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Guía de Intervención de Trabajo Social Sanitario. 2012
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN
EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
Autoras del documento:

Fernández Herrero, Mª Ángeles
Hospital Universitario La Fe de Valencia.
Departamento de Salud de Valencia – La Fe.

Fuster Ribera, Raquel
Hospital Universitario La Fe de Valencia
Departamento de Salud de Valencia – La Fe.

Illa Lahuerta, Carmen
Consorcio Hospital General Universitario de Valencia
Departamento de Salud de Valencia – Hospital General.

López Sanmiguel, Manuela
Hospital Dr. Peset de Valencia
Departamento de Salud de Valencia – Dr. Peset.
Guía de Intervención de Trabajo Social Sanitario. 2012
ÍNDICE
2
1.- INTRODUCCIÓN
4
2.- POBLACIÓN DIANA
6
3.- OBJETIVOS DEL TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
3.1 OBJETIVO GENERAL
3.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
6
4.- ACTIVIDADES DEL TRABAJADOR SOCIAL
7
5.- METODOLOGÍA.
8
5.1 CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS DE DERIVACIÓN
5.1.1 LA UTSH CON EL EXTERIOR
5.1.2 LA UTSH EN EL HOSPITAL
.
5.2 PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN.
5.2.1 BÁSICO
5.2.2 ESPECÍFICOS
11
6.- EVALUACIÓN
12
7.- BIBLIOGRAFÍA
14
8.- ANEXOS
16
A. PROTOCOLO BÁSICO DE INTERVENCIÓN (I,II,III)
Anexos
a.1 Normativa y publicaciones de referencia
B. PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE
MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO
Anexos
b.1 Hoja de notificación para la atención socio-sanitaria
infantil y protección de menores
b.2 Normativa y publicaciones de referencia
C. PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA
ADOPCIÓN
Anexos
c.1 Modelo comunicación a Consellería de Bienestar Social
c.2 Modelo manifestación de la madre
c.3 Normativa y publicaciones de referencia
17
26
27
35
44
45
52
53
54
D. PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE VIOLENCIA
DE GÉNERO
Anexos
55
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
2
Guía de Intervención de Trabajo Social Sanitario. 2012
d.1 Indicadores de sospecha de maltrato durante consulta
d.2 Factores de riesgo o vulnerabilidad
d.3 Aspectos a valorar a lo largo de la intervención
d.4 Cuestionario DA “Danger Assessment”
d.5 Elaboración del plan de seguridad
d.6 Modelo informe médico por presunta violencia
doméstica (Adultos)
d.7 Normativa y publicaciones de referencia
E. PROTOCOLO DE LOCALIZACIÓN DE FAMILIARES
POR EXITUS
Anexos
e.1 Programa donación de cuerpo
e.2 Normativa y publicaciones de referencia
63
64
65
66
68
69
71
73
78
79
F. PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN
80
DE ÓRGANOS. (Desplegado exclusivamente en el Hospital
General de Valencia. Incorporado a esta Guía como elemento de
buena práctica)
Anexos
f.1 Hoja de entrevista familiar
89
f.2 Certificado defunción
90
f.3 Autorización judicial
92
f.4 Comunicación de defunción al juez
93
f.5 Autorización de la dirección del hospital
94
f.6 Acta de intervención
95
f.7 Solicitud para gastos de entierro
96
f.8 Modelo carta agradecimiento
97
f.9 Normativa y publicaciones de referencia
98
G. PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN TRATAMIENTO
99
DIRECTAMENTE OBSERVADO (TDO) CON PACIENTES TUBERCULOSOS
Anexos
g.1 Normativa y publicaciones de referencia
H. PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN PRE- POST
TRANSPLANTES.
Anexos
h.1 Hoja informativa de inclusión en lista de espera de
trasplantes
h.2 Normativa y publicaciones de referencia
108
109
120
121
I. PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS
INCAPACES
Anexos
122
i.1 Comunicación a los juzgados del cuidador
i.2 Comunicación a los juzgados de la UTSH
i.3 Solicitud de auto de internamiento de un presunto
136
138
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
3
Guía de Intervención de Trabajo Social Sanitario. 2012
incapaz
i.4 Información a la familia sobre incapacitación judicial
i.5 Normativa y publicaciones de referencia
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
140
141
144
4
Guía de Intervención de Trabajo Social Sanitario. 2012
1) INTRODUCCIÓN
El grupo de trabajadores/as sociales (en adelante tt.ss) de hospitales
se constituyó en 1976 con el objetivo de reflexionar en común sobre
problemáticas nuevas que surgían en el trabajo y establecer criterios comunes,
a modo de seminario permanente. El grupo ha trabajado desde entonces,
reflexionando y elaborando múltiples documentos sobre los diversos aspectos
del Trabajo Social Hospitalario: sobre sus funciones, la relación de los servicios
sociales hospitalarios y los servicios sociales municipales, los programas de
trabajo social en hospitales, la unificación del sistema de registro de las
Unidades de Trabajo Social Hospitalario (en adelante UTSH) y de Primaria,
etc.
La autoría de esta guía es de aquellas que la han elaborado,
obviamente, pero la presentación de protocolos que hacemos aquí emana de la
recopilación, revisión y unificación de distintos protocolos ya existentes,
elaborados por los/las trabajadores/as sociales en nuestros hospitales, cuando
hemos sentido la necesidad de visualizar de manera sistemática nuestro
trabajo, contrastarlo con la práctica diaria, eliminar tareas o actividades que no
aportaban valor al servicio que prestamos dentro de la organización
hospitalaria y también para permitir la visualización y mayor comprensión de
nuestro trabajo por parte del resto de profesionales sanitarios/as con nuestra
imbricación en el
equipo asistencial, para lograr una atención integral de
los/las pacientes y sus familias.
Hay una larga relación de tt.ss de centros hospitalarios, que han aportado
sus protocolos a los que sería imposible mencionar uno por uno, pero si
agradecer su trabajo pionero. Por ello hemos incluido, al menos, en la
bibliografía, la relación de los hospitales de dónde provenían los protocolos
iniciales.
El/la trabajador/a social (en adelante ts), como parte del equipo, aporta el
diagnóstico social que refuerza el diagnóstico médico y facilita adecuar el
tratamiento del/de la paciente, aportándolo en la Historia Clínica (en adelante
HC), que en el hospital tiene la característica de organizarse por episodios, que
constituyen bloques de información (de hospitalización, de consultas externas,
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
5
Guía de Intervención de Trabajo Social Sanitario. 2012
de urgencias...) que lo diferencia del ámbito de atención primaria donde la HC
es única y continuada.
El proceso de hospitalización, es un período crítico para el/la paciente y
su familia, vivenciado con angustia e incertidumbre. Muchas veces coincide con
un cambio brusco e importante de su calidad de vida tras la hospitalización,
debido a secuelas o al cambio de pasar de ser una persona autónoma a una
persona dependiente temporal o permanentemente.
En este contexto, el Trabajo Social (en adelante TS), vive la demanda de
recursos de forma inmediata por parte del/de la paciente y la presión de la
institución sanitaria para el alta del/de la paciente. Esto se refleja en la
necesidad sentida por todos los/las profesionales que trabajan en los hospitales
de crear mecanismos de urgencia ante la necesidad de inmediatez de recursos
en el ámbito socio-sanitario.
Otra peculiaridad del ámbito hospitalario viene dada por la gravedad de
los problemas de salud que se manejan en este nivel de atención, por lo que
el/la paciente suele estar acompañado por alguien de su entorno, lo que implica
una mayor accesibilidad a la familia, y en muchas ocasiones se destapa la
problemática socio-familiar subyacente.
Existe otra modalidad de intervención que podemos denominar puntual,
que viene condicionada por la organización hospitalaria en la que; ante una
situación concreta, se precisa de una respuesta inmediata. A criterio del/de la
profesional se toman decisiones y se opta por determinados recursos sin
haberse hecho una valoración completa ni haber llegado al diagnóstico social,
por ejemplo en la atención de pacientes en puertas de urgencias sin ingreso.
La respuesta a las necesidades socio-sanitarias desde el ámbito
hospitalario, difiere de la de primaria en múltiples aspectos, por lo que los
instrumentos para hacer efectivo el TS también difieren, plasmándose en
primaria a través de los programas socio-sanitarios y en hospitalaria a través
de los protocolos de intervención.
Los protocolos que se detallan más adelante son la respuesta
profesional del TS, a los problemas y necesidades que frecuentemente se
plantean a nivel hospitalario, sin menoscabo de elaborar otros, partiendo del
análisis de las características y necesidades de la población adscrita al
departamento sanitario de cada hospital.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
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Guía de Intervención de Trabajo Social Sanitario. 2012
Es importante incidir en la intervención específica del trabajador/a social
en las Unidades de Media Estancia (UME) y los Hospitales de Atención a
Crónicos y Larga Estancia (HACLE) con pacientes que por su cronicidad,
fragilidad o por estar en el proceso del final de la vida precisan de cuidados
paliativos. Necesitan de un gran apoyo piso-social, tanto para ellos como sus
familias durante la hospitalización, y la garantía de una buena planificación al
alta, para disponer de los recursos necesarios de tipo sanitario y social para su
permanencia en el domicilio, ya que en muchos casos suelen estar en una
situación de gran dependencia.
La finalidad del protocolo hospitalario es proporcionar a los/las tt.ss
sanitarios/as de la Agencia Valenciana de Salud pautas de actuación
homogéneas.
2) POBLACIÓN DIANA
La UTSH, es un servicio especializado que atiende a una población que
tiene como denominador común la enfermedad y las consecuencias que de ella
se puedan derivar. Atendiendo a las personas que están ingresadas en todas
las unidades del hospital, a las que acuden a consultas externas, a las que son
atendidas en el servicio de urgencias, así como a sus familiares.
3) OBJETIVOS DEL TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
3.1 OBJETIVO GENERAL.
El TS es un quehacer profesional de complemento y apoyo de las
acciones médico-sanitarias a través de programas integrados y nunca de
acciones aisladas del todo, que es la institución de salud.
Los objetivos del TS, por lo tanto, se insertan en los objetivos generales
de la institución de salud de la que forman parte, enfocados desde el punto de
vista de las necesidades y los problemas sociales, es decir: promoción,
prevención, recuperación y rehabilitación.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
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Guía de Intervención de Trabajo Social Sanitario. 2012
3.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
El TS tiene unos objetivos específicos:
- Aportar al equipo de salud el diagnóstico social a través del estudio de las
variables socio-económicas y culturales que inciden en la etiología, la
distribución y el desarrollo de la enfermedad y sus consecuencias sociales.
- Orientar y capacitar a los/las pacientes, a sus familias y a la comunidad en
general sobre los problemas derivados de la enfermedad, para que sean
agentes de prevención, promoción, recuperación y rehabilitación de la salud.
- Participar en la formulación, la ejecución y la evaluación de políticas de salud,
desde el punto de vista de su competencia.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
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Guía de Intervención de Trabajo Social Sanitario. 2012
4) ACTIVIDADES DEL TRABAJADOR SOCIAL
OBJETIVOS
ACTIVIDADES
* Estudio de los aspectos psicosociales que pueden incidir en la
Elaborar el diagnostico
prevención, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad, y de la
social a través del estudio problemática socio-familiar.
de las variables
* Valoración de la problemática analizando los factores que intervienen.
socioeconómicas y
* Intervención en colaboración con el equipo de salud para establecer
culturales que inciden en la líneas de tratamiento.
enfermedad y sus
* Hacer más accesible la relación entre el enfermo/a y familia y la
consecuencias sociales y institución hospitalaria
aportarlo al equipo de salud. * Estudio de las características comunitarias de las poblaciones adscritas
al hospital.
* Información y orientación al/la usuario/a y familia sobre recursos
Orientar y capacitar a los
sociales, trámites,…
pacientes a sus familias y a * Asesoramiento, mediación y apoyo ante situaciones de conflicto.
la comunidad en general de * Gestión y aplicación de los recursos existentes.
los problemas derivados de * Colaboración en la creación y promoción de recursos sociales y en la
la enfermedad para que
mejora de los ya existentes
sean agentes de
* Promoción de la rehabilitación y reinserción social, familiar, laboral y/o
prevención, promoción,
escolar de los/las pacientes
recuperación y rehabilitación
* Coordinación protocolizada con servicios de salud y de otros sistemas
de la salud.
de protección social.
Participar en la formulación,
la ejecución y la evaluación
de las políticas de salud y
sociales desde el punto de
vista de su competencia.
* Colaboración en los proyectos de planificación general del hospital.
* Colaboración en la creación de programas orientados a enfermos/as
con patologías que conlleven problemas de reinserción social.
* Información y asesoramiento a los órganos de gobierno de los aspectos
sociales.
* Elaboración de los planes y programas y protocolos propios de la
UTSH
* Participación en programas de investigación para el estudio y análisis
de los factores psicosociales que inciden en la enfermedad, y los
aspectos metodológicos del Trabajo Social sanitario.
* Colaboración en la formación permanente del personal sanitario.
* Colaboración en la formación de alumnos/as de Trabajo Social.
* Formación permanente de los/las propios/as profesionales de la UTSH
TECNICAS
* Observación
* Entrevista
* Visita domiciliaria
* Gestiones
* Documentación
* Informe social
* Registro
* Entrevista
* Gestiones
* Observación
* Visita domiciliaria
* Reuniones de coordinación
* Técnicas grupales
* Sesiones clínicas
* Informe social
* Registro
* Reuniones
interdisciplinares
* Cursos, seminarios..
* Recogida y explotación de
datos
* Evaluación
* Observación
* Registro
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
INSTRUMENTOS
* Escalas
* Sistema informático
* Hoja de interconsulta
* Historia Social
* Historia clínica
* Genograma
* Ecomapa
* Protocolos de
intervención
* Guía de recursos
* Materiales de difusión
(dípticos)
* Tarjeta sanitaria
* Guía de recursos
* Materiales de difusión
(dípticos, carteles..)
* Actas reuniones
* Informes
* Memorias
* Proyectos de
investigación
* Artículos científicos
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Guía de Intervención de Trabajo Social Sanitario. 2012
5) METODOLOGÍA
5.1
CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS DE DERIVACIÓN.
Las derivaciones se realizan dentro o fuera del hospital y los/las
profesionales que las realizan tienen diferente formación, campo de actuación y
el objetivo de la derivación es distinto.
Cuando el ámbito de actuación es el hospital, hay una serie de
indicadores de riesgo que los/las profesionales sanitarios/as deben conocer y
que pautan la derivación a la UTSH.
La coordinación y derivación se produce sistemáticamente entre tt.ss y
los servicios de los distintos ámbitos asistenciales, tanto dentro del sistema
sanitario como con otros sistemas de protección social, teniendo por objeto
garantizar la adecuada atención (multifactorial) a los/las pacientes y la
continuidad asistencial que precisan.
Presentamos a continuación los diferentes aspectos de la derivación en
una UTSH.
5.1.1 LA UTSH CON EL EXTERIOR
La coordinación y derivación se produce entre los/las tt.ss de Atención
Primaria, Unidades de apoyo y Hospitales para garantizar la adecuada atención
a los/las pacientes y la continuidad asistencial lineal.
A su vez se coordina y se deriva a los servicios de otros sistemas de
protección social (Servicios Sociales, Seguridad Social, Educación, Justicia….)
Cuando un/a paciente ya atendido/a en su medio, por Atención Primaria,
Servicios Sociales Municipales u otros, acude al hospital, se pone en marcha el
circuito de coordinación. La demanda concreta respecto al/la paciente se hace
a la UTSH con carácter de urgencia para que se proceda a la intervención
social en el Hospital.
La UTSH realizará la valoración y establecerá el plan de intervención
adecuado a las características del/de la paciente (problemática social,
diagnóstico clínico, pronóstico, previsión de la duración del periodo de
hospitalización,...)
Durante la intervención del/la ts (sea en urgencias, consultas externas u
hospitalización), la coordinación se hará de forma bidireccional y continua tanto
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
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Guía de Intervención de Trabajo Social Sanitario. 2012
con el servicio demandante de la intervención como con otros necesarios para
la resolución de la problemática.
La
coordinación y la derivación del/de la paciente desde el hospital
hacia otro recurso o servicio, se produce, en general, de manera informal, no
estando
generalizados
los
protocolos,
exceptuando
el
procedimiento
establecido en la Orden de 9 de marzo 2006, de la Consellería de Sanidad y de
la Consellería de Bienestar Social, por la que se implanta la “Hoja de
notificación para la atención socio-sanitaria infantil y la protección de menores
en el ámbito de la Comunidad Valenciana”.
El informe social es el instrumento adecuado que formaliza la
coordinación y derivación entre la UTSH y el exterior.
Por último añadir que los protocolos de intervención que se presentan a
continuación, contienen de algún modo las pautas de coordinación y derivación
para el logro de los objetivos de dichos protocolos.
5.1.2
LA UTSH EN EL HOSPITAL
No se puede dejar de mencionar que el sistema óptimo de derivación
interna a la UTSH consiste en la implantación del PROGRAMA DE
PLANIFICACIÓN DEL ALTA, ya que con las características de la dinámica
hospitalaria (alto índice de rotación de camas, estancias hospitalarias breves..)
es importante poder prever el alta socio-sanitaria desde el ingreso, con el
objetivo de evitar las estancias innecesarias, derivadas de una planificación
incorrecta o tardía del alta,
por precisar el/la paciente de recursos socio-
sanitarios no previstos hasta el momento de la hospitalización pero previsibles
durante la misma.
Este sistema de derivación consiste en detectar los casos sociales
potenciales al ingreso y con la máxima antelación posible, poder planificar el
alta de aquellos casos, que previsiblemente, precisarán de recursos sociosanitarios a su salida del hospital.
Actualmente las UTSH trabajan “a demanda”, es decir, que el personal
sanitario (médico y de enfermería) es el que detecta un posible problema social
y solicita la valoración e intervención de la UTSH o bien a petición del propio
enfermo/a o su familia. En numerosas ocasiones en el momento del alta
médica.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
11
Guía de Intervención de Trabajo Social Sanitario. 2012
La petición de valoración e intervención a la UTSH se formaliza en
algunos hospitales, a través de la hoja de interconsulta de uso habitual entre
los distintos servicios. En la Historia Clínica informatizada la derivación se
realiza electrónicamente.
Con respecto a pacientes adultos/as, funcionan unos protocolos que
establecen unos criterios de derivación a la UTSH tales como:
 Drogodependencia
 Falta de autonomía para las actividades de la vida diaria
 Ingresa solo/a
 No tener domicilio
 Mayor de 70 años viviendo solo/a o con cónyuge o cuidador/a de edad
similar
 Vive solo/a
 Enfermo/a crónico/a
 Con reingresos con sospecha de no seguir pautas médicas
 Caída o fractura
 Enfermo/a terminal
 Presencia de deterioro cognitivo o alteración mental
Con respecto a menores y mujeres embarazadas, la derivación por parte
del personal sanitario hacia la UTSH, está establecida a través de la “Hoja de
notificación para la atención socio-sanitaria infantil y la protección de menores
en el ámbito de la Comunidad Valenciana”, atendiendo a la detección de
indicadores de riesgo en el/la menor o menores (físicos, de abuso sexual y/o
comportamentales/ emocionales) y en la familia del/de la menor o menores
(prenatales, perinatales y postnatales).
Con respecto a las mujeres víctimas de violencia doméstica o de género,
la derivación por parte del personal sanitario hacia la UTSH está establecida en
el “Protocolo para la atención sanitaria de la violencia de género (PDA)”, de la
Consellería de Sanitat (2008).
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
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Guía de Intervención de Trabajo Social Sanitario. 2012
5. 2 PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN
Los protocolos de intervención que se aportan están elaborados en base
al modelo de la EFQM (European Foundation for Quality Managment) y se
presentan como procesos:
Un proceso es el conjunto de actividades interrelacionadas entre sí, que
a partir de una o varias entradas de materiales o información, dan lugar a una o
varias salidas de materiales o información con valor añadido.
Para que un proceso sea estandarizable tiene que tener varias
condiciones: ser repetitivo (que se pueda aplicar a muchos supuestos
diferentes),
tener
diversos
desenlaces
y
confluencia
de
diversas
responsabilidades.
La estandarización de los procesos se plasma en el flujograma o
diagrama de flujo o diagrama de procesos. El diagrama o esquema de un
proceso de trabajo, es una imagen que visualiza el modo en que las personas
desempeñan su trabajo. Un proceso es estandarizable, pero una intervención
nunca se puede estandarizar.
Siguiendo el modelo de la EFQM, los protocolos que se presentan como
anexos, siguen la siguiente estructura: definición funcional, objetivos,
flujograma, pasos del proceso, criterios de actuación y normativa de referencia.
5.2.1 PROTOCOLO BÁSICO DE INTERVENCIÓN
El TS hospitalario debe contar con un PROCESO BASE que sirva como
referente para su intervención. Será aplicado por todos los/las tt.ss, siguiendo
unos criterios básicos de actuación, independientemente de la problemática
socio-sanitaria y diagnóstico que presente el/la paciente. (PROTOCOLO BASE
UTSH I, II, III. Anexo A)
5.2.2 PROTOCOLOS ESPECÍFICOS
La existencia de los protocolos específicos no viene determinada por la
patología ni su grado de gravedad, ni por la pertenencia del/de la paciente a un
colectivo o grupo de población, sino por la peculiaridad y/o complejidad de las
intervenciones que se realizan desde la UTSH.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
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Guía de Intervención de Trabajo Social Sanitario. 2012
La particularidad de los protocolos específicos, está fundamentada en el
cumplimiento
de
la
normativa
vigente,
la
obligatoriedad
de
realizar
determinadas actuaciones y el uso de documentación específica, diferente para
los distintos organismos con los que se interrelaciona la UTSH (Juzgados,
Servicios Sociales, Consellería de Bienestar Social...)
A continuación se enumeran los distintos protocolos específicos:
A) PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN CON MENORES EN SITUACIÓN DE
RIESGO.
B) PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA ADOPCIÓN.
C) PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE VIOLENCIA DE GÉNERO.
D) PROTOCOLO DE LOCALIZACIÓN DE FAMILIARES POR EXITUS.
E)
PROTOCOLO
DE
INTERVENCIÓN
ANTE
UNA
DONACIÓN
DE
ÓRGANOS.
F) PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN EL TRATAMIENTO OBSERVADO
DIRECTAMENTE (TOD) CON PACIENTES TUBERCULOSOS.
G) PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN PRE- POST TRANSPLANTES.
H) PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES.
6) EVALUACIÓN
La evaluación consiste en determinar si las acciones realizadas, llevan a
la consecución de las metas fijadas y debe realizarse desde el comienzo y a
través de todo el proceso, ya que de esta manera, se pueden clarificar los
objetivos o establecer la necesidad de una reformulación cuando se hayan
provocado cambios en la situación.
Al evaluar se valora la eficacia de la intervención de la UTSH tanto en la
función asistencial como en la gestión de la propia unidad.
La evaluación puede analizarse desde una perspectiva:
- Cuantitativa: tiene que ver con el concepto de evaluación como medición y
que en el ámbito hospitalario, queda reflejada en la explotación de datos
recogidos en los sistemas de registro establecidos, en los que se podrá
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
14
Guía de Intervención de Trabajo Social Sanitario. 2012
cuantificar los procesos o intervenciones, entre otros, por tipo de procedencia,
por servicio de procedencia, por problemáticas detectadas, por recursos
propuestos, por destino al alta, etc
- Cualitativa: valorando la gestión de la calidad a través de dimensiones, tales
como la accesibilidad, la fiabilidad, la cortesía, la atención, la responsabilidad,
la competencia, la agilidad y rapidez en la respuesta, la empatía, la fluidez en la
comunicación, la eficacia, la atmósfera de seguridad, la durabilidad de los
resultados, etc.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
15
Guía de Intervención de Trabajo Social Sanitario. 2012
7) BIBLIOGRAFÍA
- Amezcúa, C. (1996). “Evaluación de programas sociales” Madrid. Díaz de
Santos.
- Cabo C., Illa C., Soriano F., Vallina Mª L. (2000) “La identificación de procesos
en la implantación de calidad total en el trabajo social hospitalario”. Colexio
Oficial de Diplomados en Traballo Social de Galicia. (pp. 243-249).
- Chang, R.Y. y Niedzwiecki, M.E. (1999) “Las herramientas para la mejora de
la calidad” Vol.I y II. Buenos Aires. Granica.
- Coulshed, V. (1990) “Management in Social Work”. London. MacMillan.
- De Robertis C (1988)”Metodología de la intervención en trabajo social”
Buenos Aires. El Ateneo.
- Galloway, D. (1998) “Mejora continua de procesos” Barcelona. Gestión 2000.
- Garcia, G.M. y
Ramirez, J.M. (1996) “Diseño y evaluación de proyectos
sociales” Zaragoza. Certeza.
- Gröonros, C. (1994) “Marketing y gestión de servicios” Madrid. Díaz de
Santos.
- Illa C., Cabo C., Soriano F., Vallina Mª L. (2001) “Informe Calidad Total en el
Trabajo Social hospitalario”. Documento no publicado.
- Illa C., Cabo C., Soriano F., Vallina Mª L. (2001) “Aplicación del modelo de
calidad total en una Unidad de Trabajo Social hospitalaria “Revista de Trabajo
Social y Salud. Nº 40. (pp: 269-288).
- INSALUD (2000) “Guía de Organización del Servicio de Trabajo Social en
Atención Especializada”. Ministerio de Sanidad y Consumo.
- Ituarte, A. (1995) “Procedimiento y proceso en Trabajo Social Clínico”. Madrid.
Siglo XXI.
- Kisnerman, N. (1998) “Pensar el trabajo social. Una introducción desde el
construccionismo” Buenos Aires. Lumen-Humanitas.
- Llorens, F.J. y Fuentes, Mª M (1999).”Calidad total. Fundamentos e
implantación” Madrid. Pirámide.
- Mayo, A. y Lank, E. (2000) “Las organizaciones que aprenden” Barcelona.
Gestión 2000.
- Membrado, J. (1999) “La gestión empresarial a través del modelo europeo de
excelencia de la E. F.Q.M.” Madrid. Díaz de Santos.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
16
Guía de Intervención de Trabajo Social Sanitario. 2012
- Payne, M. (1995) “Teorías contemporáneas del trabajo social” Barcelona.
Paidós Ibérica.
- Rosander A.C. (1994) “Los catorce puntos de Deming aplicados a los
servicios” Madrid. Díaz de Santos.
- VV.AA. (2000) “Gestión del conocimiento” Bilbao. Deusto.
- VV.AA. (1998) I Jornadas sobre Calidad y Servicios Sociales. Bilbao.
Universidad de Deusto.
- VV.AA.
(1999) II Jornadas sobre Calidad y Servicios Sociales. Bilbao.
Universidad de Deusto.
- VV.AA.
(2000) III Jornadas sobre Calidad y Servicios Sociales. Bilbao.
Universidad de Deusto.
- VV.AA. Monográficos Trabajo Social y Salud. (2003). Servicios Sociales y
Política Social. Nº 64 y 65. Madrid.
- Zeithaml V.A., Parasuraman A., Berry L.L. (1990) “Calidad Total en la Gestión
de Servicios”. Madrid. Díaz de Santos
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
17
Guía de Intervención de Trabajo Social Sanitario. 2012
8) ANEXOS
Los anexos están constituidos por los protocolos hospitalarios (Básico y
Específicos) que a su vez incluyen sus propios anexos:
- documentos y modelos de impresos que se utilizan actualmente y
pueden ser útiles como referencia para la actividad diaria.
- relación de la legislación, otra normativa y publicaciones que
condicionan determinados pasos de los procesos de intervención.
Relación de las UTSH que han aportado protocolos de uso en sus
centros hospitalarios de las tres provincias de la Comunidad Valenciana para el
presente trabajo:
-
Consorcio Hospital General Universitario de Valencia.
-
Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón
-
Hospital de San Vicente del Raspeig
-
Hospital de La Magdalena de Castellón
-
Hospital Doctor Peset de Valencia
-
Hospital General de Requena.
-
Hospital Universitario La Fe de Valencia
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
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Guía de Intervención de Trabajo Social Sanitario. 2012
ANEXO A
PROTOCOLO BASE DE INTERVENCIÓN (I,II,III)
UNIDAD DE TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
19
PROTOCOLO BÁSICO DE INTERVENCIÓN
PROCESOS CLAVE DE LA UTSH.
La identificación de los principales procesos de trabajo nos lleva a
determinar que existe un proceso común que denominamos proceso base, con
tres grados de complejidad (I, II y III), que se aplica por parte de todos los/las
trabajadores sociales de las UTSH, independientemente de cualquier
circunstancia sanitaria o social (edad, patología, situación socio-económica...)
de los/las pacientes que se atienden.
DEFINICIÓN FUNCIONAL DEL PROCESO
Se trata de las actividades secuenciales que se realizan siempre y en
ese orden cuando el/la ts actúa con un/a paciente/ usuario/a. Los destinatarios
de este proceso son cualquier paciente o familiar que llegue a la UTSH con
una demanda.
El límite inicial del proceso es la demanda de valoración/ intervención a
la UTSH, y el límite final del proceso es el alta social, que se produce cuando a
criterio del/la ts, se finaliza el proceso de intervención por resolución, abandono
voluntario de la intervención o éxitus.
El propietario del proceso es el/la ts de la UTSH responsable del servicio
médico del que procede el/la paciente.
LOS OBJETIVOS DEL PROCESO
-
Aportar los factores sociales que intervienen en las situaciones de salud/
enfermedad, al equipo sanitario.
-
Dar a los/las pacientes el apoyo psico-social necesario para que afronten
los cambios que la enfermedad pueda ocasionarles, a ellos/ellas o sus
familias.
-
Contribuir a que los/las pacientes recuperen calidad de vida.
-
Asegurar la continuidad de la asistencia socio-sanitaria a la salida del
hospital.
DIAGRAMA DE FLUJO
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
20
PROTOCOLO BÁSICO DE INTERVENCIÓN
PROCESO BASE I
DEMANDA DE VALORACION /
INTERVENCION DE LA UTSH
ENTREVISTA DE
VALORACIÓN
INFORMACIÓN
DERIVACIÓN
PROCESO BASE II
DEMANDA DE VALORACION/
INTERVENCION DE LA UTSH
ENTREVISTA DE
VALORACIÓN
RECOGIDA OTRA
INFORMACIÓN
INFORMACIÓN
DERIVACIÓN
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
PROCESO BASE I
21
PROTOCOLO BÁSICO DE INTERVENCIÓN
A Demanda de valoración/intervención de
la UTSH
PROCESO BASE III
B Verificación de si existe Hª
Social
C
Apertura Hª Social
D
Entrevista de valoración al/la
usuario/a o familiar
E
Recogida de otra información
F Elaboración de plan
individualizado
G Se aporta diagnóstico social al equipo
sanitario
SI
Plan
alternativo
H Se plantea plan al
usuario/a familia
NO
NO
SI
I
Actuaciones que desarrollan el plan
J
Alta Social
K Cierre del proceso
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
22
PROTOCOLO BÁSICO DE INTERVENCIÓN
PASOS DEL PROCESO BASE III
A. DEMANDA DE VALORACIÓN/ INTERVENCIÓN A LA UTSH.
La demanda de valoración / intervención del/la ts puede ser solicitada por
derivación externa, interna o por iniciativa propia del/de la usuario/a.
Externa
Fundamentalmente desde:
-
Centros de Atención Primaria de Salud. (en adelante CAP)
-
Unidades de Salud Mental. (en adelante USM)
-
Otros hospitales: de agudos, de crónicos.
-
Centros Municipales de Servicios Sociales. (en adelante CMSS)
-
Centros de Atención a personas sin techo.
-
Residencias de Tercera Edad: públicas, privadas,…
-
Centros Penitenciarios.
-
Servicios Psicopedagógicos.
-
Servicios de Atención a Menores, Tercera Edad, Mujer…. (Consellería de
Bienestar Social).
-
ONG´s: Cáritas, Cruz Roja…
-
Asociaciones
de
Enfermos:
Comité
ciudadano
anti-sida,
AVACOS,
AMMCOVA, enfermos ELA…..)
-
Centro de Información y Prevención del SIDA.(en adelante CIPS)
Interna
- Unidades de hospitalización.
- Urgencias.
- Consultas Externas.
- Hospitales de día.
- Unidad de Hospitalización Domiciliaria (en adelante UHD)
- Servicio de Atención e Información al Paciente. (en adelante SAIP)
- Direcciones del hospital.
Iniciativa propia del/de la usuario/a
-
Conocimiento del servicio con anterioridad.
-
Presupone la existencia del servicio
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
23
PROTOCOLO BÁSICO DE INTERVENCIÓN
-
Guía del usuario/a
-
Boca -oído otros/a pacientes
B. VERIFICACIÓN SI EXISTE HISTORIA SOCIAL.
Se busca en la base de datos si existe Historia Social (en adelante HS)
abierta de intervenciones anteriores. Se dispone de la información previa a
través del motivo de derivación y a través de HS anterior si ya existiera.
C. APERTURA DE HISTORIA SOCIAL.
Si existiera HS anterior se saca del archivo. Se abre nuevo Proceso de
Intervención Social en el que se irá registrando la información pertinente.
D. ENTREVISTA DE VALORACIÓN AL/A LA USUARIO/A O FAMILIAR.
Se realiza primera entrevista en sala, urgencias, consulta externa o
despacho.
Se proporciona apoyo psico-social mediante la escucha:
-
Se identifican problemas.
-
Se sugieren soluciones.
-
Se proponen recursos.
-
Se consensua el plan o parte del plan
E. RECOGIDA DE OTRA INFORMACIÓN.
Se hace simultáneamente durante la entrevista o posteriormente.
Consiste en contactar con algún miembro del equipo sanitario para informarse
sobre diagnóstico, pronóstico, tratamiento, previsión de alta, grado de
autonomía para las actividades de la vida diaria… con las organizaciones del
exterior (Servicios Sociales, de Salud.), con familiares y/o conocidos del/de la
paciente.
F. ELABORACIÓN DE PLAN INDIVIDUALIZADO.
De acuerdo con la valoración profesional, se elabora una propuesta de
intervención que facilite un alta o tratamiento extra-hospitalario adecuados:
-
con proposición de recurso/s o no.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
24
PROTOCOLO BÁSICO DE INTERVENCIÓN
-
reforzando actitudes, decisiones,…
-
reduciendo ansiedades.
-
haciendo una previsión de posibles nuevos problemas, en base a
determinados diagnósticos tanto médicos como sociales.
G. SE APORTA DIAGNOSTICO SOCIAL AL EQUIPO SANITARIO.
Que puede variar el plan terapéutico y que permite consensuar con el
equipo sanitario el alta / tratamiento extra-hospitalario: El cómo, cuándo,
dónde, con qué…
H. SE PRESENTA AL USUARIO/ FAMILIA EL PLAN.
Que puede ser aceptado o rechazado, revisando éste y proponiendo
alternativas si las hay (nuevo plan).
I. ACTUACIONES QUE DESARROLLAN EL PLAN.
-
Gestiones / tramitaciones para la obtención de recursos: Intra-hospitalario,
(por ejemplo préstamo de cama articulada, petición de informe médico,…)
Extra-hospitalario (tales como Servicios de Ayuda a Domicilio, Pensiones
No Contributivas,etc. En algunas ocasiones el/la ts realiza las gestiones, en
otras orienta al/la paciente o al familiar, delega en el/la profesional
(generalmente tt.ss de servicios sociales u otros organismos).
-
Elaboración de informe social si ha lugar.
J. ALTA SOCIAL.
Cuando a criterio del/la ts se finaliza el proceso de intervención por
resolución, abandono voluntario de la intervención o éxitus.
SIN SEGUIMIENTO:
-
Cuando el/la ts no lo considera necesario.
-
Cuando hay garantías de seguimiento por parte de la familia y/o servicios
sociales, centro de salud…
-
Porque el/la paciente lo rechaza.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
25
PROTOCOLO BÁSICO DE INTERVENCIÓN
CON SEGUIMIENTO:
Se da un seudo-tutelaje por parte del/la ts cuando nadie se responsabiliza
y/o quedan gestiones pendientes (por ejemplo va a un centro residencial).
K. CIERRE DEL PROCESO.
Quedará debidamente registrada la intervención del/la ts a lo largo de
todo el proceso según el sistema de registro establecido, así como el cierre del
proceso al finalizar éste.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
26
PROTOCOLO BÁSICO DE INTERVENCIÓN
CRITERIOS DE ACTUACION
* Respetar al máximo la privacidad en las entrevistas
* Que el/la paciente sea consciente de su realidad
* Que el/la paciente sea protagonista de la resolución de sus problemas
* Clarificar las características de un hospital de agudos, reconociendo la
escasez de recursos intermedios (por ejemplo centros de convalecencia) o
facilitadores de la recuperación en el domicilio.
*
Utilizar
estrategias
agilizadoras
para
la
obtención
de
recursos
extrahospitalarios tanto del sistema sanitario como del de servicios sociales.
* Cuidar al cuidador/a
* Procurar hacer coincidir alta médica y alta social
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
27
PROTOCOLO BÁSICO DE INTERVENCIÓN
anexo a.1
NORMATIVA Y PUBLICACIONES DE REFERENCIA
- Unidad de Trabajo Social del Consorcio Hospital General Universitario de
Valencia. 2001. “Proceso Base (I,II,III). (Documento no publicado)
- Illa C., Cabo C., Soriano F., Vallina Mª L. (2001) “Aplicación del modelo de
calidad total en una Unidad de Trabajo Social hospitalaria “Revista de Trabajo
Social y Salud. Nº 40. (pp: 269-288).
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
28
ANEXO B
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE MENORES EN
SITUACIÓN DE RIESGO.
UNIDAD DE TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
29
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO
INTRODUCCIÓN
En algunos casos de malos tratos, dadas sus características, como por
ejemplo cuando hay presencia de lesiones internas o poco visibles, solo se
pueden detectar en el ámbito sanitario.
El ámbito sanitario es un lugar privilegiado para la detección de los
malos tratos en niños/as menores de cinco años o en aquellos/as que apenas
tienen contacto con otros miembros de la comunidad.
Detectar y notificar los casos es una obligación legal y moral del
personal del ámbito sanitario.
Sólo si se detectan y notifican los casos de malos tratos, es posible
intervenir y prevenir secuelas físicas y socio-emocionales
mayores en los
niños/as.
Cualquier actuación por parte de los/las profesionales debe ir
encaminada a garantizar el interés y bienestar del/de la menor.
Definición de maltrato infantil.
Cualquier acción no accidental que comporta abuso (emocional, físico o
sexual) o descuido (emocional o físico) hacia un/una menor de 18 años, que es
realizada por su progenitor/a o cuidador/a principal, por otra persona o por
cualquier institución, y que amenaza el adecuado desarrollo del/de la niño/a.
Definición de situación de riesgo.
Aquella que, por circunstancias personales, interpersonales o del
entorno, ocasiona un perjuicio para el desarrollo y bienestar personal y social
del/de la menor, sin que sea necesaria la asunción de la tutela por el ministerio
de la Ley para adoptar las medidas encaminadas a su corrección. Estas
situaciones se caracterizan por la existencia de un perjuicio para el/la menor
que no alcanza la gravedad suficiente para justificar su separación del núcleo
familiar.
Definición de situación de desamparo.
La que se produce de hecho a causa del incumplimiento, o del imposible
o inadecuado ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
30
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO
para la guarda de menores, cuando éstos queden privados de la necesaria
asistencia moral o material. Estos casos se caracterizan porque la gravedad de
los hechos aconseja la separación del/de la menor de la familia.
La Generalitat, como persona jurídico- pública, es la que asume en la
Comunidad Valenciana las potestades y facultades de protección del/de la
menor.
La Consellería de Bienestar Social (en adelante CBS) ejerce, entre otras,
las competencias relativas a menores, a través de la Dirección General de la
Familia, Menor y Adopciones.
Ante una situación de desprotección social, la Administración Pública
puede aplicar una serie de medidas de protección:
La ayuda o apoyo familiar en situaciones de riesgo.
La guarda del/de la menor
-
a través del acogimiento residencial del/de la menor ( en un centro de
protección de menores)
-
o de acogimiento familiar (convivencia del/de la menor con otra
familia) simple, permanente o pre-adoptivo.
La asunción de la tutela por ministerio de la ley.
Concepto de gravedad.
Hace referencia a la intensidad o severidad del daño sufrido por el/la
menor en una situación de abandono o abuso, a la dimensión de la lesión o de
la negligencia ejercida contra el/la niño/a y las consecuencias visibles en él/ella.
Tomando en consideración los siguientes factores: tipo de daño,
localización de la lesión y nivel de vulnerabilidad del/de la niño/a.
Concepto de riesgo.
Indica la probabilidad de que una situación o incidente de desprotección
y daño hacia el/la menor ocurra o vuelva a ocurrir, pudiendo poner en peligro el
desarrollo integral del/de la menor.
Para valorar el nivel de riesgo se considerarán los siguientes factores:
frecuencia, características comportamentales de los padres y del/de la niño/a y
recursos familiares para proteger al/a la niño/a.
Clasificación de la situación según su gravedad o riesgo:
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
31
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO
-
Inexistencia de maltrato
-
Riesgo de maltrato
-
Urgencia (que viene determinada por la valoración de aquellas
situaciones que pueden constituir un peligro inminente para la salud y
vida del/de la niño/a).
DEFINICIÓN FUNCIONAL DEL PROCESO.
Se trata de las actividades secuenciadas que se realizan siempre y en
ese orden cuando la UTSH actúa ante la detección de un/una menor en
situación de riesgo, desprotección o maltrato.
Los destinatarios del proceso son cualquier menor hospitalizado/a o
atendido/a en Consultas Externas o Servicio de Urgencias sobre el que exista
la sospecha de riesgo, desprotección o maltrato, detectado por cualquier
profesional del centro hospitalario.
El límite inicial es tras la detección, la petición de valoración/ intervención
de la UTSH.
El límite final es la adopción de las medidas oportunas acordes con cada
caso.
El propietario del proceso es el/la ts responsable del área maternoinfantil o en su defecto quien le sustituya.
OBJETIVOS DEL PROCESO.
Detección de todo/a menor en situación de riesgo, desprotección o
maltrato atendido/a en nuestro centro hospitalario.
Actuación como centro sanitario, a través de la coordinación adecuada
con los organismos competentes, para lograr la protección de ese/a menor,
velando por su seguridad y bienestar.
DIAGRAMA DE FLUJO.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
32
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO
A Demanda de valoración
PROTOCOLO DE
INTERVENCIÓN ANTE
B Verificación y
apertura proceso
MENORES EN SITUACIÓN DE
RIESGO, DESPROTECCIÓN O
MALTRATO.
C Recogida información
Situación de Riesgo
D Plan de
intervención
Situación de Desamparo
F
Comunicación
a CBS
E
Comunicación a
SSM / CAP
G
Resolución
Tutela
H Comunicación a
padres
I Coordinación
extra-hospitalaria
J
Salida del menor
K Cierre del proceso
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO
PASOS DEL PROCESO.
A)
DEMANDA DE VALORACIÓN.
Ante la sospecha o evidencia de riesgo, desprotección o maltrato por parte
tanto del personal sanitario, como algún familiar del/de la menor, algún
organismo de fuera del hospital, etc
La UTSH recibirá del personal sanitario (pediatras, obstetras, enfermeros/as,
matronas…) la Hoja de Notificación para la atención socio-sanitaria infantil y la
protección de menores (anexo b.1). Los indicadores (físicos, comportamentales
del/de la menor o la familia o de abuso sexual) vienen relacionados en el
listado de la hoja de notificación. (Anexo b.2).
B)
VERIFICACIÓN Y APERTURA PROCESO.
El/la ts verificará si existe HS del/de la menor o algún familiar y en su defecto
apertura del Proceso de Intervención Social registrándose la información
pertinente.
C)
RECOGIDA DE INFORMACIÓN.
El/la ts recabará toda la información posible (del/de la médico/a y enfermero/a,
de la familia, del centro de salud, de los servicios sociales, del centro escolar,
etc)
D)
PLAN DE INTERVENCIÓN.
El/la ts realizará el diagnóstico social y establecerá el plan de intervención.
En función de la gravedad de los hechos pondrá en conocimiento de la
situación detectada al organismo competente.
E) COMUNICACIÓN A SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES, CENTROS
DE SALUD.
Si se aprecia una situación de riesgo se remitirá la Hoja
de
Notificación
(anexo a.1) al CMSS y/o CAP correspondiente y establecerá la coordinación
con los mismos, para el seguimiento del/de la menor en su medio habitual.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
34
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO
F)
COMUNICACIÓN A CONSELLERÍA DE BIENESTAR SOCIAL
Si se aprecia una situación de desamparo se remitirá por fax, registrando
previamente la salida de la documentación (Registro General del Hospital) la
comunicación o informe social sobre el/la menor, junto al informe médico y la
Hoja de Notificación a la Dirección Territorial de Servicios Sociales de la
Consellería de Bienestar Social, Sección del Menor y se establecerá la
coordinación con dicho servicio.
Si el/la menor está ingresado/a, en la comunicación se hará petición de
retención hospitalaria, así como de medidas de protección si fuera procedente.
G)
RESOLUCIÓN TUTELA.
Recepción de la resolución por fax por parte de la CBS, tutela y retención
hospitalaria, dejando copia en:
Historia Clínica.
Historia Social.
Dirección del hospital.
En aquellos casos de riesgo para el/la menor o el personal del centro se
contactará con el servicio de seguridad del hospital para adoptar las medidas
oportunas.
H)
COMUNICACIÓN A PADRES.
Comunicación por parte del equipo multidisciplinar (pediatras, enfermería y
trabajador/a social) a los padres del/de la menor de la notificación de tutela y
retención por parte de la CBS, remisión a la Sección del menor con cita previa
a dichos padres.
I)
COORDINACIÓN EXTRA-HOSPITALARIA.
Contacto telefónico periódico con el/la técnico responsable del caso, de la CBS
sobre evolución del/de la niño/a, previsión de alta, actitud de los padres y
familiares, etc
J)
SALIDA DEL/DE LA MENOR.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
35
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO
La salida del/de la menor, una vez dado de alta médica, se hará con la
presencia del/de la técnico de la CBS encargado/a de retirar al/a la menor del
centro hospitalario con el oficio correspondiente, cuya copia quedará en: HC,
HS y Dirección del Hospital.
Recepción a posteriori de las órdenes, con número de registro de la
CBS, que se archivarán en la HS.
K)
CIERRE DEL PROCESO..
Quedará debidamente registrada la intervención del/ la ts a lo largo de todo el
proceso según el sistema de registro establecido, así como el cierre del
proceso, al finalizar éste.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
36
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO
anexo b.1.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
37
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO
anexo b.1.
DOGV - Núm. 5.250 03 05 2006 14985
HOJA DE
Full / Hoja 3 de 4
NOTIFICACIÓN PARA LA
ATENCIÓN SOCIOSANITARIA
INFANTIL Y LA PROTECCIÓN DE MENORES / FULL DE NOTIFICACIÓ PER
A L' ATENCIÓ SOCIOSANITÀRIA INFANTIL I LA PROTECCIÓ DE MENORS.
A
ADREÇAI (CARRER/PLAÇA, NÚMERO I PORTA) / DIRECCIÓN
(CALLE/PLAZA, NÚMERO Y PUERTA)
COGNOMS / APELLIDOS
NOM / NOMBRE
LOCALITAT / LOCALIDAD
DATA NAIXEMENT / FECHA NACIMIENTO
Home/ Hombre
Dona/ Mujer
CP
DADES D' IDENTIFICACIÓ DEL/DE LA MENOR / DATOS DE
IDENTIFICACiÓN DEL/DE LA MENOR
TELÈFON 1 / TELÉFONO 1 TELÈFON 2 / TELÉFONO 2
SIP
DADES DE LA MARE/PARE O PERSONA RESPONSABLE / DATOS DE LA
MADRE/PADRE O PERSONA RESPONSABLE
MÉS INFORMACIÓ D'INTERÉS / MÁS INFORMACIÓN DE INTERÉS
ALTRES INDICADORS O COMENTARIS / OTROS INDICADORES O
COMENTARIOS
Sospita/ Sospecha
Evidència/ Evidencia
Observació aïllada/ Observación aislada
Observació reiterada/ Observación reiterada
B INDICADORS I FACTORS DE RISC OBSERVATS / INDICADORES Y
FACTORES DE RIESGO OBSERVADOS
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
38
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO
C ACTUACIONS PREVIES REALITZADES / ACTUACIONES PREVIAS
REALIZADAS
S'ha informat a la familia d'esta notificació?:/ ¿Se ha informado a la família de
esta notificación?: SÍ NO
D SOL·LICITUD D' ACTUACIONS / SOLICITUD DE ACTUACIONES
NOTIFICACIÓ DIRIGIDA A / NOTIFICACIÓN DIRIGIDA A
ACTUACIONS SOL·LICITADES / ACTUACIONES SOLICITADAS
E DADES DE LA NOTIFICACIÓ / DATOS DE LA NOTIFICACIÓN
DATA DE LA NOTIFICACIÓ / FECHA DE LA NOTIFICACIÓN
ÀMBIT QUE NOTIFICA / ÁMBITO QUE NOTIFICA
A.P.
Altre / Otro
Hospital / Hospital
ADREÇA DEL CENTRE / DOMICILIO DEL CENTRO
LOCALITAT / LOCALIDAD
TEL / FAX
PROFESSIONAL INFORMANT / PROFESIONAL INFORMANTE
Metge/Pediatra / Médico/Pediatra
Comare-Infermera / Matrona/Enfermera
Psicòleg / Psicólogo
Treball Social / T. Social
PERSONA QUE NOTIFICA / PERSONA QUE NOTIFICA
(opcional: nom, col·legiat... / Opcional: nombre, colegiado....)
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
39
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO
anexo b.1.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
40
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO
anexo b.1.
14984 03 05 2006 DOGV - Núm. 5.250 Full / Hoja2 de 4
HOJA DE
NOTIFICACIÓN PARA LA
ATENCIÓN SOCIOSANITARIA
INFANTIL Y LA PROTECCIÓN DE MENORES / FULL DE NOTIFICACIÓ PER
A L' ATENCIÓ SOCIOSANITÀRIA INFANTIL I LA PROTECCIÓ DE MENORS
INDICADORS FÍSICS
1 Lesions internes, abdominals
2 Fractures múltiples, en diferents estats de cicatrització
3 Ferides, magolaments, mossos
4 Cremades, talls, punxades
5 Síndrome del xiquet sacsat
6 Accidents estranys
7 Persistència inexplicable de malalties
8 Necessitats mèdiques no ateses
9 Ingressos múltiples en hospitals
10 Intoxicacions
11 Síndrome d´abstinència
12 Retard en el desenvolupament (pes, estatura, llenguatge…)
13 Higiene escassa
14 Vestimenta inadequada
15 Desnutrició, deshidratació
16 Cansament o apatia permanent
17 Crani aplanat, alopècia per postura prolongada
INDICADORES FÍSICOS
1 Lesiones internas, abdominales
2 Fracturas múltiples, en diferentes estados de cicatrización
3 Heridas, magulladuras, mordeduras
4 Quemaduras, cortes, pinchazos
5 Síndrome del niño zarandeado
6 Accidentes extraños
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
41
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO
7 Persistencia inexplicable de enfermedades
8 Necesidades médicas no atendidas
9 Ingresos múltiples en hospitales
10 Intoxicaciones
11 Síndrome de abstinencia
12 Retraso en el desarrollo (peso, estatura, lenguaje…)
13 Escasa higiene
14 Vestimenta inadecuada
15 Desnutrición, deshidratación
16 Cansancio o apatía permanente
17 Cráneo aplanado, alopecia por postura prolongada
EN ELS MENORS D´ABÚS SEXUAL
18 Contusions, sagnat en els genitals externs, zona vaginal o anal
19 Malaltia venèria
20 Restes de semen en boca, genitals o roba
21 Esgarros i dilatació anal
22 Cèrvix o vulva unflada o roja
23 Dificultat per a caminar o assentar-se
24 Dolor o picor en la zona genital
25 Himen perforat o esgarrat
26 Lesions en el penis o l´escrot
COMPORTAMENTALS I EMOCIONALS
27 Manifesta que no el cuiden o que el/la maltracten
28 Trastorns d´alimentació, del son o de control d´esfínters
29 Manifesta dolors freqüents sense causa aparent
30 Establix relacions distants o hostils
31 No vol anar-se´n a casa o estar amb els seus pares
32 Intent de suïcidi
EN LOS MENORES DE ABUSO SEXUAL
18 Contusiones, sangrado en genitales externos, zona vaginal o anal
19 Enfermedad venérea
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
42
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO
20 Restos de semen en boca, genitales o ropa
21 Desgarros y dilatación anal
22 Cervix o vulva hinchada o roja
23 Dificultad para andar o sentarse
24 Dolor o picor en zona genital
25 Himen perforado o rasgado
26 Lesiones en el pene o escroto
COMPORTAMENTALES I EMOCIONALES
27 Manifiesta que no le cuidan o maltratan
28 Trastornos de alimentación, sueño o control de esfínteres
29 Manifiesta dolores frecuentes sin causa aparente
30 Establece relaciones distantes u hostiles
31 No quiere irse a casa o estar con sus padres
32 Intento de suicidio
EN LA FAMÍLIA DEL MENOR O MENORS
(PRENATALS, PERINATALS I POSTNATALS)
33 Falta de control mèdic durant l´embaràs (menys de 5 visites)
34 Embaràs no desitjat: sol·licitud d'avortament, adopció…
35 Absència de cobertura sanitària
36 Monoparentalitat i falta de suport sociofamiliar
37 Situacióeconòmica precària: desarrelament, pobresa, marginació…
38 Problemes de vivenda: carència, condicions deficients
39 Negativa a què es facen visites domiciliàries
40 Aspecte descuidat, deixat i falta d'higiene en els pares
41 Pares molt jóvens o immadurs
42 Algun dels pares patix una malaltia mental
43 Els pares abusen de drogues o alcohol
44 Dificultats de comprensió en els pares
45 Ludopatia en els pares
46 Antecedents de negligència o maltractament amb altres fills o filles
47 Violència familiar o domèstica
48 Els pares no acudixen quan són citats
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
43
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO
49 Canvis habituals d'hospital, de centre de salut…
50 Comportament conflictiu durant les visites mèdiques
51 En l'ingrés hospitalari del fill o la filla, no el visiten o la visiten prou
52 No donen importància a la situació detectada
53 Intenten ocultar els indicadors físics del menor o el causant
54 No donen explicacions convincents i congruents
55 No controlen el comportament del xiquet/ta en les visites mèdiques
56 Disciplina massa rígida i autoritària
57 Pareix que no es preocupen del menor
58 No presten atenció al menor
59 Són extremadament protectors del o de la menor
60 Eludixen les responsabilitats parentals o abandonenel xiquet/ta
61 Usen el menor en tasques impròpies de l'edat
62 Tenen una imatge molt negativa del o de la menor
63 Expectatives no realistes sobre el/la menor
64 Menyspreen, rebutgen o culpen el/la menor
65 No manifesten afecte pel o per la menor
66 Excessiva ansietat davant de la criança
EN LA FAMILIA DEL MENOR O MENORES
(PRENATALES, PERINATALES Y POSTNATALES)
33 Falta de control médico durante el embarazo (menos de 5 visitas)
34 Embarazo no deseado: solicitud de aborto, adopción…
35 Ausencia de cobertura sanitaria
36 Monoparentalidad y falta de apoyo sociofamiliar
37 Situación económica precaria: desarraigo, pobreza, marginación…
38 Problemas de vivienda: carencia, condiciones deficientes
39 Negativa a que se realicen visitas domiciliarias
40 Aspecto descuidado, dejado y falta de higiene en los padres
41 Padres muy jóvenes o inmaduros
42 Alguno de los padres padece una enfermedad mental
43 Los padres abusan de drogas o alcohol
44 Dificultades de comprensión en los padres
45 Ludopatía en los padres
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
44
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO
46 Antecedentes de negligencia o maltrato con otros hijos/as
47 Violencia familiar o doméstica
48 Los padres no acuden cuando son citados
49 Cambios habituales de hospital, centro de salud…
50 Comportamiento conflictivo durante las visitas médicas
51 En ingreso hospitalario del hijo/a, no lo visitan suficientemente
52 No dan importancia a la situación detectada
53 Intentan ocultar los indicadores físicos del menor o al causante
54 No dan explicaciones convincentes y congruentes
55 No controlan el comportamiento del niño/a en las visitas médicas
56 Disciplina demasiado rígida y autoritaria
57 Parecen no preocuparse por el/la menor
58 No prestan atención al menor
59 Son extremadamente protectores del/la menor
60 Eluden sus responsabilidades parentales o abandonan al niño/a
61 Utilizan al menor en tareas impropias de su edad
62 Tienen una imagen muy negativa del/la menor
63 Expectativas no realistas sobre el/la menor
64 Desprecian, rechazan o culpan a el/la menor
65 No manifiestan afecto hacia el/la menor
66 Excesiva ansiedad ante la crianza
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
45
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO
anexo b.2
NORMATIVA Y PUBLICACIONES DE REFERENCIA
-
Consellerías de Sanitat y Benestar Social. (2002). “El papel del ámbito
sanitario en la detección y abordaje de situaciones de desprotección o maltrato
infantil”. Generalitat Valenciana.
- Decreto 28/2009 de 20 de febrero, del Gobierno Valenciano, por el que se
modifica el Reglamento de Medidas de Protección Jurídica del Menor en la
Comunidad Valenciana, aprobado por el Decreto 93/2001, de 22 de mayo del
Consell (DOGV nº 5961, de 24 de febrero 2009).
-
Ley orgánica 1/96 de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor (BOE nº
15, de 17 de enero de 1996).
-
Ley 12/2008 de 3 de julio, de la Generalitat Valenciana, de Protección
integral de la Infancia y la adolescencia de la Comunidad Valenciana
(DOGV nº 5803 de 10 de julio de 2008).)
-
Ley 8/2008 de 20 de junio, de los Derechos de Salud de niños y
adolescentes (DOCV nº 5793, de 26 de junio de 2008).
-
Orden de 9 de marzo 2006, de la Consellería de sanidad y de la Consellería
de Bienestar Social, por la que se implanta la Hoja de notificación para la
atención socio-sanitaria infantil y la protección de menores en el ámbito de
la Comunidad Valenciana (DOCV nº 5250, de 3 de mayo de 2006).
-
Unidad de Trabajo Social del Hospital General de Requena. 2006.
“Protocolo de sospecha/situación de riesgo en niños”. (Documento no
publicado)
-
Unidad de Trabajo Social del Hospital Universitario La Fe de Valencia.
2006. “Protocolo de niños maltratados”. (Documento no publicado)
-
Unidad de Trabajo Social del Hospital Peset de Valencia. 1999 . “Protocolo
de derivación a la UTS desde pediatría/neonatos”. (Documento no
publicado)
-
Unidad de Trabajo Social del Consorcio Hospital General Universitario de
Valencia. 2004. “Proceso ante menores en situación de riesgo”. (Documento
no publicado)
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
46
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO
ANEXO C
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA ADOPCIÓN.
UNIDAD DE TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
47
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA ADOPCIÓN
DEFINICIÓN FUNCIONAL DEL PROCESO
Se trata de las actividades secuenciales que se realizan siempre y en
ese orden cuando el/la ts actúa en un proceso de acogimiento familiar preadoptivo de un/una menor (habitualmente un/a recién nacido/a en nuestro
centro).
El límite inicial es la demanda de valoración/ intervención del/la ts.
El límite final es el alta social del/de la menor.
El propietario es el/la ts responsable del área materno-infantil, o en su
ausencia el/ la ts que la sustituya.
LOS OBJETIVOS DEL PROCESO
Que la coordinación de las actividades y actuaciones que se tienen que
realizar en el propio hospital y en la CBS sea ágil, rápida y efectiva.
Que el proceso se realice de la forma menos traumática para la madre
biológica, dándole el apoyo psico-social que precise.
Que la estancia del/de la recién nacido/a en el hospital sea lo más breve
posible (excepto si presenta patología que requiera tratamiento hospitalario).
DIAGRAMA DE FLUJO
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
48
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA ADOPCIÓN
PROTOCOLO DE
INTERVENCIÓN
ANTE UNA
ADOPCIÓN
A Demanda Valoración/
Intervención UTSH
B Verificar si hay Hª Social
C Entrevista madre biológica
D Nace el/la niño/a - Ingreso
del/de la RN
E Apertura de Hª Social
F Comunicación telefónica a CBS
G Comunicación escrita a CBS
H
La CBS
tutela al menor
I
Firma comparecencia la
madre
J La CBS asigna
familia adoptiva
K
Entrega del/de la menor
L
Cierre del proceso
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA ADOPCIÓN
PASOS DEL PROCESO DE ADOPCIÓN.
A.- DEMANDA DE VALORACION /INTERVENCION DE LA TS.
La gestante es derivada desde cualquier organización del exterior, acude de
motu propio a la UTSH, o manifiesta en el momento del parto su
incapacidad para hacerse cargo del/de la niño/a que va a nacer.
B. VERIFICACIÓN SI EXISTE HISTORIA SOCIAL.
Se busca en la base de datos si existe Historia Social (HS) abierta de
intervenciones anteriores a la gestante. Se dispone de la información previa a
través del motivo de derivación y a través de HS anterior si ya existiera.
C.- ENTREVISTA CON LA GESTANTE.
Que puede producirse antes o después del parto y en la que el/la ts:
-
Se asegura de la firmeza de la decisión de renunciar al/a la niño/a.
-
Le informa de los aspectos legales, procedimiento (especificados en
apartado I )
-
Le presta el apoyo psico-social necesario.
D.- NACE EL/LA NIÑO/A SE INGRESA EN RECIEN NACIDOS.
El niño/a es ingresado en Neonatos con apellidos de la madre biológica.
Se procurará que la madre esté en una sala donde no haya otras
gestantes.
E.- APERTURA DE HISTORIA SOCIAL.
Se abre Proceso de Intervención Social al/a la recién nacido/a.
Quedará en la HS fotocopia del DNI o pasaporte de la madre.
F.- COMUNICACIÓN A LA CONSELLERÍA DE BIENESTAR SOCIAL.
El/lLa ts comunica telefónicamente a la Sección del Menor de la CBS de
la existencia y situación de ese/a recién nacido/a.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
50
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA ADOPCIÓN
G.- COMUNICACIÓN DE LA UTSH A SECCIÓN DEL MENOR.
El/la ts comunica por escrito y pasado por el Registro General (anexo
a.1) sobre la renuncia de un/una menor para su adopción, para que sea
aplicada la tutela por parte de la CBS.
Se dejará copia de dicha comunicación en la Dirección del hospital.
H.- LA CONSELLERÍA DE BIENESTAR SOCIAL TUTELA AL/A LA RECIÉN
NACIDO/A.
La Sección del Menor, en virtud de sus atribuciones, tutela al/a la menor,
remitiendo el oficio correspondiente quedando: una copia en la HC, en
Dirección y en la HS.
I.- COMPARECENCIA QUE FIRMA LA MADRE BIOLOGICA.
Se entrevistan con la madre biológica el/la ts del hospital y el funcionario
de la entidad pública (Sección de Adopciones de la CBS) y antes de la firma de
la comparecencia a través de entrevista:
-
Verifican la firmeza de la decisión de la madre.
-
Se le informa que a los treinta días tiene que hacer la comparecencia ante
el funcionario de la CBS en la propia Consellería (lo que evita que sea
citada posteriormente en el Juzgado que tramite la adopción).
-
Se le informa que el niño/a será inscrito con sus apellidos en el Registro
Civil, dónde se tendrá que personar, antes de los treinta días, a hacer la
inscripción, acompañada de un técnico de la CBS.
-
En caso de matrimonio, la comparecencia deberá ser firmada por ambos
cónyuges.
-
Cuando la madre biológica es menor de edad, firmarán también sus padres.
Firmarán la comparecencia, por duplicado, la madre, el/la ts y el técnico de
la CBS (anexo a.2).
El/la ts remitirá a la CBS:
Copia de la comparecencia firmada por la madre.
Certificado de asistencia al parto con los datos de la madre biológica.
Informe médico del niño/a.
Si se dispone de estos documentos en el momento de la firma de la
comparecencia de la madre biológica, el funcionario de la CBS que acude al
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
51
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA ADOPCIÓN
hospital a presenciar la firma de la comparecencia por parte de la madre, se
llevará consigo dicha comparecencia y documentos adjuntos. De no ser posible
se remitirán posteriormente por mensajería que los registrará en la CBS.
J.- LA DIRECCION TERRITORIAL DE BIENESTAR SOCIAL ASIGNA LA
FAMILIA ADOPTIVA.
La Sección de Adopciones de la CBS asigna la familia adoptiva,
remitiendo el oficio correspondiente, archivándose tres copias como en el
apartado H.
En su caso autoriza visitas de no estar dado de alta hospitalaria el
niño/a.
K.- ENTREGA DEL/DE LA RECIEN NACIDO/A A LA FAMILIA ADOPTIVA
Estando de alta médica se entrega al niño/a al funcionario de la CBS
debidamente acreditado, comprobando que se les da informe médico de alta,
cartilla de salud, pautas de alimentación y cuidados, cita para consultas
externas, de ser necesario.
L- CIERRE DEL PROCESO.
Quedará debidamente registrada la intervención del/la ts a lo largo de
todo el proceso según el sistema de registro establecido, así como el cierre del
proceso, al finalizar éste.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
52
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA ADOPCIÓN
CRITERIOS DE ACTUACIÓN EN EL PROCESO DE ADOPCIÓN
El/a ts es el profesional que coordina las actuaciones y canaliza la
información, tanto dentro como fuera del hospital con respecto al menor que va
a ser adoptado.
Propiciar que la decisión de la madre biológica, libremente tomada por
ésta, sea vivida como un acto positivo hacia ese hijo/a.
Propiciar al máximo el respeto y discreción hacia la renunciante
(recordando este extremo a todo el personal asistencial que está en torno a la
gestante o madre) dada la situación de conflicto y tensión que vive en esos
momentos; procurándose siempre hospitalizarla en una sala en que no hayan
otros recién nacidos.
Realizar los trámites necesarios intra y extrahospitalarios con la máxima
agilidad y celeridad con el fin de que la estancia del/de la recién nacido/a
sano/a sea lo más breve posible en el hospital.
Sugerir a la madre biológica que no realice visitas al/a la recién nacido/a.
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
53
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA ADOPCIÓN
anexo c.1
Tenemos el deber de informar que el pasado día
de 200 ,
nació
un
niño/a
en
este
centro
cuya
madre
Dª
, ha manifestado a la Trabajadora Social del Hospital , que sean iniciados los
trámites para la adopción de su hijo/a.
El/La menor ha sido ingresado/a a efectos de identificación como
, en la Sección de Recién Nacidos.
Lo que ponemos en su conocimiento a los efectos oportunos.
Valencia, a
de 200
Fdo:
Trabajador/a Social
CONSELLERIA DE BIENESTAR SOCIAL - SECCION DE FAMILIA Y
ADOPCIÓN
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
54
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA ADOPCIÓN
MODELO I
MANIFESTACIÓN DE LA MADRE ANTE EL CENTRO HOSPITALARIO
Dña. ........................................, con DNI núm. ......................, nacida el día ..... de ...........
de..............., con domicilio en...................................., y cuyos restantes datos personales
constan en mi expediente médico obrante en este centro hospitalario, comparezco ante el
trabajador/a social del mismo y manifiesto:
1. Que soy progenitora del niño/de la niña nacido/a en este centro hospitalario el día ..... de
............... de .........., a las ............. horas, cuyo peso al nacer fue de ........ Kgs.
2. Que sin presión ni coacción alguna, otorgo mi autorización para que sean iniciados los
trámites para la adopción de mi hijo/a.
3. Que no obstante he sido informada de que el artículo 5.5 del Convenio Europeo en
materia de adopción de menores (revisado), hecho en Estrasburgo el 27 de noviembre de
2008 establece que el asentimiento de la madre biológica para la adopción no podrá
prestarse hasta que hayan transcurrido seis semanas desde el parto, por lo que tendré que
otorgarlo, una vez transcurrido el plazo legal, ante el órgano judicial o administrativo que
me requiera a tal fin.
4. Que soy consciente que la adopción del niño/ de la niña tendrá como efecto el
establecimiento de una filiación con los padres adoptivos, o con la madre o padre
adoptiva/o, si solo fuere adoptado por una persona, y que ello supondrá romper el vínculo
de filiación entre mi persona, madre biológica, y el niño/la niña adoptado/a.
5. Que he sido informada que en el Registro Civil, el niño/niña quedará inscrito/a con los
datos de filiación materna, y paterna en su caso.
Declaro haber comprendido el sentido y el alcance de lo que precede.
Lugar: ............................. fecha: .................................
Firma o en su lugar, otro signo:
*******
.............................................,
trabajador/a
social
del
centro
hospitalario............................................., certifico que la declarante ha comparecido ante mí
firmado el presente documento en mi presencia.
Lugar: ............................. fecha: .................................
Firma y sello:
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
55
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA ADOPCIÓN
MODELO 2
COMUNICACIÓN DEL CENTRO HOSPITALARIO A FAVOR DE ADOPCIÓN
Comunicación del centro hospitalario a los servicios territoriales
de la Conselleria competente en materia de protección de menores
adjuntando el modelo 1.
Sección del Menor
Dirección Territorial de Justicia y Bienestar Social de ................................................................
.........................................................................................................................................................
Se comunica que el día ...... de ................. de ...................., a las ............. horas, nació en
este centro hospitalario un niño/una niña, cuya madre ha otorgado su autorización para
iniciar los trámites de adopción de su hijo/hija, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5.5
del Convenio Europeo en materia de adopción de menores (revisado), hecho en Estrasburgo
el 27 de noviembre de 2008. Se adjunta ejemplar de manifestación.
................................, ...... de ...................... de .................
POR EL CENTRO HOSPITALARIO
Fdo: ............................
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
56
anexo c.2
anexo c.3
NORMATIVA Y PUBLICACIONES DE REFERENCIA
o Consellerías de Sanitat y Benestar Social. (2002). “El papel del ámbito sanitario en
la detección y abordaje de situaciones de desprotección o maltrato infantil”.
Generalitat Valenciana.
o Decreto 28/2009 de 20 de febrero, del Gobierno Valenciano, por el que se modifica
el Reglamento de Medidas de Protección Jurídica del Menor en la Comunidad
Valenciana, aprobado por el Decreto 93/2001, de 22 de mayo del Consell (DOGV
nº 5961, de 24 de febrero 2009).
o Ley orgánica 1/96 de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor (BOE nº 15, de
17 de enero de 1996).
o Ley 12/2008 de 3 de julio, de la Generalitat Valenciana, de Protección integral de la
Infancia y la adolescencia de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 5803 de 10 de
julio de 2008).)
o Orden de 9 de marzo 2006, de la Consellería de Sanidad y de la Consellería de
Bienestar Social, por la que se implanta la Hoja de notificación para la atención
socio-sanitaria infantil y la protección de menores en el ámbito de la Comunidad
Valenciana (DOCV nº 5250, de 3 de mayo de 2006).
o
Unidad de Trabajo Social del Consorcio Hospital General Universitario de Valencia.
2001. “Proceso de adopción”. (Documento no publicado)
o Instrumento de Ratificación del Convenio Europeo en materia de adopción de
menores (revisado), hecho en Estrasburgo el 27 de noviembre de 2008.
ANEXO D
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE VIOLENCIA DE GÉNERO.
UNIDAD DE TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO.
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE VIOLENCIA DE GÉNERO
INTRODUCCIÓN
Desde los servicios sanitarios se puede desempeñar un papel decisivo
para ayudar a las mujeres que son objeto de violencia. Es posible que el
profesional sanitario sea la única persona al margen de la familia a quien acude
en busca de ayuda.
El principal reto para los profesionales de la salud es aprender a detectar
los casos de maltrato, y ofrecer apoyo y seguimiento con el refuerzo y
coordinación de los recursos disponibles.
El primer problema con el que nos encontramos es que la mujer no se
atreve a revelar directamente la situación de maltrato, pero acudir al servicio
médico consiste en una llamada de socorro silenciosa, puesto que excepto en
casos muy graves, podría no acudir. Acudir al servicio sanitario es el primer
paso para romper las barreras del silencio.
La violencia de género que se produce en el ámbito doméstico puede
ser: violencia psicológica, física y/o sexual.
Ante un posible caso de violencia doméstica, lo primero por supuesto, es
atender los posibles daños y lesiones que sufra la persona, es muy importante
crear un ambiente confidencial, de seguridad y confianza, por lo que el
profesional sanitario que la atienda, lo hará a solas (ni hermanos/as, hijos/as,
padres, o pareja) y le preguntará qué ha ocasionado el daño por el cual
necesita asistencia (cumplimentación de anamnesis), permitiendo que explique
su vivencia, favoreciendo la comunicación con escucha activa (asentimientos
gestuales y verbales) y aceptación de lo narrado sin emitir ningún tipo de juicio.
Es positivo comunicar a la víctima que lo ocurrido no es culpa suya. Tiene que
sentir que la apoyan. En la entrevista el profesional deberá omitir tecnicismos y
las palabras “victima” o “agresor”.
La asistencia habitual a urgencias o a consulta por caídas y golpes
fortuitos debe generar en el/la profesional una alerta ante la posibilidad de esta
problemática.
Está demostrada la eficacia de la intervención del/la profesional
sanitario/a siempre que se haga con respeto (ante la no intervención), y los/las
profesionales sanitarios/as son casi los únicos fuera de la familia a quienes la
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
59
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE VIOLENCIA DE GÉNERO
mujer confiere la autoridad suficiente para iniciar la ruptura de la situación de
violencia y el inicio del cambio a una vida mejor.
DEFINICIÓN FUNCIONAL
Se trata de las actividades secuenciadas que se realizan siempre y en
ese orden cuando la Unidad de Trabajo Social Hospitalaria (UTSH) actúa ante
la detección de una mujer víctima de una presunta violencia de género o
doméstica.
Las destinatarias del proceso son cualquier mujer hospitalizada o
atendida en Consultas Externas o Servicio de Urgencias sobre la que exista la
sospecha de maltrato, detectado por cualquier profesional del centro
hospitalario.
El límite inicial es tras la detección, la petición de valoración/ intervención
de la UTSH.
El límite final es el alta social (por derivación a otro servicio extrahospitalario, abandono voluntario de la mujer o éxitus).
El propietario del proceso es la UTSH a través del/la ts responsable de la
intervención.
OBJETIVOS.
-
Dar a toda mujer maltratada que acude al hospital el apoyo psico-social
necesario para que afronte su situación y actúe para recuperar seguridad y
bienestar.
-
Asegurar la continuidad de la asistencia social, jurídica y sanitaria que
precisa a la salida del hospital.
DIAGRAMA DE FLUJO
PROTOCOLOS DE INTERVENCIÓN EN TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO
60
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE VIOLENCIA DE GÉNERO
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN
ANTE UN CASO DE SOSPECHA
DE VIOLENCIA DE GÉNERO (1)
SI hay evidencia de
violencia de género
A Demanda
Valoración/
Intervención UTSH
B Verificar si hay Hª Social
C Apertura de Hª Social
D Entrevista coordinación
personal sanitario
E Entrevista con la mujer
Valoración inicial
del personal
sanitario
NO hay evidencia de
violencia de género
SI hay sospecha
de violencia de
género
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE VIOLENCIA DE GÉNERO
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UN CASO DE SOSPECHA
DE VIOLENCIA DE GÉNERO (2)
Existe Violencia de género
reconocida por la mujer
Existen factores de riesgo. La
mujer no reconoce sufrir
violencia de género.
Decide
volver al
domicilio
Decide no
volver al
domicilio
F Plan de
intervención
G
Cierre del proceso
No hay factores de riesgo
ni la mujer reconoce sufrir
violencia de género.
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE VIOLENCIA DE GÉNERO
ETAPAS DEL PROCESO.
A. DEMANDA VALORACIÓN/ INTERVENCIÓN UTSH.
Detectado un caso de sospecha de violencia doméstica se comunicará
inmediatamente al/la ts, quien dispondrá del tiempo suficiente para realizar una
entrevista de valoración.
B. VERIFICACIÓN SI EXISTE HISTORIA SOCIAL.
Se busca en la base de datos si existe Historia Social (HS) abierta de
intervenciones anteriores. Se dispone de la información previa a través del
motivo de derivación y a través de HS anterior si ya existiera.
C. APERTURA DE HISTORIA SOCIAL.
Si existiera HS anterior se saca del archivo. Se abre nuevo Proceso de
Intervención Social en el que se irá registrando la información pertinente.
D. ENTREVISTA COORDINACION CON PERSONAL SANITARIO.
El/la ts se personará en el servicio médico donde esté la presunta víctima
y recabará información del personal sanitario que haya atendido a la mujer, con
el fin de conocer el diagnóstico médico, sus impresiones y las circunstancias de
la asistencia (si ha ido sola o acompañada y por quién, etc)
E ENTREVISTA CON LA MUJER.
En la que se comprobará si hay violencia de género y los factores de
riesgo, en un lugar apropiado que facilite la intimidad.
Pautas para dichas entrevistas:
* Se realizará valoración de la situación socio-familiar y posible situación
de violencia de género, en un ambiente de confidencialidad y seguridad.
* Se abordará directamente el tema de la violencia, ayudándole a pensar
y ordenar sus ideas, así como alertando de los posibles riesgos que
corra.
*Se valorará los indicadores de sospecha de violencia de género (anexo
d.1) así como los factores de riesgo (anexo d.2) y otros aspectos como
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE VIOLENCIA DE GÉNERO
vulnerabilidad,
estresores
adicionales,
encubrimiento
del
maltrato…(anexo d.3)
* Se realizará el cuestionario DA “Danger Assessment” para valorar el
riesgo de homicidio, en caso de que no lo haya realizado el personal
sanitario que ha derivado. (anexo d.4)
F PLAN DE INTERVENCIÓN
** Tras la valoración del caso y del correspondiente diagnóstico social se
elaborará el plan de intervención con las actuaciones que lo desarrollan. Se
realizará en función a las necesidades detectadas y siempre conjuntamente
con la persona afectada e incluirá el plan de seguridad. (anexo d.5)
El diagnóstico y plan vendrán determinados por la singularidad de las
siguientes situaciones:

Existe Violencia de género reconocida por la mujer. Variando según la
paciente se encuentre hospitalizada o no y según si su situación es de
peligro extremo o no.

Existen factores de riesgo. La mujer no reconoce sufrir violencia de
género.

No hay factores de riesgo ni la mujer reconoce sufrir violencia de
género.
Toda intervención tendrá el objetivo de proteger a la mujer, y darle
seguridad, motivación hacia la denuncia. Escuchando, orientando e
informando de su situación y riesgo potencial, pero respetando la decisión
de la mujer de volver al domicilio donde se producen los episodios violentos
o de no volver a su domicilio.
** Se verificará que se ha cumplimentado el informe médico por presunta
violencia doméstica, con tres copias (anexo d.6)
-
original remitido al Sr. Juez
-
copia del mismo en la historia clínica,
-
copia para la interesada
-
copia para remitir a la Dirección General de Salud Pública, Servicio de
Salud Infantil y de la Mujer de la Consellería de Sanitat.
64
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE VIOLENCIA DE GÉNERO
** Plan de seguridad durante la estancia en el hospital ante peligro extremo
Se alertará sobre la no facilitación de los datos de localización de la
paciente a nivel informático para que desde ningún servicio hospitalario
(admisión, SAIP, consultas externas, etc) se pueda acceder a localizar a la
víctima, con el fin de protegerla. Alta hospitalaria ficticia.
Se cuidará especialmente el acceso a visitas o llamadas telefónicas, con
el fin de impedir el acceso al agresor.
** Cuando el/la ts disponga de información útil para complementar las
pruebas del juicio se realizará un informe social para remitir al Juzgado
especializado en violencia u otros servicios específicos de coordinación/
derivación con el objeto de aportar el diagnóstico y la valoración social de la
situación de violencia doméstica detectada y en la que se desarrolle
intervención profesional.
** Se establecerá la coordinación y derivación con los servicios específicos
y se asegurará el seguimiento de la mujer.
Algunos de los servicios susceptibles de derivación son:
1.- Centro mujer 24 horas.
2.- Centro Municipal de Servicios Sociales.
3.-Servicios
Sociales
Especializados:
mujer,
inmigrantes,
discapacitados, menores…
4.- Oficina de Atención a la víctima del delito.
5.- Centro de Salud.
G CIERRE DEL PROCESO.
Quedará debidamente registrada la intervención del/la ts a lo largo de
todo el proceso según el sistema de registro establecido, así como el cierre del
proceso al finalizar éste.
Se llevará un registro de los casos detectados de violencia doméstica por
razones estadísticas, no dejando constancia de los datos de filiación.
65
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE VIOLENCIA DE GÉNERO
anexo d.1
INDICADORES DE SOSPECHA DE MALTRATO DURANTE LA CONSULTA.
ACTITUD DE LA MUJER:
o Temerosa. Se muestra evasiva, incómoda y nerviosa.
o Rasgos depresivos. Baja autoestima y sentimientos de culpa no justificados.
o Estado de ansiedad o angustia, irritabilidad
o Vestimenta que puede indicar la intención de ocultar lesiones
o Falta de cuidado personal
o Justifica sus lesiones o quita importancia a las mismas
o Si está presente su pareja busca su aprobación o se siente temerosa de sus
respuestas.
ACTITUD DE LA PAREJA:
o Solicita estar presente durante toda la visita.
o Muy controlador, siempre contesta él, puede mostrarse excesivamente
“preocupado” o, por el contrario, despreocupado, despectivo o intentando
banalizar los hechos.
o A veces colérico u hostil con la mujer o con el/la profesional
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE VIOLENCIA DE GÉNERO
anexo d.2
Factores de riesgo o vulnerabilidad
Factores de riesgo o vulnerabilidad
• Culturales
– Cultura patriarcal
– Estereotipos rígidos de masculinidad y feminidad
– Creencias sobre la disciplina y el valor del castigo
• Sociales
– Falta de recursos económicos, trabajo precario o desempleo y escaso nivel de
formación de ambos miembros de la pareja
– Discriminación laboral
– Defensa del carácter privado del ámbito laboral
– Estructura y funcionamiento de las Instituciones y deficiente apoyo institucional a
las víctimas
– Imagen de la mujer en los medios de comunicación
– Carencia de apoyo social
• Familiares
– Un alto grado de rigidez de la estructura familiar
– Intensidad de los vínculos interpersonales
– Estrés atribuible a las fases del ciclo vital
– Conflictos conyugales y maltrato en las relaciones anteriores
• Individuales
– Los trastornos del control de los impulsos
– Los celos patológicos
– Baja autoestima
– Inexpresividad emocional
– Abuso de alcohol y otras sustancias tóxicas
– Aprendizaje de modelos de relación agresivas
– La edad
Fuente: Heise, Ellsberg y Gottemoeller (1990),
Centro Reina Sofía para el Estudio de la Violencia.
67
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE VIOLENCIA DE GÉNERO
anexo d.3
ASPECTOS A VALORAR A LO LARGO DEL PROCESO DE INTERVENCIÓN

La vulnerabilidad de la mujer: historia y circunstancias que rodean esa
situación de malos tratos, tipología de maltrato, afectación a otros miembros
de la familia, situación familiar, económica, actitud de la víctima, red de
apoyo social, dificultades para salir del ciclo de violencia, detección de
micromachismos, etc

La doble vulnerabilidad de la mujer inmigrante, que junto a los ítems
anteriores se estudiará: proceso del duelo migratorio (sentimiento de
desarraigo, desconocimiento del país, costumbres, cultura, expectativas
frustradas), situación administrativa regular o irregular, desconocimiento de
la legislación española, convivencia con grupo de iguales, desconfianza o
miedo a los cuerpos de seguridad y la administración, miedo a la expulsión
del país, barreras lingüísticas, característica especial de mujer con
reagrupación familiar por el agresor pero sin permiso de trabajo, aceptaciónresignación del maltrato en cultura de origen, etc

Los indicadores de malestar (por ejemplo los miedos, la ira, depresión,
abuso de sustancias, etc)

Los problemas de relación con la pareja y personas convivientes (problemas
de confianza, intimidad, etc)

Los factores que influyen en el encubrimiento del posible maltrato: respuesta
institucional, potencialidades y puntos débiles de la mujer, capacidades
sociales, organizativas, ocupacionales, etc.

Los factores históricos: de aprendizaje, salud física (socialización rígida en el
rol de género, victimizaciones anteriores, limitaciones o discapacidades de la
mujer, etc)

La presencia de estresores actuales adicionales.

Los aspectos positivos y negativos de la relación de pareja, para
comprender la conducta asociada a la percepción de la mujer.

La protección de menores. En caso de convivir con hijos u otros familiares
menores de edad, se realizará estudio y valoración de riesgo de maltrato
activando el protocolo de protección de menores establecido en esta guía.
Asimismo se informará de la situación de los menores al centro de salud y/ o
servicios sociales municipales
68
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE VIOLENCIA DE GÉNERO
anexo d.4
CUESTIONARIO DA “Danger Assessment”
Adaptado a nuestro contexto cultural por Escribá-Agüir y col
Con la finalidad de poder valorar el nivel de riesgo que puede tener dada la
situación en que se encuentra, le pedimos que responda a estas preguntas, que se
refieren a la persona que la está agrediendo, (su marido o pareja, exmarido o
expareja u otra persona cercana a usted).
NO
1. En el último año, ¿ha aumentado la violencia emocional o física en 
severidad o frecuencia?

2. ¿Tiene alguna arma de fuego?

3. ¿Está en paro?

4. ¿Ha amenazado con matarle?

5. ¿Se ha librado de ser detenido por violencia doméstica?

6. ¿La ha forzado a mantener relaciones sexuales?

7. En alguna ocasión, ¿ha intentado estrangularla?
8. ¿Consume drogas? (como por ejemplo, estimulantes o anfetaminas, speed, polvo de 
SI








angel, cocaína, heroína, drogas de diseño o mezclas)

9. ¿Tiene algún problema con el alcohol o es alcohólico?
10. ¿Se pone celoso de forma violenta? (por ejemplo, dice “si yo no puedo tenerte, 


nadie te tendrá”)

11. ¿Amenaza con hacerle daño a sus hijos/as?

12. ¿Cree que es capaz de matarla?
13. ¿La persigue o la espía, le deja notas amenazantes o le deja mensajes, 
rompe sus cosas, o la llama cuando usted no quiere?

14. En alguna ocasión, ¿ha amenazado o ha intentado suicidarse?
15. En alguna ocasión, ¿la ha golpeado cuando ha estado embarazada?




NO 
SI 
NUNCA HE ESTADO EMBARAZADA 
DE LA PERSONA QUE ME ESTÁ AGREDIENDO
16. En el último año, ¿ha dejado a su pareja o expareja, después de vivir juntos? NO 
SI 
NUNCA HE VIVIDO CON ÉL 
17. ¿Controla la mayoría o todas sus actividades diarias? (como por ejemplo, le dice con quien
puede hacer amistades, cuándo puede ver a su familia, cuánto dinero puede gastar, o cuándo puede coger el
coche, etc)
NO 
SI 
LO INTENTA PERO NO LE DEJO 
69
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE VIOLENCIA DE GÉNERO
18. En alguna ocasión, ¿ha usado alguna arma contra usted o la ha amenazado con ella?
NO  SI 
¿Fue con un arma de fuego? NO 
SI 
19. ¿Tiene usted algún hijo/a que no sea de la persona que le está agrediendo? NO 
SI 
20. En alguna ocasión, ¿usted ha amenazado con suicidarse o lo ha intentado? NO 
SI 
CUESTIONARIO DA “Danger Assessment”
Valoración de la puntuación obtenida en el cuestionario DA
PUNTUACIÓN ________ (Contar el número de respuestas positivas)
* Se considera PELIGRO EXTREMO DE HOMICIDIO O SUICIDIO, si se obtiene
una puntuación igual o superior a 4 puntos. No obstante, si se obtiene una
puntuación inferior a 4, se recomienda valorar el contenido de las preguntas que ha
respondido afirmativamente, para guiar las actuaciones.
70
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE VIOLENCIA DE GÉNERO
anexo d.5
ELABORACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD.
ESCENARIO DE PROTECCION

Conocer el 112

Concertar señales con vecinos y familiares

Enseñar a sus hijos/as a conseguir ayuda y a protegerse ante
episodios violentos

Hacer todo el ruido que pueda

Si el ataque es inevitable procurar convertirse en un blanco pequeño,
protegerse con los brazos y la cabeza
SI TIENE QUE ABANDONAR EL HOGAR RAPIDAMENTE

Procurar que el agresor no esté en casa

No dar información ni indicios de sus planes

No tomar tranquilizantes, estar alerta

Acudir a lugares y a las personas con las que había contado
previamente
RECORDAR

Tener un bolso con ropa, medicamentos, juguetes y objetos de valor

Preparar un listado de teléfonos de familiares, colegios, médicos

Tener fotocopias de DNI, libro de familia, tarjeta sanitaria, cuentas
bancarias, nóminas, certificados de estudios

Abrir una cuenta en un banco que solo ella conozca e ir ingresando lo
que pueda
71
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE VIOLENCIA DE GÉNERO
anexo d.6
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE VIOLENCIA DE GÉNERO
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE VIOLENCIA DE GÉNERO
anexo d.7
NORMATIVA Y PUBLICACIONES DE REFERENCIA
-
Agencia Valenciana de Salut (2008) “Protocolo para la atención sanitaria de
la violencia de género (PDA)”. Generalitat Valenciana.
-
Bonino, L. (1996) “Micromachismos. La violencia invisible de la pareja”.
Generalidad Valenciana. Dirección General de la Mujer.
- Dirección de la Agencia Valenciana de Salud. Circular 4/ 2007 sobre
regulación de los documentos oficiales y trámites a cumplimentar por el
personal facultativo en los supuestos de prestación de asistencia por presunta
violencia de género/ doméstica a personas adultas.
- Federación mujeres progresistas (2007) “Mujeres inmigrantes y violencia de
género. Aproximación diagnóstica a tres años de la existencia de la ley de
Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género”.
<http://www.quieroayudarte.com/downloads/informeprogresistas.pdf>
[Consulta: 01 de agosto 2009]”.
- Ley/ Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral
contra la Violencia de Género.
- Mestre, MV, Tur, AM, Samper, P. 2008. “Impacto psicosocial de la violencia
de género en las mujeres y sus hijos e hijas. Un estudio empírico en la
Comunidad Valenciana” Universidad de Valencia.
<http://www.bsocial.gva.es/portal/portal?docid=6140> [Consulta: 08 de agosto
2009]
- Observatorio de Salud de la Mujer, Dirección General de la Agencia de
Calidad del Sistema Nacional de Salud. 2005. “Catálogo de instrumentos para
cribado y frecuencia del maltrato físico, psicológico y sexual” Ministerio de
Sanidad y Consumo.
<http://www.msps.es/organizacion/sns/planCalidadSNS/pdf/equidad/genero_vg
_01.pdf> [Consulta: 18 de julio 2009]
- Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria. (2003) “Violencia
Doméstica”. Ministerio de Sanidad y Consumo.
-
UNED. Curso Extensión Universitaria (2008) “Tratamiento de la mujer
víctima de violencia” Documento no publicado.
-
Unidad de Trabajo Social del Hospital General de Requena. 2006.
“Protocolo ante sospecha de situación de violencia de género”. (Documento
no publicado)
-
Walker, L. (1979) “The Battered Women” New York. Harper & Row
75
ANEXO E
PROTOCOLO DE LOCALIZACIÓN DE FAMILIARES POR
EXITUS
UNIDAD DE TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO.
76
PROTOCOLO DE LOCALIZACIÓN DE FAMILIARES POR EXITUS
DEFINICIÓN FUNCIONAL DEL PROCESO
Se trata de las actividades secuenciales que se realizan siempre y en
ese orden cuando el/la ts actúa en la siguiente situación:
Paciente fallecido en Sala o Urgencias, sin visitas (o acompañamiento de
familiares u otros allegados) y por el que nadie se ha interesado en el depósito
de cadáveres.
El límite inicial es la demanda de intervención al/ la ts.
El límite final es la resolución del sepelio.
El propietario del proceso es el/la ts responsable del servicio médico del
que procede el/la paciente o la que recibe la comunicación en su día de
permanencia.
OBJETIVOS DEL PROCESO
Obtener el máximo de información posible con respecto a la persona
fallecida, con el fin de localizar familiares o entidades para que sean
informados del fallecimiento y asegurar o descartar que asumen los trámites y
gastos del sepelio.
En caso de persona no identificada, procurar su identificación.
Facilitar con la máxima rapidez posible esa información para que se
pueda disponer del cuerpo.
Garantizar la información a la Dirección del hospital.
DIAGRAMA DE FLUJO
PROTOCOLO DE LOCALIZACIÓN DE FAMILIARES POR EXITUS
A
PROTOCOLO DE
LOCALIZACIÓN
DE FAMILIARES
POR EXITUS
Comunicación del fallecimiento a la UTSH
B Verificación de si existe HªSocial
C Apertura de Hª
Social
D Localización
E Localizados, se hacen
cargo
F Nadie se hace cargo
G
H
Informes a Dirección
Cierre del proceso
PROTOCOLO DE LOCALIZACIÓN DE FAMILIARES POR EXITUS
PASOS DEL PROCESO DE LOCALIZACIÓN DE FAMILIARES POR EXITUS.
A.- COMUNICACIÓN DEL FALLECIMIENTO A LA UTSH.
La UTSH es informada, a la mayor brevedad posible, por parte de la
Unidad de Hospitalización en que se ha producido el éxitus, del servicio de
Urgencias o desde el depósito al comprobar que nadie se ha interesado por el
fallecido, ni se responsabiliza del sepelio.
B. VERIFICACIÓN SI EXISTE HISTORIA SOCIAL.
Se busca en la base de datos si existe Historia Social (HS) abierta de
intervenciones anteriores. Se dispone de la información previa a través del
motivo de derivación y a través de HS anterior si ya existiera.
C. APERTURA DE HISTORIA SOCIAL.
Si existiera HS anterior se saca del archivo. Se abre nuevo Proceso de
Intervención Social en el que se irá registrando la información pertinente.
D.- LOCALIZACIÓN.
Se realizan los contactos oportunos, a partir de los datos de que se
dispone, en cuanto a domicilio, oficina del padrón municipal, conocidos,
servicios sociales, policía local, embajadas, SIP, etc. para comunicar el
fallecimiento y comprobar o descartar si alguien se hace cargo del sepelio.
E.- LOCALIZADOS, SE HACEN CARGO.
Si se localiza algún familiar, conocido o entidad que asume el sepelio se
le informa si ha lugar de los trámites de entierro por beneficencia a cargo del
municipio correspondiente, se comunica al depósito y se facilita la puesta en
contacto entre ambos; con lo que finaliza la intervención pasando al paso H.
F.- NADIE SE HACE CARGO.
Si nadie se responsabiliza del sepelio, se comunica al depósito para que
la funeraria responsable (funeraria de guardia o la que trabaje habitualmente en
el hospital) asuma los trámites del entierro o incineración según lo establecido
en el municipio donde está ubicado el centro hospitalario. Estos trámites
PROTOCOLO DE LOCALIZACIÓN DE FAMILIARES POR EXITUS
consisten en demostrar que el/la fallecido/a no dispone de medios económicos
ni póliza de seguro para cubrir los gastos del entierro, bien sea a través de
Servicios Sociales, bien a través de la emisión del certificado de pobreza para
el negociado de cementerios, bien lo que haya establecido en las normas
municipales.
En los casos de necrópsia por interés clínico, asume los gastos la
Consellería de Sanitat, realizando los trámites el centro hospitalario con la
funeraria.
Si se opta por la donación del cuerpo para estudio en la facultad de
medicina se coordinarán las acciones con la Universidad de Valencia (anexo
e.1)
Si el/la fallecido/a no ha sido identificado, previa a la disposición del
cuerpo, se comunicará al Juzgado de guardia para que la policía científica
realice los trámites oportunos para la identificación (fotografías, identificación
de huellas etc).
Si el/la fallecido/a es de nacionalidad extranjera se pondrá en
conocimiento del consulado o embajada de su país.
G.- INFORME A DIRECCIÓN.
Si no se ha localizado a nadie, se realiza informe por parte de la UTSH,
indicando las gestiones realizadas y la información obtenida. Se remite a la
Dirección Médica, que firmará los impresos que autorizan a la funeraria para
que disponga del cuerpo y comunicará al Juzgado las circunstancias que
concurren.
H- CIERRE DEL PROCESO
Quedará debidamente registrada la intervención del/la ts a lo largo de
todo el proceso según el sistema de registro establecido, así como el cierre del
proceso, al finalizar éste
80
PROTOCOLO DE LOCALIZACIÓN DE FAMILIARES POR EXITUS
anexo e.1
PROGRAMA DONACIÓN DE CUERPO.
Los cadáveres que se emplean para la docencia de grado y postgrado
proceden del Programa de Donación de Cuerpo, proceden de donaciones
altruistas que sirven para formar a las futuras generaciones de profesionales
médicos y para que los especialistas quirúrgicos mejoren sus técnicas.
Puede entrar en el programa cualquier cuerpo, excepto si los tejidos han sido
destruidos o padece alguna enfermedad infecto-contagiosa como la Hepatitis C
o la infección por el virus HIV o cualquier otra que suponga un riesgo potencial
de salud para las personas que trabajen con el cuerpo. Además no podrá ser
aceptado el cuerpo que esté sometido a un proceso de instrucción judicial
(autopsia médico legal).
Se garantiza a los donantes de cuerpo y a su familia que serán tratados con
dignidad, respeto y anonimato en todo momento.
Al final de cada año académico, la Universidad de Valencia a través del
programa de donantes de cuerpo organiza una pequeña ceremonia de
agradecimiento.
Corren a cargo de la Universidad los gastos para el entierro o la incineración de
la persona donante, se trata de un entierro digno con nicho para 5 años en el
cementerio general de Valencia. Cuando el cuerpo es de una persona sin
personas de contacto o familiares se requiere la autorización por escrito del
director del hospital (este trámite suele realizarlo la funeraria).
Información:
Programa de donación de cuerpo. Facultad de Medicina.
www.donantesdecuerpo.com
anexo e.2
NORMATIVA Y PUBLICACIONES DE REFERENCIA:
-
CORRECCIÓN de errores del Decreto 195/2009, de 30 de octubre, del
Consell, por el que se aprueba la modificación del reglamento por el que se
regulan las prácticas de policía sanitaria mortuoria en el ámbito de la
Comunitat Valenciana, aprobado por el Decreto 39/2005, de 25 de febrero,
del Consell. (DOCV 6209 de 18 de febrero de 2010)
-
DECRETO 39/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el
que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las prácticas de policía
sanitaria mortuoria en el ámbito de la Comunidad Valenciana. (DOGV 4961
de 8 de marzo de 2005)
-
DECRETO 195/2009, de 30 de octubre, del Consell, por el que se aprueba
la modificación del reglamento por el que se regulan las prácticas de policía
sanitaria mortuoria en el ámbito de la Comunitat Valenciana, aprobado por
el Decreto 39/2005, de 25 de febrero, del Consell. (DOCV 6138 de 5 de
noviembre de 2009)
-
Ley de 8 de junio de 1957, de Registro Civil. (BOE 151 de 10 de junio de
1957)
-
Ley 29/1980, de 21 de junio, de Autopsias Clínicas (BOE 154 de 27 de junio
de 1980)
-
Ordenanza de cementerios y servicios funerarios municipales. (BOP de 18
de enero de 2007)
-
Real Decreto del Ministerio de Sanidad y Consumo 2230/82 que desarrolla
la Ley 29/1980 (BOE 218 de 11 de septiembre de 1982).
-
Unidad de Trabajo Social del Consorcio Hospital General Universitario de
Valencia. 2001. “Proceso de localización de familiares por éxitus”.
(Documento no publicado)
82
ANEXO F
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN DE
ÓRGANOS.
UNIDAD DE TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO.
83
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN DE ÓRGANOS
En cuanto al “Protocolo de intervención ante una donación de órganos”
cabe señalar que, actualmente, se aplica únicamente en el Consorcio Hospital
General Universitario de Valencia. No obstante, sería conveniente valorar el
hacer extensiva la pertenencia de la figura del/de la ts en los equipos de
explantes dado el rol que ejerce el/la ts en cuanto al apoyo a la familia del
donante y al/la Coordinador/a de Trasplantes.
DEFINICIÓN FUNCIONAL DEL PROCESO.
Se trata de las actividades que se realizan siempre y en ese orden
cuando la UTSH (Unidad de Trabajo Social Hospitalaria) actúa frente a una
posible donación de órganos de una persona en situación de muerte clínica.
El límite inicial es la demanda de intervención por parte del/de la
Coordinador/a de Trasplantes (en adelante CT), al/ la ts.
El límite final es el alta social, cuando a criterio del/la ts se finaliza el
proceso de intervención con la familia del/la donante y las tramitaciones
administrativas.
El propietario del proceso es el/la ts que forma parte del equipo de
trasplantes y que ha respondido a la demanda de intervención del/de la CT.
OBJETIVOS DEL PROCESO.
Obtener la autorización de los familiares del posible donante, tratando de
motivar dicha donación hacia la multiorgánica, siempre que sea posible.
Dar a la familia el apoyo psico-social necesario para que pueda afrontar
la situación y tomar decisiones de forma positiva, resultando lo menos
traumática posible.
DIAGRAMA DE FLUJO
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN DE ÓRGANOS
PROTOCOLO DE
INTERVENCIÓN
ANTE UNA DONACIÓN DE
ÓRGANOS
A
Alerta explante
B
Entrevista petición de
órganos
C
Apertura de
Hª Social
No
D
Consentimiento
E
Negativa de la
familia
Si
Autorización Judicial
L
M
Entrevista con Familia
Información al médico
forense
N
Preparación
documentación
Autorización No Judicial
F
Entrevista con Familia
G Acta para gastos de
sepelio (si se precisa)
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN DE ÓRGANOS
H
Escrito de
agradecimiento
O
Entrega documentación en
Juzgado
P
Q
R
Autorización
Judicial
I Cierre del proceso
Comunicación con los
familiares
Entrega del auto judicial al
coordinador de explantes
S Acta para gastos de
sepelio (si se precisa)
T Escrito de agradecimiento
U
Cierre del proceso
86
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN DE ÓRGANOS
PASOS PROCESO DE EXPLANTE
A. ALERTA DE EXPLANTE.
El/La coordinador/a de trasplantes (en adelante CT) localiza al/la ts para
informarle de un posible explante.
B. ENTREVISTA PETICIÓN DE ORGANOS.
Entrevista del/la médico/a coordinador/a de trasplantes y el/la ts con la
familia en el despacho de la unidad de críticos correspondiente, en que se les
hace la propuesta y se les informa de cuantas dudas tengan. El/la ts participa a
partir del momento en que lo solicita el/la CT. Los familiares pueden solicitar la
Ley de Transplante de Órganos o, por diversas circunstancias, se les puede
ofrecer su lectura (Real Decreto 2070/99 – BOE 4/1/00).
C. APERTURA DE HISTORIA SOCIAL.
Previa verificación de si existe Historia Social (HS) por intervenciones
anteriores por parte de la UTSH, se abrirá Proceso de Intervención Social, se
harán constar los datos del/la paciente, el nombre del representante de la
familia, su dirección y teléfono de contacto y cuantos otros datos se consideren
de interés.
D. CONSENTIMIENTO.
En caso de aceptación en la donación (que se puede producir en la
entrevista de petición o posteriormente) hay dos procedimientos según las
características del ingreso del/la donante:
Sin autorización judicial, Si ha sido muerte súbita por causas
naturales.
Se seguirán los pasos F a I.
Con
autorización
judicial,
Si
ha
sido
accidental
(habiéndose
comunicado, con un parte al Juzgado de guardia, al ingreso, como es
preceptivo en todos los casos). Se seguirán los pasos de L a U.
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN DE ÓRGANOS
Dada la conformidad a la extracción, el familiar más allegado
firmará el documento “Hoja de entrevista familiar” (anexo f.1 )
E. NEGATIVA DE LA FAMILIA.
Confirmado el no consentimiento de la familia (por haberlo expresado así
en vida el paciente, por motivos religiosos, etc) finaliza el proceso de
intervención, realizando el paso I. Prestándole el apoyo necesario a los
familiares de igual modo que si aceptaran la donación.
Autorización No Judicial.
F. ENTREVISTA CON FAMILIA.
El/la ts verifica que se dispone de la autorización firmada (anexo f.1).
Verifica si disponen de póliza de entierro y en caso de no tenerla, el/la ts
los pone en contacto con la funeraria de guardia del mortuorio del hospital
(siendo el hospital quien asume los gastos del sepelio).
Les informa de cuantas dudas puedan tener y les presta el apoyo
necesario.
Les informa de la solicitud al INSS para Auxilio por defunción.
G. ACTA PARA GASTOS DE SEPELIO.
En caso de no disponer de póliza de entierro el/la donante, el/la CT
cumplimenta la solicitud para gastos de entierro (anexo f.7) y el/la ts la entrega
posteriormente, en la Dirección de Gestión Económica, para que el hospital
abone el importe de los gastos del sepelio a la funeraria correspondiente. Con
respecto a lo que cubre los gastos de sepelio se estará a lo establecido al
respecto por parte de la Consellería de Sanitat.
H. ESCRITO DE AGRADECIMIENTO.
A los treinta días, aproximadamente, se remite una carta de pésame y
agradecimiento a los familiares del/la donante (anexo f.8) firmada por el/la ts y
el/la CT.
88
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN DE ÓRGANOS
I. CIERRE DEL PROCESO.
Quedará debidamente registrada la intervención del/la ts a lo largo de
todo el proceso según el sistema de registro establecido, así como el cierre del
proceso, al finalizar éste.
Autorización Judicial.
L. ENTREVISTA CON FAMILIA.
Se verifica que se dispone de la autorización firmada (anexo f.1)
Se verifica si disponen de póliza de entierro y en caso de no tenerla,
el/la ts los
pone en contacto con la funeraria de guardia del depósito del
hospital (siendo el hospital quien asume los gastos).
Se les clarifican cuantas dudas puedan tener prestándoseles el apoyo
emocional necesario.
Se les informa de la solicitud al INSS para auxilio por defunción.
Se les informa que deberán acudir al Juzgado de guardia, antes de las 9
horas del día siguiente, para hacer la comparecencia correspondiente.
M.
INFORMACIÓN AL MEDICO FORENSE.
El/la ts llama al Juzgado de guardia para informar al/la médico/a forense
u otro miembro del juzgado, de que se va a realizar un extracción de órganos,
así como la hora prevista de inicio (puede darse el caso que el/la forense desee
estar presente).
N. PREPARACIÓN DE DOCUMENTACIÓN.
El/la ts deberá reunir la siguiente documentación, por duplicado, que le será
facilitada por el/la CT :
- Hoja de entrevista familiar (anexo f.1)
- El certificado de defunción cumplimentado por tres especialistas. Los
firmantes del certificado no han de intervenir en la extracción. (anexo f.2).
- La petición de autorización judicial (anexo f.3) firmada por Director Médico,
Jefe de guardia o CT.
- Epicrisis médica (de la que se harán copias para otros usos por parte del/de
la CT)
89
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN DE ÓRGANOS
- Fotocopia del parte judicial al ingreso (que se obtiene en el Servicio de
Urgencias, si es del mismo día o en el archivo de Administración).
- Fotocopia del electroencefalograma (EEG) plano, informado por el
neurofisiólogo haciendo constar hora de inicio y final del EEG.
- Comunicación de la defunción al/la Juez, firmado por el/la médico/a de
guardia de la Unidad de críticos correspondiente (anexo f.4).
- Autorización de la Dirección del hospital, con firma delegada del/de la
CT.(anexo f.5)
O. ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN EN EL JUZGADO.
El/la ts se desplaza al Juzgado de guardia y entrega dos copias de la
documentación relacionada en el apartado anterior (N) junto al EEG original
(para su comprobación) y que le será devuelto.
P. AUTORIZACIÓN JUDICIAL.
Una vez dada la autorización judicial a través del auto correspondiente,
al/la ts informa telefónicamente al/la CT de dicha autorización, para que se
inicie la intervención.
Q. COMUNICACIÓN CON LOS FAMILIARES.
El/la ts comunica telefónicamente a la familia que la extracción ha sido
autorizado y les recuerda que deben acudir a hacer la comparecencia al
Juzgado a la mañana siguiente (antes de las 9 horas), dónde a su vez se les
facilitará el certificado de defunción cumplimentado por el/la médico/a forense,
una vez realizada la autopsia.
R.
ENTREGA DEL AUTO JUDICIAL AL/A LA COORDINADOR/A DE
EXPLANTES.
El/la ts regresa al centro hospitalario con el auto judicial y EEG original
que entrega al/la CT.
El/la ts velará que el/la CT remita el Acta de Intervención (anexo f.6) al
Juzgado, acompañada de la notificación de fallecimiento por accidente,
documento que permite el traslado del cadáver por orden judicial al Instituto
Anatómico Forense para la realización de la autopsia.
90
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN DE ÓRGANOS
S. ACTA PARA GASTOS DE SEPELIO.
Idéntico al paso G.
T. ESCRITO DE AGRADECIMIENTO.
Idéntico al paso H.
U. CIERRE DEL PROCESO.
Quedará debidamente registrada la intervención del/la ts a lo largo de
todo el proceso según el sistema de registro establecido, así como el cierre del
proceso, al finalizar éste.
91
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN DE ÓRGANOS
anexo f.1
DOCUMENTO Nº 1
HOJA DE ENTREVISTA FAMILIAR
Los abajo firmantes: ...........................................................................................
...............................................................................................................................
...............................................................................................................................
............................................................................................................. en calidad
de (*)................................................................................................
DECLARAN, la ausencia de oposición expresa de
D............................................................................................................................
........ para que después de su muerte se realice la extracción de todos sus
órganos y tejidos válidos, con la finalidad de poder ser trasplantados a otros
enfermos/as que lo necesiten, o con fines científicos.
Valencia, ..... .......de.................................................de 200
Firmado
Firmado
Firmado
(*) Indiquen relación familiar.
92
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN DE ÓRGANOS
anexo f.2
DOCUMENTO Nº 2
CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN
D.......................................................................................Licenciado/a
en
Medicina y Cirugía, especialista en........................................................y
colegiado nº..................
D.....................................................................................Licenciado/a
en
Medicina y Cirugía, especialista en....................................................... y
colegiado nº.................
D.....................................................................................Licenciado/a
en
Medicina y Cirugía, especialista en ......................................................y
colegiado nº...................
CERTIFICAN
Que
D/Dª......................................................................................................,
ha
fallecido
como
consecuencia
de.................................................................................................
habiéndose
comprobado la muerte encefálica en base a la constatación de los hallazgos
fundamentales de la exploración clínica realizada que se detallan, así como las
condiciones en que se han realizado:
a.- Coma arreactivo sin ningún tipo de respuestas motoras o
vegetativas al estímulo algésico producido en el territorio de los nervios
craneales; no existen posturas de descerebración ni de decorticación.
b.- Ausencia de reflejos tronco-encefálicos(reflejos fotomotor,
corneal, oculocefálicos, oculovestibulares, nauseoso y tusígeno)
y de
respuesta cardiaca a la infusión intravenosa de 0,04 mg/kg de sulfato de
atropina (test de atropina).
c.- Apnea, demostrada mediante el "test de apnea", comprobando
que no existen movimientos respiratorios torácicos ni abdominales durante el
tiempo de desconexión del respirador suficiente para que la PC02 en sangre
arterial sea superior a 60 mm de Hg
93
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN DE ÓRGANOS
Los signos referidos han sido recogidos presentando el/la paciente:
a: - estabilidad hemodinámica
b: - oxigenación y ventilación adecuadas.
c: - temperatura corporal > 32 ºC
d: - ausencia de alteraciones metabólicas, sustancias o fármacos depresores
del SNC, que pudieran ser causantes del coma.
e: - ausencia de bloqueantes neuromusculares.
Y habiéndose realizado las pruebas instrumentales de soporte
diagnóstico.............................................................................................................
...............................................................................................................................
..............
Y para que así conste se expide el presente, a los efectos que se
contienen en el Real Decreto 2070 / 1999 de 30 Diciembre sobre donación y
trasplante de órganos en Valencia, a las ...... horas, del día ...... de
...................... de dos mil……….
94
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN DE ÓRGANOS
anexo f.3
DOCUMENTO Nº 3
AUTORIZACION JUDICIAL
Como continuación a nuestro oficio de..........................................., cuya
fotocopia se acompaña, por el que se ponía en conocimiento de V.I., haber
asistido
en
esta
Institución
a
D/Dª……………………………………………………….............................con
(pronóstico grave), se comunica al Juzgado que el/la mismo/a ha fallecido en
este Hospital, según se acredita con el certificado médico que se adjunta,
suscrito por tres facultativos del Hospital. En su consecuencia se solicita de ese
Juzgado, se digne conceder la oportuna autorización para obtención de piezas
anatómicas
destinadas
a
trasplante...............................................................................................................
...............................................................................................................................
..................................... fundamentalmente a los efectos que establece el Real
Decreto 2070 / 1999 de 30 Diciembre sobre donación y trasplante de órganos
Se acompaña informe clínico.
Valencia, a ......... de ..................................... de 200
LA DIRECCION MÉDICA
ILMO. SR. MAGISTRADO JUEZ DE INSTRUCCION NUMERO........
95
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN DE ÓRGANOS
anexo f.4
DOCUMENTO Nº 4
COMUNICACIÓN DE DEFUNCION AL JUEZ
ILMO SR. JUEZ
RESUMEN Hª Cª Nº......
NOMBRE
DEL
PACIENTE
........................................................................................... que ingresa en la
Unidad de Reanimación del Hospital………………………………………, con
fecha.......................................procedente
de.................................................
..............................................................
Diagnóstico
clínico....................................................................................................................
...............................................................................................................................
ANTECEDENTES:
...............................................................................................................................
...............................................................................................................................
EVOLUCION:.........................................................................................................
...............................................................................................................................
...............................................................................................................................
...............................................................................................................................
Intervenciones
practicadas:............................................................................................................
...............................................................................................................................
...............................................................................................................................
Posible
causa
de
muerte
(si
se
conoce)......................................................................... …………………………….
...............................................................................................................................
...............................................................................................................................
Fecha y hora del fallecimiento ...................................
Fdo: Médico/a de guardia
Unidad de Reanimación
96
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN DE ÓRGANOS
anexo f.5
DOCUMENTO Nº 5
AUTORIZACION DE LA DIRECCION DEL HOSPITAL
El Dr. D....................................................................., como Director/a Médico/a
del HOSPITAL…………………………., a la vista de la
declaración de
defunción de D/Dª...................................................................................realizada
con arreglo a las normas vigentes en el Real Decreto 2070 / 1999 de 30
Diciembre sobre donación y trasplante de órganos, por los Médicos/as de este
Hospital y teniendo en cuenta la manifestación previa de los familiares del/la
fallecido/a, autorizo la extracción de órganos del cadáver, para su utilización
como trasplantes.
Valencia, .....
de............................... de 200
LA DIRECCION MÉDICA
97
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN DE ÓRGANOS
anexo f.6
DOCUMENTO Nº 7
ACTA DE INTERVENCION
A las
......... horas del día ......................................... en el Hospital
…………………………………………………se procedió a extraer del cadáver de
D/Dª.......................................................................................................................,
los órganos y tejidos útiles para transplantes.
ORGANOS Y TEJIDOS EXTRAIDOS
CIRUJANOS/AS
DR./DRA. D./Dª
Nº COL
DR./DRA D./Dª
Nº COL
DR./DRA. D./Dª
Nº COL
DR./DRA. D./Dª
Nº COL
DR./DRA. D./Dª
Nº COL
DR./DRA. D./Dª
Nº COL
DR./DRA. D./Dª
Nº COL
Estando presente
D....................................................................................................., como
Director/a del Centro.
Valencia, ....... de ....................... de 200…..
LA DIRECCIÓN MÉDICA
98
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN DE ÓRGANOS
anexo f.7
SOLICITUD PARA GASTOS DE ENTIERRO
Hospital……………………………………………………….de…………………….
De Coordinación de trasplantes
A Sr./Sra Administrador/a
Asunto:
Los
familiares
del/la
paciente
D./
Dª………………………………………………………………………………………..
Fallecido/a en………………………………………….el día………………………….
Han autorizado la realización de la donación, deseando acogerse l fondo
económico que el hospital tiene para traslado y enterramiento o incineración.
Considerando, por parte médica, de especial interés la realización de la
extracción de órganos en el presente caso, le ruego efectúe los trámites
oportunos para que puedan disponer de esta ayuda.
Atentamente.
Firmado………:……………………………
99
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN DE ÓRGANOS
anexo f.8
Don/ Doña
Población
Muy Sr./ Sra Nuestro/ a
Nos dirigimos a Vd., para manifestarles nuestro
agradecimiento por la generosidad mostrada en momentos tan difíciles
como los
que
vivieron
por la
pérdida
de
su familiar Don/
Doña……………
Aprovechamos la
ocasión
para
poner en
su
conocimiento que los órganos han sido transplantados con éxito en
varias personas jóvenes.
En nombre del equipo que ha participado en esta
labor, reiteramos nuestro agradecimiento y admiración por tan noble
gesto.
Quedando a su disposición en todo momento,
reciba un cordial saludo.
Valencia, a ……………………….
Fdo: Dr./Dra.
Fdo:
Coordinador/a de Trasplantes
Trabajador/a Social
100
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE UNA DONACIÓN DE ÓRGANOS
anexo f.9
NORMATIVA Y PUBLICACIONES DE REFERENCIA
- Instrucciones de la Dirección General de Asistencia Sanitaria de la
Consellería de Sanitat, de 2004, sobre ayuda para gastos de entierro en
donantes de órganos.
- Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos.
(BOE nº 266, de 6 de noviembre de 1979).
- Real Decreto 2070/1999, de 30 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de obtención y utilización clínica de órganos humanos y la
coordinación territorial en materia de donación y trasplante de órganos y
tejidos. (BOE nº 3, de 4 de enero de 2000).
- Real decreto 411/1996 de 1 de marzo, del Ministerio de Sanidad y Consumo,
por el que se regulan las actividades relativas a la utilización de Tejidos
Humanos (BOE nº 72, de 23 de marzo de 1996).
- Unidad de Trabajo Social del Consorcio Hospital General Universitario de
Valencia. 2002. “Proceso de donación de órganos”. (Documento no publicado)
101
ANEXO G
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN TRATAMIENTO
DIRECTAMENTE OBSERVADO (TDO) CON PACIENTES
TUBERCULOSOS.
UNIDAD DE TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO.
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN TRATAMIENTO DIRECTAMENTE OBSERVADO (TDOD)
CON PACIENTES TUBERCULOSOS
INTRODUCCIÓN
El Tratamiento Directamente Observado (en adelante TDO) consiste en
asegurar la adhesión al tratamiento farmacológico del/de la enfermo/a
mediante la intervención de una tercera persona, que observa directamente la
toma de la medicación por parte del/de la paciente.
El lugar donde se realiza el tratamiento es en los establecimientos
farmacéuticos.
En la mayoría de las enfermedades el mal cumplimiento de las
prescripciones terapéuticas puede provocar que el/la enfermo/a no mejore de
su sintomatología o no cure, pero en la tuberculosis (en adelante TBC), aparte
de que no se cura el/la paciente, el tratamiento mal tomado añade el riesgo de
que se mantenga la capacidad de contagio a otras personas y de que se
generen resistencias irreversibles a alguno de los escasos fármacos
antituberculosos.
Estos tratamientos suelen ser complejos y de larga duración por lo que,
junto a la aparición de intolerancias y efectos secundarios, pueden ser una
causa importante de incumplimiento.
El método TDO consiste en asegurar el cumplimiento terapéutico,
observando directamente la toma de la medicación del/de la paciente con una
pauta de 2 veces a la semana, en vez de tomarla diariamente como lo haría en
su domicilio, con una duración de 6 meses o 9 meses en los casos de
enfermos VIH +.
POBLACION DIANA.
La
prioridad para entrar en el programa
la tendrán aquellos/as
pacientes con Tuberculosis que tengan factores de riesgo de mal cumplimiento.
De todos/as estos/as enfermos/as los que más difícilmente van a cumplir el
TDO son los/las adictos/as a drogas en activo y los/las enfermos/as mentales.
DEFINICIÓN FUNCIONAL DEL PROCESO.
Se trata de las actividades secuenciadas que se realizan siempre y en
ese orden cuando la UTSH actúa ante la detección de todo paciente que
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN TRATAMIENTO OBSERVADO DIRECTAMENTE (TOD) CON PACIENTES
TUBERCULOSOS
padece tuberculosis y se le detecten factores de riesgo de mala adhesión al
tratamiento.
Los/las destinatarios/as del proceso son todos/as los/las pacientes
susceptibles de ser incluidos en el programa TDO.
El límite inicial es tras la detección por parte del personal médico y de
enfermería, la petición de valoración/ intervención de la UTSH.
El límite final es el alta social por cumplimiento del tratamiento o por
abandono por parte del/de la paciente.
El propietario del proceso es la UTSH a través del/de la ts miembro del
equipo multidisciplinar responsable del desarrollo del programa TDO en el
hospital.
OBJETIVOS.
-
Conseguir que todo/a paciente que previsiblemente no vaya a tener un
cumplimiento terapéutico de forma normalizada, sea incluido en el programa
TDO.
-
Establecer una buena coordinación con las oficinas de farmacia y Colegio
de Farmacéuticos, para el adecuado seguimiento de los tratamientos
individualizados.
-
Conseguir el cumplimiento del tratamiento completo para evitar que se
genere resistencia a los fármacos antituberculosos y se mantenga la
capacidad de contagio por parte de estos/estas pacientes.
DIAGRAMA DE FLUJO.
104
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN TRATAMIENTO DIRECTAMENTE OBSERVADO (TDOD)
CON PACIENTES TUBERCULOSOS
A
Demanda /Valoración
B.
Verificación si existe Hª
Social
C
Apertura del proceso.
D
Entrevista paciente.
E
Inclusión programa
TDO.
Paciente ingresado o consulta
externa.
F
PROTOCOLO
TRATAMIENTO
DIRECTAMENTE
OBSERVADO (TDO)
CON PACIENTES
TUBERCULOSOS
L Paciente sin techo.
CAST
Responsable del tratamiento
Contacto farmacia.
G Seguimiento del tratamiento.
H Interrupción.
I. Localización del /de la
paciente
J Abandono
K Finalización del tratamiento
M
Cierre del proceso.
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN TRATAMIENTO DIRECTAMENTE OBSERVADO (TDOD)
CON PACIENTES TUBERCULOSOS
A) DEMANDA DE VALORACIÓN/ INTERVENCIÓN.
Cuando el/la médico/a considera que un/a paciente diagnosticado/a de
TBC va a presentar dificultades en cuanto al cumplimiento del tratamiento
prescrito pedirá la valoración del/la ts.
Los factores de riesgo que hacen prever un mal cumplimiento son:
- Pacientes con mal cumplimiento previo.
- Pacientes que han demostrado dificultad en el seguimiento de otros
tratamientos: diabetes, antihipertensivos, dietas hipocalóricas, etc.
- Usuarios de sustancias psicoactivas: alcohol, drogas de todo tipo,
benzodiacepinas, etc.
- Personas con trastornos mentales.
- Personas que avisan desde el principio de que son incapaces de llevar
régimen terapéutico de forma continuada.
- Pacientes que no han realizado tratamiento profiláctico pautado previamente.
- Inmigrantes en situación irregular, sin cobertura sanitaria, con problemas
económicos graves y/o de hacinamiento en las viviendas que ocupan.
B) VERIFICACIÓN DE SI EXISTE PROCESO/S.
Se verifica en la base de datos
de la UTSH si hay procesos de
intervención anteriores sobre el paciente.
C) APERTURA PROCESO.
Se abre Proceso de Intervención Social, en el que se irá registrando la
información pertinente.
D) ENTREVISTA DE VALORACIÓN.
El/la ts obtendrá durante la entrevista los datos importantes relativos a
su localización (dirección, teléfono etc.…) En el caso de que no tuviera
domicilio habrá que consignar los lugares donde habitualmente pernocte (Casa
de Caridad, albergues etc...) organismos con los que mantiene alguna relación
(centros sociales, servicio de transeúntes, asociaciones de voluntariado, etc.…)
así como amigos/as u otras personas que puedan localizarlo en un momento
dado.
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN TRATAMIENTO OBSERVADO DIRECTAMENTE (TOD) CON PACIENTES
TUBERCULOSOS
Valorará
su
problemática
familiar,
social
y
económica,
si
es
consumidor/a o no de drogas, si sigue un tratamiento con metadona,… con el
fin de que pueda informarle de los recursos y tratamientos existentes y
ayudarle a ponerse en contacto con los servicios que los facilitan.
Labor de mentalización del/de la ts, explicando al/la enfermo/a la
gravedad de la enfermedad, la posibilidad hasta de que pueda morir si no se
medica correctamente y también el peligro de contagio que corren
sus
familiares más próximos si él/ella abandona el tratamiento. Tiene que advertirle
de que el/la ts va a hacer un seguimiento exhaustivo de su tratamiento hasta el
punto de que al menor fallo lo localizará de la forma que sea.
Y le advertirá de la duración del tratamiento (6 meses o 9 meses en
caso de padecer SIDA).
E) INCLUSION EN TDO.
Si el/la ts considera que el enfermo/a es apto para incluirlo en el TDO se
lo comunica al médico/a.
En caso de pacientes sin domicilio, se aconsejará el seguimiento a
través del Centro de apoyo al CAST (Centro de Atención a los Sin Techo del
municipio de Valencia) que será el responsable del tratamiento.
En
los
casos
de
pacientes
hospitalizados,
el/la
facultativo/a
correspondiente consignará en la epicrisis de alta que el/la enfermo/a pasa al
programa TDO especificando el tratamiento del/de la enfermo/a ambulatorio se
seguirá el mismo procedimiento mediante una nota detallada del mismo.
F) SELECCIÓN/ CONTACTO CON FARMACIA.
La búsqueda, en el listado de farmacias adscritas al TDO la hará el
Colegio Oficial de Farmacéuticos, buscando la más próxima al lugar en que
resida el/la enfermo/a. El/la ts se pondrá en contacto con el farmacéutico
correspondiente.
Se pautará entonces día y hora para una primera entrevista con el fin
de que ambos establezcan el horario en que se va a administrar la medicación.
El/la
ts
informará
al/la
farmacéutico/a
de
aquellas
características
y
107
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN TRATAMIENTO OBSERVADO DIRECTAMENTE (TOD) CON PACIENTES
TUBERCULOSOS
circunstancias del/de la enfermo/a que deba conocer él/ella para relacionarse
con el/la paciente en un futuro.
El/la paciente acudirá a la farmacia provisto de una copia de la epicrisis
y el protocolo del TDO en el que consta las dosis y calendario (fase de
inducción y fase de mantenimiento) así como las recetas correspondientes.
G) SEGUIMIENTO DEL TRATAMIENTO.
En el caso de que el/la farmacéutico/a detecte algún problema médico
derivado del tratamiento se pondrá en contacto con el/la facultativo/a
responsable de ese/a enfermo/a.
Bimensualmente el/la ts llama a la farmacia para verificar el
cumplimiento.
H) INTERRUPCION.
Siempre que haya un abandono de la medicación por parte del/de la
paciente, el/la farmacéutico/a se pondrá en contacto telefónico con el/la ts.
I) LOCALIZACIÓN DEL PACIENTE.
El/la ts tratará de localizarlo con la máxima urgencia y con todos los
medios a su alcance.
Las dosis que el/la enfermo/a no reciba se añadirán al final de la fase
correspondiente del tratamiento.
J) ABANDONO.
Se considera que un/a paciente ha abandonado el tratamiento cuando
esté un mes sin recibirlo. En este caso tendrá que iniciar el TDO desde un
principio.
K) FINALIZACIÓN DEL TRATAMIENTO.
Cuando el/la paciente finaliza el TDO así como cuando lo abandone
definitivamente, se pedirá al/la farmacéutico/a correspondiente que lo
108
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN TRATAMIENTO OBSERVADO DIRECTAMENTE (TOD) CON PACIENTES
TUBERCULOSOS
comunique al/ la ts por medio de un fax y se lo incluirá en la HC del/de la
paciente.
L) PACIENTE SIN TECHO.
El centro de apoyo al CAST supervisa y administra los tratamientos a
los/las enfermos/as de tuberculosis sin domicilio en el ámbito de la ciudad de
Valencia.
M) CIERRE DEL PROCESO.
Quedará debidamente registrada la intervención del/de la ts a lo largo de
todo el proceso según el sistema de registro establecido, así como el cierre del
proceso, al finalizar éste.
109
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN TRATAMIENTO OBSERVADO DIRECTAMENTE (TOD) CON PACIENTES
TUBERCULOSOS
Observaciones
Las recetas de los fármacos que se prescriban para la TBC si son de
aportación del 40% tendrán que llevar el cuño de “Campaña Sanitaria E.A” lo
que implica la exención de la aportación económica.
El control epidemiológico de los casos declarados lo hace el Servicio de
Epidemiología de la ciudad de Valencia en su ámbito y del resto de municipios
el Servicio de Salud Pública del Departamento correspondiente.
En caso de no encontrar farmacia disponible se acudirá al colegio de
Farmacéuticos
Colegio Oficial de Farmacéuticos de Alicante
C/ Jorge Juan, 8. 03002 Alicante
Tlfno: 96 520 40 33
Fax: 96 520 75 87
E-mail: [email protected]
Web: http://www.cofalicante.com/
Colegio Oficial de Farmacéuticos de Castellón
C/ Ebanista Hervás, 51. 12004 Castellón
Tlfno: 96 423 64 70
Fax: 96 422 31 94
E-mail: [email protected]
Colegio Oficial de Farmacéuticos de Valencia
C/ Conde de Montornés, 7. 46003 Valencia
Tlfno: 96 392 44 71
Fax: 96 391 27 27
E-mail: [email protected]
Web: http://www.cofv.es/
110
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN TRATAMIENTO DIRECTAMENTE OBSERVADO (TDOD)
CON PACIENTES TUBERCULOSOS
anexo g.1
NORMATIVA Y PUBLICACIONES DE REFERENCIA
-
Consellería de Sanitat. (2007) “Guía para la vigilancia y el control de la
tuberculosis” .Generalitat Valenciana.
-
Orden de 6 de marzo 2002 de la Consellería de Sanidad por la que se establecen
las condiciones de financiación, para los pacientes con tuberculosis, de las
especialidades con los principios activos: rifabutina, rifampicina, isionazida,
pirazinamida y etambutol. (DOGV nº 4212 de 18 de marzo de 2002).
-
Unidad de Trabajo Social del Consorcio Hospital General Universitario de
Valencia. 2006. “Proceso TDO”. (Documento no publicado)
ANEXO H.
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN PRE-POST TRASPLANTE.
UNIDAD TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO.
112
INTRODUCCIÓN
Los trasplantes tienen como finalidad proporcionar a sus receptores/as un
órgano que les va a brindar una nueva oportunidad en su vida.
Son muchos los/las profesionales y los medios implicados en el complejo
proceso que supone un trasplante y de ahí la necesidad de establecer unos
adecuados canales de coordinación que ayuden a garantizar el éxito del mismo.
Desde ésta perspectiva es imprescindible la intervención del/de la ts antes y
después del trasplante, dado que la calidad de vida relacionada con la salud se
compone de tres dimensiones: la física que se resuelve con el trasplante, la
emocional que precisa de la atención psíquica, y la social que precisa de la atención
e intervención social.
Esta intervención centrada en el abordaje integral de los/las enfermos/as pre y
post trasplantados/as y sus familias, consiste en realizar la valoración social del
paciente, la familia y su entorno. Planificar y desarrollar una intervención que permita
alcanzar los objetivos propuestos con el/la paciente, desde un punto de vista
multidisciplinar. Realizando las actuaciones, trámites y gestiones que se consideren
pertinentes, estableciendo para ello unos adecuados canales de coordinación
y
seguimiento tanto a nivel intra como extrahospitalario.
Dentro de las diferentes modalidades de trasplantes que se llevan a cabo, el
trasplante hepático requiere una mención especial, ya que en muchos casos las
enfermedades hepáticas crónicas, como la cirrosis, son causadas por el consumo
excesivo de alcohol, que lleva aparejado situaciones de desestructuración familiar,
social y laboral en la mayoría de los casos. En estas circunstancias la intervención
del/la ts resulta vinculante.
DEFINICIÓN FUNCIONAL DEL PROCESO.
Se trata de las actividades secuenciales que se realizan siempre y en ese
orden cuando el/la ts actúa con un paciente susceptible de trasplante.
El límite inicial del proceso es la demanda de valoración/ intervención o la
captación del paciente por el/la ts y el límite final del proceso es el alta social que se
produce cuando a criterio del/de la ts se finaliza el proceso de intervención por
resolución, abandono voluntario de la intervención o éxitus.
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN PRE-POST TRASPLANTE
OBJETIVOS
• Aportar al equipo de salud las variables sociales, económicas y familiares que
pueden incidir en el pre y post trasplante.
• Intervenir sobre los factores sociales de los enfermos/as pre y post trasplantados/as
y sus familias que impidan la mejora de la calidad de vida.
• Contribuir a recuperar la calidad de vida del paciente por medio de los recursos
psicológicos y sociales existentes.
• Establecer pautas de coordinación entre los diferentes niveles sanitarios y con las
Asociaciones y Fundaciones de Enfermos que intervienen en el campo de los pre y
post trasplantados/as.
• Establecer pautas de actuación y seguimiento entre Atención Primaria,
asociaciones de enfermos/as antes, durante y después del trasplante.
DIAGRAMA DE FLUJO
ETAPAS DE INTERVENCIÓN PROFESIONAL:
-
Pretrasplante.
-
Postrasplante.
114
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN PRE-POST TRASPLANTE
PROTOCOLO DE
INTERVENCIÓN EN
PRE-TRASPLANTE
A Demanda de
Valoración a UTSH
B Verificar si
existe Hª Social
C Apertura Hª
Social
D Entrevista de valoración usuario y/o familia
E Recogida de otra información
F Elaboración de plan
individualizado
Plan
Alternativo
G Aportar diagnóstico al equipo
sanitario Elaborar plan
individualizado
E Recogida de otra información
SI
H Se plantea Elaborap
lanlllplaindiindividualizadoRecogida
plan al
de otra
información
Usuario
y/o
Familia
NO
I Actuaciones que
desarrollan el plan
J Cierre del
proceso
115
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN PRE-POST TRASPLANTE
PROTOCOLO DE
INTERVENCIÓN EN
POST-TRASPLANTE
PACIENTES
TRASPLANTADOS
K Valorar necesidad de continuar
la intervención social
Plan
alternativo
L Recogida de otra información
M Elaboración plan
individualizado
E Recogida de otra información
Elaboraplanlllplaindii
ndividualizadoRecogi
daNdeSe
otra
plantea
información
plan al Usuario
y/ o Familia
NO
NO
SI
O Actuaciones que desarrolla el plan
P Cierre del
proceso
116
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN PRE-POST TRASPLANTE
ETAPAS DEL PROCESO PRE TRASPLANTE.
Con los/las pacientes considerados como candidatos a trasplante se inicia el
protocolo de “estudio de pretrasplante”.
Este protocolo se realizará de forma ambulatoria o mediante ingreso
hospitalario, dependiendo del estado del paciente, disponibilidad del transporte, en
ocasiones, es posible efectuarlo en el hospital de referencia de su provincia,
aportando todas las pruebas necesarias.
Finalizado el estudio, se valora cada caso de forma individual en sesión
clínica y si el/la paciente se encuentra en condiciones de recibir un trasplante es
incluido en lista de espera.
A. DEMANDA DE VALORACIÓN/ INTERVENCIÓN A LA UTSH.
La valoración/ intervención puede darse por:
Iniciativa propia del usuario:
-
Conocimiento del servicio con anterioridad.
-
Presuponen la existencia del servicio.
-
Boca -oído otros pacientes.
Derivación externa:
-
Centros de Atención Primaria.
-
Otros hospitales: de agudos, de crónicos…
-
Centros de Municipales de Servicios Sociales.
-
Unidades de Salud Mental.
-
Asociaciones o Fundaciones de Enfermos/as.
Derivación interna:
-
Pacientes en estudio para inclusión en lista de espera de trasplante procedentes
de los diferentes equipos de trasplantes del hospital. En los trasplantes
hepáticos mediante circular informativa. (Anexo j.1)
-
Consultas Externas.
117
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN PRE-POST TRASPLANTE
B. VERIFICACIÓN SI EXISTE HISTORIA SOCIAL.
Se busca en la base de datos si existe Historia Social
abierta de
intervenciones anteriores. Se dispone de la información previa a través del motivo de
derivación y a través de HS anterior si ya existiera.
C. APERTURA DE HISTORIA SOCIAL.
Si existiera HS anterior se saca del archivo. Se abre nuevo Proceso de
Intervención Social en el que se irá registrando la información pertinente.
D. ENTREVISTA DE VALORACIÓN AL USUARIO O FAMILIA.
Se realiza primera entrevista en la UTSH o en la sala.
Se proporciona apoyo psicosocial en la valoración mediante la escucha, en que se:
o Identifica problemas.
o Sugiere soluciones.
o Propone recursos.
o Consensua el plan o parte del plan.
E. RECOGIDA DE OTRA INFORMACIÓN.
Se puede hacer simultáneamente durante la entrevista o posteriormente.
Consiste en contactar con algún miembro del equipo sanitario para informarse sobre
diagnóstico, pronóstico, tratamiento, previsión de alta, grado de autonomía para las
actividades de la vida diaria, etc.
Atendiendo a la modalidad del trasplante, se
establece coordinación extra hospitalaria con el/la ts del CAP de zona o en su
defecto con el CMSS para recopilar información in situ del/la paciente y su entorno,
para valorar las condiciones higiénico-sanitarias de la vivienda y el apoyo familiar
disponible.
F. ELABORACIÓN DE PLAN INDIVIDUALIZADO.
De acuerdo con la valoración profesional se elabora una propuesta de
intervención adecuada a la fase del pretrasplante.
-
Con proposición de recursos o no
118
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN PRE-POST TRASPLANTE
-
Reforzando actitudes, decisiones.
-
Reduciendo ansiedades.
-
Haciendo una previsión de nuevos problemas, en base a determinados
diagnósticos tanto médicos como sociales.
G. SE APORTA DIAGNOSTICO SOCIAL AL EQUIPO SANITARIO.
Permitirá conocer la situación psicosocial del/de la paciente y aportarlo al
equipo de trasplante como elemento necesario del tratamiento integral.
En los trasplantes hepáticos esta información es canalizada por medio del
informe social al equipo de trasplante que considera vinculante la valoración del/la ts
a la hora de incluir al paciente en lista de espera.
H. SE PRESENTA AL USUARIO / FAMILIA EL PLAN.
Que puede ser aceptado o rechazado, revisando éste y proponiendo
alternativas si las hay (nuevo plan).
I. ACTUACIONES QUE DESARROLLA EL PLAN.
- Gestiones / tramitaciones para la obtención de recursos: En los casos en que sea
necesario el/la ts realiza las gestiones, en otros orienta al paciente o al familiar, o
deriva generalmente al/la ts del CMSS o del CAP.
Estas gestiones / tramitaciones pueden ser:
Intrahospitalarias: petición y obtención de informe médico.
Extrahospitalarias:
Solicitud
reconocimiento
Pensiones No Contributivas, prestaciones de
grado
de
discapacidad,
Incapacidad Permanente de la
Seguridad Social, aplicación de la Ley de Sistema de Atención a la Dependencia y
prestaciones que de ella se derivan, etc.
-
Elaboración de Informe Social si ha lugar.
J. CIERRE DEL PROCESO.
Con carácter general en la fase del pretrasplante se da por finalizado el
proceso de intervención social por: resolución, abandono voluntario de la misma o
éxitus.
119
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN PRE-POST TRASPLANTE
Una vez finalizado el proceso de intervención, se registra el proceso según modelo
de registro establecido en la UTSH.
ETAPAS DEL PROCESO POSTRASPLANTE.
Existen diferentes situaciones en las que la intervención del/de la ts no ha
podido llevarse a cabo y/o finalizar en la fase del pretrasplante como son:
- Código “0”: pacientes que encontrándose previamente bien, presentan
un fallo hepático agudo, presentándose la denominada hepatitis fulminante. En
estos casos, se considera que el paciente tiene un riesgo inminente de
fallecimiento por lo que precisa de un trasplante urgente.
- No hay conocimiento del caso desde la UTSH durante el pretrasplante:
se trataría de los pacientes que han realizado todo su protocolo de estudio en
otros centros hospitalarios.
- Existen gestiones y/o tramitaciones pendientes de las que nadie se
responsabiliza.
- Detección de una serie de indicadores de riesgo durante su ingreso
hospitalario que hay que analizar y resolver. Éstos indicadores de riesgo, entre
otros, pueden ser:
*Apoyo familiar inexistente o insuficiente.
*Falta de hábitos de higiene personal y autocuidados.
K)
VALORACIÓN DE LA NECESIDAD DE CONTINUAR LA INTERVENCIÓN
SOCIAL.
De esta valoración se puede desprender la necesidad de que continúe la
intervención social para garantizar al/la paciente un abordaje integral de su
problemática, que permita la adecuada resolución de su situación.
L) RECOGIDA DE OTRA INFORMACIÓN.
Mediante las entrevistas y/ o reuniones de coordinación con el equipo sanitario
nos informaremos sobre pronóstico, previsión de alta, grado de autonomía para las
actividades de la vida diaria, etc. Se establece coordinación extra hospitalaria con
120
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN PRE-POST TRASPLANTE
el/la ts del CAP de zona o en su defecto con el CMSS para poder reevaluar las
condiciones higiénico-sanitarias de la vivienda y el apoyo familiar disponible
M. ELABORACIÓN PLAN INDIVIDUALIZADO:
Se elabora una nueva propuesta de intervención adecuada a la fase del post
trasplante, dirigida a los/las pacientes que están hospitalizados tanto a nivel:
-Intrahospitalario.
-Extrahospitalario.
N. SE PRESENTA AL USUARIO / FAMILIA EL PLAN.
Que puede ser aceptado o rechazado, revisando éste y proponiendo
alternativas si las hay (nuevo plan).
O. ACTUACIONES QUE DESARROLLA EL PLAN:
•Gestiones / tramitaciones para la obtención de recursos: el/la ts ejerce un pseudotutelaje en los casos en que nadie se responsabiliza de realizar las gestiones. En
otros delega en un familiar y/o amistad, o se coordina con el/la ts del CAP o CMSS
para la realización de las mismas.
•Coordinación con profesionales sanitarios.
•Coordinación con profesionales de Asociaciones de apoyo.
•Coordinación con profesionales de la zona implicados/as en el caso. Se realizará
tanto con pacientes hospitalizados o pacientes al alta hospitalaria.
P. CIERRE DEL PROCESO.
Quedará debidamente registrada la intervención del/de la ts a lo largo de todo
el proceso según el sistema de registro establecido, así como el cierre del proceso, al
finalizar éste.
CRITERIOS DE ACTUACIÓN:
- Fomentar la responsabilidad de/la paciente en sus cuidados y en la toma de
medicación.
- Evidenciar el componente solidario de la situación en la que el/la paciente se
encuentra inmerso y de la cual se ha beneficiado.
121
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN PRE-POST TRASPLANTE
- Incidir en el compromiso de no practicar hábitos nocivos que propicien una
regresión en la evolución del trasplante (tabaco, alcohol, etc.)
122
COORDINACION DE TRASPLANTES
INCLUSIÓN EN LISTA DE ESPERA DE TRASPLANTES
D./ª
sido incluido con fecha de
, comunicándolo a
la
Organización
, ha
en Lista de Espera de trasplante
Nacional de Trasplantes.
Cuando aparezca un donante adecuado para usted le avisaremos para que
acuda al Hospital. Este aviso puede surgir a cualquier hora de cualquier día, por
lo tanto es imprescindible que esté perfectamente localizable, para ello
disponemos
de
estos
teléfonos:
, por favor confírmenos que son correctos.
NORMAS A SEGUIR
1. Debe continuar con su vida normal, siguiendo las instrucciones de su
médico.
2. Cuando se le avise para venir al Hospital, debe quedarse en ayunas.
3. Si no puede desplazarse al Hospital por sus medios, contacte con
anterioridad con su médico de cabecera para que le facilite una ambulancia
(volante P10 sin fecha).
4. Cuando se le avise deberá acudir a Puertas de Urgencia en el menor
tiempo posible, donde notificara que viene para trasplante. Allí le estarán
esperando y le indicaran donde dirigirse.
5. Debe usted saber que cuando le avisemos para el trasplante estará
siempre condicionado a la valoración definitiva del órgano por el equipo
quirúrgico de extracción.
ASPECTOS IMPORTANTES
- Le recomendamos que en su próxima visita al Hospital, se persone en la
oficina de
Coordinación de Trasplantes, situada en la 6ª Planta 3ª Sección
Hospital General, con el fin de poder aclararle las dudas con respecto al proceso
que Vd. pueda tener.
- Deberá pasar también por la Unidad de Trabajo Social (situada en la
planta baja de 9 a 14 horas de lunes a viernes), o llamar por teléfono a los
números 96 3860208 y 96 3862750.
Agradeceríamos
circunstancias:
que
comunicara
a
esta
Coordinación
las
siguientes
1. Desplazamientos que precise hacer fuera de nuestra Comunidad.
2. Cambios de domicilio o de número de teléfono.
3. Cambios importantes en la situación clínica (ingresos o complicaciones)
para poder adecuar la realización del trasplante a estas circunstancias.
4. En caso de fallecimiento o ingreso en otro hospital antes del trasplante, es
importante que se nos informe para evitar malos entendidos desagradables.
TELEFONOS DE CONTACTO: 961973005 Y 963862730 (horario de
oficina)
anexo h.1
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN EN PRE-POST TRASPLANTE
anexo h.2
NORMATIVA Y PUBLICACIONES DE REFERENCIA
- Consellería de Sanitat. Generalitat Valenciana. (2007) “Guía de Información al
paciente; trasplante hepático”.
- Herrera, J. M., Getino Mª A. (1999) “Protocolo de Coordinación de la actuación con
enfermos pre y post trasplantados y sus familias en la Comunidad Canaria”. Revista
Trabajo Social y Salud nº 32.
- I Jornadas de Intervención Multidisciplinar en Fibrosis Quísitica. Barcelona 18 y 19
Junio de 2009
<http://www.fibrosisquistica.org/images/recursos/63.pdf> [Consulta: 31
marzo 2010]
- Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos. (BOE nº
266, de 6 de noviembre de 1979).
- Morales, P. Román, A. Coordinadores (2008) Manual Separ de procedimientos. Nº
15 “Evaluación clínica y procedimientos de remisión del paciente candidato a
trasplante pulmonar”. Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica.
- Real Decreto 2070 / 1999, de 30 de Diciembre, por el que se regulan las
actividades de obtención y utilización clínica de órganos humanos y la coordinación
territorial en materia de donación y trasplante de órganos y tejidos (BOE nº 3, de 4
de enero de 2000).
-
Real Decreto 411/1996 de 1 de marzo, del Ministerio de Sanidad y Consumo,
por el que se regulan las actividades relativas a la utilización de Tejidos
Humanos (BOE nº 72, de 23 de marzo de 1996).
-
Unidad de Trabajo Social del Hospital Universitario La Fe de Valencia. 2006.
“Protocolo de intervención del ts en el equipo de trasplante de órganos”.
(Documento no publicado)
-
Unidad de Trabajo Social del Hospital Universitario La Fe de Valencia. 2006.
“Protocolo de intervención del ts en un equipo de transplante pulmonar”.
(Documento no publicado)
-
Unidad de Trabajo Social del Hospital Universitario La Fe de Valencia. 2006.
“Protocolo de intervención del ts con pacientes VIH susceptibles de transplante”.
(Documento no publicado)
124
ANEXO I
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES.
UNIDAD DE TRABAJO SOCIAL HOSPITALARIO.
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
INTRODUCCIÓN
La incapacitación es una forma de limitar y restringir la capacidad de obrar de
una persona.
Se constituye por sentencia judicial que determinará la extensión y los límites
de la incapacitación (incapacidad total o parcial), así como el régimen de tutela o
guarda a la que haya de quedar sometido el/la incapacitado/a pronunciándose
asimismo sobre la necesidad de internamiento.
Incapacidad
Total
Para que se incapacite a una persona totalmente, no es sólo suficiente que padezca
una enfermedad persistente de carácter físico o psíquico, sino que es necesario que
se pruebe que dicha persona es completamente incapaz de gobernar su persona y
administrar sus bienes.
Incapacidad
Parcial
Al igual que en la incapacitación total, el/la presunto/a incapaz padece una
enfermedad persistente de carácter físico o psíquico, pero a diferencia que en el
caso anterior la incapacitación no es total sino de tipo medio o atenuado, viéndose
afectada de forma parcial la capacidad de autogobierno de su persona y de
administración de sus bienes.
El procedimiento de incapacitación se inicia con un escrito (demanda),
en el que se pone en conocimiento del/de la Juez/a la existencia de una enfermedad
o deficiencia persistente de carácter físico o psíquico en una determinada persona.
En este procedimiento el/la presunto/a incapaz puede comparecer en el proceso con
abogado/a y procurador/ra o podrá ser defendido/a por el Ministerio Fiscal. El
estatuto jurídico de/la incapaz es diferente al del/de la presunto/a incapaz: los actos
que realiza un/a incapaz son nulos de pleno derecho, y los que realiza un/a
presunto/a incapaz son anulables.
En los procesos de incapacitación se practicarán las siguientes pruebas:
-
Prueba documental: consistente en los documentos públicos o privados
(informes médicos emitidos por los/las especialistas que hubieran atendido al
presunto/a incapaz) que se aportaron al escrito inicial para acreditar la
discapacidad o enfermedad.
126
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
- Audiencia de parientes: consistente en que por el/la Juez/a sean oídos
los/las
parientes
cercanos
del/de
la
presunto/a
incapaz,
quienes
serán
preguntados/as por su relación de parentesco, sobre la deficiencia que padece y si
están de acuerdo con el procedimiento de incapacidad. Se establece como una
garantía más del/de la presunto/a incapaz y para un mayor conocimiento de su
personalidad.
- Examen por el Juez del/de la presunto/a incapaz: con quien hablará para
tener un primer criterio sobre el alcance de su discapacidad. Lo que constituye la
máxima garantía del/de la presunto/a incapaz, puesto que en ese momento el/la
interesado/a puede expresar sus propias opiniones ante el/la Juez/a, y éste/a puede
constatar por sí las propias habilidades y capacidades del/de la interesado/a para el
mayor detalle de los límites de la capacidad de obrar que deben establecerse en la
sentencia.
El/la
Juez/a
acordará
los
dictámenes periciales médicos necesarios
encaminados a probar que existe la enfermedad o deficiencia física o psíquica, el tipo
o clase, si ésta es permanente y si dicha enfermedad o deficiencia impiden al/la
presunto/a incapaz gobernar su persona y/o administrar sus bienes (si es total o
parcial).
DEFINICIÓN FUNCIONAL DEL PROCESO.
Se trata de las actividades secuenciales que se realizan siempre y en ese
orden cuando la UTSH interviene ante un7a presunto/a incapaz y su posible
incapacitación legal.
Los/las destinatarios/as del proceso son las personas presuntamente
incapaces, al tener disminuida o anulada su capacidad para obrar entendiéndose
como la capacidad real del ejercicio de los derechos y del cumplimiento de las
obligaciones.
El límite inicial es la presunción de incapacidad por parte de los familiares, del
personal sanitario y del/la ts, y el límite final del proceso es la finalización de las
actuaciones necesarias para la resolución judicial.
OBJETIVOS DEL PROCESO
Dotar de protección al presunto incapaz, de la que carece, en razón de
propiciar el cumplimiento de los derechos que le son inherentes.
127
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
Permitir que personas con falta de capacidad puedan actuar a través de sus
representantes legales o con la asistencia de otros que lo complementen.
Informar a los familiares del procedimiento de trámite de la incapacitación, así
como sus características y consecuencias.
Resolver
adecuadamente
las
diferentes
situaciones
sociosanitarias.
Diferenciando las situaciones siguientes:
- Notificación de una presunta incapacidad ante el ministerio fiscal.
-Solicitud de autorización judicial para internamiento no voluntario en centro
adecuado.
DIAGRAMAS DE FLUJO.
Según cada situación:
128
A Demanda de Valoración/ Intervención
de la UTSH
PROTOCOLO DE
NOTIFICACIÓN ANTE
UNA PRESUNTA
INCAPACIDAD
B Verificación de
si existe Hª Social.
C
Apertura de
Hª Social
D
Entrevista valoración
usuario y/o familia.
E
Recogida de otra
información.
F Aportar diagnóstico
social al equipo médico.
No hay familia
Hay familia
G
Información sobre el
procedimiento.
J UTSH pone en
conocimiento del Mº
Fiscal
Informe médico.
H
Promueve
la demanda.
I
No promueve la
demanda.
Informe social.
K
Comunicación al
Juzgado de 1ª Instancia.
L Cierre del
proceso
129
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
A. DEMANDA DE VALORACIÓN/INTERVENCIÓN DE LA UTSH ANTE
UN/UNA PRESUNTO/A INCAPAZ.
La comunicación de la detección de un/a presunto/a incapaz a la UTSH
puede realizarse por parte de cualquiera de los servicios del hospital, por
iniciativa propia del/ de la usuario/a, familiares o persona distinta que tenga
conocimiento de la situación.
B. VERIFICACIÓN SI EXISTE HISTORIA SOCIAL.
Se busca en la base de datos si existe HS abierta de intervenciones
anteriores. Se dispone de la información previa a través del
motivo de
derivación y a través de HS anterior si ya existiera.
C. APERTURA DE HISTORIA SOCIAL.
Si existiera HS anterior se saca del archivo. Se abre nuevo Proceso de
Intervención Social en el que se irá registrando la información pertinente.
D. ENTREVISTA DE VALORACIÓN AL USUARIO Y/O FAMILIAR.
Se realiza una primera entrevista en sala, urgencias, habitación del
hospital o despacho del/de la ts, (según situación del paciente). Se proporciona
apoyo psico-social a la par que se:
- Identifican problemas.
- Sugieren soluciones.
- Informa y orienta.
- Proponen recursos.
E RECOGIDA DE OTRA INFORMACIÓN.
Se hace simultáneamente durante la entrevista o posteriormente.
Consiste en contactar con el equipo sanitario para informarse sobre
diagnóstico, pronóstico, tratamiento, previsión de alta, grado de autonomía para
las actividades de la vida diaria, capacidad de la persona para elegir y tomar
decisiones por si mismo, etc. Consultar también la base de datos, y contactar
con otros servicios del exterior (CMSS, CAP,...), familiares o conocidos/as que
puedan proporcionar algún tipo de información al respecto.
130
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
F. APORTAR DIAGNÓSTICO SOCIAL AL EQUIPO MÉDICO.
El diagnóstico social puede variar el plan terapéutico y permite
consensuar con el equipo sanitario la presunción de incapacidad del/de la
paciente, el alta y el tratamiento extra-hospitalario.
G.
INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE INCAPACITACIÓN
JUDICIAL.
En caso de que el/la presunto/a incapaz tenga familia, se informará a
ésta sobre la incapacitación judicial del/de la paciente y el procedimiento a
seguir para solicitarla: en que consiste la incapacitación, que efectos tiene, que
obligaciones conlleva, quien puede presentarla, documentación necesaria, etc.
H. LA FAMILIA PROMUEVE LA DEMANDA.
La ley establece que podrán solicitar la incapacitación legal del/de la
enfermo/a,
los familiares más cercanos en el siguiente orden: cónyuge (o
quien se encuentre en situación de hecho asimilable) e hijos/as, y a falta de
estos, los/las ascendientes y hermano/as del/de la presunto/a incapaz. En este
caso, el Ministerio Fiscal asumirá la representación y defensa del/de la
demandado/a si no comparece con su propia representación procesal.
En caso de que sea la familia la que promueva la demanda de
incapacitación judicial, se les facilitará el documento que consta en el Anexo i.1
y se da por finalizada la intervención del/de la ts en este aspecto.
I. LA FAMILIA NO PROMUEVE LA DEMANDA.
En caso de que la familia no promueva la demanda de incapacitación se
pasará a actuar como si el/la paciente no tuviera familia (paso J)
J.
NOTIFICACIÓN DE UNA PRESUNTA INCAPACIDAD AL MINISTERIO
FISCAL.
En caso de que no exista familia, o existiendo,
ésta no promueva la
demanda de incapacitación judicial del/de la paciente ,
y siempre que se
considere que el/la paciente se encuentra en una situación de desprotección y
sin capacidad para elegir y tomar decisiones sobre
aquellos aspectos
importantes de su vida, se pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal la
131
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
existencia de un presunto incapaz. Se adjunta en el anexo i.2 modelo de
notificación de una presunta incapacidad, que se acompañará de informe
médico e informe social.
La ley establece que las autoridades y funcionarios públicos que por razón de
sus cargos, conocieran la existencia de posible causa de incapacitación en una
persona, deberán ponerlo en conocimiento del Ministerio Fiscal, siendo el
Ministerio Fiscal quien solicite la incapacitación legal.
Se nombrará un
Defensor Judicial que represente al/la enfermo/a en el proceso.
Informe médico.
Al escrito que solicita el procedimiento de incapacitación hay que
adjuntar informe médico del hospital que aporte alguna información relevante
por la cual se considere necesario iniciar el procedimiento de incapacitación
judicial
Informe social.
Conviene adjuntar a los documentos anteriores un informe social
realizado por el/la ts, con toda aquella información que pueda ser de utilidad en
el proceso de incapacitación del/de la paciente.
K. COMUNICACIÓN AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA.
La carta de inicio de incapacidad dirigida al Ministerio Fiscal, junto con
el informe médico y el informe social, se debe enviar al Juzgado de Primera
Instancia del lugar donde resida el/la paciente,
para que se inicie el
procedimiento de incapacitación judicial. (Anexo i.2)
La resolución judicial se comunicará generalmente, con posterioridad a
la hospitalización, salvo en casos excepcionales en los que por su gravedad o
urgencia se resuelve antes del alta hospitalaria. La sentencia judicial
determinará la extensión y límites de la incapacidad
(total o parcial),
el
régimen de tutela aplicable y la persona encargada de la tutela.
L. CIERRE DEL PROCESO
Quedará debidamente registrada la intervención del/de la ts a lo largo de
todo el proceso según el sistema de registro establecido, así como el cierre del
proceso al finalizar éste
132
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
A
Demanda de Valoración/Intervención de
la UTSH
PROTOCOLO DE
INGRESO NO
VOLUNTARIO EN
CENTRO ADECUADO
Auto internamiento
B Verificación de si
existe Hª Social
C
Apertura de
Hª Social
D Entrevista valoración
usuario y/o familia.
Hay familia
E Información sobre el
procedimiento de solicitud
de autorización judicial de
ingreso
F
Promueve
la solicitud.
G No promueve
la solicitud.
No hay familia
H
La UTS solicita al
Juzgado autorización de
ingreso
I Solicitud
plaza pública
J Ingreso en
residencia o centro
adecuado.
K Cierre del proceso
133
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
A. DEMANDA DE VALORACIÓN/INTERVENCIÓN DE LA UTSH ANTE LA
DETECCIÓN DE UN PRESUNTO INCAPAZ O DE INCAPAZ RECONOCIDO
JUDICIALMENTE PARA SU INGRESO EN PLAZA PÚBLICA.
La comunicación a la UTSH de la detección de un/a presunto/a incapaz
o de
incapaz reconocido/a judicialmente,
puede realizarse por parte de
cualquiera de los servicios del hospital, por iniciativa propia del/de la usuario/a,
familiares o persona distinta que tenga conocimiento de la situación.
B. VERIFICACIÓN SI EXISTE HISTORIA SOCIAL.
Se busca en la base de datos si existe HS abierta de intervenciones
anteriores, en caso contrario se abre HS.
C. APERTURA DE HISTORIA SOCIAL.
Si existiera HS anterior se saca del archivo. Se abre nuevo Proceso de
Intervención Social en el que se irá registrando la información pertinente.
D. ENTREVISTA DE VALORACIÓN AL USUARIO Y/O FAMILIAR.
Se realiza una primera entrevista en sala, urgencias, habitación del
hospital o despacho del/de la ts, (según situación del paciente). Se proporciona
apoyo psicosocial a la par que se:
- Identifican problemas para el cuidado en el domicilio.
- Sugieren soluciones alternativas al internamiento.
- Valora si el ingreso en centro es el recurso más idóneo.
- Se conoce si se trata de un presunto incapaz o de una persona incapacitada
judicialmente.
- Informa y orienta sobre el procedimiento de ingreso en plaza pública
E.
INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE
AUTORIZACIÓN JUDICIAL DE INGRESO.
Incapacitado/a judicialmente:
En caso de que el/la incapaz tenga familia, se informará a ésta que el
internamiento de una persona mayor que carece de capacidad de autogobierno
requerirá, previo a su ingreso en una residencia (ingreso ordinario), la
134
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
existencia de una autorización judicial de internamiento involuntario. Se realiza
por tanto, contra la voluntad del/de la paciente o al menos sin la concurrencia
de su voluntad, bien porque éste/a no lo desea o bien porque no posea
capacidad de autogobierno suficiente para decidir su ingreso (Código Civil art.
211).
Presunto incapaz:
Cuando media un informe médico que pone de manifiesto la existencia
de una patología mental que afecta de modo notable a la capacidad de
decisión, la “presunción de capacidad” se torna “presunción de incapacidad”.
Una vez establecida la “presunción de incapacidad los ingresos
residenciales no se contemplen ya como voluntarios, sino como “involuntarios”
y se sometan a control judicial.
Otra de las consecuencias de este estado es que cualquier persona
puede ponerlo en conocimiento del Ministerio Fiscal al objeto de que valore la
necesidad o conveniencia de instar la declaración de incapacidad.
La incapacitación resulta imprescindible para realizar actos sobre el/la
incapaz para los cuales, es necesaria la autorización judicial
Así mismo se informará que para el ingreso en plaza pública será
requisito suficiente presentar copia de la solicitud de autorización judicial para
el ingreso en plaza pública con registro de entrada en el Juzgado.
F. LA FAMILIA PROMUEVE LA SOLICITUD.
En caso de que sea la familia la que promueva la solicitud de
autorización judicial para el ingreso en plaza pública, se les facilitará el
documento del Anexo i.3 y se da por finalizada la intervención del/de la ts en
este aspecto.
G. LA FAMILIA NO PROMUEVE LA SOLICITUD.
En caso de que la familia no promueva la solicitud de autorización
judicial para el ingreso en plaza pública, se pasará a actuar como si el/la
paciente no tuviera familia. (Paso H).
135
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
H. LA UTSH SOLICITA AL JUZGADO AUTORIZACIÓN DE INGRESO.
En caso de que no exista familia o que sí exista, pero que ésta no
promueva la solicitud de autorización judicial para el ingreso en plaza pública
del/de la paciente, el/la ts solicitará al Juzgado autorización de ingreso según
modelo que consta en el Anexo i.3.
I. SOLICITUD DE PLAZA PÚBLICA
Solicitud ordinaria
Se solicita plaza de residencia por el procedimiento habitual a la que se
adjunta copia solicitud de autorización judicial siempre y resolución de
incapacidad si la hubiera.
Solicitud urgente
El/la ts deberá elaborar un informe social con todos los datos que obren
en su poder
El /la médico/a deberá emitir un informe médico indicando la existencia
de trastorno psíquico, la conveniencia del ingreso en una residencia, la falta de
capacidad del mayor para decidir por sí mismo y la urgencia de la intervención
El/la ts deberá poner los hechos en conocimiento de la CBS, Sección
Tercera Edad, por el medio más rápido: teléfono, fax, solicitando que con
carácter prioritario y urgente se facilite una plaza en residencia u otro recurso
asistencial, adjuntando a la documentación requerida en el procedimiento
habitual, el informe social y médico que justifiquen el carácter urgente.
J INGRESO EN RESIDENCIA O CENTRO ADECUADO
Recibida por parte de la CBS la resolución de concesión de plaza en
residencia de tercera edad o centro adecuado, y tras el alta clínica se
procederá al traslado del/de la paciente a dicho centro.
Generalmente se procede al ingreso sin la autorización judicial, aunque
a veces el/la médico/a forense y el/la juez/a se personan en el hospital para
practicar las pruebas y se produce la resolución judicial de autorización del
internamiento mediante un “auto de internamiento” previa al ingreso.
136
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
K CIERRE DEL PROCESO
Debidamente presentada la solicitud ante el juzgado, quedará copia de
la misma en la HS del/de la paciente y otra copia se adjuntará a la solicitud de
ingreso en centro adecuado.
Quedará debidamente registrada la intervención del/de la ts a lo largo de
todo el proceso según el sistema de registro establecido, así como el cierre del
proceso, al finalizar éste.
137
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
CRITERIOS DE ACTUACIÓN
- Potenciar que sea la familia quien promueva el proceso.
- Ser conscientes de las dificultades que estos procesos implican para los
familiares no conocedores del sistema judicial y sus procedimientos,
facilitando tanta información y documentación como precisen.
- Propiciar que el proceso de incapacitación suponga acción protectora para
el familiar vivido de forma positiva.
- Valoración exhaustiva que permita decidir adecuadamente el inicio del
expediente de incapacitación desde el hospital o la derivación del paciente
al domicilio desde donde la familia o los servicios sociales municipales
iniciarán dicha tramitación.
138
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
anexo i.1
Ilmo. Sr. Fiscal :
D./Dª______________________________________________________
_____, mayor de edad, con domiclio en_________________________,
calle___________________________________, nº_______ y con
DNI
nº______________________, y a los efectos de poder representar ante la
Administración
Pública
a
D./Dª__________________________________________________________c
on
DNI_______________________nacido
el
día_______de_________________de ___________, en la localidad de
__________________________, provincia de ________________________.
DECLARA bajo su responsabilidad:
1º) Que tiene bajo su guarda y cuidado a la persona anteriormente
citada
por
las
razones
que
a
continuación
se
expresan:_______________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_____________________________
2º) Que dicha persona presenta síntomas de una presumible falta de
capacidad y autogobierno, por lo que se adjunta informe médico.
3º)
Que
el
presunto
incapaz
tiene
los
siguientes
familiares________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
__________________________________
(relacionarlos
con
nombres,
apellidos, DNI, dirección y grado de parentesco; en el caso de que no se
conozcan indicarlo).
4º) Que pondrá en conocimiento de la Administración Pública de forma
inmediata cualquier cambio que, en relación a la custodia del presunto incapaz,
puede acaecer en el futuro.
En ____________________ a __ de______________de 20____
Fdo.:
DECANATO DE LOS JUZGADOS DE LA CIUDAD DE____________________
139
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
Adjuntándose la siguiente documentación:
-
Certificado médico del/de la presunto/a incapaz.
Fotocopia del DNI del/de la presunto/a incapaz.
Fotocopia del DNI del familiar que notifica la presunta incapacidad.
DECANATO DE LOS JUZGADOS DE LA CIUDAD DE____________________
140
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
anexo i.2
Ilmo. Sr. Fiscal :
A los efectos de lo previsto en el artículo 203 del Código Civil, se pone
en su conocimiento los siguientes hechos:
1º) Que la Unidad de Trabajo Social en su ejercicio profesional en el
Hospital_________________________________________________________
_____________, ha detectado la existencia de una posible causa de
incapacitación
en
la
persona
de
D./Dª
________________________________________________________,
con
DNI
nº______________________,
nacido/a
el
día_______de_________________de ___________, en la localidad de
__________________________, provincia de ________________________, y
estado civil _________________.
2º) Que dicha persona presenta síntomas de una presumible falta de
capacidad y autogobierno, por lo que se adjunta informe médico.
3º) Que no consta a esta parte que dicha persona esté declarada
incapaz por resolución judicial.
4º)
Que
el
presunto
incapaz
tiene
los
siguientes
familiares________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
__________________________________
(relacionarlos
con
nombres,
apellidos, DNI, dirección y grado de parentesco; en el caso de que no se
conozcan indicarlo).
5º) Si existe guardador de hecho se especificará su nombre, apellidos,
DNI
y
dirección
______________________________________________________________.
Lo que se comunica a los efectos oportunos.
En
20____
_____________________,
a
______
de________________de
Fdo.:
Trabajador/a social.
Nº Colegiado:
DECANATO DE LOS JUZGADOS DE LA CIUDAD DE_________________
141
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
Adjuntándose la siguiente documentación:
-
Certificado médico del/de la presunto/a incapaz.
Fotocopia del DNI del/de la presunto/a incapaz.
Fotocopia del DNI del/de la trabajador/a social que notifica la presunta
incapacidad.
Identificación del/de la trabajador/a social como profesional sanitario en
el hospital.
DECANATO DE LOS JUZGADOS DE LA CIUDAD DE__________________
142
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
anexo i.3
143
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
anexo i.4
INFORMACIÓN A LA FAMILIA SOBRE INCAPACITACIÓN JUDICIAL
La incapacitación:
Para saber qué significa ser una persona jurídicamente incapaz,
debemos conocer que:
La Capacidad jurídica es la posibilidad que todo individuo tiene de ser sujeto de
derechos y obligaciones. Es una capacidad que tienen todas las personas
durante toda su vida, solo se pierde con la muerte.
La Capacidad de obrar es la posibilidad real en el pleno ejercicio de los
derechos civiles. La que tenemos los ciudadanos mayores de 18 años.
La incapacitación hace referencia al descenso o la anulación de la
Capacidad de obrar.
Para ello, se precisa de una sentencia judicial, la cual determinará: la
extensión y límites de la incapacidad (total o parcial), el régimen de tutela
aplicable, la persona encargada de la tutela.
La incapacitación lo es siempre en interés de la persona afectada. Con
ella se pretende asegurar el correcto cuidado y atención personal de la persona
incapacitada, así como preservar sus intereses patrimoniales. Los intervalos
lúcidos no impedirán la incapacitación si el estado general de la persona es de
ausencia de autogobierno.
El/la Juez/a decidirá la capacidad de autogobierno del/de la paciente y,
por tanto, la conveniencia o no de la incapacitación, valorando los siguientes
aspectos:
• audiencia de los familiares más próximos
• valoración de los informes médicos del perito designado judicialmente
• exploración judicial del presunto/a incapaz
Este proceso será competencia del Juzgado de Primera Instancia del
lugar donde resida el enfermo/a. La sentencia se comunica de oficio al
Registro Civil, y al Registro Mercantil y de la Propiedad, en su caso.
La ley establece que podrán solicitar la incapacitación legal del/de la
enfermo/a las siguientes personas:
• 1º. Familiares más cercanos en el siguiente orden: cónyuge (o quien se
encuentre en situación de hecho asimilable) e hijos, y a falta de estos,
los/las ascendientes y hermanos/as del/de la presunto/a incapaz. En
este caso, el Ministerio Fiscal asumirá la representación y defensa
del/de la demandado/a si no comparece con su propia representación
procesal.
• 2º. Ministerio Fiscal: cuando los/las parientes mencionados no existieran o
no lo han solicitado. En este caso, se le nombrará un defensor judicial
que le represente en el proceso.
Solicitada la incapacitación judicial, el Juzgado lo pone en conocimiento
del presunto/a incapaz.
144
PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
Si los/las familiares ponen la presunta situación de incapacidad en
conocimiento del/la fiscal para que éste inicie el procedimiento, el coste es
nulo.
El procedimiento solo tiene coste económico cuando se inicia directamente por
los particulares, ya que necesitan contratar los servicios de un abogado y un
procurador
¿En qué consiste la tutela?
Si la persona mayor no puede ejercer determinados derechos, alguien
tiene que ejercerlos por ella. A ese alguien le llamamos tutor/a, y tiene la
función de proteger a la persona declarada incapaz. El/la juez/a nombrará una
persona.
El/la tutor/a está obligado/a a velar por el/la tutelado/a y, particularmente,
a procurarle alimentos, promover la recuperación de la capacidad del/de la
tutelado/a y su mejor inserción en la sociedad, y a informar al/la juez/a sobre la
situación del/de laincapacitado/a. Será, así mismo, el/la administrador/ra legal
de su patrimonio.
Una vez que se nombra tutor/a, éste toma posesión del cargo, y tiene la
obligación de hacer un inventario de los bienes en un plazo de 60 días, siendo
exigible una fianza.
Cada año debe rendir cuentas en el juzgado sobre cómo se han
administrado los bienes del7de la tutelado/a, y se establece la posibilidad de
remuneración para el/la tutor/a con hasta el 20% de los frutos del/de la
incapacitado/a.
En el régimen de tutoría hay que pedir autorización para una serie de
actos: para internar al/la tutelado/a en un centro residencial, vender inmuebles,
establecer gastos que se salgan de lo corriente, solicitar préstamos, aceptar
herencias, renunciar derechos, …. En definitiva, para todo lo que pueda
afectar gravemente al/la tutelado/a o comprometer su patrimonio.
¿Qué es la guarda de hecho?:
Hace referencia a situaciones en las que una persona, sin haber sido
nombrada judicialmente, se encarga de la guarda de otra persona que es
presuntamente incapaz.
Es muy eficaz para quienes no tienen un patrimonio “complicado”, sino
simplemente una pensión fácilmente administrable. Si además tienen también
un testamento que clarifica suficientemente el paso de sus bienes a los/las
herederos/as, y se prevé que no van a tener que tomar grandes decisiones en
relación a temas económicos o sanitarios, todo ello hace aconsejable el
permanecer bajo la protección de un/a guardador/a de hecho
Solicitud de internamiento:
El internamiento de una persona que no posee capacidad de
autogobierno requerirá la previa autorización judicial salvo que, por razones de
urgencia, hicieran necesaria la inmediata adopción de tal medida, de la que se
dará cuenta cuanto antes al/la juez/a, y en todo caso dentro del plazo de 24
horas.
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PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
En dicha solicitud se indicará el centro en el que se va a llevar a cabo el
internamiento y se aportarán informes médicos y otros cualesquiera que sean
necesarios.
El testamento:
La capacidad del estado mental del/de la testador/a es de suma
importancia en el momento de otorgar el testamento. Una persona declarada
incapaz no puede, en principio, otorgar testamento salvo en el caso de que
dos médicos/as (designados por el notario/a) testifiquen ante notario/a que, en
el momento concreto de otorgarlo, se encuentra lo suficientemente bien
mentalmente como para saber exactamente el alcance real del acto que está
realizando.
La autotutela:
Es la posibilidad de nombrar anticipadamente a la persona que
queremos que nos represente en el futuro, para el caso de que lleguemos a
perder nuestra capacidad de autogobierno y debamos ser incapacitados/as.
Puede solicitarla cualquier persona con capacidad de obrar, tomando
decisiones respecto a su persona y/o bienes, nombrar a la persona de su
preferencia para ser su tutor/a o indicar aquella persona que en ningún caso
consideraría adecuada para que sea su tutor/a.
Es necesario hacerlo en documento público notarial. El notario lo
comunica al registro civil para su inscripción.
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PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE PRESUNTOS INCAPACES
anexo i.5
NORMATIVA Y PUBLICACIONES DE REFERENCIA
-“II Congreso Internacional de Neuropsicología en Internet”
<http://www.serviciodc.com/congreso/congress/pass/conferences/Delgado.pdf>
[Consulta: 15 mayo 2008]
- IMSERSO “Pautas de actuación en caso de personas mayores que viven
solas y no pueden valerse por sí mismas”. Informes portal mayores.
http://www.imsersomayores.csic.es/documentos/documentos/santos-pautas01.pdf
- Gomis, M. Unidad de Coordinación de la Asistencia Socio-Sanitaria
(U.C.A.S.S.). Hospital San Vicente del Raspeig “Curso de Formación para
Cuidadores de Pacientes con Demencia”
<http://www.hsanvicente.san.gva.es/formacion%20cuidadores/SESION5ASPECTOS%20LEGALES-SOCIALES-ECONOMICOS.pdf> [Consulta: 25
mayo 2008]
- Jiménez de Arcos, P. “Incapacitación judicial”
<http://www.femasam.org/pdf/actividades/2005%20incapacitaci%C3%B3n.pdf>
[Consulta: 31 octubre 2009]
- Ley 13/1983, de 24 de octubre, de reforma del Código Civil en materia de
tutela. BOE 26 de octubre de 1983.
- “La incapacitación, garantía de protección de los derechos de las personas
mayores”. 2003 Departamento de Política Social. Diputación Foral de
Guipúzcoa
<http://www.gizartepolitika.net/archivos/publicaciones/Gaitasun%20gabetza%2
0WEB.pdf> [Consulta: 02 diciembre 2008]
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