Download DEFINICIÓN DEL SISTEMA PROVINCIAL DE PARTICIPACIÓN

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Anexo 2
Documento guía:
DEFINICIÓN
DEL
SISTEMA
PARTICIPACIÓN CIUDADANANA
PROVINCIAL
DE
1. Democracia Directa, Representativa y Comunitaria
El artículo 1 de la Constitución de la República señala que el Ecuador es un
Estado constitucional de derechos, democrático; se organiza en forma de
república y se gobierna de manera descentralizada.
Se ha definido a la democracia como la forma de gobierno del pueblo para
ejercer el poder. El pueblo elige por votación a representantes que cumplen su
mandato por un periodo determinado. A esto se conoce como democracia
representativa. En la Constitución actual se reconoce y promueve que cualquier
ciudadano tiene derecho a participar en política, ser candidato y acceder a una
representación.
La democracia no comienza ni termina en el voto. El sufragio es un elemento
democrático importante, pero no es la única modalidad de participación
ciudadana. Hay otros niveles de participación que tienen relación con el
ejercicio de los derechos ciudadanos, que va más allá de la representación
política y que inciden en la calidad de vida de la población. A esto se conoce
como democracia directa que significa la profundización de la democracia.
Mientras mayor es la participación de la ciudadanía en las decisiones que se
toman en su territorio, mas democrático es el sistema.
“La salud política de un país depende del nivel de participación de sus
ciudadanos en acciones sociales y políticas. Pero tal participación se
desprende de la presencia de ciertos elementos o factores que garanticen su
existencia. Entre estos factores se encuentran la inclusión social y política, la
cultura política, la educación y opinión informada del ciudadano, el contacto con
ideas y disfrute de libertad, la calidad de vida, el buen gobierno y una sociedad
civil activa y organizada.”1
Para el Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Pichincha es
prioritario buscar estrategias y mecanismos que fortalezcan la participación
ciudadana, para construir una democracia directa que responda a los intereses
de la mayoría de la sociedad. Se trata que los ciudadanos y ciudadanas, así
como grupos sociales, con una solida formación ciudadana, mediante el
dialogo y la concertación, decidan el futuro de su territorio.
1
.
Manuel Orozco, Democracia y participación ciudadana , Washington, D. C., Estados Unidos.
1
Estos procesos deben ser incluyentes. Todos los grupos sociales son
importantes: ciudadanos, organizaciones sociales, territoriales, comunitarias y
voluntariado; autoridades electas por votación popular; representantes
institucionales; sector privado. Se trata de construir una instancia de
corresponsabilidad entre Estado y sociedad civil, a través de una estrategia de
participación en la toma de decisiónes.
Además de ser una forma de gobierno, la democracia es un tipo de sociedad y
una forma de pensamiento que se caracteriza por la búsqueda permanente de
espacios de participación en la toma de decisiones que afecta a la población, la
aceptación de las diversidades, pluralismo, el respeto a los derechos de los
demás y la búsqueda de acuerdos.
La democracia debe ser un sistema que garantice el cumplimiento pleno de los
derechos humanos, el ejercicio de ciudadanía exigiendo derechos y
cumpliendo obligaciones; y, la participación política para alcanzar el bienestar
de la población. Por tanto, es un sistema en permanente construcción, un
orden político que puede y debe perfeccionarse en el tiempo.
2. Formas de aplicación de la Democracia
Conforme lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 95 de la Constitución
de la República “la participación de la ciudadanía en todos los asuntos de
interés público es un derecho, que se ejercerá a través de los mecanismos de
la democracia representativa, directa y comunitaria.”
La Democracia Representativa se ejerce mediante la elección de autoridades y
representantes a través del voto escrutado públicamente. Para el caso de
autoridades y representantes nacionales y locales el voto es universal y secreto
(Art. 62 Constitución de la Republica del Ecuador –CRE–). Los ecuatorianos
tienen derecho a elegir y ser elegidos a cualquier cargo de representación
nacional y local. (Art. 65, CRE)
El Estado garantiza el ejercicio de la Democracia Directa a través de iniciativa
popular normativa, referéndum, consulta popular y revocatoria del mandato
(Art. 103 al 107 CRE; Art. 5 Ley Orgánica de Participación Ciudadana –LOPC–
); además audiencias públicas, veedurías, asambleas, cabildos populares,
consejos consultivos, observatorios y las demás instancias que promueva la
ciudadanía (art. 100 CRE); y, el mecanismo de debate y toma de decisiones
“silla vacía” (art. 101 CRE; Art. 77 LOPC).
En aplicación de la Democracia Comunitaria, el Estado garantiza el
cumplimiento de los derechos colectivos sin discriminación alguna, en
condiciones de igualdad y equidad entre mujeres y hombres de comunas,
comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas. (Art. 57 CRE; Art. 3 LOPC).
El Estado reconoce y promueve todas sus formas de expresión y organización.
Comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas están facultadas
para participar mediante sus representantes en los organismos oficiales que
determine la ley, en la definición de las políticas públicas que les conciernan,
2
así como en el diseño y decisión de sus prioridades en los planes y proyectos
del Estado; y, deben ser consultados antes de la adopción de una medida
legislativa que pueda afectar cualquiera de sus derechos colectivos –Consulta
previa-.
El poder ciudadano –la democracia-, es resultado del proceso de la
participación individual y colectiva de las ciudadanas y ciudadanos de una
comunidad, quienes, de manera protagónica participan en la toma de
decisiones, planificación y gestión de asuntos públicos; así como, en el control
social de todos los niveles de gobierno, las funciones e instituciones del
Estado, tanto en el territorio nacional como en el exterior, y de las entidades
que manejen fondos públicos. (Art. 29 LOPC)
La participación se orientará por los principios de igualdad, autonomía,
deliberación pública, respeto a la diferencia, control popular, solidaridad e
interculturalidad. La participación de la ciudadanía en todos los asuntos de
interés público es un derecho, que se ejercerá a través de los mecanismos de
la democracia representativa, directa y comunitaria. (Art. 95 CRE)
Los gobiernos autónomos descentralizados reconocen todas las formas de
participación ciudadana, de carácter individual y colectivo, incluyendo aquellas
que se generen en las unidades territoriales de base, barrios, comunidades,
comunas, recintos y aquellas organizaciones propias de los pueblos y
nacionalidades, en el marco de la Constitución y la ley.
Las autoridades ejecutivas y legislativas de los gobiernos autónomos
descentralizados tienen la obligación de establecer un sistema de rendición de
cuentas a la ciudadanía conforme el mandato de la ley y de sus propias
normativas. (Art 302 Código Orgánico de Ordenamiento Territorial Autonomía y
Descentralización –COOTAD–)
Los mecanismos de participación establecidos en el marco legal señalado,
deben ser aplicados considerando: tomando en cuenta estos dos elementos:


Las competencias de cada Gobierno Autónomo Descentralizado; y,
Las capacidades de ciudadanos, ciudadanas y grupos sociales para que los
mecanismos de participación cumplan los objetivos para los cuales se han
establecido.
3. Gobiernos autónomos descentralizados (GAD)
Los gobiernos autónomos descentralizados son personas jurídicas de derecho
público, con autonomía política, administrativa y financiera. Están integrados
por funciones de participación ciudadana; legislación y fiscalización; y,
ejecutiva. Se regirán por principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad
interterritorial, integración y participación ciudadana. (Art. 238 CRE). para el
ejercicio de las funciones y competencias que les corresponden. (Arts 30, 40,
53 y 63 COOTAD). Las juntas parroquiales rurales solo tienen facultad
reglamentaria.
3
Constituyen gobiernos autónomos descentralizados: juntas parroquiales
rurales, concejos municipales, concejos metropolitanos, consejos provinciales y
consejos regionales. (Art. 238 CRE).
4. Sistema de Participación Ciudadana
El sistema de participación ciudadana debe ser un conjunto de elementos
organizados (propósitos, enfoque, objetivos, componentes, mecanismos,
herramientas, actividades, responsables) y relacionados que interactúan entre
sí para lograr objetivos de desarrollo humano. El sistema debe establecer una
relación adecuada entre los niveles de gobierno (nacional, regional, provincial,
cantonal, parroquial) y la ciudadanía.
El funcionamiento del sistema de participación ciudadana estará orientado a
perfeccionar la gestión democrática del gobierno de la provincia, viabilizando la
construcción del poder ciudadano para toma de decisiones, corresponsabilidad
en el desarrollo del territorio, control social y fortalecimiento de las capacidades
ciudadanas.
4.1.
Principios del sistema
Es necesario que el sistema de participación ciudadana cuente con principios
básicos que permitan respeto e idoneidad entre ciudadanos, grupos sociales e
instituciones que interviene en la ejecución de los momentos del sistema. Estos
principios son:








Participación
Transparencia
Equidad (Igualdad, Interculturalidad, Plurinacionalidad)
Ética Laica
Solidaridad
Corresponsabilidad
Autonomía social
Deliberación pública.
4.2.
Componentes del sistema
COMPONENTES
/ SUBSISTEMAS
MARCO LEGAL
Este es un momento de
dialogo, búsqueda de
acuerdos y aportes para
la toma de decisiones
Art. 304 COOTAD lit. a).
Deliberar sobre las prioridades de desarrollo en
sus respectivas circunscripciones; así como,
conocer y definir los objetivos de desarrollo
territorial, líneas de acción y metas;
PLANIFICACIÓN
PARTICIPATIVA:
En este momento
Art. 304 COOTAD lit. b).
Participar
en
la
formulación,
ejecución,
seguimiento y evaluación de los planes de
DELIBERACIÓN :
se
MECANISMOS
Art. 100 CRE

Asamblea provincial (Mandato
Pichincha)

Asambleas locales

Consultas
(consejos
consultivos)

Audiencias públicas
Art. …

Consulta popular
Art. 101

Silla vacía
Arts. 41al 50 COOTAD
Planes de desarrollo y ordenamiento
territorial
4
COMPONENTES
/ SUBSISTEMAS
formulan instrumentos de
planificación
para
concretar las decisiones.
Se realiza a través de las
siguientes actividades:

Formulación,

Gestión y ejecución,

Seguimiento
y
evaluación
CONTROL SOCIAL
Es el momento en que la
ciudadanía
organizada
efectúa la contraloría
social
MARCO LEGAL
MECANISMOS
desarrollo y de ordenamiento territorial; y, en
general, en la definición de propuestas de
inversión pública;
Art. 304 COOTAD lit. c).
Elaborar presupuestos participativos de los
gobiernos;
Planes Operativos Anuales
Art. 100 CRE

Presupuestos Participativos
Art 280 y 281 COOTAD, Art. 34
LOPC

Modalidades de ejecución de
obras: gestión compartida y
cogestión
Art. 304 COOTAD lit. d).
Participar en la definición de políticas públicas:
Art. 304 COOTAD lit. e).
Generar
condiciones
y
mecanismos
de
coordinación para el tratamiento de temas
específicos que se relacionen con los objetivos
de desarrollo territorial, a través de grupos de
interés sectoriales o sociales que fueren
necesarios para la formulación y gestión del plan,
quienes se reunirán tantas veces como sea
necesario.
Los grupos de interés conformados prepararán
insumos debidamente documentados que
servirán para la formulación del plan
Art. 304 COOTAD lit. f).
Fortalecer la democracia local con mecanismos
permanentes de transparencia, rendición de
cuentas y control social;
CONSTRUCCIÓN
DE
CIUDADANÍA
Es el momento en que se
desarrollan capacidades
en la ciudadanía para
reclamar
derechos
y
cumplir obligaciones.
Art. 304 COOTAD lit. g).
Promover la participación e involucramiento de la
ciudadanía en las decisiones que tienen que ver
con el desarrollo de los niveles territoriales
Art. 304 COOTAD lit. h).
Impulsar mecanismos de formación ciudadana
para la ciudadanía activa
GESTIÓN
DEL
CONFLICTO
Es el momento para tratar
y solucionar los
problemas en un marco
de respeto mutuo
Art. 97 CRE Todas las organizaciones podrán
desarrollar formas alternativas de mediación y
solución de conflictos, en los casos que permita
la ley; actuar por delegación de la autoridad
competente, con asunción de la debida
responsabilidad compartida con esta autoridad;
demandar la reparación de daños ocasionados
por entes públicos o privados; formular
propuestas y reivindicaciones económicas,
políticas, ambientales, sociales y culturales; y las
demás iniciativas que contribuyan al buen vivir.
Se reconoce al voluntariado de acción social y
desarrollo como una forma de participación
social.
Declaración de políticas públicas
Consejos consultivos
Art. 100 CRE

Veedurías,

Observatorios
Art. 89 LOPC

Rendición
de
cuentas
(gabinetes itinerantes)
Registro de organizaciones
Fortalecimiento de la organización
Art.33 LOPC
Campañas ciudadanas
Escuela de formación Ciudadana.
Instituto de Capacitación Provincial
Art. 30 LOPC
67 literal r)
119 , literal n)
306 COOTAD – inciso tres
Preguntas generadoras
TEMA
DELIBERACIÓN
MECANISMOS
Art. 100 CRE

Asamblea provincial (Mandato
Pichincha)

Asambleas locales

Consultas
(consejos
PREGUNTAS
Asamblea provincial

¿Qué debería ser la asamblea provincial?

¿Quiénes deberían asistir?

¿Cómo debería ser la convocatoria?

¿Cómo deberían ser los debates?
5
TEMA
MECANISMOS
PREGUNTAS

¿Cómo aportar para la toma de decisiones?

¿Cómo tratar los desacuerdos?
Asambleas locales

Qué es la asamblea local?

¿Quiénes deberían asistir?

¿Cómo debería ser la convocatoria?

¿Cómo debería ser los debates?

¿Cómo aportar para la toma de decisiones?

¿Cómo tratar los desacuerdos?
Consultas (consejos consultivos)

¿Qué debería ser?

¿Cuáles son los temas que se deben consultar y
los qué no?

¿Quiénes deberían asistir o ser parte?

¿Cómo debería ser la convocatoria?

¿Cómo debería ser los debates?

¿Cómo aportar para la toma de decisiones?

¿Cómo tratar los desacuerdos?
Audiencias públicas

¿Qué son?

¿Quiénes deberían asistir o ser parte?

¿Cómo debería ser el trámite?

¿Cómo deberían ser las intervenciones?
Silla vacía

¿Quiénes deberían asistir o ser parte?

¿Cómo debería ser la delegación?

¿Cómo debería ser la participación?

Cómo debería ser los debates a lo interno de los
grupos interesados?

¿Cómo aportar para la toma de decisiones?

¿Cómo tratar los desacuerdos?
consultivos)

Audiencias públicas
Art. …

Consulta popular
Art. 101

Silla vacía
Planificación
participativa:

Formulación,

gestión
ejecución,
seguimiento
evaluación
y
Arts. 41al 50 COOTAD
Planes
de
desarrollo
ordenamiento territorial
Planes Operativos Anuales
y
y
Art. 100 CRE

Presupuestos Participativos
Art 280 y 281 COOTAD, Art. 34
LOPC

Modalidades de ejecución de
obras: gestión compartida y
cogestión
¿Cómo fortalecer los espacios de participación que ha
construido la provincia de Pichincha?
Planes de desarrollo y ordenamiento territorial

¿Qué son los planes de desarrollo?

¿Qué deberían contener?

¿Cómo y con quien se los debería elaborar?

¿Quiénes deberían ser los responsables de la
elaboración y quienes del cumplimiento?

¿Quiénes deberían participar?

¿Cómo debería hacerse el seguimiento del plan?

¿Cuál debería ser la responsabilidad por el
incumplimiento del plan?

¿Para qué tiempo, mínimo, debería ser
elaborado?
Planes Operativos Anuales

¿Qué son?

¿Qué deberían contener?

¿Cómo se los debería elaborar?

¿Quiénes deberían ser los responsables de la
elaboración y quienes del cumplimiento?

¿Quiénes deberían participar?

¿Cómo debería hacerse el seguimiento del plan?

¿Cuál debería ser la responsabilidad por el
incumplimiento del plan?

¿Para qué tiempo, mínimo, debería ser
elaborado?

Qué son?

¿Cómo se los debería elaborar?

¿Quiénes deberían ser los responsables de la
elaboración y quienes del cumplimiento?

¿Quiénes deberían participar?

¿Cuál debería ser la responsabilidad por el
incumplimiento
de
los
Presupuestos
participativos?

¿Cómo deberían ejecutarse los presupuestos
participativos?

¿Cuál debería ser la responsabilidad en los
prepuestos participativos de GPP; otros niveles
6
TEMA
MECANISMOS
PREGUNTAS



Declaración de políticas públicas



Consejos consultivos
Control Social
Art. 100 CRE

Veedurías,

Observatorios
Art. 89 LOPC

Rendición
de
cuentas
(gabinetes itinerantes)









Construcción
ciudadanía
de
Registro de organizaciones
Fortalecimiento de la organización
Art.33 LOPC
Campañas ciudadanas
Escuela de ciudadanía












Gestión del conflicto
Art. 30 LOPC
67 literal r)
119 , literal n)
306 COOTAD – inciso tres




de
gobierno,
organizaciones
territoriales,
comunidades, ciudadanos?
¿Qué obras y acciones deberían ejecutarse y
cuáles NO?
¿Qué sanciones debería aplicarse en caso de
incumplimiento de una de las partes?
¿Cuál debería ser la forma de priorizar las obras?
¿Qué es una política pública
¿Cómo se debería elaborar una política pública
de manera participativa?
¿Cómo debería difundirse y promocionar la
política pública?
¿Qué es un consejo consultivo?
¿Quiénes deberían conformar los Consejos
consultivos
¿Para qué temas debería constituirse?
¿Cómo se debería realizar el control y auditoría
social?
¿Qué acciones del GPP deben ser objeto de
control y auditoría social?
¿Cómo debería ser la participación comunitaria
en el control social?
¿Qué instrumentos debería utilizar el control
social en cada uno de los momentos de
planificación, gestión, ejecución y evaluación de
acciones y obras?
¿Cómo debería ser la rendición de cuentas del
GPP?
En la rendición de cuentas del GPP, ¿Cuál
debería ser la participación de la comunidad?
¿Qué es un registro de organizaciones?
¿Qué características debe tener el registro?
¿Qué elementos deben considerarse para
levantar el registro de organizaciones?
¿Cada qué tiempo debe ser actualizado el
registro?
¿Cómo se debe realizar el fortalecimiento de las
organizaciones sociales?
¿Cuáles deben ser los tremas que aborde el
fortalecimiento de la organización social?
¿Cómo se deben realizar las campañas de
ciudadanía?
¿Qué temas deben abordar las campañas de
ciudadanía?
¿Cómo generar ciudadanos informados?
¿Qué debe ser una Escuela de Ciudadanía?
¿Cómo debería organizarse la EC?
¿Qué temas debe tratar la Escuela de
Ciudadanía?
¿Por qué se presentan conflictos?
¿Cómo se debería tratar el conflicto?
¿Qué instrumento se debería utilizar para
registrar los acuerdos?
¿Qué mecanismos deberían ser aplicados para
hacer cumplir los acuerdos?
7