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PROCESO DE PRESTACION DE SERVICIOS SOCIALES
PROCEDIMIENTO: PRESTACION DE SERVICIOS SOCIALES
Código: I-PS-PS-008
Versión: 0
INSTRUCTIVO DE IMPLEMETNACION Y SEGUIMIENTO AL
PLAN DE ATENCIÓN FAMILIAR EN EL SERVICIO ATENCION
INTEGRAL A FAMILIAS, CUIDADORAS Y CUIDADORES DE
PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y PERSONAS CON
DISCAPACIDAD SIN REDES FAMILIARES
Fecha:
21/11/2014
Página: 1/7
1. Objetivo
Favorecer la inclusión social de las familias, cuidadoras y cuidadores de personas con
discapacidad o personas con discapacidad sin redes familiares en el servicio de Atención
integral de familias, cuidadoras y cuidadores de personas con discapacidad o personas con
discapacidad sin redes familiares, a través del apoyo psicosocial y la articulación inter e intra
institucional.
2. Glosario
ALISTAMIENTO DEL APOYO PSICOSOCIAL: Es la preparación previa de los insumos para el
inicio de los encuentros grupales, incluye: asignación de grupos y fechas de las personas en
atención, revisión de los módulos temáticos, preparación de materiales y listados necesarios.
APOYO PARA FAVORECER LA INCLUSION SOCIAL: Conjunto de acciones dirigidas para
favoredcer la inclusion social, fortalciendo a la persona con discapacidad o al cuidador o
cuidadora, en su proyecto de vida, las relaciones familiares y redes de apoyo social y
comunitaria a través de apoyo psicosocial.
APOYO PSICOSOCIAL: Componente que busca brindar herramientas a las personas con
discapacidad, los cuidadoras y cuidadores para enfrentar los retos de la situación personal,
familiar, comunitaria y ocupacional que se derivan de la labor del cuidado. Estos encuentros
se implementan a partir de talleres estructurados en los cuales se da un proceso de
información, comunicación y educación entorno a una temática de interés de acuerdo a las
necesidades de los mismos.
ATENCIÓN INTEGRAL: Es el modo en el que el servidor público o la servidora pública
conciben, acercan, reciben, acogen, escuchan, orientan y acompañan la ciudadanía a partir de
la solicitud o situación inicial, teniendo como base el respeto pleno a su dignidad, sus derechos,
capacidades, intereses, preferencias y contando con su participación efectiva. Basado en la
PPDD.
CANJE DE BONOS: Procedimiento mediante el cual las personas con discapacidad o las
cuidadoras-es activas-os en el Servicio en esta modalidad, reciben un apoyo alimentario a
través de un bono canjeable por alimentos, el cual proviene del Proyecto 730 “Alimentando
capacidades”, acorde a la validación de condiciones realizada por el equipo interdisciplinario
del Servicio social en lo local.
CITACIÓN: Es una acción en la que se requiere la presencia de la persona con discapacidad,
su cuidador-a y/o familia en la Subdirección Local o instalaciones del Servicio.
CORRESPONSABILIDAD: Busca promover el reconocimiento del compromiso y la
responsabilidad que todas y todos tenemos frente a la construcción de una ciudad moderna y
humana: individuo, familia, sociedad y Estado. En el marco del Servicio, el compromiso y la
participación activa que deben asumir en términos de la discapacidad y la inclusión social en
cumplimiento, gestión y desarrollo de los compromisos.
CUIDADOR-A: Persona que haciendo uso de su habilidades, destrezas, tiempo y talento,
facilita el acceso de la persona cuidada a las capacidades básicas humanas (vida, salud física,
integridad física, sentidos, imaginación, juego, entre otras) y promueve su participación en los
diferentes entornos en los que se desenvuelve, posibilitando la toma de decisiones y las
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elecciones según sus habilidades. Los cuidadores o cuidadoras no necesariamente deben
tener lazos de consanguinidad con la persona cuidada.
CUMPLIMIENTO DE PLAN DE ATENCIÓN FAMILIAR: Se evidencia cuando la persona con
discapacidad, su familia, cuidadora o cuidador, con el acompañamiento del equipo
interdisciplinario del servicio social, logran superar las situaciones por las que sus derechos
fundamentales estaban siendo vulnerados.
DERECHOS HUMANOS: Son asumidos en el servicio social como las demandas de libertades,
facultades o prestaciones, directamente vinculadas con la dignidad y el valor intrínseco de todo
ser humano, por lo que son reconocidas como legítimas por toda la comunidad por ser
congruentes con principios ético-políticos ampliamente compartidos y consideradas
merecedores de protección jurídica en la esfera interna y en el plano internacional, de acuerdo
con lo establecido en la Convención Internacional de los Derechos Humanos y la Política
Pública de Discapacidad. No se circunscriben al plano individual, hacen parte del colectivo y
por lo tanto representan las demandas y actuares como ciudadanas y ciudadanos miembros de
una sociedad. Desde esta perspectiva, en el servicio social son considerados el instrumento
para articular el desarrollo humano y social de las personas y colectivos con discapacidad, sus
familias y cuidadores(as) dentro de las dimensiones: cultural simbólica, entorno, territorio y
medio ambiente, desarrollo de capacidades y habilidades y ciudadanía activa que en conjunto
garantizan su calidad de vida y la inclusión social.
En este sentido el servicio social tiene en cuenta prioritariamente los derechos a la salud, la
educación, la movilidad, la ciudadanía, la productividad, la protección y la alimentación.
Acogidos desde la Política Pública Distrital de Discapacidad.
DERECHO A LA SALUD: (Art. 10 PPDD)Es un derecho fundamental que contemplado por la
SDIS en el servicio social, forma parte del trabajo intersectorial que debe propiciar los procesos
de inclusión, velando porque se den los mecanismos de acceso y cobertura para las personas
con discapacidad, sus familias y sus cuidadoras y cuidadores, garantizando así la igualdad de
oportunidades en la prestación de servicios y de derecho a la salud, para lo cual el equipo
interdisciplinario del servicio social, establecerá redes con el sector salud.
DERECHO A LA EDUCACIÓN: (Art. 11 PPDD) La educación es un derecho fundamental que
cobija igualmente a las personas con discapacidad, sus familias y cuidadores. Es
responsabilidad del Estado, la sociedad y la familia, garantizar la inclusión de esta población,
acorde a sus competencias, obligaciones y capacidades, garantizando calidad de vida escolar.
Un derecho que desde el servicio social debe procurarse su materialización, trascendiendo de
una simple inserción en el aula regular. El servicio social establecerá redes que posibiliten el
acceso de las personas con discapacidad a la educación.
DERECHO A LA MOVILIDAD: (Art. 28 PPDD) El Distrito Capital debe asegurar que las
personas con discapacidad sus cuidadoras y cuidadores, gocen de movilidad libre y personal
con la mayor independencia y autonomía posible. Por ello, el servicio social procurará Facilitar
a las y los participantes su movilidad en el momento que lo requieran. De igual manera
establecerá los contactos y rutas necesarias para mejorar su acceso a medios de transporte y a
formas de asistencia humana o animal e intermediarios, tecnologías de apoyo, dispositivos
técnicos y ayudas para la movilidad de calidad.
DERECHO A LA FORMACIÓN CIUDADANA: (Art. 17 PPDD) las prácticas ciudadanas se
aprenden, transforman y consolidan en diversos espacios y escenarios, reconociendo la
necesidad de impulsar estrategias de formación en las que las personas con discapacidad y
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sus familias fortalezcan su capacidad de reflexión para comprender sus realidades. Por tanto el
servicio social debe promover estrategias para que las PCD, sus familias y cuidadoras y
cuidadores, conozcan sus derechos y deberes, garantizando condiciones de igualdad,
incentivando escenarios, redes de apoyo e instrumentos de la participación, que permitan
identificar y optimizar la organización administrativa del Distrito por medio de la interacción
entre las ciudadanas y ciudadanos con los diversos actores sociales e institucionales; Para ello,
es necesario crear estrategias de formación para incrementar su capacidad para gestionar
recursos e información, desarrollando herramientas teóricas y prácticas para participar en el
diseño, implementación, seguimiento y control de las políticas y programas. Esto implica, entre
otras, promover alternativas de aprendizaje y capacitación para mejorar su capacidad
participativa.
DERECHO AL BIENESTAR: (Art. 14 PPDD) Supone la garantía de la preservación del mínimo
vital y la provisión de seguridad social a las personas con discapacidad, sus familias y
cuidadoras y cuidadores. De esta manera, el Estado debe garantizar mediante acciones
afirmativas y de protección el bienestar de esta población. Siguiendo estos lineamientos, los de
la Política Pública de Discapacidad y los determinados por el Proyecto 721, el servicio social
debe establecer las rutas necesarias para
direccionar a las y los participantes que lo
requieran, para lograr la atención y protección social integral, especialmente a las personas
con discapacidad severa o múltiple, carentes de familia, o que aun teniéndola adolezcan de
graves problemas de integración.
Así mismo, velar por la atención integral de las personas con discapacidad que se encuentran
en alto grado de vulnerabilidad o necesidades básicas insatisfechas, dirigiéndolas a proyectos
y servicios de alimentación, apoyo nutricional y terapéutico, salud, rehabilitación integral,
educación y capacitación laboral, en forma institucionalizada o externa, para cualquier etapa
del ciclo vital.
DISCAPACIDAD: Según la Política Publica de discapacidad esta se entiende como el
resultado de una relación dinámica de la persona con los entornos políticos, sociales,
económicos, ambientales y culturales donde encuentra limitaciones o barreras para su
desempeño y participación en las actividades de la vida diaria en estos entornos.
EJERCICIOS DE CIUDADANÍA ACTIVA: Dentro del servicio social, son los espacios de
expresión en los que las personas con discapacidad, sus cuidadores y familias, son
considerados como personas autónomas con derechos políticos, civiles, económicos y
sociales, que desde sus creencias y percepciones colectivas y particulares, construyen
conjuntamente una representación del tejido social, teniendo en cuenta tres aspectos básicos:
la ciudadanía, el Estado, los derechos y deberes.
EQUIPO INTERDISCIPLINARIO: Talento humano a cargo del cumplimiento de la misionalidad
del servicio social. Conformado por el equipo de validación de condiciones, quienes se
encargarán de la identificación e ingreso de las personas al servicio; y el equipo de inclusión,
encargado del acompañamiento para favorecer la inclusión social de los participantes durante
su ingreso y permanencia en el Servicio.
ESTADO EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN: Es la identificación del proceso en que se
encuentra el ciudadano-a en el Sistema de Información Sirbe. Es la descripción administrativa
del tipo de vinculación que el Ciudadano o Ciudadana tiene con las modalidades de Servicio
social.
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INCLUSIÓN SOCIAL: Es un proceso que asegura que todas las personas tengan las mismas
oportunidades y la posibilidad real y efectiva de acceder, participar, relacionarse y disfrutar de
un bien, servicio o ambiente, junto con los demás ciudadanos, sin ninguna limitación o
restricción por motivo de discapacidad, mediante acciones concretas que ayuden a mejorar la
calidad de vida de las personas con discapacidad.
LLAMADA TELEFÓNICA: Es una acción de llamado inicial o de seguimiento para convocar a
la persona con discapacidad, su cuidador-a
NOVEDADES: Actividad o acción que da origen a un cambio de estado en el Sistema de
Información Sirbe
OPERADOR: persona jurídica que cumple los criterios de idoneidad, y que es seleccionada
como contratista por la SDIS para la operación de los servicios sociales.
PERMANENCIA: Es el período de participación de la población en los servicios sociales de la
Secretaría Distrital de Integración Social de acuerdo a los criterios de permanencia en las
modalidades de los servicios sociales.
PLAN DE ATENCIÓN FAMILIAR: Conjunto de actividades interdisciplinarias a realizar con los
cuidadoras y cuidadores de personas con discapacidad y personas con discapacidad sin redes
de apoyo familiar, durante su proceso en el servicio. Este será formulado por el Equipo de
inclusión conjuntamente con las personas participantes en el Servicio desde que ingresan a
éste y durante su permanencia en el mismo.
TRABAJO TRANSECTORIAL: En el marco de la Estrategia de Gestión Social Integral y del
Sistema Distrital de Discapacidad, este componente pretende ordenar, articular y dinamizar
conjuntamente las acciones de los diferentes sectores de la Administración Distrital y de estos
con la comunidad, el sector privado, las ONG, la academia y demás actores sociales, en la
implementación de políticas, programas y servicios para dar respuestas integrales a la
población con discapacidad, sus familias, cuidadoras y cuidadores en el Distrito.
VERIFICACIÓN DE CONDICIONES: Revisión del cumplimiento de los criterios mediante
seguimiento individual (formato por definir) donde se describe la situación actual y define la
continuidad en el servicio según el concepto profesional.
VISITA DOMICILIARIA: Conjunto de actividades de carácter social que se prestan en el
domicilio de los-as participantes, del servicio, permite tener un acercamiento a la realidad de las
familias y potenciar un abordaje profesional, a través de la entrevista y observación, con el
propósito de vincular la situación evidenciada a la historia socio familiar y al apoyo psicosocial.
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3. Desarrollo
PLAN DE ATENCION FAMILIAR
El Plan de Atención Familiar se constituye en la herramienta para la atención y orientación a las
familias, cuidadoras y cuidadores de personas con discapacidad o persona con discapacidad
sin redes de apoyo, que se implementa mediante tres líneas estratégicas de atención:
Encuentros para favorecer la inclusión social, apoyo alimentario y orientación para la
garantía de derechos.
A. ENCUENTROS PARA FAVORECER LA INCLUSION SOCIAL
1. Una vez los solicitantes se encuentran en estado EN ATENCIÓN en el sistema de
información de la entidad – SIRBE y hayan firmado el acta de compromiso para las
diferentes modalidades, el líder del equipo de seguimiento a la información SIRBE del
proyecto, genera el listado de participantes en atención para las modalidades Apoyo para
favorecer la inclusión Cuidando nuestras capacidades, Apoyo para favorecer la inclusión
Cuidando nuestras capacidades tipo A y Apoyo para favorecer la inclusión Cuidando
nuestras capacidades tipo B. para que dependiendo de la georeferenciación los
participantes sean ubicados en los diferentes puntos satélites definidos en los territorios.
2. Los profesionales del equipo de inclusión formularán el Plan de Atención Familiar y
registran el formato Plan de Atención Familiar - PAF, empleando como primer insumo la
Ficha SIRBE diligenciada durante el proceso de ingreso, a fin de identificar los derechos
vulnerados en la familia, la persona con discapacidad o cuidadoras y cuidadores y la ruta
de atención para los mismos, de acuerdo a la situación evidenciada.
3. El profesional de inclusión definirá el direccionamiento señalando la categoría del derecho o
derechos a trabajar y planteará las acciones a seguir y los compromisos básicos,
conjuntamente con la familia y bajo el principio de la corresponsabilidad, de acuerdo a lo
establecido en el formato Plan de Atención Familiar PAF.
4. De manera simultánea el profesional de inclusión da inicio al proceso de apoyo psicosocial
para el participante, asignando un satélite y un grupo de acuerdo a la dinámica local y a la
territorialización de los encuentros.
5. Así mismo informará a través de publicación de listados, piezas comunicativas, contacto
telefónico o directamente a cada participante horarios, tiempos, fechas y lugar en los que se
llevarán a cabo los encuentros, a fin de lograr la participación activa en los mismos.
6. La frecuencia de los encuentros será mínimo una vez al mes y tendrá una duración de dos
horas, esta se ajustará de acuerdo a la dinámica local y será liderada por el equipo de
inclusión.
7. Las temáticas a desarrollar serán las establecidas en los componentes: personal, familiar,
entorno y territorio y generación de oportunidades respectivamente, estas serán ajustadas
de acuerdo a las necesidades, intereses, capacidades y dinámicas de los grupos de
cuidadores y personas con discapacidad en cada localidad.
8. El equipo de inclusión en cada encuentro deberá implementar una temática de acuerdo con
el componente a trabajar. Estos encuentros serán soportados a través del Formato de
Ficha Técnica, Formato de Evaluación Grupal, listados de asistencia y anexos establecidos
para cada encuentro.
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9. Al finalizar cada encuentro el equipo de inclusión archivará el registro físico de Ficha
Técnica, formato de Evaluación Grupal, listados de asistencia teniendo en cuenta los
lineamientos y procedimientos de Gestión Documental.
10. Al finalizar el mes, el equipo de inclusión social analizará la información de la Fase final de
la Ficha Técnica, correspondiente a aportes, sugerencias, acuerdos y propuestas de los
participantes y del profesional y procederá a diligenciar el Formato de Evaluación Mensual
de Actividades, el cual servirá como orientador para proyectar el componente y temática a
realizar en el siguiente encuentro.
B. APOYO ALIMENTARIO
La programación y entrega del apoyo alimentario, incluye las siguientes acciones:
Acciones del equipo en Nivel Central:
P.C. El profesional del proyecto 730 envía la información de los cuidadores y PCD sin redes
autorizados para canje de bono al líder SIRBE del servicio Cuidando nuestras capacidades
quien generará las relaciones de pago, e informa a su vez al líder del servicio, quien envía a los
equipos territoriales la relación del mes correspondiente.
Así mismo el proyecto 730 genera el cronograma bimensual para establecer las fechas y
puntos de canje de bonos a Nivel Distrital.
Acciones del equipo del Servicio en localidades:
1. El-la profesional a cargo de los encuentros grupales socializará las fechas, horas y puntos de
encuentro para la entrega del apoyo alimentario con los participantes del servicio.
2. El-la apoyo administrativo realizará la publicación de la relación de pagos, en un lugar visible
de la SLIS para los participantes nuevos-as del servicio.
3. P.C. El-la apoyo administrativo cruza mensualmente la información de la relación de pagos
recibida, con el sistema de información SIRBE, a fin de verificar que todos los participantes en
estado EN ATENCION, puedan recibir de manera oportuna el apoyo alimentario mensual. Así
mismo generar los listados de participantes que se activaron en el mes, con datos de contacto
para realizar la convocatoria con base en los LISTADOS ACTIVADOS, que se encuentran en
la relación de pago.
Si el participante está registrado en sistema de información SIRBE y como OTORGADO de
acuerdo a la plataforma del operador, para entrega del apoyo alimentario se realizará el
alistamiento.
4. Luego de haber realizado el proceso de publicación e información a los participantes, el
coordinador-a o profesional delegado-a del servicio se encarga de llevar los listados oficiales
para realizar la entrega según lo asignado.
Acciones propias del operador acompañado por profesional del Servicio, durante la
entrega del apoyo alimentario
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1. P.C El participante deberá acercarse al lugar y hora programada con cedula original o
contraseña original (en caso de pérdida), la cual será presentada en la caja correspondiente,
quien verifica que coincida. Así mismo se lleva el control de los bonos entregados para el mes.
2. P.C En caso de encontrarse inconsistencias como: la cedula no pertenezca a la persona
titular del beneficio, cuando el numero de cedula tenga un numero errado, no se entregara el
beneficio del bono y se reprograma para segunda fecha de entrega. En el caso de que el
numero de la cedula este errado se pasara la novedad a SIRBE de nivel central.
Posteriormente el operador, registrará la información y generará el desprendible para hacer
efectivo el beneficio.
Si el participante no se presenta y delega a alguien o si no presenta el documento original,
informará por qué no se puede hacer presente en la fecha establecida, a lo cual se le informará
que se programará 5 días hábiles después de la última fecha de entrega, lo anterior debe
quedar por escrito en acta.
En caso de no presentar el documento solicitado en el momento de la entrega, se le informa
que se programara 5 días hábiles después de la última fecha de entrega ò se acumulara el
apoyo alimentario para el siguiente mes, lo anterior debe quedar por escrito en acta.
No presenta el Cuidador y/o Persona con Discapacidad sin redes familiares, según caso. Se le
informa que se programará 5 días hábiles después a la última fecha de entrega o se
acumulara el bono para el siguiente mes. Debe quedar por escrito (acta).
En aquellos casos de excepción como situaciones médicas, caso fortuito o fuerza mayor, se le
informa que se programará 5 días hábiles después a la última fecha de entrega ò se acumulara
el bono para el siguiente mes, lo anterior debe quedar por escrito en acta.
4. Administración del Instructivo
Estará a cargo del Equipo del SERVICIO ATENCION INTEGRAL A FAMILIAS,
CUIDADORAS Y CUIDADORES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y PERSONAS CON
DISCAPACIDAD SIN REDES FAMILIARES quien será responsable de que el instructivo se
mantenga actualizado, identificado, correctamente aplicado y en conocimiento de la DADE
cada vez que cambie su versión oficial.
ELABORO
NOMBRE
CARGO
NILSON GUTIERREZ
Líder y Coordinadores-as del
Servicio de Atención integral a
familias, cuidadoras y cuidadores
de personas con discapacidad o
personas con discapacidad sin
redes familiares
REVISO
APROBO
MARIA PATRICIA
SARMIENTO
JULIAN MORENO
PARRA
COORDINADORA
PROYECTO 721
DIRECCION
POBLACIONAL
DIRECTOR
POBLACIONAL
MARIA ANTONIA
VELASCO
DIRECTORA
TERRITORIAL
LIDERESA DEL
PROCESO DE
PRESTACION DE
SERVICIOS SOCIALES