
Alerta iniciada
por un PC-SCIRI
de la CA de origen:
SITUACIÓN PREVIA
A UNA
NOTIFICACIÓN
INICIAL
ALERTA
POST – ALERTA
CONTROL OFICIAL
Alerta iniciada por el
RASFF o por un PC-SCIRI
de la CA destinataria:
ALERTA
POST – ALERTA
CONTROL OFICIAL
Notificaciones
de INFORMACIÓN
Actuación inmediata de
las A.C.: NO
riesgo grave + no existe
ni origen ni distribución
nacional.
Notificaciones recibidas de los Servicios
de la Comisión a través del RASFF en las
que, bien no existe información sobre la
implicación de España, bien, aún
estando
implicada,
no
existe
probabilidad de encontrar el producto
afectado
en
los
circuitos
de
comercialización.
 Representan para los PC SCIRI una fuente de información
complementaria a tener en cuenta en las actividades de
control oficial (remisión de informe quincenal).
 En aquellas notificaciones de productos originarios de
terceros países, la AESAN procede a su notificación a la S.G.
de Sanidad Exterior.
 Cuando, dentro de un expediente de Información, se reciba
una notificación de seguimiento con información
complementaria relativa a la implicación de España, ya sea
por ser origen o por ser receptora de los productos
implicados, AESAN procederá a valorar la posibilidad de
reclasificar el expediente y gestionarlo como alerta.
Notificaciones
de RECHAZO
Actuación inmediata de la
A.C.: SI
Impermeabilización
fronteras comunitarias.
Vigilancia
anteriores.
de
Riesgo grave.
de
entradas
Tres situaciones distintas:
1.
Existencia de medidas especificas a nivel comunitario para
ese producto, país y contaminante (p.ej.: Aflatoxinaspistachos–Irán…)
2.
No existen medidas especificas a nivel comunitario para el
producto, país y contaminante especifico, pero existen
medidas a nivel nacional establecidas en su mayor parte en
base a la normativa comunitaria o nacional.
3.
No existen medidas específicas comunitarias, ni nacionales.
S.G. SANIDAD
EXTERIOR
UE-RASFF
AESAN (recepción de la notificación,
estudio y valoración de la
notificación y de la documentación
adjunta)
 Notificaciones recibidas de la SGSE relativas a rechazos de
partidas llevados a cabo en los PIFs nacionales, la AESAN
trasladará dicha información, en el modelo establecido al
efecto, con carácter inmediato a los Servicios de la Comisión
a través del RASFF.
 Notificaciones recibidas a través del RASFF, en ausencia de
cláusulas de salvaguardia comunitarias o medidas nacionales
específicas: se trasladan a la SGSE, solicitando, en su caso:
o
o
Importaciones anteriores de productos similares procedentes de dicho
país y/o del establecimiento implicado efectuadas a través de los PIF
nacionales.
Las medidas adoptadas ante futuras importaciones de este tipo de
productos procedentes del establecimiento/país implicado
Otras
gestiones
Expedientes Varios:
o Se engloba la gestión de aquellas notificaciones que,
por sus características, no se corresponden con
expedientes de alertas, ni de informaciones, ni de
rechazos, pero que aportan información de interés a
las Autoridades competentes.
o Asimismo se incluyen en este nivel de gestión las
notificaciones clasificadas como NEWS por los Servicios
de la Comisión, así como, tras su valoración,
notificaciones recibidas de la Agencia Española del
Medicamento
Granjas positivas:
o Explotaciones ganaderas positivas a la
presencia de residuos de medicamentos
veterinarios y/o sustancias prohibidas.
(NO FORMA PARTE DEL SCIRI; ES UNA VÍA
RÁPIDA DE COMUNICACIÓN).
Procedimientos
de gestión
 Procedimiento General de Gestión del
SCIRI
 Procedimiento de Comunicación del
Riesgo a la Población en General
 Procedimiento para la Gestión de
Crisis Alimentarias
SISTEMA DE PERMANENCIA
24 HORAS AL DÍA/365 DIAS AL AÑO
(SARANCO)
DATOS RELATIVOS AL
RASFF Y AL SCIRI
2010
2010 RASFF notifications classification
3500
3000
2500
2000
follow-up
1500
original notifications
1000
500
0
alert
border
rejection
information
Basis of the notification 2008-2010
100%
90%
80%
official control on the
market
70%
official control in nonmember country
60%
food poisoning
consumer complaint
50%
company's own check
40%
border rejection
30%
border control consignment released
20%
10%
0%
2008
2009
2010
9000
8000
7000
6000
border rejection follow-up
information follow-up
alert follow-up
border rejection
information
5000
4000
alert
3000
2000
1000
0
2006
2007
2008
2009
2010
100%
90%
80%
70%
60%
Third Country
50%
Member State
40%
Candidate Country
30%
20%
10%
0%
alert
border
rejection
information
1800
1600
1400
Africa
1200
Asia
1000
Europe
800
Latin America
600
Northern America
Oceania
400
200
2010
2009
2008
2007
2006
2005
2004
2003
2002
2001
2000
0
food additives
animal by-
water for
natural
compound
gastropods
eggs and egg
prepared
cocoa and
cephalopods
soups,
poultry meat
crustaceans
feed
cereals and
herbs and
fish and fish
nuts, nut
600
500
400
300
200
100
0
0
feed additives
chemical contamination
TSEs
not determined / other
biotoxins (other)
labelling
radiation
biocontaminants
packaging defective /
industrial contaminants
allergens
residues of veterinary
adulteration / fraud
parasitic infestation
GMO / novel food
non-pathogenic micro-
migration
organoleptic aspects
foreign bodies
composition
poor or insufficient controls
food additives and
heavy metals
pesticide residues
pathogenic micro-
mycotoxins
800
700
600
500
400
300
200
100
S.C.I.R.I. 2010
En 2010 se han gestionado a través del SCIRI
un total de 3.190 expedientes relativos a
productos alimenticios:
–
–
–
–
de los cuales 188 correspondieron a alertas,
1.449 a informaciones,
1.479 a rechazos de productos alimenticios y
74 a los clasificados como varios.
Evolución de las notificaciones en el SCIRI en
los últimos cinco años.
1600
1400
1.319
1.325
1200
1000
1.346
1.353
1.225
1.484
1.413
1.479
1.449
1.210
800
600
400
200
0
197
54
año 2006
ALERTAS
293
52
año 2007
209
70
año 2008
INFORMACIONES
186
47
188
74
año 2009
año 2010
RECHAZOS
VARIOS
Evolución de las notificaciones de alerta en
los últimos cinco años.
350
293
300
250
209
197
200
186
188
AÑO 2009
AÑO 2010
150
100
50
0
AÑO 2006
AÑO 2007
AÑO 2008
• El 80 % de los productos
notificados fue de origen
comunitario mientras que
en el 19 % de los casos, el
origen fue de terceros
países. Asimismo, al igual
que en años anteriores, en
el año 2010 se mantiene el
número de notificaciones
de origen desconocido.
Países terceros
19%
Origen
desconocido
1%
UE
80%
Distribución por países terceros originarios de los
productos implicados (año 2010)
9
3 3 3
2 2 2
1 1 11 1 1 1 1 1 1 1 1
China
India (la)
Turquía
Estados Unidos
Argentina
Japón
Tailandia
Australia
Brasil
Canadá
Chile
Corea del Sur
Costa Rica
Croacia
Indonesia
Marruecos
Sudáfrica
Túnez
Vietnam
Participación como NOTIFICANTES (año 2010)
Finlandia
2%
Portugal
2%
Suiza
2%
Otros (<4)
11%
Galicia
3%
Italia
36%
Eslovenia
3%
Extremadura
3%
Madrid
3%
Navarra
6%
Andalucía
29%
Grecia
3%
Dinamarca
3%
Francia
10%
Aragón
6%
Comunidad
Valenciana
10%
Alemania
12%
España
16%
Castilla y León
32%
Cataluña
6%
Clasificación
general de
productos
Nº de
notificaciones
Origen
ANIMAL
108
Origen
VEGETAL
65
MATERIALES
EN CONTACTO
12
OTROS
productos
alimenticios
TOTAL
3
188
Materiales en
contacto
5%
Origen
vegetal
35%
Otros
origenes
2%
Origen animal
58%
Pescados y derivados
83
Cereales , harinas y derivados
Carnes y derivados
Condimentos y especias
Hortalizas, verduras, leguminosas y tubérculos
Materiales en contacto
Frutas y derivados
Frutos secos
Preparados alimenticios especiales
Preparados alimenticios especiales
Otros
Leche y derivados
Infusiones, alimentos estimulantes y derivados
Bebidas refrescantes
Bebidas alcohólicas
17
15
Edulcorantes naturales y derivados
13 12
12
Huevos y ovoproductos
8
4 4 4
3 3 2
2
2
Otros productos de origen animal
1 1 1 1
Edulcorantes naturales y derivados
Motivos
QUÍMICOS
BIOLÓGICOS
Nº de
notificaciones
100
45
FÍSICOS
10
OTROS
33
TOTAL
188
OTROS
18%
FÍSICOS
5%
BIOLÓGICOS
24%
QUÍMICOS
53%
Distribución de PELIGROS detectados (año 2010)
Fitosanitarios
5%
Otros
3%
Medicamentos
veterinarios
2%
Histamina Toxinas
Otros
biológicas
2%
7%
Listeria
2%
monocytogenes
11%
Yodo
1%
Aditivos
8%
Migración
14%
Toxinas fúngicas
15%
Metales pesados
51%
Biotoxinas
marinas
13%
Anisakis
18%
Virus
2%
Salmonella
27%
Escherichia coli
18%
NOTIFICACIONES GESTIONADAS COMO RECHAZO
Distribución por terceros países origen de los alimentos (año 2010)
Mauritania
Ecuador
Nigeria
Sudáfrica
Pakistán
Egipto
Vietnam
Marruecos
Ucrania
Irán
Otros (64 países con
< 20 notif)
Estados Unidos
Tailandia
Brasil
Argentina
Turquía
India (la)
0
50
100
150
200
China/Hong Kong
250
300
Red Internacional de
Autoridades en materia de
Inocuidad de los Alimentos
(INFOSAN)
La Red Internacional de Autoridades
en materia de Inocuidad de los
Alimentos (INFOSAN) es una red
mundial de autoridades nacionales
en materia de inocuidad de los
alimentos gestionada conjuntamente
por la OMS y la FAO y que tiene su
secretaría en la OMS (Departamento de
Inocuidad de los alimentos, Zoonosis y
Enfermedades de Transmisión Alimentaria).
Su creación obedece a la necesidad de
promover el intercambio de información y
la colaboración entre las Autoridades
competentes en materia de seguridad
alimentaria y actuación frente a
emergencias relativas a la inocuidad de
los alimentos.
Objetivos:
• Impulsar el intercambio rápido de información durante
los sucesos relacionados con la inocuidad de los
alimentos.
• Compartir información sobre cuestiones importantes de
interés mundial relativas a la inocuidad de los alimentos.
• Fomentar la asociación y la colaboración entre países y
otras redes.
• Ayudar a los países a mejorar su capacidad de gestión
de emergencias relacionadas con la inocuidad de los
alimentos.
Miembros
Cada PAÍS designa un punto de contacto
INFOSAN Emergencias y al menos un
centro de enlace de INFOSAN.
Únicamente pueden ser miembros los
representantes de las autoridades
nacionales de seguridad alimentaria designados
oficialmente por sus gobiernos.
• Hasta el 28 de Abril de 2009 (última actualización)
INFOSAN e INFOSAN Emergency cuentan con 177
Estados Miembros.
Antecedentes
• Antes del 2004 diversas Conferencias y Foros internacionales
pusieron de manifiesto la necesidad de intercambio de información
y experiencia sobre medidas de control habitual y emergencias
relacionadas con la inocuidad de los alimentos.
• En Marzo de 2004, la OMS dio el primer paso para la creación de
INFOSAN, solicitando la designación oficial de uno o más centros
de enlace de INFOSAN y un punto de contacto de INFOSAN
Emergencias en cada estado miembro.
• En Julio de 2004, la Comisión Mixta FAO/OMS del Codex
Alimentarius adoptó los principios y Directrices para el Intercambio
de Información para el Control de la Inocuidad de los alimentos en
situaciones de emergencia.
Actividades de INFOSAN
• Vigilar diversas fuentes de información a fin de detectar
sucesos relacionados con la seguridad de los alimentos.
• Evaluar y verificar estos sucesos en colaboración con
los miembros de la red.
• Facilitar la recogida y difusión de información sobre
sucesos relacionados con la seguridad alimentaria
(Notas Informativas).
• Compartir alertas sobre cuestiones urgentes.
• Asistencia técnica, previa solicitud, para responder a
emergencias relacionadas con la inocuidad de los
alimentos.
Estructura Red INFOSAN
Red de INFOSAN Emergencias
Centros de enlace INFOSAN
• Reciben las Notas Informativas y los
mensajes de INFOSAN.
• Transmiten las Notas Informativas de
INFOSAN a todas las partes interesadas.
• Facilitan observaciones a la Secretaría de
INFOSAN sobre asunto de interés.
• Se comunican con otros miembros de la
red.
Los puntos de contacto de
INFOSAN Emergencias
• Coordinan las actividades con los organismos nacionales
competentes en el ámbito de las respuestas de emergencia a
incidentes relacionados con la seguridad alimentaria.
• Informan a la Secretaría de INFOSAN sobre los incidentes
relacionados con la inocuidad de los alimentos y sobre emergencias
de importancia internacional.
• Solicitan asistencia internacional, a través de la Secretaría, para
hacer frente a incidentes o emergencias relacionadas con la
seguridad alimentaria.
• Responden a las preguntas urgentes de la Secretaría acerca de
incidentes o emergencias alimentarias.
• Actúan cuando reciben alertas difundidas a través de INFOSAN.
La Red Internacional de Autoridades
en materia de Inocuidad de los
Alimentos (INFOSAN) es una red
mundial de autoridades nacionales
en materia de inocuidad de los
alimentos gestionada conjuntamente
por la OMS y la FAO y que tiene su
secretaría en la OMS (Departamento de
Inocuidad de los alimentos, Zoonosis y
Enfermedades de Transmisión Alimentaria).
Su creación obedece a la necesidad de
promover el intercambio de información y
la colaboración entre las Autoridades
competentes en materia de seguridad
alimentaria y actuación frente a
emergencias relativas a la inocuidad de
los alimentos.
Objetivos:
• Impulsar el intercambio rápido de información durante
los sucesos relacionados con la inocuidad de los
alimentos.
• Compartir información sobre cuestiones importantes de
interés mundial relativas a la inocuidad de los alimentos.
• Fomentar la asociación y la colaboración entre países y
otras redes.
• Ayudar a los países a mejorar su capacidad de gestión
de emergencias relacionadas con la inocuidad de los
alimentos.
Miembros
Cada PAÍS designa un punto de contacto
INFOSAN Emergencias y al menos un
centro de enlace de INFOSAN.
Únicamente pueden ser miembros los
representantes de las autoridades
nacionales de seguridad alimentaria designados
oficialmente por sus gobiernos.
• Hasta el 28 de Abril de 2009 (última actualización)
INFOSAN e INFOSAN Emergency cuentan con 177
Estados Miembros.
Antecedentes
• Antes del 2004 diversas Conferencias y Foros internacionales
pusieron de manifiesto la necesidad de intercambio de información
y experiencia sobre medidas de control habitual y emergencias
relacionadas con la inocuidad de los alimentos.
• En Marzo de 2004, la OMS dio el primer paso para la creación de
INFOSAN, solicitando la designación oficial de uno o más centros
de enlace de INFOSAN y un punto de contacto de INFOSAN
Emergencias en cada estado miembro.
• En Julio de 2004, la Comisión Mixta FAO/OMS del Codex
Alimentarius adoptó los principios y Directrices para el Intercambio
de Información para el Control de la Inocuidad de los alimentos en
situaciones de emergencia.
Actividades de INFOSAN
• Vigilar diversas fuentes de información a fin de detectar
sucesos relacionados con la seguridad de los alimentos.
• Evaluar y verificar estos sucesos en colaboración con
los miembros de la red.
• Facilitar la recogida y difusión de información sobre
sucesos relacionados con la seguridad alimentaria
(Notas Informativas).
• Compartir alertas sobre cuestiones urgentes.
• Asistencia técnica, previa solicitud, para responder a
emergencias relacionadas con la inocuidad de los
alimentos.
Estructura Red INFOSAN
Red de INFOSAN Emergencias
Centros de enlace INFOSAN
• Reciben las Notas Informativas y los
mensajes de INFOSAN.
• Transmiten las Notas Informativas de
INFOSAN a todas las partes interesadas.
• Facilitan observaciones a la Secretaría de
INFOSAN sobre asunto de interés.
• Se comunican con otros miembros de la
red.
Los puntos de contacto de
INFOSAN Emergencias
• Coordinan las actividades con los organismos nacionales
competentes en el ámbito de las respuestas de emergencia a
incidentes relacionados con la seguridad alimentaria.
• Informan a la Secretaría de INFOSAN sobre los incidentes
relacionados con la inocuidad de los alimentos y sobre emergencias
de importancia internacional.
• Solicitan asistencia internacional, a través de la Secretaría, para
hacer frente a incidentes o emergencias relacionadas con la
seguridad alimentaria.
• Responden a las preguntas urgentes de la Secretaría acerca de
incidentes o emergencias alimentarias.
• Actúan cuando reciben alertas difundidas a través de INFOSAN.
Puntos de contacto SCIRI
 Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición
 Autoridades competentes en materia de Seguridad Alimentaria
de las 17 Comunidades Autónomas (Dirección General de Salud
Pública y/o Consumo o Agencias de Seguridad Alimentaria) y 2
Ciudades Autónomas (Ceuta y Melilla)
 Comisión Europea (DG SANCO)
 INFOSAN (Departamento de Seguridad Alimentaria, Zoonosis y
Enfermedades de transmisión alimentaria de la OMS)
 Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior (S.G. de
Sanidad Exterior) del Ministerio de Sanidad, Política Social e
Igualdad.
 Organizaciones colaboradoras con la AESAN en representación
de los sectores (industria alimentaria // distribución)
 Ministerio de Defensa
Puntos de contacto SCIRI
Se tienen en cuenta como destinatarios
información, siguiendo siempre el principio de
una gestión integral del riesgo y en función
características de la información que figure
notificación, a los siguientes:
de la
realizar
de las
en la
 Centro Nacional de Epidemiología
 Unidades del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y
Marino
 Agencia Española del Medicamento
 Instituto Nacional de Consumo
 Presidentes de Consejos de Colegios Profesionales
 Cualquier otra Asociación que se pudiera necesitar para
resolver cuestiones puntuales (Alérgicos)